Por el cual se adopta el Reglamento de Bienestar Universitario de la Corporación
Universitaria Remington.
El CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON, en uso de
sus facultades legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 34 del
Estatuto General, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 117 de la ley 30 de 1992 consagra: “Las instituciones de Educación Superior
deben adelantar programas de bienestar entendidos como el conjunto de actividades que
se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes,
docentes y personal administrativo.”
Que el Decreto 1295 de 2010 dispone como condición de calidad la organización de un
modelo de bienestar universitario estructurado para facilitar la resolución de las
necesidades insatisfechas en los términos de la Ley y de acuerdo a los lineamientos
adoptados por el Consejo Nacional de Educación Superior - CESU -; asimismo, dispone que
para los programas a distancia o virtuales la institución debe plantear las estrategias que
permitan la participación de los estudiantes en los planes de bienestar universitario.
Que el Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, por medio del Acuerdo 03 de 1995
establece las políticas de Bienestar Universitario y las áreas que se deben atender y las
respectivas acciones. Que desde su fundación, la Corporación ha dado significativa importancia al bienestar
universitario hasta el punto que el literal s del artículo 9 de los estatutos establece como
una de las funciones de la Institución “Orientar actividades de bienestar social que
permitan el desarrollo físico, mental, espiritual y social de los estudiantes, docentes,
directivos y demás personas vinculadas a la Institución”
2. 2
CONTENIDO
CAPÍTULO PRIMERO: FILOSOFÍA INSTITUCIONAL 4
CAPÍTULO SEGUNDO: CONCEPTO, POLÍTICAS, OBJETIVOS, ESTRATEGIAS,
RESPONSABILIDADES, INDICADORES Y ACCIONES
EN EDUCACIÓN A DISTANCIA DE BIENESTAR
UNIVERSITARIO
8
CAPÍTULO TERCERO: ESTRUCTURA ORGÁNICA PARA BIENESTAR
UNIVERSITARIO 13
CAPÍTULO CUARTO: POBLACIÓN Y ÁREAS DE INTERVENCIÓN DE
BIENESTAR UNIVERSITARIO 16
CAPÍTULO QUINTO: ÁREA DE SALUD 17
CAPÍTULO SEXTO: ÁREA DE CULTURA 20
CAPÍTULO SÉPTIMO ÁREA DE DESARROLLO HUMANO 21
CAPÍTULO OCTAVO ÁREA DE DE PROMOCIÓN SOCIOECONÓMICA 22
CAPÍTULO NOVENO: RECREACIÓN Y DEPORTE 23
CAPÍTULO DÉCIMO: DISPOSICIONES FINALES 25
3. 3
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON
CONSEJO DIRECTIVO
ACUERDO 05
(08 de noviembre de 2011)
Por el cual se adopta el Reglamento de Bienestar Universitario de la Corporación
Universitaria Remington.
El CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON, en uso de
sus facultades legales y estatutarias, en especial las consagradas en el artículo 34 del
Estatuto General, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 117 de la ley 30 de 1992 consagra: “Las instituciones de Educación Superior
deben adelantar programas de bienestar entendidos como el conjunto de actividades que
se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes,
docentes y personal administrativo.”
Que el Decreto 1295 de 2010 dispone como condición de calidad la organización de un
modelo de bienestar universitario estructurado para facilitar la resolución de las
necesidades insatisfechas en los términos de la Ley y de acuerdo a los lineamientos
adoptados por el Consejo Nacional de Educación Superior - CESU -; asimismo, dispone que
para los programas a distancia o virtuales la institución debe plantear las estrategias que
permitan la participación de los estudiantes en los planes de bienestar universitario.
Que el Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, por medio del Acuerdo 03 de 1995
establece las políticas de Bienestar Universitario y las áreas que se deben atender y las
respectivas acciones.
4. 4
Que desde su fundación, la Corporación ha dado significativa importancia al bienestar
universitario hasta el punto que el literal s del artículo 9 de los estatutos establece como
una de las funciones de la Institución “Orientar actividades de bienestar social que
permitan el desarrollo físico, mental, espiritual y social de los estudiantes, docentes,
directivos y demás personas vinculadas a la Institución”
ACUERDA
ARTICULO 1º. Adopción. Adoptar el Reglamento de Bienestar Universitario para la
Corporación Universitaria Remington, con sujeción a las disposiciones de la Ley 30 de
1992, Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior - CESU y
disposición Estatutaria, el que se regula en los siguientes capítulos y artículos.
CAPÍTULO PRIMERO
FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 2°. Misión. La CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON es una institución
de educación superior privada, profesionalizante, orientada a la docencia, que cumple en
términos de alta calidad, con las funciones de docencia, investigación y extensión, con
cobertura nacional y proyección internacional de programas académicos en las
modalidades presencial, a distancia y virtual, en los diferentes niveles de la educación
superior para la formación integral de la persona con competencias profesionales, visión
global y valores éticos, morales, políticos, económicos, ambientales y culturales.
ARTÍCULO 3°. Visión. La CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON en el año 2026 será
una institución de educación superior con altos estándares de calidad en el desarrollo de
programas académicos presenciales, virtuales y a distancia, con innovaciones pedagógicas,
para que su oferta educativa sea pertinente, atractiva y flexible, comprometida con el
desarrollo social, el medio ambiente y con proyección internacional
ARTÍCULO 4°. Principios y valores corporativos. Los Principios Corporativos de la
Corporación Universitaria Remington – CUR son los siguientes:
• Formación humana, social, técnica, tecnológica y científica.
• Formación para la convivencia ciudadana y la paz, con alto sentido de amor a la
Patria.
5. 5
• Formación para contribuir al desarrollo cultural del país.
• Crear cultura y compromiso para la protección de la biodiversidad y el medio
ambiente.
