El documento trata sobre la tarea de la semana dos de la asignatura Derecho Internacional Público. El objetivo es explicar los sujetos del Derecho Internacional Público, sus características y rol. Los sujetos principales son los estados, las organizaciones internacionales, la comunidad beligerante, los movimientos de liberación nacional y los individuos. Los estados son los sujetos originarios pero existen otros derivados.
2. Introducción
En esta tarea de la semana dos estaremos trabajando el tema Sujetos del Derecho
Internacional Público, donde se el facilitador/as nos pide realizar un ensayo donde se
destaquen los sujetos del Derecho Internacional, resaltando su concepto y características.
En esta asignación aprenderemos sobre los sujetos del Derecho Internacional Público. En esta
unidad aprenderemos sobre el concepto de los Sujetos del Derecho Internacional Público
como también sus características.
Podremos aprender que los estados constituyeron el único y exclusivo Sujeto de Derecho
Internacional, y así fue calificado por la mayoría de Tratadistas de la época.
3. Objetivos
El objetivo de nuestra tarea es: Explicar el rol que cumplen los sujetos que forman parte del
Derecho Internacional Público, para comprender su papel activo o pasivo en la creación de
derechos y obligaciones impuestas por el Derecho internacional o como ente obligado y
poseedor de derechos.
4. Distinguido participante.
Luego de consultar el libro básico de la asignatura Derecho Internacional
Público, Manual de Derecho Internacional Público (4a. ed.), Derecho Internacional
Público- Rafael Conde y Luque, Textos Básicos de Derecho Internacional Público, y
demás bibliografía complementaria, realice la siguiente actividad:
1. Un ensayo donde se destaquen los sujetos del Derecho Internacional, resaltando
su concepto y características.
Los sujetos de derecho internacional son los estados, las organizaciones internacionales, la
comunidad beligerante, los movimientos de liberación nacional y el individuo persona física
como sujeto pasivo del derecho internacional, es decir que recibe de él derechos y obligaciones.
Los sujetos son las entidades con derechos y obligaciones impuestas por el Derecho
internacional. Para la concepción clásica los Estados son los sujetos plenos del ordenamiento
internacional, sin que puedan existir otros sujetos que no sean Estados. En la actualidad, esta
posición ha sido revisada, considerando que, si bien los Estados son los sujetos naturales y
originarios, existen a su lado, otros sujetos derivados o secundarios. Por lo que la naturaleza
jurídica es lo más importante del Derecho Internacional Público.
Conforme a la Teoría General del Derecho, los titulares de derechos y obligaciones se les
denomina sujetos de derecho. Ante la ausencia de un poder de imperio o legislativo en las
relaciones internacionales o en la sociedad internacional, las normas jurídicas son creadas por
los mismos sujetos de derecho internacional, ante todo, los Estados, mediante convenciones
internacionales, sean generales o particulares, que establezcan reglas expresamente reconocidas
por los mismos; o por la costumbre internacional, como prueba de una práctica generalmente
aceptada como derecho.
Los estados constituyeron el único y exclusivo Sujeto de Derecho Internacional, y así fue
calificado por la mayoría de Tratadistas, olvidando las antiguas concepciones de los fundamentos
del Derecho Internacional, en las postrimerías de la Edad Media. Al día de hoy solo se
constituyen una clase especial de sujetos dentro de la variedad que existe actualmente, dentro de
su gran variedad que actualmente existe.
5. Sin embargo, no se han dejado de constituir los Estados la clase de sujetos más importantes
dentro de la Comunidad Internacional. Según como dice Aguilar Navarro ‘‘el Estado sigue
teniendo un lugar significante en el Derecho Internacional, actuando como Primer Orden de este,
ya que es el sujeto primordial y por excelencia, a quien corresponde contribuir a la formación de
las reglas internaciones con las que se ordenaran aun aquellas relaciones en las que el mismo
pueda no estar interesado.
En la conceptualización de los sujetos de los tenemos entendido que para algunos autores
sostienen que ‘‘el Estado es la nación jurídicamente organizada, formando así un cuerpo político,
un gobierno, una autoridad con imperio y jurisdicción suficiente para mantener la unión y el
orden de una colectividad en un territorio’’.
