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Los DERECHOS HUMANOS


   “De nada sirve al hombre lamentarse de los tiempos en que vive.
     Lo único bueno que se puede hacer es intentar mejorarlos.”
                                                   Thomas Carlyle
Los Derechos Humanos
• Son un gran PROYECTO ÉTICO para la
  CONVIVENCIA PACÍFICA.

• Conllevan OBLIGACIONES y DEBERES, lo que
  supone RESPONSABILIDAD.

• Están basados en la DIGNIDAD HUMANA.

• Se expresan en la DECLARACIÓN UNIVERSAL
  de los DERECHOS HUMANOS.
La Declaración de los DD. HH.
• Es un modelo de ética material.

• Su reconocimiento es resultado de un largo
  PROCESO HISTÓRICO, con sus avances y
  retrocesos.

• Da testimonio del PROGRESO MORAL de
  la humanidad.
• Los derechos humanos
  son exigencias
  elementales que puede
  plantear cualquier ser
  humano para que se le
  reconozca como
  persona.
• Toda persona es digna
  del máximo respeto y
  consideración.
¿Qué son los Derechos Humanos?
Naciones Unidas
“Los derechos humanos son derechos inherentes a
  todos los seres humanos, sin distinción alguna de
  nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen
  nacional o étnico, color, religión, lengua, o
  cualquier otra condición. Todos tenemos los
  mismos derechos humanos, sin discriminación
  alguna. Estos derechos son interrelacionados,
  interdependientes e indivisibles”.
• Los derechos humanos han recibido a lo
  largo de la historia diversas
  denominaciones. Se les llamo “derechos
  naturales“, “derechos inherentes “,
  “derechos naturales , esenciales e
  inalienables” , “libertades básicas” y
  “derechos del hombre”, entre otros.
• Desde le siglo XX se reconocen como “Derechos
  Humanos” y para efectos de instrumentos de
  orden internacional se nombran los consignados
  de la Declaración Universal proclamada por la
  ONU en 1948.
• Sin importar el nombre que adopten, surgen de la
  dimensión jurídica natural de la persona, por ello
  son universales, ya que pertenecen a todo
  individuo de la especie humana. Su titularidad les
  corresponde a todas las personas desde el primer
  momento de su vida hasta la muerte,
  independientemente de sus condiciones y
  calidades singulares.
• LOS       DERECHOS           HUMANOS          SE
  CARACTERIZAN: porque son inherentes a
  todas las personas, independientemente de su
  condición, situación o circunstancia particular;
  son incondicionados, esto quiere decir que
  nadie tiene que hacer méritos para
  adquirirlos; son universales, porque su
  titularidad se extiende a todos los individuos de
  la especie humana.
• Nadie puede despojar prestar, otorgar o quitar a
  otro sus derechos; son indivisibles, esto es,
  nadie puede tener algunos si y otros no, a pesar
  de que considere que hay unos más importantes
  que otros; son imprescriptibles, porque
  acompañan toda la vida a la persona; son
  interdependientes, esto quiere decir que todos
  están relacionados y forman parte de un marco
  de complementariedad y son inviolables en su
  núcleo esencial.
• LOS DERECHOS HUMANOS SE INSPIRAN
  EN: una visón mundial de la justicia, la libertad y
  la paz, como un sistema de mínimos para regular
  el trato entre los individuos. El ejercicio de estos
  derechos, les permite a los individuos exigir,
  defenderlos y demandarlos para si y para otras
  personas.
¿Qué son los Derechos humanos?
Son aquellas libertades inherentes que posibilitan la reivindicación
  constante de la dignidad humana. Dentro de un enfoque integral,
  se manifiestan en tres dimensiones:
 Valoral: Son los valores fundamentales para la vida en sociedad
  que se traducen en un código de ética de comportamiento.
 Jurídica: Es el otorgamiento de la legitimidad del código ético
  estipulado, en forma de leyes y garantías individuales para
  cumplirlos y hacerlos cumplir.
 Histórico-política: Son una construcción social que a lo largo del
  tiempo, de los hechos y procesos históricos han evolucionado a
  través de las luchas para lograr la igualdad humana.
Dignidad Humana
                               PERSONA
• Derechos vinculados
con la vida y la
existencia.                                                        • Libertades



                                           CO
                                O             N   CI
                         CU ERP                        EN
                                                          C   IA




                                    AUTONOMIA

                                                                   • Igualdad
                                                                   • Participación
                                                                   • Solidaridad
Algunos antecedentes históricos
• 1628. Petición de Derechos (Inglaterra). Reclamaba la protección de
  los derechos personales y patrimoniales, fue rechazada por el rey
  Carlos I.
• 1689. Declaración de Derechos (Inglaterra). Consagraba los derechos
  recogidos en los textos anteriores. Su intención era limitar los poderes
  de la realeza y que éstos quedasen sometidos a las leyes aprobadas por
  el Parlamento inglés.
• 1776. Declaración de Derechos (Virginia).
• 1776: Declaración de Independencia de Estados Unidos. Por
  primera vez un gobierno rechazó la idea de que un determinado pueblo
  tenía derecho a gobernar a otros.
• 1789. Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
  Proclamaba la igualdad de todos los ciudadanos "hombres" franceses,
  al igual que la declaración americana hacía con los ciudadanos
  americanos.
Fundamentos de los DD. HH.
• Algunos pensadores los fundamentan en la existencia de
  ciertos elementos propios de la NATURALEZA
  HUMANA.