• La participación, la comunicación y autorregulación serán parte de la cultura
organizacional.
• La vinculación al medio con soluciones que contribuyan al cambio y a la equidad
social.
• Formar profesionales críticos, libres, creativos, solidarios, felices, comprometidos
con la paz, el desarrollo humano y económico de la región, del país y del mundo.
• Contribuir a la transformación del país a través de la puesta en práctica de objetivos,
valores y principios de la CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON.
• Obtener el mejoramiento y la consolidación de la eficiencia institucional y aportar
con el incremento de la cobertura con calidad en la Educación Superior.
La filosofía Institucional, es el resultado de la reflexión sobre el campo axiológico, en
relación con la problemática actual en cuanto a la ética y los Derechos Humanos en
Colombia y en particular sobre los procesos regionales.
En este sentido, orienta su acción en los procesos de LA CORPORACIÓN para movilizar a la
comunidad universitaria en la construcción de los valores pertinentes.
Nuestra propuesta axiológica se fundamenta en el principio del humanismo social, con
oportunidades para todos. A través de éste orientamos nuestra acción tanto institucional
como social.
Por eso promovemos los valores que consideramos necesarios para dinamizar el tejido
social, lo cual nos permite acercarnos más y mejor a través de la capacidad de persuasión
y de valoración afectiva. En este sentido la razón de LA CORPORACIÓN en el campo de los
valores, sigue siendo la persona y su dignidad.
Los Valores Corporativos de la CUR son los siguientes:
1. Obediencia a la institucionalidad.
2. Comportamiento ético.
3. Solidaridad.
4. Respeto.
5. La libertad.
6. 6
6. Tolerancia
7. La valoración del espacio ambiental.
8. La responsabilidad social en lo público y lo privado.
ARTÍCULO 5°. Objetivo y Propósitos Misionales. El objetivo corporativo de la CUR es el
siguiente:
Desarrollar con eficiencia la Misión organizacional para asegurar su viabilidad,
sostenibilidad, crecimiento y desarrollo institucional.
Los Propósitos Misionales de la CUR son los siguientes:
• Orientar a sus estudiantes para que alcancen una formación humana y científica,
que les permita crecer como personas, desempeñarse con excelencia en los sectores
público y privado, contribuir a lograr una sociedad mejor y ser capaces de producir
conocimientos por medio de procesos investigativos que respondan a las
necesidades del medio.
• Construir formas de convivencia civilizada para el logro de los valores institucionales
y sociales. Promover la formación y consolidación de comunidades académicas que
ejecuten programas alrededor de la calidad y con capacidad de gestión en los
campos nacional e internacional.
• Contribuir en el desarrollo integral del país y así facilitarle la inserción en un mundo
globalizado.
• Facilitar la formación y educación para crear una cultura ecológica, de respeto a la
biodiversidad y al medio ambiente y así aportar a una mejor calidad de vida.
• Aplicar formas de participación a través de los medios estructurados que faciliten la
información, la transmisión de conocimientos y la obtención de resultados, como
son los procesos de autoevaluación y autorregulación para el mejoramiento de la
calidad académica.
• Propiciar el fomento y desarrollo de la investigación.
• Desarrollar destrezas y competencias para formar hombres y mujeres de excelente
calidad intelectual con actitud crítica, libre, creativa, solidaria, comprometidos con la
convivencia y la construcción de la paz, que sepan debatir y tolerar, preparados para
competir en el contexto internacional, con mentalidad abierta y que sean capaces
de buscar la felicidad y trascender.
7. 7
• Formar profesionales en la difusión y búsqueda del conocimiento para transformar y
desarrollar procesos sociales, económicos y productivos y así ayudar a consolidar un
desarrollo sustentable y humano.
ARTÍCULO 6°. Política y objetivos de Gestión Corporativa. La Política de Gestión
Corporativa de la CUR es la siguiente: La Corporación Universitaria Remington se
compromete con el mejoramiento continuo de sus procesos de formación, investigación y
extensión, a través de la autoevaluación y autorregulación permanente de sus programas
académicos y áreas de apoyo, siendo socialmente responsable y comprometida con el
ambiente, con el propósito de formar un egresado integral, humanista, competitivo,
productivo y emprendedor.
Los Objetivos de Gestión Corporativa de la CUR son los siguientes:
• Implementar el Sistema de Gestión de Calidad CUR.
• Implementar una cultura de calidad y autoevaluación con el propósito de acreditar
los programas académicos y la institución.
• Mejorar continuamente los procesos de formación, investigación y extensión.
• Lograr formar unos egresados integrales, humanistas, competentes, productivos y
emprendedores.
• Realizar programas y proyectos de responsabilidad social y compromiso con el
ambiente.
ARTÍCULO 7°. Política y Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión de Calidad. La
Política de Calidad del Sistema de Gestión de Calidad de la CUR es la siguiente: La
Corporación Universitaria Remington, se compromete con la calidad de sus servicios en
términos de: oportunidad, accesibilidad y confiabilidad; con el mejoramiento continuo de
sus procesos, la competencia de su personal y la provisión de los recursos necesarios, que
garanticen la satisfacción de sus usuarios internos y externos.
Los Objetivos de Calidad del Sistema de Gestión de Calidad de la CUR son los siguientes:
• Ofrecer a la Comunidad Universitaria servicios oportunos, accesibles y confiables de
acuerdo con sus expectativas y necesidades.
• Mejorar continuamente los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad por medio
de acciones eficaces y la construcción de herramientas de seguimiento y evaluación
que generen la información para la gestión de la calidad.
• Satisfacer las expectativas y necesidades del usuario interno y externo brindándole
acompañamiento y orientación continua, veraz y oportuna en los procesos.
