SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  76
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR
Elaborado por:
Gabriela Villanueva Soares
Jocelyn Hernández
Profesora: Carolina Gianotti
Fecha: 28-11-2011
DOCUMENTOS
ADUANEROS
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 2 -
INTRODUCCIÓN
Los Trámites de Importación y Exportación abren las puertas a negocios más
allá de las fronteras, los formularios con los cuales iniciaran estos trámites, si bien
pueden ser modificados por la legislación vigente de cada país son una clave
esencial para entrar a este mundo de envíos y extracción de productos de todo el
mundo, con una gama de acuerdos de países que nos facilitan las vías de acceso
en cuanto a costos, beneficios a grandes y pequeños empresarios.
Este documento muestra cada uno de los formularios, conceptos y sus
instrucciones llenado.
DEFINICIONES:
ADUANA: Servicio público encargado de vigilar y fiscalizar el paso de mercancías
por las costas, fronteras y aeropuertos de la República, de intervenir en el tráfico
internacional para los efectos de la recaudación de los impuestos a la importación,
exportación y otros que determinen las leyes, y de generar las estadísticas de ese
tráfico por las fronteras, sin perjuicio de las demás funciones que le encomienden
las leyes.
AFORO: Operación única que consiste en practicar en una misma actuación el
examen físico y la revisión documental, de tal manera que se compruebe la
clasificación de las mercancías, su evaluación, la determinación de su origen
cuando proceda, y los demás datos necesarios para fines de tributación y
fiscalización aduanera.
AGENTE DE ADUANA: Profesional auxiliar de la función pública aduanera, cuya
licencia lo habilita ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestor en
el despacho de mercancías.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 3 -
CARTA DE PORTE: Documento que las partes en un contrato de transporte
otorgan, para acreditar la existencia y condiciones del contrato, y la entrega de las
mercaderías al porteador.
CERTIFICADO DE ORIGEN: Documento que sirve para acreditar el origen de las
mercancías, para efectos preferenciales arancelarios, no preferenciales, aplicación
de cupos y para cualquier otra medida que la ley establezca.
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE: Documento que prueba la existencia de un
contrato de transporte marítimo, y acredita que el transportador ha tomado a su
cargo o ha cargado las mercancías y se ha obligado a entregarlas contra la
presentación de ese documento a una persona determinada, a su orden o al
portador.
DEPÓSITO ADUANERO: Lugar habilitado por la ley o por el Servicio donde se
almacenan mercancías bajo su potestad hasta el momento del retiro para su
importación, exportación u otra destinación aduanera, con exclusión de los
almacenes particulares.
EMPRESAS DE ENVÍOS DE ENTREGA RÁPIDA: Denominadas normalmente
empresas de correo rápido, Courier o de transportes expresos, son aquellas
personas naturales o jurídicas, legalmente establecidas en el país, cuyo giro o
actividad principal es la prestación de los servicios a terceros, para la expedita
recolección, transporte, entrega, localización y mantenimiento del control de los
documentos, material impreso, paquetes u otras mercancías durante todo el
suministro del servicio.
ENVÍOS POSTALES: Envíos de documentos y mercancías por intermedio de la
Empresa de Correos de Chile, efectuados de acuerdo a las convenciones postales
internacionales.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 4 -
EXAMEN FÍSICO: Reconocimiento material de las mercancías efectuado por el
Servicio.
EXPORTACIÓN: Salida legal de mercancías nacionales o nacionalizadas para su
uso o consumo en el exterior.
GUÍA AÉREA CARTA DE PORTE AÉREA: Documento que acredita en el
transporte aéreo de mercancías, la celebración de un contrato, las condiciones de
transporte, la recepción de la mercancía por el transportador, su peso, volumen,
embalaje, así como el número de bultos.
GUÍA COURIER: Documento que acredita la consignación de la mercancía que
llega o sale por este tipo de despacho, permitiendo a las empresas Courier y a los
Agentes de Aduana en su caso, la confección y presentación de los documentos
de destinación aduanera.
GUÍA DE CORREOS: Lista de los efectos postales entregados o recibidos por
Empresa de Correos.
IMPORTACIÓN: Introducción legal de mercancía extranjera para su uso o
consumo en el país.
LEGALIZACIÓN: Acto por el cual el Director Regional, el Administrador o los
funcionarios en quienes éstos deleguen esta facultad, constatan que el respectivo
documento ha cumplido todos los trámites legales y reglamentarios, otorgándole
su aprobación y verificando además, la conformidad de la garantía rendida, en
aquellas declaraciones en que sea exigible.
MERCANCÍA: Todos los bienes corporales muebles, sin excepción alguna.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 5 -
MERCANCÍA EXTRANJERA: La que proviene del exterior y cuya importación no
se ha consumado legalmente, aunque sea de producción o manufactura nacional;
o que habiéndose importado bajo condición, ésta deje de cumplirse.
MERCANCÍA NACIONAL: Es la producida o manufacturada en el país con
materias primas nacionales o nacionalizadas.
MERCANCÍA NACIONALIZADA: Es la mercancía extranjera cuya importación se
ha consumado legalmente, esto es cuando terminada la tramitación fiscal, queda a
la libre disposición de los interesados.
ZONA FRANCA: Área o porción unitaria de territorio perfectamente deslindado y
próximo a un puerto o aeropuerto amparado por presunción de extraterritorialidad
aduanera.
ZONA PRIMARIA: Espacio de mar o tierra en el cual se efectúan las operaciones
materiales, marítimas y terrestres de la movilización de las mercancías el que para
los efectos de su jurisdicción es recinto aduanero y en cual han de cargarse,
descargarse, recibirse o revisarse las mercancías, para su introducción o salida
del territorio nacional.
ZONA SECUNDARIA: Parte del territorio nacional y aguas territoriales, que le
corresponde a cada Aduana para los efectos de ejercer su competencia.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 6 -
SALIDA DE MERCANCÍAS (EXPORTACIÓN)
1.1. El proceso de salida, es el conjunto de actividades que permiten la salida legal
del país, temporal o definitiva, de mercancías o servicios.
1.2. La salida de mercancías del país, deberá corresponder a una de las
siguientes destinaciones aduaneras: Exportación, Reexportación o Salida
Temporal.
Tratándose de servicios, su salida sólo podrá ampararse en una exportación.
1.3. Por regla general, el procedimiento de salida legal de mercancías o servicios
del país, deberá cumplir con las siguientes etapas:
Presentación de las mercancías al Servicio:
A través del Documento Único de Salida (DUS) Aceptación a Trámite (AT) o
primer mensaje, el cual deberá ser emitido antes de solicitar el ingreso de
las mercancías a zona primaria.
Ingreso de las mercancías a zona primaria y autorización de
salida:
Con la aceptación a trámite del DUS, queda autorizado el ingreso de las
mercancías a zona primaria y su embarque o salida al exterior.
Embarque o salida al exterior de las mercancías:
El embarque o salida al exterior de las mercancías será informado por el
Despachador de Aduana, en caso de tráfico marítimo y aéreo, y constatado
por el Servicio de Aduanas en caso de tráfico terrestre.
Legalización:
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 7 -
La Legalización será solicitada a través de un segundo mensaje del DUS,
una vez cumplidos todos los trámites legales y reglamentarios que permiten
la salida legal de las mercancías del país. Una vez autorizada por la
Aduana, queda formalizada la destinación aduanera y el DUS-Legalización
o segundo mensaje constituye la Declaración de Aduana.
Valor definitivo de la operación de exportación:
En caso de operaciones de exportación cuya modalidad de venta sea
distinta de "a firme", se debe acreditar al Servicio Nacional de Aduanas el
resultado definitivo de la operación de exportación, lo cual se realizará a
través del Informe de Variación del Valor del DUS.
1.4. Adicionalmente, en el tráfico aéreo y marítimo las compañías transportadoras
deberán presentar ante el Servicio, dentro del plazo máximo de 24 horas contadas
desde la fecha de salida del vehículo, el manifiesto de carga y la guía de correos,
como asimismo la lista de viajeros y tripulantes.
En el caso de tráfico terrestre el transportista deberá presentar ante el Servicio, al
ingreso de las mercancías a zona primaria, el manifiesto de carga y la guía de
correos, cuando corresponda, como asimismo la lista de viajeros y tripulantes.
El transportista podrá efectuar ante la Unidad de Aduana correspondiente y dentro
de los siete días siguientes contados desde la fecha de zarpe de la nave,
aclaraciones al manifiesto y guía de correos, mediante el documento denominado
"ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº" (Anexo Nº 4). En caso que se hubieren
introducido modificaciones al conocimiento de embarque, o documento que haga
sus veces, en cuyo caso deberá acompañarse este último documento.
1.5. Los viajeros y tripulantes que salgan del territorio nacional solamente estarán
obligados a presentar, con las formalidades correspondientes, ante el Control
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 8 -
Aduanero respectivo, las mercancías no comprendidas en el concepto de
equipaje.
El Servicio podrá practicar examen físico, a todas las mercancías que porten los
viajeros y tripulantes.
En el evento que se detecte una irregularidad que pudiere ser constitutiva de
delito, se pondrán los hechos en conocimiento del Director Regional o
Administrador de Aduanas, a objeto que este pondere la procedencia de la
denuncia.
ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº (A ser provisto por el transportista)
DISTRIBUCIÓN
- El formulario original debe imprimirse en papel blanco hilado Nº 2 de 59 grs. por
m2.
- Las copias deben imprimirse en papel copia Nº 511 de 33 grs. por m2.
- Alternativamente, el formulario podrá confeccionarse en papel emulsionado
químicamente.
- El formulario debe ser de tamaño oficio de 32 cms. de alto por 21,5 de ancho. Sin
embargo, se aceptarán variaciones de hasta 2 cms. en el alto, en formularios
procesados computacionalmente.
- Debe respetarse el tipo de letra, espacio y márgenes que señala el modelo.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 9 -
- La impresión del nombre y del código debe hacerse en letras negras.
- Cada ejemplar deberá indicar en forma impresa al pie del formulario el ejemplar y
la distribución
FORMULARIO ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº (A SER
PROVISTO POR EL TRANSPORTISTA)
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 10 -
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO
ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº...........
1. PRESENTACIÓN
Espacio reservado al Servicio.
2. ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº.......
Indique en forma correlativa el número asignado al formulario por el transportista.
2.1 Manifiesto Nº
Indique el número asignado por el Servicio, al manifiesto que se desea aclarar.
2.2 Fecha
Indique la fecha de presentación del manifiesto que se desea aclarar.
2.3 Nave o vehículo
Indique el nombre de la nave o vehículo correspondiente al manifiesto que se
desea aclarar.
3. TRANSPORTISTA QUE LA PRESENTA - CODIGO
Indique el nombre del transportista que presenta la aclaración ante el Servicio y su
código, según Anexo Nº 51.
Indique el código "S/C", en caso que el transportista no tuviere asignado código.
4. ADUANA EN QUE SE PRESENTA - CODIGO
Indique el nombre de la Aduana ante la cual se presenta la aclaración y su código,
según Anexo Nº 51.
5. CONOCIMIENTO Nº
Indique el número del conocimiento de embarque que se modifica.
6. PUERTO DE EMBARQUE
Indique el nombre del puerto en donde se expidió el conocimiento de embarque
que se modifica.
7. DICE
Indique la información consignada en el manifiesto que se desea modificar.
8. DEBE DECIR
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 11 -
Indique la información correcta o las expresiones que se deben agregar.
9. CAUSALES
Indique el código 01 en caso de mercancía no embarcada en el puerto de origen.
Indique el código 02 en caso de mercancía desembarcada por error en otro
puerto, indicando el puerto efectivo de desembarque en la columna
"Observaciones".
Indique el código 03 en caso de mercancía descargada por error, consignada a
otro puerto, indicando el puerto al que venía consignada la carga en la columna
"Observaciones".
Indique el código 04 en caso de aclaración motivada por una causal distinta a las
especificadas precedentemente, debiendo señalársela en la columna
"Observaciones".
10. FIRMA DEL TRANSPORTISTA - FECHA
Suscriba el formulario e indique la fecha.
11. A LA HOJA Nº
Indique el número de la hoja siguiente en caso que sea necesario utilizar una hoja
de continuación.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 12 -
EJEMPLO DE FORMULARIO DEL DOCUMENTO UNICO DE
SALIDA
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 13 -
INSTRUCCIONES DE LLENADO FORMULARIO DOCUMENTO
UNICO DE SALIDA
I.- DOCUMENTO UNICO DE SALIDA
Las instrucciones se utilizarán en los casos de Exportación normal (código 200),
Exportación abona DATPA Dto. 224 (código 205), Exportación abona DATPA Dto.
135 (código 206) y Exportación abona Salida Temporal (código 210).
1. NÚMERO DE ACEPTACIÓN:
Espacio reservado al Servicio Nacional de Aduanas.
2. FECHA:
Espacio reservado al Servicio Nacional de Aduanas.
3. ADUANA:
Señale el código y el nombre de la Aduana por cuya jurisdicción se solicitará la
"Autorización de Salida" de las mercancías del país, según Anexo Nº 51-1.
Tratándose de exportación de productos de la pesca, efectuada por buques
nacionales en aguas internacionales, señale en este recuadro el código y nombre
de la Aduana bajo cuya jurisdicción se encuentra el puerto base del pesquero de
bandera nacional.
4. DESPACHADOR:
Indique el código y nombre del despachador que tramitará el documento ante la
Aduana, según Anexo Nº 51-3.
5. NÚMERO DE DESPACHO:
Indique en este recuadro el número interno de despacho que el despachador
hubiere asignado a la operación.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 14 -
6. TIPO DE OPERACIÓN:
Indique el código y glosa del tipo de operación correspondiente a la destinación
aduanera que se está tramitando, según Anexo Nº 51-2.
7. IDENTIFICACIÓN:
7.1 Consignante o Exportador.
7.1.1 RUT Exportador:
Señale el Rol Único Tributario (RUT) del consignante o exportador, consignando
en el recuadro Código RUT el Código 03.
7.1.2 Nombre del Consignante o Exportador:
Indique el nombre o razón social de la persona natural o jurídica por cuenta de
quien actúa el despachador. El nombre del exportador o consignante debe
corresponder al consignado en el RUT, sin perjuicio de poder señalar además,
cuando se trate de persona jurídica, el nombre de fantasía.
En caso de persona natural, señale en primer lugar los apellidos y en segundo
lugar el o los nombres.
7.1.3 Dirección:
Señale la dirección de la oficina o planta principal del consignante o exportador,
indicando la calle y número. No serán aceptadas indicaciones genéricas.
Señale a continuación de la dirección, entre paréntesis, la dirección e-mail del
representante legal del exportador.
7.1.4 Comuna:
Señale el código y nombre de la comuna a la que pertenece la dirección del
consignante o exportador, según Anexo Nº 51-39.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 15 -
7.2 Consignante o Exportador Secundario:
Complete los recuadros siguientes, sólo en caso que la operación tenga más de
un consignante o exportador.
7.2.1 RUT Exportador Secundario:
Señale el Rol Único Tributario (RUT) del consignante o exportador secundario,
consignando en el recuadro Código RUT el Código 03.
7.2.2 Nombre del Consignante o Exportador Secundario:
Indique el nombre o razón social de la persona natural o jurídica por cuenta de
quien actúa el despachador. El nombre del exportador o consignante debe
corresponder al consignado en el RUT, sin perjuicio de poder señalar además,
cuando se trate de persona jurídica, el nombre de fantasía.
En caso de persona natural, señale en primer lugar los apellidos y en segundo
lugar el o los nombres.
7.2.3 Porcentaje del Exportador Secundario:
Señale con un decimal, el porcentaje que sobre el valor FOB total de la
exportación, representa la participación del exportador secundario.
7.2.4 Dirección Exportador Secundario:
Señale la dirección de la oficina o planta principal del consignante o exportador
secundario, indicando la calle y número. No serán aceptadas indicaciones
genéricas.
Señale a continuación de la dirección, entre paréntesis, la dirección e-mail del
representante legal del exportador.
7.2.5 Comuna:
Señale el código y nombre de la comuna a la que pertenece la dirección del
consignante o exportador secundario, según Anexo N° 51-39.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 16 -
7.3 Consignatario:
Indique el nombre o razón social de la persona natural o jurídica destinataria de la
mercancía, sea éste comprador final, representante distribuidor u otros.
En caso de persona natural, señale en primer lugar el o los apellidos y en segundo
lugar el o los nombres.
Señale la expresión "a la orden" en caso de operaciones donde no se indicare
consignatario alguno.
8. DESTINO Y TRANSPORTE:
Para el tipo de operación exportación abona salida temporal los datos del destino
de transporte deben corresponder a los consignados en el DUS-Legalización de la
Salida Temporal que abona.
8.1 Puerto de Embarque:
Indique el código y nombre del puerto marítimo, aeropuerto, avanzada o paso
fronterizo nacional por donde saldrán al exterior las mercancías, según Anexo Nº
51-11.
Tratándose de exportación de productos de la pesca efectuada por buques
nacionales en aguas internacionales, señale en este recuadro el nombre y código
del puerto de recalada extranjero en el cual se realizarán las labores de control
aduanero.
En caso de corresponder a código buzón, en este recuadro se deberá consignar la
glosa y código correspondiente, según Anexo Nº 51-11 y en el recuadro
observaciones generales del documento se debe señalar el nombre efectivo del
puerto de embarque.
8.2 Código Región de Origen:
Indique el código de la región de origen de las mercancías según Anexo Nº 51-44.
Cuando las mercancías de origen nacional provengan de varias zonas del país,
consigne el código de la región de origen de las mercancías de mayor de valor.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 17 -
En caso que las mercancías sean nacionalizadas señale el código 20 y la glosa
correspondiente, según Anexo Nº 51-44. En todo caso, no deberán declararse en
un mismo documento mercancías de origen nacional y mercancías
nacionalizadas.
En caso de productos hortofrutícolas en los que no se cuente con la información
de la región de origen al momento de tramitar el DUS-Aceptación a Trámite, deje
este recuadro en blanco en esta etapa y posteriormente en la legalización
consigne la información correcta de acuerdo a las instrucciones de los incisos
precedentes.
8.3 Código Tipo de Carga:
Indique el código del tipo de carga según Anexo Nº 51-12.
8.4 Vía de Transporte:
Indique el código del medio de transporte en el que se embarcarán al exterior las
mercancías, según Anexo Nº 51-13.
Cuando exista más de una vía de transporte, consigne el código del medio de
transporte en el que saldrán en forma definitiva las mercancías del país,
correspondiente al último medio de transporte utilizado dentro del país
8.5 Puerto de Desembarque:
Indique el código y nombre del puerto de desembarque final de las mercancías,
sin considerar transbordos, según Anexo Nº 51-11. En caso de corresponder a
código buzón, en este recuadro se deberá consignar la glosa y código
correspondiente, según Anexo N° 51-11 y en el recuadro observaciones generales
del documento se debe señalar el nombre efectivo del puerto de desembarque.
El puerto de desembarque debe corresponder al puerto consignado como puerto
de desembarque en el documento de transporte respectivo.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 18 -
8.6 País de Destino:
Indique el código y nombre del país de destino final de las mercancías, según
Anexo Nº 51-9.
En caso de corresponder a código buzón, en este recuadro se deberá consignar la
glosa y código correspondiente, según Anexo Nº 51-11 y en el recuadro
observaciones generales del documento se debe señalar el nombre efectivo del
puerto de embarque.
8.7 RUT Compañía Transportadora:
Señale el Rol Único Tributario (RUT) de la compañía transportista. Si ésta es
extranjera, señale el RUT de la Agencia que le representa en Chile.
En caso que las mercancías sean transportadas por sus propios medios, o que no
existiere compañía transportadora, deje este recuadro en blanco.
8.8 Compañía Transportadora:
Indique la razón social o el nombre abreviado del transportista de las mercancías.
Se entenderá por transportista aquel que emite el documento de transporte
"Madre" o "Máster Bill of Lading", o el documento que haga sus veces en caso de
transporte no naviero.
En el evento que la compañía sea extranjera, señale el nombre de la compañía
extranjera, en ningún caso se podrá consignar el nombre de la agencia que le
representa en Chile.
En caso que las mercancías sean transportadas por sus propios medios, o que no
existiere compañía transportadora, indique la expresión "NO EXISTE". En este
caso, los campos país compañía transportadora, RUT y nombre emisor
documento de transporte deben quedar en blanco.
8.9 País Compañía Transportadora:
Señale de acuerdo al Anexo Nº 51-9, el código del país de residencia de la
Compañía Transportadora.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 19 -
8.10 RUT del Emisor Documento de Transporte:
Indique el Rol Único Tributario (RUT) del emisor del documento de transporte que
acredita la consignación de las mercancías. En caso que el emisor sea una
empresa extranjera, señale el RUT de su representante legal en el país.
8.11 Emisor del Documento de Transporte:
Señale el nombre del emisor del documento de transporte que acredita la
consignación de las mercancías. En caso que el emisor de este documento sea
una empresa extranjera, señale el nombre de la empresa extranjera, en ningún
caso debe indicar el nombre de su representante legal en el país.
8.12 Nº Documento de Transporte (LG):
Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del
documento.
Indique el número de conocimiento de embarque, carta de porte, guía aérea o
documento que haga sus veces, correspondiente al documento que acredita la
consignación de las mercancías. Se deberá indicar el número de la misma forma
en la cual fue numerado por el emisor de éste, si tiene guiones u otros caracteres
éstos deben ser incorporados como parte del número. Por ejemplo BL N°
"01G022220".
En caso que la totalidad de la mercancía consignada en el despacho estuviere
amparada por más de un documento de transporte, señálelos todos, indicando los
restantes en el recuadro observaciones generales del documento, anteponiendo la
expresión "Otros Doc. Transp.". Señale por cada documento de transporte Nº y
fecha de éste.
Casos Especiales:
1. Para productos transportados como fluidos, indique el número de la factura de
venta.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 20 -
2. En caso de una exportación abona salida temporal (código 210), señale el
número del documento de transporte consignado en la salida temporal
correspondiente.
3. En caso de exportación de pallets reutilizables consigne en este campo el o los
números de los DUS Legalizados que ampararon el envío de los pallets al exterior.
8.13 Fecha Documento de Transporte (LG):
Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del
documento.
Indique con ocho dígitos, la fecha en que la mercancía fue "puesta a bordo" (On
Board), en caso de transporte marítimo; el "día del vuelo", tratándose de
transporte aéreo o la fecha de emisión de la carta de porte o documento que haga
sus veces, tratándose de transporte terrestre o ferroviario.
Para el caso de tráfico aéreo se entenderá como fecha de "puesta a bordo" (On
Board) la fecha de embarque efectivo señalada en el manifiesto respectivo.
Tratándose de mercancías transportadas como fluidos, indique la fecha de
emisión de la factura.
En caso de exportación de pallets reutilizables, consigne en este campo la fecha
de legalización del o los DUS que ampararon el envío de los pallets al exterior,
consignados en el recuadro anterior.
8.14 Nombre de la Nave:
Indique el nombre de la nave en caso de mercancías transportadas por vía
marítima. En caso de mercancías transportadas por vía aérea, señale la sigla
identificatoria de la compañía.
Tratándose de mercancías transportadas por cualquier otro tipo de vía distinta a la
señalada precedentemente, este recuadro debe quedar en blanco.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 21 -
8.15 Número de Viaje:
Señale el número de manifiesto de salida de la nave o aeronave en caso de
mercancías transportadas vía marítima o aérea. Esta información debe ser
completada al momento de tramitar el DUS primer mensaje o en su defecto, vía
procedimiento de aclaraciones electrónicas antes del ingreso de las mercancías a
zona primaria, para las mercancías transportadas al exterior vía marítima. En el
caso de mercancías enviadas al exterior vía aérea, esta información debe ser
consignada al momento de la Legalización del documento y por tanto en la
aceptación a trámite, para esta vía, este recuadro debe quedar en blanco.
En caso que la mercancía consignada en el DUS, por vía aérea o terrestre, fuera
embarcada en más de una nave o camión, y siempre que correspondiera a un solo
documento de transporte, señale todos los números de manifiesto y por cada uno
de estos el número de documento de transporte relacionado.
Tratándose de mercancías transportadas por cualquier otro tipo de vía distinta a la
señalada precedentemente, este recuadro debe quedar en blanco.
8.16 Vistos Buenos o Autorización:
Los recuadros indicados a continuación deben ser llenados sólo en caso que las
mercancías que ampara el documento se encuentren acogidas a algún Vº Bº o
autorización especial, según Anexo Nº 51-38.
En caso que las mercancías estén acogidas a más de un VºBº o autorización
especial, señálelos todos, indicando los siguientes en el recuadro observaciones
generales anteponiendo a estos la expresión "Otros VºBº".
8.16.1 Código VºBº:
Señale el código del tipo de VºBº o autorización, según Anexo Nº 51-38.
En caso de operaciones de exportación que cuenten con un certificado de origen
emitido por una entidad certificadora, al momento de la legalización del DUS,
consigne la información del certificado en este recuadro. Consigne como código
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 22 -
del visto bueno, "30", en el recuadro N Certificado consigne el número de éste y
en recuadro fecha, la data de emisión del documento. En el recuadro glosa,
consigne "C. ORIGEN". En el caso de auto certificación no deberá consignar esta
información.
8.16.2 Nº Resolución o Certificado:
Indique el número de la Resolución o del Certificado correspondiente.
8.16.3 Fecha de la Resolución o Certificado:
Indique la fecha de emisión de la Resolución o Certificado.
8.16.4 Organismo:
Señale según Anexo Nº 51-38, el nombre del organismo que otorga el VºBº. En
caso de código buzón, señale el nombre o sigla del organismo emisor.
En el caso de productos sujetos al control de la ley 17.798 sobre Control de Armas
y Explosivos, en este recuadro se deberá consignar el número del ítem del DUS
donde se declara la mercancía objeto de visto bueno. En el evento que exista más
de un ítem del DUS que ampare mercancías sujetas a la autorización mencionada,
se deberán señalar todos los itemes separados por punto y coma, sin dejar
espacios entre ellos. Por ejemplo: 1; 2; 5 si tanto el ítem 1, 2 y 5 del DUS estén
