Este documento resume los principales pasos para exportar productos desde Colombia a Estados Unidos, incluyendo la ubicación de la subpartida arancelaria, el registro como exportador, el estudio del mercado estadounidense, y los procedimientos aduaneros y cambiarios requeridos.
2. INTRODUCCIÓN
La cadena logística es clave en la Gestión Logística Internacional,
pues permite planear y hacer seguimiento estratégico del proceso
de distribución de materias primas o de productos terminados en
las operaciones de comer internacional, como las exportaciones.
5. EXPORTACIÓN
Las exportaciones de Colombia son un punto esencial para la
economía del país ya que permiten ofrecer los bienes y servicios a
diferentes destinos. Existe un Cat álogo de Oferta Exportable, en el
cual se pueden encontrar los principales bienes que exporta Colombia
y la variedad de los mismos.
La Cámara de Comercio Colombo Americana (AmCham) expuso que
en el primer trimestre de 2021 las exportaciones colombianas a
Estados Unidos tuvieron un incremento de 24 % frente al mismo
periodo de 2020, lo cual es sorprendente en el marco de la
disminución del comercio causada por el covid-19.
6. EXPORTACIÓN
También es de resaltar que 51 de las
108 partidas arancelarias identificadas
por la entidad hace dos años
aumentaron 46,5 % sus ventas desde
Colombia en 2020, lo que representa
un paso de US$ 2228 millones en 2019
a US$ 3263 millones el año pasado.
8. UBICACIÓN DE LA SUBPARTIDA
ARANCELARIA
Para localizar la subpartida arancelaria de su producto, debe consultar
el arancel de aduanas, Decreto 4927 de 2011. (Es importante aclarar
que la DIAN es el único ente oficial autorizado para determinar la
clasificación arancelaria, según el Decreto 2685/99 Art.236 y la
Resolución 4240/00 Art. 154 al 157 de la DIAN – División de arancel.
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Mensual, por producto).
10. REGISTRO COMO EXPORTADOR
• Para exportar el colombiano debe estar registrado en el RUT (registro único
tributario) la auto calificación de origen y certificado de origen también de la Dian, y
por vía electrónica. Casi siempre el comprador internacional lo exige.
• Este registro permite mantener información actualizada sobre composición, perfil y
localización de las empresas exportadores, así como las problemáticas en materia
de acceso a terceros mercados, obstáculos en infraestructura, competitividad de los
productos colombianas, comportamiento de los mercados, obstáculos.
• El Registro Único Tributario (RUT) constituye el único mecanismo para identificar,
ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Para adelantar actividades de
exportación, se debe tramitar este registro, especificando dicha actividad. En todo
caso, según el Estatuto Tributario si es persona natural, esta actividad es de régimen
común.
12. ESTUDIO DEL MERCADO Y
LOCALIZCIÓN DE LA DEMANDA
TEMPORAL
Un estudio de mercado es un análisis minucioso y sistemático de los
factores que intervienen en un nicho determinado y que ejercen influencia
sobre el producto que se pretende exportar.
La exportación requiere inicialmente de una selección de mercado, donde
se determinen las características específicas del país o región a donde se
quiere exportar: identificación de canales de distribución, precio de la
exportación, hábitos y preferencias de los consumidores del país o región,
requisitos de ingreso, vistos buenos, impuestos, preferencias arancelarias y
otros factores que están involucrados en el proceso de venta en el exterior.
15. PROCEDIMIENTOS
ADUANEROS
Es importante que consulte si su producto requiere de vistos buenos y/o
permisos previos para la autorización de la exportación. Estos deben ser
tramitados antes de presentar la Declaración de Exportación (DEX) ante la
DIAN.
La exportación de ciertos productos exige que el exportador se encuentre
inscrito en la entidad encargada de su control y/o del otorgamiento del visto
bueno, siendo así, el exportador deberá tramitar ante la autoridad
correspondiente y obtener con anterioridad a la exportación, los vistos
buenos o requisitos especiales que requiera su producto para ser
exportado, teniendo en cuenta las normas vigentes para cada producto.
