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Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha
                                           10 de Abril de 2013




    “Regulaciones y aspectos prácticos en la
   exportación de productos agroalimentarios,
bienes de consumo y productos en general hacia
                  los EE.UU”



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                                   5/13/2011                     1
Aspectos Generales en la Exportación de Alimentos y
                                           Bebidas a los EE.UU.



 1. Información general del país y del sector.
 2. Requisitos legales y técnicos necesarios para
  exportar.
 3. Requisitos específicos de Agencias Federales del
  gobierno de EE.UU
 4. Pasos que deben hacerse antes de la exportación




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 5. Proceso de registro de Marcas en
  EE.UU
 6.Contratos a celebrarse , formas de cobro.




                                                                       2
EE.UU.




20/2/2013   www.demosglobal.es
            info@demosglobal.es   3
País con mayor cantidad de tratados de libre comercio
firmados con terceros países. Segunda unión comercial
            después de la Unión Europea.


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Datos específicos

 La  industria agroalimentaria genera en los EEUU
  ventas por más de 4 trillón de Dólares al año.
 Los consumidores EE.UU. tienen un gasto de un 6,7%
  de su renta disponible para los alimentos que se
  preparan
 Cada año, los supermercados de EE.UU. vende más
  de 556 mil millones dólares en productos, de acuerdo
  con las cifras disponibles más recientes del Food
  Marketing Institute (FMI).
 Los alimentos gourmet está creciendo rápidamente,
  impulsado por la demanda de consumo creciente.



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Gobierno
  Federal




  USPTO



GOBIERNOS
ESTATALES




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   FDA:

 Regula todo lo relacionado con alimentos, cosméticos,
  medicinas, productos biológicos, médicos y radioactivos. NO
  REGULA: carne, pollo, huevos congelados o secos, y
  etiquetaje de alcohol y tabaco.
 Si los productos alimentarios y derivados contienen mas del
  2% de carne de ave o derivados o, 35% de carne o roja o
  derivados los regla el FSIS (Departamento de
  Agricultura).

 También regula:
 * Bebidas alcohólicas y vinos que contenga 7% de
  alcohol
 FDA ha publicado los Niveles de Acción respecto a Defectos
  en las Comidas-

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USDA:
 Regula todos los productos cárnicos o de
 cualquier otro tipo pero que contienen mas de
 2% de carnes.


FSIS:  regula los registros y permisos de
 las empresas procesadoras de cualquier
 producto de consumo humano o animal
 que contiene mas de 2% de carnes
 también. ( APHIS…..)
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AGENCIAS QUE INTERVIENEN
                                         en el Vino y Alcohol:




DEPARTAMENT OF TREASURY TTB

• Regula la emisión de las licencias a nivel federal. Ej.
  Importador de Vinos o bebidas espirituosas.
• Regula y aprueba las etiquetas de los vinos.

Aduanas

• Controla el pago de los impuestos y requisitos generales a la
  entrada del país.




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Agencias        estatales (alimentos):

   Los requisitos pueden varias por estado
   Regulan la venta y distribución por estado
    cualquiera que sea su forma
   Otorgan y controlan la emisión de las licencias de
    distribución, venta en tiendas, venta directa, etc.




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Agencias a nivel de los Estados



Agencias        estatales (vino):

   Los requisitos pueden varias por estado
   Regulan la venta y distribución por estado
    cualquiera que sea su forma
   Otorgan y controlan la emisión de las licencias de
    distribución, venta en tiendas, venta directa, etc.




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Que abarca el sector:


a- Agroalimentario: abarca:

• Producto cárnico (regulado por el USDA).
• Producto no cárnico o hasta un contenido máximo
  del 2% de carne (FDA). (Entran en esta categoría
  los que contienen pescados o mariscos).
• Productos de conserva o enlatados.(FDA/LACF)
 * Vinos y bebidas alcohólicas. (FDA, TTB).




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En general:

Registro de Bioterrorismo y
Registro de Establecimiento, (cadena).
Registro FCE
Registro APHIS/FSIS (USDA)
 Numero fiscal (importador).
Registro de notificaciones previas a envío
Registro ante FWS (pescados y mariscos)


   Etiquetado con agencia corres.
   (Cuadro nutricional, ingredientes y
    sub., colorantes, porcentajes).
    SID (LACF)
   Revisión disclaimers/ aseveraciones
    Marca registradas
   Numero de licencia si aplica
   Certificación (orgánico, natural, etc.).
    Otros


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Requisitos técnicos-legales de los
                                                   alimentos

1. Ley de Bioterrorismo (Nueva Ley FSMA/FDA):


* Quienes se deben registrar:
   Industrias nacionales y extranjeras que produzcan,
    procesen, empaquen, o mantengan alimentos de uso
    humano o animal. Si es Ud. es comercializador, Ud. Y
    todos sus proveedores en la cadena del alimento


* Quienes NO se tienen que registrar:
   Granjas, establecimientos de venta al por menor,
    restaurantes; establecimientos con fines no lucrativos que
    sirvan o preparen comida directamente a los consumidores
    y barcos pesqueros.



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•   2, APARTE: La planta procesadora de productos enlatados
    de baja acidez y acidificados que exporta sus productos a los
    Estados Unidos debe:

    ◦ Registrarse en la FDA para que se le asigne a cada
      empresa procesadora registrada un número llamado Food
      Canning Establishment Number (FCE#).
    ◦ Obtener el numero SID para cada producto como numero
      distintivo.
    ◦ Aportar información sobre todos los procesos de
      producción que registra.




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-   Productos de baja acidez y productos
    acidificados (Aprobación ante el LACF-
    FDA)
    ◦ a. “Low Acid Canned Food” (LACF) ph mayor a
      4.6 y térmicamente procesado           a altas
      temperaturas (240-250oF)
    ◦  b. “Acidified Canned Foods. Se agrega ácido al
      producto para conseguir que el producto
      terminado tenga un pH por debajo de 4.6
    ◦  c. “Acid Foods” PH natural menor 4.6.  


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OTROS

◦ 3. Etiquetado comercial. OJO CON ESTO.
◦ 4. Requisitos fitosanitarios para carga y
  empaques.
◦ 5. Garantías de producto.
◦ 6. Marcas y patentes
◦ 7. Declaraciones en los productos.
◦ 8. Código de barras – Universal Product
  Code (UPC)
◦ 9. Responsabilidad sobre el producto
◦ 10. Verificación y certificación.
◦ 11. Notificaciones previas a aduanas.

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Requisitos Legales Generales
                                                                  cont…


   Aparte de los mencionados anteriormente, se debe tener siempre
    a. Los registros federales de la marca . Al menos la petición
    debe estar iniciada para evitar problemas de retención de la
    mercancía.
    b. Tener por escrito mediante un acuerdo/contrato con el importador
    o a través de los “disclaimers” los términos y      condiciones de la
    venta, su pago, distribución, reglas de         conservación de la
    mercancía, etc. y los contratos.

