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Normativa aplicable
Esta presentación es continuación de otra en la que se
estudiaban las obligaciones establecidas por la LSSI para las
empresas que operan por medios telemáticos. Aquí se
recogen las obligaciones de dichas empresas pero desde
otras leyes, en concreto:
• Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio
Minorista.
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la
Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes
complementarias.
• Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal.
NOTA: En caso de contradicción entre las dos primeras leyes y
la LSSI, prevalece esta última
3. 3
Obligaciones por la Ley de Comercio Minorista
Los empresarios que comercialicen sus productos o servicios a
través de Internet se entiende que realizan ventas a distancia y
están sujetos a las siguientes obligaciones:
-En propuestas de contratación, indicar inequívocamente que se
trata de una oferta comercial
-Antes de contratar, informar claramente acerca de:
• Identidad del vendedor y su dirección
• Características esenciales del producto
• Precio, impuestos incluidos
• Gastos de entrega y transporte
• Formas de pago y modalidades de entrega o ejecución
• Derecho de desistimiento, o ausencia en los casos que
permite la Ley (productos con fluctuación de precio, que
caduquen, hechos a medida, prensa, música, vídeo, software)
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Obligaciones por la Ley de Comercio Minorista (II)
-Antes de contratar, informar claramente acerca de (continúa):
• Plazo de validez de la oferta y el precio
• Coste del medio de comunicación si se sale de la tarifa básica
(conexión a través de números de tarificación adicional)
• Duración mínima de contratos de suministro o ejecución
repetida
• Si se prevé la sustitución por un producto equivalente, indicar
cómo y en qué circunstancias
• Si está adherido a algún sistema de resolución extrajudicial
de conflictos
-El consentimiento del cliente para contratar debe ser expreso, la
falta de respuesta nunca puede interpretarse como consentimiento.
-Están prohibidos envíos no solicitados y si se hacen no se puede
reclamar el precio al destinatario.
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Obligaciones por la Ley de Comercio Minorista (III)
-El plazo máximo para ejecutar el contrato son 30 días desde el
pedido, salvo acuerdo en contrario. Si el producto no está disponible,
hay que informar y devolver el precio en 30 días. Si no, el cliente
puede reclamar el doble de precio más indemnización. Cabe sustituir
por un producto de misma calidad o superior si se informó de ello.
-Es obligatorio permitir a los clientes desistir sin causa en 7 días
hábiles. Sólo se puede exigir al cliente el coste de devolución,
ningún otro. En sustitución de producto, ni siquiera devolución.
-A la ejecución del contrato el cliente debe disponer de información
escrita o en soporte duradero sobre:
• Condiciones del desistimiento: datos de a quién enviarlo,
identificación del contrato y de las partes.
• Dirección para reclamaciones e información de servicios
posventa y garantías
• En los contratos de duración determinada o superiores a un
año, condiciones de rescisión.
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Obligaciones por la Ley de Consumidores
Además de todo lo anterior:
-Informar acerca de cómo denunciar los contrataos de duración
determinada o superior a una año.
-El consumidor siempre debe conocer una dirección geográfica
para presentar reclamaciones.
-Según esta Ley, tampoco hay derecho desistimiento en:
• Contratos de servicio en los que se pacte que se inicien y
finalicen antes de que transcurran 7 días hábiles
• Contratos de apuestas y loterías
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Obligaciones por la Ley de Protección de Datos
Los empresarios que tengan un registro de clientes deben cumplir
las obligaciones de la LOPD, que en síntesis consisten en:
-Obligación de comunicar a la Agencia Española de Protección de
Datos que tenemos un fichero. Se puede hacer a través de Internet
en http://bit.ly/eVC1bi
-Asegurarse de que los datos sean adecuados y veraces, obtenidos
lícitamente y tratados de modo proporcional al fin para el que fueron
recabados.
-Garantizar el cumplimiento de los deberes de secreto y seguridad
-Informar a los titulares de los datos en la recogida de éstos y
obtener su consentimiento para tratarlos
-Facilitar y garantizar el ejercicio de los derechos de oposición al
tratamiento, acceso, rectificación y cancelación y asegurar que en
sus relaciones con terceros que le presten servicios que comporten
el acceso a datos personales se cumpla lo dispuesto en la LOPD.
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En la Comunidad de Madrid
Los empresarios que carezcan de establecimientos o
locales abiertos al público y los que se dediquen a:
-Venta a distancia
-Venta celebrada fuera de establecimientos mercantiles
-Venta automática (vending)
-Comercio electrónico
-Venta en pública subasta
Deben disponer de hojas de reclamaciones en el domicilio
social o fiscal ubicado en la Comunidad de Madrid, e
indicarlo en los lugares o en los soportes en los que se
realice la oferta (ej: página web).
(En principio, concuerda con la Ley de Defensa de
Consumidores, pero atención empresarios de otras CCAA a
la normativa de cada una)
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Isabel Blanco Labajos
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