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Ley de libre desafiliaciónLey de libre desafiliación
informada, pensiones mínima yinformada, pensiones mínima y
complementarias, y régimencomplementarias, y régimen
especial de jubilación anticipadaespecial de jubilación anticipada
(Ley N°28991)(Ley N°28991)
PREGUNTAS FRECUENTESPREGUNTAS FRECUENTES
“El procedimiento operativo establecerá en detalle los pasos a seguir para
solicitar los beneficios de la Ley N°28991”
Mayo 2007Mayo 2007
ContenidoContenido
1. Libre Desafiliación con Información
2. Garantía de Pensión mínima
3. Pensión complementaria
4. Régimen de jubilación anticipada en el SPP
Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información
 La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, el Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo y la Oficina de Normalización
Previsional brindarán información a los afiliados.
 Es importante mencionar que todo tramite de desafiliación se
iniciará y culminará en la AFP respectiva.
 Las solicitudes de desafiliación se presentarán una vez
culminada la campaña de información a partir de setiembre de
2007.
 No existe plazo de vencimiento para presentar la solicitud de
desafiliación.
Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información
¿Quienes se pueden desafiliar del SPP y regresar al SNP?¿Quienes se pueden desafiliar del SPP y regresar al SNP?
a) Los afiliados al SPP que hubiesen ingresado al SNP hasta el 31
de diciembre de 1995, y que al momento de presentar la
solicitud de desafiliación cumplen con los años de aportación
para tener una pensión de jubilación en el SNP.
b) Todos los afiliados al SPP que, al momento de la afiliación a este
sistema privado, cuenten con los requisitos para obtener una
pensión de jubilación en el SNP.
Los requisitos para obtener una pensión de jubilación en el SNP
son:
i. Al menos 65 años de edad y 20 años de aporte;
ii. si es hombre, al menos 55 años de edad y 30 años de
aporte;
iii. si es mujer, al menos 50 años de edad y 25 años de aporte.
Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información
¿Quienes se pueden desafiliar del SPP y regresar al SNP?¿Quienes se pueden desafiliar del SPP y regresar al SNP?
(Continuación)(Continuación)
iv. Si realizó labores de riesgo como :
a) trabajador en minas subterráneas: acreditar por lo
menos 45 años de edad y 20 años de aportes (*).
b) trabajador en minas de tajo abierto: acreditar por lo
menos 50 años de edad y 20 años de aportes (*).
c) trabajador en centro de producción minero,
metalúrgico y siderúrgico: acreditar por lo menos 50
años de edad y 20 años de aportes, además, de haber
estado expuestos a los riesgos de toxicidad,
peligrosidad e insalubridad (*).
d) como trabajador de construcción civil, acreditar
55 años de edad y 20 años de aportes.
(*) En el caso de haber cumplido la edad requerida hasta
el 18.12.92, el mínimo de aportes requerido para los
casos (a) y (b) es 10 años, y, para los casos (c) y (d)
es 15 años.
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
Si ya soy pensionista en el SPP, ¿puedo regresar al SNP?
• No. La ley no faculta la desafiliación de los pensionistas.
• Sin embargo, se ha establecido el pago de una pensión
complementaria para igualar la pensión del SPP a la del SNP, en
el caso de algunos pensionistas del SPP.
(ir a pensión complementaria)
¿A quién le conviene desafiliarse?
• A aquel trabajador cuya pensión en el SNP sea mayor a la que
recibiría en el SPP. Ver ejemplo en el anexo.
Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información
¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de
desafiliación?desafiliación?
• Para el caso (a) señalado anteriormente: saber si es que al
momento de presentar la solicitud ha cumplido con los años de
aporte para tener una pensión de jubilación en el SNP.
• Para el caso (b) : saber si es que al momento de la afiliación al
SPP tenía derecho a pensión en dicho sistema.
• Saber que para acceder a una pensión de jubilación en el SNP
se requiere:
– 65 años y al menos 20 años de aportes y, en particular,
– para la jubilación adelantada, haber alcanzado una edad
de 55 años y 30 de aportes, en el caso de hombres, y 50
años de edad y 25 de aportes, en el caso de mujeres.
Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información
¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de desafiliación?¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de desafiliación?
(Continuación I)(Continuación I)
Si ha trabajado en labores de riesgo debe saber:
a) Si realizó labores como trabajador en minas subterráneas,
acreditar por lo menos 45 años de edad y 20 años de
aportes (*).
b) Si realizó labores como trabajador en minas de tajo
abierto, acreditar por lo menos 50 años de edad y 20 años
de aportes (*).
c) Si realizó labores como trabajador en centro de producción
minero, metalúrgico y siderúrgico; acreditar por lo menos
50 años de edad y 20 años de aportes, además, de haber
estado expuestos a los riesgos de toxicidad, peligrosidad e
insalubridad (*).
d) Si realizó labores como trabajador de construcción civil,
acreditar 55 años de edad y 20 años de aportes.
(*) En el caso de haber cumplido la edad requerida hasta el
18.12.92, el mínimo de aportes requerido para los casos
minas subterráneas y tajo abierto es 10 años; y, para los
casos de centros de producción y construcción civil es 15
Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información
¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de
desafiliación? (Continuación II)desafiliación? (Continuación II)
• Conocer las pensiones proyectadas en el SNP y en el SPP. Sin
perjuicio de ello, conviene tener en cuenta que al interior del
SPP se otorgan pensiones con garantía estatal equivalentes a
la pensión mínima, Jubilación adelantada del D.L. No 19990 y
Jubilación para labores de riesgo (minería y construcción civil)
del SNP.
• Saber el monto que el afiliado debe abonar al SNP por el
diferencial de aportes, así como el monto adeudado luego de
descontar la rentabilidad acumulada en la cuenta individual.
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
Estimación de pensiónEstimación de pensión
¿Qué debo hacer para obtener un estimado del monto de
las pensiones?
• El cálculo del estimado del monto de las pensiones se realiza
dentro del procedimiento de desafiliación, que se inicia mediante
la presentación de una solicitud en la AFP.
• Corresponderá a la AFP realizar el estimado de la pensión que le
correspondería en el SPP.
• Corresponderá a la ONP el cálculo de la pensión proyectada en el
SNP.
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
Estimación de pensión SPPEstimación de pensión SPP
¿Cómo se calculan las pensiones en el SPP?
• Las pensiones las calcula la AFP a partir del monto
acumulado en la cuenta individual del trabajador.
• El cálculo toma en cuenta las siguientes variables:
– Edad del titular,
– Edad del cónyuge,
– Número de hijos, etc.
• La pensión se estimará sobre la base de una pensión
vitalicia familiar.
• No tiene tope máximo.
• Se puede recibir en nuevos soles ajustados por la
inflación o en dólares americanos
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
Estimación de pensión SNPEstimación de pensión SNP
Cómo se calculan las pensiones en el SNP?
• En primer lugar se verifica la norma aplicable (D.L. 19990, D.L.25967 o
Ley 27617).
• Luego se verifica si se ha cumplido con los requisitos de años de aporte.
• Dependiendo de la norma aplicable se toma en cuenta el promedio de
las 12, 36, 48 o 60 remuneraciones anteriores al último mes aportado.
NormaNorma
legallegal
Rango de edad alRango de edad al
02/01/200202/01/2002
% por los primeros 20% por los primeros 20
años de aporteaños de aporte
Ley27617
Hasta 29 años 30 %
De 30 a 39 años 35 %
De 40 a 49 años 40 %
De 50 a 54 años 45 %
DL 25967 De 55 a 65 años 50%
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
Estimación de pensión SNPEstimación de pensión SNP
Cómo se calculan las pensiones en el SNP? (Continuación)
• Si para el cálculo se aplica el D.L. 19990D.L. 19990 (publicada e mayo 1973)
se aumenta 2 y 2.5 por ciento por cada año adicional a los primeros
13 o 15 años de aporte, dependiendo de si se trata de hombres o
mujeres.