   Otras sugerencias :
    • a. Revisar con quien están haciendo negocios. Es un proceso que
      no es complejo ni costoso. Revisar el nivel de crédito que pudiera
      tener el importador, etc.



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Requisitos Técnicos Legales en la exportación del
                                                         Vino.


 Premisa básica. No es un producto que puede ser libremente
  importado, dado que está regulado por el gobierno federal y a
  su vez por los estados.
 A tales efectos se requiere:
    ◦ A. Tener un importador autorizado . Debe revisarse que
      realmente el importador tiene la licencia a tales efectos, el seguro
      correspondiente, etc.
    ◦ B. Asegurarse de que la bodega esté registrada ante le Ley de
      Bioterrorismo con el FSMA/FDA
    ◦ C. Que la etiqueta del vino esté debidamente aprobada
      por las autoridades federales antes de su exportación.
    ◦ D. Que se envíe antes de su exportación, los pre-import letters
    ◦ E. Revisar antes de la exportación los requisitos del Estado
      donde entra la mercancía.


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Certificación de Vinos Orgánicos


   Cuando el vino es 100% orgánico, éste debe contener en su
    totalidad ingredientes orgánicamente producidos, sin contar el agua
    y la sal.



          Asímismo, en éstos casos, la etiqueta debe contener una
    declaración que indique que es “certificado orgánico”                  y la cual
    indique el nombre y dirección del productos, embotellador
    importador,    etc.,   dirección,    teléfono        y   dirección    de   correo
    electrónico.




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Declaración Orgánica:

   ¿Qué       tipo      de      declaraciones            Orgánica         hay?:

    Los cuatro básicos del Programa Orgánico Nacional Categorías
    Orgánica      de    bebidas     alcohólicas   son    los   siguientes:
    ◦ "100% orgánico" tiene todos los ingredientes sin sulfitos
    químicamente                                                  agregó.
    ◦ "orgánico" tiene al menos el 95% de ingredientes orgánicos, sin
    sulfitos                     químicamente                     agregó.
    ◦ "Hecho con Orgánico [Ingredientes]" tiene por lo menos 70% de
    ingredientes orgánicos y pueden contener sulfitos químicamente
    agregó.
    ◦ productos con menos del 70% de ingredientes orgánicos y productos
    que no son procesados ​por una operación de manejo orgánico
    certificado sólo podrá revelar el contenido de materia orgánica en un
    no-visible "Declaración de Ingredientes".


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Vinos Naturales


   Vino Natural es aquel producido del jugo o mosto, juego de
    uvas, frutas ( incluyendo berries) hechas bajo cualquier “cellar
    treatment” autorizado de acuerdo a las regulaciones federales
    contenidas en subparts F and L of 27 CFR part 24, y que
    además contengan no más de 24% de alcohol por volumen y
    no más de 21% de peso (21 grados de Brix de-alcoholized
    wine) de sólidos en total.
   Se requiere de una certificación especial, pero los vinos
    procedentes de la UE están excluídos de la misma


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Requisitos mínimos




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5/13/2011   info@demosglobal.es   23
Cont…
   MARCA                               o                                      Brand :
    Un nombre de marca de identificación es necesaria en todas las
    botellas de vino. El nombre de una persona, como el nombre del
    propietario, se puede utilizar como una marca. Ningún nombre puede
    ser utilizado que es engañosa o crea y la inferencia en cuanto a la
    edad, origen, o las características del producto. En los vinos de origen
    nacional, sin marcas comerciales o de origen extranjero pueden ser
    utilizados.
     
   CLASE
    Es obligatorio que todas las etiquetas de vino de identificar los
    contenidos como una de varias clases. El tipo más común de vino es
    de Clase 1: Tabla del Vino , que se define como tener un contenido
    de alcohol no inferior al 7% y no superior a 14% en volumen. Otras
    denominaciones aceptable para esta misma categoría "vino
    de la luz", "vino tinto de mesa", "vino blanco", "vino de
    mesa dulce", etc

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Tipos de Clases:

CLASS TITLE             BRIEF DESCRIPTION

Class 2 Sparkling Wine wines made sparkling by any of the natural methods

          Carbonated
Class 3                 wine which is injected with carbon dioxide.
          Grape Wine

Class 4 Citrus Wine     wine made primarily of sound, ripe citrus fruit
Class 5 Fruit Wine      wine made primarily of sound, ripe fruits other than grapes or citrus

Class 6 Wine from       wine made from sound agricultural products (vegetables)
        Other
        Agricultural
        Products

Class 7 Aperitif Wine   wine having an alcoholic content of not less than 15 percent by volume,
                        compounded from grape wine containing added brandy or alcohol,
                        flavored with herbs and other natural aromatic flavoring materials

Class 8 Imitation Wine wine containing synthetic materials

Class 9 Retsina Wine    grape table wine fermented or flavored with resin
                                                                  www.demosglobal.es
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Cont…

   Denominación de origen que revela el verdadero lugar de origen de las uvas es obligatorio en
    muchos casos al igual que la fecha de la cosecha.

   CONTENIDO DE ALCOHOL contenido de alcohol debe ser indicada en cualquier vinos de
    14% mas o menos.

   ¿Quiénes y dónde EMBOTELLADA El nombre y la dirección del envasador deberán figurar
    en la etiqueta de todos los vinos de América, inmediatamente precedido por las palabras
    "embotellado por". Si la embotelladora también al menos el 75% del vino por la fermentación del
    mosto y clarificar el vino resultante, los términos", producido y embotellado por" pueden ser
    utilizados.

   CANTIDAD DE CONTENIDO En onzas líquidas como sigue: 3 litros (101 oz..), 1.5 litros (50,7
    fl oz..), 1 litro (33.8 fl oz.. ), 750 ml (25.4 fl oz);... 500 ml (16.9 fl oz);. 375 ml (12.7 oz fl); 187 ml
    (6.3 fl oz);... 100 ml (3.4 fl oz. ) y 50 ml (1.7 fl oz)... Para los tamaños más grandes de 3 litros, los
    recipientes deben ser llenados y etiquetados en cantidades de litros incluso (4 litros, 5 litros, 6
    litros, etc.)

   DECLARATION OF SULFITES

   GOVERNMENT HEALTH WARNING .
     

     




                                                                      www.demosglobal.es
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Detalles del Proceso:
   TTB no acepta: «Expedite o Acelerar" ninguna solicitud.
   TTB no acepta Opiniones informales para el certificado de
    aprobación de etiqueta (COLA) y las aprobaciones fórmula.
   Planificar un período de revisión completa de 90 días, que no
    incluye el tiempo adicional que pudiera ser necesario si cambia
    la etiqueta o fórmula se solicitan.
   Las aplicaciones en línea se procesan aproximadamente el
    doble de rápido que las solicitudes en papel, así que hay un
    incentivo real a la utilización de los portales en línea.
   Los plazos para contestar modificaciones o solicitudes
    adicionales de informacion o documentos es típicamente de 7 a
    10 dias.
   Los problemas típicos de forma son con el formato de las fotos.
       Es importante recordar que debe ser JPG y de 150 dpi.