amparados por el VºBº informado con el código 18 (Departamento de Armas
Químicas y Biológicas).
9. RÉGIMEN SUSPENSIVO:
Los recuadros referidos a régimen suspensivo deben quedar en blanco para el tipo
de operación exportación normal (código 200), exportación abona DATPA. Dto.
224 (código 205) y exportación abona DATPA Dto. 135 (código 206). Tratándose
de exportación abona salida temporal (código 210) señale lo siguiente:
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 23 -
9.1 Número del Documento:
Señale el número de identificación de la DUS Salida Temporal que se abona o
cancela y a través del cual salieron las mercancías del país. En caso que la
Declaración de Salida Temporal haya sido legalizada antes del 02.11.2001, señale
el número de aceptación a trámite de la Declaración de Salida Temporal.
9.2 Aduana:
Señale el código de la Aduana de tramitación de la Declaración de Salida
Temporal que se abona o cancela.
9.3 Plazo:
Este recuadro debe quedar en blanco.
10. ANTECEDENTES FINANCIEROS.
10.1 Tipo de Autorización:
Este recuadro debe quedar en blanco.
10.2 Número del Informe:
Señale el código del país de adquisición de la mercancía, según el Anexo Nº 51-9.
El país de adquisición deberá corresponder al país del domicilio de la persona
natural o jurídica que adquiere la mercancía exportada.
En el caso de operaciones cuya modalidad de venta es consignación, en
cualquiera de sus tipos, el país de adquisición deberá corresponder al país del
domicilio de la persona natural o jurídica a quien va consignada la mercancía.
En caso que el país de adquisición sea el mismo que el país de destino de las
mercancías, en este campo debe venir consignado el mismo código indicado en el
campo "país de destino" del DUS.
10.3 Fecha:
Consigne en este campo la información de la fecha de pago de la operación, que
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 24 -
se haya convenido libremente entre el exportador y el importador extranjero. Esta
información debe ser consignada en la etapa de Legalización del DUS. La fecha
de pago de la operación de exportación deberá ser señalada por el exportador en
el mandato para despachar o en la factura comercial respectiva.
No será necesario señalar la fecha de pago de la operación en el caso de
exportaciones cuya Forma de Pago sea "Sin Pago", Código 21.
En el caso de operaciones con Forma de Pago "Anticipo del Comprador", código
32, la fecha de pago deberá corresponder a una fecha anterior a la fecha de
emisión del documento de transporte que ampara la operación.
Tratándose de operaciones con pago diferido, señale la fecha de la última cuota.
10.4 Moneda:
Indique el código y nombre de la moneda en que se pactó la operación de
exportación, según Anexo Nº 51-20.
10.5 Modalidad de Venta:
Indique el código y glosa de la modalidad de venta bajo la cual se pactó la
operación de exportación, según Anexo Nº 51-26.
10.6 Cláusula de Venta:
Indique el código y glosa de la cláusula de venta pactada para la operación de
exportación, según Anexo Nº 51-21.
10.7 Forma de Pago:
Indique el código y glosa de la modalidad de pago bajo la cual el comprador en el
extranjero pagará las mercancías, según Anexo Nº 51-22.
En caso que exista más de una forma de pago y alguna de ellas contemple el
pago de cuotas, indique la forma de pago que compromete la última cuota. Si las
formas de pago no contemplan cuotas, señale la forma de pago correspondiente al
último pago.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 25 -
10.8 Valor Cláusula de Venta (LG):
Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del
documento cuando la forma de pago sea distinta de "Sin Retorno".
Indique con dos decimales, el monto de la exportación, según la cláusula en que
se hubiere pactado la venta de la mercancía.
En caso que la operación se haya pactado en moneda diferente a dólares de los
Estados Unidos de América, se deberá utilizar la equivalencia entre esta moneda y
la moneda extranjera a la fecha de presentación del Documento Único de Salida
(DUS) al Servicio, equivalencia que para estos efectos fija mensualmente el Banco
Central de Chile.
10.9 Comisiones en el Exterior (LG):
Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del
documento cuando la forma de pago sea distinta de "Sin Retorno".
Indique el monto de la comisión, que el exportador deba cancelar a los agentes
intermediarios en el exterior, que participan en la colocación de la mercancía.
10.10 Otros Gastos Deducibles (LG):
Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del
documento cuando la forma de pago sea distinta de "Sin Retorno".
Indique el monto de otros gastos que el exportador deba cancelar (gastos
consulares, pago a Organismos Internacionales).
Indique, además, el monto de los gastos correspondientes a flete y seguro,
cuando la cláusula de venta los incluya, aún cuando hubieren sido cancelados en
el país en moneda nacional. Estos gastos deberán corresponder a lo consignado
en el conocimiento de embarque, póliza de seguro u otros documentos que los
sustituyan.
10.11 Valor Líquido Retorno (LG):
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 26 -
Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del
documento cuando la forma de pago sea distinta de "Sin Retorno".
Indique el monto resultante de deducir del valor según cláusula de venta, los
gastos que el exportador deba cancelar en el exterior por concepto de comisiones
u otros.
11. DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA:
La descripción de mercancías en operaciones de exportación, se debe realizar en
la forma y orden que a continuación se indica. Sin embargo, tratándose de
vehículos automotrices la descripción de mercancías se debe realizar de acuerdo
a las exigencias establecidas para éstos en el Apéndice I "Descripción de
Mercancías" del Capítulo III del Compendio de Normas Aduaneras.
En términos generales, las mercancías deben declararse separadamente según
su clasificación arancelaria y, además, por su nombre. En consecuencia en un
mismo ítem del documento sólo pueden declararse mercancías que tengan un
mismo nombre. Lo anterior no regirá en casos de exportación de productos
mineros.
Sin perjuicio que las mercancías deban declararse separadamente según su
clasificación arancelaria y además por su nombre, conforme se indica en el párrafo
anterior, tratándose de productos hortofrutícolas, productos marinos y vinos,
deben además declararse en ítem distintos según su modelo, tipo, clase, especie
o variedad, por lo que en un mismo ítem del documento, para este tipo de
mercancías, sólo podrá declararse mercancías de un mismo modelo, tipo, clase,
especie o variedad.
No obstante lo anterior, en el caso de productos hortofrutícolas, productos marinos
y vinos con denominación de origen, se aceptará que en el DUS "Aceptación a
Trámite" se indique la expresión "VARIOS" cuando se trate de mercancías de más
de modelo, tipo, clase, especie o variedad, siempre que no se cuente con esta
información al momento de tramitar el documento ante la Aduana, debiendo
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 27 -
describir las mercancías según las instrucciones del párrafo anterior al momento
de Legalizar la operación.
11.1 Nº del Ítem:
Indique el número del ítem en forma correlativa.
11.2 Nombre:
Registre en este campo la expresión usual con la que se identifica la mercancía, y
que permite diferenciarla para su clasificación arancelaria, pudiendo ser simple o
compuesta. En caso que tenga dos o más nombres se podrá utilizar cualquiera de
ellos.
Las marcas registradas y/o nombres de fantasía no se considerarán "Nombre"
para estos efectos.
En el caso de los productos químicos (incluidas las drogas y fármacos) de
constitución química definida, que respondan a una fórmula, presentados
aisladamente, se debe indicar como "nombre", el nombre completo de la especie
química. Podrá usarse también como "nombre", el que figura en las Notas
Explicativas del Arancel Aduanero, como es el caso, por ejemplo, de las vitaminas,
hormonas y antibióticos. Si se presentaren en forma de preparados (más de un
producto químico definido) se consignará el nombre usual del producto. En caso
de "medicamentos", en premezcla o en forma y/o especialidad farmacéutica se
señalará la acción farmacológica principal.
En caso de productos mineros que teniendo una misma posición arancelaria, pero
distintos nombres, se debe indicar el nombre de la mercancía de mayor valor FOB
total.
11.3 Atributos 1: "Marca"
Indique la "MARCA"; esto es, la expresión con que el fabricante ha designado el
producto.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 28 -
En caso que la mercancía no tenga marca se debe señalar el nombre del emisor
de la factura, seguido de la letra F y separado por un guión.
En caso de mercancías de distinta marca, se consignará el nombre del emisor de
la factura, en los mismos términos señalados en el inciso anterior.
Cuando haya más de una factura, con distintas marcas, se debe indicar el emisor
de la factura de mayor valor FOB total.
11.4 Atributos 2: "Modelo, tipo, clase, especie o variedad"
Consigne en este campo el "modelo", "tipo", "clase", "especie" o "variedad" de la
mercancía. Considerando todos los antecedentes que permitan diferenciar las
mercancías de otras de su misma naturaleza.
El "Modelo" corresponde a las características básicas de las mercancías según las
especificaciones precisas del fabricante.
El "tipo, clase, especie o variedad" corresponde a las características secundarias
comunes a la mercancía que permiten diferenciarla de otras de su misma
naturaleza.
En caso de productos químicos se debe consignar lo siguiente:
Tratándose de "drogas" o "fármacos" de constitución química definida se indicará
la forma de presentación, esto es, por ejemplo, polvo, cristales, solución,
dispersión, etc., y la sigla de la farmacopea que corresponda (USP - BP- DAB,
etc.), o la expresión "pro farmacopea".
En el caso de "medicamentos" se indicará la calidad de pre mezcla o la forma
farmacéutica (tabletas, ampollas, pesarios, óvulos, cápsulas, etc.).
Para los demás productos químicos se señalará, según corresponda, el origen
(mineral, vegetal, animal, sintético), estado físico (sólido, líquido, gaseoso) o grado
de pureza (químicamente puro, pureza técnica, pro análisis, pro farmacopea,
mezclado o sin mezclar).
Tratándose de vinos se señalará la variedad, esto es, por ejemplo, merlot,
chardonnay, cabernet sauvignon, etc.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 29 -
Tratándose de productos pesqueros debe indicarse el respectivo calibre, y en el
caso de las especies hidrobiológicas indicadas en el numeral 1 del Apéndice I
Nómina de Productos de Exportación del presente Anexo, se debe consignar
además, el nombre científico correspondiente, según se indica en el Apéndice
mencionado.
En caso que el documento ampare harina de pescado, se debe indicar su calidad:
standard o prime.
En caso de productos que teniendo una misma posición arancelaria, correspondan
a distintos "modelos", "tipos", "clases", "especies" o "variedades", se debe indicar,
el "modelo", "tipo", "clase", "especie" o "variedad" de la mercancía de mayor valor
FOB total.
11.5 Atributos 3: "Información Complementaria"
En este campo y en los siguientes se debe indicar cualquier otra información que
además de la consignada en los atributos 1 y 2 precedentes, permita individualizar
y clasificar la mercancía bajo el ítem propuesto, como por ejemplo,
especificaciones en cuanto a su uso, composición, potencia, etc., utilizando un
atributo distinto para cada especificación.
Sin embargo, en los casos que se indican a continuación se debe señalar lo
siguiente:
- Tratándose de las sustancias químicas señaladas en el Anexo Nº 2 del
Compendio de Normas Aduaneras, "Sustancias químicas sujetas a ser
controladas y declaradas de acuerdo a la Convención de Armas Químicas", se
debe señalar el Número de Registro CAS que le corresponde a la mercancía,
número que debe ser el mismo asignado en la correspondiente "Autorización para
Exportar y Expedir" otorgada por la autoridad Nacional. En este caso debe
consignar además la autorización para exportar o expedir otorgado por la
autoridad nacional con el código 04 en el recuadro VºBº del documento.
- Tratándose de Vinos se debe Indicar:
(i) En atributo 3, la graduación alcohólica.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 30 -
(ii) En atributo 4, la acidez volátil;
(iii) En atributo 5, el año de la cosecha; y
(iv) En atributo 6 el tipo de envase, su capacidad y cantidad.
En caso de que en uno o más de estos atributos exista más de una de las
características enunciadas, se deben consignar todas, separándolas por una barra
"/".
En caso de productos mineros y metales de las glosas arancelarias 7106, 7108 y
7110 se debe señalar la Ley de fino, porcentaje de humedad y contenido
porcentual de o de los metales económicamente recuperable. Si no contiene
humedad se consignará 0% HUMEDAD.
No obstante, en caso de que existan varios metales económicamente
recuperables se debe indicar en este atributo la ley de fino, el porcentaje de
humedad y el contenido porcentual de o de los metales económicamente
recuperable más representativo en valor, debiendo indicarse en los atributos
siguientes la información de los restantes metales, en orden de relevancia según
su valor. Se debe utilizar un atributo para cada metal, en caso de no ser
suficientes, los de menor valor no serán consignados. En este caso se debe
señalar además en el recuadro observación del ítem, la observación 70 y como
glosa de la observación la expresión "Inf. Comp. Varios Metales".
En caso de tratarse de productos agrícolas se debe indicar si se trata de productos
orgánicos o tradicionales. En el evento de tratarse de productos orgánicos como
los enunciados en el numeral 2 del Apéndice I del presente Anexo, se debe
consignar en el recuadro observación del ítem la observación 90. En el recuadro
valor de la observación consigne el Nº del certificado. En el recuadro glosa se
debe consignar el nombre de la entidad certificadora. En caso de existir más de un
certificado, consigne en esta observación el de mayor importancia y el resto
señálelos en el recuadro "Observaciones Generales" del documento.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 31 -
11.6 Código Arancel:
Indique la clasificación arancelaria específica de la mercancía, de acuerdo al
Arancel Aduanero Nacional, basado en el Sistema Armonizado de Designación y
Codificación de Mercancías.
La clasificación arancelaria del oro, plata y aleaciones de oro y plata, debe
ajustarse a los principios establecidos en la Regla 3, literal b) de las Reglas
Generales para la Interpretación del Arancel Aduanero Nacional basado en el
Sistema Armonizado.
11.7 Unidad de Medida:
Indique el código y la sigla de la unidad de medida, que corresponde al código
arancelario de la mercancía, según Anexo Nº 51-24.
11.8 Cantidad de Mercancías:
Indique, con cuatro decimales, la cantidad total de mercancías consignadas en el
ítem, expresada en la unidad de medida que corresponde al código arancelario,
según Anexo Nº 51-24.
En el caso del oro, plata, aleaciones de metales preciosos, cuya unidad de medida
es kilo neto, éste debe corresponder al total del peso de la respectiva barra o
barras embarcadas y el promedio ponderado del total embarcado y no los metales
económicamente recuperables por separado.
11.9 Peso Bruto (Kg.):
Indique en kilogramos y con dos decimales, el peso de la mercancía con todos sus
envases y embalajes interiores y exteriores con los que habitualmente se
presentan, excluida la tara del pallet, contenedor o continente similar cuando
proceda.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 32 -
Indique el peso de las mercancías en las condiciones en que se presentan en
caso que ordinariamente se transporten a granel o sin envases o embalajes, tales
como el carbón, los líquidos en barcos, en vagones u otros vehículos cisternas, los
minerales, maquinarias, etc.
Indique el peso bruto equivalente, en caso de mercancías especificadas en un
peso diverso, de acuerdo a las Reglas sobre Unidades y Envases, contenidas en
el Arancel Aduanero.
11.10 Precio Unitario FOB:
Indique, con seis decimales, el precio unitario FOB de las mercancías amparadas
en el ítem, de acuerdo a la unidad de medida consignada precedentemente. Este
valor debe considerar el precio de las mercancías hasta situarla sobre o dentro del
medio de transporte, según los documentos de la venta.
Indique el precio promedio ponderado del ítem en caso que en éste, se declaren
mercancías diversas clasificadas en un mismo código arancelario.
11.11 Valor FOB:
Indique con dos decimales, el valor de las mercancías declaradas en el ítem. Este
valor debe corresponder a la multiplicación de la cantidad de mercancías por el
precio unitario anteriormente consignado.
11.12 Observaciones del Ítem:
El recuadro observación del ítem tiene tres espacios para datos, correspondiendo
el primer espacio, al código de la observación; el segundo, al valor de la
observación; y el siguiente, a la glosa.
La consignación de un determinado código de observación obedece al
cumplimiento de ciertas condiciones, las cuales se explicitan en cada caso.
Los siguientes códigos de observación, sólo requieren ser consignados en un
ítem, en caso de operaciones de más de un ítem: 61, 63, 69, 73, 81 y 83. Todos
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 33 -
los demás códigos de observación deben declararse para cada ítem, cuando
corresponda.
Por cada ítem sólo pueden consignarse tres códigos de observación, por lo cual
en caso que un ítem tenga más de tres códigos de observación, los siguientes
deberán ser señalados en el recuadro "observaciones generales" del documento.
En los casos que se señalan a continuación será necesario consignar la
información indicada, de acuerdo al orden y la forma que se señala.
- Consigne en forma obligatoria en el caso de transporte marítimo, y sólo en el
primer ítem del documento, en todas aquellas operaciones en las que exista
contrato de transporte y donde las mercancías no sean transportadas por sus
propios medios, el código de observación 61. En el recuadro glosa de este campo
señale el número de la reserva de carga o booking, es decir el número que ha
otorgado la empresa naviera al contrato de fletamento que se llevará a cabo.
- En caso que el ítem ampare mercancías usadas, indique el código 05. En el
recuadro glosa de la observación señale "Mercancía Usada".
- En caso que el Documento ampare mercancías que habiendo estado acogidas a
Régimen Suspensivo se hubieren entregado a la Aduana, señale el código 60. En
el recuadro valor de la observación, señale el Nº de la Papeleta o Acta de
Recepción. En recuadro glosa de la observación señale "SEM" o "SEV", según
corresponda.
- En caso que la mercancía sea acondicionada en pallets, que hayan sido
calificados por el Servicio de Aduanas como mercancía de exportación "Pallets
reutilizables" y autorizados por éste para ser exportados bajo el sistema de
excepción, se deberá indicar el código de observación 88, en recuadro valor de la
observación se debe indicar el Nº de la Resolución de la D.N.A que lo autoriza y
en el recuadro glosa se debe señalar "Pallets Reutilizable".
- En caso que el ítem ampare mercancías de régimen suspensivo entregadas a la
Aduana fuera del plazo de vigencia del régimen, señale el código 62. En el
recuadro valor de la observación el Nº del F09. En recuadro glosa de la
observación señale la expresión "Mercancía c/pago Recargo".
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 34 -
- En caso que la operación haya sido autorizada con examen físico en origen,
señale el código 63. En el recuadro valor de la observación consigne el Nº de la
Resolución que lo autoriza. En recuadro glosa de la observación señale la
expresión "examen físico en origen".
- En el mensaje del DUS- Legalización, registre el código 64, en caso que el precio
unitario FOB de las mercancías amparadas en el ítem resulte diferente al
autorizado en el DUS-Aceptación a Trámite (1er. mensaje) y se trate de los
siguientes casos:
a) Exportaciones con cláusulas de venta posteriores a FOB (C y S, C y F, CIF,
etc.) en que los valores de sus componentes (seguro y/o flete) resulten superiores
a los consignados en el DUS-Aceptación a Trámite (1er. mensaje), siempre que el
valor de la cláusula de venta de éste se mantenga constante.
b) Exportaciones autorizadas bajo una moneda distinta de dólar de los Estados
Unidos de América, en que las diferencias se produzcan por cambio de
equivalencia, siempre que se mantenga constante o no disminuya el valor de las
mercancías en la moneda extranjera autorizada. Esto también se utilizará en el
caso de exportación de mercancías de rancho, cuando se trate de compraventa de
mercancías de moneda nacional y dicha diferencia se produzca por la fijación de
un tipo de cambio de un mes a otro, siempre que se mantenga constante o no
disminuya el valor de la mercancía en moneda nacional.
En ambos casos, consigne en el recuadro valor de la observación la letra de la
causal de la variación del precio (a o b). En el recuadro glosa de la observación
indique la expresión "Variación P/U."
Adicionalmente también se utilizará el código 64 consignando la letra d en el
recuadro valor de la observación, cuando la unidad de medida consignada en el
primer mensaje del DUS no corresponda a la consignada en el segundo mensaje
(Legalización), debido al cambio en el Arancel Aduanero publicado en el Diario
Oficial del 31 de Diciembre del 2001.
- Consigne en forma obligatoria, en el caso de operaciones de exportación, en el
mensaje de legalización del DUS, para mercancías originarias que en su ingreso
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 35 -
al país de destino se acojan o vayan a acogerse a un acuerdo comercial en el
primer ítem del documento, el código de observación 68. En el recuadro valor de
la observación, se deberá señalar el código del acuerdo, según Anexo N° 51-34
del Compendio de Normas Aduaneras. Asimismo, en el recuadro glosa de la
observación, se deberá señalar la glosa del acuerdo según el Anexo señalado.
- En caso de no acogerse el total de ítems del DUS a preferencia arancelaria en el
país de destino, se deberá señalar sólo en el primer ítem del documento, el código
de observación 68. En recuadro valor de la observación se deberá dejar en blanco
y consignar en la glosa de la observación la expresión Sin Acuerdo.
- En aquellos casos en que existen ítems que se acogerán a preferencias
arancelarias en el país de destino, e ítems que no utilizarán la preferencia, deberá
indicarse por cada ítem del documento el código de observación 68. En el caso
que el ítem se acoja a acuerdo, se deberá señalar en el recuadro valor de la
observación el código del acuerdo, según Anexo Nº 51-34 del Compendio de
Normas Aduaneras y en el recuadro glosa de la observación, se deberá señalar la
glosa del acuerdo según el Anexo señalado. En los ítems que no se acojan a
Acuerdo, en el recuadro valor de la observación se deberá dejar en blanco y
consignar en la glosa de la observación la expresión Sin Acuerdo.
- Señale el código 65 en el segundo mensaje del DUS (Legalización) en caso que
se produzca un aumento de hasta un 10% entre el precio unitario consignado en el
DUS-Aceptación a Trámite y el precio unitario a consignar en el segundo mensaje,
este último consignado en base a la Factura Comercial. En el recuadro glosa de la
observación indique la expresión "Aumento P. Unitario".
- Consigne el código 67 y como glosa de la observación la expresión "Valor
Definitivo", tratándose de exportaciones efectuadas con modalidad de venta
distinta de "A FIRME", en que el exportador obtiene los precios unitarios definitivos
de la operación antes de la Legalización de la operación y cuenta con la factura
comercial definitiva.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 36 -
- En caso que el ítem ampare mercancías consolidadas dentro de zona primaria,
entonces señale el código 69 y como glosa de la observación la expresión
"Mercancías Consolidadas".
- Cuando se trate de productos mineros, cuya información complementaria
corresponda a varios metales económicamente recuperables señale el código 70.
En este caso consigne como glosa de la observación la expresión "Inf. Comp.
Varios Metales".
- Cuando en un ítem se declaren mercancías en las cuales la unidad de medida se
encuentre aproximada, señale el código 71. Como glosa de la observación
consigne la expresión "Unidad de medida estimada".
- En caso que en un ítem se declaren mercancías con más de un precio unitario,
señale el código 72 y como glosa de la observación indique la expresión "Precio
promedio".
- Tratándose de exportaciones de productos de pesca efectuada por buques
nacionales en aguas internacionales, señale el código 73. Como glosa de la
observación consigne la expresión "Expo. Pesca/Puerto Ext."
- En caso de mercancías transportadas como equipaje acompañado o tratándose
de mercancías que son transportadas por sus propios medios, consigne el código
81 y como glosa de la observación indique la expresión "Sin compañía
transportadora" o "Transportada p/propios medios", según corresponda.
- Cuando el exportador hubiere otorgado crédito al comprador extranjero y así se
acreditare conforme a los documentos que sirven de base para la confección del
DUS, se debe consignar el código 83. En el recuadro valor de la observación
consigne el Nº cuotas. En recuadro glosa de la observación señale la expresión
"Pago diferido".
- En caso que la mercancía requiera certificación oficial de calidad de algún
organismo competente autorizado por la autoridad nacional, se debe consignar el
código 90. En el recuadro valor de la observación consigne el Nº del certificado.
En recuadro glosa se debe consignar el nombre de la entidad certificadora. En
caso de existir más de un certificado, consigne en esta observación el de mayor
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 37 -
importancia y el resto señálelos en el recuadro "Observaciones Generales" del
documento.
- En caso de operaciones en las cuales las mercancías sean transportadas por
sus propios medios o no exista tipo de bulto, se deberá consignar el código 94. En
recuadro glosa se debe consignar "operación sin bulto".
12. DESCRIPCIÓN DE BULTOS:
Tratándose del tipo de operación Exportación Abona Salida Temporal y de la
exportación de pallets reutilizables, los recuadros siguientes, referidos a los bultos
deben quedar en blanco.
12.1 Parcial.
12.1.1 Parcial:
Señale "SI", en caso que se trate de mercancías acondicionadas en un
contenedor, pallets o continente similar, el cual contiene mercancías amparadas
por más de un Documento Único de Salida.
Señale "NO" en caso que no corresponda a lo indicado.
12.1.2 Número Parcial:
En caso que hubiese señalado "SI" en el recuadro anterior, señale en este
recuadro el número de orden del documento.
12.1.3 Total Parciales:
En caso que hubiese señalado "SI" en el recuadro "parcial", en este recuadro
señale la cantidad total de documentos que amparan la totalidad de mercancías
acondicionadas en el continente.
12.2 Descripción de Bultos:
Señale por cada tipo de bulto la información que se indica a continuación:
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 38 -
12.2.1 Número:
Señale el número de secuencia (o de orden) del tipo de bulto que se especifica.
12.2.2 Tipo de Bulto:
Indique el código y nombre del tipo de bulto, según el Anexo N° 51-23.
12.2.3 Cantidad de Bultos:
Señale la cantidad total de bultos de este tipo.
12.2.4 Identificación de Bultos:
Indique las marcas y números de los bultos que conforman el embarque,
amparado por el documento único de salida que se tramita, sólo si están
individualizados. Si la identificación es común a todos los tipos de bultos, sólo
señale ésta en el primer número de secuencia de los bultos.
En caso de que el tipo de bulto sea contenedor, en cualquiera de sus tipos, señale
el número de identificación de cada uno de estos.
12.2.5 Subcontinente:
En caso de mercancías acondicionadas en pallets, contenedores o continentes
