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Grazia M. Fiore - Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en Brasil




UNA APROXIMACIÓN A LA VINCULACIÓN
                UNIVERSIDAD-SOCIEDAD
                                      EN BRASIL




                                 Paulo Freire (www.gloobal.net)


                                                                                Grazia M. Fiore
                                                  Última actualización: Noviembre de 2010



 Ha contribuido a la realización de este trabajo Patricia da Rocha Coutinho a través del Servicio de
 Voluntariado en línea Onlinevolunteering.org
                                                  1
Grazia M. Fiore - Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en Brasil




                                                             Nota:

 El trabajo aquí presentado se propone como un primer esfuerzo para sintetizar información acerca de la vinculación
 universidad-sociedad en los países de la región latinoamericana. Su objetivo es brindar a las personas interesadas un
 primer núcleo de informaciones acerca de las etapas que han marcado la historia de la educación superior en cada País, y
 sobre las leyes y políticas públicas que regulan algunas formas de participación social de las universidades.
 No se trata de un trabajo definitivo ni exhaustivo, sino de una primera “aproximación” a la comprensión de la acción
 social universitaria. Sobre la base de lo anterior, esperamos poder pronto enriquecer esta primera síntesis con sus
 aportaciones y comentarios, a través de un proceso de construcción colectiva del conocimiento que fortalezca,
 contextualice y visibilice la contribución de las universidades al logro de un desarrollo inclusivo y sustentable en la Región.
 Agradeceremos enviar todo comentario relativo a la información recopilada al correo graziafiore@hotmail.com




                                             INDICE DE CONTENIDOS



Los orígenes de la vinculación universidad-sociedad en Brasil                                                            p. 3
Los años 60 y la Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional de 1961                                             p. 6
La Ley de Reforma Universitaria Nº 5.540 de 1968                                                                         p. 10
Paulo Freire y las bases teóricas y pedagógicas de la extensión un Universitaria en Brasil                               p. 12
La década del 70 y el Proyecto Rondon                                                                                    p. 14
La década de los Ochenta y el fomento de la Extensión universitaria                                                      p. 16
La Ley de Directrices y Bases de Educación Nacional de 1996                                                              p. 19
La reorganización y evaluación de la educación superior brasileña                                                        p. 22
La institucionalización de la Extensión universitaria entre la década de los Noventa y el principio del siglo
                                                                                                          p. 24
siglo XXI
La Ley Nº 9.608 de 1998 de Servicio Voluntario y las políticas públicas de promoción de la juventud                      p. 27
El Siglo XXI y la mejoría del acceso a las universidades: FIES y PROUNI                                                  p. 30
La Ley Nº 11.788 de 2008 sobre el régimen de pasantías y prácticas del estudiante                                        p. 32
Enlaces y documentos de interés                                                                                          p. 34
Resumen                                                                                                                  p. 40




          OBSERVATORIO IBEROAMERICANO DE COMPROMISO SOCIAL Y VOLUNTARIADO UNIVERSITARIO REDIVU

                                                             2
Los orígenes de la vinculación universidad-sociedad en Brasil



    Brasil declara su independencia de Portugal en 1822. Durante el periodo colonial, a diferencia de los
    países de colonización española, en Brasil no existen universidades, cuya creación se inserta en los
    conflictos entre los gobiernos federales, estatales y municipales ocurridos a lo largo del siglo XIX. En
    esta época, las IES no eran aún Universidades: siguiendo un modelo napoleónico, las instituciones se
    organizaron en forma de facultades, institutos y escuelas superiores autónomas de carácter laico y
    estatal que tenían la preocupación de formar la base de las profesiones liberales que tanto
                                                 1
    necesitaba el País en aquel momento .


    Es solamente en el siglo XX que, mediante la fusión de las varias entidades existentes, hasta el
    momento aisladas, se crea el sistema de educación superior brasileño, como medida para adaptar la
    enseñanza a la transición en curso de una sociedad oligárquica a una urbano-industrial. En 1920, se
    crea la Universidad de Rio de Janeiro (hoy Universidad Federal de Rio de Janeiro) y en 1930 el
    Ministerio de Educación y Salud. El surgimiento de las universidades públicas, como la Universidad de
    Sao Paulo en 1934, con la contratación de un gran número de profesores europeos, marca la fuerte
                                                                              2.
    expansión del sistema público federal de educación superior


    En 1931 se emite el Decreto Nº 19.851 (Estatuto das Universidades Brasileiras) que dispone que la
    educación superior en Brasil obedezca, de preferencia, al sistema universitario, pudiendo todavía ser
    suministrada en institutos aislados, y que dicta normas acerca de la organización técnica y
    administrativa de las universidades. El Decreto contiene algunos Artículos referidos a la extensión.
    Entre estos, el Articulo 42 dispone que “A extensão universitária será efetivada por meio de cursos e
    conferências de caráter educacional ou utilitário, uns e outras organizados pelos diversos institutos da
                                                                                    3
    Universidade com prévia autorização do Conselho Universitário” . El primer párrafo de este Artículo
    establece que tales cursos y conferencias apuntan a la difusión de conocimientos útiles a la vida
    individual o colectiva, a la solución de los problemas sociales y a la difusión de las ideas y los
    principios que salvaguardan los altos intereses nacionales.


    En 1932, un grupo de educadores de la élite intelectual del País lanza un manifiesto, conocido como
    “Manifiesto de los Pioneros de la Educación” (Manifesto dos Pioneiros da Educação Nova), en el cual
    se auspicia una reforma educacional de gran alcance.

1
  José Rubens Lima Jardilino, El tema de la autonomía en las reformas educativas en América Latina, consultado el 28 de julio d e
2010 en http://www.reformadel18.unc.edu.ar/privates/Jardilino.doc
2
  Luciane Stalliveri, El sistema de educación superior de Brasil: características, tendencias y perspectivas, en Universidades, mayo-
agosto, numero 034, Unión de Universidades de América latina y el Caribe, Distrito Federal, México, pp. 47 -61. Consultado el 6 de
agosto de 2010 en http://redalyc.uaemex.mx/pdf/373/37303406.pdf
3
  La extensión universitaria se hará efectiva a través de cursos y conferencias de carácter educativo o utilitario, ambos organizados
por los distintos institutos de la Universidad, previa autorización del Consejo Universitario.
                                                                 3
La Constitución promulgada en 1934 retoma las indicaciones del Manifiesto de 1932, incluyendo un
    Artículo, el Nº 150, que establece la responsabilidad de la Unión de elaborar un Plan Nacional de
    Educación para coordinar y supervisar las actividades de enseñanza en todos los niveles, además de
    la de coordinar y fiscalizar su ejecución en todo el territorio nacional.


    El Artículo 155 de la Carta garantiza la libertad de cátedra, mientras que el Articulo 152 especifica
    que: “Compete precipuamente ao Conselho Nacional de Educação, organizado na forma da lei,
    elaborar o plano nacional de educação para ser aprovado pelo Poder Legislativo e sugerir ao Governo
    as medidas que julgar necessárias para a melhor solução dos problemas educativos bem como a
    distribuição adequada dos fundos especiais.
    Parágrafo único - Os Estados e o Distrito Federal, na forma das leis respectivas e para o exercício da
    sua competência na matéria, estabelecerão Conselhos de Educação com funções similares às do
                                                                                                                     4
    Conselho Nacional de Educação e departamentos autônomos de administração do ensino “ .


    Con la misma orientación de la Carta precedente, la Constitución de 1937 prevé la creación de un
    sistema de formación profesional y la obligación, para industrias y sindicatos, de crear para los hijos
    de sus empleados o los miembros de los sindicatos escuelas de aprendizaje en su área de
    especialidad.


    Durante el 1937, el 11 de agosto, en la Casa del Estudiante de Brasil en Río de Janeiro, el entonces
    Consejo Nacional de Estudiantes crea la Unión Nacional de los Estudiantes (União Nacional dos
    Estudantes - UNE). Desde entonces, la UNE empieza a organizarse en congresos anuales y a buscar la
    articulación con otras fuerzas progresistas de la sociedad5. En 1942, la UNE participa en las
    manifestaciones estudiantiles contra las fuerzas responsables de provocar el segundo conflicto
    mundial, mientras que en 1947 los estudiantes promoverán la campaña “El Petróleo es nuestro” (O
    Petróleo é nosso), uno de los más importantes movimientos de opinión publica de la historia del País
    en defensa de los recursos nacionales, del cual surgirá la creación de Petrobrás.


    Como subraya Luis Antonio Cunha, durante la segunda mitad de la década de los Cuarenta y toda la
    de los Cincuenta, en el auge de la Republica Populista, el Gobierno Federal desarrolla una política de
    estatalización de los establecimientos de enseñanza superior estatales y privados, en un proceso que
    lleva a la creación de la mayor parte de las universidades actualmente existentes. Esa “federalización”

4
  Compete principalmente al Consejo Nacional de Educación, organizado bajo la ley, elaborar el plan nacional de educación para
que sea aprobado por el Poder Legislativo y sugerir al Gobierno las medidas que estime necesarias para la mejor solución de l os
problemas educativos así como la asignación adecuada de los fondos especiales.
Párrafo único - Los estados y el Distrito Federal, en la forma de las respectivas leyes y para el ejercicio de sus competencias en la
materia, establecerán Consejos de Educación con funciones similares a las del Consejo Nacional de Educación y los departamentos
autónomos de administración de la educación.
5
  União Nacional dos Estudantes – UNE, Conheça a história da UNE, consultado el 27 de Julio de 2010 en http://www.une.org.br/
                                                                 4
de facultades y universidades interesa a las capas medias en las categorías de profesores (que pasan
    a tener los beneficios laborales del funcionamiento publico) y de estudiantes (que pasan a recibir
    enseñanza gratuita)6.


    En 1946, en el medio de los cambios sociales y políticos producidos por el segundo conflicto mundial,
    y en el esfuerzo de adaptar el sistema educativo a las nuevas políticas económicas de sustitución de
    las importaciones, se promulga una nueva Constitución del Estado. Ésta establece, en su Artículo
    174, que el apoyo a la cultura es deber del Estado y que “A lei promoverá a criação de institutos de
                                                                                              7
    pesquisas, de preferência junto aos estabelecimentos de ensino superior” .


    Durante los años ‘50, el Brasil vive una crisis política que lleva en 1954 al suicidio del Presidente
    Getúlio Dornelles Vargas.




6
  Extracto de Luis Antonio Cuha, Estado y Universidad en Brasil: Cooperación y Conflicto, en Perfiles Educativos, julio – septiembre,
numero 69, Universidad Nacional Autónoma de México, México D.F., 1995, consultado el 28 de julio de 2010 en
http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/132/13206905.pdf
7
  La ley promoverá la creación de institutos de investigación, de preferencia cerca de los establecimientos de educación superi or.
                                                                 5
Los años 60 y la Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional de 1961

Joao Goulart (my.opera.com)
                                                                            Durante el gobierno de Joao
                                                                            Goulart (1961 -1964) surge, a
                                                                            partir   de   la    Asociación
                                                                            Universitaria Católica (AUC),
                                                                            un movimiento estudiantil
                                                                            denominado           Juventud
                                                                            Universitaria Católica (JUC).
                                                                            El Movimiento, organizado
                                                                            según el modelo de la Acción
                                                                            Católica francesa, belga y
                                                                            canadiense, y apoyado por la
                                                                            Unión    Nacional    de    los
                                                                            Estudiantes, se inspira en las
ideas de pensadores católicos de izquierda, como Jacques Maritain, Emmanuel Mounier y el padre
dominico Louis Joseph Lebret, así como del padre jesuita Henrique Cláudio de Lima Vaz. La JUC
cuestiona el modelo liberal-capitalista, promoviendo al interior de las universidades acciones de
cultura y educación popular y reivindicando la igualdad de acceso al sistema educativo, en un
contexto en el cual las clases medio-bajas quedaban casi totalmente excluidas de los estudios, en
cualquier nivel. Esta corriente recibe impulso e inspiración de la Campaña de Alfabetización realizada
en Cuba a principios de los '60 tras el triunfo de la Revolución de 1959.


Después del Golpe Militar de marzo de 1964, los integrantes de la JUC devienen objeto de
persecución y represalia, pasando el movimiento a la clandestinidad.


Ya anteriormente a los movimientos estudiantiles de la UNE y la JUC, existían en Brasil acciones de
socialización de los conocimientos científicos y literarios con la población, promovidas por las
universidades populares. Es pero en los años ‘60 que el concepto y las actividades de Extensión
reciben una connotación más precisa, que irán variando a lo largo de las décadas sucesivas de
manera bastante significativa. Entre los antecedentes de tales conceptos y prácticas merecen
mención obligatoria el Primer Congreso Universitario Americano, realizado en el año 1908, en
Montevideo (Uruguay), y sobre todo la Reforma de Córdoba, implementada en Argentina a partir de
1918. Durante estos eventos, se reclaman por primera vez el reconocimiento del compromiso social
de la educación superior y la necesidad de compartir libremente los conocimientos creados por las
universidades al interior de la sociedad.



                                                   6
En 1961, durante un momento de grave crisis política, el aumento de la demanda educativa, junto
    con la creación de Centros de Cultura Popular, llevan a la promulgación de la Ley Nº 4.024 que
    contiene las Directrices y Bases de la Educación Nacional. Conformemente a lo establecido por el
    Articulo 5 de la Constitución, las Leyes de Directrices y Bases de la Educación (Diretrizes e Bases da
    Educação), tiene el objetivo de aplicar los principios educativos constitucionales al sistema de
    enseñanza nacional. Sucesivamente la Ley será renovada para adaptarse a los principios establecidos
    en las constituciones posteriores.


    La Ley establece que tanto el sector público como el privado puedan impartir educación a todos los
    niveles y mantiene la división por niveles: pre-primaria, primaria, media y superior.
    El Articulo 1 de la Ley establece que la educación nacional, inspirada por los principios de libertad y
    solidaridad humana, tiene los siguientes fines:


    a) a compreensão dos direitos e deveres da pessoa humana, do cidadão, do Estado, da família e dos
         demais grupos que compõem a comunidade;
    b) o respeito à dignidade e às liberdades fundamentais do homem;
    c)   o fortalecimento da unidade nacional e da solidariedade internacional;
    d) o desenvolvimento integral da personalidade humana e a sua participação na obra do bem
         comum;
    e)   o preparo do indivíduo e da sociedade para o domínio dos recursos científicos e tecnológicos que
         lhes permitam utilizar as possibilidades e vencer as dificuldades do meio;
    f)   a preservação e expansão do patrimônio cultural;
    g)   a condenação a qualquer tratamento desigual por motivo de convicção filosófica, política ou
         religiosa, bem como a quaisquer preconceitos de classe ou de raça8.


    El Titulo III asegura la libertad de enseñanza y la representación de los establecimientos de enseñanza
    públicos y privados en los Consejos Estatales de Educación.


    El Titulo IX es dedicado a la Educación Superior, la cual tiene como finalidad el desarrollo de las
    ciencias, las letras y las artes, y la formación de profesionales de nivel universitario. El Artículo 79 del
    Capítulo II (Das Universidades) del Titulo IX prevé que las universidades se constituyan de la reunión,
    bajo una administración común, de cinco a más establecimientos de educación superior.



8
  a) la comprensión de los derechos y deberes de la persona humana, del ciudadano, del Estado, de la familia y de los demás
grupos que integran la comunidad; b) el respeto de la dignidad y las libertades fundamentales del hombre; c) el fortalecimiento de
la unidad nacional y la solidaridad internacional; d) el desarrollo integral de la personalidad humana y su participación en la
construcción del bien común; e) la preparación del individuo y de la sociedad para el dominio de los recursos científicos y
tecnológicos que les permitan aprovechar las oportunidades y superar las dificultades del ambiente; f) la conservación y
ampliación del patrimonio cultural; g) la condena de cualquier trato desigual por motivo de convicciones filosóficas, políticas o
religiosas, así como de cualquier prejuicio de clase o raza.
                                                                7
El Artículo 80 contiene la institución de la autonomía universitaria, al establecer que “As
    Universidades gozarão de autonomia didática, administrativa, financeira e disciplinar, que será
    exercida na forma de seus estatutos”9.


    Según el artículo 84, el Consejo Federal de Educación tiene el poder de suspender por un tiempo
    determinado la autonomía de cualquier universidad, sea ésta pública o privada, a motivo de la
    violación de la Ley o de sus propios estatutos.


    Con respecto a la extensión, la Ley prevé, en su artículo 69 la posibilidad de promover cursos de
    extensión en los establecimientos de educación superior.


    En 1962, surge el primer Plan Nacional de Educación, un conjunto de metas cuantitativas y
    cualitativas a alcanzarse dentro de ocho años. En 1965, en consecuencia de la introducción de
    normas descentralizadoras, el Plan sube una revisión y en 1966 se publica un Plan Complementar de
    Educación, que introduce importantes modificaciones en la distribución de los recursos federales,
    beneficiando en particular la educación al trabajo y la lucha al analfabetismo.


    Durante los años ‘60, se implementan también las primeras experiencias de educación para Adultos,
    entre las cuales destaca el Servicio de Extensión Cultural (SEC) de la Universidad de Recife, creado en
    1962 y en el cual Paulo Freire sistematiza su método para la educación de adultos. El SEC termina sus
    actividades en 1964, no logrando sobrevivir al golpe de Estado contra el presidente izquierdista João
    Goulart realizado la noche del 31 de marzo de ese año. Terminado el experimento, surgen pronto
    otras iniciativas de extensión en las universidades del País que también merecen ser mencionadas
    brevemente. En 1966, la Universidad Federal do Río Grande do Norte desarrolla el programa
    CRUTAC (Centros Rurales Universitarios de Entrenamiento y Acción Comunitaria), que ha logrado
    impulsar iniciativas similares a lo largo de los años en numerosas universidades del País. El CRUTAC se
    crea con el objetivo principal de brindar a los estudiantes universitarios, sobre todo del área de salud,
    la oportunidad de desarrollar un servicio al interior de las comunidades rurales, en línea con el
    espíritu humanista que dominaba las universidades del tiempo. El Programa ha implementado
    principalmente intervenciones de ayuda a las comunidades rurales y de combate a la pobreza, bajo el
    lema de lograr el desarrollo basándose en la educación.


    Hay que recordar que estas iniciativas se desarrollan en un contexto de dictadura, pretendiendo
    “substituirse” al Estado en la provisión de servicios sociales básicos y siendo a menudo apoyadas por
    la oligarquía tradicional hostil al régimen. De hecho, con el golpe de 1964 empieza un régimen militar,
    bajo el cual se produce el encarcelamiento y tortura de cientos de ciudadanos considerados
9
  Las Universidades gozarán de autonomía didáctica, administrativa, financiera y disciplinar, que será ejercitada en las formas
previstas por sus estatutos.
                                                              8
“disidentes”. Las Universidades son sumisas a control y la sede de la Unión Nacional de Estudiantes es
ocupada y destruida, mientras que la misma Unión es disuelta en consecuencia de la Ley Suplicy de
Lacerda (Dispõe sobre os Órgãos de Representação dos Estudantes e dá outras providências) de 1964.




                                                  9
La Ley de Reforma Universitaria Nº 5.540 de 1968


                                                       La Passeada dos Cem Mil (tecituras.wordpress.com)
A partir de fines de
los   años      ‘60,   la
escasez       en       el
número       de        las
instituciones          de
educación       superior
pública,        y      su
consecuente
incapacidad            de
cubrir                 las
necesidades
educativas      de      la
población, impulsan
la expansión de la
enseñanza superior. En este periodo, los movimientos estudiantiles se convierten en la principal
forma de oposición al régimen militar. Ya a principios del año 1968, se organizan varias
manifestaciones, todas duramente reprimidas, en contra de las tendencias privatizadoras de las
políticas educativas del gobierno. A finales de marzo, fuerzas militares entran en el restaurante
universitario "Calabouço", causando la muerte de un chico de 17 años, Edson Luís, lo que provoca
una nueva ola de manifestaciones culminada en la denominada “Passeata dos Cem mil”, el 26 de
junio de 1968. Se trata de la más importante manifestación de protesta en contra del régimen militar,
en la cual cerca de cien mil personas (estudiantes, intelectuales, artistas, padres y maestros) se
oponen a la postura del gobierno frente a las políticas estudiantiles, encarnadas en la Ley de
Directrices y Base de la Educación Nacional de 1961.


