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Breve guía para el consumidor doméstico

El suministro eléctrico
en el mercado liberalizado
Presentación
    La Ley 17/2007, por la que se modifica la Ley 54/1997 del Sector eléctrico
    introdujo un adelanto en el calendario de apertura de los mercados eléctricos.

    Desde la perspectiva de los consumidores la novedad más importante es
    que el denominado suministro de electricidad a tarifa dejará de formar
    parte de la actividad de distribución, lo que significa que a partir 1 de julio
    de 2009 el suministro será ejercido en su totalidad por los comercializadores
    en régimen de libre competencia, y los consumidores quienes
    pretendidamente tendrán la oportunidad de elegir libremente a su
    suministrador.

    El alcance de esta medida legislativa es desconocido por los consumidores
    españoles y aún no pueden apreciarse sus consecuencias. Ciertamente,
    es pronto para saber qué repercusiones tendrán las modificaciones
    introducidas en la Ley. Especialmente inquietante resulta el hecho de que
    se haya suprimido la mención del derecho universal al suministro de la
    energía y se haya sustituido por la de “todos los consumidores tendrán
    derecho al acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de
    energía eléctrica en el territorio nacional...”, si bien parece dejar garantizado
    el acceso a todos al establecer el “suministro a tarifa de último recurso”
    (precios máximos que podrán cobrar los comercializadores a los
    consumidores que, de acuerdo con la normativa vigente para estas tarifas,
    se acojan a las mismas).

    Con esta breve guía CEACCU pretende aproximar a los consumidores a
    esta nueva situación, haciendo un breve repaso a sus derechos como
    usuarios en el mercado eléctrico liberalizado, de manera que puedan
    demandar en las mejores condiciones un suministro de calidad, a precios
    claramente comparables, transparentes y razonables.




    Esta publicación ha sido subvencionada por el Ministerio de Sanidad y Consumo-Instituto
    Nacional del Consumo. El contenido de la misma es responsabilidad de CEACCU.




2                                                                                      3
Índice
                                                          Pág.
1. La liberalización del sector eléctrico                  4
2. Mercado regulado y mercado liberalizado                 5
3. Las tarifas en el mercado liberalizado                  7
4. Los derechos de los consumidores                       13
    • Garantía de suministro                              13
    • Calidad del Suministro                              13
    • Transparencia en las condiciones contractuales      16
     • Duración del contrato                              18
     • Suspensión y resolución del contrato               19
     • Denegación del contrato                            20
     • Costes de la contratación                          20
     • El término de potencia o potencia contratada       22
     • El limitador de la potencia contratada (ICP)       24
     • El término de energía o la energía consumida       26
     • Lectura y medición. Lectura estimada               26
     • El Plan de Sustitución de Contadores               29
     • Facturación. Elementos de la factura.
       Recargos y descuentos                              30
    • Resolución de Conflictos y Reclamaciones            32
5. Cómo contratar el suministro eléctrico                 34
6. Suministro Eléctrico y el Uso Racional de la Energía   37




                  3
La liberalización
    del sector eléctrico




4
Mercado regulado y
   mercado liberalizado

¿Qué diferencia hay entre ellos?




                                   5
Para que esa energía llegue al           Finalmente, la comercializadora
    domicilio del consumidor la              facturará al consumidor tanto por
    comercializadora contratará a su         la energía consumida, al precio
    vez el suministro con la distribuidora   pactado, como por los gastos que
    de la zona, propietaria de la red,       a su vez le ha facturado a ella la
    quien facturará a la                     distribuidora.
    comercializadora por los peajes de
    acceso a las redes de transporte         El consumidor deberá elegir entre
    y distribución, así como por el          las comercializadoras, según las
    término de potencia contratada por       ofertas que le propongan.
    el consumidor, el alquiler de los
    equipos de medida, y otros costes        En el mercado liberalizado, el
    establecidos por la Administración.      suministro “a tarifa de último
                                             recurso” es prestado por las
                                             comercializadoras designadas por
                                             la Administración para suministrar
                                             a los consumidores de último
                                             recurso pero a los precios máximos
                                             regulados por la Administración.

                                             El consumidor en este caso debe
                                             contratar con uno de los
                                             comercializadores de último
                                             recurso.




6
Las tarifas
    en el mercado liberalizado

La Tarifa Integral
Es la tarifa que regula los               Desde 2007 existen diversos
suministros que tienen lugar en el        tramos de tarificación en baja
mercado regulado. Incluye los             tensión (la de uso más común entre
costes de acceso y el coste de la         los consumidores domésticos)
energía. Los costes de acceso se          según la potencia contratada, a los
aplican a todos los consumidores          que corresponden unas tarifas
con el fin de remunerar los costes        diferentes:
de las actividades reguladas
(transporte y distribución), los costes
de gestión comercial, (contratos de       Tarifa   1.0:     menor de 1 kW
acceso, término de potencia, alquiler     Tarifa   2.0.1:   de 1 Kw. a 2,5 kW
de equipos de medida...) y otros          Tarifa   2.0.2:   de 2,5 kW a 5 kW
complementos tarifarios. El coste         Tarifa   2.0.3:   de 5 kW a 10 kW
de energía es el componente del           Tarifa   3.0.1:   de 10 kW a 15 kW
precio del suministro que                 Tarifa   3.0.2:   superior a 15 kW
corresponde a la generación de la
electricidad.
                                          Según sube el tramo de potencia
La factura del suministro a tarifa        contratado, varía el precio del
está compuesta por un término de          mismo y el del kW/hora de energía
potencia, un término de energía,          consumida.
además de recargos por excesos
de consumo, descuentos, alquiler          La tarifa Integral desaparecerá
de equipos de medición, en su caso,       el 1 de julio de 2009.
más los impuestos (Impuesto sobre
electricidad y el IVA).




                                                                                7
La Tarifa de Acceso
    Es la tarifa por la que se regulan      La tarifa de acceso comprende
    los suministros que se producen en      diversos tramos de tarificación. Los
    el mercado liberalizado. Incluye los    más comunes entre los
    siguientes elementos:                   consumidores son

    Los costes de acceso
    (peajes de transporte y distribución,   Tarifa 2.0.A: la potencia
    costes de gestión comercial y otros     contratada es inferior a 15 kW.
    complementos). Los costes de            Tarifa 2.0.DHA: es la tarifa de
    acceso son únicos para todo el          Acceso con Discriminación Horaria.
    país, son aprobados por el              La potencia contratada no podrá
    Gobierno y tienen el carácter de        ser superior a 15 kW.
    máximos. También se incluyen los
    costes de gestión comercial,            Tarifa 3.0.A: la potencia contratada
    (contratos de acceso, término de        es superior a 15 kW.
    potencia, alquiler de equipos de
    medida...) y otros complementos
                                            Según sube el tramo de potencia
    tarifarios.
                                            contratado, varía el precio del
                                            mismo y el del Kw/h de energía
    El coste de la energía,                 consumida.
    al precio libremente pactado por el
    consumidor con su comercializador.
                                            La factura del suministro a Tarifa
                                            de Acceso está compuesta por un
    El margen del                           término de potencia, un término de
    comercializador con el que              energía, además de recargos por
    se ha contratado el suministro.         excesos de consumo, descuentos,
                                            alquiler de equipos de medición, en
                                            su caso, más los impuestos.


8
La Tarifa de Último Recurso (TUR)
La electricidad un bien básico y        La Tarifa de Último Recurso incluirá
esencial y por ello las leyes imponen   los costes de producción de la
a las empresas eléctricas               energía, los peajes de acceso, los
obligaciones de servicio público y      costes de comercialización y los
de servicio universal que garanticen    impuestos que correspondan.
el acceso de todos los ciudadanos
a la electricidad, especialmente a      La ley establecerá cuáles son los
los más vulnerables.                    elementos que integran esta tarifa
                                        y los costes que deberán pagar los
La ley establece que se garantizará     consumidores, así como los
que los consumidores domésticos         derechos y obligaciones de los
tengan derecho a un suministro de       consumidores acogidos a ella.
electricidad de una calidad
determinada, a unos precios
comparables, transparentes y
razonables. Para estos
consumidores la ley prevé la              Todos los consumidores
existencia de un suministrador de         cuya potencia contratada
último recurso.                           sea inferior o igual a 10kW
                                          y no hayan optado por elegir
El suministro a Tarifa de Último
                                          un comercializador antes del
                                          1 de julio de 2009, pasarán
Recurso se realizará por las              a ser suministrados
comercializadoras que el Gobierno         automáticamente por el
considere deben asumir la                 comercializador de último
obligación de suministrador de            recurso perteneciente al
                                          grupo empresarial de su
último recurso, y es el precio
                                          empresa distribuidora actual.
máximo que podrán cobrar estas
empresas a los consumidores que
se acojan a ella.

                                                                               9
La Tarifa Social
     Los consumidores acogidos a esta       la solicitud. Cualquier cambio en
     tarifa estarán exentos de pagar por    las circunstancias deberá
     la potencia contratada y abonarán      comunicarse a la compañía. Si se
     solo por la energía consumida, más     detectara algún incumplimiento la
     el alquiler de equipos y los           compañía refacturará el suministro
     impuestos que correspondan. Para       desde la fecha en que se hubiera
     acceder a ella se requiere:            producido aquél conforme a la tarifa
                                            correspondiente a la potencia
     • Que el suministro sea                contratada.
       contratado por una persona
       física (no empresa) y esté           Antes de acogerse a la Tarifa Social,
       destinado a la vivienda habitual     que implicará reducir la potencia
       del titular.                         hasta el tramo tarifario inferior a
     • Que la potencia contratada sea       3 kW, esto es hasta 2,5 kW,
       inferior a 3 kW.                     conviene tener en cuenta la
                                            potencia que se va a necesitar
     • Que la vivienda tenga instalado      cuando deban utilizarse de manera
       el ICP (Interruptor de Control       simultánea los aparatos
       de Potencia). Si no habrá que        electrodomésticos.
       solicitar su instalación a la
       compañía.
                                             Una potencia por debajo de
     Las empresas deben informar a los       3kW no permite disponer de
     usuarios sobre esta tarifa,             electrodomésticos básicos
                                             para el mínimo desarrollo vital
     facilitando los formularios para        humano propio de la
     solicitarla. El titular del contrato    sociedad española del siglo
     deberá aportar un certificado de        XXI: alumbrado, cocina,
     empadronamiento.                        frigorífico y lavadora, por lo
                                             que sólo un porcentaje
                                             mínimo de la población se
     Si se cumplen los requisitos, la        beneficiará de ella y, en todo
     compañía aplicará durante un año        caso, para usos muy
     la tarifa desde el mes siguiente a      marginales.
10
Tarifa de Discriminación Horaria (DH)
En julio de 2008 se suprimió la tarifa
Nocturna y se introdujo la Tarifa de
Discriminación Horaria (DH). Se
aplica tanto a los suministros                       10
                                                          11 12 13
                                                                       14
regulados a tarifa como a los que                9                          15
                                             8                                   16
tienen lugar en el mercado libre.
                                         7                                        17
                                         6                                        18
En esta tarifa se establecen dos                                                  19
                                         5
periodos de consumo: horas punta             4                                20
y horas valle. Hay 10 horas punta                3                          21
                                                     2                 22
al día (de las 12 del mediodía a                          1   0   23                   10h punta
las 10 de la noche en invierno y                                                       14 h valle

de 1 de la tarde a las 11 de la
noche en verano). Y las horas
valle son 14 (el resto de las
horas). Los cambios de horario de
invierno a verano o viceversa
coinciden con la fecha del cambio
oficial de hora.                                          11 12 13
                                                     10                14
                                                 9                          15
El consumo en horas valle tiene              8                                   16
                                         7                                        17
un descuento del 47% sobre la
                                         6                                        18
tarifa general correspondiente
                                         5                                        19
(antes era del 55%). El consumo
                                             4                                20
en horas punta tiene una                         3                          21
                                                     2
penalización del 35% (antes del                           1   0   23
                                                                       22              10h punta
3%).                                                                                   14 h valle




                                                                                                    11
Para acogerse a esta tarifa se           Contratar la tarifa de Discriminación
     precisa contratar un término de          Horaria puede ser interesante
     potencia inferior a los 15kW, instalar   cuando la calefacción y el agua
     un contador de doble tarifa y demás      caliente de la vivienda dependen
     aparatos necesarios para la              de la energía eléctrica y el
     medición de los consumos. Las            consumidor es capaz de concentrar
     compañías distribuidoras y               más del 45% de su consumo
     comercializadoras deben prestar          general, incluyendo el resto de
     información sobre esta tarifa y          electrodomésticos (lavadora,
     facilitar el alquiler de los aparatos    lavavajillas, etc.) en horas valle.
     necesarios, salvo que el consumidor
     opte por tenerlos en propiedad.