8. 8
• Desarrollar las competencias de los empleados de la sede central de la CUR por
medio de la formación y la capacitación que mejoren su desempeño en los procesos.
• Proveer a los usuarios internos y externos los recursos necesarios para implementar
y mantener el Sistema de Gestión de Calidad y el incremento de su satisfacción.
CAPÍTULO SEGUNDO
CONCEPTO, POLÍTICAS, OBJETIVOS, ESTRATEGIAS, RESPONSABILIDADES, INDICADORES Y
ACCIONES EN EDUCACIÓN A DISTANCIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
ARTÍCULO 8°. Definición. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 30 de
1992 y Artículo 1° del Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior –
CESU, entiéndase por Bienestar Universitario el conjunto de actividades que se orientan al
desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los integrantes de la Comunidad
Universitaria Remington (estudiantes, docentes – investigadores y personal
administrativo), teniendo en cuenta la diversidad de condiciones de cada persona en
particular: sus funciones dentro de la institución, jornada, metodología y tiempo de
dedicación, su edad, situación socioeconómica, necesidades, aspiraciones individuales, así
como sus intereses, aficiones y habilidades, con el fin de lograr una formación integral, la
elevación de su calidad de vida y la construcción de comunidad.
ARTICULO 9º. Políticas. Con sujeción a lo dispuesto en el Acuerdo 03 de 1995 del Consejo
Nacional de Educación Superior – CESU, son políticas de Bienestar Universitario:
• El Bienestar Universitario debe ser concebido como un aporte al proceso educativo
mediante acciones intencionalmente formativas que permitan el desarrollo de las
diferentes dimensiones (cultural, social, moral, intelectual psicoafectivo y físico) del
ser humano; así como la conformación de una conciencia crítica que conduzca a la
comunidad universitaria al ejercicio responsable de su libertad.
• El Bienestar Universitario tendrá un papel preponderante en el desarrollo de un
clima institucional que favorezca la convivencia en comunidad y el desarrollo de las
personas.
• El Bienestar Universitario debe crear espacios para propiciar el conocimiento y
fortalecimiento del ser personal y del ser social y propender por el desarrollo del
sentido de pertinencia y la construcción de una real comunidad universitaria donde
se potencialicen todas las capacidades de sus miembros.
9. 9
• Toda acción del Bienestar Universitario debe ser planeada, ejecutada y evaluada
desde la perspectiva de la formación integral de las personas y debe buscarse su
continuidad.
• El trabajo del Bienestar Universitario debe articularse con las unidades académicas,
así como con las instancias administrativas correspondientes, para buscar una
coherencia creciente en todas las actividades de la institución desde la
perspectiva de la formación integral.
• El Bienestar Universitario para sus planes de desarrollo, debe apoyarse en estudios
investigativos.
• El Bienestar Universitario debe procurar el establecimiento de relaciones con
entidades similares a nivel local y nacional que potencien su acción y favorezcan la
prestación de servicios.
• El Bienestar Universitario creará e impulsará estrategias para estimular la
participación de la comunidad universitaria en la creación y el desarrollo de los
programas.
• El Bienestar Universitario debe propiciar la creación de los espacios que permitan
obtener la opinión y la crítica de la comunidad universitaria tendiente a optimizar
sus funciones.
ARTÍCULO 10°. Objetivo General: Contribuir a la formación integral de las personas
mediante la ejecución de programas culturales, ecológicos, recreativos, de salud y de toda
índole institucional, que mejoren sus condiciones de vida y generen procesos de cambio
institucionales, colectivos e individuales , y que se integren en la vida académica, laboral y
personal.
ARTICULO 11º. Objetivos Específicos
• Desarrollar entre los miembros de la comunidad universitaria, el sentido de
pertenencia hacia la institución a través de acciones que estimulen las buenas
relaciones humanas y laborales, así como la participación activa y creativa en el
desarrollo institucional de la comunidad universitaria.
• Crear el ambiente ideal entre los servicios de bienestar, la academia y la
administración institucional, con sentido de pertenencia universitaria y de
comunidad.
• Fortalecer la integración del trabajo y del estudio con los proyectos de vida.
• Fomentar programas artísticos, deportivos y de recreación que contribuyan a la
formación de actitudes favorables para la sana competencia y convivencia, el
10. 10
desarrollo de la creatividad y del espíritu de solidaridad de la comunidad
universitaria.
• Apoyar la realización de eventos científicos y culturales y de la creación de
ambientes pedagógicos que favorezcan la motivación y el desarrollo del potencial
humano de los estudiantes y demás personas vinculadas a la Institución.
• Establecer programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, con
el fin de mejorar la calidad de vida personal, colectiva e institucional.
• Propiciar programas de apoyos socioeconómicos para aquellos miembros de la
comunidad universitaria que se encuentren en crisis y vean afectada su
permanencia en la institución.
• Impulsar y apoyar la investigación sobre bienestar y cultura que propendan por el
mejoramiento de su gestión y de la vida de la comunidad universitaria.
• Promover la prestación de servicio de asesoría y orientación pedagógica
(psicológica) encaminada al desarrollo integral del estudiante, docente y demás
personal vinculado a la institución.
• Ser parte del proceso de formación y desarrollo integral de todos los miembros de la
comunidad universitaria, mediante programas y actividades de desarrollo que se
realizan en lapsos de tiempo.
• Estructurar un plan de acción con la finalidad de desarrollar los programas de
bienestar universitario, mediante un trabajo conjunto con las diferentes
dependencias de la institución en el campo del deporte, la salud, la cultura y el
desarrollo humano.
ARTÍCULO 12°. Estrategias. Son estrategias de Bienestar Universitario:
• Realizar convenios y alianzas con otras entidades para la realización de los
programas de Bienestar Universitario.
