2. 2
¿Qué impuestos deben pagar?
¿Que información deben remitir?
¿Cuándo deben emitir facturas?
Aspectos importantes para la validez y emisión de la factura
Acceso a Declaraciones Juradas
Llenado de Formulario 200
Llenado de Formulario 400
Llenado de Formulario 110
Llenado de Formulario 610
Inactivación del NIT
04
05
06
07
08
10
15
17
20
23
Índice
3. 3
PROFESIONALES
INDEPENDIENTES u OFICIOS
Normativa: Ley 843 (Título I, II y III), Ley 1448, DS 4850 DS 21530, DS 21532, RA 10.0039.99, RA 05.0042.99,
RND 10.0009.11, RND 10.0012.15, RND 102100000011, RND 10.0033.16, RND 102100000030, RND 102200000001
y RND 102300000003.
Son todas las Personas Naturales
que tienen como actividad el
desempeño de una Profesión Liberal
u Oficio en forma Independiente (Ej.
Abogados, Contadores, Economistas,
Médicos, Odontólogos, Electricistas,
Arquitectos, Notarios de Fe Pública,
Oficiales de Registro Civil, Factores
o Administradores, Martilleros o
Rematadores, Gestores, etc.).
4. 4
¿QUÉ IMPUESTOS
DEBEN PAGAR?
Las Personas Naturales que ejercen Profesiones Liberales (independientes) u oficios están
alcanzados por los siguientes impuestos:
NOMBRE DEL
IMPUESTO
IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO
IMPUESTO A LAS
TRANSACCIONES
RÉGIMEN COMPLEMENTARIO AL IVA
SIGLA IVA IT RC – IVA
PERIODO MENSUAL TRIMESTRAL
PORCENTAJE
(ALÍCUOTA) 13% 3% 13%
¿POR QUÉ SE
PAGA?
Por los ingresos percibidos
Por el ejercicio de la
actividad, sobre el total de
los ingresos.
Por el 87 % de los ingresos (total de los ingresos
percibidos menos el IVA, es decir, 100% - 13% = 87%).
SE DESCUENTA
Las compras de bienes y/o
servicios relacionadas con la
actividad (respaldados con
Facturas, emitidas con su
número de NIT y mínimamente
su primer apellido).
NO
- Los aportes a la seguridad social efectivamente
pagados en plazo, por el período fiscal mensual que
se liquida.
- El 13 % de dos (2) Salarios Mínimos Nacionales
(SMN) por cada mes.
- El 13 % de todas aquellas FACTURAS que respaldan
los gastos efectuados por el contribuyente, con su
NIT y mínimamente primer apellido, detalladas en el
Formulario 110
FORMULARIOS 200 400 610
VENCIMIENTOS
Los Formularios se presentan de acuerdo al último dígito del
NIT, como se detalla a continuación:
O hasta el 13 de cada mes, 1 hasta el 14 de cada mes,
2 hasta el 15 de cada mes, 3 hasta el 16 de cada mes,
4 hasta el 17 de cada mes, 5 hasta el 18 de cada mes,
6 hasta el 19 de cada mes, 7 hasta el 20 de cada mes,
8 hasta el 21 de cada mes y 9 hasta el 22 de cada mes
El Formulario 610 se presenta de manera trimestral
como se describe a continuación:
Enero, febrero, marzo del 1 al 20 de abril
Abril, mayo, junio del 1 al 20 de julio
Julio, agosto, septiembre del 1 al 20 de octubre
Octubre, noviembre, diciembre del 1 al 20 de enero
5. 5
Estos contribuyentes deben realizar los siguientes registros adicionales:
NOMBRE DEL REGISTRO
REGISTRO DE COMPRAS Y
VENTAS (RCV)
REGISTRO AUXILIAR DE COMPRAS Y
VENTAS (BANCARIZACIÓN)
PERIODICIDAD MENSUAL ANUAL
¿QUÉ SE REGISTRA?
Las facturas y documentos equivalentes de
compras y ventas del periodo a declarar
El detalle de los documentos de pago de
transacciones de compra y venta iguales o mayores
a Bs50.000.-
VENCIMIENTO
El registro y/o confirmación de las facturas
de compra y venta pueden ser desde el
momento de su emisión hasta el día 9 de cada
mes, debiendo consolidarse en el RCV hasta
la fecha antes mencionada
La información se envía de manera anual de
acuerdo al siguiente cronograma:
O - 1 hasta el 5 de febrero,
2 - 3 hasta el 6 de febrero,
4 - 5 hasta el 7 de febrero,
6 - 7 hasta el 8 de febrero
8 - 9 hasta el 9 de febrero
RECTIFICATORIAS Y/O
MODIFICACIONES
Cuando se detecten errores, inconsistencias u
omisiones se puede modificar el RCV hasta la
fecha del vencimiento de la DD.JJ. de acuerdo
a la terminación del NIT
Cuando se detecten errores, inconsistencias u
omisiones se puede rectificar el Registro Auxiliar de
Compras y Ventas (Bancarización) en el plazo 30
días corridos a partir de la fecha de vencimiento de
la remisión de información
CONSIDERAR
En los periodos que no se tenga ventas
ni compras debe consolidar el RCV sin
movimiento
En la gestión que no se tenga transacciones iguales
o mayores a Bs50.000.- no existe la obligación de
enviar el registro
¿ QUE INFORMACIÓN
DEBEN REMITIR?
