2.
Nuestra fase evolutiva bio-psico-social nos condiciona a
una serie de prejuicios, creencias, usos y costumbres.
CONFLICTO SOCIAL, CONTROL
SOCIAL-PENAL Y PROCESO PENAL
3.
(Ley 27664 de 08 feb. 2002, Art 1°; Ley 28117 de 10 dic.
2003, art. 3°, que incorpora el último párrafo).- El
Ministerio Público, con consentimiento expreso del
imputado podrá abstenerse de ejercitar la acción penal
en cualquiera de los siguientes casos
PRINCIPIO DE
OPORTUNIDAD
4.
Significa que los criterios de oportunidad pueden
aplicarse antes del inicio formal de la persecución penal,
lo que desde ya evidencia una gran ventaja para la
administración de justicia penal, al evitar la utilización
de recursos siempre escasos (económicos,
infraestructura y humano).
Extraproceso
5.
Iniciado el proceso penal, el Fiscal podrá solicitar la
aplicación del Principio de Oportunidad cumpliendo
con los requisitos. El juez penal puede estar de
acuerdo y dictar el auto de sobreseimiento de la
causa y ordenar su archivo. Esto no impide que el
procesado pueda solicitarlo ante el fiscal, del cual
correrá traslado al juez que conoce la causa.
Intraproceso
6. Es el acto procesal consistente en una declaración de
conocimiento (verbal o escrita) emitido por una persona
determinada, en virtud de la cual proporciona al titular
del órgano competente la noticia de la existencia de un
hecho que reviste los caracteres de delito.
LA DENUNCIA
7. ALCALÁ ZAMORA Y CASTILLO, Niceto, El allanamiento en el proceso
penal, Ediciones Jurídicas Europa – América, Buenos
ABANTO VÁSQUEZ, Manuel, “Participación necesaria, intervención
necesaria o delitos plurisubjetivos. Una aproximación a la discusión”. En
Revista Jurídica de Castilla – La Mancha, N° 34, Toledo, 2003, pp. 11 – 44.
LUHMANN, Niklas, “El derecho como sistema social”. En: GÓMEZ –
JARA DÍEZ, Carlos (Coordinador), Teoría de sistemas y Derecho penal
Fundamentos y posibilidades de aplicación, Universidad Externado de
Colombia, Bogotá, pp. 94 y ss
SÁNCHEZ – VERA GÓMEZ TRELLES, Javier, “Algunas referencias de
historia de las ideas, como base de la protección de expectativas por el
Derecho penal”. En: Cuadernos de Política Criminal, N° 71, Madrid, 2000,
pp. 391 - 423.
BIBLIOGRAFIA
http://site.ebrary.com/lib/bibliocauladechsp/reader.action?docID=1104
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