2. Sea lo primero expresar, que aunque este debate se hizo como una
«Invitación», los argumentos jurídicos y la cantidad de recursos que invierte
Medellín en el Área Metropolitana, hacen que esta entidad y su director sean
sujetos del control político que ejerce el Concejo de Medellín.
Este No es un concejo de los que invitan servidores públicos solo para entregarles
condecoraciones, como actos políticos, sino que aquí si exigimos como Municipio
Núcleo que los resultados administrativos y financieros sean los esperados.
Medellín invierte el 84 % de los recursos financieros, con los cuales actúa el Área
Metropolitana del Valle de Aburrá.
3. El Director del Área Metropolitana, le huye al control político ejercido por el Concejo de
Medellín. Infortunadamente para sus intereses, hoy no se le invitó como lo hacen otros
concejos para recibir condecoraciones. Hoy, brilla por su ausencia, a pesar que debería
estar para brindarle claridad a la opinión pública.
Cada «tótem» - placa inaugural de obras vale más de 40
millones de pesos. ¿#Hechosparalavida o
#egopersonal?
4. ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Las ideas del las áreas metropolitanas se
generaron en los Estados Unidos hacia
comienzos del siglo XX, en los llamados
“distritos Metropolitanos”. El censo de
1910 de ese país es el primero que
encabeza esta categoría de clasificación
de las áreas urbanas.
Los “Distritos Metropolitanos” eran
aquellos que agrupaban a la gran ciudad
con sus respectivos suburbios
adyacentes.
En 1950 el término fue sustituido por el
de “Área Metropolitana Estándar”,
teniendo como criterio el tamaño de la
población, la densidad y la estructura
ocupacional.
5. El Área Metropolitana del Valle de Aburrá es una entidad administrativa de derecho
público que asocia a 9 de los 10 municipios que conforman el Valle de Aburrá. Creada
mediante ordenanza N° 34 de Noviembre 20 de 1980
En la actualidad está integrada por los municipios de Medellín (como ciudad núcleo),
Barbosa, Girardota, Copacabana, Bello, Itagüí, La Estrella, Sabaneta y Caldas.
El municipio de Envigado no es miembro actual de la entidad, ya que se excluyó el 28 de
febrero de 1.983 mediante fallo del Consejo de Estado, pero es invitado permanente.
Actualmente cumple funciones de:
Planificar el territorio
puesto bajo su jurisdicción.
Ser autoridad ambiental
en la zona urbana de los
municipios que la
conforman.
Ser autoridad de
transporte masivo y
metropolitano.
Ejecutar obras de
interés metropolitano.
La constitución Política de Colombia en su
ARTICULO 319, define el concepto de Áreas
Metropolitanas: "Cuando dos o más municipios
tengan relaciones económicas, sociales y físicas,
que den al conjunto características de un área
metropolitana, podrán organizarse como entidad
administrativa encargada de programar y
coordinar el desarrollo armónico e integrado del
territorio colocado bajo su autoridad; racionalizar
la prestación de los servicios públicos a cargo de
quienes la integran y, si es el caso, prestar en
común algunos de ellos; y ejecutar obras de
interés metropolitano.
6. Indudablemente, la Ley orgánica 1625, dotó de "dientes" las Áreas
Metropolitanas, para poder cumplir todas aquellas necesidades,
territoriales, ambientales, económicas, sociales, demográficas,
culturales y tecnológicas a partir de esa administración coordinada.
Esta nueva normatividad, plantea un nuevo reto en torno al
manejo de las Áreas Metropolitanas, su autonomía administrativa
y el manejo financiero que se hace de estas entidades político
administrativas, a través del aporte de cada uno de sus Municipios
miembro.
7. ÁREAS METROPOLITANAS EN COLOMBIA:
Las cifras hablan por sí solas: De 1964 a 2012,
Colombia pasó de tener nueve millones de
habitantes en la zona urbana a 35 millones. El
64% de esa población vive en las ciudades
capitales y el 40 % habita en cinco metrópolis
como son Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla y
Cartagena.