     Los tramos de tarificación en baja
     tensión con discriminación horaria
     son:




        Tarifa 2.0.1: potencia igual o inferior a 2,5 kW
        Tarifa 2.0.2: potencia mayor de 2,5 kW y menor de 5kW
        Tarifa 2.0.3: potencia mayor de 5 y no superior a 10 kW
        Tarifa 3.0.1: potencia mayor de 10kW y no superior a 15kW




12
Derechos de
     los consumidores

Garantía del                           Todos los distribuidores que
suministro                             actualmente suministran energía
                                       eléctrica deberán informar a los
Todos los consumidores tienen          consumidores con quienes tienen
derecho al acceso y conexión a las     contratado el suministro, sobre
redes de transporte y distribución     quienes han sido los comercia-
de energía. Para ser suministrados     lizadores designados por el
de energía eléctrica, los              Gobierno como Suministradores
consumidores deberán adquirir la       de Último Recurso.
energía en el mercado a través de
una comercializadora al precio
libremente pactado entre las partes.

Sin embargo, aquellos consu-
                                       Calidad y
midores que se determine por ley       seguridad del
tendrán derecho al suministro de       suministro
energía a los precios máximos
fijados por el Gobierno. Estos         Todo consumidor tiene derecho a
consumidores deberán contratar la      recibir el suministro en condiciones
energía con las empresas               mínimas de calidad. La calidad hace
comercializadoras designadas para      referencia a la continuidad del
ser Suministradoras de Último          suministro, a la calidad del producto
Recurso (S.U.R.).                      y a la atención al consumidor.




                                                                               13
La continuidad del suministro, se        El consumidor afectado por estas
     mide por el número y duración de         interrupciones tendrá derecho a una
     las interrupciones que se producen       compensación que aplicará
     en el suministro. Se consideran          automáticamente la compañía. La
     interrupciones las de duración           compensación se abonará en el
     superior a 3 minutos. Pueden ser         primer trimestre del año siguiente
     imprevistas o programadas, en cuyo       al del incumplimiento y puede llegar
     caso el distribuidor deberá avisar       a suponer una reducción de cómo
     al consumidor con 24 horas de            máximo el 10% de la facturación
     antelación.                              anual.

     El distribuidor está obligado a que      La calidad del producto. Se mide
     el tiempo y el número de interrup-       por las variaciones en la onda de
     ciones programadas de cada año           tensión y por las interrupciones de
     natural, dependiendo de la zona          duración inferior a tres minutos. El
     en la que esté situado el suministro     distribuidor subsanará las causas
     no supere los siguientes límites:        que motiven la deficiente calidad
                                              del producto.
     Cumplimiento de la
     Calidad de Suministro
     (límite de interrupciones programadas)


       ZONA                      Nº DE PUNTOS       HORAS DE        INTERRUPCIONES
       DE RESIDENCIA            DE SUMINISTRO     INTERRUPCIÓN       PERMITIDAS/AÑO


       Urbana *                 Más de 20.000           6                  12
       Semi-urbana              Más de 2.000
                               Menos de 20.000         10                  15
       Rural concentrada        Más de 200
                               Menos de 2.000          15                  18
       Rural dispersa           Menos de 200           20                  24

14                                              * Incluye todas las capitales de provincia
La calidad en la atención al             Administración y atender en
consumidor, medida por la calidad        condiciones de igualdad las
del asesoramiento e información          demandas de nuevos suministros.
prestados en relación con la
contratación, facturación y cobro,      • Atender a las reclamaciones,
medida de consumos, etc. En el            relacionadas con las lecturas de
mercado regulado son indicadores          consumo, facturas, cortes y otros
de calidad para los suministros           en el plazo de 5 días.
inferiores a 15kW:
                                        • Que el enganche después del
                                          corte de suministro por impago
• Que al solicitar una conexión, se
                                          se produzca a las 24 horas
  entregue al consumidor un
                                          siguientes al abono de la deuda
  presupuesto en el plazo 5 días
                                          correspondiente.
  (si no se precisa ampliación de la
  red).                                 • El acceso gratuito para el
                                          consumidor a todos los datos
• Que el enganche e instalación
                                          referidos a su contrato (entre
  del equipo de medida se
                                          otros: ubicación del punto de
  produzca, si no se precisa
                                          suministro, fecha de alta, tarifa en
  ampliación de la red, en los 5 días
                                          vigor, tensión y potencia
  hábiles siguientes al de la fecha
                                          contratada, datos sobre los
  de contratación.
                                          equipos de medida y control,
• Que en el momento de la                 fecha de cambios de comercia-
  contratación se informe al              lizador, consumos de los dos
  consumidor sobre la tarifa y            últimos años naturales o la fecha
  potencia a contratar más                de la última lectura). El consu-
  conveniente a sus necesidades.          midor podrá solicitar por escrito
                                          al distribuidor que sus datos no
• Formalizar los contratos de             sean accesibles a los comercia-
  acuerdo con lo establecido por la       lizadores.



                                                                                 15
Por cada incumplimiento de los
     indicadores de calidad de la
                                            Transparencia en
     Atención al consumidor, las            las condiciones
     empresas distribuidoras procederán     contractuales
     a abonar al consumidor, en la
     primera facturación que se             El consumidor tiene el derecho a
     produzca, la mayor de las siguientes   que la compañía eléctrica le informe
     cantidades: 30 ¤, o el 10% de la       y asesore en el momento de la
     primera facturación completa.          contratación, con los datos que le
                                            facilite, sobre la tarifa y potencia o
                                            potencias a contratar más
                                            conveniente, sobre los
      En el mercado liberalizado,
                                            complementos tarifarios y demás
      los niveles de calidad y de
      seguridad se harán constar            condiciones del contrato.
      en el contrato entre el
      consumidor y la                       • Lascondiciones
      comercializadora, debiendo             generales del
      ajustarse a los índices que
      establecerá la Administración,         contrato en el
      quien a su vez fijará el               mercado liberalizado
      régimen de compensaciones
      o reducciones que deban               En el mercado liberalizado, los
      aplicarse en la factura del           contratos de suministro “a tarifa de
      consumidor cuando la calidad          acceso” están sujetos a lo que el
      del servicio prestado sea             consumidor y el comercializador
      inferior a la reglamen-               pacten entre sí.
      tariamente exigible.
                                            Sin embargo, la ley establece que
                                            las empresas deben garantizar un
                                            elevado nivel de protección de los
                                            consumidores, tanto respecto de
                                            las condiciones contractuales, como
                                            en la información general y el
                                            establecimiento de un mecanismo
                                            de resolución de conflictos.
16
El contrato de suministro deberá        • Diferenciación entre los precios y
formalizarse por escrito y en él se       condiciones del contrato y su plazo
deberá incluir:                           de vigencia.
                                        • Otros servicios prestados, incluidos
• Identidad y dirección de la empresa     en su caso los de mantenimiento
  distribuidora de la energía.            que se propongan.
• CUPS (Código Unificado de Punto       • El nivel mínimo de calidad y las
  de Suministro). Es un dato que          repercusiones en la facturación
  identifica el punto de suministro       que correspondan en caso de
  (la vivienda). Se necesita para         incumplimiento.
  cambiar de compañía, acceder a
                                        • El procedimiento de resolución
  los datos históricos, etc.
                                          de conflictos establecido por el
• El número de la póliza de acceso        suministrador y organismos o
  o de suministro y las potencias         Tribunales a los que corresponda
  contratadas.                            dirimir sobre su resolución.
• El plazo para la conexión inicial.    • El procedimiento a seguir para el
• La duración del contrato, las           ejercicio de los derechos de
  condiciones para la renovación y        acceso, oposición, rectificación,
  las causas de rescisión y               restricción y cancelación de los
  resolución de los mismos, así           datos de carácter personal.
  como el procedimiento para
  realizar unas u otras.
• Las posibles penalizaciones en          En general, las condiciones
  caso de rescisión anticipada del        incluidas en los contratos
  contrato determinada por parte del      deberán ajustarse al
  consumidor                              régimen general para los
                                          contratos con los
• La información sobre los precios.       consumidores, y deberán ser
• La Tarifa aplicable y la forma de       comunicadas al consumidor
                                          antes de la celebración o
  obtener información sobre las           suscripción de los mismos.
  tarifas actualizadas.


                                                                                 17
• Lascondiciones
      generales del
      contrato en el
      mercado regulado
     Actualmente el suministro eléctrico
     se formaliza mediante un contrato
     suscrito con el distribuidor, conforme
     a las normas establecidas
     reglamentariamente para el               Duración del
     suministro a tarifa.
                                              contrato
     En tanto la ley no establezca los
     derechos y obligaciones de los           Generalmente el contrato es de
     consumidores acogidos a la tarifa        carácter anual, prorrogándose
     de último recurso, los contratos de      tácitamente por periodos anuales
     suministro de último recurso se          sucesivos. Si el consumidor no
     regirán por esas mismas normas:          desea prorrogar el contrato deberá
                                              comunicarlo fehacientemente
                                              (correo certificado, burofax) a la
                                              compañía con la suficiente
                                              antelación: para los contratos a tarifa
                                              5 días hábiles anteriores a aquel
                                              en que se desee la baja,

                                              Por la rescisión del contrato no
                                              podrá cobrarse cargo alguno.




18
Suspensión y                          Se podrá suspender el suministro
                                      de manera automática en casos de
resolución del                        fraude: realización de un enganche
contrato                              sin contrato, o de derivaciones
                                      para suministrar energía a una
En los contratos de suministro a      instalación no prevista en el mismo,
tarifa (Tarifa de Último Recurso a    o por la manipulación del equipo
partir de julio de 2009) la empresa   de medida, así como en caso de
podrá suspender el suministro         instalaciones peligrosas. La
cuando hayan transcurrido dos         empresa podrá facturar por un
meses desde que se le hubiera         importe correspondiente al producto
requerido fehacientemente al          de la potencia contratada (o que se
consumidor el pago sin que éste se    hubiese debido contratar) por seis
hubiera hecho efectivo.               horas de utilización diarias durante
                                      un año (sin perjuicio de las acciones
La empresa debe informar al           penales o civiles que se pudieran
consumidor de la fecha en que         interponer contra el consumidor).
procederá a la desconexión, que
no podrá ser un día festivo ni        Existen otras causas de resolución
aquellos en que no exista servicio    del contrato como no permitir en
de atención al cliente tanto          horas hábiles el acceso a las
comercial como técnico a efectos      instalaciones del personal
de reanudar el suministro, o sus      autorizado por la empresa, por
vísperas.                             negligencia del consumidor en la
                                      custodia de los equipos de medida
La reconexión deberá tener lugar
                                      (incluso aunque sean de su
al día siguiente del abono de la
                                      propiedad) o de los equipos
cantidad adeudada. Los gastos que
                                      correctores.
origine la suspensión serán por
cuenta del distribuidor/comerciali-
zador y la reconexión, en caso de
corte justificado, por cuenta del
consumidor.

