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HISTORIA DEL DERECHO 
FILOSOFIA DEL DERECHO 
ALUMNA: KATHERINE POTOSI H. 
NIVEL: 7mo. 
IBARRA-ECUADOR.
HISTORIA DEL DERECHO. 
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL DERECHO. 
Para estudiar los antecedentes del derecho, primero debiéramos hacer una recapitulación 
a lo largo de la historia de cómo ha evolucionado el derecho y las razones por las que ha 
ido cambiando. 
La historia del Derecho está estrechamente relacionada con el desarrollo de las 
civilizaciones y se fija en el contexto más amplio de la historia social. Muchos juristas e 
investigadores de la historia del Derecho han visto en la historia jurídica un camino más 
contextualizado y en consonancia con el pensamiento de los historiadores sociales. 
Siempre han buscado dentro de las instituciones jurídicas complejos sistemas de reglas, 
de códigos de conducta, y elementos que interactúan con la sociedad para lograr 
cambios, promover o adaptar determinados aspectos de la sociedad civil. Estos 
historiadores han tenido que investigar, utilizando métodos estadísticos, analizando toda 
clase de distinciones entre litigantes. Es al analizar todos estos resultados cuando es 
posible organizar de una manera coherente los procedimientos y escritos, que otorgan 
esa imagen de complejidad, y que logran por último cumplir su razón de ser. Un 
resultado justo que comparta toda la sociedad. 
Evolución de la disciplina. Los propios historiadores del Derecho han realizado una 
meta-análisis histórica sobre el devenir de la Historia del Derecho. De esta manera 
parten desde el momento en que adquiere la categoría de ciencia, gracias quizás a la 
inmensa labor de los historiadores alemanes del siglo XIX, hasta la época actual. En 
sus inicios, la Historia del Derecho no era más que una especialización de la Historia 
general, de manera que se utilizaría el método histórico-crítico propio de la ciencia 
histórica. Tal consideración se mantendría estable hasta que Alfonso García-Gallo 
escribiera su crítica, compuesta por una serie de observaciones que destacaban la 
problemática de considerar a la Historia del Derecho como una ciencia histórica.
HISTORIA DEL DERECHO. 
La Historia del Derecho se ocupa de la «historia de la formulación, aplicación y 
comentarios del Derecho, y la historia de las instituciones sociales reguladas por él». De 
esta manera, se integra la historia del mundo del derecho, obtenida de los textos 
jurídicos, y la historia de las instituciones, bien sean públicas o privadas. La naturaleza 
propia de la Historia del Derecho como disciplina hace que haya de situarse entre otras 
dos grandes ramas del saber, como son la Historia y el Derecho, habiéndose llegado a 
afirmar que el historiador del derecho posee una doble ciudadanía, siendo considerado 
buen historiador entre los juristas y buen jurista entre los historiadores. De esta manera, 
la Historia del Derecho ha tenido la necesidad de elaborar una justificación que sustente 
su propia existencia, así como su independencia del resto de disciplinas. La disciplina se 
imparte mayoritariamente en las facultades de Derecho. 
EL DERECHO COMO CIENCIA. 
Para que haya ciencia hace falta una esfera científica delimitada, y un método científico. 
Para estudiar esta asignatura hay que hacer un estudio de cada período histórico. Las 
fuentes histórico-jurídicas, en un principio, harían referencia exclusiva a la ley. Tal 
atribución procede de la concepción racionalista asentada en el siglo XVII. No obstante, 
a lo largo de los dos siglos siguientes, una serie de corrientes científicas europeas 
incluirían dentro de las fuentes directas a la costumbre, las sentencias judiciales y la 
doctrina jurídica. 
ESPECIFICACIÓN MATERIAL. 
Existe unanimidad a la hora de precisar con claridad el ámbito material del que se ocupa 
la Historia del Derecho. A priori se dice que la norma moral queda excluida. En lo 
referido a los usos sociales, existe mayor desacuerdo, pese a que la mayor parte de la 
historiografía jurídica toma su base en la distinción realizada por Ortega y Gasset entre 
usos sociales "fuertes" y "débiles". 
