1. Universidad de Oriente
Núcleo Bolívar
Administración Medica
ÁREAS DE SALUD INTEGRAL
COMUNITARIA
(ASIC)
GRUPO NRO 08
FEBRERO DEL 2023
2. ÁREAS DE SALUD INTEGRAL COMUNITARIA (ASIC)
LOS MODELOS DE ATENCIÓN DE SALUD EXISTIERON EN VENEZUELA DESDE LA
DÉCADA DE 1960 PUDIENDO CONSIDERARSE , UN VERDADERO MOSAICO , SEIS
MODELOS SE APLICABAN Y AUN SE APLICABAN INDISTINTAMENTE DE LAS
UNIDADES DE LOS SUBSECTORES PÚBLICOS Y PRIVADOS.
SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD
• RED DE ATENCIÓN COMUNAL
• RED AMBULATORIA ESPECIALIZADA
• RED DE HOSPITALES
• RED DE EMERGENCIAS (TRANSVERSALIZADA A LAS 3 PRIMERAS REDES)
REDES INTEGRADAS DE SALUD
3. LA RED INTEGRADA DE SALUD: ES EL MECANISMO DE UNIFICACIÓN DE LOS SUBSISTEMAS
PUBLICOS CONOCIDOS COMO
SERVICIO DE SALUD DE ALCALDÍA Y GOBERNACIONES
BARRIO ADENTRO
IVSS SANIDAD MILIAR
IPASME
4. LA RED INTEGRADA DE SALUD: SE REGULA POR UN SISTEMA DE REFERENCIA Y
CONTRARREFERENCIA MEDICA Y COMUNAL, QUE CONTEMPLA SEGÚN SEA LAS
NECESIDADES Y COMPLIJIDAD DE LA RED, UNA CENTRAL REGULADORA
PERMITIENDO EL DESARROLLO DE UN SISTEMA SEMIAUTOMATIZADO PARA
REFERENCIA DE ESPECIALIDADES UBICADAS EN LA RED AMBULATORIA
ESPECIALIZADA Y RED DE HOSPITALES.
PRINCIPALES LÍNEAS DE ATECIÓN DEL
SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD
ATENCIÓN
OBSTÉTRICA Y
NEONATAL ONCOLOGÍA
CARDIOVASCULAR
CAUMATOLOGÍA
TRAUMATOLOGÍA DIALISIS
Y
TRANSPLANTE
5. ÁREAS DE SALUD INTEGRAL COMUNITARIA (ASIC)
El Sistema Público Nacional de Salud estará conformado por instancias de
salud que permitirán la articulación de los distintos niveles de gestión:
central, regional, estadal, local y comunal:
El Nivel Central, está representado por el Ministerio del Poder Popular para la Salud.( MPPS)
El Nivel Regional, por las Direcciones Regionales Estratégicas de Desarrollo Integral en Salud (REDIS-SALUD)
El Nivel Estadal, por las Direcciones Estadales de Salud }El Nivel Local, por Las Direcciones Locales de Redes
Integradas de Salud
El Nivel Comunal, por las Coordinaciones de Áreas de Salud Integral Comunitarias ( ASIC).
6. ÁREAS DE SALUD INTEGRAL COMUNITARIA (ASIC)
Las Áreas de Salud Integral Comunitarias (ASICs) son las unidades básicas y operativas de la Red de Atención Comunal,
tienen como base los Territorios Sociales que le corresponden, con los cuales se articula, garantizando respuestas
integrales, bajo un modelo de atención integral, universal, equitativo y gratuito con enfoque familiar y comunitario.
Los ASIC están comprendidos por:
Los establecimientos de salud de atención comunal ubicados en dicho territorio social
(consultorios populares (CP).
ópticas.
sillones de odontología.
Centro de Diagnóstico Integral (CDI).
Salas de Rehabilitación Integral (SRI).
Las Organizaciones sociales.
Consejos Comunales.
sistema de misiones y grandes misiones sociales.
8. ÁREAS DE SALUD INTEGRAL COMUNITARIA (ASIC)
OBJETIVO GENERAL
Garantizar la asistencia médica a
titulares y beneficiarios tanto en
la modalidad ambulatoria como
en la hospitalización, a través de
los organismos de salud afiliados
a nuestro Sistema Integral de
Salud.
Planificar, dirigir, coordinar y
controlar los planes y programas
de salud requeridos para
implementar un sistema de
salud digno, que cubra las
necesidades de los afiliados.
Velar por el cumplimiento de las
normas de higiene y seguridad
laboral bajo los conceptos
establecidos por la Organización
Mundial de la Salud.
Ejercer la suprema dirección,
administración y control del
SISUNERMB.
Ejercer la suprema dirección,
administración y control del
SISUNERMB.
9. Atención de emergencia 24 horas para niños, niñas y adolescentes
Atención de emergencia 24 horas para adultos y adultas
Atención de emergencia de 24 horas para embarazadas
Laboratorio
Rayos x
Un espacio en el territorio de la ASIC para la atención de partos de bajo riesgo
Un servicio de transporte de emergencia tipo ambulancia.
Promoción de Salud y Participación Comunitaria
Contraloría Sanitaria y Saneamiento Ambiental en coordinación con las instancias locales, estatales y nacionales.
Docencia e investigación, vinculado con los espacios docentes de pregrado y postgrado, en coordinación con el nivel
estadal y nacional.
