1) El documento presenta dos visiones opuestas del poder político: el absolutismo defendido por Jacobo I, que concentra todo el poder en el rey, y el parlamentarismo surgido en Inglaterra tras la Revolución Gloriosa de 1688, que limita el poder real y reconoce derechos a los súbditos. 2) John Locke critica el absolutismo señalando que no existe un juez imparcial ante quien recurrir cuando el rey comete abusos, por lo que los súbditos viven en un "estado de naturale
5. Comentario nº 1 (dos textos breves)
“Antes de que hubiera Estado había reyes; de donde se sigue que son los reyes quienes han hecho las
leyes y no las leyes quienes han hecho los reyes. Es evidente que el rey es dueño de todos los bienes. Su
derecho le viene de Dios y sólo a El ha de rendir cuentas. Todos los poderes en el Estado derivan de su
poder y todos le deben la más completa obediencia”. (Jacobo I, La verdadera ley de las monarquías
libres, 1598)
“Los Lores y los Comunes, reunidos en un cuerpo que representa a la nación, declaran:
1.- Que el pretendido poder de suspender la ejecución de las leyes por la autoridad real, sin el
consentimiento del Parlamento, es contrario a las leyes (...)
4.- Que todo dinero para uso de la Corona, bajo pretexto de la prerrogativa real, sin que haya sido
concedido por el Parlamento, es contrario a las leyes.
5.- Que es un derecho de los súbditos presentar quejas al rey y que toda prisión o persecución por esta
causa es contraria a las leyes (...)
8.- Que las elecciones de los diputados al Parlamento deben ser libres (...)
10.- Que para encontrar un remedio a todos los problemas, corregir, fortificar y mantener las leyes, es
necesario reunir frecuentemente el Parlamento”. (Ley de derechos, aprobada por el Parlamento inglés
en 1689)
Orientaciones para el comentario: 1.- Busca en las palabras-clave factores de cambio e ideas
asociadas a las carácterísticas del Antiguo Régimen. 2.- Compara ambos textos y analiza tanto el
triunfo como la crisis de legitimidad del absolutismo. 3.- Valora la trascendencia del parlamentarismo
inglés.
6. Comentario nº 2
“Resulta, pues evidente, que la monarquía absoluta, a la que ciertas personas consideran como el
único gobierno del mundo, es en realidad incompatible con la sociedad civil, y por ello, no puede
ni siquiera considerarse como una forma de poder civil. La finalidad de la sociedad civil es evitar
1 El Rey de Inglaterra Jacobo I, gran defensor del absolutismo, pertenecía a la dinastía de los Estuardo.
2 Recuérdese que a mediados del siglo XVII el Parlamento venció en una guerra civil al rey Carlos I, que fue ejecutado.
Años después se restauró la monarquía pero una revolución, la de 1688, derribó al último Estuardo y supuso el triunfo
del Parlamento y, más aún, el llamado <<parlamentarismo inglés>>. La Ley de Derechos de 1689 convirtió
definitivamente a Inglaterra en una monarquía parlamentaria. Con todo, hasta el siglo XIX sólo una parte muy
minoritaria
de la población elegía a los miembros de la Cámara de los Comunes (ésta y la aristocrática Cámara de los
Lores integraban el Parlamento)2 y remediar los inconvenientes del estado de naturaleza, que se producen
forzosamente cuando cada hombre es juez de su propio caso, estableciendo para ello una autoridad conocida a la que
todo miembro de dicha sociedad pueda recurrir cuando sufre algún atropello, o siempre que se produzca alguna
disputa, y a la que todos tengan obligación de obedecer. Allí donde existen personas que no disponen de esa autoridad
a quien recurrir para que decida en el acto las diferencias que surgen entre ellas, esas personas siguen viviendo en un
estado de naturaleza. Y en esa situación se encuentran, frente a frente, el rey absoluto y todos aquellos que están
sometidos a su régimen.
Al partirse del supuesto de que ese príncipe absoluto reúne en sí mismo el poder legislativo y el
poder ejecutivo sin participación de nadie, no existe juez ni manera de apelar a nadie capaz de
decidir con justicia e imparcialidad, y con autoridad para sentenciar, o que pueda remediar o
compensar cualquier atropello o daño que ese príncipe haya causado, por sí mismo o por orden
suya” (John Locke, Dos tratados del gobierno civil, 1690).
Orientaciones para el comentario: 1.- Descubre las partes del texto y señala sus palabras-clave,
relacionadas con el parlamentarismo. 2º.- Comenta la visión de Locke sobre el absolutismo. 3º.-
Reflexiona acerca de la trascendencia histórica de estas ideas escritas a finales del siglo XVII en
Inglaterra. 4ª.- Considera la transcendencia de Locke en las revoluciones políticas del siglo XVIII.
7. La condición del hombre es la de guerra de todos contra todos, en la
cual cada uno está gobernado por su propia razón, no existiendo
nada de lo que pueda hacer uso que no le sirva de instrumento para
proteger su vida contra sus enemigos. De aquí se sigue que, en
semejante condición, cada hombre tiene derecho a hacer cualquier
cosa, incluso en el cuerpo de los demás. Y por consiguiente, mientras
persiste ese derecho natural de cada uno con respecto a todas las
cosas, no puede haber seguridad para nadie... El único camino es
erigir un poder común capaz de defenderlos (...) es conferir todo su
poder y fortaleza a un hombre (...) (el rey)
T. Hobbes, Leviathan, 1651
8. Hobbes: justificación del Absolutismo
"(...) En el Leviatán Hobbes justifica el absolutismo como política ideal contra los males de la sociedad
y el Estado es presentado como el instrumento que remedia el estado de naturaleza en el que el
hombre se ve envuelto en una situación de guerra de todos contra todos, donde no hay lugar para la
paz y la armonía. Hobbes parte de la idea que el hombre, para subsanar una situación caótica y
salvaje, establece leyes para la paz y el orden mediante un pacto o contrato social, en el que el poder
se otorga a un solo hombre o a una asamblea de hombres, el Estado o Leviatán, que aúna todos los
poderes individuales y es soberano absoluto. El estado, por tanto, pese a ser artificial y contrario a la
naturaleza humana, es considerado un mal menor, y garantiza la supervivencia y la paz entre los
hombres a costa de perder autonomía y libertad individual. En la portada original del Leviatán queda
simbolizada la teoría hobessiana.
En ella se observa una figura gigante en el centro, el Leviatán, sostiene con los brazos
extendidos, simbolizando dominio, una espada y un báculo en cada mano, uniendo el poder secular y
religioso. Para Hobbes, cuyo planteamiento del poder es laico, la religión es útil, a nivel pedagógico,
ya que predica la sumisión y atempera el pueblo, aunque no debe tener poder. Esta figura gigante,
que sostiene la corona en su cabeza, que a su vez contiene mitra, refiriéndose a la subordinación del
poder religioso al civil, tiene el cuerpo formado por pequeñas figuras, los súbditos que han otorgado
su poder por pacto al Leviatán. La imagen de la figura, por encima de la ciudad, se completa con una
inscripción en la parte superior del cuadro, no hay poder en la tierra que se pueda comparar. Bajo la
imagen principal, se establece un paralelismo entre el poder secular y el religioso mediante diversas
imágenes, fusionando ambos poderes en uno sólo, el Leviatán. Castillo e iglesia, corona y mitra,
cañón y rayos anatema, de maldición, trofeos y botines de guerra con tridente y silogísticos, pues el
uso de la razón silogística como argumento nos dice que sus armas son las palabras y, por último, se
representa el campo de acción, la batalla y el concilio, en el que se toman las decisiones (...)"
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