Tras un intenso debate publico y la pujanza política del movimiento estudiantil alrededor de la
primera Ley de Directrices y Base de la Educación Nacional, en 1968 se promulga la Ley de Reforma
Universitaria Nº 5.540, con la cual se establece que la Universidad sea la organización normal y
permanente de la enseñanza superior. La Ley incorpora mucha de las propuestas de cambio
presentadas por la USAID (United States Agency for International Development) a los gobiernos
militares a lo largo de la década.




                                                 10
Con respecto a la Extensión, el Articulo 20 de la Ley de Reforma establece que “As universidades e as
     instituições de ensino superior estenderão à comunidade, sob forma de cursos e serviços especiais, as
                                                                             10
     atividades de ensino e os resultados da pesquisa que lhes são inerentes” .
     El Artículo 40 prevé que “as instituições de ensino superior, por meio de suas atividades de extensão
     proporcionarão aos seus corpos discentes oportunidades de participação em programas de melhoria
     das condições de vida da comunidade e no processo geral de desenvolvimento”.11
     Como puede observarse, en esta fase la extensión concibe a la sociedad como mera receptora de los
     servicios de la universidad, sin prever todavía su participación activa.


     La Ley de Reforma Universitaria establece que las universidades públicas lleven a los consejos
     superiores unos “representantes de la comunidad”, incluyendo a las “clases productoras”, con el fin
     de instalar una mentalidad emprendedora en las políticas universitarias. Además, la reforma
     contenida en la Ley de 1968, en la cual se indica la posibilidad de que la enseñanza superior se
     administre, en carácter excepcional, en establecimientos aislados, o sea, fuera de la universidad, abre
                                                                       12
     la posibilidad para la expansión de la enseñanza superior .


     La Ley N° 5.540/68 buscaba principalmente aumentar la eficiencia de la educación superior brasileña
     y muchas de las medidas que introdujo todavía están vigentes. En conformidad con el intento de
     aumentar la eficiencia, muchas facilidades se dieron en los años setenta a la creación de instituciones
             13
     privadas . Fueron pero sobre todo las tendencias privatistas manifestadas por la mayoría de los
     miembros del Consejo Federal de Educación, que facilitaron la proliferación de los centros privados
                                                            14
     de enseñanza superior, en su mayoría aislados . El modelo de expansión del sistema privado será
     posteriormente seguido por los gobiernos de transición democrática (1985 – 1994).




10
   Las universidades y las instituciones de educación superior extenderán a la comunidad, bajo la forma de cursos y servicios
especiales, las actividades de educación y los resultados de la investigación inherentes.
11
   Las instituciones de educación superior, por medio de sus actividades de extensión proporcionarán su cuerpo docente con
oportunidades de participación en programas de mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad y en el proceso
general de desarrollo.
12
     José Rubens Lima Jardilino, El tema de la autonomía en las reformas educativas en América Latina:
http://www.reformadel18.unc.edu.ar/privates/Jardilino.doc
13
   José Dias Sobrinho y Márcia Regina F. de Brito, La educación Superior en Brasil: principales tendencias y desafíos, Avaliação,
Campinas; Sorocaba, SP, v. 13, n. 2, p. 487-507, jul. 2008. Consultado el 29 de julio de 2010 en
http://www.scielo.br/pdf/aval/v13n2/11.pdf
14
   Luis Antonio Cuha, Estado y Universidad en Brasil: Cooperación y Conflicto, en Perfiles Educativos, julio – septiembre, numero
69, Universidad Nacional Autónoma de México, México D.F., 1995: http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/132/13206905.pdf
                                                                 11
Paulo Freire y las bases teóricas y pedagógicas de la extensión Universitaria en
                                            Brasil



     "Nadie libera a nadie, nadie se libera sólo, los hombres se liberan en comunión. Nadie educa a nadie,
     nadie se educa a sí mismo, los hombres se educan entre sí mediatizados por el mundo." (Paulo Freire)


                                                         Al hablar de la historia de la enseñanza en Brasil
                                                         destaca la figura del filósofo Paulo Freire, el cual tuvo
                                                         una gran influencia en delinear la función social de la
                                                         educación y de las universidades, sobre todo desde la
                                                         década de los ‘60. Freire idea y desarrolla un sistema
                                                         pedagógico, que sucesivamente se conocerá como
                                                         “Método Freire”, aplicable a todos los niveles
                                                         educativos, que prevé un aprendizaje activo y
                                                         participativo por parte del educando, considerado no
                                                         como simple receptor de la educación sino como
                                                         constructor del conocimiento mismo.
     Freire concibe la educación como un medio de liberación y mejoramiento continuo de la sociedad.
     Según sus propias palabras, la educación y liberación de las clases más desfavorecidas prevé dos
     momentos: “El primero, en el cual los oprimidos van desvelando el mundo de la opresión y se van
     comprometiendo, en la praxis, con su transformación, y, el segundo, en que, una vez transformada la
     realidad opresora, esta pedagogía deja de ser del oprimido y pasa a ser la pedagogía de los hombres
     en proceso de permanente liberación”.
     La mayor novedad de su sistema educativo reside en incluir la compresión del entorno como parte
     del proceso de aprendizaje de los estudiantes, según la idea que “Enseñar exige respeto a los saberes
     de los educandos”. “No basta con asumir que un estudiante pueda leer la frase ‘Eva vio un fruto’. El
     estudiante debería aprender a entender Eva en su contexto social, descubrir quien trabajó para
     producir el fruto y quien obtuvo provecho de este tipo de trabajo”15.


     En 1954, Freire es nombrado director del Departamento de Educación y Cultura del Servicio Social de
     la Industria (Serviço Social da Indústria – SESI), pasando a ser parte del primer Consejo Estatal de
     Educación de Pernambuco durante los años Cincuenta. En 1959, se doctora en Filosofía e Historia de
     la Educación con la tesis “Educación y actualidad brasileña”. En 1961, es nombrado director del
     Departamento de Extensión Cultural de la Universidad de Recife, desde la cual empieza, en 1963, la

15
   Heinz-Peter Gerhardt, Paulo Freire (1921–97), Prospects: the quarterly review of comparative education (Paris, UNESCO:
International Bureau of Education), vol. XXIII, no. 3/4, 1993, p.439–58. ©UNESCO: International Bureau of Education, 2000.
Consultado el 29 de julio de 2010 en http://www.ibe.unesco.org/publications/ThinkersPdf/freiree.PDF. Traducción del inglés de
Grazia M. Fiore.
                                                            12
implementación de su innovadora metodología pedagógica, logrando la alfabetización de 300
trabajadores rurales, en el marco de la Campaña Nacional de Alfabetización.


A finales de los años Cincuenta y principios de los Sesenta, la Juventud Universitaria Católica
promueve un intenso debate al interior de las universidades, demandando la reforma de la
institución en el campo de la salud y los servicios sociales y organizan encuentros participativos en los
suburbios para la discusión y la propuesta de solución a los problemas de las franjas mas
desventajadas de la sociedad. Contrariamente a muchos de sus colegas, Freire consideraba la
actividad política de los estudiantes como un aspecto necesario y fundamental del proceso de
transición democrática de la sociedad brasileña.


Sus orientaciones democratizadoras le valdrán la cárcel en
su patria. Tras el golpe militar de 1964, sus métodos y
pensamiento son tachados de ser subversivos y agitadores.
Freire se refugia en Chile, donde participa al programa de
educación de adultos del Instituto Chileno para la Reforma
Agraria (ICIRA). En Chile, Freire escribe Pedagogía del
oprimido, dedicado “A los desharrapados del mundo y a
quienes, descubriéndose en ellos, con ellos sufren y con
ellos luchan”, libro que sintetiza sus concepciones
educativas y pedagógicas.


En 1980, tras dieciséis años de exilio, Freire vuelve a Brasil, ejerciendo la docencia en la Universidade
Estadual de Campinas y en la Pontifícia Universidade Católica de São Paulo. En 1986, recibe el
premio internacional «Paz y Educación» de la UNESCO y tres años más tarde deviene Secretario de
Educación en São Paulo.


Freire tiene el merito de haber concretizado la Extensión en Brasil, fomentando la alfabetización de
las clases más desventajadas y la educación popular. Su trabajo de concientización y educación en las
comunidades más pobres durante la época de la dictadura brasileña ha sido de inspiración por el
movimiento de democratización de la enseñanza en el País hasta la actualidad.




                                                   13
La década del 70 y el Proyecto Rondon


     Durante la década de los Setenta, la crisis de del denominado “milagro económico” de Brasil lleva a
     un recrudecimiento de la inflación que afecta particularmente a la clase media y trabajadora, a la cual
     pertenecían la mayoría de los estudiantes de las instituciones de educación superior privadas. Como
     consecuencia, muchos estudiantes abandonan sus cursos, mientras que el número de nuevos
     matriculados en las universidades privadas se ve sensiblemente reducido. Como medida de apoyo, el
     Gobierno Federal crea entonces en 1975 el Programa de Crédito Educativo, que facultaba los bancos
     a conceder préstamos a las universidades para cubrir los estudiantes que no podían pagar los gastos
     de matriculación.


     Conformemente a la tradición latinoamericana, las universidades brasileñas participan en esta época
     al amplio movimiento de protesta en contra del régimen militar, reivindicando la amnistía política, el
     retorno al Estado de derecho y la convocatoria de elecciones libres y directas. Esa politización en el
     ámbito externo a las universidades no tarda en provocar efectos no intencionados en el ámbito
     externo. En cada IES publica, las entidades sindicales de profesores y no docentes se alían a los
     centros de estudiantes para establecer pactos electorales, de los cuales resultaban las “consultas a la
     comunidad”, eufemismo para acomodar la elección de directores y rectores a las normas vigentes de
                 16
     cooptación.


     En ocasión del Primer Seminario de
     Educación     y     Seguridad     Nacional,
     realizado en octubre y noviembre de
     1966 en la Universidad del Estado de
     Guanabara, surge la idea del Proyecto
     Rondon,                    posteriormente
     institucionalizado     a     través      del
     Ministerio del Interior. En esta época, la
     educación es considerada asunto de
     seguridad nacional, y especialmente la
     educación superior, ya que el gobierno
     tenía interés en mantener los universitarios bajo control, inculcándoles la ideología de la seguridad
     nacional.



16
  Luis Antonio Cuha, Estado y Universidad en Brasil: Cooperación y Conflicto, en Perfiles Educativos, julio – septiembre, numero
69, Universidad Nacional Autónoma de México, México D.F., 1995. Consultado el 26 de noviembre de 2010 en:
http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/132/13206905.pdf


                                                              14
Aunque el proyecto no pueda ser clasificado como un programa de extensión universitaria en estricto
 sentido, ya que no ha sido impulsado directamente por Universidades y siendo su enfoque principal
 la defensa de la seguridad del Estado, sus principales actividades fueron preeminentemente de
 carácter asistencial, logrando involucrar a muchas universidades brasileñas que han realizado en este
 marco sus actividades de Extensión. El Proyecto Rondon comienza a implementarse en 1967, cuando
 30 estudiantes y profesores empiezan a trabajar en ciudades muy pobres del Estado de Rondônia.
 Hasta el 1989, año de finalización del proyecto, éste logra involucrar a más de 350 mil estudiantes de
 Universidad y profesores en actividades de asistencia en comunidades pobres.


 Bajo una propuesta de la Unión Nacional de Estudiantes, en 2005 el presidente Luiz Inácio Lula da
 Silva ha relanzado el proyecto, fomentando el envío de estudiantes universitarios en las regiones más
 pobres del norte y nordeste del País, para que se comprometan en la prestación de servicios sociales
 a las comunidades de esas zonas, principalmente en las áreas de educación y salud. En 2004 se crea
 un Grupo de Trabajo Interministerial con la tarea de establecer las directrices y los objetivos del
 Proyecto y los mecanismos para su implementación.


 En 1975, el Ministerio de Educación y Cultura crea la Coordinación de las Actividades de Extensión
 (Coordenação de Atividades de Extensão) en el Departamento de Asuntos Universitarios
 (Departamento de Assuntos Universitários), con el objetivo de coordinar las actividades de extensión
 a nivel nacional. La Coordinación produce un Plan de Trabajo de Extensión Universitaria que
 establece que la "Coordenação das Atividades de Extensão deverá articular-se com Organismos que
 servem de suporte à ação extensionista das Universidades, visando a garantia de uma linha de ação
 em comum e a promoção de atividades que possam garantir esta unidade"17.


 En la actualidad, el Proyecto Rondon es coordinado por el Ministerio de la Defensa y prevé la
 participación voluntaria de profesores y estudiantes universitarios en la búsqueda de soluciones que
 contribuyan al desarrollo sustentable de las comunidades más desventajadas.




17
   La Coordinación de las Actividades de Extensión deberá articularse con Organismos que apoyen las acciones extensionistas de
las Universidades, apuntando a garantizar una línea de acción común y la promoción de actividades que aseguren tal unidad.
Fuente: Mendes, I.A.C.; TREVIZAN, M.A.;CUNHA, A.M.P. Campus Avançado como Extensão Universitária. Rev. Bras. Enf, v.4, n.31,
p.32-38, 1978. Consultado el 6 de agosto de 2010 en: http://gepecopen.eerp.usp.br/files/artigos/Artigo12fin.pdf
                                                              15
La década de los Ochenta y el fomento de la Extensión universitaria


La expansión de las instituciones de enseñanza superior, posibilitada por la Ley de Reforma
Universitaria Nº 5.540 de 1968, conduce durante las décadas sucesivas a la creación de numerosas
instituciones aisladas, denominadas Integradas o Asociadas. En la década de los ‘80, éstas reclaman
su condición de Universidad en frente del Ministerio de Educación, provocando un fuerte rechazo por
parte de la comunidad académica, ya que tales instituciones no cumplían con mandato de
indisolubilidad de Enseñanza, Investigación y Extensión.


En el contexto político del tiempo, se generan y encuentran numerosos movimientos con
aspiraciones de cambio social, de la lucha por la tierra a la reforma del sistema sanitario. Surgen
entonces el Partido de los Trabajadores (Partido dos Trabalhadores - PT), la Central Única de los
Trabajadores (Central Única dos Trabalhadores – CUT), los Ejecutivos de Curso Estudiantil (Executivas
de Curso Estudantil), la Federación de Estudiantes de Agronomía (Federação dos Estudantes de
Agronomia – FEAB) y la Dirección Ejecutiva Nacional de Estudiantes de Medicina (Direção Executiva
Nacional dos Estudantes de Medicina – DENEM).
Todos estos movimientos, acompañados por el desenvolvimiento de un intenso discurso en torno al
concepto de Extensión en las universidades, se insertan en el proceso de democratización que Brasil
vive en ese entonces.


En 1985, se crea por Decreto Nº 91.177 la Comisión Nacional para la Reforma de la Educación
Superior (Comissão Nacional para a Reformulação da Educação Superior), con la tarea de proponer
soluciones para la reforma del sistema de educación superior en el País. En el plazo de seis meses, la
Comisión elabora una Relatoría final, denominada “Una nueva política para la educación superior”
(Uma nova política para a educação superior) en la cual se auspicia desencadenar un “proceso de
amplia discusión y participación en torno a los grandes problemas de la educación superior, del cual
resulte una nueva política que pueda ser implementada con el amplio apoyo de la comunidad
universitaria y del resto del País”. El Documento auspicia la creación de una universidad
modernizadora, centrada en la investigación y en la evaluación del desempeño para el otorgamiento
de financiamiento. La Extensión se define como una de las actividades esenciales de la Universidad en
cualquier sociedad moderna, con el fin de volcar en ésta los conocimientos producidos al interior de
las instituciones de educación superior. El diagnostico que acompaña la relatoría indica la necesidad
de fortalecer la extensión, casi ausente en las practicas académicas hasta el momento, entendida
fundamentalmente como prestación de servicios.


En noviembre de 1987, se realiza en la ciudad de Brasilia el I Encuentro Nacional de Pro-Rectores de
Extensión de las Universidades Públicas Brasileñas (I Encontro Nacional de Pró-Reitores de Extensão
                                                 16
das Universidades Públicas Brasileiras), del cual surge el Foro Nacional de Pro-Rectores de Extensión
 (Fórum Nacional de Pró-Reitores de Extensão – FORPROEX). Éste se da la tarea de aglutinar las
 distintas aspiraciones de cambio social surgidas en la Universidad, con la creación de la Red Nacional
 de Extensión (Rede Nacional de Extensão – RENEX), y llegando a formular una concepción progresista
 de la Extensión Universitaria.
 Los Encuentros entre los Pro-rectores de Extensión de las Universidades públicas prosiguen a lo largo
 de los años, habiéndose realizado en 2010 su XXVII edición.




             forproexsudeste.blogspot.com

 La década de los '80 termina de hecho con el derrumbe del Régimen Liberal, la llamada a las
 elecciones directas, la creación del Sistema Único de Salud (Sistema Único de Saúde – SUS) y la
 promulgación, el 5 de octubre de 1988, de una nueva Constitución del Estado Federal (Constituição
 da República Federativa do Brasil), a partir de la cual se genera una amplia reforma del sistema de
 educación brasileño. La Constitución elimina el régimen tutelar del Código Civil de 1916 que incluía a
 los indígenas entre los relativamente incapaces ante la Ley (Art. 6), junto con las mujeres casadas y
 los pródigos.
 En el campo de la educación, la Constitución introduce numerosas importantes reformas. En ella se
 establece que “la enseñanza es libre a la iniciativa privada", bajo "cumplimiento de las normas
 generales de la educación nacional" y la "autorización y evaluación de calidad por el poder público".
 Se auspicia la mejora de la calidad de la enseñanza y la creación de procesos de evaluación de la
 calidad educativa.


                                             Un elemento de enorme innovación es el reconocimiento de la
                                             autonomía universitaria ya que, acorde al Artículo 207 de la Carta, las
                                             universidades brasileñas “gozam de autonomia didático-científica,
                                                                                                 18
                                             administrativa e de gestão financeira e patrimonial” , siendo libres
                                             de administrar sus cursos, elaborar los Estatutos y establecer criterios
                                             propios para la atribución de grados, la expedición de registros y
                                             diplomas, la estipulación de contratos acuerdos o convenios, la
                                             contratación y dispensa de los profesores y la elaboración de los
                                             planes de estudio y los currículos. Además, el mismo Artículo 207

18
     Gozan de autonomía didáctico - científica, administrativa y de gestión financiera y patrimonial.
                                                                   17
establece que las universidades “obedecerão ao princípio de indissociabilidade entre ensino, pesquisa
     e extensão”19.
     El Artículo 213 prevé que las actividades universitarias de investigación y extensión puedan recibir
     apoyo financiero por el Poder Publico.




19
     Obedecerán al principio de la indivisibilidad, investigación y extensión.
                                                                     18
La Ley de Directrices y Bases de Educación Nacional de 1996


     Como otros países latinoamericanos, sobre todo a partir de los Noventa, Brasil viene experimentando
     diversos cambios en su sistema de educación superior, a nivel de grado. Dos desafíos principales
     ofrecen las motivaciones para esas mutaciones: aumentar la competitividad de la economía en el
     mundo globalizado a través de un incremento en la formación de profesionales y, por otro lado,
     fortalecer los valores democráticos, en especial la equidad, a través de la ampliación de
     oportunidades de acceso y permanencia y el fortalecimiento de valores adecuados a la formación
     ciudadana20.


     Durante el gobierno de Fernando Henrique Cardoso (1995-2002), se desarrollan políticas de
     descentralización y privatización en los diversos subsistemas. Se idean e implementan una cantidad
     de reformas enfocadas a garantizar la calidad de la educación superior y fomentar la expansión del
     sector privado, como medida para absorber la creciente demanda.


     La gestión de Cardoso con respecto a la educación superior se caracteriza por el establecimiento de
     un sistema de evaluación centralizado por parte del Ministerio de Educación (MEC) y el abandono del
     trinomio enseñanza-investigación-extensión. En este sentido, la nueva prioridad de la Universidad
     brasileña es principalmente la de formar profesionales que respondan a las necesidades productivas
     del País.


     La Reforma impulsada por la Constitución de 1988 culmina con la aprobación de la actual Ley de
     Directrices y Bases de Educación Nacional, Ley Nº 9.394/96 (Lei de Diretrizes e Bases da Educação
     Nacional).