• Optimización y racionalización de los recursos para el mejor desarrollo de la labor
universitaria.
• Generación y control de las políticas, programas y acciones del Bienestar
Universitario.
• Impulso y apoyo para actividades encaminadas a fomentar el desarrollo personal y
la participación comunitaria.
11. 11
• Creación de condiciones sociales, ambientales y de salud para el desarrollo
académico y el mejoramiento progresivo en todas las actividades propias de la
comunidad universitaria.
• Desarrollo de un ambiente de humanización de la comunidad universitaria.
• Trabajar de la mano con la academia.
• Creación de un ambiente adecuado para la autorrealización de los miembros de la
comunidad universitaria.
• Liderar el proceso de mejoramiento continuo de la CUR.
• Diseñar programas preventivos para propiciar estilos de vida armoniosos y
saludables.
• Buscar la integración interinstitucional para poder potenciar la acción del Bienestar
Universitario.
• Promover y apoyar propuestas socio-culturales, ecológicas y académicas elaboradas
con la participación de la comunidad universitaria, coordinadamente con las demás
dependencias de la universidad.
• Promover y contribuir al desarrollo integral de las personas que conforman la
comunidad universitaria y al mejoramiento de su calidad de vida.
• Sustentar su acción en los principios de equidad, responsabilidad, participación,
tolerancia, libertad, compromiso y trabajo interdisciplinario.
ARTÍCULO 13°. Responsabilidades. Con fundamento en los Lineamientos para la
acreditación de programas del Consejo Nacional de Acreditación, bienestar universitario
desarrollará los estudios, programas y proyectos con el fin de lograr:
a. Políticas sobre bienestar institucional suficientemente conocidas que propician el
desarrollo integral de las personas y de los grupos que conforman la comunidad
universitaria y que orientan la prestación de los servicios de bienestar universitario.
b. Participación de los miembros de la comunidad en los programas y las actividades
de bienestar universitario que promueve la institución.
c. Clima institucional que favorece la calidad de las funciones de docencia,
investigación y extensión o proyección social.
d. Servicios de bienestar universitario pertinentes para el desarrollo personal de los
miembros de la comunidad y que son adecuados a la modalidad de enseñanza.
12. 12
e. Información actualizada sobre problemas, necesidades e intereses de la población
objetivo de bienestar universitario.
f. Coordinación entre las distintas dependencias que organizan actividades de
bienestar universitario.
ARTÍCULO 14°. Indicadores. Con fundamento en los Lineamientos para la
acreditación de programas del Consejo Nacional de Acreditación, bienestar universitario
tendrá los siguientes parámetros para medir el grado de logro de las responsabilidades:
a. Número y tipo de programas, servicios y actividades de bienestar universitario
dirigidos a los profesores, estudiantes y personal administrativo.
b. Porcentaje de directivos, docentes, tutores, estudiantes y personal administrativo
que participan en los servicios de bienestar universitario institucional.
c. Información verificable de las estrategias de seguimiento y acompañamiento
permanente a estudiantes de la modalidad de educación en que se ofrece el
programa académico, que incluyan convenios interinstitucionales que garantizan el
apoyo en la institución o en sus hogares de residencia.
d. Apreciación de directivos, profesores, estudiantes y personal administrativo sobre
los servicios y las actividades de bienestar universitario y sobre la contribución de
dichos servicios y actividades a su desarrollo personal.
e. Apreciación de directivos, profesores y estudiantes del programa sobre la
pertinencia que tienen las políticas institucionales y los servicios en materia de
bienestar universitario, en relación con la modalidad en que se ofrece el programa.
ARTÍCULO 15° Acciones en la Modalidad a Distancia. Ya sea en las instalaciones propias o
a través de convenios, los Operadores Logísticos en los diferentes CAT a nivel nacional,
con sujeción a las políticas, objetivos y estrategias señalados, deben promover entre
otros, los siguientes programas de Bienestar Universitario:
Convenios - apoyos especiales: establecer convenios con entidades deportivas,
recreativas, culturales, sociales, de gobierno, que puedan ofrecer apoyos especiales a los
alumnos, para lograr su permanencia en la institución y su avance positivo en su
formación.
• Promoción y prevención de la salud: desarrollando acciones de prevención y
promoción en salud, primeros auxilios, campañas de educación sexual, etc.
• Fomento artístico y cultural: para desarrollar en los alumnos la creatividad y darle
posibilidades de manifestar sus fortalezas y competencias en música, canto, la
escritura, la poesía, el teatro, la danza, el baile, etc.
13. 13
• Extensión cultural: brindar la posibilidad a través de convenios que la comunidad
educativa participe en las actividades culturales de las empresas de la región.
• Gimnasio: a través de convenios o de instalaciones propias, brindar el servicio de la
actividad física de acuerdo a las expectativas de la comunidad Universitaria.
• Deportes y Recreación: por medio de “tutores” en el área de recreación y deportes o
con convenios con entidades, dar la posibilidad de que los alumnos participen en
semilleros y en equipos que representen la institución, brindándole así la posibilidad
de un esparcimiento sano.
• Atención Psicológica: de acuerdo con el accionar del área de salud, darle atención
psicológica integral a los alumnos, a través de consultas individuales, grupales,
charlas y otros eventos que permitan una estabilidad emocional, personal y
académica.
• Programa familias CUR: Establecer acciones de acercamiento con las familias de los
estudiantes, con el fin de conocer sus problemáticas y a través de charlas y
consultas, capacitar a los padres de familia y darles toda la información del accionar
de la CUR, en beneficio de sus hijos.
• Celebración de eventos especiales: la CUR, en su programación anual (Plan de
acción) tiene una programación de efemérides especiales, los cuales deben ser
“celebrados” en todas las instancias de la institución con eventos que permitan
conocer la historia a la comunidad universitaria.