similares, se deben indicar los subcontinentes, señalando el tipo de bulto y la
cantidad.
13. VALORES TOTALES.
13.1 Total Ítem:
Señale la cantidad total de ítems que ampara el documento.
13.2 Total Bultos:
Señale la cantidad total de bultos que ampara el documento.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 39 -
Tratándose del tipo de operación exportación abona salida temporal este recuadro
debe quedar en blanco.
13.3 Total Peso Bruto:
Señale con dos decimales, la sumatoria de los pesos brutos de todos los ítemes
del documento.
13.4 Total Valor FOB:
Señale con dos decimales, la sumatoria de los valores FOB de todos los ítems del
Documento
13.5 Seguro (LG):
Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" de la
operación, cuando la cláusula de venta en que se pactó la operación considere el
costo del seguro.
Indique con dos decimales, el monto de la prima de seguro según contrato.
En los casos en que el seguro sea por cuenta del destinatario o no se haya
contratado, este recuadro debe quedar en blanco. Sin embargo, en caso que se
cuente con la información real del costo del seguro, señálelo de acuerdo a las
instrucciones del párrafo anterior.
13.6 Flete (LG):
Esta información debe ser consignada sólo en la etapa de "Legalización" de la
operación, cuando la cláusula de venta en que se pacto la operación considere el
costo del seguro.
Indique con dos decimales, el costo del transporte de las mercancías que ampara
el documento, entre el puerto de embarque y punto específico de destino.
En los casos en que el flete necesario para la entrega de las mercancías en el
puerto o lugar de destino sea por cuenta del destinatario o sin costo, este recuadro
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 40 -
podrá quedar en blanco. Sin embargo, en caso que se cuente con la información
real del costo del flete, señálelo de acuerdo a las instrucciones del párrafo anterior.
13.7 Valor CIF (LG):
Esta información debe ser consignada sólo en la etapa de "Legalización" de la
operación, cuando la cláusula de venta de la operación sea CIF o posterior a ésta.
(Ej: DDP, etc.). También deberá ser consignada en caso que la cláusula de venta
sea inferior a CIF, pero se cuente con la información real del flete y seguro, y
dichos valores hayan sido consignados en los recuadros correspondientes.
Indique con dos decimales, el valor CIF de la operación. Este monto deberá
corresponder a la suma de los valores FOB TOTAL, FLETE Y SEGURO
anteriormente consignados.
14. OBSERVACIONES GENERALES:
Consigne en este recuadro otra información que se considere relevante, que haya
servido de base para la confección del documento y que no haya sido especificada
en otro recuadro del Documento.
15. ACEPTACIÓN A TRÁMITE.
FIRMA DEL DESPACHADOR O PERSONA AUTORIZADA:
En caso que sea requerida la impresión del "Documento Único de Salida-
Aceptación a Trámite", el documento impreso deberá ser suscrito por el
despachador o su personal auxiliar debidamente autorizado por el Servicio
Nacional de Aduanas.
16. AUTORIZACIÓN DE SALIDA:
Espacio reservado al Servicio Nacional de Aduanas.
17. LEGALIZACIÓN:
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 41 -
El DUS Legalizado debe ser impreso y suscrito por el despachador debidamente
autorizado por el Servicio Nacional de Aduanas.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 42 -
EJEMPLO DE CERTIFICADO INGRESO Y CUSTODIA DE
MENCANCIAS EN TRANSITO
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 43 -
CERTIFICADO INGRESO Y CUSTODIA DE MERCANCIAS EN
TRANSITO
El Certificado Ingreso y Custodia de Mercancías en Tránsito, será utilizado para
acreditar que las mercancías en tránsito por nuestro territorio nacional (país No
Parte) no han sido objeto de operaciones distintas de la de descarga, recarga,
división o cualquier operación destinada a mantenerlas en buen estado, siempre
que éstas hayan permanecido bajo la vigilancia de la autoridad aduanera y su
tramitación deberá efectuarse de acuerdo al siguiente procedimiento:
1.- El llenado del formulario Certificado Ingreso y Custodia de Mercancías en
Tránsito, deberá ser efectuado por la empresa transportista o su agencia
representante en Chile, a petición del interesado o consignatario de las
mercancías.
2.- La Aduana donde se encuentren depositadas las mercancías, una vez recibido
el documento indicado conteniendo la información requerida, deberá asignarle a
éste un número correlativo anual de identificación, la fecha de emisión y firma del
funcionario interviniente.
3.- El Director o Administrador de Aduana podrá delegar la facultad de otorgar esta
certificación en otro funcionario especialmente habilitado para cumplir dicha
función.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 44 -
EJEMPLO DE FORMULARIO SOLICITUD ENTREGA DE
MERCANCIAS
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 45 -
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO SOLICITUD
ENTREGA DE MERCANCIAS
1. AUTORIZACION
Espacio reservado al Servicio.
2. ADUANA EN QUE SE PRESENTA - CODIGO
Indique el nombre de la Aduana ante la cual se tramitará la solicitud y su código,
según Anexo Nº 51.
3. DESPACHADOR QUE LA PRESENTA - CODIGO
Indique el nombre del despachador que tramitará la solicitud ante la Aduana y su
código, según Anexo Nº 51.
4. TIPO DE CANCELACION
Indique el tipo de cancelación que se dará a las mercancías, marcando con una
"X" el casillero que corresponda.
5. LIQ. DE GRAVAMENES - G.C.P. F-09
Espacio reservado al Servicio.
6. NOMBRE Y DIRECCION CONSIGNATARIO - RUT
Indique el nombre, dirección y Rol Unico Tributario del consignatario de las
mercancías.
7. DOCUMENTO DE REGIMEN SUSPENSIVO
Indique el tipo, número y fecha del documento de régimen suspensivo que ampara
las mercancías e indique la fecha de vencimiento del régimen.
8. ITEM Nº
Indique, en forma correlativa, el item correspondiente a las mercancías por las
cuales se solicita autorización para su entrega a los recintos de depósito
aduanero.
9. IDENTIFICACION DE LOS BULTOS, CANTIDAD DE BULTOS
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 46 -
Indique, conforme a lo consignado en la declaración de régimen suspensivo que
ampara las mercancías, las marcas y contramarcas y la cantidad de bultos,
correspondiente a las mercancías por las cuales se solicita autorización.
10. Nº ITEM D.R.S.
Indique, el número del item de la declaración de régimen suspensivo, en que se
encuentran consignadas las mercancías, por las cuales se solicita autorización.
11. UNIDAD DE MEDIDA
Indique, conforme a lo consignado en la declaración de régimen suspensivo, la
unidad de medida correspondiente a la mercancía.
12. CANTIDAD MERCANCIAS - DESCRIPCION MERCANCIAS
Indique la cantidad de mercancías por las cuales se solicita autorización y
descríbalas.
13. VALOR CIF US$
Indique el valor CIF de las mercancías por las cuales se solicita autorización.
14. TOTAL
Indique el monto resultante de sumar los valores CIF de las mercancías.
15. TOTAL HOJA ANTERIOR
Indique el monto resultante de sumar los valores consignados en los recuadros
"TOTAL" de las
hojas anteriores.
16. TOTAL GENERAL
Indique el monto resultante de sumar los valores consignados en los recuadros
"TOTAL" y "TOTAL HOJA ANTERIOR".
17. HOJA Nº........ DE.......
Indique el número de la hoja y del total de hojas que contiene la solicitud.
18. FIRMA DESPACHADOR
Suscriba la solicitud e indique la fecha.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 47 -
EJEMPLO DEL FORMATO DE UN BILL OF LANDING:
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE:
Es el documento emitido por la compañía de transporte internacional que prueba
que: la mercadería ha sido recibida embarcada en un determinado medio de
transporte o que ha sido recibida para su embarque posterior.
Es el recibo que prueba el embarque de la mercancía. Sin este título no se puede
retirar la mercancía en el lugar de destino. De acuerdo al medio de transporte
toma el nombre específico (Conocimiento de embarque marítimo o "Bill of Lading"
o conocimiento de embarque aéreo "Airwail", guía aérea, si es por vía aérea)".
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 48 -
EJEMPLO DE FORMULARIO CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 49 -
INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
1. CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
Indique el número y fecha del conocimiento de embarque o documento que haga
sus veces.
Indique el puerto en donde se expidió el conocimiento de embarque o documento
que haga sus veces.
Indique el nombre del emisor del conocimiento de embarque o documento que
haga sus veces.
2. TOTAL BULTOS
Indique la cantidad total y clase de bultos que ampara el conocimiento de
embarque o documento que haga sus veces.
3. TOTAL FLETE
Indique el valor total del flete de las mercancías que ampara el conocimiento de
embarque o documento que haga sus veces.
4. CÓDIGO DESPACHADOR
Indique el código del despachador que interviene en la operación, según Anexo Nº
51.
5. Nº DESPACHO
Indique el número interno, asignado por el despachador a la operación.
6. BULTOS
Indique la cantidad y clase de bultos correspondientes al despacho.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 50 -
7. FLETE
Indique el valor del flete, correspondiente al despacho.
8. SALDOS
8.1 Bultos
Indique el monto resultante de restar al saldo cantidad de bultos, la cantidad de
bultos utilizada en el despacho e indique su clase.
8.2 Flete
Indique el monto resultante de restar al saldo flete, el valor del flete utilizado en el
despacho.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 51 -
EJEMPLO DE FORMULARIO DE FACTURA COMERCIAL
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 52 -
FACTURA COMERCIAL
Es el documento en el que el exportador fija la descripción y el importe de las
mercaderías despachadas. En algunos casos es intervenida en el extranjero por la
autoridad del país importador, convirtiéndose en lo que en la documentación
internacional se denomina Factura Comercial Visada.
En general incluye la siguiente información:
1. Nombre, dirección y teléfono del Exportador.
2. Nombre, dirección y teléfono del Importador.
3. Fecha y lugar de emisión.
4. Cantidad y descripción técnica de la mercadería.
5. Precio unitario. Precio total. Moneda de venta.
6. Condiciones de venta según Incoterm acordado (por ej. FOB, CyF, etc.)
7. Plazo y forma de pago. (por ej. Carta de Crédito)
8. Peso bruto, peso neto.
9. Cantidad y tipo de bultos en los que se ha distribuido la mercadería
10. Medio de transporte
11. Firma del exportador.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 53 -
EJEMPLO FORMULARIO CERTIFICADO DE ORIGEN
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 54 -
CERTIFICADO DE ORIGEN
Este documento certifica el origen y la procedencia de las mercaderías de
exportación. Se utilizan en el país importador a los efectos de la aplicación de los
tributos aduaneros conforme al origen, ya que puede requerirse para obtener un
trato arancelario preferencial conforme a acuerdos de libre comercio que gocen las
naciones, ya que según los acuerdos bilaterales o multilaterales que haya firmado
cada país, los aranceles pueden variar según el origen nacional de los productos.
El certificado de origen facilita la identificación del producto que se va a exportar
con el lugar de procedencia, también indirectamente es una forma de
promocionarse en el extranjero como productos originarios de la
nación contribuyendo a que estos productos que ingresan con este certificado
sean reconocidos como productos bandera de sus naciones. El mismo sirve para
acreditar el origen o procedencia de las mercancías, basadas en las normas de
origen en cumplimiento de los requisitos.
Si bien cada país beneficiario determina el organismo autorizado para
emitirlo, generalmente son designadas las Cámaras de Comercio, Cámaras
Binacionales o Cámaras de Exportadores.
Se emite en Original y 2 copias y no puede tener enmiendas ni raspaduras. Su
plazo de validez es de 180 días desde que es emitido y no puede tener fecha
anterior a la de la emisión de la factura comercial que ampara el embarque.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 55 -
INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL CERTIFICADO DE
ORIGEN
Para efectos de obtener un tratamiento arancelario preferencial, este documento
debe ser llenado en forma legible y Debe ser emitido por la autoridad competente
o entidades habilitadas. Llenar a máquina o con letra de imprenta o molde.
Número de Certificado: Llenar con el número de serie del certificado de origen.
Corresponde a un número de serie que La autoridad competente o entidades
habilitadas asignan a los certificados de origen que emiten.
País Exportador: Indique el nombre del país desde donde se exportan las
mercancías
País Importador: Indique el nombre del país importador
Campo 1: Indique el nombre legal completo, la dirección (incluyendo ciudad y
país) y el número de registro fiscal del exportador. El número de registro fiscal
será: en Chile, el Rol Único Tributario (RUT) y en Ecuador Registro Único de
Contribuyentes (RUC).Campo 2: Indique el nombre legal completo, la dirección
(incluyendo ciudad y país) y el número de registro fiscal del importador. El número
de registro fiscal será: en Chile, el Rol Único Tributario (RUT) y en Ecuador
Registro Único de Contribuyentes (RUC). Si se desconoce el importador, señale
“DESCONOCIDO”. Campo 3: Proporcione una descripción completa de cada
mercancía. La descripción deberá ser los eficientemente detallada para
relacionarla con la descripción de la mercancía contenida en la factura y en el
sistema Naladisa.
Campo 4: Para cada mercancía descrita en el Campo 3, identifique los ocho
dígitos correspondientes en el sistema Naladisa.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 56 -
Campo 5: Para cada mercancía descrita en el Campo 3, indique qué criterio (a, b,
c) es aplicable. Las reglas de origen se encuentran en el Capítulo 4 y Anexo 4.1
de este Acuerdo.
Criterio Preferencial
(a) la mercancía sea obtenida en su totalidad o producida enteramente en el
territorio de una u otra Parte, según la Definición del Artículo 4.26
(b) la mercancía sea producida en el territorio de una u otra Parte, a partir
exclusivamente de materiales que Califican como originarios conforme a las
disposiciones de este Capítulo
(c) la mercancía sea producida en el territorio de una u otra Parte, a partir de
materiales no originarios que resulten De un proceso de producción o
transformación confiriendo una nueva individualidad caracterizada por un cambio
de clasificación arancelaria, un valor de contenido regional u otros requisitos
según se especifica en el Anexo 4.1 de este Acuerdo.
Campo 6: Indique el número y fecha de la factura comercial.
Campo 7: Indique el peso bruto en kilogramos (kg.) u otras unidades de medida
como volumen o número de productos que indiquen cantidades exactas.
Campo 8: Indique cualquier información referente a la comprobación de origen de
las mercancías. En caso de facturación por un operador de un país no Parte
indique la leyenda “Operación facturada por un operador de un país no Parte”.
Campo 9: A ser llenado por el exportador.
Campo 10: A ser llenado por la autoridad competente o entidad habilitada. La
fecha deberá ser aquella en la cual el certificado de origen fue llenado por la
autoridad competente o entidad habilitada.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 57 -
EJEMPLO DE FORMULARIO DE LISTA DE EMPAQUE
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 58 -
LISTA DE EMPAQUE
Es un documento que proporciona los datos sobre la forma de embalaje de las
mercancías, el contenido detallado por bultos, peso neto y bruto, y dimensiones de
la mercancía a ser exportada.
La lista de empaque guarda estrecha relación con la factura comercial y el
conocimiento de embarque, normalmente estos documentos acompañan a la
misma en todo momento. El pesaje neto aquí establecido deberá coincidir con lo
indicado en la factura y su peso bruto con el referenciado en el documento de
transporte.
Entre los principales datos que figuran en la lista se encuentran: datos del
exportador, datos del importador, marcas y números de bultos, lugar y fecha de
emisión, modo de embarque, cantidad de bultos y descripción de la mercadería,
total de los pesos brutos y netos, tipo de embalaje, firma y sello del exportador.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 59 -
EJEMPLO DE SOLICITUD CARTA DE CRÉDITO DE IMPORTACIÓN
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 60 -
INSTRUCCIÓN DE LLENADO CARTA DE CRÉDITO DE
IMPORTACIÓN
1) Lugar : país de exportador
 Fecha de vencimiento : 90 apertura
2) Vía de trasmisión: actualmente trasmite vía Swift.
3) Embarques parciales :
 Permitido: cuando la negoción contempla envíos parciales
Fraccionados de las mercancías
 No permitido : cuando se establece un solo embarque
Transbordos
a) Permitidos : cuando se cambia el transporte el itinerario fijado
Ej. Trasporte marítimos a terrestre
4) Lugar de recepción carga
 Donde el exportador recibe la mercancía
5) Puerto de embarque o aeropuerto de salida
 Lugar donde se carga la mercancía
6) puerto de descarga o aeropuerto de salida
7) Lugar de destino final o entrega
 Lugar donde se entrega la mercancía
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 61 -
8) Nombre completo importador
 Dirección
 País
 Ciudad
 Teléfonos
9) Beneficiarios
Nombre completo del exportador
Dirección - teléfono
Ciudad
País
10) Importe: moneda de importe o total de moneda del importe del
crédito ej. $ el total en pesos de una importación
11) Crédito utilizable con :
 Confirmado: cuando hay confirmación al banco
 No confirmado : cuando no existe confirmación
Por:
a. Pago cuando es a la vista
b. Aceptación: cuando la letra es aceptada a 30, 60, 90,120 etc…
días del embarque pago del crédito en el exterior.
c. Negociación : cuando los documentos se pueden negociar
libremente con cualquier banco en el exterior o el mencionado por el
exportador posteriormente se fija fecha de pago
12) Factura comercial 3 ejemplares cubriendo un detalle de la
Mercancía de manera resumida.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 62 -
13) Cotización : se coloca cotización negociada
 FOB
 CIF
 C &F
14) Documento de embarque : documento según trasporte de
Mercancías.
15) Originales : 3 ejemplares para el embarcador de guía aérea
16) Consignado a la orden de
 Nombre de la empresa solicitante de la carta de crédito
O importador y marcado notificación a banco continental S.A.
17) Indicado : pago de flete
18) Contemplación de seguros
 Presentación de póliza por el 110% del valor de la
Mercancía que figuran en la factura.
19) Certificado de origen : ejemplares necesarios que necesite la
Empresa para su despacho o exigidas en tal efecto.
20) Documentos remitidos al banco vía :
 Currier.
 Correo certificado.
21) Gastos bancarios son por cuenta del
 Ordenante (importador)
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 63 -
 Beneficiario (exportador)
Esto pudiendo ser definido en la negociación.
22) Fecha de presentación de documentos
21 días máximos dentro de la validez del crédito.
23) Forma de pago local :
 Pago anticipado: cuando la carta de crédito es pre pagado es
Abonada en el monto de su emisión
 Pago contra documentos: cuando recibe los documentos
Enviados por el corresponsal
 Pago a la vista: cuando se recibe un viso de negociación del
banco Corresponsal
24) Aquí debe expresarse si el importador desea la financiación local
Una vez abonado el crédito al exterior.
De igual manera deberá avisarse a través de algún banco especial.
Información adicional de cualquier tipo.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 64 -
EJEMPLO DE CERTIFICADO DE DESTINACIÓN ADUANERA PARA
PRODUCTOS AGROPECUARIOS SAG
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 65 -
INSTRUCCIONES DE LLENADO DEL CERTIFICADO DE
DESTINACIÓN ADUANERA PARA PRODUCTOS
AGROPECUARIOS SAG
1) Recepción a tramitación
 Día
 Mes
 Año
 Hora
De tramitación, nombre y firma de funcionario SAG.
2) Puerto donde es presentado este documento
 Terrestre
 Marítimo
 Aéreo
3) Persona que presenta el documento
4) Rut
5) Certificado
 Numero
 Fecha
 Nombre y firma autorizada
6) Nombre de importador - interesado o consignatario
7) Rut - dirección
8) País de origen
9) Conocimiento de embarque
 Numero guía aérea
 Numero de manifiesto
10) Descripción de mercaderías
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 66 -
 10-1 identificaciones de bultos
 10-2 cantidad y clase de bultos
 10-3 producto :
 Peso
 Peso bruto
 Valor CIF. Us $
11) Solicitud de inspección
 Tramite anticipado
 Trámite normal
12) Nombre y firma de quien presenta el documento
13) Lugar deposito propuesto
 Región
 Sector
 Comuna
 Ciudad
 Calle
 N° calle
14) Reservado SAG. - Condiciones y ruta de transporte.
 14-1 rutas
 14-2 tipos de vehículo y condiciones
 14-3 observaciones
15) Observaciones
Importante
Al arribo de mercancías avisar al SAG con ejemplares solicitados según
normativa vigente
Atendiendo a las sanciones según legislación en caso contrario.
Certificado de destinación aduanera para productos agropecuarios SAG.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 67 -
FORMULARIO DE INSPECCIÓN DE MERCANCÍA ADUANERA DE
IMPORTACIÓN
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 68 -
LLENADO DE INFORME DE INSPECCIONES SAG Y
AUTORIZACIONES
1) Certificado de inspección
 Numero de documento
 Número de folio
2) Oficina que inspecciona la mercancía
 Nombre importador
 Dirección
3) Informe de mercancía
 Numero de esta
 Folio
 Firma y timbre de quien recibe la mercancía
4) Rut de quien recepcionista
Orden a inspeccionar
5) Aviso de llegada de mercancía
 Día
 Mes
 Año
 Hora de arribo
6) Datos de embarque
 Día
 Mes
 Año
 Hora de salida
 Hora de embarque
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 69 -
7) Diagnostico foto y/ o sanitario
7-1 efectuadas las inspecciones de las mercancías su embalaje y medidas
de acondicionamiento, conforme a las disposiciones legales vigente el
inspector que recibe dispone lo siguiente
8) En esta etapa del documento el inspector puede disponer de las
siguientes acciones:
 Desinfección
 Industrialización
 Fumigación
 Análisis de laboratorio - fecha de esta
 Documentos pendientes
La autorización de entrada puede quedar de manera:
 Definitiva
 Rechazo definitivo
 Cuarentena post entrada
Esto quedara sujeto al análisis de mercancías a las disipaciones legales vigentes y
los riesgos que conlleve la entrada de la mercancía al país
9) Observaciones
Todos los cometarios que el inspector pueda incluir con referencia a la mercancía
y tramitación de esta en referencia al SAG
10) Documento - numero.
 Día.
 Hora.
 Año.
 Validar.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 70 -
 Logo aduana.
 Timbre del SAG.
 Fecha de recepción de factura.
 Nombre y firma de personal autorizado.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 71 -
EJEMPLO DE FORMULARIO DE FACTURA PRO FORMA
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 72 -
FACTURA PRO FORMA
Generalmente se utilizan hojas con membrete para confeccionarla.
No debe cumplir con ningún tipo de formalidad establecida por la AFIP.
La descripción debe ser lo más detallada posible.
Incluye valor de la operación, moneda, incoterm, lugar y forma de pago, plazo de
entrega, etc.
Un ejemplo de confección puede ser el siguiente:
Nombre, dirección y teléfono del Exportador Factura Pro Forma N°
Datos del Importador
Fecha y lugar de emisión
Cantidad y descripción de la mercadería Precio unitario Precio total
Condiciones de entrega, plazo y forma de pago, incluyendo el Incoterm.
Plazo de validez.
Firma del exportador.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 73 -
EJEMPLO DE FORMULARIO DE PÓLIZA DE SEGUROS DE
CAUCIÓN PARA GARANTIZAR OPERACIONES ADUANERAS
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 74 -
PÓLIZA DE SEGUROS DE CAUCIÓN PARA GARANTIZAR
OPERACIONES ADUANERAS
Se deberá presentar garantía ante el Servicio Nacional de Aduanas, la que
cosnitirá en Póliza de Seguro o Boleta Bancaria, ambas vigentes por un año, de
tipo global y renovable anualmente por el mismo período, por el monto que
determine la Dirección Nacional de Aduanas de acuerdo al patrimonio y
movimiento que se estima efectuará el Agente de Carga o Transitario. Esta
garantía asegurará el pago de multas y de todo cargo que pudiere resultar en su
contra, con motivo del ejercicio de su actividad ante la Aduana.
En el caso de constituir la garantía a través de una Póliza de Seguro, ésta deberá
incluir expresamente la cláusula de renuncia del asegurador a su derecho de
poner término al contrato de seguro por falta de pago de las primas convenidas
por el riesgo. La mencionada cláusula no será exigida en caso que se presente
una Póliza de Seguros cuya prima total haya sido pagada íntegramente.
La caución podrá ser modificada posteriormente si se advierte un incremento
importante en el número de operaciones que efectúe el Agente de Carga o
Transitario. En todo caso, el monto de la caución citada no podrá ser inferior a 20
UTA para los Transitarios o freight forwarder o a 10 UTA para los Agentes de
Carga, ni superior a 90 UTA en ambos casos, considerando para ello, el
patrimonio de la empresa y la cantidad prevista de operaciones que realizará,
conforme a los rangos establecidos para ello en la Resolución N° 2603, de fecha
19.07.2002.
Una vez presentada dicha garantía, quedará depositada en la Subdirección
Administrativa de la Dirección Nacional de Aduanas para su custodia.
Dictada la Resolución de Autorización y Registro, el Agente de Carga o Transitario
quedará habilitado para iniciar sus operaciones. Para tal efecto, el Departamento
de Fiscalización de Agentes Especiales de la Subdirección de Fiscalización
incorporará la información correspondiente en el registro, así como en la página
web del Servicio.
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 75 -
BIBLIOGRAFÍA
www.corpbanca.cl
www.corpbanca.cl/storage/comex_SolicitudCartaCredito.pdf
www.corpbanca.cl/storage/SolicitudCartadeCreditoDomestica.pdf
www.sag.cl
http://www.sag.cl/OpenDocs/asp/pagDefault.asp?boton=&argInstanciaId=50&argC
arpetaId=241&argTreeNodosAbiertos=&argTreeNodoActual=241&argTreeNodoSel
=241&argRegistroId=4088
http://www.sag.cl/OpenDocs/asp/pagDefault.asp?boton=Doc51&argInstanciaId=51
&argCarpetaId=&argTreeNodosAbiertos=&argTreeNodoSel=&argTreeNodoActual
http://www.sag.cl/OpenDocs/asp/pagDefault.asp?boton=&argInstanciaId=50&argC
arpetaId=241&argTreeNodosAbiertos=&argTreeNodoActual=241&argTreeNodoSel
=241&argRegistroId=4085
www.copemex.com
http://www.copemex.com/documentacion.htm
www.infonegocio.com
www.infonegocio.com/camaradechile/.../procedimiento%20EXP.htm
www.accounts.google.com
http://serviciodetransportedemercanciagrupo2.blogspot.com/2011/06/tema-n-4-
documentos-y-normas-juridicas.html
www.purochile.com
http://www.purochile.com/mostrardetalle.php?full=1&table=articulos&id=128
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS”
Página - 76 -
www.aduana.cl/
http://normativa.aduana.cl/prontus_normativa/site/artic/20070215/pags/200702151
51856.html
http://normativa.aduana.cl/prontus_normativa/site/artic/20070216/pags/200702161
35454.html
http://normativa.aduana.cl/prontus_normativa/site/artic/20070216/pags/200702161
80251.html
http://normativa.aduana.cl/prontus_normativa/site/artic/20070220/pags/200702201
02819.html
exportpampa.gov.ar
http://exportpampa.gov.ar/comexterior/documentos.php
CONCLUSIÓN
La gran facilidad que existe hoy y rapidez con que cada uno de estos documentos
puede ser adquiridos llenados y enviados , es la manera más simple de realizar un
negocio y dar a una empresa un plus distinto en cuanto a materia de
industrialización a través de la adquisición de productos que significativamente
podrían ser una manera de minimizar costos importantes sobre todo si la empresa
recién comienza , pero hay que tener en cuenta siempre que la intervención de un
banco , un ministro de fe y un agente aduanero podrían evitarnos futuras
complicaciones y riesgos de nuestras inversiones.