                                                 www.demosglobal.es
                                     5/13/2011   info@demosglobal.es   27
Quién solicita la aprobación



1.   Los importadores directamente.

2.O las bodegas a través de sus
 importadores




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                     5/13/2011   info@demosglobal.es   28
Que pasa si el vino es para ferias?



Muestras   de bebidas alcohólicas importadas
 exclusivamente y estrictamente para shows y
 ferias pueden en ciertos casos estar exentos
 del certificado de aprobación de etiquetas,
 para lo cual se debe aplicar a un certificado
 de exención en este sentido




                                     www.demosglobal.es
                         5/13/2011   info@demosglobal.es   29
La carta de exención debe contener:


   Tipo y cantidad de cada bebida alcohólica.
   País de origen para cada producto.
   La marca de cada producto.
   El propósito para la importación de esas muestas, (con todos los
    detalles posibles) y pruebas.
   El número de la licencia básica federal de importador.
   Una declaración que incluya: que todos los impuestos directos e
    indirectos se pagarán, que las botellas contendrán una etiqueta que
    indique que es solo para uso en la feria o show y no para la venta, que
    la etiqueta contenga la declaración de salud que requiere la ley federal,
    y que si contiene sulfitos lo indique claramente esa etiqueta.
   Tiempo de proceso mínimo de 7 a 10 días.



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Requisitos para la distribución y venta:



La  distribución es regulada a nivel de
 los Estados. El gobierno federal no
 otorga licencias de distribución.

Requisitos     estándares                  para         la
 obtención de la licencia.


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                       5/13/2011   info@demosglobal.es        31
Venta de vinos por internet


   La agencia federal de Alcohol and Tobacco Tax and Trade Bureau
    (TTB)      tiene regulaciones específicas referentes a los envíos
    directos y ventas que se realicen por el internet.


   En éstos casos, igualmente la empresa está sujeta a todos los
    requisitos que aplican a los otros tipos de formatos de venta y
    bebidas.
   Aparte de ello, cada estado tiene regulaciones diferentes referentes
    a ventas por internet y hay que conocerlas antes de realizar ese tipo
    de ventas, saber cuales son los impuestos, etc.



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                                    5/13/2011   info@demosglobal.es     32
En otros sectores los requisitos son:

Aparte de los requisitos anteriores:

1.Vinos: Importador autorizado/distribuidor
2.Licores: análisis de formulación.
3.Conservas, enlatados: los anteriores
4.Aceite de oliva: anteriores.
5.Lácteos y quesos: anteriores +
importador autorizado. (Cuidado con la
cuota)

                     04/09/13   www.demosglobal.es   33
Bienes de Consumo hacia USA


 Bienes de Consumo:
 Son todas aquellas mercancías producidas por la sociedad en el
 territorio del país o importadas para satisfacer directamente una
 necesidad como: alimentos, bebidas, habitación, servicios
 personales,      mobiliario,   vestido,   ornamentos,     etc.




                                 No hay barreras comerciales
Regla Básica                 significativas (salvo la arancelaria) ni
                           regulación específica a cumplir respecto
                            al producto, excepto en algunos casos
                                              como



                                   04/09/13   www.demosglobal.es        34
Excepción a la regla general:
1. Sector Agroalimentario en general. (Incluye vino)
2. Sector de Drogas, cosméticos y equipos médicos.
3. Sector de juguetes.
4. Productos químicos y de limpieza (regulados por EPA).
6. Productos regulados por el USDA (plantas, tierras,
compuestos organicos, naturales, etc.)

5. En otros sectores, aspectos muy puntuales:

   •Madera: pasar la regulación internacional para la
   exportación hacia los EEUU. Tratamiento de la madera
   •Materiales de construcción: si se quiere cumplir con
   algunas certificaciones para ser más competitivos.
   •Militar y de gobierno: normas mínimas de registro y las
   de vendors.
   •Textil. Flamabilidad de la tela
   • Plantas, derivados, organicos y naturales: permiso
   USDA
                                 04/09/13   www.demosglobal.es   35
www.demosglobal.es
info@demosglobal.es   36
Registros de PI      Responsabilidad frente
                                                terceros

                  Licencias de operación
                       estatales y             Implicaciones
                        federales                fiscales

                  Mecanismos migratorios
                     hacia los EEUU              Elección de
                   depende de objetivos       jurisdicción legal
                      comerciales.

Procedimientos de importación



                                           www.demosglobal.es
                                           info@demosglobal.es      37
Seguros
                        Los tipos de seguros dependiendo del riesgo que se
                  quiera proteger por el monto de inversión a realizar son:
                                                           S e g u ro G e n e ra l d e R C
                                                     * P r o t e je c o n t r a n e g lig e n c ia s *


                                        S e g u ro d e                                          E * s e g u ro s
                                R e s p o n s a b ilid a d p o r                   S e g u r o p o r tr a n s a c c io n e s
                                         P r o d u c to                                       e le c t r o n ic a s *

          P a ra p ro d u c to re s ,
f a b r ic a n t e s o m a n u fa c t u r a s

                                 S e g u ro c o n tra d a n o s                                  S e g u ro p o r
                            in t e n c io n a le s y c r im in a le s                     in t e r r u p c io n d e la s
                                                                                     a c t iv id a d e s c o m e r c ia le s

                                         S e g u ro d e
                                        m a lp r a c t ic a


  www.demosglobal.es
  info@demosglobal.es                                               Encuentro Internacional AREX
Importancia del registro de marcas



   Por que registrar una marca?:

   Notificación de derecho a terceros de un derecho de posesión
    de una marca;
    Presunción legal que el titular tiene de derecho exclusivo para
    usar la marca a nivel nacional;
    Derecho de ejercer acciones legales en cortes federales de los
    EE.UU
    El uso de la registración en los EE.UU como base para obtener
    la registración en otros países
    Derecho de introducir su registro ante el Servicio de Aduanas
    de los EE.UU par aprevenir la importación de bienes que
    infrinjan su marca.



                                   04/09/13   www.demosglobal.es   39
Quien puede registrar?
Registros de Marcas en los EE.UU




             www.demosglobal.es
             info@demosglobal.es   40
Base para introducir la aplicación:

• En base a uso en comercio.
• Con intento de usar en comercio
• Con base a registro extranjero o aplicación extranjera
existente (TC).
• Solicitud de extensión de protección sobre registro
internacional (Section 66(a) of the Trademark Act)




                                   www.demosglobal.es
                                   info@demosglobal.es     41
Como se mantiene la marca?




                            Indefinidamente




Si el dueño continua usándola en conexión con los bienes y/o servicios e
introduce todos los documentos necesarios en el momento indicado. Por
ejemplo: declaraciones de uso continuo, o se no uso excusable, aplicación
de renovación, etc. etc.