El gran reto que enfrenta la sociedad
contemporánea es la metropolización, ya que en
los próximos años se van a consolidar quinientas
ciudades intermedias nuevas con más de un
millón de habitantes. Colombia es un país de
regiones metropolitanas y no un sistema de
ciudades que se extienden por los municipios.
Los índices de desarrollo global indican que son
las Áreas Metropolitanas, aquellas que jalonan el
crecimiento de las regiones.
8. ÁREAS EN VIGENCIA (POR ORDEN DE
CREACIÓN):
Área
Metropolitana del
Valle de Aburrá
Área Metropolitana de
Bucaramanga
Área
Metropolitana
de Barranquilla
Área Metropolitana
de Cúcuta
Área
Metropolitana de
Centro Occidente
Área Metropolitana
de Valledupar
9. EL ÁREA METROPOLITANA DEL VALLE DE ABURRÁ
Históricamente se ha entendido desde el
Derecho Público, la importancia de consolidar
Áreas Metropolitanas, para la mejor
administración o prestación de servicios
públicos de dos o más municipios del mismo
Departamento, cuyas relaciones den al
conjunto las características de una "ciudad -
región".
Desde principios de la década de los años 70’s
los municipios del Valle de Aburrá comenzaron
a evidenciar un fenómeno de conurbación, esto
significa que cada día se encuentran más
unidos física, económica, social y
ambientalmente.
10. PROPÓSITO DEL ÁREA METROPOLITANA
Según el Objeto con el que fue creada, el Área Metropolitana del Valle de Aburrá
"tiene como propósito general el progreso conjunto de los municipios que la
conforman; buscar el bienestar humano social y cultural con base en el ordenamiento
territorial, el compromiso con el ambiente, los recursos naturales y la reducción de las
desigualdades; trabajar por el mejoramiento de la calidad de vida de toda la población
metropolitana, con el fin de estar en capacidad de contribuir al desarrollo
departamental y nacional".
¿SERÁ QUE DURANTE LO CORRIDO DEL PRESENTE
CUATRIENIO, ESTOS FINES SE HAN DESARROLLADO A
CABALIDAD?...
11. ESPECIFICACIÓN 2012 2013 2014 2015 TOTAL % Particip.
1 INGRESOS 141,060 146,702 154,036 158,795 600,593
SOBRETASA SOBRE
AVALÚO CATASTRAL 83,549 86,891 91,235 94,054 355,729 100%
Municipio de Barbosa 173 180 189 195 737 0.21%
Municipio de Girardota 423 440 462 476 1,801 0.51%
Municipio de Copacabana 552 574 603 621 2,350 0.66%
Municipio de Bello 2,357 2,451 2,574 2,653 10,035 2.82%
Municipio de Medellín 70,303 73,115 76,771 79,143 299,332 84.15%
Municipio de Itagüí 5,898 6,134 6,440 6,639 25,111 7.06%
Municipio de Sabaneta 2,272 2,363 2,481 2,558 9,674 2.72%
Municipio de La Estrella 1,086 1,130 1,186 1,223 4,625 1.30%
Municipio de Caldas 485 504 529 546 2,064 0.58%
APORTES MUNICIPALES 57,511 59,811 62,801 64,741 244,864 100%
Municipio de Barbosa 251 261 274 283 1,069 0.44%
Municipio de Girardota 843 876 920 948 3,587 1.46%
Municipio de Copacabana 477 496 521 537 2,031 0.83%
Municipio de Bello 1,976 2,055 2,158 2,224 8,413 3.44%
Municipio de Medellín 47,355 49,249 51,711 53,309 201,624 82.34%
Municipio de Itagüí 4,246 4,416 4,637 4,780 18,079 7.38%
Municipio de Sabaneta 2,045 2,127 2,233 2,302 8,707 3.56%
Municipio de La Estrella 0 0 0 0 0.00%
Municipio de Caldas 318 331 347 358 1,354 0.55%
PROYECCIÓN DE LAS DOS PRINCIPALES FUENTES DE RECURSOS
AMVA 2012 – 2015 (Cifras en Millones)
Qué regla se está aplicando para exigir una homogeneidad a los Municipios
en el monto de los aportes? Qué regla se aplica para entregar los recursos a
los municipios, por parte del AMVA?