• Otros consideran que son CONSTRUCCIONES
  HISTÓRICAS dependientes de las épocas y las
  convicciones vigentes en ellas.

• La FUNDAMENTACIÓN ÉTICA:
   – Se afirman como propios de las personas.
   – Se trata de una exigencia moral.
Características de los Derechos humanos
 Universales: Todos los seres humanos gozamos de los mismos
  derechos independientemente de la raza, el sexo, la cultura, la
  religión, la nacionalidad o el lugar en que habitemos.
 Inherentes: Nacemos con ellos por tanto no dependen del
  reconocimiento del Estado.
 Absolutos: Porque su respeto se puede reclamar indistintamente a
  cualquier persona o autoridad.
 Inalienables: Por ser irrenunciables e intransferibles.
 Inviolables: Porque ninguna persona o autoridad puede actuar
  legítimamente en contra de ellos, con excepción de los casos
  previstos por la ley en base al bien social.
Características de los Derechos humanos
 Imprescriptibles: Porque no se pierden por el transcurso del
  tiempo.
 Indisolubles: Porque forman un conjunto inseparable de
  derechos.
 Indivisibles: Porque no tienen jerarquía entre sí, es decir, no se
  permite poner unos por encima de otros ni menos sacrificar un
  tipo de derecho en menoscabo de otro.
• Irreversibles: Categoría que en el futuro no puede perderse.
• Progresivos: Es posible que en el futuro se extienda la categoría
  de derecho humano
• Preferentes: al entrar en conflicto con otros derechos, son
  prioritarios.
¿Qué es una violación a los DDHH?

• Es la acción ejercida por la autoridad de
  manera directa, utilizando métodos
  coercitivos, como las amenazas físicas o
  verbales. O en el caso más severo, con el uso
  de la violencia.
• Esta acción (o no acción) vulnera, en
  cualquier persona y en cualquier tiempo, uno
  o más derechos estipulados por la ley.
Diferencia entre delito y violación a los
                  Derechos humanos
Características Delito                                Violación a los D.H.

Consiste en       Daño a la propiedad, las            Abuso del poder, cuando niegan
                  posesiones, la salud o la           los derechos de las personas o
                  integridad de las personas o de     cuando amenazan con negarlos
                  la comunidad.

Actores           Personas físicas y/o autores        Funcionarios públicos o
Responsables      intelectuales                       autoridades
Investigan        Ministerio Público y Policía        Comisión Nacional de los
                  Judicial                            Derechos Humanos
Ejecutores de     Poder Judicial                      Estado
sanción

Cualquier persona puede afectar los derechos humanos de otra (secuestro, trata
de blancas, etc.) pero jurídicamente hablando se trata de un delito. Por su parte
el Estado debe de garantizar los derechos y comete violaciones cuando sus
autoridades actúan de manera incorrecta.
Slide 7


             Formas en que se violan los DDHH
     La acción es cuando alguna autoridad de manera directa, utiliza métodos
      coercitivos como la violencia o amenazas físicas o verbales.
       Ejemplo: En Guanajuato se encarcelaron mujeres por haber tenido un
      aborto espontáneo acusándolas de homicidio en grado de parentesco
     La aquiescencia es cuando una persona sin ser autoridad del gobierno
      afecta la integridad física o moral, con el consentimiento de algún
      policía, personal del ministerio público o juez.
        Ejemplo: En un CE.RE.SO. Del Estado de Guanajuato el “alcaide” de
      la prisión permite que los reos abusen sexualmente de los sentenciados
      por violación.
     La omisión es cuando alguna autoridad del gobierno conoce o sabe de
      acciones que perjudiquen la integridad física y mental de cualquier
      persona o grupo y no hace nada para detenerlo o prevenirlo.
Su evolución: las 3 generaciones

                      EVOLUCIÓN




 1ª Generación         2ª Generación         3ª Generación




Derechos civiles   Derechos económicos,     Derecho a la paz,
   y políticos      sociales y culturales    ecológicos, …
• Primera generación: los derechos de libertad

  – Es la de los derechos civiles y políticos.
  – Empezaron a ser reivindicados por la burguesía
    frente al Antiguo Régimen a partir del s. XVI:
    derecho a la vida, a libertad…
  – Inspirados en el valor moral de la libertad.
  – Estado de derecho, estado liberal: tipo de Estado
    en que todos, especialmente los poderes públicos,
    están obligados por las leyes a respetar lo
    derechos básicos de las personas.
La Primera generación
• Origen: los ideales de la Revolución Francesa.

            • Se centra en la LIBERTAD.

• Promueve los DERECHOS CIVILES y
  POLÍTICOS: a la vida, a la libertad de conciencia,
  movimiento y asociación, a la participación
  política,…
• Segunda generación: los derechos de la igualdad

  – Se refiere a los derechos económicos, sociales y
    culturales.
  – Principio de igualdad.
  – Se incorporan en la Declaración de 1948
  – Estado social de derecho: Estado que garantiza las
    mismas libertades básicas que el modelo liberal anterior,
    pero además intenta redistribuir las riqueza para asegurar
    que toda la población tenga cubiertas las necesidades
    básicas y disponga de los derechos civiles y políticos.
La Segunda generación
• Origen: revoluciones socialistas.