                                                www.demosglobal.es
                                    5/13/2011   info@demosglobal.es     42
. Estructuras para penetrar este mercado:




                                      www.demosglobal.es
Cualquiera que sea la forma de entrada (alianza, implantación, etc.) de las
      empresas fabricantes o de servicios españolas, se debe considerar:

   1.   Operar en el mercado vía una empresa propia, (subsidiaria o filial
        de la española o independiente).
   2.   Considerar registrar la marca en el mercado local si va a tener
        una repercusión de negocios o evitar un problema.
   3.   Poseer las pólizas de seguro adecuado que requieran las
        operaciones comerciales (si aplica).
   4.   Tener presencia y dar la impresión de ser locales a los efectos de
        dar soporte técnico, logística, atención al cliente y respuesta
        inmediata (sobre todo, en el tema de las licitaciones).
   5.   Todo por escrito es importante.

                                            www.demosglobal.es           44
   Protección de bienes y activos personales y corporativos de la empresa
    máster “ubicada inicialmente en España”. Al constituirse una empresa
    local, se aísla la responsabilidad y potenciales riesgos de negocios en el ente
    corporativo de los EEUU (el cual tiene y mantiene total independencia de
    personalidad jurídica de la empresa o negocio en España.

   Sujetar el negocio a realizar a los EEUU a las leyes del Estado, como
    entidad local, de manera tal que al momento de una eventual disputa
    comercial, se está en posición de igualdad ante una corte estatal o federal.

   * Beneficios del tratado de doble tributación entre Espada y los EE.UU

   * Registro de Marcas y Patentes: Cualquier empresa o negocio que
    pretenda de forma directa o indirecta (a través de contratistas, o
    empleados locales o extranjeros) negociar, comercializar, distribuir, otorgar
    representaciones o licenciar de alguna manera sus productos o servicios
    debe antes de ni siquiera considerar entrar el producto a los EEUU proceder
    al registro de marcas y patentes en los EEUU

                                                   www.demosglobal.es                 45
Formas de comercialización



 Contratos   de Agencia Comercial

 Contratos   de representación

 Contratos   de distribución

 Contrato   de ventas

                         www.demosglobal.es
                         info@demosglobal.es   46
TIPOS DE CONTRATOS EN EL MERCADO




   Relaciones contractuales
   Contratos de Agencia Comercial: es legalmente inviable en los
    EEUU.
   Contratos de representación: posible a traves de un
    distribuidor
   Contratos de distribución: definitivamente es el que mas se
    usa
   Contratos de transferencia de tecnología: de poco uso o
    aplicación en esta industria.
   Contrato de ventas: si se fuera hacer el mecanismo de venta
    directa a nivel nacional pudiera utilizarse.




                                           www.demosglobal.es
                                           info@demosglobal.es      47
   Contratos de agencia:
    ◦ Los agentes con simples intermediarios en la cadena de
      distribución entre el fabricante y el consumidor.
    ◦ Normalmente manejan todos los aspectos del comercio
      internacional, desde las ventas, envíos financiamientos,
      publicidad y asuntos regulatorios.

   Contrato de distribución:
    ◦ Concepto más nuevo, donde el distribuidor normalmente
      compra los productos para su propia cuenta y reventa a un
      precio mayor, aceptando los riesgos y derechos incidentes
      a la titularidad de los bienes.




                                     www.demosglobal.es
                                     info@demosglobal.es      48
 Siempre     haya    un    contrato  por   escrito
  definitivamente que contenga los términos mas
  importantes al menos, tales como seguros,
  Asunción de riesgos, precios, control y autoridad
  de las partes, territorialidad, exclusividad y
  confidencialidad, garantías y negaciones, regido
  por el lugar de la firma y establecimiento del
  negocio.
 Siempre establecerlo por un tiempo determinado
  para empezar.



                             www.demosglobal.es
                             info@demosglobal.es   49
* LEY DESIGNADA POR
                 LAS PARTES DEL
                   CONTRATO *
       (ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES)

              SI NO SE DETERMINA

 DONDE EL VENDEDOR      O DONDE SU AGENTE TENGA
 TENGA SU RESIDENCIA       SU ESTABLECIMIENTO
CUANDO HACE LA VENTA    CUANDO REALICE LA VENTA
       ESPANA                     EEUU

               CONFLICTO LEGAL
               DE JURISDICCION
              QUE LEY PREVALECE
                 ENTONCES ?.
                           www.demosglobal.es
                           info@demosglobal.es    50
Alianzas en caso de exportaciones o inversiones


    *A través de un contrato de distribución,
     *Joint Ventures o acuerdos de asociación entre diversas
    empresas o personas. Típicamente debe realizarse donde
    haya minimo una bodega y una empresa en los EEUU en
    este caso.
    *Constitución de una empresa o sociedad mercantil,
    (con participación de 10% o mas, si las condiciones del
    mercado lo requieren).




                                           www.demosglobal.es
                               5/13/2011   info@demosglobal.es   51
Aspectos importantes de la comercialización




1. Con quién estamos haciendo negocios y su
   capacidad de venta
2. Logística
3. Precauciones en el mercado
4. Marketing.




                                    www.demosglobal.es
                        5/13/2011   info@demosglobal.es   52
Incoterms. Importancia
 Son    uno de los instrumentos más importantes en los
  Negocios Internacionales. Las palabras pueden variar incluso
  dentro de la industria en el marco del comercio internacional.
  Por ejemplo, expresiones esenciales como "entrega" puede
  tener un significado diferente en los negocios que en distintas
  partes del mundo. Para ser eficaz, los INCOTERMS tratan de
  homogeneizar las expresiones para que signifiquen lo mismo.
 En virtud de las diferentes costumbres comerciales en sus
  respectivos países, los malentendidos, conflictos, así como
  litigios y el esfuerzo de tiempo y de costes deben evitarse y
  precisamente para ello están los INCOTERMS. Facilitan de
  alguna forma el Comercio Internacional.

                                             www.demosglobal.es
                                 5/13/2011   info@demosglobal.es   53
Que son ??
 Incoterms (International Commercial Terms) son normas internacionales
  establecidas en 1936 por la (International Chamber of Commerce) de
  París para definir las condiciones comerciales especificas en el comercio
  exterior que regulan las cosas esenciales del vendedor y derechos del
  comprador. Los Incoterms se han previsto para los bienes tangibles, pero a
  pesar de este hecho pueden ser acordada por los servicios, licencias o
  software dentro del ámbito de la libertad de contratación.
 Incoterms sólo son relevantes para un contrato de venta, no para los
  contratos de seguros, contratos de transporte y los financiamiento de
  una transacción comercial internacional. Sin embargo, por acuerdo entre
  las partes, se puede utilizar los Incoterms.
 Las Reglas de INCOTERMS especifican:
     - Establecimiento de vendedor y comprador
      - En que punto se transfiere el riesgo del vendedor al comprador
       - Obligación de cada una de las partes (comprador y vendedor)
                                                  www.demosglobal.es
                                      5/13/2011   info@demosglobal.es      54
Cuales son los más comunes?
In brief these terms are

(1) C&F (Cost And Freight),
(2) CIF (Cost, insurance, And Freight),
(3) Delivered At Frontier,
(4) Delivered Duty Paid,
(5) Ex quay, (6) Ex ship, (7) Ex works, (8) FAS (Free
Alongside Ship), (9) FOB (Free On Board), (10) FOB
Airport, (11) FOR/FOT (Free On Rail/Free On Truck), (12)
Free carrier, (13) Free Carriage Paid To and Free Carriage
Paid              To            And             insurance.