12. ¿SE ESTARÁ UTILIZANDO EL ÁREA METROPOLITANA PARA
BENEFICIAR UNOS MUNICIPIOS MÁS QUE OTROS ?
13. Medellín aporta más del 80% de los recursos del AMVA y solo obtuvo
El 9.12 % de participación en los convenidos ejecutados, mientras tanto
Itagüí, el 60.29 % .
14. ¿Acaso Itagüí es el epicentro de todos los
«hechos metropolitanos»?
¿Favoritismo o cálculos políticos?
Departamento
de Antioquia
15. Ante este panorama, es importante entonces replantear el monto de los aportes que se
viene haciendo por parte del Municipio del Medellín al Área Metropolitana del Valle de
Aburrá.
Esos aportes en la actualidad constituyen más del 80 % de los ingresos del AMVA y
provienen aproximadamente del 12,43 % del recaudo del impuesto predial de los
medellinenses.
Medellín es cumplido en sus aportes al AMVA, lo contrario de municipios como Itagüí o
Bello, lo cuales son deudores recurrentes, pero beneficiarios de primer orden para la
asignación de convenios.
Ante este panorama es importante que se replantee desde la municipalidad, el monto de los
aportes que estamos haciendo, porque no es justo que mientras en Medellín, no hemos
podido ni siquiera garantizar una cobertura universal de «mínimo vital» en la prestación de
servicios públicos domiciliarios, nuestros recursos se estén empleando en otros municipios
del Valle de Aburrá, para ejecutar algunas obras, de las cuales se puede dudar de su
contenido de «hecho metropolitano».
Podemos vía Acuerdo Municipal, disminuir nuestros aportes al Área Metropolitana a un 8 %.
16. PROBLEMÁTICA DEL RÍO MEDELLÍN
Al Río Medellín, los daños en las losas no le sucedieron de la noche a la mañana. Poco cuidado se les ha prestado de
manera histórica y el Área Metropolitana, tampoco ha sido su doliente más destacado. Las obras se hicieron para
mitigar y no para prevenir, como es el «deber ser» de la contratación estatal.
SI LAS LOSAS DEL RÍO MEDELLÍN O ABURRÁ, NO CONSTITUYEN «HECHOS METROPOLITANOS», ENTONCES CUÁLES LO
SON?. ¿CUÁNTO VALÍAN LAS OBRAS CORRECTIVAS Y CUÁNTO NOS VALIERON EN «URGENCIA MANIFIESTA»?
LA AUDITORÍA DE LA CONTRALORÍA DEPARTAMENTAL DE ANTIOQUIA ANTERIOR A LA CALAMIDAD DE LOSAS DEL
RÍO, ES CLARA: «Revisado el contrato LP 491 de 2011, cuyo objeto es realizar las obras de intervención sobre el río
Medellín para la mitigación de riesgo por inundación, por valor de $2.171.471.354, suscrito con la firma GISAICO y un
plazo 4.5 meses, luego de hacer una evaluación técnica a la construcción de la obra, así como a la documentación
soporte se observo lo siguiente: (A) El Contrato no se ha publicado en el SECOP incumpliendo lo estipulado en el artículo
8 de la Ley 1150.. Lo anterior demuestra la falta de gestión en subir y actualizar la información al SECOP de manera
oportuna, situación que afecta de manera directa la consulta y por ende el proceso auditor, ya que la información del
SECOP no corresponde con la información real de la Entidad».
