2. Contenido
• Introducción
• Sustento Legal
• Participación Ciudadana
• Control Social
• El Presupuesto Anual
• Planificación de Mediano y Largo Plazo
• Marco Macroeconómico Plurianual
• Técnicas Presupuestarias
• Juan Brun G.
5. Sustento legal
• Clasificación de la ley
- Ley material
- Ley formal
• Principios del Derecho Presupuestario
- Anualidad:
- Especialidad del Crédito:
- Unidad de Caja:
- Universalidad: Único
- Especialidad Cualitativa:
- Especialidad Cuantitativa:
- Especialidad Temporal:
6. Sustento legal
• Constitución Política del Estado
Son atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional
Aprobar leyes en materia de presupuestos,
¿Quién Recibe y considera el proyecto de ley?
¿Cuándo debe ser tratado?
¿Cómo debe ser considerado?
¿ Cómo se procede cuando no se trata el PPTO?
7. Sustento legal
Constitución Política del Estado
Son atribuciones de la Presidente o Presidente del Estado
Presentar a la A.P.N., dentro de las 30 primares sesiones el
Proy. de Ley del Ppto. Gral. del Estado y proponer, en su
vigencia, modificaciones que estime necesarias.
• Artículo 321. I. La administración económica y financiera del
Estado y de todas las entidades públicas se rige por su
presupuesto.
8. Sustento legal
• Constitución Política del Estado
Artículo 339. I. El Presidente de la República podrá decretar
pagos no autorizados por la ley del presupuesto, únicamente
para atender necesidades impostergables derivadas de
calamidades públicas, de conmoción interna o del
agotamiento de recursos destinados a mantener servicios
cuya paralización causaría graves daños Los gastos destinados
a estos fines no excederán del uno por ciento del total de
egresos autorizados por el Presupuesto General
9. Sustento legal
• Ley de Administración y Control Gubernamentales
Artículo 1º.-
– Regula los sistemas de Administración y de Control de los
recursos del Estado y su relación con los sistemas de
Planificación e Inversión Pública, con el objeto de:
– a) Programar, organizar, ejecutar y controlar la captación y
el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos
– b) Disponer de información útil, oportuna y confiable
Artículo 2º Los sistemas que se regulan son:
a) Para programar y organizar las actividades:
-Organización Administrativa.
- Presupuesto
10. Sustento legal
• Ley de Administración y Control Gubernamentales
b) Para ejecutar las actividades programadas:
- Administración de Personal.
- Administración de Bienes y Servicios.
- Tesorería y Crédito Público.
- Contabilidad Integrada.
c) Para controlar la gestión del Sector Público:
- Control Gubernamental,
11. Sustento legal
• Ley de Administración y Control Gubernamentales
• Artículo 8º.- El Sistema de Presupuesto preverá, los montos y
fuentes de los recursos financieros para cada gestión anual en
función de las prioridades de la política gubernamental y su
asignación a los requerimientos monetarios de la
Programación de Operaciones y de la Organización
Administrativa adoptada. Se sujetará a los siguientes
preceptos generales:
-Los gastos totales deben responder a la disponibilidad de sus
recursos, no pudiendo transferir gastos de inversión a
funcionamiento.
12. Sustento legal
• Ley de Administración y Control Gubernamentales
-Las entidades con autonomía de gestión, financiarán sus
costos de funcionamiento, el aporte propio del
financiamiento para sus inversiones y el servicio de su deuda
con sus propios ingresos. Sus presupuestos de gastos son
indicativos de sus operaciones de funcionamiento e inversión.
• Articulo 22º.- El Ministerio de Finanzas es la autoridad
fiscal y órgano rector de los sistemas de PO, OA,
Presupuesto; AP; ABS; TCP y CI
13. Sustento legal
• Ley 2042 de Administración Presupuestaria
Artículo 1°
Tiene por objeto establecer las normas generales a las que
debe regirse el proceso de administración presupuestaria ,del
1° de enero al 31 de diciembre de cada año. Normar la
elaboración y presentación de los Estados Financieros de la
Administración Central para su consideración en el Honorable
Congreso Nacional.