                                         www.demosglobal.es
                             5/13/2011   info@demosglobal.es   55
OFICINAS DE DEMOS EN EL
         MUNDO




                          56
    04/09/13
Oficinas: Av. Cortes Valencianas 39, piso 1
        Valencia, 46530. España.
Ph: +34 963 141 209/ + 34 961 119 9668
          Fax: + 34 961 112 5936


Otras oficinas: EE.UU, Colombia, Mexico,
   Republica Dominicana, Perú, Italia.




                                    www.demosglobal.es
                        5/13/2011   info@demosglobal.es   57

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“Regulaciones y aspectos prácticos en la exportación de productos agroalimentarios, bienes de consumo y productos en general hacia los EE.UU”

  • 1. Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha 10 de Abril de 2013 “Regulaciones y aspectos prácticos en la exportación de productos agroalimentarios, bienes de consumo y productos en general hacia los EE.UU” www.demosglobal.es @DGlobal Network info@demosglobal.es 5/13/2011 1
  • 2. Aspectos Generales en la Exportación de Alimentos y Bebidas a los EE.UU.  1. Información general del país y del sector.  2. Requisitos legales y técnicos necesarios para exportar.  3. Requisitos específicos de Agencias Federales del gobierno de EE.UU  4. Pasos que deben hacerse antes de la exportación info@demosglobal.es www.demosglobal.es  5. Proceso de registro de Marcas en EE.UU  6.Contratos a celebrarse , formas de cobro. 2
  • 3. EE.UU. 20/2/2013 www.demosglobal.es info@demosglobal.es 3
  • 4. País con mayor cantidad de tratados de libre comercio firmados con terceros países. Segunda unión comercial después de la Unión Europea. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 4
  • 5. Datos específicos  La industria agroalimentaria genera en los EEUU ventas por más de 4 trillón de Dólares al año.  Los consumidores EE.UU. tienen un gasto de un 6,7% de su renta disponible para los alimentos que se preparan  Cada año, los supermercados de EE.UU. vende más de 556 mil millones dólares en productos, de acuerdo con las cifras disponibles más recientes del Food Marketing Institute (FMI).  Los alimentos gourmet está creciendo rápidamente, impulsado por la demanda de consumo creciente. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 5
  • 6. Gobierno Federal USPTO GOBIERNOS ESTATALES www.demosglobal.es 6
  • 7. FDA:  Regula todo lo relacionado con alimentos, cosméticos, medicinas, productos biológicos, médicos y radioactivos. NO REGULA: carne, pollo, huevos congelados o secos, y etiquetaje de alcohol y tabaco.  Si los productos alimentarios y derivados contienen mas del 2% de carne de ave o derivados o, 35% de carne o roja o derivados los regla el FSIS (Departamento de Agricultura).  También regula:  * Bebidas alcohólicas y vinos que contenga 7% de alcohol  FDA ha publicado los Niveles de Acción respecto a Defectos en las Comidas- www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 7
  • 8. USDA: Regula todos los productos cárnicos o de cualquier otro tipo pero que contienen mas de 2% de carnes. FSIS: regula los registros y permisos de las empresas procesadoras de cualquier producto de consumo humano o animal que contiene mas de 2% de carnes también. ( APHIS…..) www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 8
  • 9. AGENCIAS QUE INTERVIENEN en el Vino y Alcohol: DEPARTAMENT OF TREASURY TTB • Regula la emisión de las licencias a nivel federal. Ej. Importador de Vinos o bebidas espirituosas. • Regula y aprueba las etiquetas de los vinos. Aduanas • Controla el pago de los impuestos y requisitos generales a la entrada del país. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 9
  • 10. Agencias estatales (alimentos):  Los requisitos pueden varias por estado  Regulan la venta y distribución por estado cualquiera que sea su forma  Otorgan y controlan la emisión de las licencias de distribución, venta en tiendas, venta directa, etc. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 10
  • 11. Agencias a nivel de los Estados Agencias estatales (vino):  Los requisitos pueden varias por estado  Regulan la venta y distribución por estado cualquiera que sea su forma  Otorgan y controlan la emisión de las licencias de distribución, venta en tiendas, venta directa, etc. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 11
  • 12. Que abarca el sector: a- Agroalimentario: abarca: • Producto cárnico (regulado por el USDA). • Producto no cárnico o hasta un contenido máximo del 2% de carne (FDA). (Entran en esta categoría los que contienen pescados o mariscos). • Productos de conserva o enlatados.(FDA/LACF)  * Vinos y bebidas alcohólicas. (FDA, TTB). www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 12
  • 13. En general: Registro de Bioterrorismo y Registro de Establecimiento, (cadena). Registro FCE Registro APHIS/FSIS (USDA)  Numero fiscal (importador). Registro de notificaciones previas a envío Registro ante FWS (pescados y mariscos)  Etiquetado con agencia corres.  (Cuadro nutricional, ingredientes y sub., colorantes, porcentajes).  SID (LACF)  Revisión disclaimers/ aseveraciones  Marca registradas  Numero de licencia si aplica  Certificación (orgánico, natural, etc.). Otros www.demosglobal.es info@demosglobal.es 13
  • 14. Requisitos técnicos-legales de los alimentos 1. Ley de Bioterrorismo (Nueva Ley FSMA/FDA): * Quienes se deben registrar:  Industrias nacionales y extranjeras que produzcan, procesen, empaquen, o mantengan alimentos de uso humano o animal. Si es Ud. es comercializador, Ud. Y todos sus proveedores en la cadena del alimento * Quienes NO se tienen que registrar:  Granjas, establecimientos de venta al por menor, restaurantes; establecimientos con fines no lucrativos que sirvan o preparen comida directamente a los consumidores y barcos pesqueros. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 14
  • 15. 2, APARTE: La planta procesadora de productos enlatados de baja acidez y acidificados que exporta sus productos a los Estados Unidos debe: ◦ Registrarse en la FDA para que se le asigne a cada empresa procesadora registrada un número llamado Food Canning Establishment Number (FCE#). ◦ Obtener el numero SID para cada producto como numero distintivo. ◦ Aportar información sobre todos los procesos de producción que registra. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 15
  • 16. - Productos de baja acidez y productos acidificados (Aprobación ante el LACF- FDA) ◦ a. “Low Acid Canned Food” (LACF) ph mayor a 4.6 y térmicamente procesado a altas temperaturas (240-250oF) ◦  b. “Acidified Canned Foods. Se agrega ácido al producto para conseguir que el producto terminado tenga un pH por debajo de 4.6 ◦  c. “Acid Foods” PH natural menor 4.6.   www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 16