• Se centra en la IGUALDAD.

• Promueve los DERECHOS
  ECONÓMICOS, SOCIALES y
  CULTURALES: a la cultura y la educación
  de conciencia, a la sanidad, el trabajo,…
• Tercera generación: los derechos de
  solidaridad
  – Incluyen el derecho a la paz, al desarrollo y al
    medio ambiente sano. (Derecho al agua)
  – Principio de la solidaridad
  – Estados solidarios con los demás


Cuarta generación que busca promover una vida digna y
defender la dignidad humana frente a los avances
científicos-técnicos de nuestra sociedad.
En 1997 la UNESCO proclamó una Declaración Universal sobre el Genoma y
los Derechos Humanos.
La Tercera generación
• Origen: sensibilidad actual.

• Se centra en la SOLIDARIDAD.

• Promueve el DERECHO a la PAZ, a un MEDIO
  AMBIENTE SANO,…

• Implica una concepción más GLOBAL de la
  humanidad.
• Derechos civiles y políticos: queda mucho por hacer.

   – Se abolió la esclavitud el 7 de septiembre de 1956, pero en
     muchos países no se respetan estos derechos: detenciones
     ilegales, malos tratos a los presos, marginación y violencia
     contra la mujer…

   Los esfuerzos de la ONU han tenido resultado pero necesita
     de la ayuda de los Estados.
   Iniciativas ciudadanas: ONG, Amnistía Internacional, Cruz
     Roja Internacional.
   FAO, con sede en Roma, desde 1945 que lucha contra el
     hambre y la malnutrición.
   Manos unidas, Ayuda en Acción, Cáritas
   OIT, con sede en Ginebra en 1946, para defender los
     derechos laborales.
Cuando no se respetan…
• Conocemos la respuesta, pues durante
  siglos no se han cumplido…
• Así, surgen males como:
  –   La discriminación.
  –   La inseguridad.
  –   La pobreza.
  –   La violencia.
  –   La guerra.
• Se pueden violar los derechos humanos por comisión, es
  decir, cometiendo actos injustos, como por omisión, por
  no hacer lo que seria justo que se hiciera.
• La defensa de los derechos humanos es tarea de toda la
  persona.
• Misión de cada un@:
   – Difundirlos
   – Exigir su cumplimiento
   – Asociarnos y participar en las asociaciones de
     voluntarios que trabajan por ellos.
La defensa de los DD. HH.
• Es necesario introducirlos en las legislaciones
  nacionales y en el derecho internacional.
• Muchos países incluyen referencias en sus
  Constituciones. (Artículo 10.2 Constitución española de
  1978).
• Sistemas internacionales de protección:
   – ONU: Alto Comisionado para los Derechos Humanos y Consejo
     de Derechos Humanos.
   – UE: Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
   – ONGs
Los ciudadanos: la mejor
                garantía
• Actitudes ciudadanas necesarias:
   –   Responsabilidad.
   –   Solidaridad.
   –   Justicia.
   –   Participación.

• Debemos dirigir nuestro comportamiento según
  VALORES UNIVERSALES, que nos imponen
  unos DEBERES, cuyo cumplimiento es condición
  básica de la ética social.
Democracia, Estado de Derecho
   y Derechos Humanos
Democracia
• Doctrina política favorable a la intervención del pueblo en
  el gobierno y también al mejoramiento de la condición del
  pueblo.
• conjunto de reglas de conducta para la convivencia social
  y política:
• Como forma de gobierno es la participación del pueblo en
  la acción gubernativa por medio del sufragio y del control
  que ejerce sobre lo actuado por el Estado.
• Como estilo de vida es un modo de vivir basado en el
  respeto a la dignidad humana, la libertad y los derechos de
  todos y cada uno de los miembros de una comunidad.
Estado de Derecho

•   Bases de la democracia
•   a) Estado de Derecho
•   b) División de poderes
•   c) Derechos Humanos
•   Estado de Derecho consustancial a la
    democracia
Estado de Derecho
•
• Fundamental del Estado de Derecho:
  sometimiento de gobernantes y gobernados
  al derecho y
• Que el derecho esté construido, sea hecho
  de una manera específica previamente
  establecida
Estado de Derecho
• Principios del Estado de Derecho
- Disposiciones jurídicas prospectivas, abiertas,
   claras y estables;
- creación de disposiciones jurídicas individualizadas
    o particulares guiadas por disposiciones
   generales,
- división de poderes, independencia judicial,
- debido proceso,
- interpretación uniforme,
- acceso a la justicia
Derechos Humanos

• Son garantías universales que protegen a los
  individuos y a los grupos contra actos de los
  gobiernos que interfieren con los derechos
  fundamentales y la dignidad humana
Derechos Humanos
•   Son ante todo las prerrogativas que el
    individuo tiene frente al Poder estatal y
    que limitan este ultimo.
•   Los derechos humanos son el lindero
    preciso entre la actuación legitima del
    estado y la conducta ilícita de sus agentes
    (Juez García Ramírez CIDH)
Derechos Humanos
•   Los dd.hh se distinguen de otros derechos,
    por que sus obligaciones correlativas
    recaen en los estados y no en otros
    individuos.
•   El Estado es el garante para el goce y
    ejercicio de los derechos humanos entre
    individuos.
Deberes de los estados

