3. TITULO 1
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO
CAPITULO PRIMERO (5 ARTÍCULOS)
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
El Ecuador en es un Estado constitucional de derechos y justicia,
se organiza en forma de república y se gobierna de manera
descentralizada. La bandera, el escudo y el himno son los
símbolos de la Patria, además el castellano es el idioma oficial.
También garantiza sin discriminación alguna el goce de los
derechos, el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral
y a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción.
El territorio ecuatoriano está constituido en una unidad
geográfica e histórica de dimensiones naturales, la capital del
Ecuador es Quito, es un territorio de paz y se prohíbe el
establecimiento a bases militares extranjeras.
4. CAPITULO SEGUNDO (4 ARTÍCULOS)
CIUDADANOS Y CIUDADANAS
La nacionalidad ecuatoriana la obtendrán de nacimiento y por ende
todos los ecuatorianos y ecuatorianas gozaran de los derechos;
además de las personas nacidas en el extranjero con padres y
madres nacidos en el Ecuador; también a menores de edad
adoptados por ecuatorianos que conserven la nacionalidad.
Las que obtengan la nacionalidad ecuatoriana por haber prestado
servicios relevantes por su talento o esfuerzo individual no están
obligadas a renunciar a su nacionalidad de origen; y por ende a las
personas extranjeras que se encuentren en el país tendrán los
mismos derechos.
5. TÍTULO II
DERECHOS
CAPÍTULO PRIMERO (2 ARTÍCULOS)
PRINCIPIOS DE APLICACIÓN DE LOS DERECHOS
Las personas, comunidades, pueblos y colectivos gozaran
de derechos y la naturaleza será sujeto de aquellos
derechos que reconozca la Constitución.
Todos los ciudadanos ecuatorianos tienen derecho a gozar
de la constitución y en los instrumentos internacionales sin
restricción ninguna, siempre y cuando se cumpla las
normas, ya que es obligación del Estado respetar y hacer
respetar los derechos de la constitución.
6. CAPÍTULO SEGUNDO
DERECHOS DEL BUEN VIVIR (3 SECCIONES)
SECCIÓN PRIMERA (2 ARTÍCULOS)
AGUA Y ALIMENTACIÓN
Todos los ciudadanos ecuatorianos gozaran de agua y
alimentación, ya que son patrimonios fundamentales a nivel local
y en sus diversas identidades de tradiciones culturales, sin
intervención alguna.
7. SECCIÓN SEGUNDA (2 ARTÍCULOS)
AMBIENTE SANO
Todos los ciudadanos ecuatorianos gozarán de un ambiente
sano y equilibrado, que garantice el buen vivir y la salud,
promocionando el uso de tecnologías ambientales para la
conservación del ecosistema, biodiversidad para producir
alimentos saludables y de calidad.
8. SECCIÓN TERCERA (CINCO ARTÍCULOS)
COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
Todos los ciudadanos ecuatorianos tienen una
comunicación libre y eficaz sin restricción alguna
apoyándose de los medios existentes, restringiendo la
publicidad que conduzca a la violencia y sus sinónimos.
9. SECCIÓN CUARTA (CINCO ARTÍCULOS)
CULTURA Y CIENCIA
Las personas tienen derecho a construir su identidad
cultural, a desarrollar su creatividad, a participar del espacio
público como ámbito de liberación y a gozar de los
beneficios y aplicaciones del progreso científico.
10. SECCIÓN QUINTA (CUATRO ARTÍCULOS)
EDUCACIÓN
La educación es el derecho de las personas a lo largo de
su vida la cual es indispensable para el conocimiento, la
educación será universal y laica en todos sus niveles y
gratuita hasta el tercer nivel de educación superior.
11. SECCIÓN SEXTA (DOS ARTÍCULOS)
HÁBITAT Y VIVIENDA
Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y
saludable y al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios
públicos.
12. SECCIÓN SÉPTIMA (UN ARTÍCULO)
SALUD
La salud es un derecho que garantiza el Estado entre otros
que sustentan el buen vivir, el Estado garantiza este
derecho mediante políticas económicas.
13. SECCIÓN OCTAVA (DOS ARTÍCULOS)
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
El trabajo es un derecho y deber social, es una fuente de
realización personal y económica; la seguridad social es un
derecho irrenunciable y es responsabilidad primordial del
Estado.
14. CAPÍTULO TERCERO (NUEVE SECCIONES) DERECHOS DE
LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA
SECCIÓN PRIMERA (TRES ARTÍCULOS)
ADULTAS Y ADULTOS MAYORES
Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria
en ámbitos públicos y privados, el Estado establecerá
políticas públicas y programas de atención a los adultos
mayores.
El Estado garantiza atención gratuita, un trabajo
remunerado, rebajas en los servicios públicos y privados de
transporte y espectáculos.
La ley sancionará el abandono de las personas adultas
mayores por parte de sus familiares o las instituciones
establecidas para su protección.