• Si se aplica el D.L. 25967D.L. 25967 (publicada en diciembre de 1992) se
aumenta el 4 por ciento por cada año adicional a los primeros 20
años de aportes; y,
• Si se aplica la Ley 27617Ley 27617 (publicada en enero de 2002) se aumenta
el 2 por ciento por cada año adicional a los primeros 20 años de
aportes.
• En todos los casos se reduce 4 puntos por cada año menor a la edad
legal de jubilación.
• La pensión tiene un tope máximo de S/. 857.36 soles mensuales.
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
Estimación de pensión SNPEstimación de pensión SNP
• Para el cálculo de la pensión en el SNP, según el D.L. 25967, el
promedio de remuneraciones de referencia depende de los años
completos de aportación, según la tabla que se adjunta:
Años completos de
aportación
Referencia para obtener el
promedio
30 a más 36 últimas remuneraciones
Entre 25 y 30 años 48 últimas remuneraciones
Entre 20 y 25 años 60 últimas remuneraciones
• Si estuviera bajo el ámbito de aplicación de la Ley N° 27617, se
toman los últimos 60 meses.
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
¿Cómo demuestro mis años de aporte en el SNP?
 En caso que no se cuente con bono de reconocimiento, o si
hubiera años de aporte al SNP que no hubieran sido considerados
en dicho bono, se presentan los documentos que ha establecido el
SNP para sustentar los años de aporte como la presentación de
boletas de pago, liquidación de beneficios sociales, Declaración
Jurada del empleador, entre otros documentos presentados por el
interesado.
 Si el afiliado tiene ya emitido un bono de reconocimiento, en dicho
documento ya se consigna el número de años de aporte.
En el caso de los aportes en el SNP, ¿es suficiente con que el
empleador me haya descontado el aporte de mi remuneración?
 Para aportes devengados anteriores a abril 2007 es suficiente con
verificar los aportes retenidos.
 Por aportes devengados a partir de abril 2007, la ONP deberá
verificar que se haya realizado el aporte efectivo, y no bastará que
se haya descontado el aporte de la remuneración.
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
Diferencial de aportesDiferencial de aportes
¿Qué es el diferencial de aportes? ¿Por qué debo abonar un diferencial de¿Qué es el diferencial de aportes? ¿Por qué debo abonar un diferencial de
aportes?aportes?
• La tasa de aporte al SNP fue de 9% hasta julio de 1995 (6% de cargo del
empleador y 3% del trabajador) 11%, a cargo del trabajador desde agosto de
1995 hasta diciembre de 1996 y desde enero de 1997 es de 13%, mientras que
en el SPP fue de 8% desde agosto de 1995 hasta diciembre de 2005, y a partir de
enero 2006 fue de 10% nuevamente.
• Si el trabajador quiere regresar al SNP, y que los años de aporte en el SPP sean
reconocidos por la ONP, es necesario que deba regularizar dicha diferencia de
aportes.
• La regularización es importante porque se requiere igualdad ante la ley entre
quienes permanecieron en el SNP, y entre quienes quieran regresar a dicho
sistema.
¿Cómo se pagará el diferencial de aportes?¿Cómo se pagará el diferencial de aportes?
• Si hubiera una deuda luego de haber descontado la rentabilidad acumulada se
podrá pagar al contado o en forma fraccionada. En este último caso, la ONP o el
empleador descontarán hasta un 10 por ciento de la pensión o de la remuneración
total, de ser el caso.
• Los trabajadores independientes abonarán directamente
el pago al contado o fraccionado.
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
Si me desafilio y me incorporo al SNP
¿puedo regresar después al SPP con el dinero que tenía en el
SPP?
• No, la decisión es irreversible.
• Al trasladarse al SNP, la AFP transferirá directamente los ahorros de la
cuenta individual del afiliado y los recursos del bono de reconocimiento
al SNP, que tiene un fondo común y solidario.
¿Por qué debo firmar una Declaración Jurada antes de
desafiliarme?
• Se firma en señal de que el afiliado:
 Ha recibido la información adecuada a efectos de seguir adelante
con el proceso de desafiliación;
 Conoce las bondades de ambos regímenes pensionarios, y;
 Acepta que al trasladarse del SPP al SNP los recursos depositados en
su cuenta individual y el bono de reconocimiento, de ser el caso,
sean transferidos a un fondo común y solidario.
Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información
¿Dónde puedo presentar mi solicitud de desafiliación?¿Dónde puedo presentar mi solicitud de desafiliación?
• Se presentará a la AFP, ya que procesarán las solicitudes bajo el
esquema de ventanilla única.
• Este procedimiento es más sencillo para el afiliado, ya que se tendría
un solo punto de contacto.
¿A partir de cuando puedo solicitar mi desafiliación?¿A partir de cuando puedo solicitar mi desafiliación?
• La campaña informativa durará tres (3) meses
• El procedimiento de desafiliación se iniciará luego de culminada la
campaña de información en setiembre 2007.
Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información:
Si estoy afiliado al SPP, y estoy bajo el alcance de la Ley
N° 27252 (Jubilación para labores de riesgo en el SPP,
minería y construcción) ¿puedo desafiliarme?
• Sí puede. Todos los afiliados al SPP que realizan labores de
riesgo para la vida o la salud, bajo el alcance de la Ley Nº
27252, pueden desafiliarse cuando cumplan con los requisitos
para obtener una pensión de jubilación en el SNP.
Si estoy bajo el alcance de la Ley 27617 (Ley que crea
la pensión mínima en el SPP, el Régimen de Jubilación
Adelantada DL 19990 del SPP) ¿me puedo desafiliar?
• No.
• Estos afiliados estarán protegidos en el SPP con una pensión
igual a la que recibirían en el SNP, y no deberán pagar el
diferencial de aportes al SNP.
Garantía de Pensión MínimaGarantía de Pensión Mínima
¿Quiénes pueden tener acceso a Pensión Mínima?¿Quiénes pueden tener acceso a Pensión Mínima?
• Todos los afiliados al SPP, que al momento de la creación de
éste pertenecieron al SNP.
• Los requisitos establecidos son:
– Tener 65 años de edad al momento de solicitar la pensión
mínima y haber aportado un mínimo de 20 años.
– Para verificar el número de años de aporte se suman los
del SPP con los que se acumularon en el SNP.
– Haber aportado sobre la base de una Remuneración
Mínima Vital.
– Pagar el diferencial de aportes respectivo (únicamente
para los que han nacido después de 1945).
¿La Pensión Mínima en el SPP es igual a la del SNP?¿La Pensión Mínima en el SPP es igual a la del SNP?
• Las pensiones mínimas y los requisitos exigidos son iguales
en ambos sistemas, en términos anuales.
– SNP: S/. 5,810.00 anual (14 pagos de S/. 415.00)
– SPP: S/. 5,810.00 anual (12 pagos de S/. 484.17)
Pensión Complementaria en el SPPPensión Complementaria en el SPP
¿Qué significa la Pensión Complementaria respecto de la Pensión Mínima¿Qué significa la Pensión Complementaria respecto de la Pensión Mínima
en el SPP?en el SPP?
• Monto de dinero adicional que permitirá alcanzar a la Pensión Mínima y
se entregará a algunos pensionistas pertenecientes al SPP que, a enero
de 2002, cumplían con los requisitos previstos para acceder a la Pensión
Mínima de acuerdo con la Ley N°27617Ley N°27617:
– 65 años de edad.
– Haber nacido a más tardar el 31 de diciembre de 1945.
– 20 años de aporte entre el SPP y SNP; y
– haber aportado sobre la base de una Remuneración Mínima Vital.