A todo esto, se le pudo agregar la independencia o soberanía exterior de la cual debe gozar para
perder su carácter de sujeto internacional, más, sin embargo, pueden existir estados que no
posean esta independencia completa o la hayan perdido en su totalidad. En estos casos nos
encontramos antes los llamados Estados semi-soberanos, en que especialmente sus relaciones
internacionales son controladas por otro Estado. Existen atribuciones al Estado que las detenta,
cuando han perdido sólo una parte de su soberanía o los Estados vasallos cuando han sido
privados por otros sujetos de toda su soberanía, pasando detenerla al usurpador o a quien
voluntariamente el ex Estado independiente a semi-ndependiente le ha cedido.
Todos los Estados independientes, para ser tales, deben poseer determinados requisitos. Para eso
deben tener:
1) Un territorio.
2) Una población.
3) Un gobierno y
4) Una soberanía interna y externa o independencia.
El territorio es uno de sus principales elementos. No puede existir un Estad sin un territorio.
De nada vale la existencia de un territorio de un Estado en los cuales por sus condiciones
climatéricas o por las dificultades geográficas, sea difícil o imposible vivir.
Se requiere, en consecuencia, que exista un numero humano, el que, al organizarse, esto es,
6. poseer un Gobierno, llena el tercer requisito exigido por la Doctrina internacional existencia de
(Poderes y servicios públicos).
El Estado n puede ser considerado como independiente si debe sujetar sus decisiones
internaciones a otro poder. Debe un Estado independiente poseer lo que se llama soberanía
exterior, la facultad de decisión, sin tener que someterse a la aprobación de otro poder
internacional. Esto último, es exacto en doctrina, pero en la práctica internacional actual, no es
muy clara su definición. Bien sabido es que, hoy en día, las Grandes Potencias, ya sea por
cuestiones económicas, militares o políticas en general, ejercen diversa coacción sobre las
pequeñas y medianas potencias, resultando, su tan proclamada independencia, más bien un
asunto de texto, que de practica internacional.
Pero mayor importancia aun, se adquiere en la estructura internacional de nuestros días, la
estrecha interdependencia de los Estados, lo que los ha obligado a tener que renunciar a parte de
sus atributos soberanos para delegarlos en autoridades y organismos internacionales que deben
regular la Comunidad Internacional. De todos modos, los Estados llenan este último requisito de
su soberanía exterior, y tiene la calidad de totalmente independiente con esta última salvedad.
La Comunidad Beligerante, para que una comunidad beligerante sea reconocida como sujeto
de Derecho internacional Público, de acuerdo a las normas internacionales debe reunir los
siguientes requisitos:
Los Estados nacionales, debidamente reconocidos por sus pares y por la comunidad
internacional como tales.
Las Organizaciones Internacionales, de mediación y acuerdo internacional, como la
Organización de las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo, etc.
La persona física, como sujeto pasivo del derecho internacional, pues recibe de éste
obligaciones y derechos.
En ese sentido podemos decir que los Sujetos de Derecho Internacional Público se caracteriza
por el sustento en el acuerdo de que las relaciones entre las naciones deben ser para un beneficio
mutuo. Dichas relaciones de cooperación, rivalidad o intercambio deben regirse por tratados
voluntarios a los que todos los países que los suscriben deberán someterse, considerando que
dicho ordenamiento es independiente de quienes ejerzan sus gobiernos.
7. Conclusión
En esta unidad aprendimos sobre los sujetos de Derecho internación Público, como
se caracteriza y como se aplica el mismo.
8. Bibliografía
Fc-abogados.com. 2022. Sujetos del Derecho Internacional | Carlos Felipe Law Firm.
https://fc-abogados.com/es/sujetos-del-derecho-internacional/
Monografias.com. 2022. https://www.monografias.com/docs/Sujetos-de-derecho-
internacional-F3N6T33RL9JF
Zamrodah, Y. (2016). CLASIFICACIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS, 15 (2), 1–23.
https://cursos.aiu.edu/DERECHO%20INTERNACIONAL%20P%C3%9ABLICO/Sesi%C3
%B3n%208/PDF/DERECHO%20INTERNACIONAL%20P%C3%9ABLICO%20I%20SES
ION%208.pdf