Historia Clínica y Consentimiento Informado en Odontología
INTRUSISMO LABORAL.pptx
1. INTRUSISMO LABORAL
BRIAN ARIEL LUDIZACA ORTIZ
CRISTIAN MAURICIO BECERRA
GUAMAN
ESTEBAN FERNANDO ASTUDILLO
JAPA
MEDICINA, 7° MA.
MEDICINA LEGAL
Dra. María José Hidalgo Pozo
2. EJERCICIO ILEGAL DE MEDICINA
Es el ejercicio ilegal de la
medicina es una práctica muy
extendida en nuestro país por
una serie de razones
3. 1. La falta de una estructura de
salud adecuada y accesible a
todos los integrantes de la
comunidad
2. La ignorancia de las
personas que buscan atender
su salud en sujetos que
carecen de título profesional
4. ALGUNAS CAUSAS DE MALA
PRÁCTICA MEDICA
El presente caso es de una gestante que
ingresa al centro de salud por emergencia,
y habiendo una indicación expresa por el
primer médico que la evaluó, que el
producto debía nacer vía cesárea, sin
embargo, el segundo médico que siguió
con la paciente determinó que el parto se
realizara por vía vaginal, lo que conllevó
que el bebé muriera, debido al trauma
obstétrico al momento del parto y la
hemorragia intracraneanas sufrida, lo cual
llevó a desarrollar encefalomalacia30.
5. AGENCIA DE ASEGURAMIENTO DE LA
CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD
Y MEDICINA PREPAGADA
ACESS
MSP
Principal organización del SN
de autoridad sanitaria.
Instituciones especializadas y
autónomas.
2015 (Criterios renovadores)
Vigila y controla los servicios
de salud de los
establecimientos
Públicos, privados y
comunitarios.
Fortaleció la Autoridad
Sanitaria nacional.
Optimiza actividades del MSP:
Elimina dependencias
Cambio normativo
Aumentó establecimientos de
salud (servicios con calidad).
6. ACESS E
INTRUSISMO
LABORAL
Crecimiento
significante
Establecimien
tos que
realizan
procedimient
os
quirúrgicos
con fines
estéticos
Profesionales
sin el aval
para realizar
procedimient
os invasivos
Riesgo la
seguridad de
los pacientes.
Sanciones a establecimientos de salud que oferten servicios
con personal que no esté capacitado para ejercer una
profesión, especialidad o subespecialidad en salud, “es decir
donde se ejerza el intrusismo laboral”.
“Intrusismo laboral en el ámbito sanitario es un delito. Pone en
peligro la vida de los pacientes del Sistema Nacional de Salud”.
7. SANCIÓN DEL CÓDIGO
ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
(COIP)
Art. 330.- Ejercicio ilegal de la profesión.- La persona que ejerza la profesión sin
título, en aquellas actividades en las que la Ley exija título profesional, será
sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años.
Las o los profesionales que favorezcan la actuación de otra persona en el ejercicio
ilegal de la profesión, serán sancionadas o sancionados con pena privativa de libertad
de tres meses a un año e inhabilitación del ejercicio de la profesión por seis meses.
8. Art. 194.- Para ejercer como profesional de salud, se requiere haber obtenido título
universitario de tercer nivel, conferido por una de las universidades establecidas y
reconocidas legalmente en el país, o por una del exterior, revalidado y refrendado. En
uno y otro caso debe estar registrado ante el CONESUP y por la autoridad sanitaria
nacional.
Art. 198.- Los profesionales y técnicos de nivel superior que ejerzan actividades
relacionadas con la salud, están obligados a limitar sus acciones al área que el título
les asigne.
LEY ORGANICA DE SALUD
2018
2019
• 244 sanciones a profesionales que han incumplido con el Artículo
194 de la Ley Orgánica de Salud.
9. ESTABLECIMIENTOS ESTÉTICOS:
INTRUSISMO
MÉDICO
> DONDE SE
DESARROLLAN
PROCEDIMIENTOS
QUIRÚRGICOS
CON FINES
ESTÉTICOS.
Consecuencias
como:
Cicatrices
Hormigueo
Acumulación
de líquidos
Deformacione
s
Muerte
Para verificar: Mecanismo de verificación online para la búsqueda de los profesionales que cuentan con el registro de
sus títulos y verificar a través de los apellidos o cédula si cuenta con la formación necesaria.
10. DELITO DE
INTRUSISMO
En relación con la profesión médica, cabe señalar que en sentido
estricto, el acto médico se integra por la profilaxis, el diagnóstico
o el tratamiento de las enfermedades mediante la utilización del
método científico-experimental propio del arte médico oficial que
se imparte en las Facultades de Medicina.
El Tribunal supremo ha negado el carácter de acto propio de la
profesión médica a la práctica de la acupuntura, reflexoterapia,
medicina naturalista y revitalización, ya que no existe un título
expedido oficialmente que autorice y legitime para el ejercicio de
estas actividades, por lo que mal pueden usurparse funciones o
actividades profesionales que no existen y que no corresponden a
profesionales determinados que posean el título legitimador
correspondiente.
11. Arturo Vera Vera, quien con un
título falsificado en la Universidad
Estatal de Guayaquil, se le conocía
como el doctor milagro quien
atendió a cientos de pacientes
aproximadamente por cinco años,
laboraba con instrumental médico
inadecuado, obsoleto y
antiséptico. Esterilizaba utilizando
el fuego como antiguamente,
encontrándose pacientes ya
intervenidos y agradecidos,
durante la hora de la inspección y
cierre del local por parte de las
autoridades de salud de la
Provincia.
MERA – PASTAZA “ Clínica Medical Vera ’’