     De acuerdo con el Articulo 43 de La Ley, los fines de la Educación Superior son los siguientes:


     I - estimular a criação cultural e o desenvolvimento do espírito científico e do pensamento reflexivo;
     II - formar diplomados nas diferentes áreas de conhecimento, aptos para a inserção em setores
     profissionais e para a participação no desenvolvimento da sociedade brasileira, e colaborar na sua
     formação contínua;
     III - incentivar o trabalho de pesquisa e investigação científica, visando o desenvolvimento da ciência e
     da tecnologia e da criação e difusão da cultura, e, desse modo, desenvolver o entendimento do
     homem e do meio em que vive;



20
  José Dias Sobrinho y Márcia Regina F. de Brito, La educación Superior en Brasil: principales tendencias y desafíos, Avaliação,
Campinas; Sorocaba, SP, v. 13, n. 2, p. 487-507, jul. 2008. Consultado el 29 de julio de 2010 en
http://www.scielo.br/pdf/aval/v13n2/11.pdf
                                                              19
IV - promover a divulgação de conhecimentos culturais, científicos e técnicos que constituem
     patrimônio da humanidade e comunicar o saber através do ensino, de publicações ou de outras
     formas de comunicação;
     V - suscitar o desejo permanente de aperfeiçoamento cultural e profissional e possibilitar a
     correspondente concretização, integrando os conhecimentos que vão sendo adquiridos numa
     estrutura intelectual sistematizadora do conhecimento de cada geração;
     VI - estimular o conhecimento dos problemas do mundo presente, em particular os nacionais e
     regionais, prestar serviços especializados à comunidade e estabelecer com esta uma relação de
     reciprocidade;
     VII - promover a extensão, aberta à participação da população, visando à difusão das conquistas e
     benefícios resultantes da criação cultural e da pesquisa científica e tecnológica geradas na
     instituição21.


     El Articulo 56 dispone el máximo de representación estudiantil en forma indirecta, al establecer que
     “os docentes ocuparão setenta por cento dos assentos em cada órgão colegiado e comissão, inclusive
     nos que tratarem da elaboração e modificações estatutárias e regimentais, bem como da escolha de
     dirigentes”22.


     En el Capítulo VI de la Ley se explicita el concepto de Extensión Universitaria, en particular en el inciso
     VII del Articulo 43, el cual enumera, entre las finalidades de la educación superior “promover a
     extensão, aberta à participação da população, visando à difusão das conquistas e benefícios
                                                                                                                      23
     resultantes da criação cultural e da pesquisa científica e tecnológica geradas na instituição” .


     La Ley establece la obligatoriedad de la realización de la pasantía estudiantil, la cual tiene una
     connotación curricular en términos de créditos. En el Artículo 82, la Ley establece que “Os sistemas
     de ensino estabelecerão as normas para realização dos estágios dos alunos regularmente
     matriculados no ensino médio ou superior em sua jurisdição. O estágio realizado nas condições deste



21
    I.Fomentar la creación cultural y el desarrollo del espíritu científico y del pensamiento reflexivo; II. formar a graduados en los
diferentes campos del conocimiento, aptos para insertarse en los sectores profesionales y participar en el desarrollo de la
sociedad brasileña, y colaborar en su formación continua; III. fomentar el trabajo de investigación y la investigación científica,
dirigida al desarrollo de la ciencia y la tecnología y a la creación y difusión de la cultura y, de esta manera, desarrollar la
comprensión del hombre y del entorno en que vive; IV. promover la difusión de conocimientos culturales, científicos y técnicos
que constituyen patrimonio de la humanidad y transmitir los conocimientos a través de la enseñanza, publicaciones u otras formas
de comunicación; V. suscitar el deseo permanente de perfeccionamiento profesional y cultural, y permitir su correspondiente
concretización, integrando los conocimientos que se van adquiriendo en una estructura intelectual sistematizadora del
conocimiento de cada generación; VI. estimular el conocimiento de los problemas del mundo contemporáneo, en particular de los
nacionales y regionales, prestar servicios especializados a la comunidad y establecer con ella una relación de reciprocidad; VII.
promover la extensión, abierta a la participación de la población, apuntando a la difusión de las conquistas y los beneficios de la
creación cultural y de la investigación científica y tecnología generados en la institución.
22
   Los docentes ocuparán un setenta por ciento de asientos en cada órgano colegial y comisión, incluso en los que traten de la
elaboración y modificación de estatutos y reglamentos, así como de la elección de los directivos.
23
   Promover la extensión, abierta a la participación de la población, apuntando a la difusión de los logros y los beneficios
resultantes de la creación cultural y la investigación científica y tecnológica generadas en la institución.
                                                                 20
artigo não estabelecem vínculo empregatício, podendo o estagiário receber bolsa de estágio, estar
                                                                                                  24
     segurado contra acidentes e ter a cobertura previdenciária prevista na legislação específica” .


     Además, el Articulo 47 de la Ley reconoce formalmente la posibilidad de dictar cursos de grado en
     modalidad a distancia, mientras que el Artículo 80 establece que “O Poder Público incentivará o
     desenvolvimento e a veiculação de programas de ensino a distância, em todos os níveis e
                                                                 25
     modalidades de ensino, e de educação continuada” .


     La Educación a distancia será sucesivamente reglamentada por el Decreto N° 2.494 y el Decreto
     N°2.561, ambos de 1998 y revocados por Decreto Nº 5.622 de 2005. La educación a distancia
     representa por muchas universidades el lugar privilegiado para hacer extensión.




24
   Los institutos educativos establecerán las normas para la realización de las pasantías de los alumnos regularmente matriculados
en la enseñanza secundaria o superior en su jurisdicción. La pasantía realizada bajo las condiciones de este artículo no constituye
una relación de trabajo, pudiendo el pasante recibir una bolsa para la pasantía, estar asegurado contra accidentes y tener la
cubertura previsional prevista en la legislación específica.
25
   El Poder Publico ffomentará el desarrollo y la difusión de los programas de educación a distancia, en todos los niveles y
modalidades de enseñanza, y de la educación continua.
                                                               21
La reorganización y evaluación de la educación superior brasileña


     Durante la década de los Noventa, el aumento de matrículas en la enseñanza media y la nueva
     normativa establecida por la Ley de Directrices y Bases de Educación Nacional Nº 9.394/96 resultan
     en una enorme expansión de las Instituciones Privadas de Enseñanza Superior.


     En 1997, el Decreto Nº 2.306 (Revocado por Decreto Nº 3.860 de 2001, también revocado por
     Decreto Nº 5.773 de 2006) reglamenta las disposiciones contenidas en los artículos 16, 19, 20, 45, 46
     y § 1º, 52, parágrafo único, 54 y 88 de la Ley Nº 9.394 de 1996 con respeto al Sistema Federal de
     Educación.
     El Artículo 8 del Decreto clasifica a las instituciones de educación superior en: universidades, centros
     universitarios, facultades integradas, facultades e institutos superiores (o escuelas superiores).
     El siguiente articulo especifica que “As universidades, na forma do disposto no art. 207 da
     Constituição Federal, caracterizam-se pela indissociabilidade das atividades de ensino, de pesquisa e
                                                                                                       26
     de extensão, atendendo ainda ao disposto no art. 52 da Lei nº 9.394, de 1996”.
     El mismo artículo prevé que la creación de universidades especializadas pueda admitirse solo tras
     verificar la existencia de actividades de enseñanza e investigación tanto en las materias básicas como
     en las aplicadas.


     El Articulo 12 califica a los centros universitarios como “as instituições de ensino superior
     pluricurriculares, abrangendo uma ou mais áreas do conhecimento, que se caracterizam pela
     excelência do ensino oferecido, comprovada pela qualificação do seu corpo docente e pelas condições
     de trabalho acadêmico oferecidas à comunidade escolar, nos termos das normas estabelecidas pelo
                                                                                                        27
     Ministro de Estado da Educação e do Desporto para o seu credenciamento”                                 . La autonomía para
     crear, organizar y extinguir cursos y programas educativos, se extiende a los Centros Universitarios,
     quedando abierta la posibilidad de ampliar ulteriormente tal autonomía.


     Al establecer los Centros Universitarios, el Decreto Nº 2.306 hace que surja la imagen popular de la
     universidad. O sea, se crea en Brasil un nivel jerárquicamente inferior a las tradicionales,
     implantándose así, una dicotomía entre dos tipos de universidad – una de enseñanza, otra de
     investigación. Esa concepción rompe con el ideal de universidad pensada en Brasil en su reforma de
     196828.


26
   Las universidades, así como dispuesto por el Articulo 207 de la Constitución Federal, se caracterizan por la indisociabilidad de las
actividades de enseñanza, de investigación y de extensión, respondiendo a lo dispuesto en el art. 52 de la Ley Nº 9.394, de 1996.
27
   Las instituciones de enseñanza superior pluricurriculares, abarcando una o más áreas del conocimiento, que se caracterizan por
la excelencia de la enseñanza ofrecida, comprobada por la calificación de su cuerpo docente y por las condiciones de trabajo
académico proporcionadas a la comunidad estudiantil, en los términos de las normas establecida por el Ministerio de Estado, d e
Educación y del Deporte para su registro.
28
   José Rubens Lima Jardilino, El tema de la autonomía en las reformas educativas en América Latina, Consultado el 26 de
noviembre de 2010 en http://www.reformadel18.unc.edu.ar/privates/Jardilino.doc
                                                                 22
El sistema es ulteriormente reglamentado en el 2001, por medio del Decreto Nº 3.860 (Revocado por
     el Decreto Nº 5.773 de 2006) que dispone sobre la organización de la educación superior, la
     acreditación de cursos e instituciones y otras providencias (Dispõe sobre a organização do ensino
     superior, a avaliação de cursos e instituições, e dá outras providências).


     En 1993, se crea el Programa de Evaluación Institucional de las Universidades Brasileñas (PAIUB). A
     éste se suman en diciembre de 1995 el Consejo Nacional de Educación (Conselho Nacional de
     Educação), creado por Ley N° 9.131 de 1995, la cual además reformula la normativa en materia de
     creación de nuevas Instituciones de Educación Superior, en vista de la expansión del sector frente a la
     creciente demanda. La Ley indica los pilares de las políticas educativas del momento, o sea
     autonomía, calidad y evaluación, ésta ultima considerada indispensable para medir los alcances de las
     reformas educativas e impulsa el establecimiento del Exame Nacional de Carreras “Provão” en 1996
     y de mecanismos de Evaluación de las condiciones de oferta de los cursos de Pregrado en 1997.


     Se trataba de una evaluación enfocada principalmente al desempeño de los estudiantes, del cual
     dependía la autonomía de las universidades, por lo cual, como subrayado por José Dias Sobrinho y
     Márcia Regina F. de Brito (2008) “se trata de una autonomía evaluada, o sea, controlada y limitada
     por un instrumento de evaluación y pendiente de sus resultados (control de resultados de acuerdo al
                     29
     producto final)” .




29
  José Dias Sobrinho y Márcia Regina F. de Brito, La educación Superior en Brasil: principales tendencias y desafíos, Avaliação,
Campinas; Sorocaba, SP, v. 13, n. 2, p. 487-507, jul. 2008: Consultado el 26 de noviembre de 2010 en
http://www.scielo.br/pdf/aval/v13n2/11.pdf
                                                              23
La institucionalización de la Extensión universitaria entre la década de los
                             Noventa y el principio del siglo XXI



El periodo entre 1993 y 1994 se presenta como una fase
de intenso dialogo y articulación entre el Foro Nacional de
Pro-Rectores de Extensión y la Secretaria de Educación
Superior (Secretaria de Educação Superior) del Ministerio
de Educación (Ministério da Educação).


En abril de 1993, la Secretaria funda la Comisión de
Extensión    Universitaria    (Comissão     de    Extensão
Universitária), con el objetivo de elaborar programas y
directrices para el fomento de la extensión en las
instituciones de Educación Superior. Poco tiempo después, la Comisión crea el Programa de Fomento
de la Extensión Universitaria (Programa de Fomento à Extensão Universitária – PROEXT), primer
programa nacional para incentivar la Extensión Universitaria en Brasil y que se constituye de facto
como una política de extensión de las universidades públicas del País. El programa se basa en el
principio de indisociabilidad de docencia, investigación y extensión, estableciendo las relaciones
entre estas tres funciones de la educación superior.


En 1997, la Universidade Federal da Paraíba (UFBT) y el Movimiento de Trabajadores Sin Tierra
(Movimento dos Trabalhadores Sem-Terra – MST) crean el Programa Nacional de Educación de la
Reforma Agraria (Programa Nacional de Educação da Reforma Agrária – PRONERA).


En 1999, se crea, durante el XV Encuentro del Fórum de Pro-Rectores de Extensión de las
Universidades Públicas, el Grupo de Trabajo de Calificación de la Extensión Universitaria (Grupo de
Trabalho de Avaliação da Extensão Universitária). Durante el mismo año, la Universidade Virtual
Publica do Brasil constituye un consorcio instituciones públicas de educación superior, hoy conocido
con el nombre de UniRede, con el objetivo de incrementar las posibilidades de acceso a la educación
superior a través de la oferta de cursos a distancia en los niveles de grado, posgrado y extensión. El
primer párrafo del primer documento elaborado en ocasión de la creación del consorcio recita “Os
representantes das 18 universidades presentes à I Reunião da Universidade Virtual Pública do Brasil,
nos dias 2 e 3/12 em Brasília, UnB, estão conscientes de que já é hora do sistema público de ensino




                                                  24
superior ocupar e ampliar seu espaço, partindo para uma ação arrojada, inovadora, responsável e
                                                                                                                 30
 concreta, como resposta às desigualdades e injustiças no campo da educação superior.”


 UniRede recibe apoyo de los ministerios de Educación y de Ciencia y Tecnología para promover
 cursos de grado y posgrado en modalidad a distancia, contribuyendo así a reducir la brecha virtual y
 brindar oportunidades de formación superior a aquellos que, por varias razones, no pueden atender
 cursos presenciales.


 En Junio de 2000, en la Universidade Federal da Paraíba (UFBT) se realiza el I Encuentro Nacional de
 Evaluación de la Extensión Universitaria (I Encontro Nacional de Avaliação da Extensão Universitária),
 en el marco del XVI Encuentro Nacional de PROEX. En Diciembre del mismo año, el Grupo de Trabajo
 entrega al FORPROEX el documento “Evaluación Nacional de la extensión Universitaria” (Avaliação
 Nacional da Extensão Universitária), publicado el año sucesivo en la Colección de Extensión
 Universitaria del MEC. El estudio concibe la evaluación de la extensión en cinco dimensiones, fijando
 indicadores para cada una de ellas: la política de gestión, la infraestructura, la relación universidad-
 sociedad, el plan académico y la producción académica.


 El grupo de Trabajo se transforma en mayo de 2001 en Comisión Permanente de Evaluación de la
 Extensión (Comissão Permanente de Avaliação de Extensão), con la tarea de elaborar los
 instrumentos de evaluación de la extensión a aplicarse en todas las universidades públicas del País.
 Los instrumentos son disponibles en el sitio web de la Red Nacional de Extensión
 (www.renex.org.br).
 En 2001, tras la participación de una delegación brasileña en el V Congreso Iberoamericano de
 Extensión Universitaria organizado en Morelia, Mexico, se realiza en San Paulo el VI Congreso
 Iberoamericano de Extensión Universitaria, con el título “Universidad y Sociedad”, mientras que en
 2005 el VIII Congreso Iberoamericano se realiza en Rio de Janeiro.


                                                  En 2001, en consecuencia de una propuesta del “Fórum de Pró-
                                                  Reitores de Extensão das Universidades Públicas Brasileiras” se
                                                  realiza el primer Congreso Brasileño de Extensión Universitaria
                                                  (Congresso Brasileiro de Extensão Universitária - CBEU), del
                                                  cual surge la Articulación (o Acción) Nacional de Extensión
                                                  Universitaria (Articulação ou Ação Nacional de Extensão
                                                  Universitária – ANEXU). La ANEXU tiene vida breve, terminando


30
   Los representantes de las 18 universidades presentes a la I Reunión de la Universidad Virtual Pública de Brasil, en los días 2 y 3
/12 en Brasilia, UnB, son conscientes de que ya es hora que el sistema público de educación superior ocupe y amplíe su espacio,
empezando una acción audaz, innovadora, responsable y concreta, en respuesta a las desigualdades e injusticias en el campo de la
educación superior.
                                                                25
sus actividades durante el Congreso Iberoamericano de Extensión de la Universidad de Río de Janeiro
(Congresso Iberoamericano de Extensão Universitário do Rio de Janeiro) en 2002.


Siempre en 2001, se promulga el Decreto N º3.860, con el cual se encarga al Ministerio de Educación
la coordinación de las IES, incluyendo la aprobación de cursos y programas académicos, tarea esta
ultima asumida por el Instituto Nacional de Estudios e Investigaciones Educativos (Instituto Nacional
de Estudos e Pesquisas Educacionais - INEP).




                                                 26
La Ley Nº 9.608 de 1998 de Servicio Voluntario y las políticas públicas de
                                             promoción de la juventud



     En 1995, se crea el Programa Universidad Solidaria
     (Universidade Solidária - UniSol), con el fin de articular e
     implementar los proyectos y las acciones sociales de las
     instituciones de educación superior, en colaboración con
     empresas públicas y privadas, organizaciones del Tercer
     Sector y comunidades. UniSol fomenta la adquisición de
     capacidades de liderazgo por parte de los universitarios y el fortalecimiento de la extensión
     universitaria en general.


     A partir de las demandas de las comunidades y de la opinión de equipos especializados, UniSol
     promueve actividades socio-educativas en diversas áreas, tales como: organización comunitaria,
     protección del medioambiente, educación, cultura, turismo, salud y deporte. Desde su creación, el
     programa ha logrado involucrar a estudiantes y profesores provenientes de más de 200 universidades
     en acciones a beneficio de 1.313 comunidades en todo el País.


     Con el fin de regular la acción voluntaria, el 18 de febrero de 1998 se promulga la Ley Nº 9.608, la
     cual dispone sobre el servicio voluntario y otras providencias. La Ley se compone de cinco artículos
     permanentes, tres de fondo y dos de forma. Su fin principal es de establecer legalmente el concepto
     de servicio voluntario.


     El Artículo 1 especifica que “Considera-se serviço voluntário, para fins desta Lei, a atividade não
     remunerada, prestada por pessoa física a entidade pública de qualquer natureza, ou a instituição
     privada de fins não lucrativos, que tenha objetivos cívicos, culturais, educacionais, científicos,
                                                                             31
     recreativos ou de assistência social, inclusive mutualidade” . La Ley permite que la prestación de la
     actividad voluntaria se realice en instituciones públicas o privadas, pero sin fines lucrativos y que
     tengan interés social. El Párrafo único del mismo Artículo aclara que el servicio voluntario no genera
     vínculo laboral, ni implica obligaciones en términos de previdencia social asociadas con el trabajo.


     Las Entidades de Voluntariado son aquellas que persiguen un interés social, pudiendo ser de carácter
     público, en el cual caso podrán desarrollar cualquier tipo de actividad, o privado, pudiendo
     implementar solo acciones no lucrativas. La relación de voluntariado se constituye mediante contrato

31
  Se considera servicio voluntario, para los fines de esta ley, la actividad no remunerada, prestada por una persona física en una
entidad pública de cualquier naturaleza, o en una institución privada sin fines de lucro, que persiga objetivos cívicos, culturales,
educacionales, científicos, recreativos o de asistencia social, incluyendo mutualidades.
                                                                27
(termo de adesão) entre la institución beneficiaria del servicio voluntario y el mismo voluntario. El
Contrato debe contener mención del tipo de servicio y las condiciones para su realización, entre las
cuales el periodo y los horarios de desempeño, los resultados esperados del servicio y los gastos que
la institución indemniza al voluntario para el ejercicio de sus funciones.


En 1998, comienza, por iniciativa de la Secretaria de Estado de Derechos Humanos del Ministerio de
Justicia el programa de Servicio Civil Voluntario, con el objeto de vincular cursos educativos y trabajo
voluntario en comunidades pobres, como alternativa para jóvenes dispensados del servicio militar
obligatorio. El programa tiene una duración prevista de seiscientas horas, en seis meses, y
proporciona apoyo de alimentación, transporte y beca para los capacitados.


En 2001 el Gobierno Federal crea la Política Civil de Servicio Voluntario, en el marco del Programa
Nacional de Derechos Humanos. El Programa se implementa de 1998 a 2002, siendo su ejecución
otorgada a entidades de educación profesional, entre las cuales las universidades, contratadas en
cado Estado por las Secretarias Estatales de Trabajo. Entre 1998 y 2002, el programa ha logrado
atender casi 42.000 jóvenes en todo el territorio federal.