¿Qué pensionistas pueden tener la Pensión Complementaria para Pensión¿Qué pensionistas pueden tener la Pensión Complementaria para Pensión
Mínima en el SPP?Mínima en el SPP?
i. Quién hoy reciba una pensión definitiva, bajo cualquier modalidad,
menor a la Pensión Mínima que entrega el SNP.
ii. Quienes no tengan dinero en su cuenta individual por haber estado
recibiendo una pensión definitiva bajo la modalidad de Retiro
Programado.
iii. Quienes no percibieron pensión, dado que el saldo de su CIC
(cuenta individual) fue inferior el monto mínimo para cotizar
establecido en las normas del SPP.
Ir a Ley N° 27617
Pensión Complementaria en el SPPPensión Complementaria en el SPP
¿Qué es la Pensión Complementaria para Labores de
Riesgo en el SPP?
• Es una pensión adicional que se le entrega a los
pensionistas del SPP que estén o vayan a estar bajo la
Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo - Régimen
Extraordinario establecido en la Ley N°27252 y sus
normas reglamentarias.
• Este monto permite que la pensión sea igual, en forma
anual, a la del SNP.
• El trabajador debe abonar el diferencial de aportes
respectivo.
Ir a Jub. Anticipada Labores de riesgo
Régimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPPRégimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPP
¿En qué consiste el Régimen Especial de Jubilación Anticipada¿En qué consiste el Régimen Especial de Jubilación Anticipada
en el SPP?en el SPP?
• Permite adelantar la jubilación a quienes tengan un mínimo de
cincuenta y cinco (55) años de edad, en situación de desempleo por
doce (12) meses anteriores a la presentación de la solicitud.
¿Qué requisitos se debe tener para acceder a este régimen?¿Qué requisitos se debe tener para acceder a este régimen?
• Tener una pensión calculada en el SPP que debe ser mayor o igual al
30% del promedio de remuneraciones percibidas y rentas declaradas
durante los últimos ciento veinte (120) meses, actualizadas por la
inflación.
• La pensión calculada al momento de la jubilación no podrá ser menor
a una (1) Pensión Mínima.
• Haber aportado el 60% de los últimos ciento veinte (120) meses
anteriores a la presentación de la solicitud.
• Haber aportado sobre la base de una Remuneración Mínima Vital.
• Ver ejemplo.
Régimen Especial de Jubilación AnticipadaRégimen Especial de Jubilación Anticipada
en el SPPen el SPP
¿Hasta cuando puedo solicitar esta pensión?
• Hasta el 31 de diciembre de 2008.
AnexosAnexos
Ejemplo – Jubilación a edad legal: 65 añosEjemplo – Jubilación a edad legal: 65 años
Caso extraído de la base de datos de afiliados al SPPCaso extraído de la base de datos de afiliados al SPP
Caso 1: Cálculo de una pensión en el SNP – Edad legalCaso 1: Cálculo de una pensión en el SNP – Edad legal
A.-Supuestos:
Edad de jubilación 65 años
Promedio actual de remuneraciones S/. 1045
Años de aporte (SNP+SPP) 20 años
Norma aplicable: DL 25967-Ley 26504
B.-Cálculo de pensión SNP:
Pensión SNP = S/. 1045 x 50%
Pensión SNP = S/. 522.5 x 14 meses
Pensión SNP anualizada = S/. 609.58 x 12 meses
Monto anual = S/. 7 315.00
Regresar a pregunta
Caso 1 : Cálculo de una pensión en el SPP – Edad legalCaso 1 : Cálculo de una pensión en el SPP – Edad legal
A.- Supuestos:
i. Edad de jubilación 65 años
ii. Promedio de remuneraciones S/. 1 045
iii. Cuenta individual (CIC) S/ 22 915
iv. Bono de reconocimiento 92
a) Valor nominal S/. 3 144
Meses registrados 120
Remuneración promedio S/. 143
b) Valor actualizado S/. 8 378
B.- Cálculo de pensión SPP:
Pensión SPP = (Cuenta individual + Bono reconocimiento)/ CRU
Pensión SPP = (22 915 + 8 378) / 156.4 = 200.1
Afiliado reúne requisitos para pensión mínima
Pensión SPP = S/. 484.17 x 12 meses
Monto anual = S/. 5 810 Regresar a pregunta
Ejemplo – Jubilación a edad legal: 65 añosEjemplo – Jubilación a edad legal: 65 años
Caso extraído de la base de datos de afiliados al SPPCaso extraído de la base de datos de afiliados al SPP
Caso 2: Cálculo de una pensión en el SNP – Edad legalCaso 2: Cálculo de una pensión en el SNP – Edad legal
A.-Supuestos:
Edad de jubilación 65 años
Promedio actual de remuneraciones S/. 1040
Años de aporte (SNP+SPP) 20 años
Norma aplicable: DL 25967-Ley 26504
B.-Cálculo de pensión SNP:
Pensión SNP = S/. 1040 x 50%
Pensión SNP = S/. 520 x 14 meses
Pensión SNP anualizada = S/. 606.67 x 12 meses
Monto anual = S/. 7 280.00
Regresar a pregunta
Caso 2 : Cálculo de una pensión en el SPP – Edad legalCaso 2 : Cálculo de una pensión en el SPP – Edad legal
A.- Supuestos:
i. Edad de jubilación 65 años
ii. Promedio de remuneraciones S/. 1 040
iii. Cuenta individual (CIC) S/ 78 388
iv. Bono de reconocimiento 92
a) Valor nominal S/. 22 851
Meses registrados 120
Remuneración promedio S/. 1 040
b) Valor actualizado S/. 60 894
B.- Cálculo de pensión SPP:
Pensión SPP = (Cuenta individual + Bono reconocimiento)/ CRU
Pensión SPP = (78 838 + 60 894) / 156.4
Pensión SPP = S/. 890.5 x 12 meses
Monto anual = S/. 10 686.5
Regresar a pregunta
Casos: afiliados en edad legal de jubilaciónCasos: afiliados en edad legal de jubilación
Comparación de pensiones en el SNP y SPPComparación de pensiones en el SNP y SPP
Decisión de desafiliaciónDecisión de desafiliación
SNP SPP
¿Conviene
desafiliarse?
CASO 1CASO 1
S/. 522.5 x 14
meses
ó
S/. 7 315.0 anual
S/. 484.17 x 12S/. 484.17 x 12
mesesmeses
óó
S/. 5 810 anualS/. 5 810 anual
SISI
CASO 2CASO 2
S/. 520 x 14S/. 520 x 14
mesesmeses
óó
S/. 7 280.4 anualS/. 7 280.4 anual
S/. 890.5 x 12
meses
ó
S/. 10 686.5 anual
NONO
Regresar a pregunta
Jubilación a edad legalJubilación a edad legal
Fórmula de cálculo de pensiones en el SNPFórmula de cálculo de pensiones en el SNP
Aplicación de los casos:
• Edad de jubilación actual: 65 años
• Por 20 años de aporte: 50%
• Pensión SNP = 50 % x Sueldo promedio
Regresar caso 2Regresar caso 1
NormaNorma
legallegal
Rango de edad alRango de edad al
02/01/200202/01/2002
% por los primeros% por los primeros
20 años de aporte20 años de aporte
Ley27617
Hasta 29 años 30 %
De 30 a 39 años 35 %
De 40 a 49 años 40 %
De 50 a 54 años 45 %
DL 25967 De 55 a 65 años 50%
Fórmula de cálculo de pensiones en el SPPFórmula de cálculo de pensiones en el SPP
Cálculo de pensión en SPP:
Pensión = ( Cuenta individual + Bono de reconocimiento actualizado)
Capital requerido unitario
Capital requerido unitario (CRU):
• Capital o monto necesario para financiar un sol de pensión vitalicia.