14. Sustento legal
• Ley 2042 de Administración Presupuestaria
• Artículo 4°
Las asignaciones presupuestarias de gasto aprobadas por la
Ley de Presupuesto de cada año, constituyen límites máximos
de gasto y su ejecución su sujetará a los procedimientos
legales que en cada partida sean aplicables
• Artículo 6°
• El Poder Ejecutivo puede realizar modificaciones
presupuestarias intrainstitucionales e interinstitucionales,
siempre y cuando esta no contravenga lo siguiente:
• a) aumentar el total del gasto agregado
• b) Incrementar el total del grupo de gastos 10000 .
• c) Traspasar recursos de apropiaciones presupuestarias de
inversión a otros gastos,
15. Sustento legal
• Ley 2042 de Administración Presupuestaria
RÉGIMEN PRESUPUESTARIO EN SERVICIOS PERSONALES Y DEUDA
PÚBLICA
RÉGIMEN PRESUPUESTARIO EN SERVICIOS PERSONALES
RÉGIMEN PRESUPUESTARIO DE LA DEUDA PÚBLICA
16. Sustento legal
Ley 2042 de Administración Presupuestaria
TÍTULO III
RÉGIMEN DE EVALUACIÓN, CIERRE PRESUPUESTARIO,
ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
CAPÍTULO I
EVALUACIÓN DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
CAPÍTULO II
CIERRE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA Y CONTABLE
17. Sustento legal
• Ley Marco de Autonomías y Descentralización
“Andrés Ibáñez” Ley n° 031
• I. El objeto es regular el régimen económico financiero en
cumplimiento con lo dispuesto en la Constitución Política del
Estado, en el ámbito de aplicación de la presente Ley.
• II. Regula la asignación de recursos a las entidades
territoriales autónomas y las facultades para su
administración
• III. Las entidades territoriales autónomas financiarán el
ejercicio de sus competencias con los recursos consignados
en sus presupuestos institucionales, conforme a disposiciones
legales vigentes.
18. Sustento legal
• Ley Marco de Autonomías y Descentralización
“Andrés Ibáñez” Ley n° 031
• Artículo 102. (LINEAMIENTOS GENERALES).
• La administración se ejercerá en sujeción a los siguientes
lineamientos:
1. Sostenibilidad financiera
2. Autonomía económica financiera,
3. Equidad con solidaridad entre todas las autonomías
4. Coordinación constructiva y lealtad institucional.
5. Asignación de recursos suficientes
19. Sustento legal
• Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés
Ibáñez”
• Artículo 104. (RECURSOS DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES
AUTÓNOMAS
Departamentales).
1. Las regalías departamentales establecidas por la
Constitución Política del Estado y las disposiciones legales
vigentes.
2. Los impuestos de carácter departamental
3. Las tasas y las contribuciones.
4. Las patentes por la explotación recursos naturales
5. Venta de bienes, servicios y la enajenación de activos.
6. Los legados, donaciones y otros ingresos similares.
20. Sustento legal
Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez
7. Los créditos y empréstitos internos y externos contraídos
de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
8. Las transferencias del IDH y del IEHD y otros.
9. Aquellos provenientes por transferencias, por delegación o
transferencia de competencias.
21. Sustento legal
• Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés
Ibáñez”
• Artículo 114. (PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES
TERRITORIALES AUTÓNOMAS).
IV. Las entidades territoriales autónomas elaborarán el
presupuesto institucional considerando la integralidad y
articulación de los procesos de planificación, programación,
inversión y presupuesto, incorporando los mecanismos de
participación y control social, en el marco de la transparencia
fiscal y equidad de género.
V. El presupuesto de las entidades territoriales autónomas
debe incluir la totalidad de sus recursos y gastos.
22. Sustento legal
• Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés
Ibáñez”
• IX. Los gobiernos autónomos tienen la obligación de
presentar a las instancias delegadas por el Órgano Ejecutivo
del nivel central del Estado, la siguiente información y
documentación:
1. El Plan Operativo Anual y el presupuesto anual aprobados
por las instancias autonómicas de acuerdo a las disposiciones
legales vigentes:
2. La ejecución presupuestaria mensual sobre los recursos,
gastos e inversión pública, hasta el día 10 del mes siguiente.