Esta iniciativa es complementada por el Programa Mi primer Empleo (Meu Primeiro Emprego), que
involucra jóvenes entre 16 y 21 años en pasantías laborales con el fin de disminuir el desempleo en el
País; el Plan Nacional para la Juventud aprobado en 2004 y elaborado por el Congreso brasileño; el
"Proyecto Juventud" (Projeto Juventude) del Instituto da Cidadania, una ONG creada por el
Presidente Lula da Silva enfocada a buscar soluciones a los problemas que afectan la juventud
brasileña; y la iniciativa Viva Río de 1993.


En 1999 se sanciona la Ley Nº 9.790 como alternativa para el Tercer Sector (Dispõe sobre a
qualificação de pessoas jurídicas de direito privado, sem fins lucrativos, como Organizações da
Sociedade Civil de Interesse Público, institui e disciplina o Termo de Parceria, e dá outras
providências).
La Ley trata de la calificación de las entidades incluidas en el denominado Tercer Sector, entre las
cuales figuran también los centros de enseñanza privados. El 30 de Julio del mismo año, se emite el
Decreto Nº 3.100, conteniente la Reglamentación a la Ley Nº 9.790


El 30 de junio de 2005, se promulga la Ley Nº
11.129 que crea el Programa Nacional de
Inclusión Juvenil (Programa Nacional de
Inclusão de Jovens – ProJovem) y la Secretaria
Nacional de la Juventud (Secretaria Nacional

                                                   28
de Juventude). La Ley es sucesivamente modificada por la Ley Nº 11.692 del 10 de junio de 2008, que
     “Dispone sobre el Programa Nacional de Inclusión Juvenil instituido por la Ley Nº 11.129 del 30 de
     junio de 2005; altera la Ley Nº 10.836 del 9 de enero de 2004; revoca las disposiciones de las Leyes Nº
     9.608 del 18 de febrero de 1998, Nº 10.748 del 22 de octubre de 2003, 10.940, de 27 del 27 agosto de
     2004, Nº 11.129, del 30 de junio de 2005, y Nº 11.180, del 23 de septiembre de 2005”.


     El PROJOVEM es destinado a jóvenes entre 15 y 29 años de edad. El programa es gestionado y
     ejecutado por la Secretaria General de la Presidencia de la Republica y los Ministerios de Educación,
     de Trabajo y Empleo y de Desarrollo Social y Combate al Hambre, tiene el objetivo de promover su
     reintegración al proceso educativo, su calificación profesional y su desarrollo humano (Art. 2), a
     través de cuatro modalidades: el Projovem Adolescente – Servicio Socioeducativo, el Projovem
     Urbano, el Projovem campo – saberes de la Tierra, y el Projovem Trabajador.


     Según los cálculos de Johns Hopkins, el aporte de las organizaciones de la sociedad civil apoyadas en
                                                                     32
     voluntariado supera en Brasil el 2% del Producto Bruto .




32
  Perold, H. y Tapia, M.N. (editoras) (2007) Servicio Cívico y Voluntariado en Latinoamérica y el Caribe. Service Enquiry/Servicio
Cívico y Voluntariado Volumen 2. Buenos Aires, Centro Latinoamericano de Aprendizaje y Servicio Solidario; Johannesburg,
Volunteer and Service Enquiry Southern Africa; St. Louis, Washington University, The Center for Social Development; Washington
DC, Innovations in Civic Participation. Consultado el 2 de agosto de 2010 en: http://www.service-enquiry.org.za
                                                               29
El Siglo XXI y la mejoría del acceso a las universidades: FIES y PROUNI


     En la actualidad, la gran mayoría de la población de Brasil no tiene acceso a la educación superior.,
     por lo cual el sistema sigue siendo fundamentalmente de élite. Para tentar cambiar esta realidad una
     de las metas del Plan Nacional de Educación aprobado en el año 2000, es de “proveer hasta el fin de
     la década la oferta de educación superior para por lo menos el 30% del grupo de edad de 18 a 24
     años”.


     Para que los estudiantes más necesitados puedan ingresar en las universidades privadas brasileñas se
     ha creado en 1999 el Programa de Financiamiento Estudiantil (FIES) – destinado a financiar los gastos
     de graduación para los estudiantes económicamente más desventajados. EL FIES financia los estudios
     de alumnos seleccionados por el Ministerio de Educación y regularmente matriculados en
     Instituciones no-gratuitas, debidamente catastradas y evaluadas positivamente en los procesos
     evaluativos oficiales. El financiamiento, en general, corresponde a 50% del valor de la matrícula. En
     2006, se contaban 1.513 instituciones y 449.786 estudiantes beneficiados por el programa. En 2005,
     el FIES ha beneficiado a aproximadamente 1,5 millones de alumnos.


     Por eso en 2004 el gobierno de Luis Inácio Lula da
     Silva ha creado políticas de inclusión educativa tales
     como el PROUNI – Programa Universidade para
     Todos –, creado por la Medida Provisoria Nº 213, que
     ofrece bolsas de estudio integrales y parciales en
     instituciones de educación superior a los estudiantes
     que no tengan las condiciones financieras. A cambio,
     las instituciones de enseñanza están exentas de pagar
     impuestos. La gestión del programa es otorgada al
     Ministerio de Educación. El Párrafo 1 del Artículo 4 de
     la Medida Provisoria establece que “O estudante
     beneficiário do PROUNI poderá prestar serviços comunitários, nos termos de normas expedidas pelo
                                                                         o
     Ministério da Educação, aplicando-se à atividade o disposto na Lei n 9.608, de 18 de fevereiro de
     1998”33.


     De esta manera, la normativa en tema de voluntariado se integra y complementa por nuevos
     instrumentos y posibilidades de acción. El PROUNI está demostrando su pertinencia a las necesidades
     del País y su capacitad atractiva, ya que el número de estudiantes inscriptos en el PROUNI aumenta
     de año en año. Los candidatos pueden optar por hasta siete carreras y necesitan cumplir con los

33
  El estudiante beneficiario del PROUNI podrá prestar servicios comunitarios, en los términos de las normas expedidas por el
ministerio de Educación, aplicándose a las actividades lo dispuesto por la Ley Nº 9.608, del 18 de febrero de 1998.
                                                            30
siguientes criterios para beneficiarse de beca integral: a) proceder de escuela media pública o haber
recibido beca integral en escuela privada; b) comprobar que la familia tiene bajos ingresos (no
superiores a 1,5 salario mínimo, algo como US$ 300.00); c) comprobar desempeño satisfactorio en el
Examen Nacional de Enseñanza Media. Los mismos criterios valen para la beca parcial, con la
diferencia de que los ingresos familiares pueden ser más altos (menos de tres salarios mínimos o
aproximadamente US$ 600.00).
Algunos estudios ya demuestran que los alumnos becarios del PROUNI lograron un desempeño
superior a los demás estudiantes en 14 de las 15 áreas analizadas.


Otra medida para la inclusión de las llamadas minorías en la universidad es el sistema de cuotas
étnicas, que destina un porcentaje de las matriculas vacantes en las universidades públicas para los
estudiantes declarados afro descendientes.


Durante los años entre 1996 y 2003, la calidad educativa se hacía coincidir básicamente en el
desempeño de los estudiantes. Esta situación cambia en 2004, con la promulgación de la Ley Nº
10.861 que crea el Sistema de Evaluación de la Educación Superior Brasileña (Sistema Nacional de
Avaliação da Educação Superior - SINAES). El SINAES se compone de tres elementos, la evaluación de
las instituciones, la de los curso y la del desempeño de los estudiantes, abracando todos los aspectos
relacionados a estos tres ejes: la enseñanza, la investigación, la extensión, la responsabilidad social, el
desempeño de los alumnos, la gestión de de la institución, el cuerpo docente y las instalaciones,
entre otros.


En diciembre de 2005 se organiza en Brasilia el Seminario Nacional de Educación Popular (Seminário
Nacional de Educação Popular). Del encuentro surge la Articulación Nacional de Extensión Popular
(Articulação Nacional de Extensão Popular – ANEPOP), en el marco de los Grupos de Investigación en
Extensión Popular (Grupos de Pesquisa em Extensão Popular – EXTELAR) de la Universidade Federal
da Paraíba, con la tarea de transformar la Extensión Popular en una política y un movimiento a escala
nacional.




                                                    31
La Ley Nº 11.788 de 2008 sobre el régimen de pasantías y prácticas del
                                                        estudiante


     La reciente Ley Nº 11788 de 2008 dispone sobre las pasantías y prácticas de los estudiantes,
     modificando las normas anteriores en la materia y estableciendo el marco de funcionamiento. El
     Articulo 1 de La Ley define a la Pasantía como “el acto educativo escolar supervisado, desarrollado en
     un ambiente de trabajo, que apunta a la preparación para el trabajo productivo de los estudiantes
     que estén cursando cursos regulares en instituciones de educación superior, educación profesional, de
     enseñanza media, de educación especial y de los años finales de la enseñanza fundamental, en la
                                                               34
     modalidad profesional de la educación de jóvenes y adultos ”· El mismo Articulo especifica que la
     pasantía es parte del proyecto educativo del curso, más allá de integrar el itinerario formativo del
     educando. La pasantía está dirigida a la adquisición de competencias propias de la actividad
     profesional y a la contextualización del curriculum, apuntando al desarrollo del educando para la vida
     cívica y el trabajo.


     El Artículo 2 dispone que la pasantía puede o no ser obligatoria, conformemente a las directrices
     curriculares, la modalidad y el área de enseñanza y el proyecto pedagógico del curso. Es obligatoria la
     pasantía definida como tal en el programa de curso, cuya carga horaria sea requisito para la
     aprobación y la obtención del título. Es no obligatoria la pasantía implementada como actividad
     opcional, adicionalmente a la carga horaria regular y obligatoria. Las actividades de extensión, de
     seguimiento y de investigación científica en la educación superior, implementadas por el estudiante,
     podrán ser equiparadas a la pasantía solamente si previstas en el proyecto pedagógico del curso.


     El Artículo 3 establece que la pasantía, en modalidad obligatoria o facultativa, no crea vinculo laboral,
     debiendo observar los siguientes requisitos: matricula y frecuencia regular de un curso de estudio,
     atestados por la institución educativa; celebración de un acta de compromiso entre el estudiante, la
     parte que concede la pasantía y la institución educativa de procedencia del estudiante;
     compatibilidad entre las actividades previstas por la pasantía y aquellas mencionadas en el acta de
     compromiso. El mismo artículo prevé que el pasante deberá recibir un acompañamiento efectivo por
     parte de un profesor y un supervisor en la organización en la cual se implementa la pasantía.




34
   Estágio é ato educativo escolar supervisionado, desenvolvido no ambiente de trabalho, que visa à preparação para o trabalho
produtivo de educandos que estejam freqüentando o ensino regular em instituições de educação superior, de educação
profissional, de ensino médio, da educação especial e dos anos finais do ensino fundamental, na modalidade profissional da
educação de jovens e adultos.
    o
§ 1 O estágio faz parte do projeto pedagógico do curso, além de integrar o itinerário formativo do educando.
    o
§ 2 O estágio visa ao aprendizado de competências próprias da atividade profissional e à contextualização curricular, objetivando
o desenvolvimento do educando para a vida cidadã e para o trabalho.
                                                              32
La duración de la pasantía y el número de horas de práctica diarias deben establecerse de común
acuerdo entre la institución educativa, la parte concedente y el estudiante, no pudiendo exceder las
cuatro horas diarias y veinte semanales, en el caso de estudiantes de educación especial y en los
últimos dos años de educación fundamental, y las seis horas diarias y 30 semanales , en el caso de
estudiante de educación superior, de educación profesional de nivel medio y de la educación media
regular.


Al estudiante que implementa una pasantía por un periodo mayor de un año tiene derecho a treinta
días de vacaciones, como medida para compensar su compromiso social.




                                                33
ENLACES Y DOCUMENTOS DE INTERÉS
                                         Enlaces:
XXVII Encontro de Pró-Reitores de Extensão das Universidades Públicas Brasileiras –
FORPROEX 2010 en FORPROEX Regional Sudeste:
http://forproexsudeste.blogspot.com/2010/07/xxvii-encontro-de-pro-reitores-de.html

Biografía de Joao Goulart de la Presidencia de la República Federativa de Brasil:
https://www2.gestao.presidencia.serpro.gov.br/area-presidencia/pasta.2008-10-
08.1857594057/pasta.2008-10-08.9262201718/pasta.2008-12-17.8314274844

Central Única dos Trabalhadores: http://www.cut.org.br/

Congresso Brasileiro de Extensão Universitária – CBEU:
http://www.cbeu.ufgd.edu.br/index.php

Consejo Nacional de Educación en Ministerio de Educación:
http://portal.mec.gov.br/index.php?option=com_content&view=article&id=12449&Itemid=754

Constitución de la República de los Estados Unidos de Brasil de 16 de julio de 1934:
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/Constitui%C3%A7ao34.htm

Constitución de la República de los Estados Unidos de Brasil de 10 de noviembre de
1937: http://www.planalto.gov.br/ccivil/Constituicao/Constitui%C3%A7ao37.htm

Constitución de la República de los Estados Unidos de Brasil de 18 de septiembre de
1946: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/Constitui%C3%A7ao46.htm

Constitución de la República Federativa de Brasil de 1988:
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constitui%C3%A7ao.htm

Decreto Nº 19.851 de 1931, Estatuto das Universidades Brasileiras:
http://www.fis.ufba.br/dfes/PDI/financ/decreto%2019.851.doc

Decreto Nº 91.177 de 1985, la Comisión Nacional para la Reforma de la Educación
Superior: http://www2.camara.gov.br/legin/fed/decret/1980-1987/decreto-91177-29-marco-
1985-441184-publicacao-1-pe.html

Decreto Nº 2.494, de 10 de febrero de 1998, Reglamenta el Art. 80 de la Ley Nº 9.394/96:
http://portal.mec.gov.br/seed/arquivos/pdf/tvescola/leis/D2494.pdf

Decreto Nº 2.561, del 27 de abril de 1998, Altera la redacción de los Art. 11 y 12 del
Decreto Nº 2.494 del 10 de febrero de 1998:
https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/decreto/D2561.htm

Decreto Nº 3.100/1999 – Reglamenta la Ley Nº 9.790/1999:
http://www.almeidamelo.com.br/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=3392

Decreto Nº 3.860 del 9 de julio de 2001, Dispone sobre la organización de la enseñanza
superior, la evaluación de cursos e instituciones:
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/decreto/2001/D3860.htm

Decreto Nº 5.622 del 19 de marzo de 2005, Reglamenta el Art. 80 de la Ley Nº 9.394, del 20
de diciembre de 1996: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2004-
2006/2005/Decreto/D5622.htm#art37

Decreto Nº 5.773 del 9 de mayo de 2006, Reglamenta el Art. 80 de la Ley Nº 9.394, del 20
de diciembre de 1996, Dispone sobre el ejercicio de las funciones de regulación,
                                             34
supervisión y evaluación de las instituciones de educación superior y cursos superiores
de graduación en el sistema federal de educación:
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2004-2006/2006/Decreto/D5773.htm#art79

Direção Executiva Nacional dos Estudantes de Medicina: http://www.denem.org.br/

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http://recantodasletras.uol.com.br/artigos/1140924

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transmisor de la pedagogía de la esperanza:
http://www.uhu.es/cine.educacion/figuraspedagogia/0_paulo_freire.htm

Fernando Henrique Cardoso en Presidencia de la República Federativa de Brasil:
https://www2.gestao.presidencia.serpro.gov.br/area-presidencia/pasta.2008-10-
08.1857594057/pasta.2008-10-08.9262201718/pasta.2008-12-16.0710539708

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http://www.andifes.org.br/index.php?option=com_content&view=article&id=106:forum-nacional-
de-pro-reitores-de-extensao-forproex&catid=45&Itemid=66

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http://www.prac.ufpb.br/copac/extelar/index.html

Instituto da Cidadania: http://www.institutocidadania.org.br/

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http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Leis/L4024.htm

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funcionamiento de la educación superior y de su articulación con la escuela media:
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Leis/L5540.htm

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http://portal.mec.gov.br/arquivos/pdf/ldb.pdf

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http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/LEIS/L9608.htm

Ley Nº 9.790 del 23 de marzo de 1999, Dispone sobre la cualificación de las personas
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Ley Nº 10.861 del 14 de abril de 2004, Instituye el Sistema Nacional de Evaluacion de la
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Ley Nº 11.129 del 30 de junio de 2005, Instituye el Programa Nacional de Inclusión
Juvenil – ProJovem; crea en Consejo Nacional de la Juventud – CNJ e la Secretaria


                                               35
Nacional de la Juventud; altera las Leyes Nº 10.683 del 28 de mayo de 2003, y 10.429, del
24 de abril de 2002: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2004-2006/2005/Lei/L11129.htm

Ley Nº 11.692 del 10 de junio de 2008, Dispone sobre el Programa Nacional de Inclusión
Juvenil instituido por la Ley Nº 11.129 del 30 de junio de 2005; altera la Ley Nº 10.836 del
9 de enero de 2004; revoca las disposiciones de las Leyes Nº 9.608 del 18 de febrero de
1998, Nº 10.748 del 22 de octubre de 2003, 10.940, de 27 del 27 agosto de 2004, Nº 11.129,
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Ley Nº 11.788 del 25 de septiembre de 2008, Dispone sobre la pasantía de los
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                                             36
Secretaria Nacional de Juventude:
http://www.presidencia.gov.br/estrutura_presidencia/sec_geral/Juventude/

Sistema Nacional de Avaliação da Educação Superior – SINAES:
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2004-2006/2004/Lei/L10.861.htm

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http://portal.saude.gov.br/portal/saude/visualizar_texto.cfm?idtxt=24627

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União Nacional dos Estudantes – UNE, Conheça a história da UNE: http://www.une.org.br/

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http://www.unirede.br/index.php?option=com_content&view=article&id=43&Itemid=27

United States Agency for International Development – USAID: http://www.usaid.gov/

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Viva Río: http://www.vivario.org.br/




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(Thomistisches Denken) ao Pensamento Tomásico (Thomasiches Denken:
http://www.filosofante.org/filosofante/not_arquivos/pdf/Henrique_Claudio_Lima_Vaz.pdf

Vanilda Pereira-Paiva, Extensión Universitaria en Brasil, en Nueva Sociedad Nro. 15
Noviembre-Diciembre 1974, pp. 68-83: http://www.nuso.org/upload/articulos/139_1.pdf




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Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en Brasil