                                                                              19
Denegación del                         Costes en la
     contrato                               contratación
     Podrá negarse la suscripción del       Los costes para el consumidor que
     suministro cuando las instalaciones    quiera contratar el suministro son:
     del consumidor no cumplan las
     condiciones técnicas y de              Depósito de garantía:
     seguridad. También en los casos        A la hora de contratar, la empresa
     en que el consumidor haya sido         puede exigir la entrega de un
     declarado deudor de cualquier          importe igual a la facturación
     empresa eléctrica por sentencia        correspondiente a cincuenta horas
     judicial firme y no haya justificado   de utilización de la potencia
     el abono de la deuda, que deberá       contratada. Si el consumidor
     haber sido superior a los 150¤.        resuelve el contrato esta cantidad
                                            le será devuelta de forma
                                            automática. El distribuidor podrá
                                            deducirla de las cantidades
                                            pendientes de pago de los últimos
                                            consumos.

                                            Derechos de Acometida:
                                            Se deben abonar al distribuidor
                                            por la realización de las actuaciones
                                            necesarias para atender un nuevo
                                            suministro o ampliar uno ya
                                            existente. Se calculan atendiendo
                                            tanto a la tensión como a la potencia
                                            del suministro. Incluye:




20
Cuota de extensión.                      Otros costes a los que el
Se ha de pagar al distribuidor por       consumidor debe hacer frente son:
las infraestructuras necesarias entre
la red de distribución y el primer       Cuota de enganche por
elemento propiedad del consumidor.       acoplar eléctricamente la instalación
Se pagan en caso de un nuevo             del consumidor a la red del
suministro o cuando se solicita la       distribuidor,
ampliación de potencia de uno ya
existente. Se calcula en ¤ por kW        Costes por actuaciones en
solicitado.                              equipos de medida y
                                         control por el precintado de
Cuota de acceso.                         equipos u otras actuaciones a
Se paga por incorporarse a la red        petición del consumidor y
y se abona al contratar el suministro.
Se aplica al nuevo contrato y a la       Costes de verificación por
ampliación de potencia de uno ya         comprobar que las instalaciones
existente. Se calcula en euros por       cumplen las condiciones técnicas
kW contratado.                           y de seguridad reglamentarias.
                                         Estos no deberán pagarse en los
Si se rescinde el contrato, los          contratos en que deba presentarse
derechos de extensión y de acceso        un boletín de instalador autorizado.
seguirán vigentes para la instalación
para la que fueron abonados
durante tres años.




                                                                                 21
El término de                            Contratación
                                              de la potencia
     potencia o potencia
     contratada                               Para obtener la potencia óptima a
                                              contratar se deberán sumar las
     El consumidor tiene derecho a que        potencias (en vatios) de los
     la empresa le informe y asesore en       aparatos electrodomésticos,
     el momento de la contratación,           añadiendo un margen para la
     sobre la tarifa y potencia a contratar   iluminación y otros aparatos de
     más conveniente, los complementos        pequeña potencia. Una vez
     tarifarios y demás condiciones del       sumados todos los vatios se deberá
     contrato.                                elegir el tramo correspondiente de
                                              las potencias normalizadas que se
     El término de potencia es el máximo      pueden contratar.
     de energía eléctrica que un
     consumidor (un hogar) puede llegar
     a necesitar en un momento                  Es importante hacer un
     concreto.                                  cálculo acertado. Quedarse
                                                corto supondrá que el
     El consumidor puede elegir                 limitador de potencia (ICP)
                                                se disparará con frecuencia.
     libremente los kW que quiere
     contratar teniendo en cuenta sus           Elegir un término de potencia
     necesidades de consumo en el               superior al necesario tendrá
                                                un coste fijo en la factura
     periodo de máximo consumo                  que conviene tener en
     simultáneo de los diferentes               cuenta y repercutirá a su vez
     electrodomésticos.                         en el precio de la energía
                                                consumida.




22
Coste del término
de potencia
Es un coste fijo en la factura. El
                                       El término de potencia no varía
término de potencia se expresa en
                                       salvo que el consumidor, por razón
¤/kW/mes. Se calcula multiplicando
                                       de sus necesidades, precise
la potencia contratada por el número
                                       aumentarlo o disminuirlo mediante
de meses al que corresponde la
                                       su comunicación a la compañía.
factura por el precio del kW al mes.
Los términos de potencia para los
consumidores domésticos están
normalizados y son:

En el mercado regulado
-   De   1 kW (se aplica la tarifa 1.0)
-   De   1 kW a 2,5 kW (se aplica la tarifa 2.0.1)
-   De   2,5 kW a 5 kW (se aplica la tarifa 2.0.2)
-   De   5 kW a 10 kW (se aplica la tarifa 2.0.3)
-   De   10 kW a 15 kW (se aplica la tarifa 3.0.1)


En el mercado liberalizado
- De 1kW a 15 kW: Tarifa 2.0.A
- De 1kW a 15 kW con Discriminación Horaria: Tarifa 2.0.ADH
- Más de 15kW: Tarifa 3.0.A

Si se opta por reducir el término de potencia, no será posible efectuar
ninguna reducción más hasta transcurridos doce meses desde el cambio.
No existe periodo de carencia si el consumidor desea contratar un término
de potencia superior.



                                                                            23
El limitador de                       Instalación del I.C.P.
     la potencia                           El I.C.P. puede ser propiedad del
     contratada (ICP)                      consumidor. Siendo así, se requiere
                                           que la instalación sea realizada por
     Para evitar un consumo de energía     un instalador autorizado. Pero
     superior a la contratada las          también puede alquilarse a la
     viviendas deben tener instalado un    compañía distribuidora, en cuyo
     limitador de potencia, denominado     caso, corresponderá a ésta la
     Interruptor de Control de Potencia    obligación de instalarlo. Si la
     (I.C.P.).                             instalación precisa la adecuación
                                           del cuadro general eléctrico, este
     Es un dispositivo que se coloca       gasto debe ser asumido por el
     junto al cuadro general eléctrico y   consumidor.
     se desconecta automáticamente
     cuando la potencia demandada
     supera la potencia contratada.

     El I.C.P. aporta seguridad a la
     instalación del hogar y favorece
     el mejor funcionamiento del
     sistema al permitir a las compañías
     conocer cuánta potencia puede
     llegar a ser demandada por el
     conjunto de consumidores en un
     momento dado sin riesgos de
     caídas de tensión o daños en las
     estaciones eléctricas y para evitar
     los cortes de suministro ante
     situaciones de máxima demanda
     (ejemplo: oleadas de frío o calor).


24
Repercusiones de la no                 Si transcurrieran 20 días sin que el
instalación del I.C.P.                 titular del contrato haya dado
                                       respuesta, la compañía procederá
Pese a ser obligatorio, se estima      a notificarlo nuevamente, con el
que en torno al 30% de los hogares     aviso de que si el titular del contrato
españoles no tienen aún instalado      no procede en los 20 días naturales
el I.C.P. En cada Comunidad            siguientes al de la notificación a
Autónoma existe un Plan de             cumplir con el Plan de Instalación
Instalación de Interruptores de        o dar una respuesta a la compañía,
Control de Potencia.                   ésta procederá a cobrar en las
                                       facturas:
Conforme a dicho Plan, la compañía
eléctrica comunicará (por cualquier    • Para los contratos con
medio que deje constancia de que         tarifas 1.0, 2.0.1 y 2.0.2
la notificación ha sido recibida por     (con o sin discriminación horaria)
el interesado) a quienes no tienen       se aplicará la tarifa 2.0.3, y una
instalado el I.C.P. la obligación de     potencia contratada de 10 kW.
hacerlo.
                                       • Para los contratos con
                                         tarifas 2.0.3 y 3.0.1 (con
  Si el consumidor no                    o sin discriminación horaria) se
  atendiera al requerimiento             aplicará la tarifa 3.0.1, y una
  de la compañía para
  instalar el I.C.P. se le               potencia de 20 kW.
  facturará un término de
  potencia y un término de             • Para los contratos con
  energía superior a los                 tarifas 2.0A y 2.0.DHA
  contratados hasta que se               se aplicará una potencia de
  proceda a su instalación.              20kW.

                                       Una vez instalado el I.C.P. se
                                       procederá a facturar de acuerdo
                                       con la tarifa y potencia contratadas
                                       por el consumidor.
                                                                                 25
El término
     de energía
     (o energía
     consumida)
     Hace referencia a la energía
     eléctrica efectivamente consumida.
     Es un coste variable en la factura
     que está en función de la energía
     (kilowatios/hora) que se consume       Lectura y medición
     y varía según el término de potencia
     contratado.                            Para medir la energía que se
                                            consume es necesario disponer de
     Se expresa en ¤/kW/hora y se
                                            los equipos de medida adecuados.
     calcula multiplicando el consumo
                                            El contador es el aparato que
     habido durante el periodo facturado
                                            conecta la empresa distribuidora a
     por el precio del kilovatio hora.
                                            la instalación del consumidor con
     En las facturas de los suministros     el fin de medir la energía
     con Tarifa de Discriminación           consumida.
     Horaria, se desglosan el término
                                            La empresa distribuidora es la
     de energía día (hora punta) y el
                                            responsable de medir el consumo
     término de energía noche (hora
                                            y facturará también por el alquiler
     valle).
                                            del contador, salvo que éste sea
                                            propiedad del consumidor.

                                            El consumidor es responsable de
                                            la custodia de los contadores y
                                            demás equipos de medida y control.
                                            Si dichos equipos fueran propiedad
                                            del consumidor, éste será
                                            responsable de su mantenimiento.
26
Si por elevaciones de tensión          • Cuando se hubieran facturado
anormales los contadores sufren          cantidades superiores se
daños, la reparación corresponderá       devolverá en la primera factura, y
a la compañía.                           de una sola vez, lo indebidamente
                                         cobrado más el interés legal del
El consumidor tiene derecho a que
                                         dinero vigente en el momento de
por el departamento de Energía de
                                         la refacturación. Los importes a
su Comunidad Autónoma se
                                         devolver no pueden fraccionarse.
verifique el correcto funcionamiento
de los aparatos de medida. Por este    • En el caso de que el error sea de
servicio el consumidor pagará una        tipo administrativo, para los cobros
tasa que será devuelta en caso que       y devoluciones se procederá de
se compruebe el mal funciona-            la misma manera.
miento de estos aparatos

Si se comprobara que los equipos
de medida no funcionan bien, se
                                         Uno de los
efectuará por la compañía una
                                         problemas
facturación complementaria:
                                         relacionados con
                                         la lectura de los
• Si se hubiesen facturado               equipos de medida
  cantidades inferiores a las            se suele dar cuando
  debidas, la diferencia podrá           la compañía factura
  prorratearse en tantas facturas        en base a lecturas
  mensuales como meses                   estimadas.
  transcurrieron en el error, con el
  límite de un año tanto para el
  aplazamiento como para el
  periodo a rectificar.




                                                                                27
Lectura estimada
     Cuando por las razones que sean
     no se ha realizado la lectura real
     de los consumos producidos en el
     periodo de facturación (cada mes,
     según la nueva normativa) el            Los consumos de energía
     distribuidor podrá facturar sobre       realizados en un periodo de
     consumos estimados. Para ello           facturación en que haya regido más
     tomará como referencia el consumo       de una tarifa, se distribuirán para
     (“histórico”) del consumidor en el      su facturación proporcionalmente
     mismo periodo del año anterior con      a la parte transcurrida del la última
     lectura real. A continuación dividirá   lectura en que haya estado en vigor
      el consumo total bimestral entre       cada una de ellas.
     los días facturados. De esta manera
     se obtiene la media del consumo         En algunos casos, cuando la
     diario para ese periodo, que se         compañía no dispone de histórico
     multiplicará por el número de días      pero la lectura le es facilitada por
     que vaya a facturar, obteniendo así     el consumidor, facturará utilizando
     el consumo mensual.                     esta lectura. Si no dispone ni de
                                             uno ni de otra, facturará solo el
     Si la estimación es mayor o menor,      término de potencia.
     se regularizará con la lectura real
     en la siguiente factura y al precio     Cuando se haya facturado sólo el
     que corresponda a cada periodo.         término de potencia y la factura esté
                                             afectada también por el cambio de
                                             precio de la tarifa, en la siguiente
                                             factura se prorrateará el consumo
                                             acumulado proporcionalmente al
                                             número de días correspondientes
                                             a cada periodo, aplicando en cada
                                             uno su precio de tarifa.