  • 17. OTROS ◦ 3. Etiquetado comercial. OJO CON ESTO. ◦ 4. Requisitos fitosanitarios para carga y empaques. ◦ 5. Garantías de producto. ◦ 6. Marcas y patentes ◦ 7. Declaraciones en los productos. ◦ 8. Código de barras – Universal Product Code (UPC) ◦ 9. Responsabilidad sobre el producto ◦ 10. Verificación y certificación. ◦ 11. Notificaciones previas a aduanas. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 17
  • 18. Requisitos Legales Generales cont…  Aparte de los mencionados anteriormente, se debe tener siempre a. Los registros federales de la marca . Al menos la petición debe estar iniciada para evitar problemas de retención de la mercancía. b. Tener por escrito mediante un acuerdo/contrato con el importador o a través de los “disclaimers” los términos y condiciones de la venta, su pago, distribución, reglas de conservación de la mercancía, etc. y los contratos.  Otras sugerencias : • a. Revisar con quien están haciendo negocios. Es un proceso que no es complejo ni costoso. Revisar el nivel de crédito que pudiera tener el importador, etc. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 18
  • 19. Requisitos Técnicos Legales en la exportación del Vino.  Premisa básica. No es un producto que puede ser libremente importado, dado que está regulado por el gobierno federal y a su vez por los estados.  A tales efectos se requiere: ◦ A. Tener un importador autorizado . Debe revisarse que realmente el importador tiene la licencia a tales efectos, el seguro correspondiente, etc. ◦ B. Asegurarse de que la bodega esté registrada ante le Ley de Bioterrorismo con el FSMA/FDA ◦ C. Que la etiqueta del vino esté debidamente aprobada por las autoridades federales antes de su exportación. ◦ D. Que se envíe antes de su exportación, los pre-import letters ◦ E. Revisar antes de la exportación los requisitos del Estado donde entra la mercancía. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 19
  • 20. Certificación de Vinos Orgánicos  Cuando el vino es 100% orgánico, éste debe contener en su totalidad ingredientes orgánicamente producidos, sin contar el agua y la sal. Asímismo, en éstos casos, la etiqueta debe contener una declaración que indique que es “certificado orgánico” y la cual indique el nombre y dirección del productos, embotellador importador, etc., dirección, teléfono y dirección de correo electrónico. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 20
  • 21. Declaración Orgánica:  ¿Qué tipo de declaraciones Orgánica hay?: Los cuatro básicos del Programa Orgánico Nacional Categorías Orgánica de bebidas alcohólicas son los siguientes: ◦ "100% orgánico" tiene todos los ingredientes sin sulfitos químicamente agregó. ◦ "orgánico" tiene al menos el 95% de ingredientes orgánicos, sin sulfitos químicamente agregó. ◦ "Hecho con Orgánico [Ingredientes]" tiene por lo menos 70% de ingredientes orgánicos y pueden contener sulfitos químicamente agregó. ◦ productos con menos del 70% de ingredientes orgánicos y productos que no son procesados ​por una operación de manejo orgánico certificado sólo podrá revelar el contenido de materia orgánica en un no-visible "Declaración de Ingredientes". www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 21
  • 22. Vinos Naturales  Vino Natural es aquel producido del jugo o mosto, juego de uvas, frutas ( incluyendo berries) hechas bajo cualquier “cellar treatment” autorizado de acuerdo a las regulaciones federales contenidas en subparts F and L of 27 CFR part 24, y que además contengan no más de 24% de alcohol por volumen y no más de 21% de peso (21 grados de Brix de-alcoholized wine) de sólidos en total.  Se requiere de una certificación especial, pero los vinos procedentes de la UE están excluídos de la misma www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 22
  • 23. Requisitos mínimos www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 23
  • 24. Cont…  MARCA o Brand : Un nombre de marca de identificación es necesaria en todas las botellas de vino. El nombre de una persona, como el nombre del propietario, se puede utilizar como una marca. Ningún nombre puede ser utilizado que es engañosa o crea y la inferencia en cuanto a la edad, origen, o las características del producto. En los vinos de origen nacional, sin marcas comerciales o de origen extranjero pueden ser utilizados.    CLASE Es obligatorio que todas las etiquetas de vino de identificar los contenidos como una de varias clases. El tipo más común de vino es de Clase 1: Tabla del Vino , que se define como tener un contenido de alcohol no inferior al 7% y no superior a 14% en volumen. Otras denominaciones aceptable para esta misma categoría "vino de la luz", "vino tinto de mesa", "vino blanco", "vino de mesa dulce", etc www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 24
  • 25. Tipos de Clases: CLASS TITLE BRIEF DESCRIPTION Class 2 Sparkling Wine wines made sparkling by any of the natural methods Carbonated Class 3 wine which is injected with carbon dioxide. Grape Wine Class 4 Citrus Wine wine made primarily of sound, ripe citrus fruit Class 5 Fruit Wine wine made primarily of sound, ripe fruits other than grapes or citrus Class 6 Wine from wine made from sound agricultural products (vegetables) Other Agricultural Products Class 7 Aperitif Wine wine having an alcoholic content of not less than 15 percent by volume, compounded from grape wine containing added brandy or alcohol, flavored with herbs and other natural aromatic flavoring materials Class 8 Imitation Wine wine containing synthetic materials Class 9 Retsina Wine grape table wine fermented or flavored with resin www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 25
  • 26. Cont…  Denominación de origen que revela el verdadero lugar de origen de las uvas es obligatorio en muchos casos al igual que la fecha de la cosecha.  CONTENIDO DE ALCOHOL contenido de alcohol debe ser indicada en cualquier vinos de 14% mas o menos.  ¿Quiénes y dónde EMBOTELLADA El nombre y la dirección del envasador deberán figurar en la etiqueta de todos los vinos de América, inmediatamente precedido por las palabras "embotellado por". Si la embotelladora también al menos el 75% del vino por la fermentación del mosto y clarificar el vino resultante, los términos", producido y embotellado por" pueden ser utilizados.  CANTIDAD DE CONTENIDO En onzas líquidas como sigue: 3 litros (101 oz..), 1.5 litros (50,7 fl oz..), 1 litro (33.8 fl oz.. ), 750 ml (25.4 fl oz);... 500 ml (16.9 fl oz);. 375 ml (12.7 oz fl); 187 ml (6.3 fl oz);... 100 ml (3.4 fl oz. ) y 50 ml (1.7 fl oz)... Para los tamaños más grandes de 3 litros, los recipientes deben ser llenados y etiquetados en cantidades de litros incluso (4 litros, 5 litros, 6 litros, etc.)  DECLARATION OF SULFITES  GOVERNMENT HEALTH WARNING .     www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 26