  • 1. Grazia M. Fiore - Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en Brasil UNA APROXIMACIÓN A LA VINCULACIÓN UNIVERSIDAD-SOCIEDAD EN BRASIL Paulo Freire (www.gloobal.net) Grazia M. Fiore Última actualización: Noviembre de 2010 Ha contribuido a la realización de este trabajo Patricia da Rocha Coutinho a través del Servicio de Voluntariado en línea Onlinevolunteering.org 1
  • 2. Grazia M. Fiore - Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en Brasil Nota: El trabajo aquí presentado se propone como un primer esfuerzo para sintetizar información acerca de la vinculación universidad-sociedad en los países de la región latinoamericana. Su objetivo es brindar a las personas interesadas un primer núcleo de informaciones acerca de las etapas que han marcado la historia de la educación superior en cada País, y sobre las leyes y políticas públicas que regulan algunas formas de participación social de las universidades. No se trata de un trabajo definitivo ni exhaustivo, sino de una primera “aproximación” a la comprensión de la acción social universitaria. Sobre la base de lo anterior, esperamos poder pronto enriquecer esta primera síntesis con sus aportaciones y comentarios, a través de un proceso de construcción colectiva del conocimiento que fortalezca, contextualice y visibilice la contribución de las universidades al logro de un desarrollo inclusivo y sustentable en la Región. Agradeceremos enviar todo comentario relativo a la información recopilada al correo graziafiore@hotmail.com INDICE DE CONTENIDOS Los orígenes de la vinculación universidad-sociedad en Brasil p. 3 Los años 60 y la Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional de 1961 p. 6 La Ley de Reforma Universitaria Nº 5.540 de 1968 p. 10 Paulo Freire y las bases teóricas y pedagógicas de la extensión un Universitaria en Brasil p. 12 La década del 70 y el Proyecto Rondon p. 14 La década de los Ochenta y el fomento de la Extensión universitaria p. 16 La Ley de Directrices y Bases de Educación Nacional de 1996 p. 19 La reorganización y evaluación de la educación superior brasileña p. 22 La institucionalización de la Extensión universitaria entre la década de los Noventa y el principio del siglo p. 24 siglo XXI La Ley Nº 9.608 de 1998 de Servicio Voluntario y las políticas públicas de promoción de la juventud p. 27 El Siglo XXI y la mejoría del acceso a las universidades: FIES y PROUNI p. 30 La Ley Nº 11.788 de 2008 sobre el régimen de pasantías y prácticas del estudiante p. 32 Enlaces y documentos de interés p. 34 Resumen p. 40 OBSERVATORIO IBEROAMERICANO DE COMPROMISO SOCIAL Y VOLUNTARIADO UNIVERSITARIO REDIVU 2
  • 3. Los orígenes de la vinculación universidad-sociedad en Brasil Brasil declara su independencia de Portugal en 1822. Durante el periodo colonial, a diferencia de los países de colonización española, en Brasil no existen universidades, cuya creación se inserta en los conflictos entre los gobiernos federales, estatales y municipales ocurridos a lo largo del siglo XIX. En esta época, las IES no eran aún Universidades: siguiendo un modelo napoleónico, las instituciones se organizaron en forma de facultades, institutos y escuelas superiores autónomas de carácter laico y estatal que tenían la preocupación de formar la base de las profesiones liberales que tanto 1 necesitaba el País en aquel momento . Es solamente en el siglo XX que, mediante la fusión de las varias entidades existentes, hasta el momento aisladas, se crea el sistema de educación superior brasileño, como medida para adaptar la enseñanza a la transición en curso de una sociedad oligárquica a una urbano-industrial. En 1920, se crea la Universidad de Rio de Janeiro (hoy Universidad Federal de Rio de Janeiro) y en 1930 el Ministerio de Educación y Salud. El surgimiento de las universidades públicas, como la Universidad de Sao Paulo en 1934, con la contratación de un gran número de profesores europeos, marca la fuerte 2. expansión del sistema público federal de educación superior En 1931 se emite el Decreto Nº 19.851 (Estatuto das Universidades Brasileiras) que dispone que la educación superior en Brasil obedezca, de preferencia, al sistema universitario, pudiendo todavía ser suministrada en institutos aislados, y que dicta normas acerca de la organización técnica y administrativa de las universidades. El Decreto contiene algunos Artículos referidos a la extensión. Entre estos, el Articulo 42 dispone que “A extensão universitária será efetivada por meio de cursos e conferências de caráter educacional ou utilitário, uns e outras organizados pelos diversos institutos da 3 Universidade com prévia autorização do Conselho Universitário” . El primer párrafo de este Artículo establece que tales cursos y conferencias apuntan a la difusión de conocimientos útiles a la vida individual o colectiva, a la solución de los problemas sociales y a la difusión de las ideas y los principios que salvaguardan los altos intereses nacionales. En 1932, un grupo de educadores de la élite intelectual del País lanza un manifiesto, conocido como “Manifiesto de los Pioneros de la Educación” (Manifesto dos Pioneiros da Educação Nova), en el cual se auspicia una reforma educacional de gran alcance. 1 José Rubens Lima Jardilino, El tema de la autonomía en las reformas educativas en América Latina, consultado el 28 de julio d e 2010 en http://www.reformadel18.unc.edu.ar/privates/Jardilino.doc 2 Luciane Stalliveri, El sistema de educación superior de Brasil: características, tendencias y perspectivas, en Universidades, mayo- agosto, numero 034, Unión de Universidades de América latina y el Caribe, Distrito Federal, México, pp. 47 -61. Consultado el 6 de agosto de 2010 en http://redalyc.uaemex.mx/pdf/373/37303406.pdf 3 La extensión universitaria se hará efectiva a través de cursos y conferencias de carácter educativo o utilitario, ambos organizados por los distintos institutos de la Universidad, previa autorización del Consejo Universitario. 3
  • 4. La Constitución promulgada en 1934 retoma las indicaciones del Manifiesto de 1932, incluyendo un Artículo, el Nº 150, que establece la responsabilidad de la Unión de elaborar un Plan Nacional de Educación para coordinar y supervisar las actividades de enseñanza en todos los niveles, además de la de coordinar y fiscalizar su ejecución en todo el territorio nacional. El Artículo 155 de la Carta garantiza la libertad de cátedra, mientras que el Articulo 152 especifica que: “Compete precipuamente ao Conselho Nacional de Educação, organizado na forma da lei, elaborar o plano nacional de educação para ser aprovado pelo Poder Legislativo e sugerir ao Governo as medidas que julgar necessárias para a melhor solução dos problemas educativos bem como a distribuição adequada dos fundos especiais. Parágrafo único - Os Estados e o Distrito Federal, na forma das leis respectivas e para o exercício da sua competência na matéria, estabelecerão Conselhos de Educação com funções similares às do 4 Conselho Nacional de Educação e departamentos autônomos de administração do ensino “ . Con la misma orientación de la Carta precedente, la Constitución de 1937 prevé la creación de un sistema de formación profesional y la obligación, para industrias y sindicatos, de crear para los hijos de sus empleados o los miembros de los sindicatos escuelas de aprendizaje en su área de especialidad. Durante el 1937, el 11 de agosto, en la Casa del Estudiante de Brasil en Río de Janeiro, el entonces Consejo Nacional de Estudiantes crea la Unión Nacional de los Estudiantes (União Nacional dos Estudantes - UNE). Desde entonces, la UNE empieza a organizarse en congresos anuales y a buscar la articulación con otras fuerzas progresistas de la sociedad5. En 1942, la UNE participa en las manifestaciones estudiantiles contra las fuerzas responsables de provocar el segundo conflicto mundial, mientras que en 1947 los estudiantes promoverán la campaña “El Petróleo es nuestro” (O Petróleo é nosso), uno de los más importantes movimientos de opinión publica de la historia del País en defensa de los recursos nacionales, del cual surgirá la creación de Petrobrás. Como subraya Luis Antonio Cunha, durante la segunda mitad de la década de los Cuarenta y toda la de los Cincuenta, en el auge de la Republica Populista, el Gobierno Federal desarrolla una política de estatalización de los establecimientos de enseñanza superior estatales y privados, en un proceso que lleva a la creación de la mayor parte de las universidades actualmente existentes. Esa “federalización” 4 Compete principalmente al Consejo Nacional de Educación, organizado bajo la ley, elaborar el plan nacional de educación para que sea aprobado por el Poder Legislativo y sugerir al Gobierno las medidas que estime necesarias para la mejor solución de l os problemas educativos así como la asignación adecuada de los fondos especiales. Párrafo único - Los estados y el Distrito Federal, en la forma de las respectivas leyes y para el ejercicio de sus competencias en la materia, establecerán Consejos de Educación con funciones similares a las del Consejo Nacional de Educación y los departamentos autónomos de administración de la educación. 5 União Nacional dos Estudantes – UNE, Conheça a história da UNE, consultado el 27 de Julio de 2010 en http://www.une.org.br/ 4
  • 5. de facultades y universidades interesa a las capas medias en las categorías de profesores (que pasan a tener los beneficios laborales del funcionamiento publico) y de estudiantes (que pasan a recibir enseñanza gratuita)6. En 1946, en el medio de los cambios sociales y políticos producidos por el segundo conflicto mundial, y en el esfuerzo de adaptar el sistema educativo a las nuevas políticas económicas de sustitución de las importaciones, se promulga una nueva Constitución del Estado. Ésta establece, en su Artículo 174, que el apoyo a la cultura es deber del Estado y que “A lei promoverá a criação de institutos de 7 pesquisas, de preferência junto aos estabelecimentos de ensino superior” . Durante los años ‘50, el Brasil vive una crisis política que lleva en 1954 al suicidio del Presidente Getúlio Dornelles Vargas. 6 Extracto de Luis Antonio Cuha, Estado y Universidad en Brasil: Cooperación y Conflicto, en Perfiles Educativos, julio – septiembre, numero 69, Universidad Nacional Autónoma de México, México D.F., 1995, consultado el 28 de julio de 2010 en http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/132/13206905.pdf 7 La ley promoverá la creación de institutos de investigación, de preferencia cerca de los establecimientos de educación superi or. 5
  • 6. Los años 60 y la Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional de 1961 Joao Goulart (my.opera.com) Durante el gobierno de Joao Goulart (1961 -1964) surge, a partir de la Asociación Universitaria Católica (AUC), un movimiento estudiantil denominado Juventud Universitaria Católica (JUC). El Movimiento, organizado según el modelo de la Acción Católica francesa, belga y canadiense, y apoyado por la Unión Nacional de los Estudiantes, se inspira en las ideas de pensadores católicos de izquierda, como Jacques Maritain, Emmanuel Mounier y el padre dominico Louis Joseph Lebret, así como del padre jesuita Henrique Cláudio de Lima Vaz. La JUC cuestiona el modelo liberal-capitalista, promoviendo al interior de las universidades acciones de cultura y educación popular y reivindicando la igualdad de acceso al sistema educativo, en un contexto en el cual las clases medio-bajas quedaban casi totalmente excluidas de los estudios, en cualquier nivel. Esta corriente recibe impulso e inspiración de la Campaña de Alfabetización realizada en Cuba a principios de los '60 tras el triunfo de la Revolución de 1959. Después del Golpe Militar de marzo de 1964, los integrantes de la JUC devienen objeto de persecución y represalia, pasando el movimiento a la clandestinidad. Ya anteriormente a los movimientos estudiantiles de la UNE y la JUC, existían en Brasil acciones de socialización de los conocimientos científicos y literarios con la población, promovidas por las universidades populares. Es pero en los años ‘60 que el concepto y las actividades de Extensión reciben una connotación más precisa, que irán variando a lo largo de las décadas sucesivas de manera bastante significativa. Entre los antecedentes de tales conceptos y prácticas merecen mención obligatoria el Primer Congreso Universitario Americano, realizado en el año 1908, en Montevideo (Uruguay), y sobre todo la Reforma de Córdoba, implementada en Argentina a partir de 1918. Durante estos eventos, se reclaman por primera vez el reconocimiento del compromiso social de la educación superior y la necesidad de compartir libremente los conocimientos creados por las universidades al interior de la sociedad. 6
  • 7. En 1961, durante un momento de grave crisis política, el aumento de la demanda educativa, junto con la creación de Centros de Cultura Popular, llevan a la promulgación de la Ley Nº 4.024 que contiene las Directrices y Bases de la Educación Nacional. Conformemente a lo establecido por el Articulo 5 de la Constitución, las Leyes de Directrices y Bases de la Educación (Diretrizes e Bases da Educação), tiene el objetivo de aplicar los principios educativos constitucionales al sistema de enseñanza nacional. Sucesivamente la Ley será renovada para adaptarse a los principios establecidos en las constituciones posteriores. La Ley establece que tanto el sector público como el privado puedan impartir educación a todos los niveles y mantiene la división por niveles: pre-primaria, primaria, media y superior. El Articulo 1 de la Ley establece que la educación nacional, inspirada por los principios de libertad y solidaridad humana, tiene los siguientes fines: a) a compreensão dos direitos e deveres da pessoa humana, do cidadão, do Estado, da família e dos demais grupos que compõem a comunidade; b) o respeito à dignidade e às liberdades fundamentais do homem; c) o fortalecimento da unidade nacional e da solidariedade internacional; d) o desenvolvimento integral da personalidade humana e a sua participação na obra do bem comum; e) o preparo do indivíduo e da sociedade para o domínio dos recursos científicos e tecnológicos que lhes permitam utilizar as possibilidades e vencer as dificuldades do meio; f) a preservação e expansão do patrimônio cultural; g) a condenação a qualquer tratamento desigual por motivo de convicção filosófica, política ou religiosa, bem como a quaisquer preconceitos de classe ou de raça8. El Titulo III asegura la libertad de enseñanza y la representación de los establecimientos de enseñanza públicos y privados en los Consejos Estatales de Educación. El Titulo IX es dedicado a la Educación Superior, la cual tiene como finalidad el desarrollo de las ciencias, las letras y las artes, y la formación de profesionales de nivel universitario. El Artículo 79 del Capítulo II (Das Universidades) del Titulo IX prevé que las universidades se constituyan de la reunión, bajo una administración común, de cinco a más establecimientos de educación superior. 8 a) la comprensión de los derechos y deberes de la persona humana, del ciudadano, del Estado, de la familia y de los demás grupos que integran la comunidad; b) el respeto de la dignidad y las libertades fundamentales del hombre; c) el fortalecimiento de la unidad nacional y la solidaridad internacional; d) el desarrollo integral de la personalidad humana y su participación en la construcción del bien común; e) la preparación del individuo y de la sociedad para el dominio de los recursos científicos y tecnológicos que les permitan aprovechar las oportunidades y superar las dificultades del ambiente; f) la conservación y ampliación del patrimonio cultural; g) la condena de cualquier trato desigual por motivo de convicciones filosóficas, políticas o religiosas, así como de cualquier prejuicio de clase o raza. 7
  • 8. El Artículo 80 contiene la institución de la autonomía universitaria, al establecer que “As Universidades gozarão de autonomia didática, administrativa, financeira e disciplinar, que será exercida na forma de seus estatutos”9. Según el artículo 84, el Consejo Federal de Educación tiene el poder de suspender por un tiempo determinado la autonomía de cualquier universidad, sea ésta pública o privada, a motivo de la violación de la Ley o de sus propios estatutos. Con respecto a la extensión, la Ley prevé, en su artículo 69 la posibilidad de promover cursos de extensión en los establecimientos de educación superior. En 1962, surge el primer Plan Nacional de Educación, un conjunto de metas cuantitativas y cualitativas a alcanzarse dentro de ocho años. En 1965, en consecuencia de la introducción de normas descentralizadoras, el Plan sube una revisión y en 1966 se publica un Plan Complementar de Educación, que introduce importantes modificaciones en la distribución de los recursos federales, beneficiando en particular la educación al trabajo y la lucha al analfabetismo. Durante los años ‘60, se implementan también las primeras experiencias de educación para Adultos, entre las cuales destaca el Servicio de Extensión Cultural (SEC) de la Universidad de Recife, creado en 1962 y en el cual Paulo Freire sistematiza su método para la educación de adultos. El SEC termina sus actividades en 1964, no logrando sobrevivir al golpe de Estado contra el presidente izquierdista João Goulart realizado la noche del 31 de marzo de ese año. Terminado el experimento, surgen pronto otras iniciativas de extensión en las universidades del País que también merecen ser mencionadas brevemente. En 1966, la Universidad Federal do Río Grande do Norte desarrolla el programa CRUTAC (Centros Rurales Universitarios de Entrenamiento y Acción Comunitaria), que ha logrado impulsar iniciativas similares a lo largo de los años en numerosas universidades del País. El CRUTAC se crea con el objetivo principal de brindar a los estudiantes universitarios, sobre todo del área de salud, la oportunidad de desarrollar un servicio al interior de las comunidades rurales, en línea con el espíritu humanista que dominaba las universidades del tiempo. El Programa ha implementado principalmente intervenciones de ayuda a las comunidades rurales y de combate a la pobreza, bajo el lema de lograr el desarrollo basándose en la educación. Hay que recordar que estas iniciativas se desarrollan en un contexto de dictadura, pretendiendo “substituirse” al Estado en la provisión de servicios sociales básicos y siendo a menudo apoyadas por la oligarquía tradicional hostil al régimen. De hecho, con el golpe de 1964 empieza un régimen militar, bajo el cual se produce el encarcelamiento y tortura de cientos de ciudadanos considerados 9 Las Universidades gozarán de autonomía didáctica, administrativa, financiera y disciplinar, que será ejercitada en las formas previstas por sus estatutos. 8
  • 9. “disidentes”. Las Universidades son sumisas a control y la sede de la Unión Nacional de Estudiantes es ocupada y destruida, mientras que la misma Unión es disuelta en consecuencia de la Ley Suplicy de Lacerda (Dispõe sobre os Órgãos de Representação dos Estudantes e dá outras providências) de 1964. 9
  • 10. La Ley de Reforma Universitaria Nº 5.540 de 1968 La Passeada dos Cem Mil (tecituras.wordpress.com) A partir de fines de los años ‘60, la escasez en el número de las instituciones de educación superior pública, y su consecuente incapacidad de cubrir las necesidades educativas de la población, impulsan la expansión de la enseñanza superior. En este periodo, los movimientos estudiantiles se convierten en la principal forma de oposición al régimen militar. Ya a principios del año 1968, se organizan varias manifestaciones, todas duramente reprimidas, en contra de las tendencias privatizadoras de las políticas educativas del gobierno. A finales de marzo, fuerzas militares entran en el restaurante universitario "Calabouço", causando la muerte de un chico de 17 años, Edson Luís, lo que provoca una nueva ola de manifestaciones culminada en la denominada “Passeata dos Cem mil”, el 26 de junio de 1968. Se trata de la más importante manifestación de protesta en contra del régimen militar, en la cual cerca de cien mil personas (estudiantes, intelectuales, artistas, padres y maestros) se oponen a la postura del gobierno frente a las políticas estudiantiles, encarnadas en la Ley de Directrices y Base de la Educación Nacional de 1961. Tras un intenso debate publico y la pujanza política del movimiento estudiantil alrededor de la primera Ley de Directrices y Base de la Educación Nacional, en 1968 se promulga la Ley de Reforma Universitaria Nº 5.540, con la cual se establece que la Universidad sea la organización normal y permanente de la enseñanza superior. La Ley incorpora mucha de las propuestas de cambio presentadas por la USAID (United States Agency for International Development) a los gobiernos militares a lo largo de la década. 10