• Símbolos de la CUR: a través de las acciones de Bienestar Universitario, debe darse a
conocer los diferentes símbolos de la Institución y lo que cada uno de ellos significa
y representa: Himno, Bandera, Escudo, Logo.
CAPÍTULO TERCERO
ESTRUCTURA ORGÁNICA PARA BIENESTAR UNIVERSITARIO
ARTÍCULO 16°. Dependencia. Bienestar Universitario CUR es una Unidad Administrativa
adscrita a la Vicerrectoría Académica y cuyo fin es planear y ejecutar programas y
actividades de Bienestar, con sujeción a las políticas de Bienestar Universitario
establecidas en el Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU
y disposiciones institucionales.
ARTÍCULO 17°. Integrantes. La Unidad Administrativa de Bienestar Universitario estará
integrada por:
14. 14
• El Jefe de Bienestar Universitario.
• La Auxiliar Administrativa.
• Los Coordinadores de área de Bienestar
• Equipo profesional interdisciplinario al servicio de las áreas
• Los Entrenadores
• Los Docentes facilitadores de cursos y actividades
ARTÍCULO 18°. Funciones del Jefe de Bienestar. Son funciones del jefe de Bienestar
Universitario:
a. Propiciar el desarrollo cultural, la creatividad, la recreación y las manifestaciones
reflexivas y críticas de los diversos estamentos de la Corporación.
b. Orientar los proyectos y actividades culturales, en los que debe estar presente la
filosofía institucional.
c. Presentar plan de acción y programación anual, en el respectivo período académico
de actividades para su aprobación.
d. Presentar a las directivas, políticas de Bienestar que beneficien a la comunidad
universitaria, indicando estrategias que deben adoptarse y las actividades a realizar.
e. Aprovechar los recursos humanos y físicos existentes, coordinando la realización de
programas de beneficio general para las distintas dependencias.
f. Concretar programas que impulsen y desarrollen profundos y reales compromisos
culturales de toda la comunidad universitaria con el medio social e institucional al
que pertenece.
g. Llevar la vocería de la Universidad en los eventos culturales y deportivos
programados en la ciudad y en los que la Institución deba tener participación para
mejorar o mantener su buena imagen respecto a la educación y la cultura.
h. Cumplir las funciones propias de Bienestar Universitario y coordinar las labores de
las secciones bajo su dependencia.
i. Mantener una constante vigilancia en cuanto a control de calidad y de precios, a las
personas y entidades que presten servicios complementarios a la comunidad
universitaria dentro de los edificios de la corporación.
j. Intervenir en las campañas de salud, como: prevención, control de drogadicción y de
enfermedades contagiosas en las que haya de participar la Universidad.
15. 15
k. Divulgar ampliamente las actividades de bienestar, para logara la participación
efectiva de la comunidad universitaria.
l. Cumplir funciones de relaciones públicas y de proyección universitaria, en asocio
con las dependencias correspondientes.
m. Apoyar a los Operadores Logísticos y a los CAT para el cumplimiento de las políticas,
objetivos, estrategias y actividades de bienestar universitario en la modalidad a
distancia.
n. Evaluar permanentemente las actividades realizadas.
o. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente.
ARTÍCULO 19°. Funciones de los Coordinadores de Área. Son funciones de los
Coordinadores de Área las siguientes:
a. Elaborar semestralmente la programación de actividades y presentarla para su
aprobación al Jefe de Bienestar Universitario.
b. Vigilar el cumplimiento de los estándares de calidad requeridos para la acreditación
de Alta Calidad de los programas académicos y de la institución en la
correspondiente área.
c. Programar y desarrollar servicios de bienestar suficientes y adecuados en el área
correspondiente.
d. Desarrollar estrategias para lograr un bienestar contextualizado académica y
normativamente en el área correspondiente.
e. Elaborar información actualizada en el área correspondiente sobre problemas,
necesidades e intereses de la población objetivo de bienestar.
f. Formular, ejecutar y evaluar un programa de bienestar para el área correspondiente
que consulte, convoque, promueva y coordine.
g. Coordinar los servicios de apoyo al área correspondiente para el desarrollo personal
de la población objetivo de bienestar.
h. Apoyar a los Operadores Logísticos y a los CAT para la programación y desarrollo de
actividades de bienestar en el área correspondiente en la modalidad a distancia.
i. Rendir informes periódicos sobre el desarrollo del área correspondiente al Jefe de
Bienestar Universitario.
j. Las demás propias del área correspondiente y las que le asigne el Jefe de Bienestar
Universitario.
16. 16
ARTÍCULO 20°. Funciones del personal de apoyo y facilitador en las áreas. Los
integrantes del equipo profesional interdisciplinario, entrenadores y docentes
facilitadores cumplirán con las funciones de apoyo para el desarrollo de los programas y
actividades propias del área a la que son asignados, tanto en la modalidad presencial
como en la modalidad a distancia.
CAPÍTULO CUARTO
POBLACIÓN Y ÁREAS DE INTERVENCIÓN DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
ARTÍCULO 21°. Población. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 1° del Acuerdo 03 de
1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, los programas de Bienestar
Universitario deben cubrir la totalidad de la comunidad que conforma la Corporación
Universitaria Remington, tanto en su modalidad presencial como a distancia: estudiantes,
docentes – investigadores y personal administrativo.
ARTÍCULO 22°. Áreas del Intervención. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 6° del
Acuerdo 03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU y de acuerdo con
lo dispuesto en este Reglamento, el Bienestar Universitario CUR debe atender las
siguientes áreas: salud, cultura, desarrollo humano, promoción socioeconómica,
recreación y deportes.