Si la fecha de vencimiento cae en día sábado, domingo o feriado, se traslada al
primer día hábil siguiente.
6. 6
¿CUÁNDO DEBEN EMITIR
FACTURAS?
Se emiten a la conclusión de la prestación del servicio o al
momento de su efectivo pago total o parcial, lo que ocurra
primero.
La Factura es un documento que respalda el pago efectuado
por algún servicio.
Estos documentos fiscales deben mostrar todos los datos
de la transacción (servicio prestado, fecha, importe, etc.), del
vendedor y comprador.
FACTURA
CON DERECHO A CRÉDITO FISCAL
FISIO
TERAPIA
CASA MATRIZ
DE: DOLORES MOMENTANEOS
Los Pinos Piso 4 Departamento 4A
ubicado en Los Pinos Bloque 15
NIT: 123456789017
Código de Autorización:
3844AA0110020712345768445678FG78XF78
N° de Factura: 1
Actividades relacionadas con la
salud humana (fisioterapia,
laboratorios, paramédicos,
masajes)
Lugar y Fecha: Cochabamba, 01 de enero de 2022
Señor(es): Siles
Código de Control: E3-45-BF-4F
Fecha límite de emisión: 31/07/2022
“ESTA FACTURA CONTRIBUYE AL DESARROLLO DEL PAÍS, SU USO ILÍCITO SERÁ SANCIONADO PENALMENTE DE ACUERDO A LEY”
NIT/CI: 1234567 - 1B
Ley N°453: “En caso de incomplimiento a lo ofertado o convenido, el proveedor debe reparar o sustituir el servicio”
DETALLE
1 Masaje quiropráctico
Son: Cincuenta 00/100 Bolivianos
50,00
50,00
SUBTOTAL
TOTAL GENERAL Bs
P. UNITARIO
CÓDIGO CLIENTE: 102548014
CANTIDAD
• No se pueden emitir facturas manuales con la fecha límite de emisión vencida
• El vendedor está obligado a solicitar una nueva impresión del talonario de facturas manuales
antes del vencimiento de la fecha límite de emisión
• Las facturas emitidas en la modalidad de facturación Manual, Computarizada SFV y
Prevaloradas deben ser conservadas por el término de prescripción
7. 7
El documento fiscal debe ser original
(no sirven fotocopias o similares)
en las Modalidades de Facturación
Manual, Prevalorada pre-impresa y
Computarizada SFV.
En las modalidades de facturación
Manual, Computarizada SFV y
Prevalorada pre-impresa, el original
del documento será entregado al
comprador y la copia se queda en
poder del vendedor.
Las facturas manuales NO deben
presentar enmiendas, tachaduras,
borrones e interlineaciones.
Las facturas deben consignar: fecha
de emisión, razón social o nombre
del comprador (mínimamente
el primer apellido), Número de
Identificación Tributaria (NIT) o
número de Cédula de Identidad
(C.I.) y datos de la transacción.
El monto total facturado debe estar
expresado en forma numeral, literal
y en bolivianos.
Las facturas son autorizadas por la
Administración Tributaria.
Si el comprador se niega a dar su
nombre, número de Cédula de
Identidad o NIT, se debe emitir la
Factura escribiendo las palabras “Sin
nombre o S/N ” en el campo nombre.
En el campo NIT/C.I. de la factura, si
setratadefacturasmanuales,sedebe
tachar el campo correspondiente
y si son Facturas Computarizadas
SFV consignar el número cero (0)
siempre y cuando el monto no supere
a Bs1.000.- (el cual debe tener de
manera obligatoria mínimamante el
primer Apellido y el número de C.I. o
NIT).