  • 27. Detalles del Proceso:  TTB no acepta: «Expedite o Acelerar" ninguna solicitud.  TTB no acepta Opiniones informales para el certificado de aprobación de etiqueta (COLA) y las aprobaciones fórmula.  Planificar un período de revisión completa de 90 días, que no incluye el tiempo adicional que pudiera ser necesario si cambia la etiqueta o fórmula se solicitan.  Las aplicaciones en línea se procesan aproximadamente el doble de rápido que las solicitudes en papel, así que hay un incentivo real a la utilización de los portales en línea.  Los plazos para contestar modificaciones o solicitudes adicionales de informacion o documentos es típicamente de 7 a 10 dias.  Los problemas típicos de forma son con el formato de las fotos.  Es importante recordar que debe ser JPG y de 150 dpi. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 27
  • 28. Quién solicita la aprobación 1. Los importadores directamente. 2.O las bodegas a través de sus importadores www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 28
  • 29. Que pasa si el vino es para ferias? Muestras de bebidas alcohólicas importadas exclusivamente y estrictamente para shows y ferias pueden en ciertos casos estar exentos del certificado de aprobación de etiquetas, para lo cual se debe aplicar a un certificado de exención en este sentido www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 29
  • 30. La carta de exención debe contener:  Tipo y cantidad de cada bebida alcohólica.  País de origen para cada producto.  La marca de cada producto.  El propósito para la importación de esas muestas, (con todos los detalles posibles) y pruebas.  El número de la licencia básica federal de importador.  Una declaración que incluya: que todos los impuestos directos e indirectos se pagarán, que las botellas contendrán una etiqueta que indique que es solo para uso en la feria o show y no para la venta, que la etiqueta contenga la declaración de salud que requiere la ley federal, y que si contiene sulfitos lo indique claramente esa etiqueta.  Tiempo de proceso mínimo de 7 a 10 días. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 30
  • 31. Requisitos para la distribución y venta: La distribución es regulada a nivel de los Estados. El gobierno federal no otorga licencias de distribución. Requisitos estándares para la obtención de la licencia. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 31
  • 32. Venta de vinos por internet  La agencia federal de Alcohol and Tobacco Tax and Trade Bureau (TTB) tiene regulaciones específicas referentes a los envíos directos y ventas que se realicen por el internet.  En éstos casos, igualmente la empresa está sujeta a todos los requisitos que aplican a los otros tipos de formatos de venta y bebidas.  Aparte de ello, cada estado tiene regulaciones diferentes referentes a ventas por internet y hay que conocerlas antes de realizar ese tipo de ventas, saber cuales son los impuestos, etc. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 32
  • 33. En otros sectores los requisitos son: Aparte de los requisitos anteriores: 1.Vinos: Importador autorizado/distribuidor 2.Licores: análisis de formulación. 3.Conservas, enlatados: los anteriores 4.Aceite de oliva: anteriores. 5.Lácteos y quesos: anteriores + importador autorizado. (Cuidado con la cuota) 04/09/13 www.demosglobal.es 33
  • 34. Bienes de Consumo hacia USA Bienes de Consumo: Son todas aquellas mercancías producidas por la sociedad en el territorio del país o importadas para satisfacer directamente una necesidad como: alimentos, bebidas, habitación, servicios personales, mobiliario, vestido, ornamentos, etc. No hay barreras comerciales Regla Básica significativas (salvo la arancelaria) ni regulación específica a cumplir respecto al producto, excepto en algunos casos como 04/09/13 www.demosglobal.es 34
  • 35. Excepción a la regla general: 1. Sector Agroalimentario en general. (Incluye vino) 2. Sector de Drogas, cosméticos y equipos médicos. 3. Sector de juguetes. 4. Productos químicos y de limpieza (regulados por EPA). 6. Productos regulados por el USDA (plantas, tierras, compuestos organicos, naturales, etc.) 5. En otros sectores, aspectos muy puntuales: •Madera: pasar la regulación internacional para la exportación hacia los EEUU. Tratamiento de la madera •Materiales de construcción: si se quiere cumplir con algunas certificaciones para ser más competitivos. •Militar y de gobierno: normas mínimas de registro y las de vendors. •Textil. Flamabilidad de la tela • Plantas, derivados, organicos y naturales: permiso USDA 04/09/13 www.demosglobal.es 35
  • 37. Registros de PI Responsabilidad frente terceros Licencias de operación estatales y Implicaciones federales fiscales Mecanismos migratorios hacia los EEUU Elección de depende de objetivos jurisdicción legal comerciales. Procedimientos de importación www.demosglobal.es info@demosglobal.es 37
  • 38. Seguros Los tipos de seguros dependiendo del riesgo que se quiera proteger por el monto de inversión a realizar son: S e g u ro G e n e ra l d e R C * P r o t e je c o n t r a n e g lig e n c ia s * S e g u ro d e E * s e g u ro s R e s p o n s a b ilid a d p o r S e g u r o p o r tr a n s a c c io n e s P r o d u c to e le c t r o n ic a s * P a ra p ro d u c to re s , f a b r ic a n t e s o m a n u fa c t u r a s S e g u ro c o n tra d a n o s S e g u ro p o r in t e n c io n a le s y c r im in a le s in t e r r u p c io n d e la s a c t iv id a d e s c o m e r c ia le s S e g u ro d e m a lp r a c t ic a www.demosglobal.es info@demosglobal.es Encuentro Internacional AREX
  • 39. Importancia del registro de marcas  Por que registrar una marca?:  Notificación de derecho a terceros de un derecho de posesión de una marca;  Presunción legal que el titular tiene de derecho exclusivo para usar la marca a nivel nacional;  Derecho de ejercer acciones legales en cortes federales de los EE.UU  El uso de la registración en los EE.UU como base para obtener la registración en otros países  Derecho de introducir su registro ante el Servicio de Aduanas de los EE.UU par aprevenir la importación de bienes que infrinjan su marca. 04/09/13 www.demosglobal.es 39
  • 40. Quien puede registrar? Registros de Marcas en los EE.UU www.demosglobal.es info@demosglobal.es 40
  • 41. Base para introducir la aplicación: • En base a uso en comercio. • Con intento de usar en comercio • Con base a registro extranjero o aplicación extranjera existente (TC). • Solicitud de extensión de protección sobre registro internacional (Section 66(a) of the Trademark Act) www.demosglobal.es info@demosglobal.es 41
  • 42. Como se mantiene la marca? Indefinidamente Si el dueño continua usándola en conexión con los bienes y/o servicios e introduce todos los documentos necesarios en el momento indicado. Por ejemplo: declaraciones de uso continuo, o se no uso excusable, aplicación de renovación, etc. etc. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 42
  • 43. . Estructuras para penetrar este mercado: www.demosglobal.es