  • 11. Con respecto a la Extensión, el Articulo 20 de la Ley de Reforma establece que “As universidades e as instituições de ensino superior estenderão à comunidade, sob forma de cursos e serviços especiais, as 10 atividades de ensino e os resultados da pesquisa que lhes são inerentes” . El Artículo 40 prevé que “as instituições de ensino superior, por meio de suas atividades de extensão proporcionarão aos seus corpos discentes oportunidades de participação em programas de melhoria das condições de vida da comunidade e no processo geral de desenvolvimento”.11 Como puede observarse, en esta fase la extensión concibe a la sociedad como mera receptora de los servicios de la universidad, sin prever todavía su participación activa. La Ley de Reforma Universitaria establece que las universidades públicas lleven a los consejos superiores unos “representantes de la comunidad”, incluyendo a las “clases productoras”, con el fin de instalar una mentalidad emprendedora en las políticas universitarias. Además, la reforma contenida en la Ley de 1968, en la cual se indica la posibilidad de que la enseñanza superior se administre, en carácter excepcional, en establecimientos aislados, o sea, fuera de la universidad, abre 12 la posibilidad para la expansión de la enseñanza superior . La Ley N° 5.540/68 buscaba principalmente aumentar la eficiencia de la educación superior brasileña y muchas de las medidas que introdujo todavía están vigentes. En conformidad con el intento de aumentar la eficiencia, muchas facilidades se dieron en los años setenta a la creación de instituciones 13 privadas . Fueron pero sobre todo las tendencias privatistas manifestadas por la mayoría de los miembros del Consejo Federal de Educación, que facilitaron la proliferación de los centros privados 14 de enseñanza superior, en su mayoría aislados . El modelo de expansión del sistema privado será posteriormente seguido por los gobiernos de transición democrática (1985 – 1994). 10 Las universidades y las instituciones de educación superior extenderán a la comunidad, bajo la forma de cursos y servicios especiales, las actividades de educación y los resultados de la investigación inherentes. 11 Las instituciones de educación superior, por medio de sus actividades de extensión proporcionarán su cuerpo docente con oportunidades de participación en programas de mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad y en el proceso general de desarrollo. 12 José Rubens Lima Jardilino, El tema de la autonomía en las reformas educativas en América Latina: http://www.reformadel18.unc.edu.ar/privates/Jardilino.doc 13 José Dias Sobrinho y Márcia Regina F. de Brito, La educación Superior en Brasil: principales tendencias y desafíos, Avaliação, Campinas; Sorocaba, SP, v. 13, n. 2, p. 487-507, jul. 2008. Consultado el 29 de julio de 2010 en http://www.scielo.br/pdf/aval/v13n2/11.pdf 14 Luis Antonio Cuha, Estado y Universidad en Brasil: Cooperación y Conflicto, en Perfiles Educativos, julio – septiembre, numero 69, Universidad Nacional Autónoma de México, México D.F., 1995: http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/132/13206905.pdf 11
  • 12. Paulo Freire y las bases teóricas y pedagógicas de la extensión Universitaria en Brasil "Nadie libera a nadie, nadie se libera sólo, los hombres se liberan en comunión. Nadie educa a nadie, nadie se educa a sí mismo, los hombres se educan entre sí mediatizados por el mundo." (Paulo Freire) Al hablar de la historia de la enseñanza en Brasil destaca la figura del filósofo Paulo Freire, el cual tuvo una gran influencia en delinear la función social de la educación y de las universidades, sobre todo desde la década de los ‘60. Freire idea y desarrolla un sistema pedagógico, que sucesivamente se conocerá como “Método Freire”, aplicable a todos los niveles educativos, que prevé un aprendizaje activo y participativo por parte del educando, considerado no como simple receptor de la educación sino como constructor del conocimiento mismo. Freire concibe la educación como un medio de liberación y mejoramiento continuo de la sociedad. Según sus propias palabras, la educación y liberación de las clases más desfavorecidas prevé dos momentos: “El primero, en el cual los oprimidos van desvelando el mundo de la opresión y se van comprometiendo, en la praxis, con su transformación, y, el segundo, en que, una vez transformada la realidad opresora, esta pedagogía deja de ser del oprimido y pasa a ser la pedagogía de los hombres en proceso de permanente liberación”. La mayor novedad de su sistema educativo reside en incluir la compresión del entorno como parte del proceso de aprendizaje de los estudiantes, según la idea que “Enseñar exige respeto a los saberes de los educandos”. “No basta con asumir que un estudiante pueda leer la frase ‘Eva vio un fruto’. El estudiante debería aprender a entender Eva en su contexto social, descubrir quien trabajó para producir el fruto y quien obtuvo provecho de este tipo de trabajo”15. En 1954, Freire es nombrado director del Departamento de Educación y Cultura del Servicio Social de la Industria (Serviço Social da Indústria – SESI), pasando a ser parte del primer Consejo Estatal de Educación de Pernambuco durante los años Cincuenta. En 1959, se doctora en Filosofía e Historia de la Educación con la tesis “Educación y actualidad brasileña”. En 1961, es nombrado director del Departamento de Extensión Cultural de la Universidad de Recife, desde la cual empieza, en 1963, la 15 Heinz-Peter Gerhardt, Paulo Freire (1921–97), Prospects: the quarterly review of comparative education (Paris, UNESCO: International Bureau of Education), vol. XXIII, no. 3/4, 1993, p.439–58. ©UNESCO: International Bureau of Education, 2000. Consultado el 29 de julio de 2010 en http://www.ibe.unesco.org/publications/ThinkersPdf/freiree.PDF. Traducción del inglés de Grazia M. Fiore. 12
  • 13. implementación de su innovadora metodología pedagógica, logrando la alfabetización de 300 trabajadores rurales, en el marco de la Campaña Nacional de Alfabetización. A finales de los años Cincuenta y principios de los Sesenta, la Juventud Universitaria Católica promueve un intenso debate al interior de las universidades, demandando la reforma de la institución en el campo de la salud y los servicios sociales y organizan encuentros participativos en los suburbios para la discusión y la propuesta de solución a los problemas de las franjas mas desventajadas de la sociedad. Contrariamente a muchos de sus colegas, Freire consideraba la actividad política de los estudiantes como un aspecto necesario y fundamental del proceso de transición democrática de la sociedad brasileña. Sus orientaciones democratizadoras le valdrán la cárcel en su patria. Tras el golpe militar de 1964, sus métodos y pensamiento son tachados de ser subversivos y agitadores. Freire se refugia en Chile, donde participa al programa de educación de adultos del Instituto Chileno para la Reforma Agraria (ICIRA). En Chile, Freire escribe Pedagogía del oprimido, dedicado “A los desharrapados del mundo y a quienes, descubriéndose en ellos, con ellos sufren y con ellos luchan”, libro que sintetiza sus concepciones educativas y pedagógicas. En 1980, tras dieciséis años de exilio, Freire vuelve a Brasil, ejerciendo la docencia en la Universidade Estadual de Campinas y en la Pontifícia Universidade Católica de São Paulo. En 1986, recibe el premio internacional «Paz y Educación» de la UNESCO y tres años más tarde deviene Secretario de Educación en São Paulo. Freire tiene el merito de haber concretizado la Extensión en Brasil, fomentando la alfabetización de las clases más desventajadas y la educación popular. Su trabajo de concientización y educación en las comunidades más pobres durante la época de la dictadura brasileña ha sido de inspiración por el movimiento de democratización de la enseñanza en el País hasta la actualidad. 13
  • 14. La década del 70 y el Proyecto Rondon Durante la década de los Setenta, la crisis de del denominado “milagro económico” de Brasil lleva a un recrudecimiento de la inflación que afecta particularmente a la clase media y trabajadora, a la cual pertenecían la mayoría de los estudiantes de las instituciones de educación superior privadas. Como consecuencia, muchos estudiantes abandonan sus cursos, mientras que el número de nuevos matriculados en las universidades privadas se ve sensiblemente reducido. Como medida de apoyo, el Gobierno Federal crea entonces en 1975 el Programa de Crédito Educativo, que facultaba los bancos a conceder préstamos a las universidades para cubrir los estudiantes que no podían pagar los gastos de matriculación. Conformemente a la tradición latinoamericana, las universidades brasileñas participan en esta época al amplio movimiento de protesta en contra del régimen militar, reivindicando la amnistía política, el retorno al Estado de derecho y la convocatoria de elecciones libres y directas. Esa politización en el ámbito externo a las universidades no tarda en provocar efectos no intencionados en el ámbito externo. En cada IES publica, las entidades sindicales de profesores y no docentes se alían a los centros de estudiantes para establecer pactos electorales, de los cuales resultaban las “consultas a la comunidad”, eufemismo para acomodar la elección de directores y rectores a las normas vigentes de 16 cooptación. En ocasión del Primer Seminario de Educación y Seguridad Nacional, realizado en octubre y noviembre de 1966 en la Universidad del Estado de Guanabara, surge la idea del Proyecto Rondon, posteriormente institucionalizado a través del Ministerio del Interior. En esta época, la educación es considerada asunto de seguridad nacional, y especialmente la educación superior, ya que el gobierno tenía interés en mantener los universitarios bajo control, inculcándoles la ideología de la seguridad nacional. 16 Luis Antonio Cuha, Estado y Universidad en Brasil: Cooperación y Conflicto, en Perfiles Educativos, julio – septiembre, numero 69, Universidad Nacional Autónoma de México, México D.F., 1995. Consultado el 26 de noviembre de 2010 en: http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/132/13206905.pdf 14
  • 15. Aunque el proyecto no pueda ser clasificado como un programa de extensión universitaria en estricto sentido, ya que no ha sido impulsado directamente por Universidades y siendo su enfoque principal la defensa de la seguridad del Estado, sus principales actividades fueron preeminentemente de carácter asistencial, logrando involucrar a muchas universidades brasileñas que han realizado en este marco sus actividades de Extensión. El Proyecto Rondon comienza a implementarse en 1967, cuando 30 estudiantes y profesores empiezan a trabajar en ciudades muy pobres del Estado de Rondônia. Hasta el 1989, año de finalización del proyecto, éste logra involucrar a más de 350 mil estudiantes de Universidad y profesores en actividades de asistencia en comunidades pobres. Bajo una propuesta de la Unión Nacional de Estudiantes, en 2005 el presidente Luiz Inácio Lula da Silva ha relanzado el proyecto, fomentando el envío de estudiantes universitarios en las regiones más pobres del norte y nordeste del País, para que se comprometan en la prestación de servicios sociales a las comunidades de esas zonas, principalmente en las áreas de educación y salud. En 2004 se crea un Grupo de Trabajo Interministerial con la tarea de establecer las directrices y los objetivos del Proyecto y los mecanismos para su implementación. En 1975, el Ministerio de Educación y Cultura crea la Coordinación de las Actividades de Extensión (Coordenação de Atividades de Extensão) en el Departamento de Asuntos Universitarios (Departamento de Assuntos Universitários), con el objetivo de coordinar las actividades de extensión a nivel nacional. La Coordinación produce un Plan de Trabajo de Extensión Universitaria que establece que la "Coordenação das Atividades de Extensão deverá articular-se com Organismos que servem de suporte à ação extensionista das Universidades, visando a garantia de uma linha de ação em comum e a promoção de atividades que possam garantir esta unidade"17. En la actualidad, el Proyecto Rondon es coordinado por el Ministerio de la Defensa y prevé la participación voluntaria de profesores y estudiantes universitarios en la búsqueda de soluciones que contribuyan al desarrollo sustentable de las comunidades más desventajadas. 17 La Coordinación de las Actividades de Extensión deberá articularse con Organismos que apoyen las acciones extensionistas de las Universidades, apuntando a garantizar una línea de acción común y la promoción de actividades que aseguren tal unidad. Fuente: Mendes, I.A.C.; TREVIZAN, M.A.;CUNHA, A.M.P. Campus Avançado como Extensão Universitária. Rev. Bras. Enf, v.4, n.31, p.32-38, 1978. Consultado el 6 de agosto de 2010 en: http://gepecopen.eerp.usp.br/files/artigos/Artigo12fin.pdf 15
  • 16. La década de los Ochenta y el fomento de la Extensión universitaria La expansión de las instituciones de enseñanza superior, posibilitada por la Ley de Reforma Universitaria Nº 5.540 de 1968, conduce durante las décadas sucesivas a la creación de numerosas instituciones aisladas, denominadas Integradas o Asociadas. En la década de los ‘80, éstas reclaman su condición de Universidad en frente del Ministerio de Educación, provocando un fuerte rechazo por parte de la comunidad académica, ya que tales instituciones no cumplían con mandato de indisolubilidad de Enseñanza, Investigación y Extensión. En el contexto político del tiempo, se generan y encuentran numerosos movimientos con aspiraciones de cambio social, de la lucha por la tierra a la reforma del sistema sanitario. Surgen entonces el Partido de los Trabajadores (Partido dos Trabalhadores - PT), la Central Única de los Trabajadores (Central Única dos Trabalhadores – CUT), los Ejecutivos de Curso Estudiantil (Executivas de Curso Estudantil), la Federación de Estudiantes de Agronomía (Federação dos Estudantes de Agronomia – FEAB) y la Dirección Ejecutiva Nacional de Estudiantes de Medicina (Direção Executiva Nacional dos Estudantes de Medicina – DENEM). Todos estos movimientos, acompañados por el desenvolvimiento de un intenso discurso en torno al concepto de Extensión en las universidades, se insertan en el proceso de democratización que Brasil vive en ese entonces. En 1985, se crea por Decreto Nº 91.177 la Comisión Nacional para la Reforma de la Educación Superior (Comissão Nacional para a Reformulação da Educação Superior), con la tarea de proponer soluciones para la reforma del sistema de educación superior en el País. En el plazo de seis meses, la Comisión elabora una Relatoría final, denominada “Una nueva política para la educación superior” (Uma nova política para a educação superior) en la cual se auspicia desencadenar un “proceso de amplia discusión y participación en torno a los grandes problemas de la educación superior, del cual resulte una nueva política que pueda ser implementada con el amplio apoyo de la comunidad universitaria y del resto del País”. El Documento auspicia la creación de una universidad modernizadora, centrada en la investigación y en la evaluación del desempeño para el otorgamiento de financiamiento. La Extensión se define como una de las actividades esenciales de la Universidad en cualquier sociedad moderna, con el fin de volcar en ésta los conocimientos producidos al interior de las instituciones de educación superior. El diagnostico que acompaña la relatoría indica la necesidad de fortalecer la extensión, casi ausente en las practicas académicas hasta el momento, entendida fundamentalmente como prestación de servicios. En noviembre de 1987, se realiza en la ciudad de Brasilia el I Encuentro Nacional de Pro-Rectores de Extensión de las Universidades Públicas Brasileñas (I Encontro Nacional de Pró-Reitores de Extensão 16
  • 17. das Universidades Públicas Brasileiras), del cual surge el Foro Nacional de Pro-Rectores de Extensión (Fórum Nacional de Pró-Reitores de Extensão – FORPROEX). Éste se da la tarea de aglutinar las distintas aspiraciones de cambio social surgidas en la Universidad, con la creación de la Red Nacional de Extensión (Rede Nacional de Extensão – RENEX), y llegando a formular una concepción progresista de la Extensión Universitaria. Los Encuentros entre los Pro-rectores de Extensión de las Universidades públicas prosiguen a lo largo de los años, habiéndose realizado en 2010 su XXVII edición. forproexsudeste.blogspot.com La década de los '80 termina de hecho con el derrumbe del Régimen Liberal, la llamada a las elecciones directas, la creación del Sistema Único de Salud (Sistema Único de Saúde – SUS) y la promulgación, el 5 de octubre de 1988, de una nueva Constitución del Estado Federal (Constituição da República Federativa do Brasil), a partir de la cual se genera una amplia reforma del sistema de educación brasileño. La Constitución elimina el régimen tutelar del Código Civil de 1916 que incluía a los indígenas entre los relativamente incapaces ante la Ley (Art. 6), junto con las mujeres casadas y los pródigos. En el campo de la educación, la Constitución introduce numerosas importantes reformas. En ella se establece que “la enseñanza es libre a la iniciativa privada", bajo "cumplimiento de las normas generales de la educación nacional" y la "autorización y evaluación de calidad por el poder público". Se auspicia la mejora de la calidad de la enseñanza y la creación de procesos de evaluación de la calidad educativa. Un elemento de enorme innovación es el reconocimiento de la autonomía universitaria ya que, acorde al Artículo 207 de la Carta, las universidades brasileñas “gozam de autonomia didático-científica, 18 administrativa e de gestão financeira e patrimonial” , siendo libres de administrar sus cursos, elaborar los Estatutos y establecer criterios propios para la atribución de grados, la expedición de registros y diplomas, la estipulación de contratos acuerdos o convenios, la contratación y dispensa de los profesores y la elaboración de los planes de estudio y los currículos. Además, el mismo Artículo 207 18 Gozan de autonomía didáctico - científica, administrativa y de gestión financiera y patrimonial. 17
  • 18. establece que las universidades “obedecerão ao princípio de indissociabilidade entre ensino, pesquisa e extensão”19. El Artículo 213 prevé que las actividades universitarias de investigación y extensión puedan recibir apoyo financiero por el Poder Publico. 19 Obedecerán al principio de la indivisibilidad, investigación y extensión. 18
  • 19. La Ley de Directrices y Bases de Educación Nacional de 1996 Como otros países latinoamericanos, sobre todo a partir de los Noventa, Brasil viene experimentando diversos cambios en su sistema de educación superior, a nivel de grado. Dos desafíos principales ofrecen las motivaciones para esas mutaciones: aumentar la competitividad de la economía en el mundo globalizado a través de un incremento en la formación de profesionales y, por otro lado, fortalecer los valores democráticos, en especial la equidad, a través de la ampliación de oportunidades de acceso y permanencia y el fortalecimiento de valores adecuados a la formación ciudadana20. Durante el gobierno de Fernando Henrique Cardoso (1995-2002), se desarrollan políticas de descentralización y privatización en los diversos subsistemas. Se idean e implementan una cantidad de reformas enfocadas a garantizar la calidad de la educación superior y fomentar la expansión del sector privado, como medida para absorber la creciente demanda. La gestión de Cardoso con respecto a la educación superior se caracteriza por el establecimiento de un sistema de evaluación centralizado por parte del Ministerio de Educación (MEC) y el abandono del trinomio enseñanza-investigación-extensión. En este sentido, la nueva prioridad de la Universidad brasileña es principalmente la de formar profesionales que respondan a las necesidades productivas del País. La Reforma impulsada por la Constitución de 1988 culmina con la aprobación de la actual Ley de Directrices y Bases de Educación Nacional, Ley Nº 9.394/96 (Lei de Diretrizes e Bases da Educação Nacional). De acuerdo con el Articulo 43 de La Ley, los fines de la Educación Superior son los siguientes: I - estimular a criação cultural e o desenvolvimento do espírito científico e do pensamento reflexivo; II - formar diplomados nas diferentes áreas de conhecimento, aptos para a inserção em setores profissionais e para a participação no desenvolvimento da sociedade brasileira, e colaborar na sua formação contínua; III - incentivar o trabalho de pesquisa e investigação científica, visando o desenvolvimento da ciência e da tecnologia e da criação e difusão da cultura, e, desse modo, desenvolver o entendimento do homem e do meio em que vive; 20 José Dias Sobrinho y Márcia Regina F. de Brito, La educación Superior en Brasil: principales tendencias y desafíos, Avaliação, Campinas; Sorocaba, SP, v. 13, n. 2, p. 487-507, jul. 2008. Consultado el 29 de julio de 2010 en http://www.scielo.br/pdf/aval/v13n2/11.pdf 19