• Calculada utilizando una fórmula actuarial que toma en cuenta la tabla
de mortalidad aprobada, la edad de jubilación, el grupo familiar
(incluye titular de género masculino y cónyuge cinco años menor) y se
descuenta a una tasa anual de 4.6%
Regresar caso 2Regresar caso 1
Fórmula de cálculo de Bono deFórmula de cálculo de Bono de
ReconocimientoReconocimiento
Bono de reconocimiento:
• Título valor que reconoce monto aportado por el afiliado al SNP
• Emitido por la ONP.
• La fórmula de cálculo es:
Bono = 0.1831 x Remuneración bono x numero de meses de aporte
• Se emite a valor nominal con tope máximo de S/. 60 000.
• Existen tres tipos de bono: Bono 1992, 1996 y 2001
• Se actualiza con el IPC al momento de la jubilación:
– Bono de Reconocimiento 1992, diciembre de 1992
– Bono de Reconocimiento 1996, enero de 1997,
– Bono 2001 enero del 2002.
Regresar caso 2Regresar caso 1
Ejemplo de diferencial de aportesEjemplo de diferencial de aportes
• Remuneración mensual del afiliado: S/. 1 000S/. 1 000
• Periodo de afiliación en el SPP 2003 – 2006
• Cuenta individual S/. 6 769
• Rentabilidad acumulada S/. 2 009
• Suma de diferencial de aportes: S/. 2 520
• Diferencia a ser asumida por el trabajador S/. 511
• Pensión S/. 520
• Monto a descontar de pensión S/. 52 (10% pensión)
• Periodo de pago 10 meses
SNPSNP SPPSPP DiferencialDiferencial
Monto S/ Tasa Monto S/ Tasa Monto S/ Tasa
2003 1820 13% 1120 8% 700 5%
2004 1820 13% 1120 8% 700 5%
2005 1820 13% 1120 8% 700 5%
2006 1820 13% 1400 10% 420 3%
Monto Anual de aporte 2003 2006Monto Anual de aporte 2003 2006
Regresar a preguntaRegresar a pregunta
EjemploEjemplo
Régimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPPRégimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPP
Verificación de requisitos iniciales:Verificación de requisitos iniciales:
• Edad del afiliado: 59 años
• Periodo de desempleo 1 año
• Periodo de aporte en últimos 10 años 9 años
• Remuneración promedio S/. 1000
• 30% de remuneración S/. 300
• Aporte mínimo se ha realizado
sobre la base de 1 RMV? SI
Verificación de pensión:Verificación de pensión:
• Saldo de la cuenta individual S/. 90 352.5
• CRU 177.16
• Pensión S/. 510
Verificación final:Verificación final:
 Aportó al menos 60% de últimos 120 meses SI
 Pensión es mayor a pensión mínima? SI
 Pensión es mayor a 30% del sueldo SI
Procede la Jubilación anticipadaProcede la Jubilación anticipada
Regresar a pregunta
Regímenes de Jubilación de la Ley N°27617Regímenes de Jubilación de la Ley N°27617
Regresar a preguntaRegresar a pregunta
CONCEPTOCONCEPTO BENEFICIARIOSBENEFICIARIOS REQUISITOSREQUISITOS
Pensión
Mínima en el
SPP
Ley N°
27617
D.S. N° 100-
2002-EF
Afiliados al SPP
cuya pensión
anual en el SPP
resulte menor a
la pensión
mínima en el SNP
en términos
anualizados.
(S/. 5810.00
Nuevos Soles)
a) Haber nacido a más tardar el 31-
12-1945, contar con un mínimo de
65 años de edad y no encontrarse
percibiendo pensión de jubilación
al momento de presentar la
solicitud ante la AFP.
b) Registrar un mínimo de 20 años de
aportaciones efectivas en total,
entre el SPP y el SNP.
c) Haber efectuado aportaciones
considerando como base mínima
de cálculo el monto de la RMV, en
cada oportunidad.
Jubilación
Adelantada
del Decreto
Ley N°
19990 en el
SPP
Ley N°
27617
D.S. N° 100-
2002-EF
Afiliados al SPP
que al momento
de su
incorporación
cumplían los
requisitos para
acceder a una
Jubilación
Adelantada en el
SNP
a) Estar incorporado al SPP con
anterioridad al 02-01-2002.
b) Haber cumplido con los requisitos
para acceder a la jubilación
adelantada en el SNP, antes de la
afiliación al SPP.
c) No encontrarse en los supuestos
previstos para acceder a una
Jubilación Anticipada en el SPP ni
por Labor de Riesgo comprendido
en la Ley N° 27252.
Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo en el SPPJubilación Anticipada para Labores de Riesgo en el SPP
Régimen Extraordinario - Ley N° 27252Régimen Extraordinario - Ley N° 27252
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CONCEPTOCONCEPTO BENEFICIARIOSBENEFICIARIOS REQUISITOSREQUISITOS
Jubilación
Anticipada
para Labores
de Riesgo –
Régimen
Extraordinari
o
(Ley N° 27252
D.S. N° 164-
2001-EF)
Afiliados al SPP que
laboren en:
i. Extracción minera
subterránea
ii. Extracción minera a
tajo abierto
iii.En centros de
producción
mineros,
metalúrgicos y
siderúrgicos
expuestos a riesgos
de toxicidad,
peligrosidad e
insalubridad
iv.Actividades de
Construcción Civil
a) Cumplir con las edades
establecidas en la Ley N°
25009 o Decreto Supremo
N° 018-82-TR, según
corresponda.
b) Que al 31-12-1999, se
hayan alcanzado las edades
señaladas en el cuadro
siguiente.
c) Que con anterioridad al 31-
12-2004, se hayan
realizado, al menos, 20
años completos de
aportación al SNP y/o al
SPP.
d) Que con anterioridad al 31-
12-2004, se hayan
realizado, al menos, un
período mínimo de trabajo
de acuerdo al cuadro
siguiente.
Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo en el SPPJubilación Anticipada para Labores de Riesgo en el SPP
Régimen Extraordinario - Ley N°27252Régimen Extraordinario - Ley N°27252
AAños de aporte y años de trabajo efectivoños de aporte y años de trabajo efectivo
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LaboresLabores
Edad paraEdad para
poderpoder
jubilarsejubilarse
Edad alEdad al
31/12/199931/12/1999
Años deAños de
aporteaporte
completoscompletos
anteriores alanteriores al
31/12/200431/12/2004
PeriodoPeriodo
mínimo en lamínimo en la
modalidad demodalidad de
trabajotrabajo
predominantepredominante
anteriores alanteriores al
31/12/200431/12/2004
En minas metálicas 4545 4040 2020 1010
Directamente
extractivas en minas
a tajo abierto
5050 4545 2020 1010
En centros de
producción minera,
metalúrgicos y
siderúrgicos,
expuestos a riesgos
de toxicidad,
peligrosidad e
insalubridad
De 50 a 55De 50 a 55
según añossegún años
dede
exposiciónexposición
45 a 5045 a 50
según añossegún años
dede
exposiciónexposición
2020 1515
Construcción Civil 5555 5050 2020 1515
Documentos para acreditar años de aporte en el SNPDocumentos para acreditar años de aporte en el SNP
hasta marzo 2007hasta marzo 2007
• Las boletas de pago de remuneraciones, debidamente firmadas y/o selladas
por el empleador;
• Liquidación de Beneficios Sociales, debidamente firmada y/o sellada por el
empleador;
• Declaración Jurada del Empleador, solo para el caso de persona jurídica o
sucesión indivisa, suscrita por el Representante Legal, condición que se
acreditará con la copia literal de la correspondiente ficha emitida por
Registros Públicos, en la que se señale que existió la correspondiente
retención al Sistema Nacional de Pensiones a favor del asegurado;
• Informes de verificación de aportaciones emitidos por la ONP dentro del
proceso otorgamiento de pensión;
• Declaración Jurada del asegurado, de acuerdo con las condiciones previstas
en el Decreto Supremo N° 082-2001-EF;
• Documentos probatorios de aportaciones emitidos por el ex – IPSS o
ESSALUD
Para el caso de las planillas de pago de empresas que ya no estén operando
y las cuales no se encuentren en custodia de persona o entidades, que por
norma expresa estén autorizados a custodiar dichos documentos, la ONP no
se encontrará obligada a tener por cierto lo que en dichos documentos se
exprese. Regresar a pregunta

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  • 1. Ley de libre desafiliaciónLey de libre desafiliación informada, pensiones mínima yinformada, pensiones mínima y complementarias, y régimencomplementarias, y régimen especial de jubilación anticipadaespecial de jubilación anticipada (Ley N°28991)(Ley N°28991) PREGUNTAS FRECUENTESPREGUNTAS FRECUENTES “El procedimiento operativo establecerá en detalle los pasos a seguir para solicitar los beneficios de la Ley N°28991” Mayo 2007Mayo 2007
  • 2. ContenidoContenido 1. Libre Desafiliación con Información 2. Garantía de Pensión mínima 3. Pensión complementaria 4. Régimen de jubilación anticipada en el SPP
  • 3. Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información  La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Oficina de Normalización Previsional brindarán información a los afiliados.  Es importante mencionar que todo tramite de desafiliación se iniciará y culminará en la AFP respectiva.  Las solicitudes de desafiliación se presentarán una vez culminada la campaña de información a partir de setiembre de 2007.  No existe plazo de vencimiento para presentar la solicitud de desafiliación.