ASPECTOS IMPORTANTES
PARA LA VALIDEZ Y EMISIÓN DE LA FACTURA:
8. 8
• Ingrese a la página web
“www.impuestos.gob.bo”
• Pulse sobre el ícono Siat
en Línea
• En el portal SERVICIO
AL CONTRIBUYENTE,
elija Sistema Integrado
de la Administración
Tributaria y registre sus
credenciales (NIT, Usuario
y Contraseña)
• Digite el código captcha y
pulse en Iniciar sesión
ACCESO A
DECLARACIONES JURADAS
9. 9
• Presione sobre ABRIR APLICACIÓN en el ícono Declaraciones Juradas y Portal de Trámites
Tributarios, luego pulse sobre INGRESAR APLICACIÓN de la opción DDJJ - Deudas y
Obligaciones Tributarias
ACCESO A
DECLARACIONES JURADAS
10. 10
• Ingrese a Mis Declaraciones y Deudas Tributarias
• Identifique el formulario a presentar y presione en Declarar
Formulario 200
Llenado del
INGRESO
11. 11
La abogada Raquel Suarez tuvo el siguiente movimiento;
Ingresos percibidos por el mes Bs1.230 (Formulario 200 y 400)
Compras (respaldados con facturas)
vinculadas a la actividad Bs890 (Formulario 200)
Ingresos percibidos en el trimestre Bs14.760 (Formulario 610)
Facturas por gastos personales registrados
en el Formulario 110 (Para descargo del RC-IVA) Bs6.169 (Formulario 110)
Se registra el ingreso
generado durante el
mes
Ej. Bs1.230
Se registra la
suma de las
casillas 39 + 55
Ej. Bs160 + Bs0
=Bs160
Se registra
el 13% de la
casilla 13
Ej. Bs1.230 x 13%=
Bs160
EJEMPLO
PRÁCTICO
Formulario 200
Llenado del
12. 12
Ej. Bs890
Se registra
el 13% de la
casilla 26
Ej. Bs890 x 13%
= Bs116
Se registra la suma
de las casillas
114 + 30+ 1003
Ej. Bs116 + Bs0 +
Bs0 = Bs116
Formulario 200
Llenado del
Se registra los
gastos realizados
respaldados con
facturas vinculadas
a la actividad
Ej. Bs890
Se registra el total de las compras del período a declarar,
sin importar si corresponden a actividades gravadas y/o
no gravadas. Estas compras deberán estar vinculadas a la
actividad realizada. (Casilla de carácter informativo)
13. 13
Se registra la
diferencia entre las
Casillas 1002 - 1004
Ej. Bs160 - Bs116 = Bs44
(Registro Automático)
Se registra la diferencia
de las casillas
468 - 465 - 466
Ej.: Bs44 - Bs0 - Bs0
= Bs44
Formulario 200
Llenado del
Se registra la diferencia
de las casillas
629 - 622 - 640
Ej.: Bs44 - Bs0 - Bs0
= Bs44
14. 14
Se traslada el importe
de la casilla 996
Ej. Bs44 (Registro
Automático)
Ej. Bs44 (Registro
Automático)
Formulario 200
Llenado del
• La casilla 576 puede ser modificado de acuerdo a la disponibilidad de pago del
Contribuyente.
• Los datos de compras y ventas del formulario son trasladados automáticamente
del RCV
Se traslada el importe
de la casilla 646
15. 15
Se registran los
ingresos brutos
generados en el mes
Ej. Bs1.230
Se registra
el 3% de la
casilla 24
Ej. Bs1.230 x 3%= Bs37
(Registro Automático)
Formulario 400
Llenado del
16. 16
Ej. Bs37 (Registro
Automático)
Saldo definitivo
a favor del
Fisco
Se traslada el
importe de la
casilla 646
Formulario 400
Llenado del
Ej. Bs37 (Registro
Automático)
La casilla 576 puede ser modificado de acuerdo a la disponibilidad de pago del
Contribuyente.
17. 17
Formulario 110
Llenado del
• Ingrese al a página web
“www.impuestos.gob.bo”
• Pulse sobre el ícono Siat en
Línea
• En el portal SERVICIO AL
CONTRIBUYENTE, seleccione
Mis Facturas y Re - IVA y
registre sus credenciales (NIT,
Usuario y Contraseña)
• Digite el código captcha y
pulse en iniciar sesión
El Formulario 110 debe registrarse y generarse de acuerdo a las fechas de
vencimientos del formulario 610.