Contenu connexe

Tendances

Diapositivas Incoterms PinkyDuff
Diapositivas Incoterms PinkyDuffDiapositivas Incoterms PinkyDuff
Diapositivas Incoterms PinkyDuff
PinkyDuff
 
Dian procesos aduaneros importacion y exportacion
Dian procesos aduaneros importacion y exportacionDian procesos aduaneros importacion y exportacion
Dian procesos aduaneros importacion y exportacion
LUISA147
 
Importacion y exportacion
Importacion y exportacionImportacion y exportacion
Importacion y exportacion
lola1012
 
ejercicios-de-todos-los-metodos-de-valoracion.pdf
ejercicios-de-todos-los-metodos-de-valoracion.pdfejercicios-de-todos-los-metodos-de-valoracion.pdf
ejercicios-de-todos-los-metodos-de-valoracion.pdf
Julissa Espín Lumbano
 
Diapositvas importacion
Diapositvas importacionDiapositvas importacion
Diapositvas importacion
oscarreyesnova
 
Incoterms 2020
Incoterms 2020Incoterms 2020

Tendances (20)

CERTIFICADO DE ORIGEN
CERTIFICADO DE ORIGEN CERTIFICADO DE ORIGEN
CERTIFICADO DE ORIGEN
 
Ejemplo reimportación
Ejemplo reimportaciónEjemplo reimportación
Ejemplo reimportación
 
Diapositivas Incoterms PinkyDuff
Diapositivas Incoterms PinkyDuffDiapositivas Incoterms PinkyDuff
Diapositivas Incoterms PinkyDuff
 
Dian procesos aduaneros importacion y exportacion
Dian procesos aduaneros importacion y exportacionDian procesos aduaneros importacion y exportacion
Dian procesos aduaneros importacion y exportacion
 
Cartilla Declaracion de Exportacion_600_Colombia
Cartilla Declaracion de Exportacion_600_ColombiaCartilla Declaracion de Exportacion_600_Colombia
Cartilla Declaracion de Exportacion_600_Colombia
 
Importaciones
ImportacionesImportaciones
Importaciones
 
Incoterms
IncotermsIncoterms
Incoterms
 
Importacion y exportacion
Importacion y exportacionImportacion y exportacion
Importacion y exportacion
 
Certificado de origen presentacion
Certificado de origen presentacionCertificado de origen presentacion
Certificado de origen presentacion
 
Pedro Espino recomienda:Drawback
Pedro Espino recomienda:DrawbackPedro Espino recomienda:Drawback
Pedro Espino recomienda:Drawback
 
Importacion transformacion y ensamble
Importacion transformacion y ensambleImportacion transformacion y ensamble
Importacion transformacion y ensamble
 
Incoterms
IncotermsIncoterms
Incoterms
 
Dip regimen de importacion
Dip regimen de importacionDip regimen de importacion
Dip regimen de importacion
 
Incoterms
IncotermsIncoterms
Incoterms
 
Aduanas
AduanasAduanas
Aduanas
 
ejercicios-de-todos-los-metodos-de-valoracion.pdf
ejercicios-de-todos-los-metodos-de-valoracion.pdfejercicios-de-todos-los-metodos-de-valoracion.pdf
ejercicios-de-todos-los-metodos-de-valoracion.pdf
 
Diapositvas importacion
Diapositvas importacionDiapositvas importacion
Diapositvas importacion
 
Incoterms 2020
Incoterms 2020Incoterms 2020
Incoterms 2020
 
Régimen aduanero
Régimen aduaneroRégimen aduanero
Régimen aduanero
 
Unidad 2. Estructura del sistema aduanero mexicano
Unidad 2. Estructura del sistema aduanero mexicanoUnidad 2. Estructura del sistema aduanero mexicano
Unidad 2. Estructura del sistema aduanero mexicano
 

En vedette

5.0 bibt sa de cv costos
5.0 bibt sa de cv costos5.0 bibt sa de cv costos
5.0 bibt sa de cv costos
IPN-ESCA
 
Facturas richard pastor_jara
Facturas richard pastor_jaraFacturas richard pastor_jara
Facturas richard pastor_jara
Thinn Pastor Jara
 
Revalora 2010 seguro c exportacion - adex
Revalora 2010   seguro c exportacion - adexRevalora 2010   seguro c exportacion - adex
Revalora 2010 seguro c exportacion - adex
Daniel Alomía Desmé
 
Transportista aduanero josé luis y magally
Transportista aduanero   josé luis y magallyTransportista aduanero   josé luis y magally
Transportista aduanero josé luis y magally
Fede1963
 
Factura comercial gacisa
Factura comercial gacisaFactura comercial gacisa
Factura comercial gacisa
gaci2014
 

En vedette (20)

Factura comercial
Factura comercialFactura comercial
Factura comercial
 
Investigación de mercados internacionales
Investigación de mercados internacionalesInvestigación de mercados internacionales
Investigación de mercados internacionales
 
5.0 bibt sa de cv costos
5.0 bibt sa de cv costos5.0 bibt sa de cv costos
5.0 bibt sa de cv costos
 
03. solicitud seguro médico rimac
03. solicitud seguro médico rimac03. solicitud seguro médico rimac
03. solicitud seguro médico rimac
 
Mejoras de Procesos de pedidos de Degremont
Mejoras de Procesos de pedidos de DegremontMejoras de Procesos de pedidos de Degremont
Mejoras de Procesos de pedidos de Degremont
 
Incoterms 20120
Incoterms 20120Incoterms 20120
Incoterms 20120
 
DUA
DUADUA
DUA
 
Facturas richard pastor_jara
Facturas richard pastor_jaraFacturas richard pastor_jara
Facturas richard pastor_jara
 
Aduanero
AduaneroAduanero
Aduanero
 
INCOTERMS
INCOTERMSINCOTERMS
INCOTERMS
 
portal aduana chile
portal aduana chileportal aduana chile
portal aduana chile
 
Derecho mercantil i ii-iii pc
Derecho mercantil i ii-iii pcDerecho mercantil i ii-iii pc
Derecho mercantil i ii-iii pc
 
Revalora 2010 seguro c exportacion - adex
Revalora 2010   seguro c exportacion - adexRevalora 2010   seguro c exportacion - adex
Revalora 2010 seguro c exportacion - adex
 
Embarque
EmbarqueEmbarque
Embarque
 
Peru exporta 3
Peru exporta 3Peru exporta 3
Peru exporta 3
 
Transportista aduanero josé luis y magally
Transportista aduanero   josé luis y magallyTransportista aduanero   josé luis y magally
Transportista aduanero josé luis y magally
 
Exportacion chile a china
Exportacion chile a chinaExportacion chile a china
Exportacion chile a china
 
Introducción a gestión de procesos aduaneros
Introducción a gestión de procesos aduanerosIntroducción a gestión de procesos aduaneros
Introducción a gestión de procesos aduaneros
 
Factura comercial gacisa
Factura comercial gacisaFactura comercial gacisa
Factura comercial gacisa
 
Factura comercial
Factura comercialFactura comercial
Factura comercial
 

Similaire à documentos aduaneros villanueva- hernández

Control y salida de mercancías
Control y salida de mercancíasControl y salida de mercancías
Control y salida de mercancías
Cindylmj
 
Transito aduanero
Transito aduaneroTransito aduanero
Transito aduanero
luiscmp
 
Estatutoaduanero2685 (1)
Estatutoaduanero2685 (1)Estatutoaduanero2685 (1)
Estatutoaduanero2685 (1)
ANDREACOCUY
 
Decreto 2685 de 1999 (1)
Decreto 2685 de 1999 (1)Decreto 2685 de 1999 (1)
Decreto 2685 de 1999 (1)
ruddy107
 
Decreto 2685 de 1999 (1)
Decreto 2685 de 1999 (1)Decreto 2685 de 1999 (1)
Decreto 2685 de 1999 (1)
ruddy107
 
Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdf
Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdfPresentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdf
Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdf
CamiloCardenas73
 
Glosario de términos en materia aduanera
Glosario de términos en materia aduaneraGlosario de términos en materia aduanera
Glosario de términos en materia aduanera
Manuel Bedoya D
 