  • 20. IV - promover a divulgação de conhecimentos culturais, científicos e técnicos que constituem patrimônio da humanidade e comunicar o saber através do ensino, de publicações ou de outras formas de comunicação; V - suscitar o desejo permanente de aperfeiçoamento cultural e profissional e possibilitar a correspondente concretização, integrando os conhecimentos que vão sendo adquiridos numa estrutura intelectual sistematizadora do conhecimento de cada geração; VI - estimular o conhecimento dos problemas do mundo presente, em particular os nacionais e regionais, prestar serviços especializados à comunidade e estabelecer com esta uma relação de reciprocidade; VII - promover a extensão, aberta à participação da população, visando à difusão das conquistas e benefícios resultantes da criação cultural e da pesquisa científica e tecnológica geradas na instituição21. El Articulo 56 dispone el máximo de representación estudiantil en forma indirecta, al establecer que “os docentes ocuparão setenta por cento dos assentos em cada órgão colegiado e comissão, inclusive nos que tratarem da elaboração e modificações estatutárias e regimentais, bem como da escolha de dirigentes”22. En el Capítulo VI de la Ley se explicita el concepto de Extensión Universitaria, en particular en el inciso VII del Articulo 43, el cual enumera, entre las finalidades de la educación superior “promover a extensão, aberta à participação da população, visando à difusão das conquistas e benefícios 23 resultantes da criação cultural e da pesquisa científica e tecnológica geradas na instituição” . La Ley establece la obligatoriedad de la realización de la pasantía estudiantil, la cual tiene una connotación curricular en términos de créditos. En el Artículo 82, la Ley establece que “Os sistemas de ensino estabelecerão as normas para realização dos estágios dos alunos regularmente matriculados no ensino médio ou superior em sua jurisdição. O estágio realizado nas condições deste 21 I.Fomentar la creación cultural y el desarrollo del espíritu científico y del pensamiento reflexivo; II. formar a graduados en los diferentes campos del conocimiento, aptos para insertarse en los sectores profesionales y participar en el desarrollo de la sociedad brasileña, y colaborar en su formación continua; III. fomentar el trabajo de investigación y la investigación científica, dirigida al desarrollo de la ciencia y la tecnología y a la creación y difusión de la cultura y, de esta manera, desarrollar la comprensión del hombre y del entorno en que vive; IV. promover la difusión de conocimientos culturales, científicos y técnicos que constituyen patrimonio de la humanidad y transmitir los conocimientos a través de la enseñanza, publicaciones u otras formas de comunicación; V. suscitar el deseo permanente de perfeccionamiento profesional y cultural, y permitir su correspondiente concretización, integrando los conocimientos que se van adquiriendo en una estructura intelectual sistematizadora del conocimiento de cada generación; VI. estimular el conocimiento de los problemas del mundo contemporáneo, en particular de los nacionales y regionales, prestar servicios especializados a la comunidad y establecer con ella una relación de reciprocidad; VII. promover la extensión, abierta a la participación de la población, apuntando a la difusión de las conquistas y los beneficios de la creación cultural y de la investigación científica y tecnología generados en la institución. 22 Los docentes ocuparán un setenta por ciento de asientos en cada órgano colegial y comisión, incluso en los que traten de la elaboración y modificación de estatutos y reglamentos, así como de la elección de los directivos. 23 Promover la extensión, abierta a la participación de la población, apuntando a la difusión de los logros y los beneficios resultantes de la creación cultural y la investigación científica y tecnológica generadas en la institución. 20
  • 21. artigo não estabelecem vínculo empregatício, podendo o estagiário receber bolsa de estágio, estar 24 segurado contra acidentes e ter a cobertura previdenciária prevista na legislação específica” . Además, el Articulo 47 de la Ley reconoce formalmente la posibilidad de dictar cursos de grado en modalidad a distancia, mientras que el Artículo 80 establece que “O Poder Público incentivará o desenvolvimento e a veiculação de programas de ensino a distância, em todos os níveis e 25 modalidades de ensino, e de educação continuada” . La Educación a distancia será sucesivamente reglamentada por el Decreto N° 2.494 y el Decreto N°2.561, ambos de 1998 y revocados por Decreto Nº 5.622 de 2005. La educación a distancia representa por muchas universidades el lugar privilegiado para hacer extensión. 24 Los institutos educativos establecerán las normas para la realización de las pasantías de los alumnos regularmente matriculados en la enseñanza secundaria o superior en su jurisdicción. La pasantía realizada bajo las condiciones de este artículo no constituye una relación de trabajo, pudiendo el pasante recibir una bolsa para la pasantía, estar asegurado contra accidentes y tener la cubertura previsional prevista en la legislación específica. 25 El Poder Publico ffomentará el desarrollo y la difusión de los programas de educación a distancia, en todos los niveles y modalidades de enseñanza, y de la educación continua. 21
  • 22. La reorganización y evaluación de la educación superior brasileña Durante la década de los Noventa, el aumento de matrículas en la enseñanza media y la nueva normativa establecida por la Ley de Directrices y Bases de Educación Nacional Nº 9.394/96 resultan en una enorme expansión de las Instituciones Privadas de Enseñanza Superior. En 1997, el Decreto Nº 2.306 (Revocado por Decreto Nº 3.860 de 2001, también revocado por Decreto Nº 5.773 de 2006) reglamenta las disposiciones contenidas en los artículos 16, 19, 20, 45, 46 y § 1º, 52, parágrafo único, 54 y 88 de la Ley Nº 9.394 de 1996 con respeto al Sistema Federal de Educación. El Artículo 8 del Decreto clasifica a las instituciones de educación superior en: universidades, centros universitarios, facultades integradas, facultades e institutos superiores (o escuelas superiores). El siguiente articulo especifica que “As universidades, na forma do disposto no art. 207 da Constituição Federal, caracterizam-se pela indissociabilidade das atividades de ensino, de pesquisa e 26 de extensão, atendendo ainda ao disposto no art. 52 da Lei nº 9.394, de 1996”. El mismo artículo prevé que la creación de universidades especializadas pueda admitirse solo tras verificar la existencia de actividades de enseñanza e investigación tanto en las materias básicas como en las aplicadas. El Articulo 12 califica a los centros universitarios como “as instituições de ensino superior pluricurriculares, abrangendo uma ou mais áreas do conhecimento, que se caracterizam pela excelência do ensino oferecido, comprovada pela qualificação do seu corpo docente e pelas condições de trabalho acadêmico oferecidas à comunidade escolar, nos termos das normas estabelecidas pelo 27 Ministro de Estado da Educação e do Desporto para o seu credenciamento” . La autonomía para crear, organizar y extinguir cursos y programas educativos, se extiende a los Centros Universitarios, quedando abierta la posibilidad de ampliar ulteriormente tal autonomía. Al establecer los Centros Universitarios, el Decreto Nº 2.306 hace que surja la imagen popular de la universidad. O sea, se crea en Brasil un nivel jerárquicamente inferior a las tradicionales, implantándose así, una dicotomía entre dos tipos de universidad – una de enseñanza, otra de investigación. Esa concepción rompe con el ideal de universidad pensada en Brasil en su reforma de 196828. 26 Las universidades, así como dispuesto por el Articulo 207 de la Constitución Federal, se caracterizan por la indisociabilidad de las actividades de enseñanza, de investigación y de extensión, respondiendo a lo dispuesto en el art. 52 de la Ley Nº 9.394, de 1996. 27 Las instituciones de enseñanza superior pluricurriculares, abarcando una o más áreas del conocimiento, que se caracterizan por la excelencia de la enseñanza ofrecida, comprobada por la calificación de su cuerpo docente y por las condiciones de trabajo académico proporcionadas a la comunidad estudiantil, en los términos de las normas establecida por el Ministerio de Estado, d e Educación y del Deporte para su registro. 28 José Rubens Lima Jardilino, El tema de la autonomía en las reformas educativas en América Latina, Consultado el 26 de noviembre de 2010 en http://www.reformadel18.unc.edu.ar/privates/Jardilino.doc 22
  • 23. El sistema es ulteriormente reglamentado en el 2001, por medio del Decreto Nº 3.860 (Revocado por el Decreto Nº 5.773 de 2006) que dispone sobre la organización de la educación superior, la acreditación de cursos e instituciones y otras providencias (Dispõe sobre a organização do ensino superior, a avaliação de cursos e instituições, e dá outras providências). En 1993, se crea el Programa de Evaluación Institucional de las Universidades Brasileñas (PAIUB). A éste se suman en diciembre de 1995 el Consejo Nacional de Educación (Conselho Nacional de Educação), creado por Ley N° 9.131 de 1995, la cual además reformula la normativa en materia de creación de nuevas Instituciones de Educación Superior, en vista de la expansión del sector frente a la creciente demanda. La Ley indica los pilares de las políticas educativas del momento, o sea autonomía, calidad y evaluación, ésta ultima considerada indispensable para medir los alcances de las reformas educativas e impulsa el establecimiento del Exame Nacional de Carreras “Provão” en 1996 y de mecanismos de Evaluación de las condiciones de oferta de los cursos de Pregrado en 1997. Se trataba de una evaluación enfocada principalmente al desempeño de los estudiantes, del cual dependía la autonomía de las universidades, por lo cual, como subrayado por José Dias Sobrinho y Márcia Regina F. de Brito (2008) “se trata de una autonomía evaluada, o sea, controlada y limitada por un instrumento de evaluación y pendiente de sus resultados (control de resultados de acuerdo al 29 producto final)” . 29 José Dias Sobrinho y Márcia Regina F. de Brito, La educación Superior en Brasil: principales tendencias y desafíos, Avaliação, Campinas; Sorocaba, SP, v. 13, n. 2, p. 487-507, jul. 2008: Consultado el 26 de noviembre de 2010 en http://www.scielo.br/pdf/aval/v13n2/11.pdf 23
  • 24. La institucionalización de la Extensión universitaria entre la década de los Noventa y el principio del siglo XXI El periodo entre 1993 y 1994 se presenta como una fase de intenso dialogo y articulación entre el Foro Nacional de Pro-Rectores de Extensión y la Secretaria de Educación Superior (Secretaria de Educação Superior) del Ministerio de Educación (Ministério da Educação). En abril de 1993, la Secretaria funda la Comisión de Extensión Universitaria (Comissão de Extensão Universitária), con el objetivo de elaborar programas y directrices para el fomento de la extensión en las instituciones de Educación Superior. Poco tiempo después, la Comisión crea el Programa de Fomento de la Extensión Universitaria (Programa de Fomento à Extensão Universitária – PROEXT), primer programa nacional para incentivar la Extensión Universitaria en Brasil y que se constituye de facto como una política de extensión de las universidades públicas del País. El programa se basa en el principio de indisociabilidad de docencia, investigación y extensión, estableciendo las relaciones entre estas tres funciones de la educación superior. En 1997, la Universidade Federal da Paraíba (UFBT) y el Movimiento de Trabajadores Sin Tierra (Movimento dos Trabalhadores Sem-Terra – MST) crean el Programa Nacional de Educación de la Reforma Agraria (Programa Nacional de Educação da Reforma Agrária – PRONERA). En 1999, se crea, durante el XV Encuentro del Fórum de Pro-Rectores de Extensión de las Universidades Públicas, el Grupo de Trabajo de Calificación de la Extensión Universitaria (Grupo de Trabalho de Avaliação da Extensão Universitária). Durante el mismo año, la Universidade Virtual Publica do Brasil constituye un consorcio instituciones públicas de educación superior, hoy conocido con el nombre de UniRede, con el objetivo de incrementar las posibilidades de acceso a la educación superior a través de la oferta de cursos a distancia en los niveles de grado, posgrado y extensión. El primer párrafo del primer documento elaborado en ocasión de la creación del consorcio recita “Os representantes das 18 universidades presentes à I Reunião da Universidade Virtual Pública do Brasil, nos dias 2 e 3/12 em Brasília, UnB, estão conscientes de que já é hora do sistema público de ensino 24
  • 25. superior ocupar e ampliar seu espaço, partindo para uma ação arrojada, inovadora, responsável e 30 concreta, como resposta às desigualdades e injustiças no campo da educação superior.” UniRede recibe apoyo de los ministerios de Educación y de Ciencia y Tecnología para promover cursos de grado y posgrado en modalidad a distancia, contribuyendo así a reducir la brecha virtual y brindar oportunidades de formación superior a aquellos que, por varias razones, no pueden atender cursos presenciales. En Junio de 2000, en la Universidade Federal da Paraíba (UFBT) se realiza el I Encuentro Nacional de Evaluación de la Extensión Universitaria (I Encontro Nacional de Avaliação da Extensão Universitária), en el marco del XVI Encuentro Nacional de PROEX. En Diciembre del mismo año, el Grupo de Trabajo entrega al FORPROEX el documento “Evaluación Nacional de la extensión Universitaria” (Avaliação Nacional da Extensão Universitária), publicado el año sucesivo en la Colección de Extensión Universitaria del MEC. El estudio concibe la evaluación de la extensión en cinco dimensiones, fijando indicadores para cada una de ellas: la política de gestión, la infraestructura, la relación universidad- sociedad, el plan académico y la producción académica. El grupo de Trabajo se transforma en mayo de 2001 en Comisión Permanente de Evaluación de la Extensión (Comissão Permanente de Avaliação de Extensão), con la tarea de elaborar los instrumentos de evaluación de la extensión a aplicarse en todas las universidades públicas del País. Los instrumentos son disponibles en el sitio web de la Red Nacional de Extensión (www.renex.org.br). En 2001, tras la participación de una delegación brasileña en el V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria organizado en Morelia, Mexico, se realiza en San Paulo el VI Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, con el título “Universidad y Sociedad”, mientras que en 2005 el VIII Congreso Iberoamericano se realiza en Rio de Janeiro. En 2001, en consecuencia de una propuesta del “Fórum de Pró- Reitores de Extensão das Universidades Públicas Brasileiras” se realiza el primer Congreso Brasileño de Extensión Universitaria (Congresso Brasileiro de Extensão Universitária - CBEU), del cual surge la Articulación (o Acción) Nacional de Extensión Universitaria (Articulação ou Ação Nacional de Extensão Universitária – ANEXU). La ANEXU tiene vida breve, terminando 30 Los representantes de las 18 universidades presentes a la I Reunión de la Universidad Virtual Pública de Brasil, en los días 2 y 3 /12 en Brasilia, UnB, son conscientes de que ya es hora que el sistema público de educación superior ocupe y amplíe su espacio, empezando una acción audaz, innovadora, responsable y concreta, en respuesta a las desigualdades e injusticias en el campo de la educación superior. 25
  • 26. sus actividades durante el Congreso Iberoamericano de Extensión de la Universidad de Río de Janeiro (Congresso Iberoamericano de Extensão Universitário do Rio de Janeiro) en 2002. Siempre en 2001, se promulga el Decreto N º3.860, con el cual se encarga al Ministerio de Educación la coordinación de las IES, incluyendo la aprobación de cursos y programas académicos, tarea esta ultima asumida por el Instituto Nacional de Estudios e Investigaciones Educativos (Instituto Nacional de Estudos e Pesquisas Educacionais - INEP). 26
  • 27. La Ley Nº 9.608 de 1998 de Servicio Voluntario y las políticas públicas de promoción de la juventud En 1995, se crea el Programa Universidad Solidaria (Universidade Solidária - UniSol), con el fin de articular e implementar los proyectos y las acciones sociales de las instituciones de educación superior, en colaboración con empresas públicas y privadas, organizaciones del Tercer Sector y comunidades. UniSol fomenta la adquisición de capacidades de liderazgo por parte de los universitarios y el fortalecimiento de la extensión universitaria en general. A partir de las demandas de las comunidades y de la opinión de equipos especializados, UniSol promueve actividades socio-educativas en diversas áreas, tales como: organización comunitaria, protección del medioambiente, educación, cultura, turismo, salud y deporte. Desde su creación, el programa ha logrado involucrar a estudiantes y profesores provenientes de más de 200 universidades en acciones a beneficio de 1.313 comunidades en todo el País. Con el fin de regular la acción voluntaria, el 18 de febrero de 1998 se promulga la Ley Nº 9.608, la cual dispone sobre el servicio voluntario y otras providencias. La Ley se compone de cinco artículos permanentes, tres de fondo y dos de forma. Su fin principal es de establecer legalmente el concepto de servicio voluntario. El Artículo 1 especifica que “Considera-se serviço voluntário, para fins desta Lei, a atividade não remunerada, prestada por pessoa física a entidade pública de qualquer natureza, ou a instituição privada de fins não lucrativos, que tenha objetivos cívicos, culturais, educacionais, científicos, 31 recreativos ou de assistência social, inclusive mutualidade” . La Ley permite que la prestación de la actividad voluntaria se realice en instituciones públicas o privadas, pero sin fines lucrativos y que tengan interés social. El Párrafo único del mismo Artículo aclara que el servicio voluntario no genera vínculo laboral, ni implica obligaciones en términos de previdencia social asociadas con el trabajo. Las Entidades de Voluntariado son aquellas que persiguen un interés social, pudiendo ser de carácter público, en el cual caso podrán desarrollar cualquier tipo de actividad, o privado, pudiendo implementar solo acciones no lucrativas. La relación de voluntariado se constituye mediante contrato 31 Se considera servicio voluntario, para los fines de esta ley, la actividad no remunerada, prestada por una persona física en una entidad pública de cualquier naturaleza, o en una institución privada sin fines de lucro, que persiga objetivos cívicos, culturales, educacionales, científicos, recreativos o de asistencia social, incluyendo mutualidades. 27
  • 28. (termo de adesão) entre la institución beneficiaria del servicio voluntario y el mismo voluntario. El Contrato debe contener mención del tipo de servicio y las condiciones para su realización, entre las cuales el periodo y los horarios de desempeño, los resultados esperados del servicio y los gastos que la institución indemniza al voluntario para el ejercicio de sus funciones. En 1998, comienza, por iniciativa de la Secretaria de Estado de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia el programa de Servicio Civil Voluntario, con el objeto de vincular cursos educativos y trabajo voluntario en comunidades pobres, como alternativa para jóvenes dispensados del servicio militar obligatorio. El programa tiene una duración prevista de seiscientas horas, en seis meses, y proporciona apoyo de alimentación, transporte y beca para los capacitados. En 2001 el Gobierno Federal crea la Política Civil de Servicio Voluntario, en el marco del Programa Nacional de Derechos Humanos. El Programa se implementa de 1998 a 2002, siendo su ejecución otorgada a entidades de educación profesional, entre las cuales las universidades, contratadas en cado Estado por las Secretarias Estatales de Trabajo. Entre 1998 y 2002, el programa ha logrado atender casi 42.000 jóvenes en todo el territorio federal. Esta iniciativa es complementada por el Programa Mi primer Empleo (Meu Primeiro Emprego), que involucra jóvenes entre 16 y 21 años en pasantías laborales con el fin de disminuir el desempleo en el País; el Plan Nacional para la Juventud aprobado en 2004 y elaborado por el Congreso brasileño; el "Proyecto Juventud" (Projeto Juventude) del Instituto da Cidadania, una ONG creada por el Presidente Lula da Silva enfocada a buscar soluciones a los problemas que afectan la juventud brasileña; y la iniciativa Viva Río de 1993. En 1999 se sanciona la Ley Nº 9.790 como alternativa para el Tercer Sector (Dispõe sobre a qualificação de pessoas jurídicas de direito privado, sem fins lucrativos, como Organizações da Sociedade Civil de Interesse Público, institui e disciplina o Termo de Parceria, e dá outras providências). La Ley trata de la calificación de las entidades incluidas en el denominado Tercer Sector, entre las cuales figuran también los centros de enseñanza privados. El 30 de Julio del mismo año, se emite el Decreto Nº 3.100, conteniente la Reglamentación a la Ley Nº 9.790 El 30 de junio de 2005, se promulga la Ley Nº 11.129 que crea el Programa Nacional de Inclusión Juvenil (Programa Nacional de Inclusão de Jovens – ProJovem) y la Secretaria Nacional de la Juventud (Secretaria Nacional 28
  • 29. de Juventude). La Ley es sucesivamente modificada por la Ley Nº 11.692 del 10 de junio de 2008, que “Dispone sobre el Programa Nacional de Inclusión Juvenil instituido por la Ley Nº 11.129 del 30 de junio de 2005; altera la Ley Nº 10.836 del 9 de enero de 2004; revoca las disposiciones de las Leyes Nº 9.608 del 18 de febrero de 1998, Nº 10.748 del 22 de octubre de 2003, 10.940, de 27 del 27 agosto de 2004, Nº 11.129, del 30 de junio de 2005, y Nº 11.180, del 23 de septiembre de 2005”. El PROJOVEM es destinado a jóvenes entre 15 y 29 años de edad. El programa es gestionado y ejecutado por la Secretaria General de la Presidencia de la Republica y los Ministerios de Educación, de Trabajo y Empleo y de Desarrollo Social y Combate al Hambre, tiene el objetivo de promover su reintegración al proceso educativo, su calificación profesional y su desarrollo humano (Art. 2), a través de cuatro modalidades: el Projovem Adolescente – Servicio Socioeducativo, el Projovem Urbano, el Projovem campo – saberes de la Tierra, y el Projovem Trabajador. Según los cálculos de Johns Hopkins, el aporte de las organizaciones de la sociedad civil apoyadas en 32 voluntariado supera en Brasil el 2% del Producto Bruto . 32 Perold, H. y Tapia, M.N. (editoras) (2007) Servicio Cívico y Voluntariado en Latinoamérica y el Caribe. Service Enquiry/Servicio Cívico y Voluntariado Volumen 2. Buenos Aires, Centro Latinoamericano de Aprendizaje y Servicio Solidario; Johannesburg, Volunteer and Service Enquiry Southern Africa; St. Louis, Washington University, The Center for Social Development; Washington DC, Innovations in Civic Participation. Consultado el 2 de agosto de 2010 en: http://www.service-enquiry.org.za 29