18. 18
• En el menú de MIS COMPRAS presione en la opción Registro Mis Compras y consigne
las compras con facturas emitidas al NIT y mínimamente al primer apellido (modalidades
de facturación manual, prevalorada y computarizada SFV)
• Las facturas en línea ya se encontrarán en su base de datos (modalidad de factura
portal web en línea, electrónica en línea y computarizada en línea) guarde los datos y
habilite una nueva fila presionando en la tecla Enter
Formulario 110
Llenado del
19. 19
• Seleccione la opción Generar Formulario 110 Anexo F.610, luego la Gestión y el
Periodo, presione en + Nuevo Formulario para crear el Formulario 110, para acceder
pulse sobre el ícono generado
• Seleccione las compras de las cuales desea beneficiarse con el crédito fiscal, guarde
los cambios realizados y realice la declaración
• Imprima el formulario adjunte y guarde las facturas por el termino de prescripción
Formulario 110
Llenado del
20. 20
Se registra al 100% los ingresos
mensuales percibidos por los
servicios prestados en el trimestre
Ej.: Bs1.230 + Bs5.600 +
Bs4.680 = Bs1.1510
No aplica para el ejemplo (Sólo se
usa esta casilla cuando se genera
ingresos pagados en especie)
Se registra el 13%
correspondiente al IVA de las
facturas emitidas
Ej.: Bs1.230 X 13% = Bs160; Bs5.600 X
13% = Bs728; Bs4.680 X 13% = Bs608 (Bs
160 + Bs728 + Bs608 = Bs1.496)
Formulario 610
21. 21
Se registra el aporte a la seguridad
social pagados, correspondiente al
periodo a declarar
Ej.: Bs531 + Bs1.484 +
Bs1.980 = Bs3.995
Se registra el 13% del cálculo
aritmético de las casillas
13 + 26 – 707 + 42 - 23
Ej.: (Bs1.1510 + Bs0 -
Bs1.496 + Bs0 - Bs3.995 =
Bs6.019) x 13% = Bs782
No aplica para el ejemplo (Sólo se
regsitra cuando se tiene ingresos por
anticréticos)
Al ingreso declarado se deducirán los aportes a la seguridad social efectivamente
pagados en plazo, por el periodo fiscal mensual que se liquida.
Formulario 610
22. 22
Se registra el 13% de las compras
respaldadas con facturas,
registradas en el Formulario 110
Ej.: Bs1.923 x 13% =
Bs250
Para la compensación se considerarán las compras realizadas dentro los 120 días
calendarios anteriores a la fecha de finalización en el trimestre que se declara, mismas
que deben estar emitidas con el NIT del contribuyente y mínimamente a su primer apellido
Formulario 610
Se registra el 13% de
2 SMN por mes que
se tenga ingresos
Ej.: Bs2.250 x 6 =
Bs13.500 x 13% =
Bs1.755
Se registra el cálculo
aritmético de las casilla
(781 + 794) - 909
Ej.: (Bs250
+ Bs1.755) -
Bs782= Bs1.223
23. 23
Ingrese al sitio WEB
www.impuestos.gob.bo pulse en el ícono
Siat en Línea seleccione el Padrón
Biometrico Digital de la opción Trámites
Tributarios y acceda con sus
credenciales (NIT, Usuario y
Contraseña).
PBD - Padrón Biometrico Digital
Inactivación Solicitada de NIT
Si usted necesita inactivar su NIT en el padrón de
Contribuyentes, con esta opción puede inactivar su NIT
Usted puede iniciar un trámite de inactivación haciendo clic
en el botón “Crear Trámite de Inactivación”
+ Crear Trámite de Inactivación
PASO 1 PASO 2
En la opción Inactivación solicitada del NIT, pulse sobre
Crear trámite de Inactivación
Imprimir Certificado
de Inactivación de NIT
La presentación de las
DD.JJ. y otras
Obligaciones se deben
realizar hasta el mes que
se inactivó el NIT (Ej.: Si
la inactivación se realizó
el 5 de febrero, debe
presentar el formulario
200 y 400 del mes de
febrero en el mes de
marzo y del 1 al 20 de
abril el formulario 610
correspondiente al
primer trimestre.
PBD - Padrón Biometrico Digital
Se procederá a la inactivación del NIT del contribuyente, no podrá realizar cambios
posteriores.
Por seguridad, para confirmar debe ingresar el numero de documento del titular, Apoderado o
Represenatnate Legal.
Una vez llenado los datos presione el botón Inactivar NIT
Número de documento del Titular / Apoderado o Representante Legal: 1234567 X
Inactivar NIT
INACTIVACIÓN DE CONTRIBUYENTE
Consignar el número de documento del titular,
pulsar Inactivar NIT
PASO 3 PASO 4
Cuando el contribuyente
cese su actividad
económica, puede
inactivar su NIT sin la
necesidad de apersonarse a
oficinas del SIN realizando
los siguientes pasos en el
Siat en Línea:
La Administración
Tributaria, inactiva el NIT
de manera automática
a una PERSONA
NATURAL del Régimen
General que está
alcanzada por el IVA,
cuando no presenta las
Declaraciones Juradas
del IVA (F.200) por tres
(3) periodos mensuales
consecutivos y por dos
declaraciones del RC-
IVA (F-610), RND 10-
0012-15.
INACTIVACIÓN
INACTIVACIÓN
DEL
DEL NIT