2. CONCEPTO
Sociedad que esta regida por el nombre y
responsabilidad de cada uno de los socios, creadas
con fines de lucro.
El artículo 25 de la LSM establece que las
sociedades mercantiles en nombre colectivo
responden a las obligaciones sociales en forma
subsidiaria, ilimitada y solidariamente
La regula la Ley General de Sociedades
Mercantiles en su capitulo segundo.
3. Sociedad: Se dice que es una sociedad porque se
crea a través precisamente del contrato de
sociedad.
Existe bajo una razón social. Las sociedades en
general, en cuanto a la forma como se compone su
nombre, pueden adoptar una denominación o una
razón social. La razón social de una sociedad se
compone por los nombres de todos o de algunos
de los socios.
Ejemplo:
Flores, molina y ortega +
García, fuentes y asociados
4. OBLIGACIÓN DE RESPONDER
Responsabilidad ilimitada:
Todos los socios responden
ilimitadamente de las deudas
Responsabilidad Limitada:
Los socios responden
de las deudas de la sociedad sólo
hasta por el importe de sus
aportaciones
5. OBLIGACIÓN DE RESPONDER
SOLIDARIAMENTE Y SUBSIDIARIAMENTE
Solidaria: los socios son
responsables solidariamente lo que
significa que los socios son
responsables de las obligaciones
de la sociedad mercantil.
Ninguna cláusula puede suprimir la
responsabilidad ilimitada o solidaria
de los socios.
Subsidiaria: Significa que no puede
exigírseles el pago de las deudas
sociales, sino después de haber
intentado, inútilmente obtenerlo de
la sociedad.
6. CONSTITUCIÓN
Se requiere la autorización por parte
de la Secretaría de Economía para
el uso de la denominación de la
razón social.
Estar inscrita en el Registro Público
de Comercio.
Establecerse mediante fedatario
público Desde dos o mas personas
físicas o morales.
Para poder formar parte de la
sociedad los socios deben de
aportar a l capital social, ya sea en
efectivo, bienes o derechos.
7. TIPOS DE SOCIEDAD EN NOMBRE
COLECTIVO
La sociedad en nombre colectivo se denominan
con las siglas S. en N:C: y pueden adoptar otros
modos como:
Sociedad en nombre colectivo de capital variable
En estas las sociedades esta abiertas a recibir
socios en el futuro, para aumentar su capital
social.
Sociedad en nombre colectivo de responsabilidad
limitada los socios solo se obligan a pagar sus
aportaciones y tiene un numero máximo de socios
de 50.
8. VENTAJAS DE UNA SOCIEDAD COLECTIVA
Siempre hay posibilidad de reunir mayor
capital.
Todos los miembros tienen derecho a
votar.
Todos participan directamente en los
beneficios de la sociedad.
No se requiere de un capital mínimo
para conformarla.
Todos los socios pueden participar en
las decisiones de la empresa, sin que
ninguno se imponga.
9. DESVENTAJAS DE UNA SOCIEDAD
COLECTIVA
No es sencillo incorporar o destituir a
los socios.
La constitución es un proceso
burocráticamente complejo.
Los socios no pueden participar en
ninguna otra compañía, a no ser que
tenga la autorización del resto de
socios.
Los socios tendrán que responder de
modo solidario, ilimitado y
subsidiariamente por las
obligaciones fiscales de la empresa.
Por tanto, deberán responder con
sus propios bienes por las
obligaciones que contraiga la
sociedad cuando ésta no pueda
enfrentarlas.
10. EJEMPLOS DE SOCIEDADES COLECTIVAS
Esta sociedad se pude ver
principalmente entre los
emprendedores y
despachos profesionales
por ejemplo:
Empresas auditoras
Consultorios médicos
Despachos de arquitectos
Bufetes de abogados.