  • 44. Cualquiera que sea la forma de entrada (alianza, implantación, etc.) de las empresas fabricantes o de servicios españolas, se debe considerar: 1. Operar en el mercado vía una empresa propia, (subsidiaria o filial de la española o independiente). 2. Considerar registrar la marca en el mercado local si va a tener una repercusión de negocios o evitar un problema. 3. Poseer las pólizas de seguro adecuado que requieran las operaciones comerciales (si aplica). 4. Tener presencia y dar la impresión de ser locales a los efectos de dar soporte técnico, logística, atención al cliente y respuesta inmediata (sobre todo, en el tema de las licitaciones). 5. Todo por escrito es importante. www.demosglobal.es 44
  • 45. Protección de bienes y activos personales y corporativos de la empresa máster “ubicada inicialmente en España”. Al constituirse una empresa local, se aísla la responsabilidad y potenciales riesgos de negocios en el ente corporativo de los EEUU (el cual tiene y mantiene total independencia de personalidad jurídica de la empresa o negocio en España.  Sujetar el negocio a realizar a los EEUU a las leyes del Estado, como entidad local, de manera tal que al momento de una eventual disputa comercial, se está en posición de igualdad ante una corte estatal o federal.  * Beneficios del tratado de doble tributación entre Espada y los EE.UU  * Registro de Marcas y Patentes: Cualquier empresa o negocio que pretenda de forma directa o indirecta (a través de contratistas, o empleados locales o extranjeros) negociar, comercializar, distribuir, otorgar representaciones o licenciar de alguna manera sus productos o servicios debe antes de ni siquiera considerar entrar el producto a los EEUU proceder al registro de marcas y patentes en los EEUU www.demosglobal.es 45
  • 46. Formas de comercialización  Contratos de Agencia Comercial  Contratos de representación  Contratos de distribución  Contrato de ventas www.demosglobal.es info@demosglobal.es 46
  • 47. TIPOS DE CONTRATOS EN EL MERCADO  Relaciones contractuales  Contratos de Agencia Comercial: es legalmente inviable en los EEUU.  Contratos de representación: posible a traves de un distribuidor  Contratos de distribución: definitivamente es el que mas se usa  Contratos de transferencia de tecnología: de poco uso o aplicación en esta industria.  Contrato de ventas: si se fuera hacer el mecanismo de venta directa a nivel nacional pudiera utilizarse. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 47
  • 48. Contratos de agencia: ◦ Los agentes con simples intermediarios en la cadena de distribución entre el fabricante y el consumidor. ◦ Normalmente manejan todos los aspectos del comercio internacional, desde las ventas, envíos financiamientos, publicidad y asuntos regulatorios.  Contrato de distribución: ◦ Concepto más nuevo, donde el distribuidor normalmente compra los productos para su propia cuenta y reventa a un precio mayor, aceptando los riesgos y derechos incidentes a la titularidad de los bienes. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 48
  • 49.  Siempre haya un contrato por escrito definitivamente que contenga los términos mas importantes al menos, tales como seguros, Asunción de riesgos, precios, control y autoridad de las partes, territorialidad, exclusividad y confidencialidad, garantías y negaciones, regido por el lugar de la firma y establecimiento del negocio.  Siempre establecerlo por un tiempo determinado para empezar. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 49
  • 50. * LEY DESIGNADA POR LAS PARTES DEL CONTRATO * (ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES) SI NO SE DETERMINA DONDE EL VENDEDOR O DONDE SU AGENTE TENGA TENGA SU RESIDENCIA SU ESTABLECIMIENTO CUANDO HACE LA VENTA CUANDO REALICE LA VENTA ESPANA EEUU CONFLICTO LEGAL DE JURISDICCION QUE LEY PREVALECE ENTONCES ?. www.demosglobal.es info@demosglobal.es 50
  • 51. Alianzas en caso de exportaciones o inversiones *A través de un contrato de distribución, *Joint Ventures o acuerdos de asociación entre diversas empresas o personas. Típicamente debe realizarse donde haya minimo una bodega y una empresa en los EEUU en este caso. *Constitución de una empresa o sociedad mercantil, (con participación de 10% o mas, si las condiciones del mercado lo requieren). www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 51
  • 52. Aspectos importantes de la comercialización 1. Con quién estamos haciendo negocios y su capacidad de venta 2. Logística 3. Precauciones en el mercado 4. Marketing. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 52
  • 53. Incoterms. Importancia  Son uno de los instrumentos más importantes en los Negocios Internacionales. Las palabras pueden variar incluso dentro de la industria en el marco del comercio internacional. Por ejemplo, expresiones esenciales como "entrega" puede tener un significado diferente en los negocios que en distintas partes del mundo. Para ser eficaz, los INCOTERMS tratan de homogeneizar las expresiones para que signifiquen lo mismo.  En virtud de las diferentes costumbres comerciales en sus respectivos países, los malentendidos, conflictos, así como litigios y el esfuerzo de tiempo y de costes deben evitarse y precisamente para ello están los INCOTERMS. Facilitan de alguna forma el Comercio Internacional. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 53
  • 54. Que son ??  Incoterms (International Commercial Terms) son normas internacionales establecidas en 1936 por la (International Chamber of Commerce) de París para definir las condiciones comerciales especificas en el comercio exterior que regulan las cosas esenciales del vendedor y derechos del comprador. Los Incoterms se han previsto para los bienes tangibles, pero a pesar de este hecho pueden ser acordada por los servicios, licencias o software dentro del ámbito de la libertad de contratación.  Incoterms sólo son relevantes para un contrato de venta, no para los contratos de seguros, contratos de transporte y los financiamiento de una transacción comercial internacional. Sin embargo, por acuerdo entre las partes, se puede utilizar los Incoterms.  Las Reglas de INCOTERMS especifican:    - Establecimiento de vendedor y comprador     - En que punto se transfiere el riesgo del vendedor al comprador      - Obligación de cada una de las partes (comprador y vendedor) www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 54
  • 55. Cuales son los más comunes? In brief these terms are (1) C&F (Cost And Freight), (2) CIF (Cost, insurance, And Freight), (3) Delivered At Frontier, (4) Delivered Duty Paid, (5) Ex quay, (6) Ex ship, (7) Ex works, (8) FAS (Free Alongside Ship), (9) FOB (Free On Board), (10) FOB Airport, (11) FOR/FOT (Free On Rail/Free On Truck), (12) Free carrier, (13) Free Carriage Paid To and Free Carriage Paid To And insurance. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 55
  • 56. OFICINAS DE DEMOS EN EL MUNDO 56 04/09/13
  • 57. Oficinas: Av. Cortes Valencianas 39, piso 1 Valencia, 46530. España. Ph: +34 963 141 209/ + 34 961 119 9668 Fax: + 34 961 112 5936 Otras oficinas: EE.UU, Colombia, Mexico, Republica Dominicana, Perú, Italia. www.demosglobal.es 5/13/2011 info@demosglobal.es 57