28
El plan de                             Facturación
sustitución de                         El consumidor tendrá derecho a
contadores de                          elegir la tarifa que estime
medida                                 conveniente, entre las oficialmente
                                       aprobadas, teniendo en cuenta las
                                       tensiones de las redes disponibles
Los contadores electrónicos son        en la zona, así como la potencia
obligatorios desde el 1 de julio de    que desea contratar.
2007 para nuevos suministros hasta
una potencia de 15 kW. Los             Desde septiembre de 2008 la
actuales deberán ser sustituidos       facturación de los suministros a
antes de diciembre de 2018.            tarifa social y domésticas hasta
                                       10 kW de potencia contratada
Los nuevos equipos permitirán la       (tarifas 2.0.1, 2.0.2 y 2.0.3) se
discriminación horaria (se podrán      efectuará por la empresa
programar algunos consumos en          suministradora o comercializadora
las horas valle, favoreciendo el       mensualmente llevándose a cabo
ahorro energético y diversificar las   con base en la lectura bimestral de
horas de la demanda eléctrica) y la    los contadores.
telegestión (permitiendo a las
compañías el acceso remoto a los
datos de los contadores).

La sustitución de los contadores
antiguos no supondrá ningún coste
adicional para los consumidores
que decidan tenerlos en alquiler. Si
se desea tenerlos en propiedad, la
instalación será por cuenta del
consumidor y deberá realizarla un
instalador autorizado


                                                                             29
El consumidor dispone de un
     período de pago de 20 días
                                           Elementos de
     naturales desde la emisión de la      la factura
     factura y podrá hacerse efectivo
     mediante domiciliación bancaria, a    Datos de identificación:
     través de las cuentas que señalen
     las empresas en Cajas de Ahorro       •   Del consumidor: Nombre. Domicilio.
     o entidades de crédito, en las        •   Nº de contrato.
     oficinas de cobro de la empresa       •   Nº de contador.
     distribuidora o en quién ésta
     delegue.
                                           •   Datos bancarios.
                                           •    Número CNAE (Clasificación
                                               Nacional de Actividad Económica
                                               para la vivienda habitual del
                                               consumidor).
                                           •   CUPS (Código Unificado de
     Si el pago se realiza mediante            Punto de Suministro).
     domiciliación bancaria no podrá       •    De la empresa eléctrica: Razón
     adeudarse en cuenta cantidad              social. NIF. Teléfono de atención
     alguna hasta transcurridos siete          al cliente.
     días naturales desde la remisión de   •    De la factura: Número. Fecha.
     la factura.                               Importe total.

     Al consumidor que haya cambiado
                                           •    Datos de contratación: Tarifas
                                               aplicadas con indicación del BOE
     voluntariamente de tarifa, potencia
                                               donde están publicados sus
     contratada o sus modos de
                                               precios.
     aplicación o de otros complementos
     podrá negársele pasar a otra          •    Datos de lectura: Energía
     mientras no hayan transcurrido,           consumida en kW/h con las
     como mínimo, doce meses, excepto          lecturas del contador. Periodo de
     si se produce algún cambio en la          lectura con fechas de lectura
     estructura tarifaria que le afecte.       anterior y actual, indicando si es
                                               lectura real o estimada.
30
Otras informaciones:

                                     •    Se indicará el porcentaje de la
                                         factura que se destina al coste
                                         del servicio, a los costes
                                         permanentes del sistema y a
                                         los de diversificación y seguridad
                                         de abastecimiento.

Datos de facturación:                •   La contribución de cada fuente
                                         de energía en el año anterior.
• La cuota fija, que depende de la   •    La referencia a las fuentes donde
  potencia contratada (término de        se encuentre publicada
  potencia). La cuota se obtiene         información sobre las emisiones
  multiplicando la potencia              de CO2 y los residuos radiactivos
  contratada (kW) por el número          derivados de la generación de
  de meses y el precio del kW al         electricidad del año anterior.
  mes.
• La electricidad consumida          En las facturas de los suministros
  (término de energía): se obtiene   contratados el mercado libre, “a
  multiplicando el consumo (kW/h)    tarifa de acceso”, además de todo
  por el precio del kW a la hora.    lo anterior, se incluyen en la factura:

• Recargos o descuentos, en su
  caso.                              •   El número de la póliza del contrato

• El alquiler del contador, en su        de acceso

  caso.                              •   La tarifa de acceso (ATR) a que

• El Impuesto sobre Electricidad.        estuviera acogido el suministro.

• El IVA.                            • La fecha de finalización del
                                     contrato.
• El importe total de la factura

                                                                               31
Descuentos                                Resolución de
     y recargos                                Conflictos y
                                               Reclamaciones
     Desde septiembre de 2008, a los
     consumidores con contrato de              Ante un conflicto con el suministro
     suministro a tarifas 2.0, 2.0.1, 2.0.2,   eléctrico, los consumidores deberán
     y 3.0.1, así como los acogidos a          dirigirse en primer lugar al Servicio
     la Tarifa Social, se les aplica en la     de Atención al Cliente de la
     factura un descuento equivalente          compañía con la que suscribieron
     a 12,5 kW/h al mes.                       el contrato. Si la respuesta obtenida
                                               no fuera satisfactoria existen
     Desde esa misma fecha, cuando la          diversas alternativas:
     energía consumida por encima del
     consumo promedio diario sume el
                                               •    Dirigirse a una Asociación de
                                                   Consumidores para asesorarse.
     equivalente a 500kW/h en un mes,
                                                   La CEACCU y las Asociaciones
     a la energía consumida por encima
                                                   de Consumidores, Amas de Casa
     de dicha cantidad se le aplicará un
                                                   y Usuarios que en ella se integran
     recargo (anteriormente el recargo
                                                   están a su disposición.
     se aplicaba cuando el exceso era
     equivalente a 1.100 kW/h cada dos         •   Dirigirse a las Oficinas Municipales
     meses).                                       de Información al Consumidor o
                                                   de la Dirección General de
     Los descuentos y recargos no se               Consumo de la Comunidad
     aplican a los consumidores que                Autónoma. Estas
     tengan contratada una tarifa con              administraciones intentarán
     Discriminación Horaria.                       mediar con la compañía
                                                   reclamada.
     Los recargos por exceso de
     consumo solo se podrán aplicar en
                                               •   Dirigirse al órgano competente
                                                   en materia de energía de la
     la factura sobre la base de lectura
                                                   Comunidad Autónoma.
     real de los equipos de medida,
     nunca sobre lecturas estimadas
32
Solución extrajudicial                  Es gratuito, no está sujeto a
del conflicto                           formalidades especiales y es un
                                        sistema rápido.
La ley del sector eléctrico establece
que para garantizar un adecuado         En la actualidad las empresas
nivel de protección de los              eléctricas NO están adheridas al
consumidores las empresas               Sistema Arbitral de Consumo.
suministradoras podrán establecer
procedimientos extrajudiciales para
la tramitación de las reclamaciones     Solución judicial del
de los consumidores. Estos              conflicto
procedimientos deberán ajustarse
a los principios de independencia,      Desde el año 2000 los
transparencia, sencillez, eficacia,     consumidores pueden plantear sus
legalidad y libertad de las partes.     demandas ante los Tribunales de
                                        Justicia sin necesidad de estar
Igualmente establece la ley que se      asistidos por Abogado ni
preverá reglamentariamente la           Procurador, siempre que la cantidad
posibilidad de acudir al Sistema        reclamada sea igual o inferior a
Arbitral de Consumo para la             900¤. Los Juzgados tienen a
resolución de las reclamaciones.        disposición de los ciudadanos
                                        formularios tipo para la presentación
El Sistema Arbitral de Consumo es       de estas demandas. Igualmente en
un procedimiento de resolución de       CEACCU estamos a disposición de
conflictos que requiere el              los consumidores para asesorarles
sometimiento voluntario de las          en este sentido.
partes, pero cuya decisión (laudo
arbitral) vincula a las dos partes.




                                                                                33
Cómo contratar el
           suministro eléctrico
     Como ya se ha visto, en el vigente
     mercado liberalizado los
     consumidores pueden suscribir los
     siguientes tipos de contratos de
     suministro:
                                               Antes de cambiar de
                                               suministrador,
     • Contrato de Suministro                  lo que necesariamente
       “A tarifa” a precios regulados          debe implicar la firma
       por la Administración con un            de un nuevo contrato,
       comercializador o con un                el consumidor debería
       distribuidor (hasta junio de 2009).     adoptar
                                               preventivamente
                                               las siguientes
     • Contrato de Suministro                  recomendaciones:
       “A tarifa de acceso” (o ATR) con
       un comercializador al precio
       pactado entre éste y el
       consumidor.

     • Contrato de Suministro
       “A tarifa de último recurso” con
       un Suministrador de Último
       Recurso (a partir de julio de 2009),
       a los precios máximos
                                              • Consultar a diferentes
       establecidos por la Administración.
                                                comercializadores para analizar
                                                las mejores condiciones de
                                                contratación.

                                              • Asesorarse bien sobre las tarifas,
                                                los descuentos, etc.

                                              • Comparar las tarifas propuestas
                                                por diferentes comercializadores.

34
• Leer detenidamente las
  condiciones del contrato antes de
  firmarlo, comprobando que               Ante las posibles ofertas
                                          que se pudieran recibir
  contiene todos los elementos que        procedentes de empresas
  se han recogido en la página 17         comercializadoras para
  de esta guía.                           cambiar de suministrador,
                                          tras meditar si puede
• Contratar la tarifa y los servicios     interesar cambiar de
  que se ajusten a las necesidades        compañía, es conveniente
                                          adoptar una serie de
  reales.                                 precauciones:
• Elegir la forma de pago que se
  considere más conveniente para        • Comparar los precios
  el consumidor.                          (el que se está pagando y
                                          el ofertado).
• Exigir el contrato escrito. Como
  consumidores sólo estamos             • Leer detenidamente el
  obligados a cumplir lo que figura       contrato, y no precipitarse en
  en el contrato.                         tomar una decisión.

• Guardar la publicidad, pues se        • Si se acepta la oferta,
  puede exigir su cumplimiento            consultar previamente con el
                                          suministrador actual acerca
• Comprobar durante el proceso de         de los requisitos para hacer
  contratación que se cumplen las         el cambio.
  obligaciones de calidad en la
  atención al consumidor recogidas      • Saldar las cuentas
  en las página 15 y 16 de esta guía.     pendientes que pudieran
                                          existir con el suministrador
                                          actual.




                                                                           35
• No firmar ningún documento
       en blanco, y no facilitar datos
       personales bancarios salvo
       que se esté decidido al
       cambio.

     • Formalizar el contrato por
       escrito, en doble ejemplar,
       fechado y firmado.

     • En el caso de contratos
       realizados fuera del
       establecimiento comercial
       (teléfono, Internet o en nuestro
       domicilio) el contrato deberá
       venir acompañado del
       Documento de Revocación,
       que permitirá anular el
       contrato.

     • La revocación (anulación,
       desistimiento) se enviará a la
       dirección que conste en el
       documento antes de transcu-
       rridos 7 días desde la firma
       del contrato. Conviene enviar
       la revocación mediante un
       procedimiento que deje
       constancia del envío (ej.:
       correo certificado) y conservar
       el justificante de envío.