Profesionales de la salud mental
Equipo de Salud Sexual y Reproductiva
ÁREAS DE SALUD INTEGRAL COMUNITARIA (ASIC)
Cada ASIC debe contar con los servicios, equipos de trabajo y
redes de atención siguientes:
10. ÁREAS DE SALUD INTEGRAL COMUNITARIA (ASIC)
Las ASIC deben tener identificadas las redes de referencias
para:
Atención de embarazo y parto de alto riesgo
Atención de recién nacido complicado o de alto riesgo
Procesamiento oportuno de las citologías vaginales.
Atención traumatológica de emergencia.
Atención quirúrgica de emergencia .
Atención de las intoxicaciones agudas .
Tratamiento de las adicciones
11. CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN
El Consejo de Dirección del Área de la Salud Integral Comunitaria (ASIC, es
un cuerpo colegiado, integrado de la manera siguiente:
o Un (1) Director o Directora, quien lo preside.
o Un (1) Coordinador o Coordinadora de Asistencia, Docencia
e investigación.
o Un (1) Coordinador o Coordinadora epidemiológica e
información de salud.
o Un (1) Coordinador o Coordinadora de Gestión
Administrativa.
o Un (1) Coordinador o Coordinadora de Aseguramiento.
o Un (1) Vocero o Vocera del Poder popular y su suplente.
o Un (1) Vocero o Vocera de los trabajadores y trabajadoras y
su suplente.
12. Requisitos exigidos para el cargo de Director o
Directora del ASIC :
Artículo 6º: Los requisitos exigidos para el cargo de Director o
Directora del ASIC, son los siguientes:
Ser venezolano o venezolana.
Mayor de edad.
Profesional de la salud, preferiblemente con especialización
en Gestión de Salud Publica o cualquier otra relacionada con
el área de la gestión de la salud.
Experiencia mínima de un (1) año en Gestión de la Salud.
No estar sujeto a interdicción civil o inhabilitación política
CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN
13. CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN
De las competencias de la División de
Asistencia, Docencia e investigación.
Artículo 7º: a los efectos de esta resolución, las competencias
de la División de Asistencia, Docencia e Investigación, se
establecen de la manera siguiente:
Planificar, organizar, ejecutar y controlar los procesos
asistenciales, docentes e investigativos en todos los
escenarios con la Red Hospitalaria ubicados dentro del
territorio del ASIC.
Planificar, organizar y ejecutar visitas
de supervisión docente y asistencial
de los establecimientos de Salud del
ASIC.
Evaluar y ejecutar el cumplimiento de las directrices y
políticas de la Red de Atención Comunal además de los
protocolos de atención normados y de calidad en
todos los niveles de atención.
Garantizar el desarrollo de las líneas de
investigación relacionadas con los procesos de
salud y enfermedad, existentes en las
comunidades de concordancia con las propuestas
por el Ministerio del Popular para la Salud (MPPS).
Determinar las necesidades de formación, asi
como elaborar planes y proyectos orientados a
la formación, capacitación continua y
permanente del personal asistencial en los
establecimientos de salud y de la comunidad en
general del ASIC.
Evaluar la implementación y cumplimiento
de la tecnovigilancia y farmacovigilancia.
14. CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN
Del coordinador o Coordinadora de la División de
Asistencia, Docencia e Investigación del ASIC.
Artículo 8º: el Coordinador o Coordinadora de la División
de la Asistencia, Docente e Investigación del ASI, será
propuesto por el Director o Directora del ASIC a la máxima
autoridad de salud del estado designado por el ministro o
ministra de salud.
Ejercerá las funciones inherentes al cargo según el
manual de cargos u organización conforme con las
competencias establecidas en esta Resolución; debe
cumplir o hacer cumplir todos los procesos de
Asistencia- Docencia.
Requisitos exigidos para el cargo de Coordinador o
Coordinadora de la División de Asistencia, Docencia
e Investigación del ASIC.
Ser venezolano o venezolana
Ser mayor de edad
Profesional de la Salud con titulo revalidado en la
República Bolivariana de Venezuela.
Médicos o médicas Integrales comunitarias, médicos o
médicas cirujanos, u otros profesionales de la salud,
preferiblemente con especialización de Gestión de
salud Pública.
Docente reconocido por la Universidad de las Ciencias
de la Salud.
No estar sujeto a la interdicción civil o rehabilitación
política
15. De las competencias de la División de
Epidemiologia e información de la Salud del
ASIC.
CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN
Artículo 11º: El coordinador o coordinadora
de la División Epidemiológica e Información
de la Salud del ASIC, será propuesto por el
Director o Directora del ASIC a la máxima
autoridad de salud del estado designado por
el Ministro o Ministra de salud, y ejercerá la
funciones inherentes al cargo según el
manual de cargos u organización conforme
con las competencias establecidas en esta
resolución; y recopilara la información
primaria, consolidara, analizara y evaluara las
estadísticas de atención y atención del ASIC.
Requisitos exigidos para el cargo de Coordinador
o Coordinadora de la División de Epidemiologia e
Información de Salud del ASIC.
Ser venezolano o venezolana
Ser mayor de edad
Profesionales de la salud, con
especialización en epidemiologia
preferiblemente
No estar sujeto a interdicción civil o
inhabilitación política.