Este documento presenta una jornada de fomento del autoempleo organizada por la CADE. La agenda incluye presentaciones sobre el empresario individual autónomo, fuentes de financiación, y casos de éxito locales. También cubre los trámites de constitución como empresario individual autónomo ante Hacienda, Seguridad Social y el Ayuntamiento.
3. Emprendedor Idea Proyecto Empresarial Viable Maduración de la Idea (¿3 meses?) Creación de la Empresa Puesta en marcha (¿24 meses?) Consolidación de la Empresa (¿tercer año?) Mejoras y Desarrollo PROCESO DE CREACIÓN EMPRESARIAL
4. 1.- Tipo de Actividad a ejercer 2.- Número de Promotores/as del Proyecto 3.- Necesidades Económicas del Proyecto 4.- Responsabilidad de los/as Promotores/as 5.- Aspectos Fiscales ELECCIÓN FORMA JURÍDICA
5. Definición: Es la persona física que realiza en nombre propio una actividad comercial, industrial o profesional. Tributa a través del IRPF y responde con todo su patrimonio personal de las deudas contraídas frente a terceros. Se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil en materia de derechos y obligaciones. EMPRESARIO/A INDIVIDUAL AUTÓNOMO/A
6.
7.
8.
9. TRÁMITES FISCALES Modelo 036/037 Declaración censal (baja) DESPUES DE LA ACTIVIDAD Modelo 347 Declaración anual de operaciones con terceros Modelo 303 IVA (Impuesto del Valor Añadido) Modelo 130/131 IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas) Modelo 840/848 IAE (Impuesto de Actividades Económicas) Modelo 036/037 Declaración censal (modificación) DURANTE LA ACTIVIDAD Modelo 036/037 Declaración censal (alta, modificación, solicitud NIF) ANTES INICIO ACTIVIDAD
10. 1.- DECLARACIÓN CENSAL TRÁMITES FISCALES Documentos a presentar: Modelo 036 y DNI Plazo: Antes de iniciar la actividad Lugar: Administración o Delegación de Hacienda Coste : Sin coste
11. 2.- ALTA EN EL I.A.E. Es trámite obligatorio aunque sea aplicable la exención del pago del impuesto
12.
13.
14.
15. Modelo a cumplimentar Datos Bancarios Datos personales Alta/Baja RETA Datos de la Actividad
16. Esta obligación nace desde el primer día del mes en que el/la trabajador/a autónomo/a inicia su actividad . Pago MESES COMPLETOS Esta obligación subsiste durante las situaciones de Incapacidad Temporal, Riesgo durante el Embarazo y Maternidad OBLIGACIONES DERIVADAS
20. Datos empresario/a Datos encuadramiento en Seg. Social Datos relativos al Domicilio y Actividad Económica
21.
22.
23.
24.
25.
26.
27. 3- OTROS TRÁMITES VALIDEZ: 6 meses desde la comunicación/autorización Antes de comenzar la nueva actividad Acto comunicado / Solicitud Cambio de actividad (sólo para actividades inocuas) Antes del comienzo de la actividad por el nuevo titular Acto comunicado Cambio de titularidad del negocio Plazo Procedimiento Trámite
30. ¿ Se puede trabajar por cuenta ajena siendo autónomo/a? El R.E.T.A. es compatible con cualquier otro régimen de la Seguridad Social SI
31. El cónyuge deberá ser contratado como AUTÓNOMO/A COLABORADOR/A ¿ Puede el/la autónomo/a contratar a su cónyuge en el Régimen General? NO ¿y a los/as hijos/as? SI . Siempre que el/la hijo/a tenga independencia económica y familiar antes de contratarlo/a. Podrá además contratar a hijos/as menores de 30 años que carezcan de dicha independencia. En este supuesto, no tendrán derecho a desempleo
32. ¿ Cuánto cobra un/a trabajador/a autónomo/a en AT (accidente de trabajo o enfermedad profesional)? El 75 % de la base de cotización del mes anterior a la baja, a partir del día siguiente a la fecha de baja ¿ Y en I.T? El 60 % de la base de cotización del mes anterior a la baja, desde el 4º día al 21º. A partir del 21º, el 75% de la bc.
33. ¿ Cuánto cobra una trabajadora autónoma en maternidad? Estar dada de alta y haber cotizado 180 días en los últimos 7 años o bien, 1 año en toda su vida laboral El 100% de la base de cotización del mes anterior a la baja, durante 16 semanas ¿Cuáles son los requisitos para cobrarla? Si es menor de 21, no necesita haber cotizado
34.
35. ¿ Tienen derecho a prestación por desempleo? Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo menciona un sistema específico de protección por CESE DE ACTIVIDAD, en función de las características personales del/la autónomo/a y de la actividad ejercida. No está regulado. Es un compromiso de futuro.