36
Suministro eléctrico y
       el uso racional de la energía

Muchos actos humanos cotidianos      está asegurada su perdurabilidad
están vinculados con el uso de       para las generaciones futuras.
energía: viajar, alimentarse,        Los consumidores informados
iluminarse, trabajar, comunicarse,   sabemos que este es un problema
etc., por lo que buena parte del     que afecta a todos y por ello está
bienestar que disfrutamos depende        en nuestra mano cambiar
del consumo de energía.                  nuestra forma de consumir,
                                         aplicando medidas razonables
Sería acertado decir                      de ahorro energético,
que la energía hace                       adquiriendo electrodomésticos
posible el                                eficientes, usando bombillas
desarrollo                               de ahorro y aislando bien
económico                               nuestra vivienda, seleccionando
y social y                              productos poco envasados, etc.
sin embargo,
su consumo                           Para que los consumidores
excesivo es una de las               adoptemos decisiones acertadas
principales causas de                       favorables al ahorro
contaminación del aire y                       energético es necesario
de otros perjuicios para                         tener una información
la salud humana y el                              inequívoca sobre los
medio ambiente.                                    efectos de los
                                                    productos y
Pese a las políticas                                servicios que
encaminadas a                                      consumimos en el
conseguir una mayor                              medio ambiente.
eficiencia en el uso de
la energía, lo cierto es                     En el sector de la energía
que también va en aumento el         esta necesidad es aún mayor y
volumen de bienes y servicios        pese a las exigencias legales, los
consumidos y desechados. Eso         consumidores encontramos poca
significa que estamos consumiendo    diversidad en la oferta, falta de
tantos recursos naturales que no     transparencia y de información.
                                                                          37
La ley obliga a las empresas a
     informar a los consumidores acerca
     del origen de la energía que
     suministran, así como al impacto
     medioambiental de las distintas
     fuentes de energía y de la
     proporción utilizada entre ellas.

     En la actualidad, sin embargo, las
     empresas suministradoras se limitan
     a informar del origen de la
     electricidad para el conjunto del
     Sistema Eléctrico Español, pero no
     del origen de la energía que ellas
     mismas suministran a sus              Lo mismo sucede con la información
     consumidores.                         acerca del impacto medioambiental
                                           de las distintas fuentes de energía.
     Por ello no es posible que los        La información que ofrecen las
     consumidores podamos elegir           compañías se limita a dar la media
     nuestro suministrador con el          nacional del impacto del kW/h tanto
     conocimiento cierto de que se         en las emisiones de dióxido de
     abastece de energía renovable y       carbono como en la generación de
     en qué cantidad nos la suministra.    residuos adictivos, procedente de
     Solo es posible valorar en términos   todas las fuentes en conjunto, sin
     generales qué proporción de toda      indicar en qué proporción influye
     la energía que se consume en          cada una de ellas (renovables, fuel,
     nuestro país procede de una u otra    nuclear, carbón, gas natural, etc.)
     fuente.                               en el medioambiente.




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 Soluciones a todas     ¿Pantallas amigas?         Ahorro Energético
   sus dudas en       Niños y niñas, televisión
Telecomunicaciones     y nuevas tecnologías




   Autocuidado         Sobreendeudamiento          Cómo prevenir los
   de la Salud               Familiar                 accidentes
                                                  domesticos y de ocio




                                                     Nuestras
                                                   publicaciones
                                                   son gratuitas.
     Sabemos                  Guía de
       lo que                Protección
     comemos                   Penal