3. Estados financieros de cada gestión fiscal.
4. Información de evaluación física y financiera
23. Participación Ciudadana
MARCO GENERAL DE LA PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL
EN LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS
CAPÍTULO I
PARTICIPACIÓN SOCIAL
Artículo 138. (DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL).
I. La normativa de los gobiernos autónomos debe garantizar
la participación y el control social.
II. La participación social se aplica a la elaboración de políticas
públicas, planificación, seguimiento y evaluación, mediante
mecanismos establecidos y los que desarrollen los gobiernos
autónomos en el marco de la ley.
24. Participación Ciudadana
Contexto Democracia Representativa Democracia Participativa
Marco Legal Ley Orgánica de Municipalidades Ley de Participación Popular
Actores centrales Partidos Políticos Organizaciones Territoriales de
Base y Comités de Vigilancia
Escenarios de participación Elecciones de Alcaldes y Concejos
Municipales
Además de elecciones, Asambleas
de barrios y distritos municipales
Roles Alcaldes – Ejecutivo
Concejos Municipales-Control
1. Elaboración Participativa de
Planes de Desarrollo Municipal:
Largo Plazo (PDMs), Corto Plazo
(POAs).
2. Vigilancia social
26. Control social
Artículo 142. (GARANTÍA DE CONTROL SOCIAL).
La normativa de los gobiernos autónomos garantizará el
ejercicio del control social por parte de la ciudadanía.
Artículo 143. (CONTINUIDAD DE LA GESTIÓN PÚBLICA).
El control social no podrá retrasar, impedir o suspender, la
ejecución o continuidad de proyectos, programas, planes y
actos administrativos,
27. Marco conceptual
El Presupuesto
Es un plan de ingresos y gastos para un período de tiempo
determinado a fin de cumplir los objetivo y metas de una
empresa o de un Estado.
El Sistema de Presupuesto
Es un conjunto ordenado y coherente de principios,
disposiciones normativas, procesos e instrumentos
técnicos, que tiene por objeto la formulación, aprobación,
ejecución, seguimiento y evaluación, de los
presupuestos públicos, según el Plan General de
Desarrollo Económico y Social de la República.
. Sistema de Administración de las Finanzas Públicas
29. Marco conceptual
POA
PDS
PEIPND PDD
PDM
FormulaciónFormulación
Cartera de Proyectos de
Inversión (Registro SISIN)
Priorización y selección de
Proyectos de Inversión
Programación de Inversión
Programación Financiera
Programación de la Ejecución
Física
Administración Bienes y
Servicios (Plan Anual de
Contrataciones)
Proyecto de presupuesto
Seguimiento a:
Ejecución Financiera
Ejecución Física
Seguimiento ySeguimiento y
EvaluaciónEvaluación
30. Marco conceptual
Marco Macroeconómico Plurianual
Tasa de crecimiento del PIB
Tasa de inflación
Inversión Pública
Eficiencia tributaria
Cotización internacional del Barril de petróleo
Tipo de cambio
Otros
31. Marco conceptual
Técnicas de elaboración del presupuesto
• Tradicional
Parte de un volumen global del gasto, gastos recurrentes
ordinarios, regla del penúltimo año, que se convierte en una
limitación de gasto y extraordinarios no recurrentes de
acuerdo a ingresos extraordinarios
• Incrementalista
• Análisis de partidas, , comienza defiiendo las unidades
monetarias asignadas, beneficio costo de las nuevas
actividades.
• Base Cero. Programa en blanco, analiza costo beneficio
comienza con propósitos y objetivos, enfoques nuevos,
alternativas
32. Marco conceptual
• Por Progranmas
• Identifica objetivos y metas a alcanzar, el SP productor de
bienes y servicios. Estructura por categorías programáticas
sub programa, proyecto actividad
• Por resultados
Es una metodología que integra la programación,
formulación, aprobación, ejecución y evaluación del
presupuesto.