  • 30. El Siglo XXI y la mejoría del acceso a las universidades: FIES y PROUNI En la actualidad, la gran mayoría de la población de Brasil no tiene acceso a la educación superior., por lo cual el sistema sigue siendo fundamentalmente de élite. Para tentar cambiar esta realidad una de las metas del Plan Nacional de Educación aprobado en el año 2000, es de “proveer hasta el fin de la década la oferta de educación superior para por lo menos el 30% del grupo de edad de 18 a 24 años”. Para que los estudiantes más necesitados puedan ingresar en las universidades privadas brasileñas se ha creado en 1999 el Programa de Financiamiento Estudiantil (FIES) – destinado a financiar los gastos de graduación para los estudiantes económicamente más desventajados. EL FIES financia los estudios de alumnos seleccionados por el Ministerio de Educación y regularmente matriculados en Instituciones no-gratuitas, debidamente catastradas y evaluadas positivamente en los procesos evaluativos oficiales. El financiamiento, en general, corresponde a 50% del valor de la matrícula. En 2006, se contaban 1.513 instituciones y 449.786 estudiantes beneficiados por el programa. En 2005, el FIES ha beneficiado a aproximadamente 1,5 millones de alumnos. Por eso en 2004 el gobierno de Luis Inácio Lula da Silva ha creado políticas de inclusión educativa tales como el PROUNI – Programa Universidade para Todos –, creado por la Medida Provisoria Nº 213, que ofrece bolsas de estudio integrales y parciales en instituciones de educación superior a los estudiantes que no tengan las condiciones financieras. A cambio, las instituciones de enseñanza están exentas de pagar impuestos. La gestión del programa es otorgada al Ministerio de Educación. El Párrafo 1 del Artículo 4 de la Medida Provisoria establece que “O estudante beneficiário do PROUNI poderá prestar serviços comunitários, nos termos de normas expedidas pelo o Ministério da Educação, aplicando-se à atividade o disposto na Lei n 9.608, de 18 de fevereiro de 1998”33. De esta manera, la normativa en tema de voluntariado se integra y complementa por nuevos instrumentos y posibilidades de acción. El PROUNI está demostrando su pertinencia a las necesidades del País y su capacitad atractiva, ya que el número de estudiantes inscriptos en el PROUNI aumenta de año en año. Los candidatos pueden optar por hasta siete carreras y necesitan cumplir con los 33 El estudiante beneficiario del PROUNI podrá prestar servicios comunitarios, en los términos de las normas expedidas por el ministerio de Educación, aplicándose a las actividades lo dispuesto por la Ley Nº 9.608, del 18 de febrero de 1998. 30
  • 31. siguientes criterios para beneficiarse de beca integral: a) proceder de escuela media pública o haber recibido beca integral en escuela privada; b) comprobar que la familia tiene bajos ingresos (no superiores a 1,5 salario mínimo, algo como US$ 300.00); c) comprobar desempeño satisfactorio en el Examen Nacional de Enseñanza Media. Los mismos criterios valen para la beca parcial, con la diferencia de que los ingresos familiares pueden ser más altos (menos de tres salarios mínimos o aproximadamente US$ 600.00). Algunos estudios ya demuestran que los alumnos becarios del PROUNI lograron un desempeño superior a los demás estudiantes en 14 de las 15 áreas analizadas. Otra medida para la inclusión de las llamadas minorías en la universidad es el sistema de cuotas étnicas, que destina un porcentaje de las matriculas vacantes en las universidades públicas para los estudiantes declarados afro descendientes. Durante los años entre 1996 y 2003, la calidad educativa se hacía coincidir básicamente en el desempeño de los estudiantes. Esta situación cambia en 2004, con la promulgación de la Ley Nº 10.861 que crea el Sistema de Evaluación de la Educación Superior Brasileña (Sistema Nacional de Avaliação da Educação Superior - SINAES). El SINAES se compone de tres elementos, la evaluación de las instituciones, la de los curso y la del desempeño de los estudiantes, abracando todos los aspectos relacionados a estos tres ejes: la enseñanza, la investigación, la extensión, la responsabilidad social, el desempeño de los alumnos, la gestión de de la institución, el cuerpo docente y las instalaciones, entre otros. En diciembre de 2005 se organiza en Brasilia el Seminario Nacional de Educación Popular (Seminário Nacional de Educação Popular). Del encuentro surge la Articulación Nacional de Extensión Popular (Articulação Nacional de Extensão Popular – ANEPOP), en el marco de los Grupos de Investigación en Extensión Popular (Grupos de Pesquisa em Extensão Popular – EXTELAR) de la Universidade Federal da Paraíba, con la tarea de transformar la Extensión Popular en una política y un movimiento a escala nacional. 31
  • 32. La Ley Nº 11.788 de 2008 sobre el régimen de pasantías y prácticas del estudiante La reciente Ley Nº 11788 de 2008 dispone sobre las pasantías y prácticas de los estudiantes, modificando las normas anteriores en la materia y estableciendo el marco de funcionamiento. El Articulo 1 de La Ley define a la Pasantía como “el acto educativo escolar supervisado, desarrollado en un ambiente de trabajo, que apunta a la preparación para el trabajo productivo de los estudiantes que estén cursando cursos regulares en instituciones de educación superior, educación profesional, de enseñanza media, de educación especial y de los años finales de la enseñanza fundamental, en la 34 modalidad profesional de la educación de jóvenes y adultos ”· El mismo Articulo especifica que la pasantía es parte del proyecto educativo del curso, más allá de integrar el itinerario formativo del educando. La pasantía está dirigida a la adquisición de competencias propias de la actividad profesional y a la contextualización del curriculum, apuntando al desarrollo del educando para la vida cívica y el trabajo. El Artículo 2 dispone que la pasantía puede o no ser obligatoria, conformemente a las directrices curriculares, la modalidad y el área de enseñanza y el proyecto pedagógico del curso. Es obligatoria la pasantía definida como tal en el programa de curso, cuya carga horaria sea requisito para la aprobación y la obtención del título. Es no obligatoria la pasantía implementada como actividad opcional, adicionalmente a la carga horaria regular y obligatoria. Las actividades de extensión, de seguimiento y de investigación científica en la educación superior, implementadas por el estudiante, podrán ser equiparadas a la pasantía solamente si previstas en el proyecto pedagógico del curso. El Artículo 3 establece que la pasantía, en modalidad obligatoria o facultativa, no crea vinculo laboral, debiendo observar los siguientes requisitos: matricula y frecuencia regular de un curso de estudio, atestados por la institución educativa; celebración de un acta de compromiso entre el estudiante, la parte que concede la pasantía y la institución educativa de procedencia del estudiante; compatibilidad entre las actividades previstas por la pasantía y aquellas mencionadas en el acta de compromiso. El mismo artículo prevé que el pasante deberá recibir un acompañamiento efectivo por parte de un profesor y un supervisor en la organización en la cual se implementa la pasantía. 34 Estágio é ato educativo escolar supervisionado, desenvolvido no ambiente de trabalho, que visa à preparação para o trabalho produtivo de educandos que estejam freqüentando o ensino regular em instituições de educação superior, de educação profissional, de ensino médio, da educação especial e dos anos finais do ensino fundamental, na modalidade profissional da educação de jovens e adultos. o § 1 O estágio faz parte do projeto pedagógico do curso, além de integrar o itinerário formativo do educando. o § 2 O estágio visa ao aprendizado de competências próprias da atividade profissional e à contextualização curricular, objetivando o desenvolvimento do educando para a vida cidadã e para o trabalho. 32
  • 33. La duración de la pasantía y el número de horas de práctica diarias deben establecerse de común acuerdo entre la institución educativa, la parte concedente y el estudiante, no pudiendo exceder las cuatro horas diarias y veinte semanales, en el caso de estudiantes de educación especial y en los últimos dos años de educación fundamental, y las seis horas diarias y 30 semanales , en el caso de estudiante de educación superior, de educación profesional de nivel medio y de la educación media regular. Al estudiante que implementa una pasantía por un periodo mayor de un año tiene derecho a treinta días de vacaciones, como medida para compensar su compromiso social. 33
  • 34. ENLACES Y DOCUMENTOS DE INTERÉS Enlaces: XXVII Encontro de Pró-Reitores de Extensão das Universidades Públicas Brasileiras – FORPROEX 2010 en FORPROEX Regional Sudeste: http://forproexsudeste.blogspot.com/2010/07/xxvii-encontro-de-pro-reitores-de.html Biografía de Joao Goulart de la Presidencia de la República Federativa de Brasil: https://www2.gestao.presidencia.serpro.gov.br/area-presidencia/pasta.2008-10- 08.1857594057/pasta.2008-10-08.9262201718/pasta.2008-12-17.8314274844 Central Única dos Trabalhadores: http://www.cut.org.br/ Congresso Brasileiro de Extensão Universitária – CBEU: http://www.cbeu.ufgd.edu.br/index.php Consejo Nacional de Educación en Ministerio de Educación: http://portal.mec.gov.br/index.php?option=com_content&view=article&id=12449&Itemid=754 Constitución de la República de los Estados Unidos de Brasil de 16 de julio de 1934: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/Constitui%C3%A7ao34.htm Constitución de la República de los Estados Unidos de Brasil de 10 de noviembre de 1937: http://www.planalto.gov.br/ccivil/Constituicao/Constitui%C3%A7ao37.htm Constitución de la República de los Estados Unidos de Brasil de 18 de septiembre de 1946: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/Constitui%C3%A7ao46.htm Constitución de la República Federativa de Brasil de 1988: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constitui%C3%A7ao.htm Decreto Nº 19.851 de 1931, Estatuto das Universidades Brasileiras: http://www.fis.ufba.br/dfes/PDI/financ/decreto%2019.851.doc Decreto Nº 91.177 de 1985, la Comisión Nacional para la Reforma de la Educación Superior: http://www2.camara.gov.br/legin/fed/decret/1980-1987/decreto-91177-29-marco- 1985-441184-publicacao-1-pe.html Decreto Nº 2.494, de 10 de febrero de 1998, Reglamenta el Art. 80 de la Ley Nº 9.394/96: http://portal.mec.gov.br/seed/arquivos/pdf/tvescola/leis/D2494.pdf Decreto Nº 2.561, del 27 de abril de 1998, Altera la redacción de los Art. 11 y 12 del Decreto Nº 2.494 del 10 de febrero de 1998: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/decreto/D2561.htm Decreto Nº 3.100/1999 – Reglamenta la Ley Nº 9.790/1999: http://www.almeidamelo.com.br/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=3392 Decreto Nº 3.860 del 9 de julio de 2001, Dispone sobre la organización de la enseñanza superior, la evaluación de cursos e instituciones: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/decreto/2001/D3860.htm Decreto Nº 5.622 del 19 de marzo de 2005, Reglamenta el Art. 80 de la Ley Nº 9.394, del 20 de diciembre de 1996: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2004- 2006/2005/Decreto/D5622.htm#art37 Decreto Nº 5.773 del 9 de mayo de 2006, Reglamenta el Art. 80 de la Ley Nº 9.394, del 20 de diciembre de 1996, Dispone sobre el ejercicio de las funciones de regulación, 34
  • 35. supervisión y evaluación de las instituciones de educación superior y cursos superiores de graduación en el sistema federal de educación: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2004-2006/2006/Decreto/D5773.htm#art79 Direção Executiva Nacional dos Estudantes de Medicina: http://www.denem.org.br/ Djahy Lima, CRUTAC en recantodasletras.uol.com.br: http://recantodasletras.uol.com.br/artigos/1140924 Enrique Martínez-Salanova Sánchez, Paulo Freire, Pedagogo de los oprimidos y transmisor de la pedagogía de la esperanza: http://www.uhu.es/cine.educacion/figuraspedagogia/0_paulo_freire.htm Fernando Henrique Cardoso en Presidencia de la República Federativa de Brasil: https://www2.gestao.presidencia.serpro.gov.br/area-presidencia/pasta.2008-10- 08.1857594057/pasta.2008-10-08.9262201718/pasta.2008-12-16.0710539708 Fórum Nacional de Pró-Reitores de Extensão (Forproex) en ANDIFES.org.br: http://www.andifes.org.br/index.php?option=com_content&view=article&id=106:forum-nacional- de-pro-reitores-de-extensao-forproex&catid=45&Itemid=66 Grupos de Pesquisa em Extensão Popular – EXTELAR: http://www.prac.ufpb.br/copac/extelar/index.html Instituto da Cidadania: http://www.institutocidadania.org.br/ Instituto Nacional de Estudos e Pesquisas Educacionais – INEP: http://www.inep.gov.br/ Jorge Tadeu da Silva, A passeata dos 100 mil: http://www.jorgetadeu.com.br/ac_aconteceujunho06.htm Ley Nº 4.024 de 1961, Directrices y Bases de la Educación Nacional: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Leis/L4024.htm Ley Suplicy de Lacerda de 1964, Dispone sobre los Órganos de Representación de los Estudiantes: http://www.gedm.ifcs.ufrj.br/upload/legislacao/357.pdf Ley Nº 5.540 de 28 de noviembre de 1968, Fija las normas de organización y funcionamiento de la educación superior y de su articulación con la escuela media: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Leis/L5540.htm Ley Nº 9.394/96, Directrices y Bases de la Educación Nacional: http://portal.mec.gov.br/arquivos/pdf/ldb.pdf Ley Nº 9.608 del 18 de febrero de 1998, Dispone sobre el servicio voluntario: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/LEIS/L9608.htm Ley Nº 9.790 del 23 de marzo de 1999, Dispone sobre la cualificación de las personas jurídicas de derecho privado, sin fines de lucro, como Organizaciones de la Sociedad Civil de Interés Público, Instituye e disciplina el Contrato de colaboración: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Leis/L9790.htm Ley Nº 10.861 del 14 de abril de 2004, Instituye el Sistema Nacional de Evaluacion de la Educacion Superior – SINAES: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2004- 2006/2004/Lei/L10.861.htm Ley Nº 11.129 del 30 de junio de 2005, Instituye el Programa Nacional de Inclusión Juvenil – ProJovem; crea en Consejo Nacional de la Juventud – CNJ e la Secretaria 35
  • 36. Nacional de la Juventud; altera las Leyes Nº 10.683 del 28 de mayo de 2003, y 10.429, del 24 de abril de 2002: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2004-2006/2005/Lei/L11129.htm Ley Nº 11.692 del 10 de junio de 2008, Dispone sobre el Programa Nacional de Inclusión Juvenil instituido por la Ley Nº 11.129 del 30 de junio de 2005; altera la Ley Nº 10.836 del 9 de enero de 2004; revoca las disposiciones de las Leyes Nº 9.608 del 18 de febrero de 1998, Nº 10.748 del 22 de octubre de 2003, 10.940, de 27 del 27 agosto de 2004, Nº 11.129, del 30 de junio de 2005, y Nº 11.180, del 23 de septiembre de 2005: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2007-2010/2008/lei/l11692.htm Ley Nº 11.788 del 25 de septiembre de 2008, Dispone sobre la pasantía de los estudiantes: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2007-2010/2008/Lei/L11788.htm Los antecedentes de Córdoba en Uruguay: el Congreso Internacional de Estudiantes Americanos, en Hacia una Nueva Ley Orgánica, Universidad de la República de Uruguay: http://www.universidadur.edu.uy/reforma_ley/documentos.php?action=fullnews&id=4496 Marcus Roberto de Oliveira, Conspiração, Populismo e Golpe de Estado no Brasil: http://www.espacoacademico.com.br/015/15res_oliveira.htm Medida Provisoria Nº 213 del 10 de septiembre de 2004, Instituye el programa Universidad para Todos – PROUNI: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2004- 2006/2004/Mpv/213.htm Meu Primeiro Emprego: http://www.meuprimeiroemprego.org.br/ Ministerio de Educación: http://www.mec.gov.br/ Ministerio de la Defensa: https://www.defesa.gov.br/ Movimento dos Trabalhadores Sem-Terra: http://www.mst.org.br/ O que é o Exame Nacional de Cursos? Instituto Nacional de Estudos e Pesquisas Educacionais Anísio Teixeira: http://www.inep.gov.br/superior/provao/default.asp Partido dos Trabalhadores – PT: http://www.pt.org.br/portalpt/ Plan Nacional de Educación del año 2000: http://portal.mec.gov.br/arquivos/pdf/pne.pdf Plano Nacional de Juventude: http://www.dhnet.org.br/dados/pp/a_pdfdht/plano_nac_juventude.pdf Pontifícia Universidade Católica de São Paulo: http://www.pucsp.br/ Programa Universidade para Todos – PROUNI: http://prouni.net.br/ Proyecto Rondon en Ministerio de la Defensa: https://www.defesa.gov.br/index.php/projeto- rondonsubmenu.html Ramón Alcoberro, E. Mounier (1905-1950) y el Personalismo: http://www.alcoberro.info/V1/mounier.htm ¿Quién fue Jacques Maritain? En HumanismoIntegral.com: http://www.humanismointegral.com/Secciones/1_Maritain.html Rede Nacional de Extensão – RENEX: http://www.renex.org.br/ Secretaria de Educación Superior del Ministerio de Educación: http://portal.mec.gov.br/index.php?option=com_content&view=article&id=287&Itemid=818 36
  • 37. Secretaria Nacional de Juventude: http://www.presidencia.gov.br/estrutura_presidencia/sec_geral/Juventude/ Sistema Nacional de Avaliação da Educação Superior – SINAES: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2004-2006/2004/Lei/L10.861.htm Sistema Único de Salud en Ministerio de la Salud: http://portal.saude.gov.br/portal/saude/visualizar_texto.cfm?idtxt=24627 União Nacional dos Estudantes – UNE: http://www.une.org.br/ União Nacional dos Estudantes – UNE, Conheça a história da UNE: http://www.une.org.br/ UniRede, Universidad Virtual Pública de Brasil: http://www.unirede.br/index.php?option=com_content&view=article&id=43&Itemid=27 United States Agency for International Development – USAID: http://www.usaid.gov/ Universidade de Sao Paulo: http://www.usp.br/ Universidade Estadual de Campinas: http://www.unicamp.br/ Universidade Federal da Paraíba: http://www.ufpb.br/ Universidade Federal de Rio de Janeiro, Historia: http://www.ufrj.br/pr/conteudo_pr.php?sigla=HISTORIA Universidade Federal do Río Grande do Norte: http://www.sistemas.ufrn.br/portalufrn/PT/;jsessionid=353FEAA2FD8A810A6F902AB3C0391CC A.sistemas1i2 Universidade Solidária – UniSol: http://www.unisol.org.br/site/unisol.asp Viva Río: http://www.vivario.org.br/ 37
  • 38. Documentos de Interés: l Encontro de Pró-Reitores de Extensão das Universidades Públicas Brasileiras, Conceito de extensão, institucionalização e financiamento, UNB — Brasilia, 4-5 de noviembre de 1987, Documento Final: http://www.renex.org.br/documentos/Encontro-Nacional/1987-I- Encontro-Nacional-do-FORPROEX.pdf VIII Congresso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 27 - 30 noviembre de 2005, Rio de Janeiro, Brasil: http://www.pr5.ufrj.br/iberoamericano/ Carlos Tünnermann Bernheim, Noventa años de la Reforma Universitaria de Córdoba (1918-2008): http://bibliotecavirtual.clacso.org.ar/ar/libros/grupos/reforTun/ Galdys Beatriz Barreyro, Evaluación de la Educación Superior Brasileña: el SINAES, en Revista de la Educación Superior, enero-marzo, año/vol. XXXV (1), número 137, Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), Distrito Federal, México, 2006, pp. 63-73: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0185- 27602010000100007&lng=es&nrm=i Heinz-Peter Gerhardt, Paulo Freire (1921–97), Prospects: the quarterly review of comparative education (Paris, UNESCO: International Bureau of Education), vol. XXIII, no. 3/4, 1993, p.439–58. ©UNESCO: International Bureau of Education, 2000: http://www.ibe.unesco.org/publications/ThinkersPdf/freiree.PDF. Helene Perold y Maria Nieves Tapia (editoras) (2007) Servicio Cívico y Voluntariado en Latinoamérica y el Caribe. Service Enquiry/Servicio Cívico y Voluntariado Volumen 2. Buenos Aires, Centro Latinoamericano de Aprendizaje y Servicio Solidario; Johannesburg, Volunteer and Service Enquiry Southern Africa; St. Louis, Washington University, The Center for Social Development; Washington DC, Innovations in Civic Participation: http://www.service-enquiry.org.za Isabel Amélia Costa Mendes, Maria Auxiliadora Trevizan, Ana Maria Palermo da Cunha, Campus Avançado como Extensão Universitária, Rev. Bras. Enf, v.4, n.31, p.32-38, 1978: http://gepecopen.eerp.usp.br/files/artigos/Artigo12fin.pdf José Dias Sobrinho y Márcia Regina F. de Brito, La educación Superior en Brasil: principales tendencias y desafíos, Avaliação, Campinas; Sorocaba, SP, v. 13, n. 2, p. 487- 507, jul. 2008: http://www.scielo.br/pdf/aval/v13n2/11.pdf José Rubens Lima Jardilino, El tema de la autonomía en las reformas educativas en América Latina: http://www.reformadel18.unc.edu.ar/privates/Jardilino.doc Luciane Stalliveri, El sistema de educación superior de Brasil: características, tendencias y perspectivas, en Universidades, mayo-agosto, numero 034, Unión de Universidades de América latina y el Caribe, Distrito Federal, México, pp. 47 -61: http://redalyc.uaemex.mx/pdf/373/37303406.pdf Luis Antonio Cuha, Estado y Universidad en Brasil: Cooperación y Conflicto, en Perfiles Educativos, julio – septiembre, numero 69, Universidad Nacional Autónoma de México, México D.F., 1995: http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/132/13206905.pdf Manifesto dos Pioneiros da Educação Nova, 1932: http://www.ufgd.edu.br/faed/nefope/banco- de-dados/manifesto-dos-pioneiros-da-educacao-nova-1932 38
  • 39. Maria Fernanda Arraes Lopes, Objetivos e perspectivas do Programa de Avaliação Institucional das Universidades Brasileiras (PAIUB) e do Exame Nacional de Cursos (ENC): http://www.anped.org.br/reunioes/23/textos/1104p.PDF Memorias del VI Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, ―Universidad y Sociedad‖, 14-17 de noviembre de 2001, Sao Paulo, Brasil: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2001/anais.pdf Sávio Laet de Barros Campos, Henrique Cláudio de Lima Vaz: Do Pensamento Tomista (Thomistisches Denken) ao Pensamento Tomásico (Thomasiches Denken: http://www.filosofante.org/filosofante/not_arquivos/pdf/Henrique_Claudio_Lima_Vaz.pdf Vanilda Pereira-Paiva, Extensión Universitaria en Brasil, en Nueva Sociedad Nro. 15 Noviembre-Diciembre 1974, pp. 68-83: http://www.nuso.org/upload/articulos/139_1.pdf 39