Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Derecho civil bienes
1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Vice-Rectorado académico
Escuela de Derecho Barquisimeto- estado Lara
Bienes Muebles e
Inmuebles.
Alumna: Lilimar
Figueredo
CI:22302995
Catedra: Derecho Civil
Bienes
Seccion: Saia-B
Barquisimeto 9 de septiembre del 2014
2. Bienes Muebles.
Son
Aquellos que pueden trasladarse fácilmente de
un lugar a otro, manteniendo su integridad y la
del inmueble en el que se hallaran depositados.
Se clasifica por:
Su naturaleza:
Toda construcción
adherida de modo
permanente a la tierra
que sea parte de un
edificio (C.C.V art 527).
Destinación:
Cosas que el propietario
del suelo ha puesto en él
para su uso, cultivo y
beneficio (C.C.V. Art. 528)
Objeto a que se
refieren:
Las acciones que tiendan a
reivindicar inmuebles o a
reclamar derechos que se
refieran a los mismos (C.C.V.
Art. 530)
3. Bienes Inmuebles:
Son aquellos
Considerados bienes raíces, por tener de común la
circunstancia de estar íntimamente ligados al suelo, unidos
de modo inseparable, física o jurídicamente al terreno, tales
como las parcelas , casas etc.
Se clasifica de acuerdo a:
Su Naturaleza:
Bienes que pueden cambiar de
lugar, bien por sí mismos o
movidos por una fuerza exterior
(C.C.V. Art. 532)
Su Destinación:
( Art. 529 C.C.V)
Objeto a que se
refieren:
Rentas vitalicias o perpetuas a
cargo del Estado o de los
particulares. (C.C.V. Art. 533)