Transformaciones fronterizas tras el fallo de la corte internacional de justicia
1. Transformaciones fronterizas tras el fallo de la Corte Internacional de
Justicia.
Por: Francisco Javier Urzúa Rodríguez
La edición y circulación de los mapas que se refieren o
relacionan con los límites y fronteras de Chile, no
comprometen, en modo alguno, al Estado de Chile, de
acuerdo con el Art. 2° letra G) del D.F.L. N°83 DE
1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores. –1–
2. Introducción................................................................................................ 3
Antecedentes Previos.................................................................................. 3
Requerimiento de la República del Perú.............................................................................5
Defensa de la República de Chile.......................................................................................6
Sentencia..................................................................................................... 2
Nuevas delimitaciones marítimas........................................................................................7
Consecuencias.....................................................................................................................7
Comentarios al respecto..............................................................................8
Bibliografía................................................................................................. 8
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3. Introducción:
En 1879 estalló una guerra que tuvo por beligerantes a tres repúblicas
hispanoamericanas; la Alianza Perú-Boliviana contra Chile. Las armas chilenas triunfaron en
la Lid, como resultado de aquello, hubo una serie de transformaciones fronterizas que ya
fueron tratadas en su oportunidad (Urzúa: 2012). Quizás el fallo de la Corte Internacional de
Justicia (CIJ) se pone fin de manera definitiva a la que quizás era la frontera más compleja
por definir entre ambos países; la frontera marítima.
La que hasta ahora había sido la frontera marítima era la que se proyectaba desde el
Hito 1 siguiendo la línea del paralelo hasta 200 millas hacia el Oeste.
Antecedentes Previos:
En 1947 Chile se convirtió en el primer país del mundo en declarar por Ley su
soberanía sobre territorio marítimo, posteriormente Perú y Ecuador siguieron esta iniciativa
en 1952 y 1954 en la Declaración de Santiago, donde los tres países mencionados declaraban
su soberanía 200 millas hacia el océano desde sus respectivas líneas de costa.
Términos previos: Antes de comenzar a
abordar el tema, es menester tener claros
algunos conceptos básicos
Mar Territorial: Zona comprendida hasta 12
millas hacia el mar desde la línea de costa,
donde cada país ejerce plena soberanía, cual si
se estuviera en tierra.
Zona Contigua: Zona donde rigen leyes
chilenas, sin embargo es de libre tránsito y toda
explotación económica debe ser autorizada por
el Estado (Se extiende desde el borde externo
del Mar Territorial hasta 12 millas hacia el mar).
Zona Económica Exclusiva: Zona que
pertenece al respectivo Estado y éste fija sus
leyes, sin embargo, es de libre tránsito y la
explotación económica debe ser autorizada y
pagar tributos económicos al respectivo Estado.
(Se extiende desde el borde externo de la Zona Contigua, 176 millas hacia el mar).
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4. Hasta el fallo de la C.I.J. La frontera marítima entre las aguas chilenas y peruanas
estaba delimitada por la línea del paralelo que surgía desde el Hito 1.
Sin embargo, sucede que al momento de que Perú proyecta sus 200 millas
correspondientes, se entrecruzan con las 200 millas correspondientes a Chile (producto de la
orientación de ambas costas).
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5. Requerimiento de la República del Perú.
Debido a la situación antes descrita, la República de Perú presentó en 2008 un
requerimiento ante la C.I.J. Para que ésta diera una solución definitiva al conflicto;
presentando con ello, una nueva delimitación en calidad de tentativa.
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6. Defensa de la República de Chile.
La defensa de la república de Chile se sustentó en los pilares de las declaraciones de
Santiago (1952 y 1954), que establecían un acuerdo tripartito (Chile, Ecuador y Perú), donde
los tres países fijaban sus respectivas zonas de explotación marítima. Éstas mencionaban que
la frontera marítima norte de Chile se trazaba desde el Hito 1, doscientas millas hacia el
Oeste, tal como lo indica el mapa adjunto.
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7. Sentencia.
Nuevas delimitaciones marítimas.
El día 27 de Enero de 2014 la Corte Internacional de Justicia dictó sentencia definitiva
sobre los límites marítimos entre Chile y Perú, siendo éstos los siguientes, aunque se
desconoce desde qué fecha en adelante comenzarán a tener vigencia. La línea equidistante
(entre lo propuesto por Chile y Perú) comienza desde 80 millas desde el Hito 1 en paralelo
hacia el Oeste.
Consecuencias.
Tras la publicación del fallo, surgieron diversas voces sugiriendo que Chile había
perdido soberanía, que si bien es cierto algo de fundamento hay, lo cierto es que Chile no
perdió ni Mar Territorial ni Zona Contigua, donde sí ejerce plena soberanía, lo que perdió fue
parte de la Zona Económica Exclusiva, donde sólo existe soberanía económica y legal, sin
embargo no puede definir quién entra o quien sale de ella, razón por la que los pescadores
que en la zona trabajan podrán continuar haciéndolo sin ver perjudicada su actividad por ello,
sólo que tras la ejecución de la sentencia deberán pagar los derechos de extracción que antes
pagaban a Chile, ahora a Perú y, aceptando las condiciones que dicho país imponga.
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8. Comentarios al respecto.
La C.I.J. Reconoció la existencia del límite marítimo prolongado desde el Hito 1,
sellando finalmente la controversia con respecto a la frontera marítima Norte, vale decir, con
el fallo, se acabaron las secuelas de la Guerra del Pacífico en lo que a territorio respecta.
Es de esperar que ambos países reconozcan el fallo como fin de la controversia y
aprendan a solucionar los problemas de forma civilizada y por relaciones bilaterales, sin
esperar que sea un elemento externo quien las defina. El resto, la historia lo dirá.
Bibliografía.
(Urzúa:2012) Cambios en la frontera con Argentina, Bolivia y Perú.
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