La Corporación Universitaria Remington debe buscar el establecimiento de relaciones con
entidades estatales o privadas, regionales, nacionales e internacionales que favorezcan la
realización de programas y actividades de bienestar universitario, en desarrollo de las
áreas descritas.
El estudio y la investigación de temas propios de cada una de las áreas de bienestar
universitario señaladas, deben tener un espacio importante en los programas de bienestar
universitario.
PARÁGRAFO. Para los programas a distancia o virtuales bienestar universitario CUR debe
plantear las estrategias que permitan la participación de los estudiantes en los planes de
bienestar universitario.
ARTÍCULO 23°. Dimensiones. El Bienestar Universitario CUR realizará sus actividades, en el
contexto de las áreas descritas, en las dimensiones del desarrollo humano integral y
comunitario, a saber:
• Dimensión Fisiológica. se pretende promocionar mecanismos eficientes que les
permita a los estudiantes y demás miembros de la comunidad universitaria, estar en
17. 17
condiciones sanas a nivel físico y mental a través de programas preventivos y
asistenciales.
• Dimensión Moral y Espiritual. se pretende contribuir al crecimiento armónico de los
miembros de la comunidad universitaria a través de la formación en valores y
principios morales y espirituales.
• Dimensión Emocional y Afectiva. se pretende generar proyectos que apunten al
desarrollo comunitario mediante el mejoramiento de los ambientes socio-afectivos y
valorativos, como también atención a problemas académicos y psicológicos.
• Dimensión Técnica Profesional – Laboral. se pretende velar por el desarrollo
profesional – laboral de la comunidad universitaria para mejorar su calidad de vida.
• Dimensión cultural. Se pretende apoyar y participar en los eventos donde se
promueva la manifestación de la cultura a nivel institucional, local, regional y
nacional. Además de desarrollar programas artísticos y culturales al interior de la
institución.
• Dimensión Deporte y Recreación. Se pretende fomentar programas deportivos a
nivel formativo, competitivo y recreativo a través de la conformación semilleros, de
equipos y la participación de torneos y encuentros deportivos a nivel interno, local,
regional y nacional.
• Dimensión Social – Familiar. Organizar espacios formativos que permitan el
crecimiento armónico y el desarrollo de habilidades para el mejoramiento de las
relaciones humanas y el fortalecimiento del proceso de crecimiento del núcleo
familiar de los miembros de la comunidad a través del servicio de consejería con
profesionales competentes.
• Dimensión Influencia en el Medio. Desarrollar un concepto claro sobre la identidad
humana como ser individual y social, poseedor de autonomía para el ejercicio
responsable de la libertad, con el propósito de ejercer una influencia significativa
dentro del entorno social en el cual le tocará desenvolverse y proyectarse cada día
como agente proactivo por una sociedad más justa y con mejor calidad de vida.
CAPÍTULO QUINTO
ÁREA DE SALUD
ARTÍCULO 24°. Definición. Es el desarrollo de la atención integral de la salud en la
comunidad universitaria CUR, con un enfoque de promoción y prevención e
18. 18
intencionalmente formativa, a través del fomento de prácticas saludables a partir del
reconocimiento de los factores de riesgo y de los factores protectores de la salud.
ARTÍCULO 25°. Acciones. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 14 del Acuerdo 03 de
1995 del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, las acciones de bienestar
universitario en el área de la salud, en relación con los estudiantes, deben procurar el
mejoramiento permanente de las condiciones ambientales, físicas y psíquicas mediante
programas preventivos y correctivos que contribuyan a un buen desempeño académico.
Las acciones dirigidas al personal docente y administrativo, deben orientarse a
complementar los programas generales propios de la vinculación contractual. Asimismo,
se debe tener en cuenta las situaciones de emergencia y de alto riesgo en los campos de la
CUR.
ARTÍCULO 26°. Servicios. El bienestar universitario prestará los siguientes servicios:
a. Promoción de la salud y prevención de la enfermedad. El cual incluirá:
• Atención básica en primeros auxilios
• Asesorías personalizadas en salud sexual y reproductiva
• Estilos de vida saludables
• Salud oral
• Salud visual
• Salud y deporte
• Campaña contra el tabaquismo
• Salud ocupacional (interno)
• Toma de presión arterial
• Semana de la salud
• Jornada de salud
• Donación de sangre.
• Jornada de tamizaje de presión arterial
• Jornada de toma de glicemia.
• Artículos de salud enviados por la red interna de la CUR
19. 19
• Plan de evacuación CUR
b. Servicios de apoyo psicopedagógico. El servicio de apoyo psicopedagógico hace
parte de los servicios que la Jefatura de Bienestar Universitario y el programa de
promoción de la salud y prevención de la enfermedad ofrece a la comunidad
universitaria en el campo de la psico orientación. El cual incluirá:
• Promoción de la salud sexual y afectividad.
• Prevención de adicciones.
• Intervención en situaciones de vulnerabilidad psíquica.
c. Salud sexual y la afectividad. El servicio de promoción de la salud sexual y la
afectividad ofrece un espacio formativo en la palabra, que permite pensar la
sexualidad humana real, que tropieza con las dificultades, que se desvía de la
norma, que nos hace creer mitos, que confunde y angustia. Esa sexualidad que
embaraza, que pone en aprietos, que despliega excesos y abusos y, si se quiere,
patologías.
El abordaje de esta dimensión humana de la sexualidad, se hace desde diferentes
campos del conocimiento: lo psíquico o emocional y la relación de lo psíquico con lo
fisiológico.
Se trata de reflexionar sobre el asunto y aclarar en lo posible, teniendo presente que
la sexualidad es una de las dimensiones del hombre más importantes y
determinante de su comportamiento y de su pensamiento.
Se ofrece un espacio para trabajar en aras de una claridad conceptual, de una
coherencia entre lo que se piensa y lo que se dice.