    Respetar y garantizar el goce y ejercicio
    de los Derechos Humanos de todas las
    personas que se encuentran en su territorio
•   Organizar el Poder Publico de una manera
    que pueda garantizar a las personas bajo
    su jurisdicción el libre y pleno ejercicio de
    los DD.HH
Convenciones internacionales de
        derechos humanos
• Declaración Universal de Derechos
  Humanos
• Pacto Internacional de Derechos Civiles y
  Políticos
• Pacto Internacional de DESC
• Convención Contra la Tortura y otros tratos
  crueles inhumanos y degradantes
Sistema Universal
• Convención de los Derechos de los Niños
• Convención sobre la Eliminación de la
  Discriminación Racial
• Convención sobre la Eliminación de Todas
  las formas de Discriminación contra la
  Mujer
• Estatuto de la Corte Panal Internacional
Sistema Interamericano
• Convención Interamericana de Derechos
  Humanos (Pacto de San José)
• Protocolo Adicional de la Convención
  Americana en Materia de Derechos
  Económicos, Sociales y Culturales
• Convención Interamericana para Prevenir,
  Sancionar y Erradicar la Tortura
• Convención Interamericana para Prevenir,
  Sancionar y Erradicar la Violencia contra la
  Mujer
• Carta Democrática Interamericana
Deberes de los Estados
• Convencion Americana de Derechos Humanos
• Art 1. Obligación de Respetar los Derechos

• 1. Los Estados partes en esta Convención se comprometen
  a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a
  garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté
  sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por
  motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones
  políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o
  social, posición económica, nacimiento o cualquier otra
  condición social.
Deberes de los Estados
1. El respeto a los DD.HH constituye un
   limite a la actividad estatal, lo cual vale
   para todo órgano o funcionario que se
   encuentre en una situación de Poder en
   razón de su carácter oficial, respecto de
   las demás personas (CIDH caso Tribunal Constitucional vs.
   Perú. Sentencia I- 2001 Prf.68)
Deberes de los Estados
• El deber de investigar es una obligación de
  medios. Esta debe ser asumida por el estado como
  un deber jurídico propio y no como una mera
  formalidad condenada de antemano a ser
  infructuosa, o como una mera gestión de intereses
  particulares, que dependa de la iniciativa procesal
  de las victimas o de sus familiares o de la
  aportación privada de elementos probatorios. (Parr.
  255 caso Castro Castro. 2007.
1. Un principio del derecho Internacional de
   los Derechos Humanos es que el Estado
   responda por los actos de sus agentes
   realizados al amparo de su carácter oficial
   y por las omisiones de los mismos aun si
   estos actúan fuera de los limites de su
   competencia o en violación del derecho
   interno (caso Velásquez Rodríguez. Sentencia de 1988. Caso Godinez Cruz)
Deberes de los Estados
1. Sobre los Estados recae la obligación de
   prevenir investigar, identificar y sancionar
   a los autores materiales, intelectuales y
   encubridores de violaciones de dd.hh
2. El Estado tiene la obligación de evitar y
   de combatir la impunidad.
Deberes de los estados

•   Los DD.HH no le impiden al Estado ejercer la
    función preventiva correctiva o sancionadora.
•   Es deber del Estado adoptar las medidas
    indispensables para prevenir la estabilidad de
    sus instituciones y para sancionar a quienes
    infrinjan su ordenamiento jurídico.
•   Ninguna acción del Estado puede ser contraria a
    los DD.HH
Restricciones a los DD.HH
• Los catálogos de derechos contenidos en los
   tratados internacionales prevén posibles
  restricciones por parte del Estado, puesto
  que el principal limite de los derechos
  humanos lo constituyen los derechos de los
  demás.
Restricciones a los DD.HH
• 1er. limite de toda restricción:
• que las condiciones y circunstancias generales
  que autorizan la restricción se hallen establecidas
  por ley.
• Art. 30 Convención Americana de DD.HH
• Las restricciones permitidas, de acuerdo con esta
  Convención, al goce y ejercicio de los derechos y
  libertades reconocidas en la misma, no pueden ser
  aplicadas sino conforme a leyes que se dictaren
  por razones de interés general y con el propósito
  para el cual han sido establecidas
Restricciones a los DD.HH

• 2º limite: que la causa que se invoque sea: guerra,
  peligro publico o de otra emergencia que amenace
  la independencia o seguridad del Estado,
  protección de la salud o la moral publicas o de los
  derechos y libertades de otros.
• 3º limite: (invocada por la Convención Americana
  de Dd.HH) que sean “necesarias en una sociedad
  democrática”
Restricciones a los DD.HH
• En resumen: la restricción debe ser
- conducente para conseguir proteger el valor que
  solo se puede proteger mediante la restricción de
  ese derecho particular;
- proporcional, es decir, en la medida estrictamente
  necesaria para conseguir el fin perseguido y
- Que no exista otra alternativa para conseguir el fin
  que restringir ese derecho. Si la hay, debe
  emplearse esa alternativa y no la de mayor
  restricción.
Mecanismos de protección
• Informes sobre situación de los dd.hh
  (general o especifico) y
• Peticiones
• Informes de relatores especiales
Instancias de protección
• Creadas por los propios tratados:
• ONU
 - Comité de DD.HH
 - Comité de DESC
 - Comité de la CEDAW
 - Comité contra la Tortura
 - Comisión y Corte Interamericana de
  DD.HH
• Instancias extra convencionales.
• Tribunales especiales
• Relatores especiales
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Derechos humanos