Por otro lado, también se ha intentado establecer la frontera de la norma jurídica 
basándose en su coactividad. No obstante, es un planteamiento que no acaba de resolver 
el problema, pues excluiría de la Historia del derecho a campos jurídicos tan evidentes
como el derecho internacional por no existir una fuerza coactiva válida para restablecer 
la juridicidad. Por otro lado, existen multitud de casos en los que una norma coactiva 
tiene de ninguna manera carácter jurídico, como por ejemplo la norma que obliga a 
mantenerse dentro de un canon de belleza, seguramente. 
La postura mayoritaria trata de distinguir el campo de actuación de la Historia del 
Derecho dentro de las normas cuya violación es perseguida por el grupo social 
organizado mediante coacción. Otros autores van más allá, y aportan una serie de rasgos 
que consideran indiciarios para la existencia de materia jurídica. Así, puede 
considerarse que las consecuencias derivadas de la infracción de la norma que incluyan 
una "conducta distinta y clara del infractor, modificaciones en el rango jurídico-social o 
la satisfacción de una pena" son, en principio, norma jurídica. 
ESPECIFICACIÓN ESPACIAL. 
Tradicionalmente, se ha hecho la distinción entre Historia del Derecho interna y externa. 
De esta manera, el objeto habitual de la Historia del Derecho de cada país suele ser el 
mundo jurídico de ámbito nacional. No obstante, también se ha pretendido realizar una 
Historia Universal del Derecho. En este sentido, el primer intento sólido de elaborar una 
historia supranacional del Derecho fue realizado por Heinrich Mitteis en 1891, con 
su Derecho imperial y popular en las provincias orientales del Imperio romano. Aquí se 
intentó realizar una historia global del derecho utilizando fuentes romanas, griegas, 
egipcias, así como en menor cantidad, usando fuentes de pueblos orientales. Pese a ello, 
cabe señalar que la obra de Mitteis no tendría un carácter plenamente universal, sino 
que adoptaría una posición intermedia, en la que ampliaba el ámbito geográfico a un 
nivel supranacional, pero no llegaba a abarcar una Historia global. 
Hay que señalar que pese a que en la actualidad la Historia del Derecho Universal y 
el Derecho comparado se hallan diferenciados con claridad, debido a que éste último se 
centra en el análisis de sistemas jurídicos vigentes, hubo un tiempo en que ambas 
disciplinas se confundían. Así, hemos heredado de la escuela comparativa francesa el 
término "analogías chocantes" (analogies frappantes), que hacía referencia a situaciones 
jurídicas similares entre culturas y ordenamientos extremadamente distantes entre sí, 
tanto cronológica como espacialmente. 
Hay que destacar que en la actualidad, el deseo de elaborar una Historia Universal del 
Derecho plantea los mismos problemas que los proyectos de elaborar una Historia
Universal general. Pese a ello, los intentos por elaborar una Historia del Derecho con un 
carácter cada vez más supranacional se han intensificado en los últimos tiempos. En 
Europa, por ejemplo, se está avanzando rápidamente gracias, entre otras cosas, a la 
creación de cátedras de Historia del Derecho europeo comparado, o al esfuerzo 
realizado por instituciones de gran prestigio, como el "Instituto Max Planck de Historia 
del Derecho Europeo" de Fráncfort, o el Centro di Studi per la Storia del Pensiero 
Giuridico Moderno de la Universidad de Florencia. 
ESPECIFICACIÓN CRONOLÓGICA. 
La periodificación, o agrupación de los diversos hechos históricos por etapas, realizada 
por los historiadores no puede extrapolarse tal cual al mundo jurídico, debido en parte a 
las peculiares características que imponen la distinta evolución de los sistemas 
iusnormativos. De esta manera, dentro de la Historia del derecho, se han delimitado tres 
métodos de análisis histórico: 
 Método histórico o cronológico: Su análisis comienza realizando una separación de 
los hechos históricos en distintos periodos, y con base en tal división, investiga los 
diferentes ordenamientos jurídicos. 
