2. “Es una forma de intervención social que le
permite a las mujeres y hombres
reconocerse como actores y actoras que,
al compartir una situación determinada,
tienen la oportunidad de identificarse a
partir de intereses, expectativas y
demandas comunes y tienen la capacidad
de traducirlas en formas de actuación
colectiva con autonomía frente a otros
actores sociales y políticos″ González,
1995
También tiene que ver con vivir la democracia,
es el derecho a elegir y ser elegido, constituir
partidos y movimientos políticos. Puede ser
ejercida por todas las personas sin distingo de
sexo, raza, edad o condición.
3. Desarrollo de la
autosuficiencia de
la comunidad
Ayudan a identificar de
una manera más precisa
las necesidades y
prioridades de atención de
la población
Mejor aprovechamiento
de los recursos
Cohesión
social
Genera
cambios
sociales
Por democracia
Apunta al
reconocimiento de
las y los ciudadanos
como actores
políticos
Permite justicia e
igualdad
Derecho a la
autonomía
4. Desde los años 80s se incremento en Colombia la creación de mecanismos
de participación ciudadana en los niveles económicos, políticos y
administrativos.
En marzo de 1988 se realiza la primera elección popular de alcaldes. Este
hecho contribuyó a transformarlos espacios políticos locales y estimuló el
surgimiento de nuevos liderazgos.
La descentralización política introdujo algunas posibilidades de participación
ciudadana en lo público apoyada en una nueva concepción según la cual
LO PUBLICO no se reduce a lo estrictamente estatal, sino que se refiere a
todo lo relacionado CON LOS INTERESES COLECTIVOS.
El anterior enfoque determina que los ciudadanos y ciudadanas pueden
intervenir en las decisiones de las administración pública, para hacer
cumplir las finalidades sociales del gasto público y la asignación
presupuestal.
Para que la participación comunitaria sea posible se requiere en la
práctica instrumentos o herramientas que la Constitución y la Ley han
dispuesto:
5. La democracia participativa, como uno de los más importantes
aportes de la Carta Política de 1991, se hace efectiva por medio
de la implementación de los mecanismos de participación
ciudadana: Consulta popular, revocatoria al mandato, plebiscito,
cabildo abierto, veedurías ciudadanas, acción de cumplimiento,
acción popular, acción de tutela, entre otros.
En el año 2000, a través de la Sentencia C-1338/00, la Corte
Constitucional señala que «la participación ciudadana es un
principio fundamental que ilumina todo el actuar social y
colectivo en el Estado social de derecho, y que, (…) persigue un
incremento histórico cuantitativo y cualitativo de las
oportunidades de los ciudadanos de tomar parte en los asuntos
que comprometen los intereses generales. Por ello mismo,
mirada desde el punto de vista del ciudadano, la participación
democrática es un derecho-deber, toda vez que le concede la
facultad y a la vez la responsabilidad de hacerse presente en la
dinámica social que involucra intereses colectivos».
6. Iniciativa popular
Es un derecho que se le otorga a la ciudadanía para que
presente proyectos de Ley y normas ante la corporación
pública respectiva. Para que la iniciativa popular de acto
legislativo, de Ley, de ordenanza, de Acuerdo o de
Resolución sea presentada deberá contar con el respaldo
de al menos el 5% de los ciudadanos inscritos en el censo
electoral correspondiente.
Cabildo abierto
Es una reunión pública de los concejos distritales,
municipales o de juntas administradoras locales en la cual los
habitantes pueden participar directamente con el fin de
discutir asuntos de interés para la comunidad. La ley
establece que por cada período de sesiones por lo menos se
deben celebrar dos cabildos abiertos.
7. Consulta popular
Es un mecanismo través del cual, una pregunta de
carácter general, sobre un asunto de trascendencia
nacional, departamental, municipal, distrital o local, es
sometida por el Presidente, Gobernador, Alcalde,
según el caso, a consideración del pueblo para que
este se pronuncie formalmente al respecto. La decisión
tomada por el pueblo será de carácter obligatorio,
siempre y cuando se haya obtenido la mitad más uno
de los votos y cuando haya participado al menos una
tercera parte del censo electoral.
8. Referendo
Es la consulta que se le hace al pueblo para que apruebe o rechace un
proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. Puede
ser un acto legislativo, una ley, un decreto con fuerza de ley, una
ordenanza, un acuerdo o una resolución de junta administradora local.
Puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local. El
referendo debe realizarse en un término de seis meses después de
presentarse la solicitud, si se obtiene la mitad más uno de los votos, las
decisiones será de carácter obligatorio siempre y cuando haya participado
la cuarta parte del censo electoral respectivo.
9. Revocatoria del mandato
Es el derecho político por el cual, los ciudadanos dan por terminado
el mandato que le han conferido a un Gobernador o Alcalde. Para
esto debe haber transcurrido al menos la mitad del periodo del
mandato para hacer la solicitud de la revocatoria. En segunda
instancia la solicitud debe ser respaldada por el 40% del total de los
votos válidos de la respectiva elección. En tercer lugar la solicitud
debe ser formulada en forma clara y precisa y debe ser aprobada y
certificada por el registrador respectivo. Una vez esto la
Registraduría convoca a los ciudadanos en un término no superior a
los 2 meses. Se requiere por lo menos el 60% de los votos y que no
sea inferior al 60% de la votación registrada en la respectiva jornada
en la cual se eligió al mandatario.
10. El Plebiscito
Es el pronunciamiento del pueblo convocado por
el Presidente de la República para apoyar o
rechazar una determinada decisión del ejecutivo.
El mas famoso plebiscito en la historia reciente fue
el que abrió las puertas al Frente Nacional.
11. El Voto
Acto mediante el cual un ciudadano participa de
manera activa en la elección de las personas que
quieren que las representen o en la adopción de
una decisión, pronunciándose en uno y otro
sentido.
El voto en blanco es otra opción que se le presenta
al ciudadano cuando ninguno de los aspirantes
satisface sus expectativas. Para el voto en blanco
hay una casilla especial en la tarjeta electoral
(tarjetón) que puede ser marcada con una equis (X).
Es un voto valido que tiene efectos para determinar,
por ejemplo, el cociente electoral.
13. Participación Social
•Agrupación de individuos en
un colectivo que defiende
intereses mutuos
•Permite el desarrollo de
nuevas formas de
participación
Participación ciudadana
•Intervención de los
ciudadanos en la esfera
pública, en función de
intereses sociales de
carácter particular este es el
caso de los comités de
veedurías, juntas de acción
comunas o juntas
administradoras locales
14. Participación política
•Intervención de los ciudadanos a
través de ciertos instrumentos
para designar a sus gobernantes o
influir en la formación de la política
estatal. Mediante este tipo de
participación, las personas intentan
incidir en las decisiones del tipo de
gobierno que debe regir una
sociedad y cómo debe hacerlo
Participación comunitaria
Es el conjunto de acciones que
despliegan diversos sectores
comunitarios, en la búsqueda
de soluciones a sus
necesidades específicas