Ciclo de talleres dirigidos a parejas gestantes:
• Talleres sobre amores y desamores.
• Talleres sobre anticoncepción
• Taller: “SIDA” Mito y realidad.
d. Prevención de la adicción. Programa de prevención del consumo de sustancias
Psicoactivas y adicciones en general.
Objetivo. Tiene como objetivo propiciar la responsabilidad de los miembros de la
comunidad universitaria en la toma de decisiones respecto a las maneras como los
mismos se relacionan con los objetos que la sociedad de consumo ofrece
especialmente con las sustancias psicoactivas.
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Este servicio se operativiza con estrategias de formación, comunicación,
investigación y orientación, interviniendo factores de riesgo y en las
representaciones sociales que favorecen una relación problemática, de adicción o
dependencia, entre otros dos agentes: sujeto y objeto de consumo.
Se realizan talleres, conferencias, conversatorios, en temas como:
• Consumo y adicciones.
• Adicciones contemporáneas
• Adictos y adiciones.
• Prevención de las adiciones.
CAPÍTULO SEXTO
ÁREA DE CULTURA
CAPÍTULO 27°. Definición. Desarrollo de actividades intencionalmente formativas en
cualquiera las diferentes manifestaciones artísticas culturales y, en particular, en los
aspectos que complementen la misión formativa, integral y académica dentro de la
Institución, en la perspectiva de apoyar la formación integral con calidad de vida, en sus
valoraciones desde el conocer, el ser, el saber hacer y el convivir.
ARTÍCULO 28°. Acciones. Con fundamento en lo ordenado en el artículo 17° del Acuerdo
03 de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior, el área cultural de La Corporación
generará espacios para el desarrollo de aptitudes personales y de la creatividad, y para la
conformación de grupos institucionales en las áreas del teatro, la música vocal e
instrumental, las danzas y en otras ramas del arte.
Con los grupos culturales se promueve el talento humano, la expresión artística y la
formación integral de toda la comunidad institucional, formado esencialmente por
estudiantes de los distintos programas académicos, que en su labor de proyección,
representen a la Corporación Universitaria Remington en el ámbito local, departamental,
nacional e internacional si fuera el caso.
ARTÍCULO 29°. Servicios. Al inicio de cada semestre académico, se realiza una
convocatoria, para que las personas de la comunidad universitaria se inscriban en alguno
de los siguientes grupos y actividades a desarrollar:
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a. Música y danzas. Fomento de las aptitudes artísticas en torno a la danza y al baile,
en sus diferentes manifestaciones:
• Técnica Vocal
• Solfeo
• Expresión Oral
• Instrumentos
• Semillero de baile.
• Semillero de Danzas
• Grupos Representativos.
b. Teatro. El teatro, tiene como objetivo, la exploración de las habilidades corporales,
orales y de creatividad de los participantes.
CAPÍTULO SÉPTIMO
ÁREA DE DESARROLLO HUMANO
ARTÍCULO 30°. Definición. Es el impulso y el apoyo de actividades encaminadas a
fomentar el desarrollo personal, la integración comunitaria la consolidación de la cultura
de bien estar y la potencialización de las habilidades para la vida.
ARTÍCULO 31°. Acciones. Con fundamento en el artículo 15 del Acuerdo 03 de 1995 del
Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, las acciones de bienestar universitario en
el área de desarrollo humano deben: facilitar en cada persona el mejor conocimiento de sí
mismo y de los miembros de la comunidad; fomentar su capacidad de relacionarse y
comunicarse; desarrollar el sentido de pertenencia y compromiso individual con la
Corporación Universitaria Remington y fortalecer las relaciones humanas dentro de ella
para lograr una verdadera integración que redunde en beneficio del entorno social.
Bienestar universitario debe procurar espacios físicos que propicien el encuentro de las
personas y el aprovechamiento del tiempo libre.
ARTÍCULO 32°. Servicios. El Bienestar Universitario prestará los siguientes servicios:
a. Servicios de apoyo psicopedagógico:
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• Favorecer el proceso de aprendizaje, mediante actividades formativas y de
orientación asistencia dirigida fundamentalmente a funcionarios, estudiantes y
familiares de la comunidad universitaria.
• Sensibilizar sobre la necesidad de mejorar las condiciones individuales y
grupales bio-psico-sociales que afectan a las personas y comunidades.
• Promover el desarrollo de la excelencia académica.
• Favorecer el proceso de aprendizaje, mediante actividades formativas y de
orientación asistencia dirigida fundamentalmente a funcionarios, estudiantes y
familiares de la comunidad universitaria.
• Sensibilizar sobre la necesidad de mejorar las condiciones individuales y
grupales bio-psico-sociales que afectan a las personas y comunidades.
• Promover el desarrollo de la excelencia académica.
b. Servicios de permanencia y deserción estudiantil.
• Estudios sobre factores de riesgo y factores protectores para facilitar la
integración y permanencia de los estudiantes en la Corporación.
• Desarrollo de estrategias para lograr la integración del estudiante a la vida
universitaria, de acuerdo a la identificación de necesidades.
• Asesorar al estudiante en riesgo de deserción.
• Estudio para identificar y evaluar las causas de la deserción estudiantil
CAPÍTULO OCTAVO
ÁREA DE DE PROMOCIÓN SOCIOECONÓMICA
CAPÍTULO 33°. Definición. Es el diseño y desarrollo de procesos de apoyo económico y
social a los miembros de la comunidad universitaria.
CAPÍTULO 34°. Acciones. Con fundamento en el artículo 16 del Acuerdo 03 de 1995 del
Consejo de Educación Superior – CESU, las acciones de bienestar universitario en el área
de la promoción socioeconómica deben apoyar las condiciones socioeconómicas de los
miembros de la comunidad universitaria, a partir de los esfuerzos individuales.