Ley gral de aduanas d. legislativo 1053
Ley gral de aduanas d. legislativo 1053Ley gral de aduanas d. legislativo 1053
Ley gral de aduanas d. legislativo 1053
Jesus Fnx
 
4.6 glosario aduanas
4.6 glosario aduanas4.6 glosario aduanas
4.6 glosario aduanas
XSOLILIANA
 

Similaire à documentos aduaneros villanueva- hernández (20)

Control y salida de mercancías
Control y salida de mercancíasControl y salida de mercancías
Control y salida de mercancías
 
Actividad 1-3.pdf
Actividad 1-3.pdfActividad 1-3.pdf
Actividad 1-3.pdf
 
Regimen aduanero
Regimen aduaneroRegimen aduanero
Regimen aduanero
 
Anexo 3 y_4 terminos auaneros
Anexo 3 y_4 terminos auanerosAnexo 3 y_4 terminos auaneros
Anexo 3 y_4 terminos auaneros
 
Transito aduanero
Transito aduaneroTransito aduanero
Transito aduanero
 
Estatutoaduanero2685 (1)
Estatutoaduanero2685 (1)Estatutoaduanero2685 (1)
Estatutoaduanero2685 (1)
 
Ley de aduanas
Ley de aduanasLey de aduanas
Ley de aduanas
 
Lectura operdores de comercio exteriror
Lectura   operdores de comercio exterirorLectura   operdores de comercio exteriror
Lectura operdores de comercio exteriror
 
Decreto 2685 de 1999 (1)
Decreto 2685 de 1999 (1)Decreto 2685 de 1999 (1)
Decreto 2685 de 1999 (1)
 
Decreto 2685 de 1999 (1)
Decreto 2685 de 1999 (1)Decreto 2685 de 1999 (1)
Decreto 2685 de 1999 (1)
 
Este_Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdf
Este_Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdfEste_Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdf
Este_Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdf
 
Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdf
Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdfPresentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdf
Presentación DIAN Decreto 1165 y Resolución 046 2019.pdf
 
Estatuto aduanero de colombia
Estatuto aduanero de colombiaEstatuto aduanero de colombia
Estatuto aduanero de colombia
 
Mapa conceptual de TRANSPORTACIÓN Y RÉGIMEN ADUANERO
Mapa conceptual de TRANSPORTACIÓN Y RÉGIMEN ADUANEROMapa conceptual de TRANSPORTACIÓN Y RÉGIMEN ADUANERO
Mapa conceptual de TRANSPORTACIÓN Y RÉGIMEN ADUANERO
 
Glosario de términos en materia aduanera
Glosario de términos en materia aduaneraGlosario de términos en materia aduanera
Glosario de términos en materia aduanera
 
Ley gral de aduanas d. legislativo 1053
Ley gral de aduanas d. legislativo 1053Ley gral de aduanas d. legislativo 1053
Ley gral de aduanas d. legislativo 1053
 
Unidad 3 presentacion control de aduana en el despacho
Unidad 3  presentacion control de aduana en el despachoUnidad 3  presentacion control de aduana en el despacho
Unidad 3 presentacion control de aduana en el despacho
 
4.6 glosario aduanas
4.6 glosario aduanas4.6 glosario aduanas
4.6 glosario aduanas
 
Glosario aduanas
Glosario aduanasGlosario aduanas
Glosario aduanas
 
Transito aduanero
Transito aduaneroTransito aduanero
Transito aduanero
 

Plus de Jocelyn Leposte

Plus de Jocelyn Leposte (13)

Actividad 2 medio clase 2
Actividad 2 medio clase 2Actividad 2 medio clase 2
Actividad 2 medio clase 2
 
287112 15 gu0b_gdor_paisajesnaturalesdeartistaschilenosdelpasado
287112 15 gu0b_gdor_paisajesnaturalesdeartistaschilenosdelpasado287112 15 gu0b_gdor_paisajesnaturalesdeartistaschilenosdelpasado
287112 15 gu0b_gdor_paisajesnaturalesdeartistaschilenosdelpasado
 
Carta al planeta
Carta al planeta Carta al planeta
Carta al planeta
 
Guia de aprendizaje continuo tecnologia
Guia de aprendizaje continuo tecnologia Guia de aprendizaje continuo tecnologia
Guia de aprendizaje continuo tecnologia
 
Actividad 2 medio clase 2
Actividad 2 medio clase 2Actividad 2 medio clase 2
Actividad 2 medio clase 2
 
40 exquisitos bocadillos
40 exquisitos bocadillos40 exquisitos bocadillos
40 exquisitos bocadillos
 
Caso estudio de (caso –problema decisión )
Caso estudio de (caso –problema decisión )Caso estudio de (caso –problema decisión )
Caso estudio de (caso –problema decisión )
 
Caso estudio de (caso –problema decisión )
Caso estudio de (caso –problema decisión )Caso estudio de (caso –problema decisión )
Caso estudio de (caso –problema decisión )
 
Modulo gestion pequena_y_mediana_empresa
Modulo gestion pequena_y_mediana_empresaModulo gestion pequena_y_mediana_empresa
Modulo gestion pequena_y_mediana_empresa
 
Formalizacion comercial de una empresa
Formalizacion comercial de una empresaFormalizacion comercial de una empresa
Formalizacion comercial de una empresa
 
Administración de recursos humanos (arh)
Administración de recursos humanos (arh)Administración de recursos humanos (arh)
Administración de recursos humanos (arh)
 
Factores que influyen en la búsqueda de nuestra vocación 2do medio
Factores que influyen en la búsqueda de nuestra vocación 2do medioFactores que influyen en la búsqueda de nuestra vocación 2do medio
Factores que influyen en la búsqueda de nuestra vocación 2do medio
 
Love me two times
Love me two timesLove me two times
Love me two times
 

Dernier

3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
Evafabi
 
Comparativo DS 024-2016-EM vs DS 023-2017-EM - 21.08.17 (1).pdf
Comparativo DS 024-2016-EM vs DS 023-2017-EM - 21.08.17 (1).pdfComparativo DS 024-2016-EM vs DS 023-2017-EM - 21.08.17 (1).pdf
Comparativo DS 024-2016-EM vs DS 023-2017-EM - 21.08.17 (1).pdf
AJYSCORP
 
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
MIGUELANGELLEGUIAGUZ
 
CARPETA PEDAGOGICA 2024 ARITA.sadasdasddocx
CARPETA PEDAGOGICA 2024 ARITA.sadasdasddocxCARPETA PEDAGOGICA 2024 ARITA.sadasdasddocx
CARPETA PEDAGOGICA 2024 ARITA.sadasdasddocx
WILIANREATEGUI
 

Dernier (20)

Presentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdf
Presentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdfPresentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdf
Presentacion encuentra tu creatividad papel azul.pdf
 
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la RentaAnalisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
 
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
3ro - Semana 1 (EDA 2) 2023 (3).ppt. edx
 
Comparativo DS 024-2016-EM vs DS 023-2017-EM - 21.08.17 (1).pdf
Comparativo DS 024-2016-EM vs DS 023-2017-EM - 21.08.17 (1).pdfComparativo DS 024-2016-EM vs DS 023-2017-EM - 21.08.17 (1).pdf
Comparativo DS 024-2016-EM vs DS 023-2017-EM - 21.08.17 (1).pdf
 
Las sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedades
Las sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedadesLas sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedades
Las sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedades
 
2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx
2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx
2 Tipo Sociedad comandita por acciones.pptx
 
Distribuciones de frecuencia cuarto semestre
Distribuciones de frecuencia cuarto semestreDistribuciones de frecuencia cuarto semestre
Distribuciones de frecuencia cuarto semestre
 
2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...
2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...
2024 - 04 PPT Directiva para la formalizacion, sustento y registro del gasto ...
 
Fabricación de Cremas en Industria Farmacéutica
Fabricación de Cremas en Industria FarmacéuticaFabricación de Cremas en Industria Farmacéutica
Fabricación de Cremas en Industria Farmacéutica
 
EL REFERENDO para una exposición de sociales
EL REFERENDO para una exposición de socialesEL REFERENDO para una exposición de sociales
EL REFERENDO para una exposición de sociales
 
Maria_diaz.pptx mapa conceptual gerencia industral
Maria_diaz.pptx mapa conceptual   gerencia industralMaria_diaz.pptx mapa conceptual   gerencia industral
Maria_diaz.pptx mapa conceptual gerencia industral
 
DECRETO-2535-DE-1993-pdf.pdf VIGILANCIA PRIVADA
DECRETO-2535-DE-1993-pdf.pdf VIGILANCIA PRIVADADECRETO-2535-DE-1993-pdf.pdf VIGILANCIA PRIVADA
DECRETO-2535-DE-1993-pdf.pdf VIGILANCIA PRIVADA
 
____ABC de las constelaciones con enfoque centrado en soluciones - Gabriel de...
____ABC de las constelaciones con enfoque centrado en soluciones - Gabriel de...____ABC de las constelaciones con enfoque centrado en soluciones - Gabriel de...
____ABC de las constelaciones con enfoque centrado en soluciones - Gabriel de...
 
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
 
CARPETA PEDAGOGICA 2024 ARITA.sadasdasddocx
CARPETA PEDAGOGICA 2024 ARITA.sadasdasddocxCARPETA PEDAGOGICA 2024 ARITA.sadasdasddocx
CARPETA PEDAGOGICA 2024 ARITA.sadasdasddocx
 
Manual de Imagen Personal y uso de uniformes
Manual de Imagen Personal y uso de uniformesManual de Imagen Personal y uso de uniformes
Manual de Imagen Personal y uso de uniformes
 
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ al 25082023.pdf
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ al 25082023.pdfCONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ al 25082023.pdf
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ al 25082023.pdf
 
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBREDISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
 
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptxSostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
 
mapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdf
mapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdfmapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdf
mapa-conceptual-evidencias-de-auditoria_compress.pdf
 