  • 4. Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información ¿Quienes se pueden desafiliar del SPP y regresar al SNP?¿Quienes se pueden desafiliar del SPP y regresar al SNP? a) Los afiliados al SPP que hubiesen ingresado al SNP hasta el 31 de diciembre de 1995, y que al momento de presentar la solicitud de desafiliación cumplen con los años de aportación para tener una pensión de jubilación en el SNP. b) Todos los afiliados al SPP que, al momento de la afiliación a este sistema privado, cuenten con los requisitos para obtener una pensión de jubilación en el SNP. Los requisitos para obtener una pensión de jubilación en el SNP son: i. Al menos 65 años de edad y 20 años de aporte; ii. si es hombre, al menos 55 años de edad y 30 años de aporte; iii. si es mujer, al menos 50 años de edad y 25 años de aporte.
  • 5. Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información ¿Quienes se pueden desafiliar del SPP y regresar al SNP?¿Quienes se pueden desafiliar del SPP y regresar al SNP? (Continuación)(Continuación) iv. Si realizó labores de riesgo como : a) trabajador en minas subterráneas: acreditar por lo menos 45 años de edad y 20 años de aportes (*). b) trabajador en minas de tajo abierto: acreditar por lo menos 50 años de edad y 20 años de aportes (*). c) trabajador en centro de producción minero, metalúrgico y siderúrgico: acreditar por lo menos 50 años de edad y 20 años de aportes, además, de haber estado expuestos a los riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad (*). d) como trabajador de construcción civil, acreditar 55 años de edad y 20 años de aportes. (*) En el caso de haber cumplido la edad requerida hasta el 18.12.92, el mínimo de aportes requerido para los casos (a) y (b) es 10 años, y, para los casos (c) y (d) es 15 años.
  • 6. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: Si ya soy pensionista en el SPP, ¿puedo regresar al SNP? • No. La ley no faculta la desafiliación de los pensionistas. • Sin embargo, se ha establecido el pago de una pensión complementaria para igualar la pensión del SPP a la del SNP, en el caso de algunos pensionistas del SPP. (ir a pensión complementaria) ¿A quién le conviene desafiliarse? • A aquel trabajador cuya pensión en el SNP sea mayor a la que recibiría en el SPP. Ver ejemplo en el anexo.
  • 7. Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información ¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de desafiliación?desafiliación? • Para el caso (a) señalado anteriormente: saber si es que al momento de presentar la solicitud ha cumplido con los años de aporte para tener una pensión de jubilación en el SNP. • Para el caso (b) : saber si es que al momento de la afiliación al SPP tenía derecho a pensión en dicho sistema. • Saber que para acceder a una pensión de jubilación en el SNP se requiere: – 65 años y al menos 20 años de aportes y, en particular, – para la jubilación adelantada, haber alcanzado una edad de 55 años y 30 de aportes, en el caso de hombres, y 50 años de edad y 25 de aportes, en el caso de mujeres.
  • 8. Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información ¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de desafiliación?¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de desafiliación? (Continuación I)(Continuación I) Si ha trabajado en labores de riesgo debe saber: a) Si realizó labores como trabajador en minas subterráneas, acreditar por lo menos 45 años de edad y 20 años de aportes (*). b) Si realizó labores como trabajador en minas de tajo abierto, acreditar por lo menos 50 años de edad y 20 años de aportes (*). c) Si realizó labores como trabajador en centro de producción minero, metalúrgico y siderúrgico; acreditar por lo menos 50 años de edad y 20 años de aportes, además, de haber estado expuestos a los riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad (*). d) Si realizó labores como trabajador de construcción civil, acreditar 55 años de edad y 20 años de aportes. (*) En el caso de haber cumplido la edad requerida hasta el 18.12.92, el mínimo de aportes requerido para los casos minas subterráneas y tajo abierto es 10 años; y, para los casos de centros de producción y construcción civil es 15
  • 9. Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información ¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de¿Qué debo saber antes de tomar la decisión de desafiliación? (Continuación II)desafiliación? (Continuación II) • Conocer las pensiones proyectadas en el SNP y en el SPP. Sin perjuicio de ello, conviene tener en cuenta que al interior del SPP se otorgan pensiones con garantía estatal equivalentes a la pensión mínima, Jubilación adelantada del D.L. No 19990 y Jubilación para labores de riesgo (minería y construcción civil) del SNP. • Saber el monto que el afiliado debe abonar al SNP por el diferencial de aportes, así como el monto adeudado luego de descontar la rentabilidad acumulada en la cuenta individual.
  • 10. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: Estimación de pensiónEstimación de pensión ¿Qué debo hacer para obtener un estimado del monto de las pensiones? • El cálculo del estimado del monto de las pensiones se realiza dentro del procedimiento de desafiliación, que se inicia mediante la presentación de una solicitud en la AFP. • Corresponderá a la AFP realizar el estimado de la pensión que le correspondería en el SPP. • Corresponderá a la ONP el cálculo de la pensión proyectada en el SNP.
  • 11. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: Estimación de pensión SPPEstimación de pensión SPP ¿Cómo se calculan las pensiones en el SPP? • Las pensiones las calcula la AFP a partir del monto acumulado en la cuenta individual del trabajador. • El cálculo toma en cuenta las siguientes variables: – Edad del titular, – Edad del cónyuge, – Número de hijos, etc. • La pensión se estimará sobre la base de una pensión vitalicia familiar. • No tiene tope máximo. • Se puede recibir en nuevos soles ajustados por la inflación o en dólares americanos
  • 12. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: Estimación de pensión SNPEstimación de pensión SNP Cómo se calculan las pensiones en el SNP? • En primer lugar se verifica la norma aplicable (D.L. 19990, D.L.25967 o Ley 27617). • Luego se verifica si se ha cumplido con los requisitos de años de aporte. • Dependiendo de la norma aplicable se toma en cuenta el promedio de las 12, 36, 48 o 60 remuneraciones anteriores al último mes aportado. NormaNorma legallegal Rango de edad alRango de edad al 02/01/200202/01/2002 % por los primeros 20% por los primeros 20 años de aporteaños de aporte Ley27617 Hasta 29 años 30 % De 30 a 39 años 35 % De 40 a 49 años 40 % De 50 a 54 años 45 % DL 25967 De 55 a 65 años 50%
  • 13. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: Estimación de pensión SNPEstimación de pensión SNP Cómo se calculan las pensiones en el SNP? (Continuación) • Si para el cálculo se aplica el D.L. 19990D.L. 19990 (publicada e mayo 1973) se aumenta 2 y 2.5 por ciento por cada año adicional a los primeros 13 o 15 años de aporte, dependiendo de si se trata de hombres o mujeres. • Si se aplica el D.L. 25967D.L. 25967 (publicada en diciembre de 1992) se aumenta el 4 por ciento por cada año adicional a los primeros 20 años de aportes; y, • Si se aplica la Ley 27617Ley 27617 (publicada en enero de 2002) se aumenta el 2 por ciento por cada año adicional a los primeros 20 años de aportes. • En todos los casos se reduce 4 puntos por cada año menor a la edad legal de jubilación. • La pensión tiene un tope máximo de S/. 857.36 soles mensuales.