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  • 1. Breve guía para el consumidor doméstico El suministro eléctrico en el mercado liberalizado
  • 2. Presentación La Ley 17/2007, por la que se modifica la Ley 54/1997 del Sector eléctrico introdujo un adelanto en el calendario de apertura de los mercados eléctricos. Desde la perspectiva de los consumidores la novedad más importante es que el denominado suministro de electricidad a tarifa dejará de formar parte de la actividad de distribución, lo que significa que a partir 1 de julio de 2009 el suministro será ejercido en su totalidad por los comercializadores en régimen de libre competencia, y los consumidores quienes pretendidamente tendrán la oportunidad de elegir libremente a su suministrador. El alcance de esta medida legislativa es desconocido por los consumidores españoles y aún no pueden apreciarse sus consecuencias. Ciertamente, es pronto para saber qué repercusiones tendrán las modificaciones introducidas en la Ley. Especialmente inquietante resulta el hecho de que se haya suprimido la mención del derecho universal al suministro de la energía y se haya sustituido por la de “todos los consumidores tendrán derecho al acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica en el territorio nacional...”, si bien parece dejar garantizado el acceso a todos al establecer el “suministro a tarifa de último recurso” (precios máximos que podrán cobrar los comercializadores a los consumidores que, de acuerdo con la normativa vigente para estas tarifas, se acojan a las mismas). Con esta breve guía CEACCU pretende aproximar a los consumidores a esta nueva situación, haciendo un breve repaso a sus derechos como usuarios en el mercado eléctrico liberalizado, de manera que puedan demandar en las mejores condiciones un suministro de calidad, a precios claramente comparables, transparentes y razonables. Esta publicación ha sido subvencionada por el Ministerio de Sanidad y Consumo-Instituto Nacional del Consumo. El contenido de la misma es responsabilidad de CEACCU. 2 3
  • 3. Índice Pág. 1. La liberalización del sector eléctrico 4 2. Mercado regulado y mercado liberalizado 5 3. Las tarifas en el mercado liberalizado 7 4. Los derechos de los consumidores 13 • Garantía de suministro 13 • Calidad del Suministro 13 • Transparencia en las condiciones contractuales 16 • Duración del contrato 18 • Suspensión y resolución del contrato 19 • Denegación del contrato 20 • Costes de la contratación 20 • El término de potencia o potencia contratada 22 • El limitador de la potencia contratada (ICP) 24 • El término de energía o la energía consumida 26 • Lectura y medición. Lectura estimada 26 • El Plan de Sustitución de Contadores 29 • Facturación. Elementos de la factura. Recargos y descuentos 30 • Resolución de Conflictos y Reclamaciones 32 5. Cómo contratar el suministro eléctrico 34 6. Suministro Eléctrico y el Uso Racional de la Energía 37 3
  • 4. La liberalización del sector eléctrico 4
  • 5. Mercado regulado y mercado liberalizado ¿Qué diferencia hay entre ellos? 5
  • 6. Para que esa energía llegue al Finalmente, la comercializadora domicilio del consumidor la facturará al consumidor tanto por comercializadora contratará a su la energía consumida, al precio vez el suministro con la distribuidora pactado, como por los gastos que de la zona, propietaria de la red, a su vez le ha facturado a ella la quien facturará a la distribuidora. comercializadora por los peajes de acceso a las redes de transporte El consumidor deberá elegir entre y distribución, así como por el las comercializadoras, según las término de potencia contratada por ofertas que le propongan. el consumidor, el alquiler de los equipos de medida, y otros costes En el mercado liberalizado, el establecidos por la Administración. suministro “a tarifa de último recurso” es prestado por las comercializadoras designadas por la Administración para suministrar a los consumidores de último recurso pero a los precios máximos regulados por la Administración. El consumidor en este caso debe contratar con uno de los comercializadores de último recurso. 6
  • 7. Las tarifas en el mercado liberalizado La Tarifa Integral Es la tarifa que regula los Desde 2007 existen diversos suministros que tienen lugar en el tramos de tarificación en baja mercado regulado. Incluye los tensión (la de uso más común entre costes de acceso y el coste de la los consumidores domésticos) energía. Los costes de acceso se según la potencia contratada, a los aplican a todos los consumidores que corresponden unas tarifas con el fin de remunerar los costes diferentes: de las actividades reguladas (transporte y distribución), los costes de gestión comercial, (contratos de Tarifa 1.0: menor de 1 kW acceso, término de potencia, alquiler Tarifa 2.0.1: de 1 Kw. a 2,5 kW de equipos de medida...) y otros Tarifa 2.0.2: de 2,5 kW a 5 kW complementos tarifarios. El coste Tarifa 2.0.3: de 5 kW a 10 kW de energía es el componente del Tarifa 3.0.1: de 10 kW a 15 kW precio del suministro que Tarifa 3.0.2: superior a 15 kW corresponde a la generación de la electricidad. Según sube el tramo de potencia La factura del suministro a tarifa contratado, varía el precio del está compuesta por un término de mismo y el del kW/hora de energía potencia, un término de energía, consumida. además de recargos por excesos de consumo, descuentos, alquiler La tarifa Integral desaparecerá de equipos de medición, en su caso, el 1 de julio de 2009. más los impuestos (Impuesto sobre electricidad y el IVA). 7
  • 8. La Tarifa de Acceso Es la tarifa por la que se regulan La tarifa de acceso comprende los suministros que se producen en diversos tramos de tarificación. Los el mercado liberalizado. Incluye los más comunes entre los siguientes elementos: consumidores son Los costes de acceso (peajes de transporte y distribución, Tarifa 2.0.A: la potencia costes de gestión comercial y otros contratada es inferior a 15 kW. complementos). Los costes de Tarifa 2.0.DHA: es la tarifa de acceso son únicos para todo el Acceso con Discriminación Horaria. país, son aprobados por el La potencia contratada no podrá Gobierno y tienen el carácter de ser superior a 15 kW. máximos. También se incluyen los costes de gestión comercial, Tarifa 3.0.A: la potencia contratada (contratos de acceso, término de es superior a 15 kW. potencia, alquiler de equipos de medida...) y otros complementos Según sube el tramo de potencia tarifarios. contratado, varía el precio del mismo y el del Kw/h de energía El coste de la energía, consumida. al precio libremente pactado por el consumidor con su comercializador. La factura del suministro a Tarifa de Acceso está compuesta por un El margen del término de potencia, un término de comercializador con el que energía, además de recargos por se ha contratado el suministro. excesos de consumo, descuentos, alquiler de equipos de medición, en su caso, más los impuestos. 8
  • 9. La Tarifa de Último Recurso (TUR) La electricidad un bien básico y La Tarifa de Último Recurso incluirá esencial y por ello las leyes imponen los costes de producción de la a las empresas eléctricas energía, los peajes de acceso, los obligaciones de servicio público y costes de comercialización y los de servicio universal que garanticen impuestos que correspondan. el acceso de todos los ciudadanos a la electricidad, especialmente a La ley establecerá cuáles son los los más vulnerables. elementos que integran esta tarifa y los costes que deberán pagar los La ley establece que se garantizará consumidores, así como los que los consumidores domésticos derechos y obligaciones de los tengan derecho a un suministro de consumidores acogidos a ella. electricidad de una calidad determinada, a unos precios comparables, transparentes y razonables. Para estos consumidores la ley prevé la Todos los consumidores existencia de un suministrador de cuya potencia contratada último recurso. sea inferior o igual a 10kW y no hayan optado por elegir El suministro a Tarifa de Último un comercializador antes del 1 de julio de 2009, pasarán Recurso se realizará por las a ser suministrados comercializadoras que el Gobierno automáticamente por el considere deben asumir la comercializador de último obligación de suministrador de recurso perteneciente al grupo empresarial de su último recurso, y es el precio empresa distribuidora actual. máximo que podrán cobrar estas empresas a los consumidores que se acojan a ella. 9
  • 10. La Tarifa Social Los consumidores acogidos a esta la solicitud. Cualquier cambio en tarifa estarán exentos de pagar por las circunstancias deberá la potencia contratada y abonarán comunicarse a la compañía. Si se solo por la energía consumida, más detectara algún incumplimiento la el alquiler de equipos y los compañía refacturará el suministro impuestos que correspondan. Para desde la fecha en que se hubiera acceder a ella se requiere: producido aquél conforme a la tarifa correspondiente a la potencia • Que el suministro sea contratada. contratado por una persona física (no empresa) y esté Antes de acogerse a la Tarifa Social, destinado a la vivienda habitual que implicará reducir la potencia del titular. hasta el tramo tarifario inferior a • Que la potencia contratada sea 3 kW, esto es hasta 2,5 kW, inferior a 3 kW. conviene tener en cuenta la potencia que se va a necesitar • Que la vivienda tenga instalado cuando deban utilizarse de manera el ICP (Interruptor de Control simultánea los aparatos de Potencia). Si no habrá que electrodomésticos. solicitar su instalación a la compañía. Una potencia por debajo de Las empresas deben informar a los 3kW no permite disponer de usuarios sobre esta tarifa, electrodomésticos básicos para el mínimo desarrollo vital facilitando los formularios para humano propio de la solicitarla. El titular del contrato sociedad española del siglo deberá aportar un certificado de XXI: alumbrado, cocina, empadronamiento. frigorífico y lavadora, por lo que sólo un porcentaje mínimo de la población se Si se cumplen los requisitos, la beneficiará de ella y, en todo compañía aplicará durante un año caso, para usos muy la tarifa desde el mes siguiente a marginales. 10
  • 11. Tarifa de Discriminación Horaria (DH) En julio de 2008 se suprimió la tarifa Nocturna y se introdujo la Tarifa de Discriminación Horaria (DH). Se aplica tanto a los suministros 10 11 12 13 14 regulados a tarifa como a los que 9 15 8 16 tienen lugar en el mercado libre. 7 17 6 18 En esta tarifa se establecen dos 19 5 periodos de consumo: horas punta 4 20 y horas valle. Hay 10 horas punta 3 21 2 22 al día (de las 12 del mediodía a 1 0 23 10h punta las 10 de la noche en invierno y 14 h valle de 1 de la tarde a las 11 de la noche en verano). Y las horas valle son 14 (el resto de las horas). Los cambios de horario de invierno a verano o viceversa coinciden con la fecha del cambio oficial de hora. 11 12 13 10 14 9 15 El consumo en horas valle tiene 8 16 7 17 un descuento del 47% sobre la 6 18 tarifa general correspondiente 5 19 (antes era del 55%). El consumo 4 20 en horas punta tiene una 3 21 2 penalización del 35% (antes del 1 0 23 22 10h punta 3%). 14 h valle 11
  • 12. Para acogerse a esta tarifa se Contratar la tarifa de Discriminación precisa contratar un término de Horaria puede ser interesante potencia inferior a los 15kW, instalar cuando la calefacción y el agua un contador de doble tarifa y demás caliente de la vivienda dependen aparatos necesarios para la de la energía eléctrica y el medición de los consumos. Las consumidor es capaz de concentrar compañías distribuidoras y más del 45% de su consumo comercializadoras deben prestar general, incluyendo el resto de información sobre esta tarifa y electrodomésticos (lavadora, facilitar el alquiler de los aparatos lavavajillas, etc.) en horas valle. necesarios, salvo que el consumidor opte por tenerlos en propiedad. Los tramos de tarificación en baja tensión con discriminación horaria son: Tarifa 2.0.1: potencia igual o inferior a 2,5 kW Tarifa 2.0.2: potencia mayor de 2,5 kW y menor de 5kW Tarifa 2.0.3: potencia mayor de 5 y no superior a 10 kW Tarifa 3.0.1: potencia mayor de 10kW y no superior a 15kW 12
  • 13. Derechos de los consumidores Garantía del Todos los distribuidores que suministro actualmente suministran energía eléctrica deberán informar a los Todos los consumidores tienen consumidores con quienes tienen derecho al acceso y conexión a las contratado el suministro, sobre redes de transporte y distribución quienes han sido los comercia- de energía. Para ser suministrados lizadores designados por el de energía eléctrica, los Gobierno como Suministradores consumidores deberán adquirir la de Último Recurso. energía en el mercado a través de una comercializadora al precio libremente pactado entre las partes. Sin embargo, aquellos consu- Calidad y midores que se determine por ley seguridad del tendrán derecho al suministro de suministro energía a los precios máximos fijados por el Gobierno. Estos Todo consumidor tiene derecho a consumidores deberán contratar la recibir el suministro en condiciones energía con las empresas mínimas de calidad. La calidad hace comercializadoras designadas para referencia a la continuidad del ser Suministradoras de Último suministro, a la calidad del producto Recurso (S.U.R.). y a la atención al consumidor. 13
  • 14. La continuidad del suministro, se El consumidor afectado por estas mide por el número y duración de interrupciones tendrá derecho a una las interrupciones que se producen compensación que aplicará en el suministro. Se consideran automáticamente la compañía. La interrupciones las de duración compensación se abonará en el superior a 3 minutos. Pueden ser primer trimestre del año siguiente imprevistas o programadas, en cuyo al del incumplimiento y puede llegar caso el distribuidor deberá avisar a suponer una reducción de cómo al consumidor con 24 horas de máximo el 10% de la facturación antelación. anual. El distribuidor está obligado a que La calidad del producto. Se mide el tiempo y el número de interrup- por las variaciones en la onda de ciones programadas de cada año tensión y por las interrupciones de natural, dependiendo de la zona duración inferior a tres minutos. El en la que esté situado el suministro distribuidor subsanará las causas no supere los siguientes límites: que motiven la deficiente calidad del producto. Cumplimiento de la Calidad de Suministro (límite de interrupciones programadas) ZONA Nº DE PUNTOS HORAS DE INTERRUPCIONES DE RESIDENCIA DE SUMINISTRO INTERRUPCIÓN PERMITIDAS/AÑO Urbana * Más de 20.000 6 12 Semi-urbana Más de 2.000 Menos de 20.000 10 15 Rural concentrada Más de 200 Menos de 2.000 15 18 Rural dispersa Menos de 200 20 24 14 * Incluye todas las capitales de provincia
  • 15. La calidad en la atención al Administración y atender en consumidor, medida por la calidad condiciones de igualdad las del asesoramiento e información demandas de nuevos suministros. prestados en relación con la contratación, facturación y cobro, • Atender a las reclamaciones, medida de consumos, etc. En el relacionadas con las lecturas de mercado regulado son indicadores consumo, facturas, cortes y otros de calidad para los suministros en el plazo de 5 días. inferiores a 15kW: • Que el enganche después del corte de suministro por impago • Que al solicitar una conexión, se se produzca a las 24 horas entregue al consumidor un siguientes al abono de la deuda presupuesto en el plazo 5 días correspondiente. (si no se precisa ampliación de la red). • El acceso gratuito para el consumidor a todos los datos • Que el enganche e instalación referidos a su contrato (entre del equipo de medida se otros: ubicación del punto de produzca, si no se precisa suministro, fecha de alta, tarifa en ampliación de la red, en los 5 días vigor, tensión y potencia hábiles siguientes al de la fecha contratada, datos sobre los de contratación. equipos de medida y control, • Que en el momento de la fecha de cambios de comercia- contratación se informe al lizador, consumos de los dos consumidor sobre la tarifa y últimos años naturales o la fecha potencia a contratar más de la última lectura). El consu- conveniente a sus necesidades. midor podrá solicitar por escrito al distribuidor que sus datos no • Formalizar los contratos de sean accesibles a los comercia- acuerdo con lo establecido por la lizadores. 15
