El documento habla sobre el servicio comunitario que deben realizar los estudiantes de educación superior en Venezuela. Define el servicio comunitario y explica que tiene como objetivo fomentar la solidaridad con la comunidad, hacer una contribución a la sociedad aplicando los conocimientos aprendidos, y formar capital social. También describe los derechos, obligaciones y requisitos para los estudiantes y la institución URBE en relación con el servicio comunitario.
1. UNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACIN URBE SERVICIO COMUNITARIO REQUISITOS DEFINICIÓN OBJETO TIPS INFORMATIVOS DERECHOS Y DEBERES DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARA
2. URBE Definición Artículo 4. A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
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8. REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN REQUISITOS PARA LA APROBACIÓN URBE REQUISITOS
9. Requisitos para la prestación del Servicio comunitario Artículo 16. Los prestadores del servicio comunitario son los estudiantes de educación superior que hayan cumplido al menos, con el cincuenta por ciento (50%) del total de la carga académica de la carrera. Los estudiantes de educación superior, deberán cursar y aprobar previa ejecución del proyecto, un curso, taller o seminario que plantee la realidad de las comunidades. URBE
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12. CREACIÓN Nace bajo la tutela del Vice-Rectorado Académico y el Decanato de Extensión, para dar cumplimiento a la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, decretada por la Asamblea Nacional el 30/08/2005 y publicado en Gaceta Oficial No. 38.272 del 14-09-2005. Está Dirección comienza sus actividades el 01 de marzo de 2006, ubicada en el Bloque F, Decanato de Extensión. PROPÓSITO Organizar la estructura académica y logística de la labor del servicio comunitario estudiantil. MISIÓN Sensibilizar la actuación del estudiante de la Universidad Rafael Belloso Chacín, ante las necesidades del entorno comunitario dando respuestas concretas a fin de ofrecer apoyo a través de alianzas estratégicas que permitan fomentar la productividad personal, profesional e institucional. Dirección de Responsabilidad Social Universitaria Dirección de Responsabilidad Social Universitaria URBE
13. Dirección de Responsabilidad Social Universitaria Dirección de Responsabilidad Social Universitaria VISIÓN Convertirnos en líderes de la responsabilidad social universitaria con disposición amplia ante las respuestas asertivas de programas y proyectos con incidencia local, municipal, regional y nacional, logrando la participación proactiva de la Universidad ante la sociedad. CORRESPONSABILIDAD - Promover la identificación, solidaridad, excelencia y el compromiso hacia los valores honestos, éticos y leales. - Ofrecer alternativas duraderas y efectivas para percibir resultados satisfactorios, haciendo actos de reciprocidad con la sociedad . - Introducir en la educación superior el servicio comunitario para la aplicación de los conocimientos adquiridos formando al capital humano insertándolo al desarrollo social del país. URBE
14. URBE Rol de la Urbe ante el servicio comunitario
15. URBE Rol de la Urbe ante el servicio comunitario
16. URBE Rol de la Urbe ante el servicio comunitario
17. URBE Rol de la Urbe ante el servicio comunitario
18. URBE Rol de la Urbe ante el servicio comunitario