  • 14. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: Estimación de pensión SNPEstimación de pensión SNP • Para el cálculo de la pensión en el SNP, según el D.L. 25967, el promedio de remuneraciones de referencia depende de los años completos de aportación, según la tabla que se adjunta: Años completos de aportación Referencia para obtener el promedio 30 a más 36 últimas remuneraciones Entre 25 y 30 años 48 últimas remuneraciones Entre 20 y 25 años 60 últimas remuneraciones • Si estuviera bajo el ámbito de aplicación de la Ley N° 27617, se toman los últimos 60 meses.
  • 15. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: ¿Cómo demuestro mis años de aporte en el SNP?  En caso que no se cuente con bono de reconocimiento, o si hubiera años de aporte al SNP que no hubieran sido considerados en dicho bono, se presentan los documentos que ha establecido el SNP para sustentar los años de aporte como la presentación de boletas de pago, liquidación de beneficios sociales, Declaración Jurada del empleador, entre otros documentos presentados por el interesado.  Si el afiliado tiene ya emitido un bono de reconocimiento, en dicho documento ya se consigna el número de años de aporte. En el caso de los aportes en el SNP, ¿es suficiente con que el empleador me haya descontado el aporte de mi remuneración?  Para aportes devengados anteriores a abril 2007 es suficiente con verificar los aportes retenidos.  Por aportes devengados a partir de abril 2007, la ONP deberá verificar que se haya realizado el aporte efectivo, y no bastará que se haya descontado el aporte de la remuneración.
  • 16. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: Diferencial de aportesDiferencial de aportes ¿Qué es el diferencial de aportes? ¿Por qué debo abonar un diferencial de¿Qué es el diferencial de aportes? ¿Por qué debo abonar un diferencial de aportes?aportes? • La tasa de aporte al SNP fue de 9% hasta julio de 1995 (6% de cargo del empleador y 3% del trabajador) 11%, a cargo del trabajador desde agosto de 1995 hasta diciembre de 1996 y desde enero de 1997 es de 13%, mientras que en el SPP fue de 8% desde agosto de 1995 hasta diciembre de 2005, y a partir de enero 2006 fue de 10% nuevamente. • Si el trabajador quiere regresar al SNP, y que los años de aporte en el SPP sean reconocidos por la ONP, es necesario que deba regularizar dicha diferencia de aportes. • La regularización es importante porque se requiere igualdad ante la ley entre quienes permanecieron en el SNP, y entre quienes quieran regresar a dicho sistema. ¿Cómo se pagará el diferencial de aportes?¿Cómo se pagará el diferencial de aportes? • Si hubiera una deuda luego de haber descontado la rentabilidad acumulada se podrá pagar al contado o en forma fraccionada. En este último caso, la ONP o el empleador descontarán hasta un 10 por ciento de la pensión o de la remuneración total, de ser el caso. • Los trabajadores independientes abonarán directamente el pago al contado o fraccionado.
  • 17. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: Si me desafilio y me incorporo al SNP ¿puedo regresar después al SPP con el dinero que tenía en el SPP? • No, la decisión es irreversible. • Al trasladarse al SNP, la AFP transferirá directamente los ahorros de la cuenta individual del afiliado y los recursos del bono de reconocimiento al SNP, que tiene un fondo común y solidario. ¿Por qué debo firmar una Declaración Jurada antes de desafiliarme? • Se firma en señal de que el afiliado:  Ha recibido la información adecuada a efectos de seguir adelante con el proceso de desafiliación;  Conoce las bondades de ambos regímenes pensionarios, y;  Acepta que al trasladarse del SPP al SNP los recursos depositados en su cuenta individual y el bono de reconocimiento, de ser el caso, sean transferidos a un fondo común y solidario.
  • 18. Libre Desafiliación con InformaciónLibre Desafiliación con Información ¿Dónde puedo presentar mi solicitud de desafiliación?¿Dónde puedo presentar mi solicitud de desafiliación? • Se presentará a la AFP, ya que procesarán las solicitudes bajo el esquema de ventanilla única. • Este procedimiento es más sencillo para el afiliado, ya que se tendría un solo punto de contacto. ¿A partir de cuando puedo solicitar mi desafiliación?¿A partir de cuando puedo solicitar mi desafiliación? • La campaña informativa durará tres (3) meses • El procedimiento de desafiliación se iniciará luego de culminada la campaña de información en setiembre 2007.
  • 19. Libre Desafiliación con Información:Libre Desafiliación con Información: Si estoy afiliado al SPP, y estoy bajo el alcance de la Ley N° 27252 (Jubilación para labores de riesgo en el SPP, minería y construcción) ¿puedo desafiliarme? • Sí puede. Todos los afiliados al SPP que realizan labores de riesgo para la vida o la salud, bajo el alcance de la Ley Nº 27252, pueden desafiliarse cuando cumplan con los requisitos para obtener una pensión de jubilación en el SNP. Si estoy bajo el alcance de la Ley 27617 (Ley que crea la pensión mínima en el SPP, el Régimen de Jubilación Adelantada DL 19990 del SPP) ¿me puedo desafiliar? • No. • Estos afiliados estarán protegidos en el SPP con una pensión igual a la que recibirían en el SNP, y no deberán pagar el diferencial de aportes al SNP.