  • 16. Por cada incumplimiento de los indicadores de calidad de la Transparencia en Atención al consumidor, las las condiciones empresas distribuidoras procederán contractuales a abonar al consumidor, en la primera facturación que se El consumidor tiene el derecho a produzca, la mayor de las siguientes que la compañía eléctrica le informe cantidades: 30 ¤, o el 10% de la y asesore en el momento de la primera facturación completa. contratación, con los datos que le facilite, sobre la tarifa y potencia o potencias a contratar más conveniente, sobre los En el mercado liberalizado, complementos tarifarios y demás los niveles de calidad y de seguridad se harán constar condiciones del contrato. en el contrato entre el consumidor y la • Lascondiciones comercializadora, debiendo generales del ajustarse a los índices que establecerá la Administración, contrato en el quien a su vez fijará el mercado liberalizado régimen de compensaciones o reducciones que deban En el mercado liberalizado, los aplicarse en la factura del contratos de suministro “a tarifa de consumidor cuando la calidad acceso” están sujetos a lo que el del servicio prestado sea consumidor y el comercializador inferior a la reglamen- pacten entre sí. tariamente exigible. Sin embargo, la ley establece que las empresas deben garantizar un elevado nivel de protección de los consumidores, tanto respecto de las condiciones contractuales, como en la información general y el establecimiento de un mecanismo de resolución de conflictos. 16
  • 17. El contrato de suministro deberá • Diferenciación entre los precios y formalizarse por escrito y en él se condiciones del contrato y su plazo deberá incluir: de vigencia. • Otros servicios prestados, incluidos • Identidad y dirección de la empresa en su caso los de mantenimiento distribuidora de la energía. que se propongan. • CUPS (Código Unificado de Punto • El nivel mínimo de calidad y las de Suministro). Es un dato que repercusiones en la facturación identifica el punto de suministro que correspondan en caso de (la vivienda). Se necesita para incumplimiento. cambiar de compañía, acceder a • El procedimiento de resolución los datos históricos, etc. de conflictos establecido por el • El número de la póliza de acceso suministrador y organismos o o de suministro y las potencias Tribunales a los que corresponda contratadas. dirimir sobre su resolución. • El plazo para la conexión inicial. • El procedimiento a seguir para el • La duración del contrato, las ejercicio de los derechos de condiciones para la renovación y acceso, oposición, rectificación, las causas de rescisión y restricción y cancelación de los resolución de los mismos, así datos de carácter personal. como el procedimiento para realizar unas u otras. • Las posibles penalizaciones en En general, las condiciones caso de rescisión anticipada del incluidas en los contratos contrato determinada por parte del deberán ajustarse al consumidor régimen general para los contratos con los • La información sobre los precios. consumidores, y deberán ser • La Tarifa aplicable y la forma de comunicadas al consumidor antes de la celebración o obtener información sobre las suscripción de los mismos. tarifas actualizadas. 17
  • 18. • Lascondiciones generales del contrato en el mercado regulado Actualmente el suministro eléctrico se formaliza mediante un contrato suscrito con el distribuidor, conforme a las normas establecidas reglamentariamente para el Duración del suministro a tarifa. contrato En tanto la ley no establezca los derechos y obligaciones de los Generalmente el contrato es de consumidores acogidos a la tarifa carácter anual, prorrogándose de último recurso, los contratos de tácitamente por periodos anuales suministro de último recurso se sucesivos. Si el consumidor no regirán por esas mismas normas: desea prorrogar el contrato deberá comunicarlo fehacientemente (correo certificado, burofax) a la compañía con la suficiente antelación: para los contratos a tarifa 5 días hábiles anteriores a aquel en que se desee la baja, Por la rescisión del contrato no podrá cobrarse cargo alguno. 18
  • 19. Suspensión y Se podrá suspender el suministro de manera automática en casos de resolución del fraude: realización de un enganche contrato sin contrato, o de derivaciones para suministrar energía a una En los contratos de suministro a instalación no prevista en el mismo, tarifa (Tarifa de Último Recurso a o por la manipulación del equipo partir de julio de 2009) la empresa de medida, así como en caso de podrá suspender el suministro instalaciones peligrosas. La cuando hayan transcurrido dos empresa podrá facturar por un meses desde que se le hubiera importe correspondiente al producto requerido fehacientemente al de la potencia contratada (o que se consumidor el pago sin que éste se hubiese debido contratar) por seis hubiera hecho efectivo. horas de utilización diarias durante un año (sin perjuicio de las acciones La empresa debe informar al penales o civiles que se pudieran consumidor de la fecha en que interponer contra el consumidor). procederá a la desconexión, que no podrá ser un día festivo ni Existen otras causas de resolución aquellos en que no exista servicio del contrato como no permitir en de atención al cliente tanto horas hábiles el acceso a las comercial como técnico a efectos instalaciones del personal de reanudar el suministro, o sus autorizado por la empresa, por vísperas. negligencia del consumidor en la custodia de los equipos de medida La reconexión deberá tener lugar (incluso aunque sean de su al día siguiente del abono de la propiedad) o de los equipos cantidad adeudada. Los gastos que correctores. origine la suspensión serán por cuenta del distribuidor/comerciali- zador y la reconexión, en caso de corte justificado, por cuenta del consumidor. 19
  • 20. Denegación del Costes en la contrato contratación Podrá negarse la suscripción del Los costes para el consumidor que suministro cuando las instalaciones quiera contratar el suministro son: del consumidor no cumplan las condiciones técnicas y de Depósito de garantía: seguridad. También en los casos A la hora de contratar, la empresa en que el consumidor haya sido puede exigir la entrega de un declarado deudor de cualquier importe igual a la facturación empresa eléctrica por sentencia correspondiente a cincuenta horas judicial firme y no haya justificado de utilización de la potencia el abono de la deuda, que deberá contratada. Si el consumidor haber sido superior a los 150¤. resuelve el contrato esta cantidad le será devuelta de forma automática. El distribuidor podrá deducirla de las cantidades pendientes de pago de los últimos consumos. Derechos de Acometida: Se deben abonar al distribuidor por la realización de las actuaciones necesarias para atender un nuevo suministro o ampliar uno ya existente. Se calculan atendiendo tanto a la tensión como a la potencia del suministro. Incluye: 20
  • 21. Cuota de extensión. Otros costes a los que el Se ha de pagar al distribuidor por consumidor debe hacer frente son: las infraestructuras necesarias entre la red de distribución y el primer Cuota de enganche por elemento propiedad del consumidor. acoplar eléctricamente la instalación Se pagan en caso de un nuevo del consumidor a la red del suministro o cuando se solicita la distribuidor, ampliación de potencia de uno ya existente. Se calcula en ¤ por kW Costes por actuaciones en solicitado. equipos de medida y control por el precintado de Cuota de acceso. equipos u otras actuaciones a Se paga por incorporarse a la red petición del consumidor y y se abona al contratar el suministro. Se aplica al nuevo contrato y a la Costes de verificación por ampliación de potencia de uno ya comprobar que las instalaciones existente. Se calcula en euros por cumplen las condiciones técnicas kW contratado. y de seguridad reglamentarias. Estos no deberán pagarse en los Si se rescinde el contrato, los contratos en que deba presentarse derechos de extensión y de acceso un boletín de instalador autorizado. seguirán vigentes para la instalación para la que fueron abonados durante tres años. 21
  • 22. El término de Contratación de la potencia potencia o potencia contratada Para obtener la potencia óptima a contratar se deberán sumar las El consumidor tiene derecho a que potencias (en vatios) de los la empresa le informe y asesore en aparatos electrodomésticos, el momento de la contratación, añadiendo un margen para la sobre la tarifa y potencia a contratar iluminación y otros aparatos de más conveniente, los complementos pequeña potencia. Una vez tarifarios y demás condiciones del sumados todos los vatios se deberá contrato. elegir el tramo correspondiente de las potencias normalizadas que se El término de potencia es el máximo pueden contratar. de energía eléctrica que un consumidor (un hogar) puede llegar a necesitar en un momento Es importante hacer un concreto. cálculo acertado. Quedarse corto supondrá que el El consumidor puede elegir limitador de potencia (ICP) se disparará con frecuencia. libremente los kW que quiere contratar teniendo en cuenta sus Elegir un término de potencia necesidades de consumo en el superior al necesario tendrá un coste fijo en la factura periodo de máximo consumo que conviene tener en simultáneo de los diferentes cuenta y repercutirá a su vez electrodomésticos. en el precio de la energía consumida. 22
  • 23. Coste del término de potencia Es un coste fijo en la factura. El El término de potencia no varía término de potencia se expresa en salvo que el consumidor, por razón ¤/kW/mes. Se calcula multiplicando de sus necesidades, precise la potencia contratada por el número aumentarlo o disminuirlo mediante de meses al que corresponde la su comunicación a la compañía. factura por el precio del kW al mes. Los términos de potencia para los consumidores domésticos están normalizados y son: En el mercado regulado - De 1 kW (se aplica la tarifa 1.0) - De 1 kW a 2,5 kW (se aplica la tarifa 2.0.1) - De 2,5 kW a 5 kW (se aplica la tarifa 2.0.2) - De 5 kW a 10 kW (se aplica la tarifa 2.0.3) - De 10 kW a 15 kW (se aplica la tarifa 3.0.1) En el mercado liberalizado - De 1kW a 15 kW: Tarifa 2.0.A - De 1kW a 15 kW con Discriminación Horaria: Tarifa 2.0.ADH - Más de 15kW: Tarifa 3.0.A Si se opta por reducir el término de potencia, no será posible efectuar ninguna reducción más hasta transcurridos doce meses desde el cambio. No existe periodo de carencia si el consumidor desea contratar un término de potencia superior. 23
  • 24. El limitador de Instalación del I.C.P. la potencia El I.C.P. puede ser propiedad del contratada (ICP) consumidor. Siendo así, se requiere que la instalación sea realizada por Para evitar un consumo de energía un instalador autorizado. Pero superior a la contratada las también puede alquilarse a la viviendas deben tener instalado un compañía distribuidora, en cuyo limitador de potencia, denominado caso, corresponderá a ésta la Interruptor de Control de Potencia obligación de instalarlo. Si la (I.C.P.). instalación precisa la adecuación del cuadro general eléctrico, este Es un dispositivo que se coloca gasto debe ser asumido por el junto al cuadro general eléctrico y consumidor. se desconecta automáticamente cuando la potencia demandada supera la potencia contratada. El I.C.P. aporta seguridad a la instalación del hogar y favorece el mejor funcionamiento del sistema al permitir a las compañías conocer cuánta potencia puede llegar a ser demandada por el conjunto de consumidores en un momento dado sin riesgos de caídas de tensión o daños en las estaciones eléctricas y para evitar los cortes de suministro ante situaciones de máxima demanda (ejemplo: oleadas de frío o calor). 24
  • 25. Repercusiones de la no Si transcurrieran 20 días sin que el instalación del I.C.P. titular del contrato haya dado respuesta, la compañía procederá Pese a ser obligatorio, se estima a notificarlo nuevamente, con el que en torno al 30% de los hogares aviso de que si el titular del contrato españoles no tienen aún instalado no procede en los 20 días naturales el I.C.P. En cada Comunidad siguientes al de la notificación a Autónoma existe un Plan de cumplir con el Plan de Instalación Instalación de Interruptores de o dar una respuesta a la compañía, Control de Potencia. ésta procederá a cobrar en las facturas: Conforme a dicho Plan, la compañía eléctrica comunicará (por cualquier • Para los contratos con medio que deje constancia de que tarifas 1.0, 2.0.1 y 2.0.2 la notificación ha sido recibida por (con o sin discriminación horaria) el interesado) a quienes no tienen se aplicará la tarifa 2.0.3, y una instalado el I.C.P. la obligación de potencia contratada de 10 kW. hacerlo. • Para los contratos con tarifas 2.0.3 y 3.0.1 (con Si el consumidor no o sin discriminación horaria) se atendiera al requerimiento aplicará la tarifa 3.0.1, y una de la compañía para instalar el I.C.P. se le potencia de 20 kW. facturará un término de potencia y un término de • Para los contratos con energía superior a los tarifas 2.0A y 2.0.DHA contratados hasta que se se aplicará una potencia de proceda a su instalación. 20kW. Una vez instalado el I.C.P. se procederá a facturar de acuerdo con la tarifa y potencia contratadas por el consumidor. 25
  • 26. El término de energía (o energía consumida) Hace referencia a la energía eléctrica efectivamente consumida. Es un coste variable en la factura que está en función de la energía (kilowatios/hora) que se consume Lectura y medición y varía según el término de potencia contratado. Para medir la energía que se consume es necesario disponer de Se expresa en ¤/kW/hora y se los equipos de medida adecuados. calcula multiplicando el consumo El contador es el aparato que habido durante el periodo facturado conecta la empresa distribuidora a por el precio del kilovatio hora. la instalación del consumidor con En las facturas de los suministros el fin de medir la energía con Tarifa de Discriminación consumida. Horaria, se desglosan el término La empresa distribuidora es la de energía día (hora punta) y el responsable de medir el consumo término de energía noche (hora y facturará también por el alquiler valle). del contador, salvo que éste sea propiedad del consumidor. El consumidor es responsable de la custodia de los contadores y demás equipos de medida y control. Si dichos equipos fueran propiedad del consumidor, éste será responsable de su mantenimiento. 26
  • 27. Si por elevaciones de tensión • Cuando se hubieran facturado anormales los contadores sufren cantidades superiores se daños, la reparación corresponderá devolverá en la primera factura, y a la compañía. de una sola vez, lo indebidamente cobrado más el interés legal del El consumidor tiene derecho a que dinero vigente en el momento de por el departamento de Energía de la refacturación. Los importes a su Comunidad Autónoma se devolver no pueden fraccionarse. verifique el correcto funcionamiento de los aparatos de medida. Por este • En el caso de que el error sea de servicio el consumidor pagará una tipo administrativo, para los cobros tasa que será devuelta en caso que y devoluciones se procederá de se compruebe el mal funciona- la misma manera. miento de estos aparatos Si se comprobara que los equipos de medida no funcionan bien, se Uno de los efectuará por la compañía una problemas facturación complementaria: relacionados con la lectura de los • Si se hubiesen facturado equipos de medida cantidades inferiores a las se suele dar cuando debidas, la diferencia podrá la compañía factura prorratearse en tantas facturas en base a lecturas mensuales como meses estimadas. transcurrieron en el error, con el límite de un año tanto para el aplazamiento como para el periodo a rectificar. 27