 Método sistemático: Establece que ha de comenzarse el análisis partiendo de una 
división de sistemas jurídicos, para posteriormente situar el hecho histórico en la 
etapa correspondiente. 
 Método mixto: Similar al método cronológico, aunque su estudio parte de situar 
distintas etapas para cada rama del saber jurídico, de manera que no se sitúa 
plenamente dentro de ninguno de los métodos anteriores, siendo así fruto de un 
planteamiento sincrético. 
UN VISTAZO A LOS ANTECEDENTES DE LOS DERECHOS HUMANOS 
Originalmente, los individuos tenían derechos sólo por pertenecer a un grupo, como una 
familia o clase social. Entonces, en el año 539 a.C., Ciro el Grande, tras conquistar la 
ciudad de Babilonia, hizo algo totalmente inesperado: liberó a todos los esclavos y les 
permitió volver a casa. Aún más, declaró que la gente tenía derecho a escoger su propia 
religión. El cilindro de Ciro, una tablilla de arcilla con estas proclamaciones inscritas, se 
considera la primera declaración de derechos humanos en toda la historia.
La idea de los derechos humanos se difundió rápidamente hasta India, Grecia y 
finalmente Roma. Los hitos más importantes incluyeron: 
1215: La Carta Magna, que dio a la gente nuevos derechos e hizo que el rey estuviera 
sujeto a la ley. 
1628: La Petición de Derechos, que estableció los derechos de la gente. 
1776: La Declaración de Independencia de los Estados Unidos, que proclamaba el 
derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad. 
1789: La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, un documento 
de Francia que establecía que todos los ciudadanos son iguales ante la ley. 
1948: La Declaración Universal de Derechos Humanos, el primer documento que 
proclama los 30 derechos a los que todo ser humano tiene derecho. 
Sin duda este tema es uno de los más importantes ya que de aquí en adelante se va 
escribiendo una página más de los nuestros derechos, no solo para que nos respeten sino 
para respetar a los demás. 
FUENTES DE LA NVESTIGACION. 
LARREA HOLGUÍN, JUAN IGNACIO; MANUAL DE HISTORIA DEL DERECHO 
EN EL ECUADOR. 
JOVENES UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS. 
HISTORIA DEL DERECHO, FUENTES E INSTITUCIONES POLÍTICAS.

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HISTORIA DEL DERECHO - FILOSOFIA DEL DERECHO

  • 1. HISTORIA DEL DERECHO FILOSOFIA DEL DERECHO ALUMNA: KATHERINE POTOSI H. NIVEL: 7mo. IBARRA-ECUADOR.
  • 2. HISTORIA DEL DERECHO. ANTECEDENTES HISTORICOS DEL DERECHO. Para estudiar los antecedentes del derecho, primero debiéramos hacer una recapitulación a lo largo de la historia de cómo ha evolucionado el derecho y las razones por las que ha ido cambiando. La historia del Derecho está estrechamente relacionada con el desarrollo de las civilizaciones y se fija en el contexto más amplio de la historia social. Muchos juristas e investigadores de la historia del Derecho han visto en la historia jurídica un camino más contextualizado y en consonancia con el pensamiento de los historiadores sociales. Siempre han buscado dentro de las instituciones jurídicas complejos sistemas de reglas, de códigos de conducta, y elementos que interactúan con la sociedad para lograr cambios, promover o adaptar determinados aspectos de la sociedad civil. Estos historiadores han tenido que investigar, utilizando métodos estadísticos, analizando toda clase de distinciones entre litigantes. Es al analizar todos estos resultados cuando es posible organizar de una manera coherente los procedimientos y escritos, que otorgan esa imagen de complejidad, y que logran por último cumplir su razón de ser. Un resultado justo que comparta toda la sociedad. Evolución de la disciplina. Los propios historiadores del Derecho han realizado una meta-análisis histórica sobre el devenir de la Historia del Derecho. De esta manera parten desde el momento en que adquiere la categoría de ciencia, gracias quizás a la inmensa labor de los historiadores alemanes del siglo XIX, hasta la época actual. En sus inicios, la Historia del Derecho no era más que una especialización de la Historia general, de manera que se utilizaría el método histórico-crítico propio de la ciencia histórica. Tal consideración se mantendría estable hasta que Alfonso García-Gallo escribiera su crítica, compuesta por una serie de observaciones que destacaban la problemática de considerar a la Historia del Derecho como una ciencia histórica.