  • 1. Los DERECHOS HUMANOS “De nada sirve al hombre lamentarse de los tiempos en que vive. Lo único bueno que se puede hacer es intentar mejorarlos.” Thomas Carlyle
  • 2. Los Derechos Humanos • Son un gran PROYECTO ÉTICO para la CONVIVENCIA PACÍFICA. • Conllevan OBLIGACIONES y DEBERES, lo que supone RESPONSABILIDAD. • Están basados en la DIGNIDAD HUMANA. • Se expresan en la DECLARACIÓN UNIVERSAL de los DERECHOS HUMANOS.
  • 3. La Declaración de los DD. HH. • Es un modelo de ética material. • Su reconocimiento es resultado de un largo PROCESO HISTÓRICO, con sus avances y retrocesos. • Da testimonio del PROGRESO MORAL de la humanidad.
  • 4. • Los derechos humanos son exigencias elementales que puede plantear cualquier ser humano para que se le reconozca como persona. • Toda persona es digna del máximo respeto y consideración.
  • 5. ¿Qué son los Derechos Humanos? Naciones Unidas “Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles”.
  • 6. • Los derechos humanos han recibido a lo largo de la historia diversas denominaciones. Se les llamo “derechos naturales“, “derechos inherentes “, “derechos naturales , esenciales e inalienables” , “libertades básicas” y “derechos del hombre”, entre otros.
  • 7. • Desde le siglo XX se reconocen como “Derechos Humanos” y para efectos de instrumentos de orden internacional se nombran los consignados de la Declaración Universal proclamada por la ONU en 1948.
  • 8. • Sin importar el nombre que adopten, surgen de la dimensión jurídica natural de la persona, por ello son universales, ya que pertenecen a todo individuo de la especie humana. Su titularidad les corresponde a todas las personas desde el primer momento de su vida hasta la muerte, independientemente de sus condiciones y calidades singulares.
  • 9. • LOS DERECHOS HUMANOS SE CARACTERIZAN: porque son inherentes a todas las personas, independientemente de su condición, situación o circunstancia particular; son incondicionados, esto quiere decir que nadie tiene que hacer méritos para adquirirlos; son universales, porque su titularidad se extiende a todos los individuos de la especie humana.
  • 10. • Nadie puede despojar prestar, otorgar o quitar a otro sus derechos; son indivisibles, esto es, nadie puede tener algunos si y otros no, a pesar de que considere que hay unos más importantes que otros; son imprescriptibles, porque acompañan toda la vida a la persona; son interdependientes, esto quiere decir que todos están relacionados y forman parte de un marco de complementariedad y son inviolables en su núcleo esencial.
  • 11. • LOS DERECHOS HUMANOS SE INSPIRAN EN: una visón mundial de la justicia, la libertad y la paz, como un sistema de mínimos para regular el trato entre los individuos. El ejercicio de estos derechos, les permite a los individuos exigir, defenderlos y demandarlos para si y para otras personas.
  • 12. ¿Qué son los Derechos humanos? Son aquellas libertades inherentes que posibilitan la reivindicación constante de la dignidad humana. Dentro de un enfoque integral, se manifiestan en tres dimensiones:  Valoral: Son los valores fundamentales para la vida en sociedad que se traducen en un código de ética de comportamiento.  Jurídica: Es el otorgamiento de la legitimidad del código ético estipulado, en forma de leyes y garantías individuales para cumplirlos y hacerlos cumplir.  Histórico-política: Son una construcción social que a lo largo del tiempo, de los hechos y procesos históricos han evolucionado a través de las luchas para lograr la igualdad humana.
  • 13. Dignidad Humana PERSONA • Derechos vinculados con la vida y la existencia. • Libertades CO O N CI CU ERP EN C IA AUTONOMIA • Igualdad • Participación • Solidaridad
  • 14. Algunos antecedentes históricos • 1628. Petición de Derechos (Inglaterra). Reclamaba la protección de los derechos personales y patrimoniales, fue rechazada por el rey Carlos I. • 1689. Declaración de Derechos (Inglaterra). Consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores. Su intención era limitar los poderes de la realeza y que éstos quedasen sometidos a las leyes aprobadas por el Parlamento inglés. • 1776. Declaración de Derechos (Virginia). • 1776: Declaración de Independencia de Estados Unidos. Por primera vez un gobierno rechazó la idea de que un determinado pueblo tenía derecho a gobernar a otros. • 1789. Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Proclamaba la igualdad de todos los ciudadanos "hombres" franceses, al igual que la declaración americana hacía con los ciudadanos americanos.
  • 15. Fundamentos de los DD. HH. • Algunos pensadores los fundamentan en la existencia de ciertos elementos propios de la NATURALEZA HUMANA. • Otros consideran que son CONSTRUCCIONES HISTÓRICAS dependientes de las épocas y las convicciones vigentes en ellas. • La FUNDAMENTACIÓN ÉTICA: – Se afirman como propios de las personas. – Se trata de una exigencia moral.
  • 16. Características de los Derechos humanos  Universales: Todos los seres humanos gozamos de los mismos derechos independientemente de la raza, el sexo, la cultura, la religión, la nacionalidad o el lugar en que habitemos.  Inherentes: Nacemos con ellos por tanto no dependen del reconocimiento del Estado.  Absolutos: Porque su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad.  Inalienables: Por ser irrenunciables e intransferibles.  Inviolables: Porque ninguna persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, con excepción de los casos previstos por la ley en base al bien social.
  • 17. Características de los Derechos humanos  Imprescriptibles: Porque no se pierden por el transcurso del tiempo.  Indisolubles: Porque forman un conjunto inseparable de derechos.  Indivisibles: Porque no tienen jerarquía entre sí, es decir, no se permite poner unos por encima de otros ni menos sacrificar un tipo de derecho en menoscabo de otro. • Irreversibles: Categoría que en el futuro no puede perderse. • Progresivos: Es posible que en el futuro se extienda la categoría de derecho humano • Preferentes: al entrar en conflicto con otros derechos, son prioritarios.
  • 18. ¿Qué es una violación a los DDHH? • Es la acción ejercida por la autoridad de manera directa, utilizando métodos coercitivos, como las amenazas físicas o verbales. O en el caso más severo, con el uso de la violencia. • Esta acción (o no acción) vulnera, en cualquier persona y en cualquier tiempo, uno o más derechos estipulados por la ley.