  • 28. Lectura estimada Cuando por las razones que sean no se ha realizado la lectura real de los consumos producidos en el periodo de facturación (cada mes, según la nueva normativa) el Los consumos de energía distribuidor podrá facturar sobre realizados en un periodo de consumos estimados. Para ello facturación en que haya regido más tomará como referencia el consumo de una tarifa, se distribuirán para (“histórico”) del consumidor en el su facturación proporcionalmente mismo periodo del año anterior con a la parte transcurrida del la última lectura real. A continuación dividirá lectura en que haya estado en vigor el consumo total bimestral entre cada una de ellas. los días facturados. De esta manera se obtiene la media del consumo En algunos casos, cuando la diario para ese periodo, que se compañía no dispone de histórico multiplicará por el número de días pero la lectura le es facilitada por que vaya a facturar, obteniendo así el consumidor, facturará utilizando el consumo mensual. esta lectura. Si no dispone ni de uno ni de otra, facturará solo el Si la estimación es mayor o menor, término de potencia. se regularizará con la lectura real en la siguiente factura y al precio Cuando se haya facturado sólo el que corresponda a cada periodo. término de potencia y la factura esté afectada también por el cambio de precio de la tarifa, en la siguiente factura se prorrateará el consumo acumulado proporcionalmente al número de días correspondientes a cada periodo, aplicando en cada uno su precio de tarifa. 28
  • 29. El plan de Facturación sustitución de El consumidor tendrá derecho a contadores de elegir la tarifa que estime medida conveniente, entre las oficialmente aprobadas, teniendo en cuenta las tensiones de las redes disponibles Los contadores electrónicos son en la zona, así como la potencia obligatorios desde el 1 de julio de que desea contratar. 2007 para nuevos suministros hasta una potencia de 15 kW. Los Desde septiembre de 2008 la actuales deberán ser sustituidos facturación de los suministros a antes de diciembre de 2018. tarifa social y domésticas hasta 10 kW de potencia contratada Los nuevos equipos permitirán la (tarifas 2.0.1, 2.0.2 y 2.0.3) se discriminación horaria (se podrán efectuará por la empresa programar algunos consumos en suministradora o comercializadora las horas valle, favoreciendo el mensualmente llevándose a cabo ahorro energético y diversificar las con base en la lectura bimestral de horas de la demanda eléctrica) y la los contadores. telegestión (permitiendo a las compañías el acceso remoto a los datos de los contadores). La sustitución de los contadores antiguos no supondrá ningún coste adicional para los consumidores que decidan tenerlos en alquiler. Si se desea tenerlos en propiedad, la instalación será por cuenta del consumidor y deberá realizarla un instalador autorizado 29
  • 30. El consumidor dispone de un período de pago de 20 días Elementos de naturales desde la emisión de la la factura factura y podrá hacerse efectivo mediante domiciliación bancaria, a Datos de identificación: través de las cuentas que señalen las empresas en Cajas de Ahorro • Del consumidor: Nombre. Domicilio. o entidades de crédito, en las • Nº de contrato. oficinas de cobro de la empresa • Nº de contador. distribuidora o en quién ésta delegue. • Datos bancarios. • Número CNAE (Clasificación Nacional de Actividad Económica para la vivienda habitual del consumidor). • CUPS (Código Unificado de Si el pago se realiza mediante Punto de Suministro). domiciliación bancaria no podrá • De la empresa eléctrica: Razón adeudarse en cuenta cantidad social. NIF. Teléfono de atención alguna hasta transcurridos siete al cliente. días naturales desde la remisión de • De la factura: Número. Fecha. la factura. Importe total. Al consumidor que haya cambiado • Datos de contratación: Tarifas aplicadas con indicación del BOE voluntariamente de tarifa, potencia donde están publicados sus contratada o sus modos de precios. aplicación o de otros complementos podrá negársele pasar a otra • Datos de lectura: Energía mientras no hayan transcurrido, consumida en kW/h con las como mínimo, doce meses, excepto lecturas del contador. Periodo de si se produce algún cambio en la lectura con fechas de lectura estructura tarifaria que le afecte. anterior y actual, indicando si es lectura real o estimada. 30
  • 31. Otras informaciones: • Se indicará el porcentaje de la factura que se destina al coste del servicio, a los costes permanentes del sistema y a los de diversificación y seguridad de abastecimiento. Datos de facturación: • La contribución de cada fuente de energía en el año anterior. • La cuota fija, que depende de la • La referencia a las fuentes donde potencia contratada (término de se encuentre publicada potencia). La cuota se obtiene información sobre las emisiones multiplicando la potencia de CO2 y los residuos radiactivos contratada (kW) por el número derivados de la generación de de meses y el precio del kW al electricidad del año anterior. mes. • La electricidad consumida En las facturas de los suministros (término de energía): se obtiene contratados el mercado libre, “a multiplicando el consumo (kW/h) tarifa de acceso”, además de todo por el precio del kW a la hora. lo anterior, se incluyen en la factura: • Recargos o descuentos, en su caso. • El número de la póliza del contrato • El alquiler del contador, en su de acceso caso. • La tarifa de acceso (ATR) a que • El Impuesto sobre Electricidad. estuviera acogido el suministro. • El IVA. • La fecha de finalización del contrato. • El importe total de la factura 31
  • 32. Descuentos Resolución de y recargos Conflictos y Reclamaciones Desde septiembre de 2008, a los consumidores con contrato de Ante un conflicto con el suministro suministro a tarifas 2.0, 2.0.1, 2.0.2, eléctrico, los consumidores deberán y 3.0.1, así como los acogidos a dirigirse en primer lugar al Servicio la Tarifa Social, se les aplica en la de Atención al Cliente de la factura un descuento equivalente compañía con la que suscribieron a 12,5 kW/h al mes. el contrato. Si la respuesta obtenida no fuera satisfactoria existen Desde esa misma fecha, cuando la diversas alternativas: energía consumida por encima del consumo promedio diario sume el • Dirigirse a una Asociación de Consumidores para asesorarse. equivalente a 500kW/h en un mes, La CEACCU y las Asociaciones a la energía consumida por encima de Consumidores, Amas de Casa de dicha cantidad se le aplicará un y Usuarios que en ella se integran recargo (anteriormente el recargo están a su disposición. se aplicaba cuando el exceso era equivalente a 1.100 kW/h cada dos • Dirigirse a las Oficinas Municipales meses). de Información al Consumidor o de la Dirección General de Los descuentos y recargos no se Consumo de la Comunidad aplican a los consumidores que Autónoma. Estas tengan contratada una tarifa con administraciones intentarán Discriminación Horaria. mediar con la compañía reclamada. Los recargos por exceso de consumo solo se podrán aplicar en • Dirigirse al órgano competente en materia de energía de la la factura sobre la base de lectura Comunidad Autónoma. real de los equipos de medida, nunca sobre lecturas estimadas 32
  • 33. Solución extrajudicial Es gratuito, no está sujeto a del conflicto formalidades especiales y es un sistema rápido. La ley del sector eléctrico establece que para garantizar un adecuado En la actualidad las empresas nivel de protección de los eléctricas NO están adheridas al consumidores las empresas Sistema Arbitral de Consumo. suministradoras podrán establecer procedimientos extrajudiciales para la tramitación de las reclamaciones Solución judicial del de los consumidores. Estos conflicto procedimientos deberán ajustarse a los principios de independencia, Desde el año 2000 los transparencia, sencillez, eficacia, consumidores pueden plantear sus legalidad y libertad de las partes. demandas ante los Tribunales de Justicia sin necesidad de estar Igualmente establece la ley que se asistidos por Abogado ni preverá reglamentariamente la Procurador, siempre que la cantidad posibilidad de acudir al Sistema reclamada sea igual o inferior a Arbitral de Consumo para la 900¤. Los Juzgados tienen a resolución de las reclamaciones. disposición de los ciudadanos formularios tipo para la presentación El Sistema Arbitral de Consumo es de estas demandas. Igualmente en un procedimiento de resolución de CEACCU estamos a disposición de conflictos que requiere el los consumidores para asesorarles sometimiento voluntario de las en este sentido. partes, pero cuya decisión (laudo arbitral) vincula a las dos partes. 33
  • 34. Cómo contratar el suministro eléctrico Como ya se ha visto, en el vigente mercado liberalizado los consumidores pueden suscribir los siguientes tipos de contratos de suministro: Antes de cambiar de suministrador, • Contrato de Suministro lo que necesariamente “A tarifa” a precios regulados debe implicar la firma por la Administración con un de un nuevo contrato, comercializador o con un el consumidor debería distribuidor (hasta junio de 2009). adoptar preventivamente las siguientes • Contrato de Suministro recomendaciones: “A tarifa de acceso” (o ATR) con un comercializador al precio pactado entre éste y el consumidor. • Contrato de Suministro “A tarifa de último recurso” con un Suministrador de Último Recurso (a partir de julio de 2009), a los precios máximos • Consultar a diferentes establecidos por la Administración. comercializadores para analizar las mejores condiciones de contratación. • Asesorarse bien sobre las tarifas, los descuentos, etc. • Comparar las tarifas propuestas por diferentes comercializadores. 34
  • 35. • Leer detenidamente las condiciones del contrato antes de firmarlo, comprobando que Ante las posibles ofertas que se pudieran recibir contiene todos los elementos que procedentes de empresas se han recogido en la página 17 comercializadoras para de esta guía. cambiar de suministrador, tras meditar si puede • Contratar la tarifa y los servicios interesar cambiar de que se ajusten a las necesidades compañía, es conveniente adoptar una serie de reales. precauciones: • Elegir la forma de pago que se considere más conveniente para • Comparar los precios el consumidor. (el que se está pagando y el ofertado). • Exigir el contrato escrito. Como consumidores sólo estamos • Leer detenidamente el obligados a cumplir lo que figura contrato, y no precipitarse en en el contrato. tomar una decisión. • Guardar la publicidad, pues se • Si se acepta la oferta, puede exigir su cumplimiento consultar previamente con el suministrador actual acerca • Comprobar durante el proceso de de los requisitos para hacer contratación que se cumplen las el cambio. obligaciones de calidad en la atención al consumidor recogidas • Saldar las cuentas en las página 15 y 16 de esta guía. pendientes que pudieran existir con el suministrador actual. 35
  • 36. • No firmar ningún documento en blanco, y no facilitar datos personales bancarios salvo que se esté decidido al cambio. • Formalizar el contrato por escrito, en doble ejemplar, fechado y firmado. • En el caso de contratos realizados fuera del establecimiento comercial (teléfono, Internet o en nuestro domicilio) el contrato deberá venir acompañado del Documento de Revocación, que permitirá anular el contrato. • La revocación (anulación, desistimiento) se enviará a la dirección que conste en el documento antes de transcu- rridos 7 días desde la firma del contrato. Conviene enviar la revocación mediante un procedimiento que deje constancia del envío (ej.: correo certificado) y conservar el justificante de envío. 36
  • 37. Suministro eléctrico y el uso racional de la energía Muchos actos humanos cotidianos está asegurada su perdurabilidad están vinculados con el uso de para las generaciones futuras. energía: viajar, alimentarse, Los consumidores informados iluminarse, trabajar, comunicarse, sabemos que este es un problema etc., por lo que buena parte del que afecta a todos y por ello está bienestar que disfrutamos depende en nuestra mano cambiar del consumo de energía. nuestra forma de consumir, aplicando medidas razonables Sería acertado decir de ahorro energético, que la energía hace adquiriendo electrodomésticos posible el eficientes, usando bombillas desarrollo de ahorro y aislando bien económico nuestra vivienda, seleccionando y social y productos poco envasados, etc. sin embargo, su consumo Para que los consumidores excesivo es una de las adoptemos decisiones acertadas principales causas de favorables al ahorro contaminación del aire y energético es necesario de otros perjuicios para tener una información la salud humana y el inequívoca sobre los medio ambiente. efectos de los productos y Pese a las políticas servicios que encaminadas a consumimos en el conseguir una mayor medio ambiente. eficiencia en el uso de la energía, lo cierto es En el sector de la energía que también va en aumento el esta necesidad es aún mayor y volumen de bienes y servicios pese a las exigencias legales, los consumidos y desechados. Eso consumidores encontramos poca significa que estamos consumiendo diversidad en la oferta, falta de tantos recursos naturales que no transparencia y de información. 37
  • 38. La ley obliga a las empresas a informar a los consumidores acerca del origen de la energía que suministran, así como al impacto medioambiental de las distintas fuentes de energía y de la proporción utilizada entre ellas. En la actualidad, sin embargo, las empresas suministradoras se limitan a informar del origen de la electricidad para el conjunto del Sistema Eléctrico Español, pero no del origen de la energía que ellas mismas suministran a sus Lo mismo sucede con la información consumidores. acerca del impacto medioambiental de las distintas fuentes de energía. Por ello no es posible que los La información que ofrecen las consumidores podamos elegir compañías se limita a dar la media nuestro suministrador con el nacional del impacto del kW/h tanto conocimiento cierto de que se en las emisiones de dióxido de abastece de energía renovable y carbono como en la generación de en qué cantidad nos la suministra. residuos adictivos, procedente de Solo es posible valorar en términos todas las fuentes en conjunto, sin generales qué proporción de toda indicar en qué proporción influye la energía que se consume en cada una de ellas (renovables, fuel, nuestro país procede de una u otra nuclear, carbón, gas natural, etc.) fuente. en el medioambiente. 38
  • 39. Últimas guías prácticas de CEACCU Soluciones a todas ¿Pantallas amigas? Ahorro Energético sus dudas en Niños y niñas, televisión Telecomunicaciones y nuevas tecnologías Autocuidado Sobreendeudamiento Cómo prevenir los de la Salud Familiar accidentes domesticos y de ocio Nuestras publicaciones son gratuitas. Sabemos Guía de lo que Protección comemos Penal Más información en: www.ceaccu.org 39
  • 40. Esta publicación ha sido subvencionada por el Ministerio de Sanidad y Consumo, Instituto Nacional de Consumo. El contenido de la misma es responsabilidad de CEACCU.