  • 3. HISTORIA DEL DERECHO. La Historia del Derecho se ocupa de la «historia de la formulación, aplicación y comentarios del Derecho, y la historia de las instituciones sociales reguladas por él». De esta manera, se integra la historia del mundo del derecho, obtenida de los textos jurídicos, y la historia de las instituciones, bien sean públicas o privadas. La naturaleza propia de la Historia del Derecho como disciplina hace que haya de situarse entre otras dos grandes ramas del saber, como son la Historia y el Derecho, habiéndose llegado a afirmar que el historiador del derecho posee una doble ciudadanía, siendo considerado buen historiador entre los juristas y buen jurista entre los historiadores. De esta manera, la Historia del Derecho ha tenido la necesidad de elaborar una justificación que sustente su propia existencia, así como su independencia del resto de disciplinas. La disciplina se imparte mayoritariamente en las facultades de Derecho. EL DERECHO COMO CIENCIA. Para que haya ciencia hace falta una esfera científica delimitada, y un método científico. Para estudiar esta asignatura hay que hacer un estudio de cada período histórico. Las fuentes histórico-jurídicas, en un principio, harían referencia exclusiva a la ley. Tal atribución procede de la concepción racionalista asentada en el siglo XVII. No obstante, a lo largo de los dos siglos siguientes, una serie de corrientes científicas europeas incluirían dentro de las fuentes directas a la costumbre, las sentencias judiciales y la doctrina jurídica. ESPECIFICACIÓN MATERIAL. Existe unanimidad a la hora de precisar con claridad el ámbito material del que se ocupa la Historia del Derecho. A priori se dice que la norma moral queda excluida. En lo referido a los usos sociales, existe mayor desacuerdo, pese a que la mayor parte de la historiografía jurídica toma su base en la distinción realizada por Ortega y Gasset entre usos sociales "fuertes" y "débiles". Por otro lado, también se ha intentado establecer la frontera de la norma jurídica basándose en su coactividad. No obstante, es un planteamiento que no acaba de resolver el problema, pues excluiría de la Historia del derecho a campos jurídicos tan evidentes
  • 4. como el derecho internacional por no existir una fuerza coactiva válida para restablecer la juridicidad. Por otro lado, existen multitud de casos en los que una norma coactiva tiene de ninguna manera carácter jurídico, como por ejemplo la norma que obliga a mantenerse dentro de un canon de belleza, seguramente. La postura mayoritaria trata de distinguir el campo de actuación de la Historia del Derecho dentro de las normas cuya violación es perseguida por el grupo social organizado mediante coacción. Otros autores van más allá, y aportan una serie de rasgos que consideran indiciarios para la existencia de materia jurídica. Así, puede considerarse que las consecuencias derivadas de la infracción de la norma que incluyan una "conducta distinta y clara del infractor, modificaciones en el rango jurídico-social o la satisfacción de una pena" son, en principio, norma jurídica. ESPECIFICACIÓN ESPACIAL. Tradicionalmente, se ha hecho la distinción entre Historia del Derecho interna y externa. De esta manera, el objeto habitual de la Historia del Derecho de cada país suele ser el mundo jurídico de ámbito nacional. No obstante, también se ha pretendido realizar una Historia Universal del Derecho. En este sentido, el primer intento sólido de elaborar una historia supranacional del Derecho fue realizado por Heinrich Mitteis en 1891, con su Derecho imperial y popular en las provincias orientales del Imperio romano. Aquí se intentó realizar una historia global del derecho utilizando fuentes romanas, griegas, egipcias, así como en menor cantidad, usando fuentes de pueblos orientales. Pese a ello, cabe señalar que la obra de Mitteis no tendría un carácter plenamente universal, sino que adoptaría una posición intermedia, en la que ampliaba el ámbito geográfico a un nivel supranacional, pero no llegaba a abarcar una Historia global. Hay que señalar