2. Aspectos legales del
Marketing con Mensajería
Multimedia
Dra. Elisabeth Benítez. Departamento de Comunicación Social. Escuela de Medios Audiovisuales.
Centro de Innovación y Emprendimiento para el uso de Tecnologías en Educación. Universidad de Los Andes
Aspectos jurídicos de las Bases de Datos y los Contratos de
Adhesión para el marketing digital.
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3. ¿Qué significa una base de datos para el marketing digital?
Hablar de Marketing Digital es hablar de
BASES DE DATOS
Porque hablar de marketing digital es lanzar acciones y
comunicaciones a un potencial publico que constituye nuestro
objetivo.
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4. Una Base de datos significa
INFORMACIÓN= DATOS
En donde, el objetivo de dichos DATOS es constituir una
BASES DE DATOS.
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¿Qué significa una base de datos para el marketing digital?
5. ¿Para qué le sirve al Community Manager,
SEO o al SEM una base de datos?
Para tener INFORMACIÓN que se traduce en ESTRATÉGIAS basadas en los DATOS
que éstas BASES DE DATOS aportan.
¿Que TIPO DE DATOS?
Nombres, correos, gustos, preferencias, perfiles en las redes sociales, grupos de
relación, tendencias de uso, regularidad de conexiones, tiempos propios,
tiempos sociales, etc.
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6. ¿Qué beneficios proporciona una base de datos?
Una base de datos bien construida le proporciona:
Mecanismos que permiten el acceso a la información confidencial.
Disminución de costos de operaciones basado en el manejo efectivo de la
información.
Acceso a grupos de individuos, círculos, redes, etc.
Pautas para efectuar un seguimiento efectivo de los clientes y del
impacto de las estrategias
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7. ¿Qué relación existe entre las redes sociales y los datos?
Las Redes Sociales constituyen formas de interacción social definidas por
un intercambio dinámico de información y comunicación permanente
entre personas, grupos e instituciones en contextos complejos que pueden
ser segmentados a partir de sus preferencias.
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8. ¿Qué relación existe entre una base de datos y un contrato de
adhesión?
La relación jurídica que surge en el marco de una relación o interacción en la
que medie la prestación de un servicio o el intercambio de un bien, entre una
empresa (emprendimiento, marca, etc.) a través de un sitio web o de un medio
electrónico, y el usuario, se enmarca en lo que se conoce como:
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CONTRATO de ADHESIÓN.
9. Contrato de Adhesión: ¿para qué sirve?
Para el comercio electrónico, entre otras cosas.
¿Qué es el comercio electrónico?
“ Puede definirse como la producción, publicidad, venta y
distribución de productos a través de las redes de
telecomunicaciones”.
Baochetta M, Low P, Mattco J, Schuknecht L, Wager H y Weherens M. pp. 5.
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10. En Venezuela … Comercio Electrónico
“(…) cualquier forma de negocio, transacción comercial o intercambio de
información con fines comerciales, bancarios, seguros o cualquier otra
relacionada, que sea ejecutada a través del uso de tecnologías de
información y comunicación de cualquier naturaleza”.
Ley para la Defensa de las Personas al Acceso a los Bienes y Servicios . G.O. N° 38.862
de fecha 31 de enero de 2008.
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11. La pregunta es….
¿La oferta e intercambio de bienes y servicios a través de mensajes
multimedia, por ejemplo, mediante el uso de whatsapp, telegram, instagram,
twiter, blogs, facebook page, etc., constituye una forma de comercio
electrónico?
La respuesta es…
SI
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12. ¿Qué es un Contrato de Adhesión?
Es un contrato en el que las cláusulas están dispuestas por uno solo de
los futuros contratantes sin que el otro pueda modificarlas, por tanto, sólo
puede aceptarlas o rechazarlas.
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13. ¿Es el Contrato de Adhesión un contrato sui generis?
Si, dado que el Contrato de Adhesión envuelve un
consentimiento sin deliberaciones previas al aceptarse una
fórmula establecida con antelación.
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14. ¿Cuál es la finalidad de un Contrato de Adhesión a los efectos del
marketing digital?
OBTENER EL CONSENTIMIENTO
AUTORIZAR LAS ACCIONES
ACORDAR LAS CONDICIONES
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15. Por tanto…
Fija ciertas condiciones uniformes para cuantos quieran
luego participar en él contrato, siempre que exista un mutuo
acuerdo sobre la creación del vínculo conforme a unas
cláusulas predefinidas.
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16. ¿Qué actividades se pueden delimitar con un contrato de adhesión
en el marketing digital?
Todas aquellas que no sean contrarias al orden público, a la
moral, las buenas costumbres, y , a las leyes imperantes
vigentes en la materia a nivel nacional e internacional.
¿Bastante amplio no?
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17. ¿Cuál es la finalidad de un contrato de adhesión a los efectos del
marketing digital ?
El perfeccionamiento del vínculo jurídico.
Con la aceptación del contrato de adhesión se manifiestan 2 voluntades que son la
CONSTITUTIVA y la ADHESIVA.
• La Constitutiva: de quien propone y dispone las condiciones del negocio
jurídico.
• La Adhesiva: de quien se adhiere, se apega y acepta dichas condiciones.
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18. OJO
Esta relación jurídica, que nace de la aceptación del Contrato de
Adhesión, no se queda en la web, sino que posee consecuencias tanto
lugar de domicilio de la empresa y conforme a su ordenamiento
jurídico, como a nivel internacional, ya que es tutelado por las normas
de comercio internacional.
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19. ¿Qué organismos internacionales regulan el comercio electrónico?
En las actividades comerciales a través de la web, la extraterritorialidad o ausencia de
fronteras físicas es su característica fundamental, por ello, existen organismos
internacionales que las regulan, entre ellos tenemos:
La Organización Mundial de Comercio (OMC).
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
(CNUDMI)
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE- OECD)
La Cámara de Comercio Internacional (CCI - ICC).
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20. A continuación
Nos vemos en el próximo recurso para conocer:
• Los mecanismos de formalización de un Contrato de Adhesión en la
web.
• Los aspectos jurídicos que envuelven al marketing digital:
– La confidencialidad como derecho
– El control de las clausulas abusivas
– Normas reguladoras
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21. LICENCIA DE USO
Este contenido ha sido creado con fines educativos, las libertades para utilizarlo están delimitados por
las condiciones que se exponen a continuación:
El contenido ha elaborado por la Dra. Elisabeth Benítez, para el Centro de Innovación y
Emprendimiento para el uso de Tecnologías en Educación (CIETE) de la Facultad de Humanidades y
Educación de la Ilustre Universidad de Los Andes.
Su comunicación pública está permitida, siempre que se preserve y respete los derechos de autoría de
su creadora.
El uso y distribución con fines comerciales queda restringido.
La reproducción o creación de obras derivadas está permitida.
El uso con fines distintos a aquellos para los cuales fue creado queda restringido
La licencia se concede a los 8 días de mes de Diciembre de 2016 para su distribución en cualquier
formato de soporte.
Mérida. Venezuela. Diciembre 2016
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