Lo que tuvo que padecer la ciudadanía con el Río Medellín, demuestra que al Área Metropolitana del Valle de Aburrá
(AMVA), le quedó grande el Programa de administración, protección, control y monitoreo del recurso hídrico en el
Valle de Aburrá. Los platos rotos, tuvieron que ser saldados por los usuarios del sistema de transporte masivo Metro.
17. Ante los aludes en los tramos del río Medellín, se declaró la urgencia manifiesta, por valor
de $8.746.164.250, derivado de un proceso de contratación directa. No obstante la
modalidad, es claro que existe un contrato, que reviste todas las características que lo
sujetan al estatuto contractual en el Art. 40 de la Ley 80 de 1993, el cual ordena que «los
contratos no podrán adicionarse por más de un 50 % de su valor inicial».
Sin embargo, el Director del AMVA utilizó una figura exótica de extra costo, que no se
encuentra consagrada en nuestra legislación, a la que llamaron «incorporación», y se hizo
por valor de $12.938.702.690, pese a las recomendaciones jurídicas de sus compañeros
empleados, para que se abstuviera de firmar la adenda.
Ni en el estatuto de la Contratación estatal, ni en las sentencias del Consejo de Estado, se
permite, avala o acepta la utilización de esta figura jurídica, tal y como se utilizó para el caso
concreto.
SOLICITO RESPETUOSAMENTE A LA CONTRALORIA
GENERAL DE ANTIOQUIA, UNA AUDITORIA EXPRES, AL
CONTRATO CD287 DE 2014
18. Y EL SISTEMA DE CICLO-RUTAS…
«Estamos en pañales» Tenemos escasamente
30 kilómetros. Falta conectividad. No hay pasos
seguros de un lado al otro del río. Necesitamos
que las rutas lleguen a los edificios públicos,
que los buses tengan compartimentos para
bicicletas. Con mucha dificultad se logró que el
Metro aceptaran el ingreso de bicis plegables.
Los cables podrían generar espacios para ellas.
La bicicleta no se ha erigido como un sistema
de transporte debidamente masificado,
porque no se han empalmado las ciclo rutas de
los diferentes municipios del valle de Aburrá
19. ¿Y COMO ESTÁ LA CASA?
El Área Metropolitana cuenta aproximadamente 206 funcionarios vinculados y cerca de
200 contratistas.
Los derechos humanos se erigen históricamente, como un límite al ejercicio del poder de
los gobernantes. De allí, que lo más complejo a lo largo de la historia, ha sido su aplicación
eficaz. El Director del Área Metropolitana, se ha venido comportando al mejor estilo de los
dictadores, persiguiendo, amenazando, tomando represalias y cercenando derechos
individuales y colectivos. El actual clima laboral del Área Metropolitana, se asemeja a lo
que sienten nuestros vecinos hermanos de Venezuela.
20. POLÍTICA DE EMPLEO DECENTE EN MEDELLÍN
(Acuerdo 64 de 2013)
El trabajo decente es un concepto propuesto por la OIT a raíz de reconocer
problemas de desprotección laboral y una profunda preocupación por el
aumento de condiciones laborales degradantes
Artículo 4 del acuerdo 64 de 2013 «Por medio del cual se establece la Política Pública del
trabajo decente en la ciudad de Medellín»
El municipio de Medellín, en cumplimiento de lo dispuesto por la Constitución, la Ley y
los Tratados Internacionales ratificados por Colombia, garantizará la protección y el
respeto por el derecho de asociación sindical y la negociación colectiva de
trabajadores oficiales y la negociación del pliego de solicitudes de los empleados
públicos.
¿Y EL ÁREA METROPOLITANA QUÉ?
21. Mas de 40 empleados del Área Metropolitana del Valle de
Aburrá vienen hace dos años explorando la posibilidad de crear
una figura constitucional y legal, para que apoye el
cumplimiento de los derechos que por ley tienen los
funcionarios en esta Entidad, así mismo fortalecer el programa
de Gestión Humana el cual tiene debilidades en su ejecución.