16. PROCEDIMIENTOS ADUANEROS
PARA DESPECHO ANTE LA DIAN
Una vez tenga lista la mercancía y según el término de negociación –
Incoterms-utilizado, si es del caso, utilice un Agente de Carga (Vía Aérea) o
Agente Marítimo para la contratación del transporte internacional. Diríjase al
Aeropuerto y/o a la Avda. 68 No.22–81, en Bogotá, para solicitar clave de
acceso al sistema informático de la DIAN, para que diligencie la Solicitud de
Autorización de Embarque.
Este trámite lo puede hacer directamente si su exportación tiene un valor
inferior a USD10.000. Si es mayor a este monto, debe realizar este
procedimiento a través de una Agencia de Aduanas, que esté autorizada
por la DIAN. Este trámite debe hacerse ante la Administración de Aduanas
por donde se va a despachar la mercancía, anexando entre otros, los
siguientes documentos:
17. - Factura comercial
- Lista de empaque (si requiere)
- Registros sanitarios
- Documento de transporte
- Otros documentos exigidos para el
producto a exportar.
DOCUMENTOS
18. Una vez presentados los documentos e
incorporados al sistema informático aduanero,
este determina si se requiere inspección
física, automática o documental, si es física se
hace en las bodegas del puerto de salida, la
aerolínea o en el lugar habilitado por la DIAN.
Terminada esta diligencia y si todo está bien,
la mercancía puede ser embarcada y
despachada al exterior. Hecha esta operación
y certificado el embarque por la empresa de
transporte la Solicitud de Autorización de
Embarque se convierte en Declaración de
Exportación - DEX.
PROCEDIMIENTOS ADUANEROS
PARA DESPECHO ANTE LA DIAN
19. PROCEDIMIENTOS
CAMBINARIOS
Toda operación de venta de servicios o
mercancías al exterior, es decir exportación,
genera la obligación de reintegrar las divisas
provenientes de esta venta. El reintegro se
debe tramitar a través de los intermediarios
cambiarios, es decir bancos comerciales y otras
entidades financieras.
Los exportadores deben canalizar, a través del
mercado cambiario, las divisas provenientes de
sus envíos dentro de los seis (6) meses
siguientes a la fecha de su recibo,
correspondientes tanto a exportaciones ya
realizadas como a las recibidas en calidad de
pago anticipado por futuros pedidos de bienes.
Se considera que se recibieron divisas por
concepto de anticipo, si estas son canalizadas a
través del mercado cambiario, antes del
embarque de la mercancía..
20. PROCEDIMIENTOS
CAMBINARIOS
● La (s) declaración (es) de exportación
definitiva (s), cuando estén disponibles
en la fecha de la venta de las divisas.
● Los valores efectivamente reintegrados.
● Los gastos en que se haya incurrido.
● Las deducciones acordadas, si las
hubiera.
Tal información no será procesada ni
remitida al Banco de la República, pero
deberá conservarse para cuando sea
requerida por las autoridades de control y
vigilancia
Los exportadores de bienes deben
diligenciar la declaración de cambio por
exportaciones de bienes en el momento de
reintegrar las divisas, bien sea mediante su
venta a los intermediarios del mercado
cambiario o su consignación en las cuentas
corrientes de compensación, utilizando el
numeral cambiario que corresponda, de
acuerdo con las instrucciones establecidas
para el diligenciamiento de la misma. En la
declaración de cambio, los exportadores
dejarán constancia de los datos relativos a:
21. Toda exportación genera la obligación de reintegrar las divisas a través
de los intermediarios cambiarios (bancos comerciales y demás entidades
financieras) por tanto, los exportadores deben efectuar la venta de las
divisas a estos intermediarios, para lo cual se debe reclamar y diligenciar
ante dicha entidad el formulario Declaración de Cambio No 2.
Exportación de muestras sin valor comercial. Todo producto que se
exporte por esta modalidad debe cumplir con las normas sanitarias o
vistos buenos pertinentes, en caso de requerirse.
Procedimientos cambinarios
22. PROCEDIMIENTOS
CAMBINARIOS
Los requisitos para utilizar este tipo de
exportación son:
● Elaboración de Factura Comercial o
Factura Proforma, indicando el valor para
efectos aduaneros y cantidad.
● Elaboración de Factura Comercial o
Factura Proforma, indicando el valor para
efectos aduaneros y cantidad.
● Diligenciamiento de la Declaración
Simplificada de Exportación (Código 610)
en la oficina de la DIAN por donde se va a
despachar la mercancía (esto se hace a
través del sistema electrónico de la
DIAN)