documentos aduaneros villanueva- hernández

  • 1. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR Elaborado por: Gabriela Villanueva Soares Jocelyn Hernández Profesora: Carolina Gianotti Fecha: 28-11-2011 DOCUMENTOS ADUANEROS
  • 2. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 2 - INTRODUCCIÓN Los Trámites de Importación y Exportación abren las puertas a negocios más allá de las fronteras, los formularios con los cuales iniciaran estos trámites, si bien pueden ser modificados por la legislación vigente de cada país son una clave esencial para entrar a este mundo de envíos y extracción de productos de todo el mundo, con una gama de acuerdos de países que nos facilitan las vías de acceso en cuanto a costos, beneficios a grandes y pequeños empresarios. Este documento muestra cada uno de los formularios, conceptos y sus instrucciones llenado. DEFINICIONES: ADUANA: Servicio público encargado de vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las costas, fronteras y aeropuertos de la República, de intervenir en el tráfico internacional para los efectos de la recaudación de los impuestos a la importación, exportación y otros que determinen las leyes, y de generar las estadísticas de ese tráfico por las fronteras, sin perjuicio de las demás funciones que le encomienden las leyes. AFORO: Operación única que consiste en practicar en una misma actuación el examen físico y la revisión documental, de tal manera que se compruebe la clasificación de las mercancías, su evaluación, la determinación de su origen cuando proceda, y los demás datos necesarios para fines de tributación y fiscalización aduanera. AGENTE DE ADUANA: Profesional auxiliar de la función pública aduanera, cuya licencia lo habilita ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestor en el despacho de mercancías.
  • 3. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 3 - CARTA DE PORTE: Documento que las partes en un contrato de transporte otorgan, para acreditar la existencia y condiciones del contrato, y la entrega de las mercaderías al porteador. CERTIFICADO DE ORIGEN: Documento que sirve para acreditar el origen de las mercancías, para efectos preferenciales arancelarios, no preferenciales, aplicación de cupos y para cualquier otra medida que la ley establezca. CONOCIMIENTO DE EMBARQUE: Documento que prueba la existencia de un contrato de transporte marítimo, y acredita que el transportador ha tomado a su cargo o ha cargado las mercancías y se ha obligado a entregarlas contra la presentación de ese documento a una persona determinada, a su orden o al portador. DEPÓSITO ADUANERO: Lugar habilitado por la ley o por el Servicio donde se almacenan mercancías bajo su potestad hasta el momento del retiro para su importación, exportación u otra destinación aduanera, con exclusión de los almacenes particulares. EMPRESAS DE ENVÍOS DE ENTREGA RÁPIDA: Denominadas normalmente empresas de correo rápido, Courier o de transportes expresos, son aquellas personas naturales o jurídicas, legalmente establecidas en el país, cuyo giro o actividad principal es la prestación de los servicios a terceros, para la expedita recolección, transporte, entrega, localización y mantenimiento del control de los documentos, material impreso, paquetes u otras mercancías durante todo el suministro del servicio. ENVÍOS POSTALES: Envíos de documentos y mercancías por intermedio de la Empresa de Correos de Chile, efectuados de acuerdo a las convenciones postales internacionales.
  • 4. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 4 - EXAMEN FÍSICO: Reconocimiento material de las mercancías efectuado por el Servicio. EXPORTACIÓN: Salida legal de mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo en el exterior. GUÍA AÉREA CARTA DE PORTE AÉREA: Documento que acredita en el transporte aéreo de mercancías, la celebración de un contrato, las condiciones de transporte, la recepción de la mercancía por el transportador, su peso, volumen, embalaje, así como el número de bultos. GUÍA COURIER: Documento que acredita la consignación de la mercancía que llega o sale por este tipo de despacho, permitiendo a las empresas Courier y a los Agentes de Aduana en su caso, la confección y presentación de los documentos de destinación aduanera. GUÍA DE CORREOS: Lista de los efectos postales entregados o recibidos por Empresa de Correos. IMPORTACIÓN: Introducción legal de mercancía extranjera para su uso o consumo en el país. LEGALIZACIÓN: Acto por el cual el Director Regional, el Administrador o los funcionarios en quienes éstos deleguen esta facultad, constatan que el respectivo documento ha cumplido todos los trámites legales y reglamentarios, otorgándole su aprobación y verificando además, la conformidad de la garantía rendida, en aquellas declaraciones en que sea exigible. MERCANCÍA: Todos los bienes corporales muebles, sin excepción alguna.
  • 5. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 5 - MERCANCÍA EXTRANJERA: La que proviene del exterior y cuya importación no se ha consumado legalmente, aunque sea de producción o manufactura nacional; o que habiéndose importado bajo condición, ésta deje de cumplirse. MERCANCÍA NACIONAL: Es la producida o manufacturada en el país con materias primas nacionales o nacionalizadas. MERCANCÍA NACIONALIZADA: Es la mercancía extranjera cuya importación se ha consumado legalmente, esto es cuando terminada la tramitación fiscal, queda a la libre disposición de los interesados. ZONA FRANCA: Área o porción unitaria de territorio perfectamente deslindado y próximo a un puerto o aeropuerto amparado por presunción de extraterritorialidad aduanera. ZONA PRIMARIA: Espacio de mar o tierra en el cual se efectúan las operaciones materiales, marítimas y terrestres de la movilización de las mercancías el que para los efectos de su jurisdicción es recinto aduanero y en cual han de cargarse, descargarse, recibirse o revisarse las mercancías, para su introducción o salida del territorio nacional. ZONA SECUNDARIA: Parte del territorio nacional y aguas territoriales, que le corresponde a cada Aduana para los efectos de ejercer su competencia.
  • 6. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 6 - SALIDA DE MERCANCÍAS (EXPORTACIÓN) 1.1. El proceso de salida, es el conjunto de actividades que permiten la salida legal del país, temporal o definitiva, de mercancías o servicios. 1.2. La salida de mercancías del país, deberá corresponder a una de las siguientes destinaciones aduaneras: Exportación, Reexportación o Salida Temporal. Tratándose de servicios, su salida sólo podrá ampararse en una exportación. 1.3. Por regla general, el procedimiento de salida legal de mercancías o servicios del país, deberá cumplir con las siguientes etapas: Presentación de las mercancías al Servicio: A través del Documento Único de Salida (DUS) Aceptación a Trámite (AT) o primer mensaje, el cual deberá ser emitido antes de solicitar el ingreso de las mercancías a zona primaria. Ingreso de las mercancías a zona primaria y autorización de salida: Con la aceptación a trámite del DUS, queda autorizado el ingreso de las mercancías a zona primaria y su embarque o salida al exterior. Embarque o salida al exterior de las mercancías: El embarque o salida al exterior de las mercancías será informado por el Despachador de Aduana, en caso de tráfico marítimo y aéreo, y constatado por el Servicio de Aduanas en caso de tráfico terrestre. Legalización:
  • 7. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 7 - La Legalización será solicitada a través de un segundo mensaje del DUS, una vez cumplidos todos los trámites legales y reglamentarios que permiten la salida legal de las mercancías del país. Una vez autorizada por la Aduana, queda formalizada la destinación aduanera y el DUS-Legalización o segundo mensaje constituye la Declaración de Aduana. Valor definitivo de la operación de exportación: En caso de operaciones de exportación cuya modalidad de venta sea distinta de "a firme", se debe acreditar al Servicio Nacional de Aduanas el resultado definitivo de la operación de exportación, lo cual se realizará a través del Informe de Variación del Valor del DUS. 1.4. Adicionalmente, en el tráfico aéreo y marítimo las compañías transportadoras deberán presentar ante el Servicio, dentro del plazo máximo de 24 horas contadas desde la fecha de salida del vehículo, el manifiesto de carga y la guía de correos, como asimismo la lista de viajeros y tripulantes. En el caso de tráfico terrestre el transportista deberá presentar ante el Servicio, al ingreso de las mercancías a zona primaria, el manifiesto de carga y la guía de correos, cuando corresponda, como asimismo la lista de viajeros y tripulantes. El transportista podrá efectuar ante la Unidad de Aduana correspondiente y dentro de los siete días siguientes contados desde la fecha de zarpe de la nave, aclaraciones al manifiesto y guía de correos, mediante el documento denominado "ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº" (Anexo Nº 4). En caso que se hubieren introducido modificaciones al conocimiento de embarque, o documento que haga sus veces, en cuyo caso deberá acompañarse este último documento. 1.5. Los viajeros y tripulantes que salgan del territorio nacional solamente estarán obligados a presentar, con las formalidades correspondientes, ante el Control
  • 8. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 8 - Aduanero respectivo, las mercancías no comprendidas en el concepto de equipaje. El Servicio podrá practicar examen físico, a todas las mercancías que porten los viajeros y tripulantes. En el evento que se detecte una irregularidad que pudiere ser constitutiva de delito, se pondrán los hechos en conocimiento del Director Regional o Administrador de Aduanas, a objeto que este pondere la procedencia de la denuncia. ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº (A ser provisto por el transportista) DISTRIBUCIÓN - El formulario original debe imprimirse en papel blanco hilado Nº 2 de 59 grs. por m2. - Las copias deben imprimirse en papel copia Nº 511 de 33 grs. por m2. - Alternativamente, el formulario podrá confeccionarse en papel emulsionado químicamente. - El formulario debe ser de tamaño oficio de 32 cms. de alto por 21,5 de ancho. Sin embargo, se aceptarán variaciones de hasta 2 cms. en el alto, en formularios procesados computacionalmente. - Debe respetarse el tipo de letra, espacio y márgenes que señala el modelo.
  • 9. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 9 - - La impresión del nombre y del código debe hacerse en letras negras. - Cada ejemplar deberá indicar en forma impresa al pie del formulario el ejemplar y la distribución FORMULARIO ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº (A SER PROVISTO POR EL TRANSPORTISTA)
  • 10. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 10 - INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº........... 1. PRESENTACIÓN Espacio reservado al Servicio. 2. ACLARACIÓN AL MANIFIESTO Nº....... Indique en forma correlativa el número asignado al formulario por el transportista. 2.1 Manifiesto Nº Indique el número asignado por el Servicio, al manifiesto que se desea aclarar. 2.2 Fecha Indique la fecha de presentación del manifiesto que se desea aclarar. 2.3 Nave o vehículo Indique el nombre de la nave o vehículo correspondiente al manifiesto que se desea aclarar. 3. TRANSPORTISTA QUE LA PRESENTA - CODIGO Indique el nombre del transportista que presenta la aclaración ante el Servicio y su código, según Anexo Nº 51. Indique el código "S/C", en caso que el transportista no tuviere asignado código. 4. ADUANA EN QUE SE PRESENTA - CODIGO Indique el nombre de la Aduana ante la cual se presenta la aclaración y su código, según Anexo Nº 51. 5. CONOCIMIENTO Nº Indique el número del conocimiento de embarque que se modifica. 6. PUERTO DE EMBARQUE Indique el nombre del puerto en donde se expidió el conocimiento de embarque que se modifica. 7. DICE Indique la información consignada en el manifiesto que se desea modificar. 8. DEBE DECIR
  • 11. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 11 - Indique la información correcta o las expresiones que se deben agregar. 9. CAUSALES Indique el código 01 en caso de mercancía no embarcada en el puerto de origen. Indique el código 02 en caso de mercancía desembarcada por error en otro puerto, indicando el puerto efectivo de desembarque en la columna "Observaciones". Indique el código 03 en caso de mercancía descargada por error, consignada a otro puerto, indicando el puerto al que venía consignada la carga en la columna "Observaciones". Indique el código 04 en caso de aclaración motivada por una causal distinta a las especificadas precedentemente, debiendo señalársela en la columna "Observaciones". 10. FIRMA DEL TRANSPORTISTA - FECHA Suscriba el formulario e indique la fecha. 11. A LA HOJA Nº Indique el número de la hoja siguiente en caso que sea necesario utilizar una hoja de continuación.
  • 12. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 12 - EJEMPLO DE FORMULARIO DEL DOCUMENTO UNICO DE SALIDA
  • 13. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 13 - INSTRUCCIONES DE LLENADO FORMULARIO DOCUMENTO UNICO DE SALIDA I.- DOCUMENTO UNICO DE SALIDA Las instrucciones se utilizarán en los casos de Exportación normal (código 200), Exportación abona DATPA Dto. 224 (código 205), Exportación abona DATPA Dto. 135 (código 206) y Exportación abona Salida Temporal (código 210). 1. NÚMERO DE ACEPTACIÓN: Espacio reservado al Servicio Nacional de Aduanas. 2. FECHA: Espacio reservado al Servicio Nacional de Aduanas. 3. ADUANA: Señale el código y el nombre de la Aduana por cuya jurisdicción se solicitará la "Autorización de Salida" de las mercancías del país, según Anexo Nº 51-1. Tratándose de exportación de productos de la pesca, efectuada por buques nacionales en aguas internacionales, señale en este recuadro el código y nombre de la Aduana bajo cuya jurisdicción se encuentra el puerto base del pesquero de bandera nacional. 4. DESPACHADOR: Indique el código y nombre del despachador que tramitará el documento ante la Aduana, según Anexo Nº 51-3. 5. NÚMERO DE DESPACHO: Indique en este recuadro el número interno de despacho que el despachador hubiere asignado a la operación.
  • 14. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 14 - 6. TIPO DE OPERACIÓN: Indique el código y glosa del tipo de operación correspondiente a la destinación aduanera que se está tramitando, según Anexo Nº 51-2. 7. IDENTIFICACIÓN: 7.1 Consignante o Exportador. 7.1.1 RUT Exportador: Señale el Rol Único Tributario (RUT) del consignante o exportador, consignando en el recuadro Código RUT el Código 03. 7.1.2 Nombre del Consignante o Exportador: Indique el nombre o razón social de la persona natural o jurídica por cuenta de quien actúa el despachador. El nombre del exportador o consignante debe corresponder al consignado en el RUT, sin perjuicio de poder señalar además, cuando se trate de persona jurídica, el nombre de fantasía. En caso de persona natural, señale en primer lugar los apellidos y en segundo lugar el o los nombres. 7.1.3 Dirección: Señale la dirección de la oficina o planta principal del consignante o exportador, indicando la calle y número. No serán aceptadas indicaciones genéricas. Señale a continuación de la dirección, entre paréntesis, la dirección e-mail del representante legal del exportador. 7.1.4 Comuna: Señale el código y nombre de la comuna a la que pertenece la dirección del consignante o exportador, según Anexo Nº 51-39.
  • 15. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 15 - 7.2 Consignante o Exportador Secundario: Complete los recuadros siguientes, sólo en caso que la operación tenga más de un consignante o exportador. 7.2.1 RUT Exportador Secundario: Señale el Rol Único Tributario (RUT) del consignante o exportador secundario, consignando en el recuadro Código RUT el Código 03. 7.2.2 Nombre del Consignante o Exportador Secundario: Indique el nombre o razón social de la persona natural o jurídica por cuenta de quien actúa el despachador. El nombre del exportador o consignante debe corresponder al consignado en el RUT, sin perjuicio de poder señalar además, cuando se trate de persona jurídica, el nombre de fantasía. En caso de persona natural, señale en primer lugar los apellidos y en segundo lugar el o los nombres. 7.2.3 Porcentaje del Exportador Secundario: Señale con un decimal, el porcentaje que sobre el valor FOB total de la exportación, representa la participación del exportador secundario. 7.2.4 Dirección Exportador Secundario: Señale la dirección de la oficina o planta principal del consignante o exportador secundario, indicando la calle y número. No serán aceptadas indicaciones genéricas. Señale a continuación de la dirección, entre paréntesis, la dirección e-mail del representante legal del exportador. 7.2.5 Comuna: Señale el código y nombre de la comuna a la que pertenece la dirección del consignante o exportador secundario, según Anexo N° 51-39.
  • 16. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 16 - 7.3 Consignatario: Indique el nombre o razón social de la persona natural o jurídica destinataria de la mercancía, sea éste comprador final, representante distribuidor u otros. En caso de persona natural, señale en primer lugar el o los apellidos y en segundo lugar el o los nombres. Señale la expresión "a la orden" en caso de operaciones donde no se indicare consignatario alguno. 8. DESTINO Y TRANSPORTE: Para el tipo de operación exportación abona salida temporal los datos del destino de transporte deben corresponder a los consignados en el DUS-Legalización de la Salida Temporal que abona. 8.1 Puerto de Embarque: Indique el código y nombre del puerto marítimo, aeropuerto, avanzada o paso fronterizo nacional por donde saldrán al exterior las mercancías, según Anexo Nº 51-11. Tratándose de exportación de productos de la pesca efectuada por buques nacionales en aguas internacionales, señale en este recuadro el nombre y código del puerto de recalada extranjero en el cual se realizarán las labores de control aduanero. En caso de corresponder a código buzón, en este recuadro se deberá consignar la glosa y código correspondiente, según Anexo Nº 51-11 y en el recuadro observaciones generales del documento se debe señalar el nombre efectivo del puerto de embarque. 8.2 Código Región de Origen: Indique el código de la región de origen de las mercancías según Anexo Nº 51-44. Cuando las mercancías de origen nacional provengan de varias zonas del país, consigne el código de la región de origen de las mercancías de mayor de valor.
  • 17. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 17 - En caso que las mercancías sean nacionalizadas señale el código 20 y la glosa correspondiente, según Anexo Nº 51-44. En todo caso, no deberán declararse en un mismo documento mercancías de origen nacional y mercancías nacionalizadas. En caso de productos hortofrutícolas en los que no se cuente con la información de la región de origen al momento de tramitar el DUS-Aceptación a Trámite, deje este recuadro en blanco en esta etapa y posteriormente en la legalización consigne la información correcta de acuerdo a las instrucciones de los incisos precedentes. 8.3 Código Tipo de Carga: Indique el código del tipo de carga según Anexo Nº 51-12. 8.4 Vía de Transporte: Indique el código del medio de transporte en el que se embarcarán al exterior las mercancías, según Anexo Nº 51-13. Cuando exista más de una vía de transporte, consigne el código del medio de transporte en el que saldrán en forma definitiva las mercancías del país, correspondiente al último medio de transporte utilizado dentro del país 8.5 Puerto de Desembarque: Indique el código y nombre del puerto de desembarque final de las mercancías, sin considerar transbordos, según Anexo Nº 51-11. En caso de corresponder a código buzón, en este recuadro se deberá consignar la glosa y código correspondiente, según Anexo N° 51-11 y en el recuadro observaciones generales del documento se debe señalar el nombre efectivo del puerto de desembarque. El puerto de desembarque debe corresponder al puerto consignado como puerto de desembarque en el documento de transporte respectivo.
  • 18. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 18 - 8.6 País de Destino: Indique el código y nombre del país de destino final de las mercancías, según Anexo Nº 51-9. En caso de corresponder a código buzón, en este recuadro se deberá consignar la glosa y código correspondiente, según Anexo Nº 51-11 y en el recuadro observaciones generales del documento se debe señalar el nombre efectivo del puerto de embarque. 8.7 RUT Compañía Transportadora: Señale el Rol Único Tributario (RUT) de la compañía transportista. Si ésta es extranjera, señale el RUT de la Agencia que le representa en Chile. En caso que las mercancías sean transportadas por sus propios medios, o que no existiere compañía transportadora, deje este recuadro en blanco. 8.8 Compañía Transportadora: Indique la razón social o el nombre abreviado del transportista de las mercancías. Se entenderá por transportista aquel que emite el documento de transporte "Madre" o "Máster Bill of Lading", o el documento que haga sus veces en caso de transporte no naviero. En el evento que la compañía sea extranjera, señale el nombre de la compañía extranjera, en ningún caso se podrá consignar el nombre de la agencia que le representa en Chile. En caso que las mercancías sean transportadas por sus propios medios, o que no existiere compañía transportadora, indique la expresión "NO EXISTE". En este caso, los campos país compañía transportadora, RUT y nombre emisor documento de transporte deben quedar en blanco. 8.9 País Compañía Transportadora: Señale de acuerdo al Anexo Nº 51-9, el código del país de residencia de la Compañía Transportadora.
  • 19. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 19 - 8.10 RUT del Emisor Documento de Transporte: Indique el Rol Único Tributario (RUT) del emisor del documento de transporte que acredita la consignación de las mercancías. En caso que el emisor sea una empresa extranjera, señale el RUT de su representante legal en el país. 8.11 Emisor del Documento de Transporte: Señale el nombre del emisor del documento de transporte que acredita la consignación de las mercancías. En caso que el emisor de este documento sea una empresa extranjera, señale el nombre de la empresa extranjera, en ningún caso debe indicar el nombre de su representante legal en el país. 8.12 Nº Documento de Transporte (LG): Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del documento. Indique el número de conocimiento de embarque, carta de porte, guía aérea o documento que haga sus veces, correspondiente al documento que acredita la consignación de las mercancías. Se deberá indicar el número de la misma forma en la cual fue numerado por el emisor de éste, si tiene guiones u otros caracteres éstos deben ser incorporados como parte del número. Por ejemplo BL N° "01G022220". En caso que la totalidad de la mercancía consignada en el despacho estuviere amparada por más de un documento de transporte, señálelos todos, indicando los restantes en el recuadro observaciones generales del documento, anteponiendo la expresión "Otros Doc. Transp.". Señale por cada documento de transporte Nº y fecha de éste. Casos Especiales: 1. Para productos transportados como fluidos, indique el número de la factura de venta.
  • 20. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 20 - 2. En caso de una exportación abona salida temporal (código 210), señale el número del documento de transporte consignado en la salida temporal correspondiente. 3. En caso de exportación de pallets reutilizables consigne en este campo el o los números de los DUS Legalizados que ampararon el envío de los pallets al exterior. 8.13 Fecha Documento de Transporte (LG): Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del documento. Indique con ocho dígitos, la fecha en que la mercancía fue "puesta a bordo" (On Board), en caso de transporte marítimo; el "día del vuelo", tratándose de transporte aéreo o la fecha de emisión de la carta de porte o documento que haga sus veces, tratándose de transporte terrestre o ferroviario. Para el caso de tráfico aéreo se entenderá como fecha de "puesta a bordo" (On Board) la fecha de embarque efectivo señalada en el manifiesto respectivo. Tratándose de mercancías transportadas como fluidos, indique la fecha de emisión de la factura. En caso de exportación de pallets reutilizables, consigne en este campo la fecha de legalización del o los DUS que ampararon el envío de los pallets al exterior, consignados en el recuadro anterior. 8.14 Nombre de la Nave: Indique el nombre de la nave en caso de mercancías transportadas por vía marítima. En caso de mercancías transportadas por vía aérea, señale la sigla identificatoria de la compañía. Tratándose de mercancías transportadas por cualquier otro tipo de vía distinta a la señalada precedentemente, este recuadro debe quedar en blanco.
  • 21. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 21 - 8.15 Número de Viaje: Señale el número de manifiesto de salida de la nave o aeronave en caso de mercancías transportadas vía marítima o aérea. Esta información debe ser completada al momento de tramitar el DUS primer mensaje o en su defecto, vía procedimiento de aclaraciones electrónicas antes del ingreso de las mercancías a zona primaria, para las mercancías transportadas al exterior vía marítima. En el caso de mercancías enviadas al exterior vía aérea, esta información debe ser consignada al momento de la Legalización del documento y por tanto en la aceptación a trámite, para esta vía, este recuadro debe quedar en blanco. En caso que la mercancía consignada en el DUS, por vía aérea o terrestre, fuera embarcada en más de una nave o camión, y siempre que correspondiera a un solo documento de transporte, señale todos los números de manifiesto y por cada uno de estos el número de documento de transporte relacionado. Tratándose de mercancías transportadas por cualquier otro tipo de vía distinta a la señalada precedentemente, este recuadro debe quedar en blanco. 8.16 Vistos Buenos o Autorización: Los recuadros indicados a continuación deben ser llenados sólo en caso que las mercancías que ampara el documento se encuentren acogidas a algún Vº Bº o autorización especial, según Anexo Nº 51-38. En caso que las mercancías estén acogidas a más de un VºBº o autorización especial, señálelos todos, indicando los siguientes en el recuadro observaciones generales anteponiendo a estos la expresión "Otros VºBº". 8.16.1 Código VºBº: Señale el código del tipo de VºBº o autorización, según Anexo Nº 51-38. En caso de operaciones de exportación que cuenten con un certificado de origen emitido por una entidad certificadora, al momento de la legalización del DUS, consigne la información del certificado en este recuadro. Consigne como código
  • 22. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 22 - del visto bueno, "30", en el recuadro N Certificado consigne el número de éste y en recuadro fecha, la data de emisión del documento. En el recuadro glosa, consigne "C. ORIGEN". En el caso de auto certificación no deberá consignar esta información. 8.16.2 Nº Resolución o Certificado: Indique el número de la Resolución o del Certificado correspondiente. 8.16.3 Fecha de la Resolución o Certificado: Indique la fecha de emisión de la Resolución o Certificado. 8.16.4 Organismo: Señale según Anexo Nº 51-38, el nombre del organismo que otorga el VºBº. En caso de código buzón, señale el nombre o sigla del organismo emisor. En el caso de productos sujetos al control de la ley 17.798 sobre Control de Armas y Explosivos, en este recuadro se deberá consignar el número del ítem del DUS donde se declara la mercancía objeto de visto bueno. En el evento que exista más de un ítem del DUS que ampare mercancías sujetas a la autorización mencionada, se deberán señalar todos los itemes separados por punto y coma, sin dejar espacios entre ellos. Por ejemplo: 1; 2; 5 si tanto el ítem 1, 2 y 5 del DUS estén amparados por el VºBº informado con el código 18 (Departamento de Armas Químicas y Biológicas). 9. RÉGIMEN SUSPENSIVO: Los recuadros referidos a régimen suspensivo deben quedar en blanco para el tipo de operación exportación normal (código 200), exportación abona DATPA. Dto. 224 (código 205) y exportación abona DATPA Dto. 135 (código 206). Tratándose de exportación abona salida temporal (código 210) señale lo siguiente:
  • 23. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 23 - 9.1 Número del Documento: Señale el número de identificación de la DUS Salida Temporal que se abona o cancela y a través del cual salieron las mercancías del país. En caso que la Declaración de Salida Temporal haya sido legalizada antes del 02.11.2001, señale el número de aceptación a trámite de la Declaración de Salida Temporal. 9.2 Aduana: Señale el código de la Aduana de tramitación de la Declaración de Salida Temporal que se abona o cancela. 9.3 Plazo: Este recuadro debe quedar en blanco. 10. ANTECEDENTES FINANCIEROS. 10.1 Tipo de Autorización: Este recuadro debe quedar en blanco. 10.2 Número del Informe: Señale el código del país de adquisición de la mercancía, según el Anexo Nº 51-9. El país de adquisición deberá corresponder al país del domicilio de la persona natural o jurídica que adquiere la mercancía exportada. En el caso de operaciones cuya modalidad de venta es consignación, en cualquiera de sus tipos, el país de adquisición deberá corresponder al país del domicilio de la persona natural o jurídica a quien va consignada la mercancía. En caso que el país de adquisición sea el mismo que el país de destino de las mercancías, en este campo debe venir consignado el mismo código indicado en el campo "país de destino" del DUS. 10.3 Fecha: Consigne en este campo la información de la fecha de pago de la operación, que
  • 24. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 24 - se haya convenido libremente entre el exportador y el importador extranjero. Esta información debe ser consignada en la etapa de Legalización del DUS. La fecha de pago de la operación de exportación deberá ser señalada por el exportador en el mandato para despachar o en la factura comercial respectiva. No será necesario señalar la fecha de pago de la operación en el caso de exportaciones cuya Forma de Pago sea "Sin Pago", Código 21. En el caso de operaciones con Forma de Pago "Anticipo del Comprador", código 32, la fecha de pago deberá corresponder a una fecha anterior a la fecha de emisión del documento de transporte que ampara la operación. Tratándose de operaciones con pago diferido, señale la fecha de la última cuota. 10.4 Moneda: Indique el código y nombre de la moneda en que se pactó la operación de exportación, según Anexo Nº 51-20. 10.5 Modalidad de Venta: Indique el código y glosa de la modalidad de venta bajo la cual se pactó la operación de exportación, según Anexo Nº 51-26. 10.6 Cláusula de Venta: Indique el código y glosa de la cláusula de venta pactada para la operación de exportación, según Anexo Nº 51-21. 10.7 Forma de Pago: Indique el código y glosa de la modalidad de pago bajo la cual el comprador en el extranjero pagará las mercancías, según Anexo Nº 51-22. En caso que exista más de una forma de pago y alguna de ellas contemple el pago de cuotas, indique la forma de pago que compromete la última cuota. Si las formas de pago no contemplan cuotas, señale la forma de pago correspondiente al último pago.
  • 25. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 25 - 10.8 Valor Cláusula de Venta (LG): Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del documento cuando la forma de pago sea distinta de "Sin Retorno". Indique con dos decimales, el monto de la exportación, según la cláusula en que se hubiere pactado la venta de la mercancía. En caso que la operación se haya pactado en moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de América, se deberá utilizar la equivalencia entre esta moneda y la moneda extranjera a la fecha de presentación del Documento Único de Salida (DUS) al Servicio, equivalencia que para estos efectos fija mensualmente el Banco Central de Chile. 10.9 Comisiones en el Exterior (LG): Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del documento cuando la forma de pago sea distinta de "Sin Retorno". Indique el monto de la comisión, que el exportador deba cancelar a los agentes intermediarios en el exterior, que participan en la colocación de la mercancía. 10.10 Otros Gastos Deducibles (LG): Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del documento cuando la forma de pago sea distinta de "Sin Retorno". Indique el monto de otros gastos que el exportador deba cancelar (gastos consulares, pago a Organismos Internacionales). Indique, además, el monto de los gastos correspondientes a flete y seguro, cuando la cláusula de venta los incluya, aún cuando hubieren sido cancelados en el país en moneda nacional. Estos gastos deberán corresponder a lo consignado en el conocimiento de embarque, póliza de seguro u otros documentos que los sustituyan. 10.11 Valor Líquido Retorno (LG):
  • 26. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 26 - Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" del documento cuando la forma de pago sea distinta de "Sin Retorno". Indique el monto resultante de deducir del valor según cláusula de venta, los gastos que el exportador deba cancelar en el exterior por concepto de comisiones u otros. 11. DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA: La descripción de mercancías en operaciones de exportación, se debe realizar en la forma y orden que a continuación se indica. Sin embargo, tratándose de vehículos automotrices la descripción de mercancías se debe realizar de acuerdo a las exigencias establecidas para éstos en el Apéndice I "Descripción de Mercancías" del Capítulo III del Compendio de Normas Aduaneras. En términos generales, las mercancías deben declararse separadamente según su clasificación arancelaria y, además, por su nombre. En consecuencia en un mismo ítem del documento sólo pueden declararse mercancías que tengan un mismo nombre. Lo anterior no regirá en casos de exportación de productos mineros. Sin perjuicio que las mercancías deban declararse separadamente según su clasificación arancelaria y además por su nombre, conforme se indica en el párrafo anterior, tratándose de productos hortofrutícolas, productos marinos y vinos, deben además declararse en ítem distintos según su modelo, tipo, clase, especie o variedad, por lo que en un mismo ítem del documento, para este tipo de mercancías, sólo podrá declararse mercancías de un mismo modelo, tipo, clase, especie o variedad. No obstante lo anterior, en el caso de productos hortofrutícolas, productos marinos y vinos con denominación de origen, se aceptará que en el DUS "Aceptación a Trámite" se indique la expresión "VARIOS" cuando se trate de mercancías de más de modelo, tipo, clase, especie o variedad, siempre que no se cuente con esta información al momento de tramitar el documento ante la Aduana, debiendo
  • 27. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 27 - describir las mercancías según las instrucciones del párrafo anterior al momento de Legalizar la operación. 11.1 Nº del Ítem: Indique el número del ítem en forma correlativa. 11.2 Nombre: Registre en este campo la expresión usual con la que se identifica la mercancía, y que permite diferenciarla para su clasificación arancelaria, pudiendo ser simple o compuesta. En caso que tenga dos o más nombres se podrá utilizar cualquiera de ellos. Las marcas registradas y/o nombres de fantasía no se considerarán "Nombre" para estos efectos. En el caso de los productos químicos (incluidas las drogas y fármacos) de constitución química definida, que respondan a una fórmula, presentados aisladamente, se debe indicar como "nombre", el nombre completo de la especie química. Podrá usarse también como "nombre", el que figura en las Notas Explicativas del Arancel Aduanero, como es el caso, por ejemplo, de las vitaminas, hormonas y antibióticos. Si se presentaren en forma de preparados (más de un producto químico definido) se consignará el nombre usual del producto. En caso de "medicamentos", en premezcla o en forma y/o especialidad farmacéutica se señalará la acción farmacológica principal. En caso de productos mineros que teniendo una misma posición arancelaria, pero distintos nombres, se debe indicar el nombre de la mercancía de mayor valor FOB total. 11.3 Atributos 1: "Marca" Indique la "MARCA"; esto es, la expresión con que el fabricante ha designado el producto.
  • 28. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 28 - En caso que la mercancía no tenga marca se debe señalar el nombre del emisor de la factura, seguido de la letra F y separado por un guión. En caso de mercancías de distinta marca, se consignará el nombre del emisor de la factura, en los mismos términos señalados en el inciso anterior. Cuando haya más de una factura, con distintas marcas, se debe indicar el emisor de la factura de mayor valor FOB total. 11.4 Atributos 2: "Modelo, tipo, clase, especie o variedad" Consigne en este campo el "modelo", "tipo", "clase", "especie" o "variedad" de la mercancía. Considerando todos los antecedentes que permitan diferenciar las mercancías de otras de su misma naturaleza. El "Modelo" corresponde a las características básicas de las mercancías según las especificaciones precisas del fabricante. El "tipo, clase, especie o variedad" corresponde a las características secundarias comunes a la mercancía que permiten diferenciarla de otras de su misma naturaleza. En caso de productos químicos se debe consignar lo siguiente: Tratándose de "drogas" o "fármacos" de constitución química definida se indicará la forma de presentación, esto es, por ejemplo, polvo, cristales, solución, dispersión, etc., y la sigla de la farmacopea que corresponda (USP - BP- DAB, etc.), o la expresión "pro farmacopea". En el caso de "medicamentos" se indicará la calidad de pre mezcla o la forma farmacéutica (tabletas, ampollas, pesarios, óvulos, cápsulas, etc.). Para los demás productos químicos se señalará, según corresponda, el origen (mineral, vegetal, animal, sintético), estado físico (sólido, líquido, gaseoso) o grado de pureza (químicamente puro, pureza técnica, pro análisis, pro farmacopea, mezclado o sin mezclar). Tratándose de vinos se señalará la variedad, esto es, por ejemplo, merlot, chardonnay, cabernet sauvignon, etc.
  • 29. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 29 - Tratándose de productos pesqueros debe indicarse el respectivo calibre, y en el caso de las especies hidrobiológicas indicadas en el numeral 1 del Apéndice I Nómina de Productos de Exportación del presente Anexo, se debe consignar además, el nombre científico correspondiente, según se indica en el Apéndice mencionado. En caso que el documento ampare harina de pescado, se debe indicar su calidad: standard o prime. En caso de productos que teniendo una misma posición arancelaria, correspondan a distintos "modelos", "tipos", "clases", "especies" o "variedades", se debe indicar, el "modelo", "tipo", "clase", "especie" o "variedad" de la mercancía de mayor valor FOB total. 11.5 Atributos 3: "Información Complementaria" En este campo y en los siguientes se debe indicar cualquier otra información que además de la consignada en los atributos 1 y 2 precedentes, permita individualizar y clasificar la mercancía bajo el ítem propuesto, como por ejemplo, especificaciones en cuanto a su uso, composición, potencia, etc., utilizando un atributo distinto para cada especificación. Sin embargo, en los casos que se indican a continuación se debe señalar lo siguiente: - Tratándose de las sustancias químicas señaladas en el Anexo Nº 2 del Compendio de Normas Aduaneras, "Sustancias químicas sujetas a ser controladas y declaradas de acuerdo a la Convención de Armas Químicas", se debe señalar el Número de Registro CAS que le corresponde a la mercancía, número que debe ser el mismo asignado en la correspondiente "Autorización para Exportar y Expedir" otorgada por la autoridad Nacional. En este caso debe consignar además la autorización para exportar o expedir otorgado por la autoridad nacional con el código 04 en el recuadro VºBº del documento. - Tratándose de Vinos se debe Indicar: (i) En atributo 3, la graduación alcohólica.
  • 30. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 30 - (ii) En atributo 4, la acidez volátil; (iii) En atributo 5, el año de la cosecha; y (iv) En atributo 6 el tipo de envase, su capacidad y cantidad. En caso de que en uno o más de estos atributos exista más de una de las características enunciadas, se deben consignar todas, separándolas por una barra "/". En caso de productos mineros y metales de las glosas arancelarias 7106, 7108 y 7110 se debe señalar la Ley de fino, porcentaje de humedad y contenido porcentual de o de los metales económicamente recuperable. Si no contiene humedad se consignará 0% HUMEDAD. No obstante, en caso de que existan varios metales económicamente recuperables se debe indicar en este atributo la ley de fino, el porcentaje de humedad y el contenido porcentual de o de los metales económicamente recuperable más representativo en valor, debiendo indicarse en los atributos siguientes la información de los restantes metales, en orden de relevancia según su valor. Se debe utilizar un atributo para cada metal, en caso de no ser suficientes, los de menor valor no serán consignados. En este caso se debe señalar además en el recuadro observación del ítem, la observación 70 y como glosa de la observación la expresión "Inf. Comp. Varios Metales". En caso de tratarse de productos agrícolas se debe indicar si se trata de productos orgánicos o tradicionales. En el evento de tratarse de productos orgánicos como los enunciados en el numeral 2 del Apéndice I del presente Anexo, se debe consignar en el recuadro observación del ítem la observación 90. En el recuadro valor de la observación consigne el Nº del certificado. En el recuadro glosa se debe consignar el nombre de la entidad certificadora. En caso de existir más de un certificado, consigne en esta observación el de mayor importancia y el resto señálelos en el recuadro "Observaciones Generales" del documento.
  • 31. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 31 - 11.6 Código Arancel: Indique la clasificación arancelaria específica de la mercancía, de acuerdo al Arancel Aduanero Nacional, basado en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. La clasificación arancelaria del oro, plata y aleaciones de oro y plata, debe ajustarse a los principios establecidos en la Regla 3, literal b) de las Reglas Generales para la Interpretación del Arancel Aduanero Nacional basado en el Sistema Armonizado. 11.7 Unidad de Medida: Indique el código y la sigla de la unidad de medida, que corresponde al código arancelario de la mercancía, según Anexo Nº 51-24. 11.8 Cantidad de Mercancías: Indique, con cuatro decimales, la cantidad total de mercancías consignadas en el ítem, expresada en la unidad de medida que corresponde al código arancelario, según Anexo Nº 51-24. En el caso del oro, plata, aleaciones de metales preciosos, cuya unidad de medida es kilo neto, éste debe corresponder al total del peso de la respectiva barra o barras embarcadas y el promedio ponderado del total embarcado y no los metales económicamente recuperables por separado. 11.9 Peso Bruto (Kg.): Indique en kilogramos y con dos decimales, el peso de la mercancía con todos sus envases y embalajes interiores y exteriores con los que habitualmente se presentan, excluida la tara del pallet, contenedor o continente similar cuando proceda.
  • 32. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 32 - Indique el peso de las mercancías en las condiciones en que se presentan en caso que ordinariamente se transporten a granel o sin envases o embalajes, tales como el carbón, los líquidos en barcos, en vagones u otros vehículos cisternas, los minerales, maquinarias, etc. Indique el peso bruto equivalente, en caso de mercancías especificadas en un peso diverso, de acuerdo a las Reglas sobre Unidades y Envases, contenidas en el Arancel Aduanero. 11.10 Precio Unitario FOB: Indique, con seis decimales, el precio unitario FOB de las mercancías amparadas en el ítem, de acuerdo a la unidad de medida consignada precedentemente. Este valor debe considerar el precio de las mercancías hasta situarla sobre o dentro del medio de transporte, según los documentos de la venta. Indique el precio promedio ponderado del ítem en caso que en éste, se declaren mercancías diversas clasificadas en un mismo código arancelario. 11.11 Valor FOB: Indique con dos decimales, el valor de las mercancías declaradas en el ítem. Este valor debe corresponder a la multiplicación de la cantidad de mercancías por el precio unitario anteriormente consignado. 11.12 Observaciones del Ítem: El recuadro observación del ítem tiene tres espacios para datos, correspondiendo el primer espacio, al código de la observación; el segundo, al valor de la observación; y el siguiente, a la glosa. La consignación de un determinado código de observación obedece al cumplimiento de ciertas condiciones, las cuales se explicitan en cada caso. Los siguientes códigos de observación, sólo requieren ser consignados en un ítem, en caso de operaciones de más de un ítem: 61, 63, 69, 73, 81 y 83. Todos
  • 33. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 33 - los demás códigos de observación deben declararse para cada ítem, cuando corresponda. Por cada ítem sólo pueden consignarse tres códigos de observación, por lo cual en caso que un ítem tenga más de tres códigos de observación, los siguientes deberán ser señalados en el recuadro "observaciones generales" del documento. En los casos que se señalan a continuación será necesario consignar la información indicada, de acuerdo al orden y la forma que se señala. - Consigne en forma obligatoria en el caso de transporte marítimo, y sólo en el primer ítem del documento, en todas aquellas operaciones en las que exista contrato de transporte y donde las mercancías no sean transportadas por sus propios medios, el código de observación 61. En el recuadro glosa de este campo señale el número de la reserva de carga o booking, es decir el número que ha otorgado la empresa naviera al contrato de fletamento que se llevará a cabo. - En caso que el ítem ampare mercancías usadas, indique el código 05. En el recuadro glosa de la observación señale "Mercancía Usada". - En caso que el Documento ampare mercancías que habiendo estado acogidas a Régimen Suspensivo se hubieren entregado a la Aduana, señale el código 60. En el recuadro valor de la observación, señale el Nº de la Papeleta o Acta de Recepción. En recuadro glosa de la observación señale "SEM" o "SEV", según corresponda. - En caso que la mercancía sea acondicionada en pallets, que hayan sido calificados por el Servicio de Aduanas como mercancía de exportación "Pallets reutilizables" y autorizados por éste para ser exportados bajo el sistema de excepción, se deberá indicar el código de observación 88, en recuadro valor de la observación se debe indicar el Nº de la Resolución de la D.N.A que lo autoriza y en el recuadro glosa se debe señalar "Pallets Reutilizable". - En caso que el ítem ampare mercancías de régimen suspensivo entregadas a la Aduana fuera del plazo de vigencia del régimen, señale el código 62. En el recuadro valor de la observación el Nº del F09. En recuadro glosa de la observación señale la expresión "Mercancía c/pago Recargo".
  • 34. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 34 - - En caso que la operación haya sido autorizada con examen físico en origen, señale el código 63. En el recuadro valor de la observación consigne el Nº de la Resolución que lo autoriza. En recuadro glosa de la observación señale la expresión "examen físico en origen". - En el mensaje del DUS- Legalización, registre el código 64, en caso que el precio unitario FOB de las mercancías amparadas en el ítem resulte diferente al autorizado en el DUS-Aceptación a Trámite (1er. mensaje) y se trate de los siguientes casos: a) Exportaciones con cláusulas de venta posteriores a FOB (C y S, C y F, CIF, etc.) en que los valores de sus componentes (seguro y/o flete) resulten superiores a los consignados en el DUS-Aceptación a Trámite (1er. mensaje), siempre que el valor de la cláusula de venta de éste se mantenga constante. b) Exportaciones autorizadas bajo una moneda distinta de dólar de los Estados Unidos de América, en que las diferencias se produzcan por cambio de equivalencia, siempre que se mantenga constante o no disminuya el valor de las mercancías en la moneda extranjera autorizada. Esto también se utilizará en el caso de exportación de mercancías de rancho, cuando se trate de compraventa de mercancías de moneda nacional y dicha diferencia se produzca por la fijación de un tipo de cambio de un mes a otro, siempre que se mantenga constante o no disminuya el valor de la mercancía en moneda nacional. En ambos casos, consigne en el recuadro valor de la observación la letra de la causal de la variación del precio (a o b). En el recuadro glosa de la observación indique la expresión "Variación P/U." Adicionalmente también se utilizará el código 64 consignando la letra d en el recuadro valor de la observación, cuando la unidad de medida consignada en el primer mensaje del DUS no corresponda a la consignada en el segundo mensaje (Legalización), debido al cambio en el Arancel Aduanero publicado en el Diario Oficial del 31 de Diciembre del 2001. - Consigne en forma obligatoria, en el caso de operaciones de exportación, en el mensaje de legalización del DUS, para mercancías originarias que en su ingreso
  • 35. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 35 - al país de destino se acojan o vayan a acogerse a un acuerdo comercial en el primer ítem del documento, el código de observación 68. En el recuadro valor de la observación, se deberá señalar el código del acuerdo, según Anexo N° 51-34 del Compendio de Normas Aduaneras. Asimismo, en el recuadro glosa de la observación, se deberá señalar la glosa del acuerdo según el Anexo señalado. - En caso de no acogerse el total de ítems del DUS a preferencia arancelaria en el país de destino, se deberá señalar sólo en el primer ítem del documento, el código de observación 68. En recuadro valor de la observación se deberá dejar en blanco y consignar en la glosa de la observación la expresión Sin Acuerdo. - En aquellos casos en que existen ítems que se acogerán a preferencias arancelarias en el país de destino, e ítems que no utilizarán la preferencia, deberá indicarse por cada ítem del documento el código de observación 68. En el caso que el ítem se acoja a acuerdo, se deberá señalar en el recuadro valor de la observación el código del acuerdo, según Anexo Nº 51-34 del Compendio de Normas Aduaneras y en el recuadro glosa de la observación, se deberá señalar la glosa del acuerdo según el Anexo señalado. En los ítems que no se acojan a Acuerdo, en el recuadro valor de la observación se deberá dejar en blanco y consignar en la glosa de la observación la expresión Sin Acuerdo. - Señale el código 65 en el segundo mensaje del DUS (Legalización) en caso que se produzca un aumento de hasta un 10% entre el precio unitario consignado en el DUS-Aceptación a Trámite y el precio unitario a consignar en el segundo mensaje, este último consignado en base a la Factura Comercial. En el recuadro glosa de la observación indique la expresión "Aumento P. Unitario". - Consigne el código 67 y como glosa de la observación la expresión "Valor Definitivo", tratándose de exportaciones efectuadas con modalidad de venta distinta de "A FIRME", en que el exportador obtiene los precios unitarios definitivos de la operación antes de la Legalización de la operación y cuenta con la factura comercial definitiva.
  • 36. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 36 - - En caso que el ítem ampare mercancías consolidadas dentro de zona primaria, entonces señale el código 69 y como glosa de la observación la expresión "Mercancías Consolidadas". - Cuando se trate de productos mineros, cuya información complementaria corresponda a varios metales económicamente recuperables señale el código 70. En este caso consigne como glosa de la observación la expresión "Inf. Comp. Varios Metales". - Cuando en un ítem se declaren mercancías en las cuales la unidad de medida se encuentre aproximada, señale el código 71. Como glosa de la observación consigne la expresión "Unidad de medida estimada". - En caso que en un ítem se declaren mercancías con más de un precio unitario, señale el código 72 y como glosa de la observación indique la expresión "Precio promedio". - Tratándose de exportaciones de productos de pesca efectuada por buques nacionales en aguas internacionales, señale el código 73. Como glosa de la observación consigne la expresión "Expo. Pesca/Puerto Ext." - En caso de mercancías transportadas como equipaje acompañado o tratándose de mercancías que son transportadas por sus propios medios, consigne el código 81 y como glosa de la observación indique la expresión "Sin compañía transportadora" o "Transportada p/propios medios", según corresponda. - Cuando el exportador hubiere otorgado crédito al comprador extranjero y así se acreditare conforme a los documentos que sirven de base para la confección del DUS, se debe consignar el código 83. En el recuadro valor de la observación consigne el Nº cuotas. En recuadro glosa de la observación señale la expresión "Pago diferido". - En caso que la mercancía requiera certificación oficial de calidad de algún organismo competente autorizado por la autoridad nacional, se debe consignar el código 90. En el recuadro valor de la observación consigne el Nº del certificado. En recuadro glosa se debe consignar el nombre de la entidad certificadora. En caso de existir más de un certificado, consigne en esta observación el de mayor
  • 37. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 37 - importancia y el resto señálelos en el recuadro "Observaciones Generales" del documento. - En caso de operaciones en las cuales las mercancías sean transportadas por sus propios medios o no exista tipo de bulto, se deberá consignar el código 94. En recuadro glosa se debe consignar "operación sin bulto". 12. DESCRIPCIÓN DE BULTOS: Tratándose del tipo de operación Exportación Abona Salida Temporal y de la exportación de pallets reutilizables, los recuadros siguientes, referidos a los bultos deben quedar en blanco. 12.1 Parcial. 12.1.1 Parcial: Señale "SI", en caso que se trate de mercancías acondicionadas en un contenedor, pallets o continente similar, el cual contiene mercancías amparadas por más de un Documento Único de Salida. Señale "NO" en caso que no corresponda a lo indicado. 12.1.2 Número Parcial: En caso que hubiese señalado "SI" en el recuadro anterior, señale en este recuadro el número de orden del documento. 12.1.3 Total Parciales: En caso que hubiese señalado "SI" en el recuadro "parcial", en este recuadro señale la cantidad total de documentos que amparan la totalidad de mercancías acondicionadas en el continente. 12.2 Descripción de Bultos: Señale por cada tipo de bulto la información que se indica a continuación:
  • 38. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 38 - 12.2.1 Número: Señale el número de secuencia (o de orden) del tipo de bulto que se especifica. 12.2.2 Tipo de Bulto: Indique el código y nombre del tipo de bulto, según el Anexo N° 51-23. 12.2.3 Cantidad de Bultos: Señale la cantidad total de bultos de este tipo. 12.2.4 Identificación de Bultos: Indique las marcas y números de los bultos que conforman el embarque, amparado por el documento único de salida que se tramita, sólo si están individualizados. Si la identificación es común a todos los tipos de bultos, sólo señale ésta en el primer número de secuencia de los bultos. En caso de que el tipo de bulto sea contenedor, en cualquiera de sus tipos, señale el número de identificación de cada uno de estos. 12.2.5 Subcontinente: En caso de mercancías acondicionadas en pallets, contenedores o continentes similares, se deben indicar los subcontinentes, señalando el tipo de bulto y la cantidad. 13. VALORES TOTALES. 13.1 Total Ítem: Señale la cantidad total de ítems que ampara el documento. 13.2 Total Bultos: Señale la cantidad total de bultos que ampara el documento.