PROCESO SINDICAL EN EL ÁREA METROPOLITANA
DEL VALLE DE ABURRÁ
22. El 12 de septiembre de este año, 18 funcionarios de carrera administrativa y un
provisional del Área Metropolitana del Valle de Aburrá se reunieron para recibir una
charla sobre el derecho a la libre asociación (artículo 39 de la constitución Política)
Hace dos años este grupo de personas venían aprendiendo sobre esta figura
constitucional debido a una serie de situaciones que se vivían al interior del AMVA.
23. A eso de las 6 pm, hizo presencia el Director del Área Metropolitana del Valle de Aburrá
con su equipo Directivo (Secretario General haciendo lista escrita de los presentes) y un
grupo de funcionarios y contratistas con actitud intimidatoria y desconociendo los
derechos fundamentales de contenido legal y constitucional.
El Director se retiró luego de 15 minutos y la Líder de Gestión Humana se quedó
disuadiendo a los asistentes para que no constituyeran el Sindicato en el Área
Metropolitana del Valle de Aburrá.
24. El mismo viernes 12 de septiembre de 7 pm a 1 de la madrugada, el señor Director del
Área Metropolitana del Valle de Aburrá se reunió con su grupo directivo, asesores
jurídicos y de gestión humana, para la construcción de un plan, cuyo objetivo era
desmantelar el Sindicato recientemente creado en el AMVA.
Con este propósito, elevó más de cinco resoluciones que tenían como fin, suprimir el
cargo del funcionario provisional asistente a la charla, trasladar más de 10 empleados
y terminarle el encargo a dos funcionarios públicos.
Los Actos Administrativos suscritos dicho día fueron concebidos con el propósito de
promover perjuicios laborales a los funcionarios del AMVA, y crear un ambiente hostil
a los sindicalizados de la Entidad.
Para infortunio del Director del AMVA y su séquito de directivos, se crea en la fecha
del 12 de septiembre el Sindicato de Trabajadores y Pensionados del Sistema
Nacional Ambiental Comité Seccional Medellín en el Área Metropolitana del Valle
de Aburrá; con 16 funcionarios, 15 de Carrera Administrativa y un Provisional.
25. LUNES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2014
7 AM
Acceso al parqueadero
restringido
Publicidad al interior de la Entidad en contra
de los sindicatos
Solicito dar traslado de este material al Ministerio del
Trabajo y formularé queja formal ante la OIT.
26. El 15 de septiembre, el Director del Área Metropolitana del
Valle de Aburrá, suprime el cargo sin justa causa y sin el
debido proceso al señor Víctor Hugo Mejía Múnera, lo
humilla en público limitándole la libre expresión, diciéndole
que ya no pertenecía a esa Entidad y masacró a los otros
compañeros sindicalizados delante de todo el personal.
27. El Director del Área
Metropolitana del Valle
de Aburrá abusando del
poder, amenaza a todos
los funcionarios con la
supresión de primas,
terminación del
programa de vivienda y la
supresión de más cargos
por la constitución del
Sindicato escudándose de
protección financiera
para la Entidad.
28. Es imposible negar la vulneración de derechos que se ha emprendido desde la dirección del
Área Metropolitana. No solo los movimientos y despidos injustificados de personal, sino
CAMBIOS INTEMPESTIVOS en las PRESTACIONES SOCIALES, los PROGRAMAS DE VIVIENDA.
Si se quería proteger el patrimonio de la entidad, se debieron haber buscado otras
alternativas; por ejemplo haber suscrito el convenio con Medellín, para la actualización
catastral, que misteriosamente tampoco se quiso adelantar por parte del «monarca» que
dirige el AMVA o evitar que servidores públicos viajen al exterior con todos los gastos pagos
(Jefe de Archivo y Secretario General de la entidad).