que pese a que en la actualidad la Historia del Derecho Universal y el Derecho comparado se hallan diferenciados con claridad, debido a que éste último se centra en el análisis de sistemas jurídicos vigentes, hubo un tiempo en que ambas disciplinas se confundían. Así, hemos heredado de la escuela comparativa francesa el término "analogías chocantes" (analogies frappantes), que hacía referencia a situaciones jurídicas similares entre culturas y ordenamientos extremadamente distantes entre sí, tanto cronológica como espacialmente. Hay que destacar que en la actualidad, el deseo de elaborar una Historia Universal del Derecho plantea los mismos problemas que los proyectos de elaborar una Historia
  • 5. Universal general. Pese a ello, los intentos por elaborar una Historia del Derecho con un carácter cada vez más supranacional se han intensificado en los últimos tiempos. En Europa, por ejemplo, se está avanzando rápidamente gracias, entre otras cosas, a la creación de cátedras de Historia del Derecho europeo comparado, o al esfuerzo realizado por instituciones de gran prestigio, como el "Instituto Max Planck de Historia del Derecho Europeo" de Fráncfort, o el Centro di Studi per la Storia del Pensiero Giuridico Moderno de la Universidad de Florencia. ESPECIFICACIÓN CRONOLÓGICA. La periodificación, o agrupación de los diversos hechos históricos por etapas, realizada por los historiadores no puede extrapolarse tal cual al mundo jurídico, debido en parte a las peculiares características que imponen la distinta evolución de los sistemas iusnormativos. De esta manera, dentro de la Historia del derecho, se han delimitado tres métodos de análisis histórico:  Método histórico o cronológico: Su análisis comienza realizando una separación de los hechos históricos en distintos periodos, y con base en tal división, investiga los diferentes ordenamientos jurídicos.  Método sistemático: Establece que ha de comenzarse el análisis partiendo de una división de sistemas jurídicos, para posteriormente situar el hecho histórico en la etapa correspondiente.  Método mixto: Similar al método cronológico, aunque su estudio parte de situar distintas etapas para cada rama del saber jurídico, de manera que no se sitúa plenamente dentro de ninguno de los métodos anteriores, siendo así fruto de un planteamiento sincrético. UN VISTAZO A LOS ANTECEDENTES DE LOS DERECHOS HUMANOS Originalmente, los individuos tenían derechos sólo por pertenecer a un grupo, como una familia o clase social. Entonces, en el año 539 a.C., Ciro el Grande, tras conquistar la ciudad de Babilonia, hizo algo totalmente inesperado: liberó a todos los esclavos y les permitió volver a casa. Aún más, declaró que la gente tenía derecho a escoger su propia religión. El cilindro de Ciro, una tablilla de arcilla con estas proclamaciones inscritas, se considera la primera declaración de derechos humanos en toda la historia.
  • 6. La idea de los derechos humanos se difundió rápidamente hasta India, Grecia y finalmente Roma. Los hitos más importantes incluyeron: 1215: La Carta Magna, que dio a la gente nuevos derechos e hizo que el rey estuviera sujeto a la ley. 1628: La Petición de Derechos, que estableció los derechos de la gente. 1776: La Declaración de Independencia de los Estados Unidos, que proclamaba el derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad. 1789: La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, un documento de Francia que establecía que todos los ciudadanos son iguales ante la ley. 1948: La Declaración Universal de Derechos Humanos, el primer documento que proclama los 30 derechos a los que todo ser humano tiene derecho. Sin duda este tema es uno de los más importantes ya que de aquí en adelante se va escribiendo una página más de los nuestros derechos, no solo para que nos respeten sino para respetar a los demás. FUENTES DE LA NVESTIGACION. LARREA HOLGUÍN, JUAN IGNACIO; MANUAL DE HISTORIA DEL DERECHO EN EL ECUADOR. JOVENES UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS. HISTORIA DEL DERECHO, FUENTES E INSTITUCIONES POLÍTICAS.