  • 19. Diferencia entre delito y violación a los Derechos humanos Características Delito Violación a los D.H. Consiste en Daño a la propiedad, las Abuso del poder, cuando niegan posesiones, la salud o la los derechos de las personas o integridad de las personas o de cuando amenazan con negarlos la comunidad. Actores Personas físicas y/o autores Funcionarios públicos o Responsables intelectuales autoridades Investigan Ministerio Público y Policía Comisión Nacional de los Judicial Derechos Humanos Ejecutores de Poder Judicial Estado sanción Cualquier persona puede afectar los derechos humanos de otra (secuestro, trata de blancas, etc.) pero jurídicamente hablando se trata de un delito. Por su parte el Estado debe de garantizar los derechos y comete violaciones cuando sus autoridades actúan de manera incorrecta.
  • 20. Slide 7 Formas en que se violan los DDHH  La acción es cuando alguna autoridad de manera directa, utiliza métodos coercitivos como la violencia o amenazas físicas o verbales. Ejemplo: En Guanajuato se encarcelaron mujeres por haber tenido un aborto espontáneo acusándolas de homicidio en grado de parentesco  La aquiescencia es cuando una persona sin ser autoridad del gobierno afecta la integridad física o moral, con el consentimiento de algún policía, personal del ministerio público o juez. Ejemplo: En un CE.RE.SO. Del Estado de Guanajuato el “alcaide” de la prisión permite que los reos abusen sexualmente de los sentenciados por violación.  La omisión es cuando alguna autoridad del gobierno conoce o sabe de acciones que perjudiquen la integridad física y mental de cualquier persona o grupo y no hace nada para detenerlo o prevenirlo.
  • 21. Su evolución: las 3 generaciones EVOLUCIÓN 1ª Generación 2ª Generación 3ª Generación Derechos civiles Derechos económicos, Derecho a la paz, y políticos sociales y culturales ecológicos, …
  • 22. • Primera generación: los derechos de libertad – Es la de los derechos civiles y políticos. – Empezaron a ser reivindicados por la burguesía frente al Antiguo Régimen a partir del s. XVI: derecho a la vida, a libertad… – Inspirados en el valor moral de la libertad. – Estado de derecho, estado liberal: tipo de Estado en que todos, especialmente los poderes públicos, están obligados por las leyes a respetar lo derechos básicos de las personas.
  • 23. La Primera generación • Origen: los ideales de la Revolución Francesa. • Se centra en la LIBERTAD. • Promueve los DERECHOS CIVILES y POLÍTICOS: a la vida, a la libertad de conciencia, movimiento y asociación, a la participación política,…
  • 24. • Segunda generación: los derechos de la igualdad – Se refiere a los derechos económicos, sociales y culturales. – Principio de igualdad. – Se incorporan en la Declaración de 1948 – Estado social de derecho: Estado que garantiza las mismas libertades básicas que el modelo liberal anterior, pero además intenta redistribuir las riqueza para asegurar que toda la población tenga cubiertas las necesidades básicas y disponga de los derechos civiles y políticos.
  • 25. La Segunda generación • Origen: revoluciones socialistas. • Se centra en la IGUALDAD. • Promueve los DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES y CULTURALES: a la cultura y la educación de conciencia, a la sanidad, el trabajo,…
  • 26. • Tercera generación: los derechos de solidaridad – Incluyen el derecho a la paz, al desarrollo y al medio ambiente sano. (Derecho al agua) – Principio de la solidaridad – Estados solidarios con los demás Cuarta generación que busca promover una vida digna y defender la dignidad humana frente a los avances científicos-técnicos de nuestra sociedad. En 1997 la UNESCO proclamó una Declaración Universal sobre el Genoma y los Derechos Humanos.
  • 27. La Tercera generación • Origen: sensibilidad actual. • Se centra en la SOLIDARIDAD. • Promueve el DERECHO a la PAZ, a un MEDIO AMBIENTE SANO,… • Implica una concepción más GLOBAL de la humanidad.
  • 28. • Derechos civiles y políticos: queda mucho por hacer. – Se abolió la esclavitud el 7 de septiembre de 1956, pero en muchos países no se respetan estos derechos: detenciones ilegales, malos tratos a los presos, marginación y violencia contra la mujer… Los esfuerzos de la ONU han tenido resultado pero necesita de la ayuda de los Estados. Iniciativas ciudadanas: ONG, Amnistía Internacional, Cruz Roja Internacional. FAO, con sede en Roma, desde 1945 que lucha contra el hambre y la malnutrición. Manos unidas, Ayuda en Acción, Cáritas OIT, con sede en Ginebra en 1946, para defender los derechos laborales.
  • 29. Cuando no se respetan… • Conocemos la respuesta, pues durante siglos no se han cumplido… • Así, surgen males como: – La discriminación. – La inseguridad. – La pobreza. – La violencia. – La guerra.
  • 30. • Se pueden violar los derechos humanos por comisión, es decir, cometiendo actos injustos, como por omisión, por no hacer lo que seria justo que se hiciera. • La defensa de los derechos humanos es tarea de toda la persona. • Misión de cada un@: – Difundirlos – Exigir su cumplimiento – Asociarnos y participar en las asociaciones de voluntarios que trabajan por ellos.
  • 31. La defensa de los DD. HH. • Es necesario introducirlos en las legislaciones nacionales y en el derecho internacional. • Muchos países incluyen referencias en sus Constituciones. (Artículo 10.2 Constitución española de 1978). • Sistemas internacionales de protección: – ONU: Alto Comisionado para los Derechos Humanos y Consejo de Derechos Humanos. – UE: Tribunal Europeo de Derechos Humanos. – ONGs
  • 32. Los ciudadanos: la mejor garantía • Actitudes ciudadanas necesarias: – Responsabilidad. – Solidaridad. – Justicia. – Participación. • Debemos dirigir nuestro comportamiento según VALORES UNIVERSALES, que nos imponen unos DEBERES, cuyo cumplimiento es condición básica de la ética social.
  • 33. Democracia, Estado de Derecho y Derechos Humanos
  • 34. Democracia • Doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno y también al mejoramiento de la condición del pueblo. • conjunto de reglas de conducta para la convivencia social y política: • Como forma de gobierno es la participación del pueblo en la acción gubernativa por medio del sufragio y del control que ejerce sobre lo actuado por el Estado. • Como estilo de vida es un modo de vivir basado en el respeto a la dignidad humana, la libertad y los derechos de todos y cada uno de los miembros de una comunidad.
  • 35. Estado de Derecho • Bases de la democracia • a) Estado de Derecho • b) División de poderes • c) Derechos Humanos • Estado de Derecho consustancial a la democracia