  • 20. Garantía de Pensión MínimaGarantía de Pensión Mínima ¿Quiénes pueden tener acceso a Pensión Mínima?¿Quiénes pueden tener acceso a Pensión Mínima? • Todos los afiliados al SPP, que al momento de la creación de éste pertenecieron al SNP. • Los requisitos establecidos son: – Tener 65 años de edad al momento de solicitar la pensión mínima y haber aportado un mínimo de 20 años. – Para verificar el número de años de aporte se suman los del SPP con los que se acumularon en el SNP. – Haber aportado sobre la base de una Remuneración Mínima Vital. – Pagar el diferencial de aportes respectivo (únicamente para los que han nacido después de 1945). ¿La Pensión Mínima en el SPP es igual a la del SNP?¿La Pensión Mínima en el SPP es igual a la del SNP? • Las pensiones mínimas y los requisitos exigidos son iguales en ambos sistemas, en términos anuales. – SNP: S/. 5,810.00 anual (14 pagos de S/. 415.00) – SPP: S/. 5,810.00 anual (12 pagos de S/. 484.17)
  • 21. Pensión Complementaria en el SPPPensión Complementaria en el SPP ¿Qué significa la Pensión Complementaria respecto de la Pensión Mínima¿Qué significa la Pensión Complementaria respecto de la Pensión Mínima en el SPP?en el SPP? • Monto de dinero adicional que permitirá alcanzar a la Pensión Mínima y se entregará a algunos pensionistas pertenecientes al SPP que, a enero de 2002, cumplían con los requisitos previstos para acceder a la Pensión Mínima de acuerdo con la Ley N°27617Ley N°27617: – 65 años de edad. – Haber nacido a más tardar el 31 de diciembre de 1945. – 20 años de aporte entre el SPP y SNP; y – haber aportado sobre la base de una Remuneración Mínima Vital. ¿Qué pensionistas pueden tener la Pensión Complementaria para Pensión¿Qué pensionistas pueden tener la Pensión Complementaria para Pensión Mínima en el SPP?Mínima en el SPP? i. Quién hoy reciba una pensión definitiva, bajo cualquier modalidad, menor a la Pensión Mínima que entrega el SNP. ii. Quienes no tengan dinero en su cuenta individual por haber estado recibiendo una pensión definitiva bajo la modalidad de Retiro Programado. iii. Quienes no percibieron pensión, dado que el saldo de su CIC (cuenta individual) fue inferior el monto mínimo para cotizar establecido en las normas del SPP. Ir a Ley N° 27617
  • 22. Pensión Complementaria en el SPPPensión Complementaria en el SPP ¿Qué es la Pensión Complementaria para Labores de Riesgo en el SPP? • Es una pensión adicional que se le entrega a los pensionistas del SPP que estén o vayan a estar bajo la Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo - Régimen Extraordinario establecido en la Ley N°27252 y sus normas reglamentarias. • Este monto permite que la pensión sea igual, en forma anual, a la del SNP. • El trabajador debe abonar el diferencial de aportes respectivo. Ir a Jub. Anticipada Labores de riesgo
  • 23. Régimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPPRégimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPP ¿En qué consiste el Régimen Especial de Jubilación Anticipada¿En qué consiste el Régimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPP?en el SPP? • Permite adelantar la jubilación a quienes tengan un mínimo de cincuenta y cinco (55) años de edad, en situación de desempleo por doce (12) meses anteriores a la presentación de la solicitud. ¿Qué requisitos se debe tener para acceder a este régimen?¿Qué requisitos se debe tener para acceder a este régimen? • Tener una pensión calculada en el SPP que debe ser mayor o igual al 30% del promedio de remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos ciento veinte (120) meses, actualizadas por la inflación. • La pensión calculada al momento de la jubilación no podrá ser menor a una (1) Pensión Mínima. • Haber aportado el 60% de los últimos ciento veinte (120) meses anteriores a la presentación de la solicitud. • Haber aportado sobre la base de una Remuneración Mínima Vital. • Ver ejemplo.
  • 24. Régimen Especial de Jubilación AnticipadaRégimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPPen el SPP ¿Hasta cuando puedo solicitar esta pensión? • Hasta el 31 de diciembre de 2008.
  • 26. Ejemplo – Jubilación a edad legal: 65 añosEjemplo – Jubilación a edad legal: 65 años Caso extraído de la base de datos de afiliados al SPPCaso extraído de la base de datos de afiliados al SPP Caso 1: Cálculo de una pensión en el SNP – Edad legalCaso 1: Cálculo de una pensión en el SNP – Edad legal A.-Supuestos: Edad de jubilación 65 años Promedio actual de remuneraciones S/. 1045 Años de aporte (SNP+SPP) 20 años Norma aplicable: DL 25967-Ley 26504 B.-Cálculo de pensión SNP: Pensión SNP = S/. 1045 x 50% Pensión SNP = S/. 522.5 x 14 meses Pensión SNP anualizada = S/. 609.58 x 12 meses Monto anual = S/. 7 315.00 Regresar a pregunta
  • 27. Caso 1 : Cálculo de una pensión en el SPP – Edad legalCaso 1 : Cálculo de una pensión en el SPP – Edad legal A.- Supuestos: i. Edad de jubilación 65 años ii. Promedio de remuneraciones S/. 1 045 iii. Cuenta individual (CIC) S/ 22 915 iv. Bono de reconocimiento 92 a) Valor nominal S/. 3 144 Meses registrados 120 Remuneración promedio S/. 143 b) Valor actualizado S/. 8 378 B.- Cálculo de pensión SPP: Pensión SPP = (Cuenta individual + Bono reconocimiento)/ CRU Pensión SPP = (22 915 + 8 378) / 156.4 = 200.1 Afiliado reúne requisitos para pensión mínima Pensión SPP = S/. 484.17 x 12 meses Monto anual = S/. 5 810 Regresar a pregunta
  • 28. Ejemplo – Jubilación a edad legal: 65 añosEjemplo – Jubilación a edad legal: 65 años Caso extraído de la base de datos de afiliados al SPPCaso extraído de la base de datos de afiliados al SPP Caso 2: Cálculo de una pensión en el SNP – Edad legalCaso 2: Cálculo de una pensión en el SNP – Edad legal A.-Supuestos: Edad de jubilación 65 años Promedio actual de remuneraciones S/. 1040 Años de aporte (SNP+SPP) 20 años Norma aplicable: DL 25967-Ley 26504 B.-Cálculo de pensión SNP: Pensión SNP = S/. 1040 x 50% Pensión SNP = S/. 520 x 14 meses Pensión SNP anualizada = S/. 606.67 x 12 meses Monto anual = S/. 7 280.00 Regresar a pregunta
  • 29. Caso 2 : Cálculo de una pensión en el SPP – Edad legalCaso 2 : Cálculo de una pensión en el SPP – Edad legal A.- Supuestos: i. Edad de jubilación 65 años ii. Promedio de remuneraciones S/. 1 040 iii. Cuenta individual (CIC) S/ 78 388 iv. Bono de reconocimiento 92 a) Valor nominal S/. 22 851 Meses registrados 120 Remuneración promedio S/. 1 040 b) Valor actualizado S/. 60 894 B.- Cálculo de pensión SPP: Pensión SPP = (Cuenta individual + Bono reconocimiento)/ CRU Pensión SPP = (78 838 + 60 894) / 156.4 Pensión SPP = S/. 890.5 x 12 meses Monto anual = S/. 10 686.5 Regresar a pregunta
  • 30. Casos: afiliados en edad legal de jubilaciónCasos: afiliados en edad legal de jubilación Comparación de pensiones en el SNP y SPPComparación de pensiones en el SNP y SPP Decisión de desafiliaciónDecisión de desafiliación SNP SPP ¿Conviene desafiliarse? CASO 1CASO 1 S/. 522.5 x 14 meses ó S/. 7 315.0 anual S/. 484.17 x 12S/. 484.17 x 12 mesesmeses óó S/. 5 810 anualS/. 5 810 anual SISI CASO 2CASO 2 S/. 520 x 14S/. 520 x 14 mesesmeses óó S/. 7 280.4 anualS/. 7 280.4 anual S/. 890.5 x 12 meses ó S/. 10 686.5 anual NONO Regresar a pregunta
  • 31. Jubilación a edad legalJubilación a edad legal Fórmula de cálculo de pensiones en el SNPFórmula de cálculo de pensiones en el SNP Aplicación de los casos: • Edad de jubilación actual: 65 años • Por 20 años de aporte: 50% • Pensión SNP = 50 % x Sueldo promedio Regresar caso 2Regresar caso 1 NormaNorma legallegal Rango de edad alRango de edad al 02/01/200202/01/2002 % por los primeros% por los primeros 20 años de aporte20 años de aporte Ley27617 Hasta 29 años 30 % De 30 a 39 años 35 % De 40 a 49 años 40 % De 50 a 54 años 45 % DL 25967 De 55 a 65 años 50%