Esto se llama, MASACRE LABORAL
LA HERIDA NO HA SANADO!
29. El 25 de septiembre de
2014, reúne a todo el
personal y manifiesta la
voluntad de no presentar a
la Junta la supresión de las
primas y la terminación del
fondo de vivienda, pero
deja claro que pediría
facultades para suprimir
los cargos que quiera
hasta la fecha de su
renuncia.
30. RESOLUCIÓN OBJETO
001204 Por medio del cual se suprime un empleo en el
Área Metropolitana del Valle de Aburrá
001205 Por medio de la cual se establecen y adoptan
políticas administrativas, logísticas, de convivencia
y seguridad para los servidores y demás personas
que visitan las instalaciones del Área
Metropolitana del Valle de Aburrá
001208 Por la cual se hacen traslados
001213 Por la cual se terminan unos encargos y
nombramiento provisional
ACTOS ADMINISTRATIVOS EXPEDIDOS EL
12 DE SEPTIEMBRE DE 2014
31. RESOLUCIÓN OBJETO
001265 de septiembre 18 de 2014 Suspensión parcial del plan de capacitación
Actos Administrativos expedidos posteriores al 15 de
septiembre de 2014
32. OBJETO
001341 Del 29 de septiembre de 2014 Por el cual se deroga la Resolución Metropolitana
No.001265 de 2014 que suspendió parcialmente
el plan de capacitación y Bienestar Social 2014-
2015 para los empleados del Área Metropolitna
del Valle de Aburrá
Actos Administrativos expedidos el 12 de
septiembre de 2014
33. RESOLUCIÓN OBJETO
Memorando con radicado No.002311 de 2014 Traslado de funcionario que hace parte de la
asociación al Centro de Atención y Valoración
de Fauna en el municipio de Barbosa.
Actos Administrativos expedidos el 12
de septiembre de 2014
34. RESOLUCIÓN OBJETO
001341 Del 29 de septiembre de 2014 Por el cual se deroga la Resolución
Metropolitana No.001265 de 2014 que
suspendió parcialmente el plan de
capacitación y Bienestar Social 2014-2015
para los empleados del Área Metropolitna del
Valle de Aburrá
Actos Administrativos expedidos el 12
de septiembre de 2014
35. «El derecho de asociación sindical en Colombia es un derecho fundamental, el cual
constituye una modalidad del derecho de libre asociación, como quiera que aquel
consiste en la libre voluntad o disposición de los trabajadores para constituir
formalmente organizaciones permanentes que los identifique y los una en defensa
de los intereses comunes de profesión u oficio, sin autorización previa de carácter
administrativo o la injerencia o intervención del Estado o de los empleadores,
conforme lo consagran los artículos 39 y 55 de la Constitución Política». Sentencia
C-1491/00.
En el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, se ha desconocido el
ordenamiento jurídico, la Constitución Política, los principios generales del
Derecho y el bloque de constitucionalidad.
¿Cuál es el temor al sindicalismo?
¿Cuáles son las razones jurídicas para
desmejorar la relación laboral los 18 servidores
que en pleno derecho se unieron para constituir
un sindicato?
¿Por qué se utiliza el poder para atropellar,
vulnerar y desmejorar las relaciones laborales?
36. Muy rápido olvidó la sensibilidad social que DEBE
tener con la población desplazada. Así lo demostró
en la resolución 001213 de
septiembre 12 de 2013, cuando a su antojo,
desmejoró la relación laboral de empleados como la
señora Flor Esneida Manco Díaz, quien por haberse
sindicalizado, fue trasladada a cumplir sus labores en
el Parque de Las Aguas.
Lo mismo ocurrió con el resto de los empleados
del Área Metropolitana, que son vistos como
«delincuentes», «agitadores» y «mentirosos»
por las Directivas del Área Metropolitana del
Valle de Aburrá.