  • 36. Estado de Derecho • • Fundamental del Estado de Derecho: sometimiento de gobernantes y gobernados al derecho y • Que el derecho esté construido, sea hecho de una manera específica previamente establecida
  • 37. Estado de Derecho • Principios del Estado de Derecho - Disposiciones jurídicas prospectivas, abiertas, claras y estables; - creación de disposiciones jurídicas individualizadas o particulares guiadas por disposiciones generales, - división de poderes, independencia judicial, - debido proceso, - interpretación uniforme, - acceso a la justicia
  • 38. Derechos Humanos • Son garantías universales que protegen a los individuos y a los grupos contra actos de los gobiernos que interfieren con los derechos fundamentales y la dignidad humana
  • 39. Derechos Humanos • Son ante todo las prerrogativas que el individuo tiene frente al Poder estatal y que limitan este ultimo. • Los derechos humanos son el lindero preciso entre la actuación legitima del estado y la conducta ilícita de sus agentes (Juez García Ramírez CIDH)
  • 40. Derechos Humanos • Los dd.hh se distinguen de otros derechos, por que sus obligaciones correlativas recaen en los estados y no en otros individuos. • El Estado es el garante para el goce y ejercicio de los derechos humanos entre individuos.
  • 41. Deberes de los estados Respetar y garantizar el goce y ejercicio de los Derechos Humanos de todas las personas que se encuentran en su territorio • Organizar el Poder Publico de una manera que pueda garantizar a las personas bajo su jurisdicción el libre y pleno ejercicio de los DD.HH
  • 42. Convenciones internacionales de derechos humanos • Declaración Universal de Derechos Humanos • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos • Pacto Internacional de DESC • Convención Contra la Tortura y otros tratos crueles inhumanos y degradantes
  • 43. Sistema Universal • Convención de los Derechos de los Niños • Convención sobre la Eliminación de la Discriminación Racial • Convención sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer • Estatuto de la Corte Panal Internacional
  • 44. Sistema Interamericano • Convención Interamericana de Derechos Humanos (Pacto de San José) • Protocolo Adicional de la Convención Americana en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales • Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura
  • 45. • Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer • Carta Democrática Interamericana
  • 46. Deberes de los Estados • Convencion Americana de Derechos Humanos • Art 1. Obligación de Respetar los Derechos • 1. Los Estados partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
  • 47. Deberes de los Estados 1. El respeto a los DD.HH constituye un limite a la actividad estatal, lo cual vale para todo órgano o funcionario que se encuentre en una situación de Poder en razón de su carácter oficial, respecto de las demás personas (CIDH caso Tribunal Constitucional vs. Perú. Sentencia I- 2001 Prf.68)
  • 48. Deberes de los Estados • El deber de investigar es una obligación de medios. Esta debe ser asumida por el estado como un deber jurídico propio y no como una mera formalidad condenada de antemano a ser infructuosa, o como una mera gestión de intereses particulares, que dependa de la iniciativa procesal de las victimas o de sus familiares o de la aportación privada de elementos probatorios. (Parr. 255 caso Castro Castro. 2007.
  • 49. 1. Un principio del derecho Internacional de los Derechos Humanos es que el Estado responda por los actos de sus agentes realizados al amparo de su carácter oficial y por las omisiones de los mismos aun si estos actúan fuera de los limites de su competencia o en violación del derecho interno (caso Velásquez Rodríguez. Sentencia de 1988. Caso Godinez Cruz)
  • 50. Deberes de los Estados 1. Sobre los Estados recae la obligación de prevenir investigar, identificar y sancionar a los autores materiales, intelectuales y encubridores de violaciones de dd.hh 2. El Estado tiene la obligación de evitar y de combatir la impunidad.
  • 51. Deberes de los estados • Los DD.HH no le impiden al Estado ejercer la función preventiva correctiva o sancionadora. • Es deber del Estado adoptar las medidas indispensables para prevenir la estabilidad de sus instituciones y para sancionar a quienes infrinjan su ordenamiento jurídico. • Ninguna acción del Estado puede ser contraria a los DD.HH
  • 52. Restricciones a los DD.HH • Los catálogos de derechos contenidos en los tratados internacionales prevén posibles restricciones por parte del Estado, puesto que el principal limite de los derechos humanos lo constituyen los derechos de los demás.
  • 53. Restricciones a los DD.HH • 1er. limite de toda restricción: • que las condiciones y circunstancias generales que autorizan la restricción se hallen establecidas por ley. • Art. 30 Convención Americana de DD.HH • Las restricciones permitidas, de acuerdo con esta Convención, al goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidas en la misma, no pueden ser aplicadas sino conforme a leyes que se dictaren por razones de interés general y con el propósito para el cual han sido establecidas
  • 54. Restricciones a los DD.HH • 2º limite: que la causa que se invoque sea: guerra, peligro publico o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado, protección de la salud o la moral publicas o de los derechos y libertades de otros. • 3º limite: (invocada por la Convención Americana de Dd.HH) que sean “necesarias en una sociedad democrática”
  • 55. Restricciones a los DD.HH • En resumen: la restricción debe ser - conducente para conseguir proteger el valor que solo se puede proteger mediante la restricción de ese derecho particular; - proporcional, es decir, en la medida estrictamente necesaria para conseguir el fin perseguido y - Que no exista otra alternativa para conseguir el fin que restringir ese derecho. Si la hay, debe emplearse esa alternativa y no la de mayor restricción.
  • 56. Mecanismos de protección • Informes sobre situación de los dd.hh (general o especifico) y • Peticiones • Informes de relatores especiales
  • 57. Instancias de protección • Creadas por los propios tratados: • ONU - Comité de DD.HH - Comité de DESC - Comité de la CEDAW - Comité contra la Tortura - Comisión y Corte Interamericana de DD.HH
  • 58. • Instancias extra convencionales. • Tribunales especiales • Relatores especiales