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CAPÍTULO 35°. Servicios. Los servicios complementarios estarán orientados para atender
las necesidades socioeconómicas de los miembros de la comunidad:
• Estudio sobre las necesidades socioeconómicas de los miembros de la comunidad.
• Diseño y ejecución de proyectos encaminados a mejorar la calidad de vida de los
miembros de la comunidad.
• Diseño y ejecución de proyectos para la financiación de los estudiantes con recursos
socioeconómicos limitados.
• Elaboración y ejecución de reglamentos para el expendio de alimentos en los locales
comerciales en los campus de la Corporación.
• Estudio y aprobación de los precios en los locales comerciales que funcionan en los
campus de la institución.
CAPÍTULO NOVENO
RECREACIÓN Y DEPORTE
ARTÍCULO 36°. Definición. Es la que promueve la formación integral de la comunidad
universitaria, apoyando el área académica y abriendo espacios alternativos que se
articulen a ésta desde el deporte y la recreación y el uso del tiempo libre.
ARTÍCULO 37°. Acciones. Con fundamento en lo ordenado en el artículo 18° del Acuerdo 03
de 1995 del Consejo Nacional de Educación Superior, las acciones de bienestar en el área
de recreación y deportes deben dirigirse a: orientar el esparcimiento mediante actividades
de carácter recreativo y ecológico que permitan valorar y preservar el medio ambiente;
motivar la práctica del deporte y fomentar el espíritu de superación a través de una sana
competencia estimulando el desarrollo de aptitudes deportivas, la formación
correspondiente, y la participación de toda la comunidad.
ARTÍCULO 38°. Servicios. El área de recreación y deportes de bienestar universitario
prestará los siguientes servicios:
a. Deporte recreativo y aprovechamiento del tiempo libre. Desarrolla las actividades
físicas de carácter recreativo y deportivo que lleven al mejoramiento de la calidad de
vida mediante el uso saludable del tiempo libre, de estudiantes, empleados,
egresados y docentes.
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b. Deporte formativo. Incluye actividades de formación deportiva para estudiantes y
empleados, y las escuelas de iniciación y formación.
• Semillero de Voleibol masculino y femenino.
• Semillero de Baloncesto masculino y femenino.
• Semillero de fútbol Sala masculino.
• Semillero de fútbol Masculino.
• Semillero de ajedrez.
• Semillero de Tenis de Mesa.
• Semillero de Taekwondo.
c. Deporte representativo. Se encargará de definir y apoyar la participación y
representación de la universidad en eventos competitivos programados por el
deporte asociado. Se compite en las modalidades deportivas donde se logra
congregar una cantidad mínima de deportistas, según cada especificidad:
• Equipo de Fútbol de la CUR
• Equipo de Baloncesto Masculino de la CUR
• Equipo de Fútbol Sala Masculino de la CUR
• Equipo de Voleibol Masculino de la CUR
• Equipo de Tenis de Mesa de la CUR
• Ajedrez
d. Torneos inter-facultades. Permiten congregar e integrar a los estudiantes de las
distintas facultades, durante el desarrollo de cada torneo. También admite la
participación de los estudiantes, egresados, empleados y docentes que no son
deportistas de competencia, pero que disfrutan de la actividad física a un nivel más
recreativo. Fomentando con ello la práctica deportiva entre la comunidad
universitaria por medio de torneos internos, donde participen estudiantes de
diferentes facultades, egresados y empleados.
e. Caminatas ecológicas. Aportarán a la sensibilización sobre los problemas
ambientales actuales y como se puede contribuir a la ecología y al cuidado de la
naturaleza, por medio de visitar espacios naturales en los municipios de Antioquia.
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f. Semilleros Deportivos Infantiles. Los semilleros tienen acogida positiva entre los
hijos e hijas de estudiantes, egresados y empleados.
g. Gimnasio. Prestará los servicios del gimnasio a toda la comunidad educativa,
empresarial y del medio externo, como parte del proyecto de Bienestar
Universitario en el mejoramiento de la calidad de vida de la población en general,
convirtiéndolo en un medio para conservar y mejorar la salud biofísica, además de
ser complemento para la formación integral de las personas a través de gimnasia
aeróbica y de tonificación con aparatos, haciendo un trabajo lúdico y ameno.
En el Gimnasio se ofrece:
• Ruma aeróbica
• Tae-bo
• Pesas
• Spinning
• Rutina
• Aeróbicos
CAPÍTULO DÉCIMO
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 39°. Reglamentaciones. El Jefe de Bienestar Universitario elaborará la
reglamentación específica para cada servicio, teniendo en cuenta horarios de atención,
derechos y deberes de los usuarios; asimismo, elaborará el respectivo manual de
procedimientos.
ARTÍCULO 40°. Actividades. La programación de actividades de bienestar universitario
debe estar ceñida al calendario académico.
ARTÍCULO 41°. Presupuesto. En acatamiento a lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley 30
de 1992, la Corporación Universitaria Remington destinará por lo menos el dos por ciento
(2%) de su presupuesto de funcionamiento para atender adecuadamente su propio
bienestar universitario.
En la distribución presupuestal, tal como lo dispone el artículo 7° del Acuerdo 03 de 1995
del Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, debe tenerse presente el criterio de
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equidad para no desatender ninguna de las áreas del bienestar universitario. Los costos de
programas de formación docente y de subvención en las matrículas estudiantiles no
pueden hacer parte del presupuesto de bienestar universitario.
ARTÍCULO 42°. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Aprobado en la ciudad de Medellín a los ocho días del mes de noviembre del año 2011
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO JORGE VÁSQUEZ POSADA
(Original firmado)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO MÓNICA LUCÍA GRANDA VIVEROS
(Original firmado)