  • 32. Fórmula de cálculo de pensiones en el SPPFórmula de cálculo de pensiones en el SPP Cálculo de pensión en SPP: Pensión = ( Cuenta individual + Bono de reconocimiento actualizado) Capital requerido unitario Capital requerido unitario (CRU): • Capital o monto necesario para financiar un sol de pensión vitalicia. • Calculada utilizando una fórmula actuarial que toma en cuenta la tabla de mortalidad aprobada, la edad de jubilación, el grupo familiar (incluye titular de género masculino y cónyuge cinco años menor) y se descuenta a una tasa anual de 4.6% Regresar caso 2Regresar caso 1
  • 33. Fórmula de cálculo de Bono deFórmula de cálculo de Bono de ReconocimientoReconocimiento Bono de reconocimiento: • Título valor que reconoce monto aportado por el afiliado al SNP • Emitido por la ONP. • La fórmula de cálculo es: Bono = 0.1831 x Remuneración bono x numero de meses de aporte • Se emite a valor nominal con tope máximo de S/. 60 000. • Existen tres tipos de bono: Bono 1992, 1996 y 2001 • Se actualiza con el IPC al momento de la jubilación: – Bono de Reconocimiento 1992, diciembre de 1992 – Bono de Reconocimiento 1996, enero de 1997, – Bono 2001 enero del 2002. Regresar caso 2Regresar caso 1
  • 34. Ejemplo de diferencial de aportesEjemplo de diferencial de aportes • Remuneración mensual del afiliado: S/. 1 000S/. 1 000 • Periodo de afiliación en el SPP 2003 – 2006 • Cuenta individual S/. 6 769 • Rentabilidad acumulada S/. 2 009 • Suma de diferencial de aportes: S/. 2 520 • Diferencia a ser asumida por el trabajador S/. 511 • Pensión S/. 520 • Monto a descontar de pensión S/. 52 (10% pensión) • Periodo de pago 10 meses SNPSNP SPPSPP DiferencialDiferencial Monto S/ Tasa Monto S/ Tasa Monto S/ Tasa 2003 1820 13% 1120 8% 700 5% 2004 1820 13% 1120 8% 700 5% 2005 1820 13% 1120 8% 700 5% 2006 1820 13% 1400 10% 420 3% Monto Anual de aporte 2003 2006Monto Anual de aporte 2003 2006 Regresar a preguntaRegresar a pregunta
  • 35. EjemploEjemplo Régimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPPRégimen Especial de Jubilación Anticipada en el SPP Verificación de requisitos iniciales:Verificación de requisitos iniciales: • Edad del afiliado: 59 años • Periodo de desempleo 1 año • Periodo de aporte en últimos 10 años 9 años • Remuneración promedio S/. 1000 • 30% de remuneración S/. 300 • Aporte mínimo se ha realizado sobre la base de 1 RMV? SI Verificación de pensión:Verificación de pensión: • Saldo de la cuenta individual S/. 90 352.5 • CRU 177.16 • Pensión S/. 510 Verificación final:Verificación final:  Aportó al menos 60% de últimos 120 meses SI  Pensión es mayor a pensión mínima? SI  Pensión es mayor a 30% del sueldo SI Procede la Jubilación anticipadaProcede la Jubilación anticipada Regresar a pregunta
  • 36. Regímenes de Jubilación de la Ley N°27617Regímenes de Jubilación de la Ley N°27617 Regresar a preguntaRegresar a pregunta CONCEPTOCONCEPTO BENEFICIARIOSBENEFICIARIOS REQUISITOSREQUISITOS Pensión Mínima en el SPP Ley N° 27617 D.S. N° 100- 2002-EF Afiliados al SPP cuya pensión anual en el SPP resulte menor a la pensión mínima en el SNP en términos anualizados. (S/. 5810.00 Nuevos Soles) a) Haber nacido a más tardar el 31- 12-1945, contar con un mínimo de 65 años de edad y no encontrarse percibiendo pensión de jubilación al momento de presentar la solicitud ante la AFP. b) Registrar un mínimo de 20 años de aportaciones efectivas en total, entre el SPP y el SNP. c) Haber efectuado aportaciones considerando como base mínima de cálculo el monto de la RMV, en cada oportunidad. Jubilación Adelantada del Decreto Ley N° 19990 en el SPP Ley N° 27617 D.S. N° 100- 2002-EF Afiliados al SPP que al momento de su incorporación cumplían los requisitos para acceder a una Jubilación Adelantada en el SNP a) Estar incorporado al SPP con anterioridad al 02-01-2002. b) Haber cumplido con los requisitos para acceder a la jubilación adelantada en el SNP, antes de la afiliación al SPP. c) No encontrarse en los supuestos previstos para acceder a una Jubilación Anticipada en el SPP ni por Labor de Riesgo comprendido en la Ley N° 27252.
  • 37. Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo en el SPPJubilación Anticipada para Labores de Riesgo en el SPP Régimen Extraordinario - Ley N° 27252Régimen Extraordinario - Ley N° 27252 Regresar a pregunta CONCEPTOCONCEPTO BENEFICIARIOSBENEFICIARIOS REQUISITOSREQUISITOS Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo – Régimen Extraordinari o (Ley N° 27252 D.S. N° 164- 2001-EF) Afiliados al SPP que laboren en: i. Extracción minera subterránea ii. Extracción minera a tajo abierto iii.En centros de producción mineros, metalúrgicos y siderúrgicos expuestos a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad iv.Actividades de Construcción Civil a) Cumplir con las edades establecidas en la Ley N° 25009 o Decreto Supremo N° 018-82-TR, según corresponda. b) Que al 31-12-1999, se hayan alcanzado las edades señaladas en el cuadro siguiente. c) Que con anterioridad al 31- 12-2004, se hayan realizado, al menos, 20 años completos de aportación al SNP y/o al SPP. d) Que con anterioridad al 31- 12-2004, se hayan realizado, al menos, un período mínimo de trabajo de acuerdo al cuadro siguiente.
  • 38. Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo en el SPPJubilación Anticipada para Labores de Riesgo en el SPP Régimen Extraordinario - Ley N°27252Régimen Extraordinario - Ley N°27252 AAños de aporte y años de trabajo efectivoños de aporte y años de trabajo efectivo Regresar a pregunta LaboresLabores Edad paraEdad para poderpoder jubilarsejubilarse Edad alEdad al 31/12/199931/12/1999 Años deAños de aporteaporte completoscompletos anteriores alanteriores al 31/12/200431/12/2004 PeriodoPeriodo mínimo en lamínimo en la modalidad demodalidad de trabajotrabajo predominantepredominante anteriores alanteriores al 31/12/200431/12/2004 En minas metálicas 4545 4040 2020 1010 Directamente extractivas en minas a tajo abierto 5050 4545 2020 1010 En centros de producción minera, metalúrgicos y siderúrgicos, expuestos a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad De 50 a 55De 50 a 55 según añossegún años dede exposiciónexposición 45 a 5045 a 50 según añossegún años dede exposiciónexposición 2020 1515 Construcción Civil 5555 5050 2020 1515
  • 39. Documentos para acreditar años de aporte en el SNPDocumentos para acreditar años de aporte en el SNP hasta marzo 2007hasta marzo 2007 • Las boletas de pago de remuneraciones, debidamente firmadas y/o selladas por el empleador; • Liquidación de Beneficios Sociales, debidamente firmada y/o sellada por el empleador; • Declaración Jurada del Empleador, solo para el caso de persona jurídica o sucesión indivisa, suscrita por el Representante Legal, condición que se acreditará con la copia literal de la correspondiente ficha emitida por Registros Públicos, en la que se señale que existió la correspondiente retención al Sistema Nacional de Pensiones a favor del asegurado; • Informes de verificación de aportaciones emitidos por la ONP dentro del proceso otorgamiento de pensión; • Declaración Jurada del asegurado, de acuerdo con las condiciones previstas en el Decreto Supremo N° 082-2001-EF; • Documentos probatorios de aportaciones emitidos por el ex – IPSS o ESSALUD Para el caso de las planillas de pago de empresas que ya no estén operando y las cuales no se encuentren en custodia de persona o entidades, que por norma expresa estén autorizados a custodiar dichos documentos, la ONP no se encontrará obligada a tener por cierto lo que en dichos documentos se exprese. Regresar a pregunta