Notes de l'éditeur

  1. NOTAS PARA EL DESARROLLO: Después de revisar los materiales sugeridos para la realización de esta actividad, redacte debajo de la pregunta realizada, una definición de derechos humanos, en donde enfatice el nexo con la dignidad humana y se manifiesten las dimensiones de los derechos humanos, es decir, la valoral, la histórico-política y la jurídica. El tamaño mínimo de la letra debe ser de 18 puntos y su definición sólo puede abarcar esta diapositiva.
  2. 1628. Petición de Derechos (Inglaterra). Reclamaba la protección de los derechos personales y patrimoniales, fue rechazada por el rey Carlos I.
  3. NOTAS PARA EL DESARROLLO: En la presente diapositiva y en la siguiente, explique de manera breve las que considere las principales características de los derechos humanos.
  4. NOTAS PARA EL DESARROLLO: Ver notas de la diapositiva anterior
  5. NOTAS PARA EL DESARROLLO: Después de revisar los materiales sugeridos para la realización de esta actividad, redacte debajo de la pregunta realizada, lo que es una violación a los derechos humanos, debe quedar de manifiesto qué es lo que hace que una acción (o no acción) se considere una violación a los derechos humanos. El tamaño mínimo de la letra debe ser de 18 puntos y su definición sólo puede abarcar esta diapositiva.
  6. NOTAS PARA EL DESARROLLO: Después de revisar los materiales sugeridos para la realización de esta actividad, redacte de manera clara y breve las diferencias que existen entre los delitos y las violaciones a los derechos humanos. Puede realizar un esquema y proponer una forma de resaltar las dos definiciones o bien, hacer un cuadro comparativo. Es importante resaltar los actores que intervienen en cada caso y explicar porqué un delito no necesariamente constituye una violación a los derechos humanos.
  7. NOTAS PARA EL DESARROLLO: Después de revisar los materiales sugeridos para la realización de esta actividad, explique las tres formas en que se pueden violentar los derechos humanos: acción, omisión o aquiescencia. De un ejemplo de cada una de estas formas.