  • 39. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 39 - Tratándose del tipo de operación exportación abona salida temporal este recuadro debe quedar en blanco. 13.3 Total Peso Bruto: Señale con dos decimales, la sumatoria de los pesos brutos de todos los ítemes del documento. 13.4 Total Valor FOB: Señale con dos decimales, la sumatoria de los valores FOB de todos los ítems del Documento 13.5 Seguro (LG): Esta información debe ser completada sólo en la etapa de "Legalización" de la operación, cuando la cláusula de venta en que se pactó la operación considere el costo del seguro. Indique con dos decimales, el monto de la prima de seguro según contrato. En los casos en que el seguro sea por cuenta del destinatario o no se haya contratado, este recuadro debe quedar en blanco. Sin embargo, en caso que se cuente con la información real del costo del seguro, señálelo de acuerdo a las instrucciones del párrafo anterior. 13.6 Flete (LG): Esta información debe ser consignada sólo en la etapa de "Legalización" de la operación, cuando la cláusula de venta en que se pacto la operación considere el costo del seguro. Indique con dos decimales, el costo del transporte de las mercancías que ampara el documento, entre el puerto de embarque y punto específico de destino. En los casos en que el flete necesario para la entrega de las mercancías en el puerto o lugar de destino sea por cuenta del destinatario o sin costo, este recuadro
  • 40. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 40 - podrá quedar en blanco. Sin embargo, en caso que se cuente con la información real del costo del flete, señálelo de acuerdo a las instrucciones del párrafo anterior. 13.7 Valor CIF (LG): Esta información debe ser consignada sólo en la etapa de "Legalización" de la operación, cuando la cláusula de venta de la operación sea CIF o posterior a ésta. (Ej: DDP, etc.). También deberá ser consignada en caso que la cláusula de venta sea inferior a CIF, pero se cuente con la información real del flete y seguro, y dichos valores hayan sido consignados en los recuadros correspondientes. Indique con dos decimales, el valor CIF de la operación. Este monto deberá corresponder a la suma de los valores FOB TOTAL, FLETE Y SEGURO anteriormente consignados. 14. OBSERVACIONES GENERALES: Consigne en este recuadro otra información que se considere relevante, que haya servido de base para la confección del documento y que no haya sido especificada en otro recuadro del Documento. 15. ACEPTACIÓN A TRÁMITE. FIRMA DEL DESPACHADOR O PERSONA AUTORIZADA: En caso que sea requerida la impresión del "Documento Único de Salida- Aceptación a Trámite", el documento impreso deberá ser suscrito por el despachador o su personal auxiliar debidamente autorizado por el Servicio Nacional de Aduanas. 16. AUTORIZACIÓN DE SALIDA: Espacio reservado al Servicio Nacional de Aduanas. 17. LEGALIZACIÓN:
  • 41. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 41 - El DUS Legalizado debe ser impreso y suscrito por el despachador debidamente autorizado por el Servicio Nacional de Aduanas.
  • 42. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 42 - EJEMPLO DE CERTIFICADO INGRESO Y CUSTODIA DE MENCANCIAS EN TRANSITO
  • 43. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 43 - CERTIFICADO INGRESO Y CUSTODIA DE MERCANCIAS EN TRANSITO El Certificado Ingreso y Custodia de Mercancías en Tránsito, será utilizado para acreditar que las mercancías en tránsito por nuestro territorio nacional (país No Parte) no han sido objeto de operaciones distintas de la de descarga, recarga, división o cualquier operación destinada a mantenerlas en buen estado, siempre que éstas hayan permanecido bajo la vigilancia de la autoridad aduanera y su tramitación deberá efectuarse de acuerdo al siguiente procedimiento: 1.- El llenado del formulario Certificado Ingreso y Custodia de Mercancías en Tránsito, deberá ser efectuado por la empresa transportista o su agencia representante en Chile, a petición del interesado o consignatario de las mercancías. 2.- La Aduana donde se encuentren depositadas las mercancías, una vez recibido el documento indicado conteniendo la información requerida, deberá asignarle a éste un número correlativo anual de identificación, la fecha de emisión y firma del funcionario interviniente. 3.- El Director o Administrador de Aduana podrá delegar la facultad de otorgar esta certificación en otro funcionario especialmente habilitado para cumplir dicha función.
  • 44. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 44 - EJEMPLO DE FORMULARIO SOLICITUD ENTREGA DE MERCANCIAS
  • 45. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 45 - INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO SOLICITUD ENTREGA DE MERCANCIAS 1. AUTORIZACION Espacio reservado al Servicio. 2. ADUANA EN QUE SE PRESENTA - CODIGO Indique el nombre de la Aduana ante la cual se tramitará la solicitud y su código, según Anexo Nº 51. 3. DESPACHADOR QUE LA PRESENTA - CODIGO Indique el nombre del despachador que tramitará la solicitud ante la Aduana y su código, según Anexo Nº 51. 4. TIPO DE CANCELACION Indique el tipo de cancelación que se dará a las mercancías, marcando con una "X" el casillero que corresponda. 5. LIQ. DE GRAVAMENES - G.C.P. F-09 Espacio reservado al Servicio. 6. NOMBRE Y DIRECCION CONSIGNATARIO - RUT Indique el nombre, dirección y Rol Unico Tributario del consignatario de las mercancías. 7. DOCUMENTO DE REGIMEN SUSPENSIVO Indique el tipo, número y fecha del documento de régimen suspensivo que ampara las mercancías e indique la fecha de vencimiento del régimen. 8. ITEM Nº Indique, en forma correlativa, el item correspondiente a las mercancías por las cuales se solicita autorización para su entrega a los recintos de depósito aduanero. 9. IDENTIFICACION DE LOS BULTOS, CANTIDAD DE BULTOS
  • 46. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 46 - Indique, conforme a lo consignado en la declaración de régimen suspensivo que ampara las mercancías, las marcas y contramarcas y la cantidad de bultos, correspondiente a las mercancías por las cuales se solicita autorización. 10. Nº ITEM D.R.S. Indique, el número del item de la declaración de régimen suspensivo, en que se encuentran consignadas las mercancías, por las cuales se solicita autorización. 11. UNIDAD DE MEDIDA Indique, conforme a lo consignado en la declaración de régimen suspensivo, la unidad de medida correspondiente a la mercancía. 12. CANTIDAD MERCANCIAS - DESCRIPCION MERCANCIAS Indique la cantidad de mercancías por las cuales se solicita autorización y descríbalas. 13. VALOR CIF US$ Indique el valor CIF de las mercancías por las cuales se solicita autorización. 14. TOTAL Indique el monto resultante de sumar los valores CIF de las mercancías. 15. TOTAL HOJA ANTERIOR Indique el monto resultante de sumar los valores consignados en los recuadros "TOTAL" de las hojas anteriores. 16. TOTAL GENERAL Indique el monto resultante de sumar los valores consignados en los recuadros "TOTAL" y "TOTAL HOJA ANTERIOR". 17. HOJA Nº........ DE....... Indique el número de la hoja y del total de hojas que contiene la solicitud. 18. FIRMA DESPACHADOR Suscriba la solicitud e indique la fecha.
  • 47. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 47 - EJEMPLO DEL FORMATO DE UN BILL OF LANDING: CONOCIMIENTO DE EMBARQUE: Es el documento emitido por la compañía de transporte internacional que prueba que: la mercadería ha sido recibida embarcada en un determinado medio de transporte o que ha sido recibida para su embarque posterior. Es el recibo que prueba el embarque de la mercancía. Sin este título no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino. De acuerdo al medio de transporte toma el nombre específico (Conocimiento de embarque marítimo o "Bill of Lading" o conocimiento de embarque aéreo "Airwail", guía aérea, si es por vía aérea)".
  • 48. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 48 - EJEMPLO DE FORMULARIO CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
  • 49. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 49 - INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO CONOCIMIENTO DE EMBARQUE 1. CONOCIMIENTO DE EMBARQUE Indique el número y fecha del conocimiento de embarque o documento que haga sus veces. Indique el puerto en donde se expidió el conocimiento de embarque o documento que haga sus veces. Indique el nombre del emisor del conocimiento de embarque o documento que haga sus veces. 2. TOTAL BULTOS Indique la cantidad total y clase de bultos que ampara el conocimiento de embarque o documento que haga sus veces. 3. TOTAL FLETE Indique el valor total del flete de las mercancías que ampara el conocimiento de embarque o documento que haga sus veces. 4. CÓDIGO DESPACHADOR Indique el código del despachador que interviene en la operación, según Anexo Nº 51. 5. Nº DESPACHO Indique el número interno, asignado por el despachador a la operación. 6. BULTOS Indique la cantidad y clase de bultos correspondientes al despacho.
  • 50. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 50 - 7. FLETE Indique el valor del flete, correspondiente al despacho. 8. SALDOS 8.1 Bultos Indique el monto resultante de restar al saldo cantidad de bultos, la cantidad de bultos utilizada en el despacho e indique su clase. 8.2 Flete Indique el monto resultante de restar al saldo flete, el valor del flete utilizado en el despacho.
  • 51. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 51 - EJEMPLO DE FORMULARIO DE FACTURA COMERCIAL
  • 52. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 52 - FACTURA COMERCIAL Es el documento en el que el exportador fija la descripción y el importe de las mercaderías despachadas. En algunos casos es intervenida en el extranjero por la autoridad del país importador, convirtiéndose en lo que en la documentación internacional se denomina Factura Comercial Visada. En general incluye la siguiente información: 1. Nombre, dirección y teléfono del Exportador. 2. Nombre, dirección y teléfono del Importador. 3. Fecha y lugar de emisión. 4. Cantidad y descripción técnica de la mercadería. 5. Precio unitario. Precio total. Moneda de venta. 6. Condiciones de venta según Incoterm acordado (por ej. FOB, CyF, etc.) 7. Plazo y forma de pago. (por ej. Carta de Crédito) 8. Peso bruto, peso neto. 9. Cantidad y tipo de bultos en los que se ha distribuido la mercadería 10. Medio de transporte 11. Firma del exportador.
  • 53. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 53 - EJEMPLO FORMULARIO CERTIFICADO DE ORIGEN
  • 54. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 54 - CERTIFICADO DE ORIGEN Este documento certifica el origen y la procedencia de las mercaderías de exportación. Se utilizan en el país importador a los efectos de la aplicación de los tributos aduaneros conforme al origen, ya que puede requerirse para obtener un trato arancelario preferencial conforme a acuerdos de libre comercio que gocen las naciones, ya que según los acuerdos bilaterales o multilaterales que haya firmado cada país, los aranceles pueden variar según el origen nacional de los productos. El certificado de origen facilita la identificación del producto que se va a exportar con el lugar de procedencia, también indirectamente es una forma de promocionarse en el extranjero como productos originarios de la nación contribuyendo a que estos productos que ingresan con este certificado sean reconocidos como productos bandera de sus naciones. El mismo sirve para acreditar el origen o procedencia de las mercancías, basadas en las normas de origen en cumplimiento de los requisitos. Si bien cada país beneficiario determina el organismo autorizado para emitirlo, generalmente son designadas las Cámaras de Comercio, Cámaras Binacionales o Cámaras de Exportadores. Se emite en Original y 2 copias y no puede tener enmiendas ni raspaduras. Su plazo de validez es de 180 días desde que es emitido y no puede tener fecha anterior a la de la emisión de la factura comercial que ampara el embarque.
  • 55. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 55 - INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL CERTIFICADO DE ORIGEN Para efectos de obtener un tratamiento arancelario preferencial, este documento debe ser llenado en forma legible y Debe ser emitido por la autoridad competente o entidades habilitadas. Llenar a máquina o con letra de imprenta o molde. Número de Certificado: Llenar con el número de serie del certificado de origen. Corresponde a un número de serie que La autoridad competente o entidades habilitadas asignan a los certificados de origen que emiten. País Exportador: Indique el nombre del país desde donde se exportan las mercancías País Importador: Indique el nombre del país importador Campo 1: Indique el nombre legal completo, la dirección (incluyendo ciudad y país) y el número de registro fiscal del exportador. El número de registro fiscal será: en Chile, el Rol Único Tributario (RUT) y en Ecuador Registro Único de Contribuyentes (RUC).Campo 2: Indique el nombre legal completo, la dirección (incluyendo ciudad y país) y el número de registro fiscal del importador. El número de registro fiscal será: en Chile, el Rol Único Tributario (RUT) y en Ecuador Registro Único de Contribuyentes (RUC). Si se desconoce el importador, señale “DESCONOCIDO”. Campo 3: Proporcione una descripción completa de cada mercancía. La descripción deberá ser los eficientemente detallada para relacionarla con la descripción de la mercancía contenida en la factura y en el sistema Naladisa. Campo 4: Para cada mercancía descrita en el Campo 3, identifique los ocho dígitos correspondientes en el sistema Naladisa.
  • 56. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 56 - Campo 5: Para cada mercancía descrita en el Campo 3, indique qué criterio (a, b, c) es aplicable. Las reglas de origen se encuentran en el Capítulo 4 y Anexo 4.1 de este Acuerdo. Criterio Preferencial (a) la mercancía sea obtenida en su totalidad o producida enteramente en el territorio de una u otra Parte, según la Definición del Artículo 4.26 (b) la mercancía sea producida en el territorio de una u otra Parte, a partir exclusivamente de materiales que Califican como originarios conforme a las disposiciones de este Capítulo (c) la mercancía sea producida en el territorio de una u otra Parte, a partir de materiales no originarios que resulten De un proceso de producción o transformación confiriendo una nueva individualidad caracterizada por un cambio de clasificación arancelaria, un valor de contenido regional u otros requisitos según se especifica en el Anexo 4.1 de este Acuerdo. Campo 6: Indique el número y fecha de la factura comercial. Campo 7: Indique el peso bruto en kilogramos (kg.) u otras unidades de medida como volumen o número de productos que indiquen cantidades exactas. Campo 8: Indique cualquier información referente a la comprobación de origen de las mercancías. En caso de facturación por un operador de un país no Parte indique la leyenda “Operación facturada por un operador de un país no Parte”. Campo 9: A ser llenado por el exportador. Campo 10: A ser llenado por la autoridad competente o entidad habilitada. La fecha deberá ser aquella en la cual el certificado de origen fue llenado por la autoridad competente o entidad habilitada.
  • 57. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 57 - EJEMPLO DE FORMULARIO DE LISTA DE EMPAQUE
  • 58. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 58 - LISTA DE EMPAQUE Es un documento que proporciona los datos sobre la forma de embalaje de las mercancías, el contenido detallado por bultos, peso neto y bruto, y dimensiones de la mercancía a ser exportada. La lista de empaque guarda estrecha relación con la factura comercial y el conocimiento de embarque, normalmente estos documentos acompañan a la misma en todo momento. El pesaje neto aquí establecido deberá coincidir con lo indicado en la factura y su peso bruto con el referenciado en el documento de transporte. Entre los principales datos que figuran en la lista se encuentran: datos del exportador, datos del importador, marcas y números de bultos, lugar y fecha de emisión, modo de embarque, cantidad de bultos y descripción de la mercadería, total de los pesos brutos y netos, tipo de embalaje, firma y sello del exportador.
  • 59. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 59 - EJEMPLO DE SOLICITUD CARTA DE CRÉDITO DE IMPORTACIÓN
  • 60. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 60 - INSTRUCCIÓN DE LLENADO CARTA DE CRÉDITO DE IMPORTACIÓN 1) Lugar : país de exportador  Fecha de vencimiento : 90 apertura 2) Vía de trasmisión: actualmente trasmite vía Swift. 3) Embarques parciales :  Permitido: cuando la negoción contempla envíos parciales Fraccionados de las mercancías  No permitido : cuando se establece un solo embarque Transbordos a) Permitidos : cuando se cambia el transporte el itinerario fijado Ej. Trasporte marítimos a terrestre 4) Lugar de recepción carga  Donde el exportador recibe la mercancía 5) Puerto de embarque o aeropuerto de salida  Lugar donde se carga la mercancía 6) puerto de descarga o aeropuerto de salida 7) Lugar de destino final o entrega  Lugar donde se entrega la mercancía
  • 61. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 61 - 8) Nombre completo importador  Dirección  País  Ciudad  Teléfonos 9) Beneficiarios Nombre completo del exportador Dirección - teléfono Ciudad País 10) Importe: moneda de importe o total de moneda del importe del crédito ej. $ el total en pesos de una importación 11) Crédito utilizable con :  Confirmado: cuando hay confirmación al banco  No confirmado : cuando no existe confirmación Por: a. Pago cuando es a la vista b. Aceptación: cuando la letra es aceptada a 30, 60, 90,120 etc… días del embarque pago del crédito en el exterior. c. Negociación : cuando los documentos se pueden negociar libremente con cualquier banco en el exterior o el mencionado por el exportador posteriormente se fija fecha de pago 12) Factura comercial 3 ejemplares cubriendo un detalle de la Mercancía de manera resumida.
  • 62. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 62 - 13) Cotización : se coloca cotización negociada  FOB  CIF  C &F 14) Documento de embarque : documento según trasporte de Mercancías. 15) Originales : 3 ejemplares para el embarcador de guía aérea 16) Consignado a la orden de  Nombre de la empresa solicitante de la carta de crédito O importador y marcado notificación a banco continental S.A. 17) Indicado : pago de flete 18) Contemplación de seguros  Presentación de póliza por el 110% del valor de la Mercancía que figuran en la factura. 19) Certificado de origen : ejemplares necesarios que necesite la Empresa para su despacho o exigidas en tal efecto. 20) Documentos remitidos al banco vía :  Currier.  Correo certificado. 21) Gastos bancarios son por cuenta del  Ordenante (importador)
  • 63. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 63 -  Beneficiario (exportador) Esto pudiendo ser definido en la negociación. 22) Fecha de presentación de documentos 21 días máximos dentro de la validez del crédito. 23) Forma de pago local :  Pago anticipado: cuando la carta de crédito es pre pagado es Abonada en el monto de su emisión  Pago contra documentos: cuando recibe los documentos Enviados por el corresponsal  Pago a la vista: cuando se recibe un viso de negociación del banco Corresponsal 24) Aquí debe expresarse si el importador desea la financiación local Una vez abonado el crédito al exterior. De igual manera deberá avisarse a través de algún banco especial. Información adicional de cualquier tipo.
  • 64. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 64 - EJEMPLO DE CERTIFICADO DE DESTINACIÓN ADUANERA PARA PRODUCTOS AGROPECUARIOS SAG
  • 65. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 65 - INSTRUCCIONES DE LLENADO DEL CERTIFICADO DE DESTINACIÓN ADUANERA PARA PRODUCTOS AGROPECUARIOS SAG 1) Recepción a tramitación  Día  Mes  Año  Hora De tramitación, nombre y firma de funcionario SAG. 2) Puerto donde es presentado este documento  Terrestre  Marítimo  Aéreo 3) Persona que presenta el documento 4) Rut 5) Certificado  Numero  Fecha  Nombre y firma autorizada 6) Nombre de importador - interesado o consignatario 7) Rut - dirección 8) País de origen 9) Conocimiento de embarque  Numero guía aérea  Numero de manifiesto 10) Descripción de mercaderías
  • 66. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 66 -  10-1 identificaciones de bultos  10-2 cantidad y clase de bultos  10-3 producto :  Peso  Peso bruto  Valor CIF. Us $ 11) Solicitud de inspección  Tramite anticipado  Trámite normal 12) Nombre y firma de quien presenta el documento 13) Lugar deposito propuesto  Región  Sector  Comuna  Ciudad  Calle  N° calle 14) Reservado SAG. - Condiciones y ruta de transporte.  14-1 rutas  14-2 tipos de vehículo y condiciones  14-3 observaciones 15) Observaciones Importante Al arribo de mercancías avisar al SAG con ejemplares solicitados según normativa vigente Atendiendo a las sanciones según legislación en caso contrario. Certificado de destinación aduanera para productos agropecuarios SAG.
  • 67. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 67 - FORMULARIO DE INSPECCIÓN DE MERCANCÍA ADUANERA DE IMPORTACIÓN
  • 68. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 68 - LLENADO DE INFORME DE INSPECCIONES SAG Y AUTORIZACIONES 1) Certificado de inspección  Numero de documento  Número de folio 2) Oficina que inspecciona la mercancía  Nombre importador  Dirección 3) Informe de mercancía  Numero de esta  Folio  Firma y timbre de quien recibe la mercancía 4) Rut de quien recepcionista Orden a inspeccionar 5) Aviso de llegada de mercancía  Día  Mes  Año  Hora de arribo 6) Datos de embarque  Día  Mes  Año  Hora de salida  Hora de embarque
  • 69. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 69 - 7) Diagnostico foto y/ o sanitario 7-1 efectuadas las inspecciones de las mercancías su embalaje y medidas de acondicionamiento, conforme a las disposiciones legales vigente el inspector que recibe dispone lo siguiente 8) En esta etapa del documento el inspector puede disponer de las siguientes acciones:  Desinfección  Industrialización  Fumigación  Análisis de laboratorio - fecha de esta  Documentos pendientes La autorización de entrada puede quedar de manera:  Definitiva  Rechazo definitivo  Cuarentena post entrada Esto quedara sujeto al análisis de mercancías a las disipaciones legales vigentes y los riesgos que conlleve la entrada de la mercancía al país 9) Observaciones Todos los cometarios que el inspector pueda incluir con referencia a la mercancía y tramitación de esta en referencia al SAG 10) Documento - numero.  Día.  Hora.  Año.  Validar.
  • 70. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 70 -  Logo aduana.  Timbre del SAG.  Fecha de recepción de factura.  Nombre y firma de personal autorizado.
  • 71. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 71 - EJEMPLO DE FORMULARIO DE FACTURA PRO FORMA
  • 72. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 72 - FACTURA PRO FORMA Generalmente se utilizan hojas con membrete para confeccionarla. No debe cumplir con ningún tipo de formalidad establecida por la AFIP. La descripción debe ser lo más detallada posible. Incluye valor de la operación, moneda, incoterm, lugar y forma de pago, plazo de entrega, etc. Un ejemplo de confección puede ser el siguiente: Nombre, dirección y teléfono del Exportador Factura Pro Forma N° Datos del Importador Fecha y lugar de emisión Cantidad y descripción de la mercadería Precio unitario Precio total Condiciones de entrega, plazo y forma de pago, incluyendo el Incoterm. Plazo de validez. Firma del exportador.
  • 73. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 73 - EJEMPLO DE FORMULARIO DE PÓLIZA DE SEGUROS DE CAUCIÓN PARA GARANTIZAR OPERACIONES ADUANERAS
  • 74. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 74 - PÓLIZA DE SEGUROS DE CAUCIÓN PARA GARANTIZAR OPERACIONES ADUANERAS Se deberá presentar garantía ante el Servicio Nacional de Aduanas, la que cosnitirá en Póliza de Seguro o Boleta Bancaria, ambas vigentes por un año, de tipo global y renovable anualmente por el mismo período, por el monto que determine la Dirección Nacional de Aduanas de acuerdo al patrimonio y movimiento que se estima efectuará el Agente de Carga o Transitario. Esta garantía asegurará el pago de multas y de todo cargo que pudiere resultar en su contra, con motivo del ejercicio de su actividad ante la Aduana. En el caso de constituir la garantía a través de una Póliza de Seguro, ésta deberá incluir expresamente la cláusula de renuncia del asegurador a su derecho de poner término al contrato de seguro por falta de pago de las primas convenidas por el riesgo. La mencionada cláusula no será exigida en caso que se presente una Póliza de Seguros cuya prima total haya sido pagada íntegramente. La caución podrá ser modificada posteriormente si se advierte un incremento importante en el número de operaciones que efectúe el Agente de Carga o Transitario. En todo caso, el monto de la caución citada no podrá ser inferior a 20 UTA para los Transitarios o freight forwarder o a 10 UTA para los Agentes de Carga, ni superior a 90 UTA en ambos casos, considerando para ello, el patrimonio de la empresa y la cantidad prevista de operaciones que realizará, conforme a los rangos establecidos para ello en la Resolución N° 2603, de fecha 19.07.2002. Una vez presentada dicha garantía, quedará depositada en la Subdirección Administrativa de la Dirección Nacional de Aduanas para su custodia. Dictada la Resolución de Autorización y Registro, el Agente de Carga o Transitario quedará habilitado para iniciar sus operaciones. Para tal efecto, el Departamento de Fiscalización de Agentes Especiales de la Subdirección de Fiscalización incorporará la información correspondiente en el registro, así como en la página web del Servicio.
  • 75. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 75 - BIBLIOGRAFÍA www.corpbanca.cl www.corpbanca.cl/storage/comex_SolicitudCartaCredito.pdf www.corpbanca.cl/storage/SolicitudCartadeCreditoDomestica.pdf www.sag.cl http://www.sag.cl/OpenDocs/asp/pagDefault.asp?boton=&argInstanciaId=50&argC arpetaId=241&argTreeNodosAbiertos=&argTreeNodoActual=241&argTreeNodoSel =241&argRegistroId=4088 http://www.sag.cl/OpenDocs/asp/pagDefault.asp?boton=Doc51&argInstanciaId=51 &argCarpetaId=&argTreeNodosAbiertos=&argTreeNodoSel=&argTreeNodoActual http://www.sag.cl/OpenDocs/asp/pagDefault.asp?boton=&argInstanciaId=50&argC arpetaId=241&argTreeNodosAbiertos=&argTreeNodoActual=241&argTreeNodoSel =241&argRegistroId=4085 www.copemex.com http://www.copemex.com/documentacion.htm www.infonegocio.com www.infonegocio.com/camaradechile/.../procedimiento%20EXP.htm www.accounts.google.com http://serviciodetransportedemercanciagrupo2.blogspot.com/2011/06/tema-n-4- documentos-y-normas-juridicas.html www.purochile.com http://www.purochile.com/mostrardetalle.php?full=1&table=articulos&id=128
  • 76. UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TÉCNICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR “DOCUMENTOS ADUANEROS” Página - 76 - www.aduana.cl/ http://normativa.aduana.cl/prontus_normativa/site/artic/20070215/pags/200702151 51856.html http://normativa.aduana.cl/prontus_normativa/site/artic/20070216/pags/200702161 35454.html http://normativa.aduana.cl/prontus_normativa/site/artic/20070216/pags/200702161 80251.html http://normativa.aduana.cl/prontus_normativa/site/artic/20070220/pags/200702201 02819.html exportpampa.gov.ar http://exportpampa.gov.ar/comexterior/documentos.php CONCLUSIÓN La gran facilidad que existe hoy y rapidez con que cada uno de estos documentos puede ser adquiridos llenados y enviados , es la manera más simple de realizar un negocio y dar a una empresa un plus distinto en cuanto a materia de industrialización a través de la adquisición de productos que significativamente podrían ser una manera de minimizar costos importantes sobre todo si la empresa recién comienza , pero hay que tener en cuenta siempre que la intervención de un banco , un ministro de fe y un agente aduanero podrían evitarnos futuras complicaciones y riesgos de nuestras inversiones.