15. SECCIÓN SEGUNDA (UN ARTÍCULO)
JÓVENES
El Estado garantiza los derechos de los jóvenes y se
asegurará que mantengan modo permanente a su
participación en todos los ámbitos.
16. SECCIÓN TERCERA (TRES ARTÍCULOS)
MOVILIDAD HUMANA
Se le reconoce a las personas el derecho a migrar, así
como de asilo o refugio de acuerdo con la ley de derechos
humanos no se identificara a ningún ser humano como
ilegal.
17. SECCIÓN CUARTA (UN ARTÍCULO)
MUJERES EMBARAZADAS
El Estado otorgara derechos a las mujeres embarazadas y
en periodo de lactancia; a no ser discriminadas por su
embarazo, a la protección prioritaria y a la gratuidad de los
servicios de salud materna.
18. SECCIÓN QUINTA (TRES ARTÍCULOS)
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
El Estado, sociedad y familia promoverán el desarrollo
integral de los niños, niñas y adolescentes y aseguraran el
ejercicio pleno de sus derechos.
19. SECCIÓN SEXTA (TRES ARTÍCULOS)
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El Estado garantiza políticas de prevención de las
discapacidades y de manera conjunta con la sociedad y la
familia procurará la equiparación de oportunidades.
20. SECCIÓN SÉPTIMA (UN ARTÍCULO)
PERSONAS CON ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS
El Estado garantiza a toda persona que sufra de
enfermedades catastróficas a la gratuidad en todos los
niveles, de manera oportuna y preferente.
21. SECCIÓN OCTAVA (UN ARTÍCULO)
PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD
Las personas privadas de la libertad tienes derechos como;
a no ser aisladas, a declarar ante una autoridad judicial
sobre el trato recibió, a la atención de sus necesidades
educativas, laborales, productivas, culturales, alimenticias y
recreativas.
22. SECCIÓN NOVENA (CUATRO ARTÍCULOS)
PERSONAS USUARIAS Y CONSUMIDORAS
Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de
calidad, así como a una información precisa y no engañosa; la ley
establecerá mecanismos de control en defensa de los consumidores
a la reparación e indemnización por deficiencias.
Las entidades que presten servicios que produzcan o comercialicen
bienes de consumo serán responsables por la prestación del servicio.
Las personas usuarias y consumidoras podrán construir asociaciones
que promuevan la información y educación sobre sus derechos.
23. CAPÍTULO CUARTO (CINCO ARTÍCULOS)
DERECHOS DE LAS COMUNIDADES, PUEBLOS Y
NACIONALIDADES
Las comunidades, pueblos, nacionalidades indígenas, afro
ecuatorianas, todas forman parte del Estado Ecuatoriano y
tienen derecho a desarrollar y fortalecer libremente su
identidad, conservar y promover sus practicas de manejo
de la biodiversidad, no ser objeto de racismo, conservar y
desarrollar sus propias formas de convivencia y
organización social.
24. CAPÍTULO QUINTO (CINCO ARTÍCULOS)
DERECHO DE PARTICIPACIÓN
Los ecuatorianos y ecuatorianas gozan de los siguientes derechos:
Elegir y ser elegidos.
Participar en los asuntos de interés publico.
Ser consultados.
Revocar el mandato que hayan conferido a las autoridades de
elección popular.
Desempeñar empleos y funciones publicas con base en méritos y
capacidades.
25. CAPÍTULO SEXTO (CINCO ARTÍCULOS)
DERECHOS DE LIBERTAD
Se reconoce el derecho a la inviolabilidad de la vida, no habrá pena
de muerte.
Derecho a una vida digna a la integridad personal; igualdad formal y
no discriminación.
Derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente.
Derecho a tomar des ciciones libres, responsables e informadas.
Derecho a la intimidad personal y familiar, inviolabilidad de domicilio.
Derecho acceder a bienes y servicios públicos y privados.
Los derechos de libertad también incluyen; el reconocimiento de que
todas las personas nacen libres, la prohibición de la esclavitud, y
personas que pueden ser privadas de su libertad por deudas.
26. CAPÍTULO SÉPTIMO (CUATRO ARTÍCULOS)
DERECHOS DE LA NATURALEZA
La naturaleza tiene derecho a que respete su existencia sus
funciones y procesos evolutivos.
La naturaleza tiene derecho a la restauración de sus áreas
explotadas.
Las personas, comunidades y nacionalidades tendrán
derecho a beneficiarse de las riquezas naturales.
27. CAPÍTULO OCTAVO (OCHO ARTÍCULOS)
DERECHOS DE PROTECCIÓN
Todas las personas tienen derecho a la justicia y a la tutela
efectiva, la autoridad garantizara el cumplimiento de las
normas y los derechos de las partes.
El derecho de las personas a la defensa.
También la ley establecerá procedimientos especiales para
el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia
intrafamiliar.
28. CAPÍTULO NOVENO (UN ARTÍCULO)
RESPONSABILIDADES
Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y
ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la
constitución y a la ley.