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Malas Prácticas en la ProtecciónMalas Prácticas en la Protección
de Datos de los Serviciosde Datos de los Servicios
BancariosBancarios
Luis Pineda, Presidente de Ausbanc ConsumoLuis Pineda, Presidente de Ausbanc Consumo
2
Índice
Principales Incidencias y Malas Prácticas
Seguros vinculados a contratos bancarios
Principios informadores
Derechos del afectado: problemas
Central de Información de Riesgos del BE
3
Principios
informadores
• Requisitos de la inclusiónRequisitos de la inclusión: La deuda debe ser
cierta, vencida y exigible y se debe haber instado
su pago. El acreedor o quien actúe por su cuenta
viene obligado a cerciorarse de que concurren
estos requisitos.
• Obtención de los datosObtención de los datos: Para que sea válido, los
datos deben ser obtenidos de fuentes accesibles al
público y de los registros establecidos a tal efecto,
o ser procedentes de informaciones facilitados por
el afectado o con su consentimiento
4
Principios
informadores
• Notificación de la inclusión:Notificación de la inclusión: Se debe informar al
afectado en el plazo máximo de 30 días desde su
inclusión en el fichero en los términos previstos en
la LOPD.
• Limitación de la información:Limitación de la información: Los datos que
no reúnan las condiciones de veracidad, exactitud
y actualidad no podrán ser incluidos en ningún
registro.
5
Principios
informadores
• Principio de calidad de los datos:Principio de calidad de los datos: sólo se
podrán recoger y someter a tratamiento aquellos
datos que sean adecuados, pertinentes y no
excesivos en relación con el ámbito y las
finalidades determinadas, explícitas y legítimas
para las que se hayan obtenido.
• Seguridad de los Datos:Seguridad de los Datos: el responsable del
fichero, y en su caso el encargado de tratamiento,
deberán adoptar medidas de índole técnica y
organizativas necesarias que garanticen la
seguridad de los datos y eviten su alteración,
pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
6
Principios
informadores
• Deber deDeber de ssecreto sobre los datos personalesecreto sobre los datos personales::
el responsable del fichero y quienes intervengan
en cualquier fase del tratamiento de los datos,
están obligados al secreto profesional.
7
Derechos del
afectado
Derecho de accesoDerecho de acceso: el interesado puede obtener
de forma gratuita información acerca de sus datos,
el origen y el modo de obtención de los mismos.
Derecho de rectificación y cancelaciónDerecho de rectificación y cancelación:
procederá en aquellos casos en los que los datos
sean inexactos, no respondan a la realidad y
cuando la deuda haya sido saldada.
8
Derechos del
afectado
Derecho de impugnación de valoracionesDerecho de impugnación de valoraciones: es el
derecho a impugnar actos administrativos o
decisiones privadas que impliquen una valoración
de su comportamiento, es decir, que ofrezcan una
definición de sus características o de su
personalidad.
Derecho de oposiciónDerecho de oposición: cuando el afectado tenga
motivos y legítimos relativos a una concreta
situación personal, podrá oponerse a la cesión de
estos datos
9
Derechos del
afectado:
problemas
•Es frecuente que las entidades no faciliten al
interesado los datos ni la identidad del
responsable del fichero. En tal caso, Ausbanc
Consumo dispone en su página web de una carta
tipo para solicitar el ejercicio de estos derechos.
• Los responsables de los ficheros no cumplen
el plazo máximo de 7 días contados desde la
comunicación por parte del interesado para
proceder a la rectificación o cancelación.
10
Principales
incidencias y
malas prácticas
 Saldo Cero:Saldo Cero: es contrario al principio de exactitud
y veracidad de los datos de tal forma que reflejen la
situación actual del afectado. Lo que persigue es la
creación de perfil de deudor de una persona que en
un determinado momento ha estado inscrita en el
registro. Plazo máximo de 3 meses, según
jurisprudencia.
 Pago Extrabancario:Pago Extrabancario: el problema surge cuando el
librado abona el efecto al librador sin que
intervenga ninguna entidad financiera ya que la
entidad cedente de los datos no tiene
conocimiento del pago ni puede actualizar la
información ni cancelar la deuda.
11
Principales
incidencias y
malas prácticas
 Mantenimiento de datos por más de 6 años:Mantenimiento de datos por más de 6 años: el
cómputo del plazo se inicia desde la inclusión del
dato en el fichero y, en todo caso, desde el cuarto
mes contado a partir del vencimiento de la
obligación. El responsable del fichero actualiza el
importe de la deuda y la fecha de alta,
circunstancia ésta que indebidamente alarga el
plazo de 6 años.
Rectificación y cancelación:Rectificación y cancelación: resulta técnica y
jurídicamente viable que el afectado pueda
acceder, rectificar o cancelar sus datos desde
cualquier entidad, con independencia del lugar
donde el acreedor tenga su domicilio.
12
Seguros vinculados
a contratos
bancarios
 La obtención de préstamos hipotecarios o
personales suele llevar aparejada la obligación de
suscripción de un seguro de vida ligado a dicho
préstamo.
 La obtención de los datos personales del
afectado, deberán hacerse en cuestionarios o
formularios separados, uno para el préstamo y otro
para el seguro de vida.
 En el cuestionario destinado a la entidad
bancaria no podrá aparecer ningún dato referente a
la salud del solicitante.
13
Seguros vinculados
a contratos
bancarios
 La entidad se comprometerá expresamente a que
los datos relativos a la salud, serán utilizados
únicamente por la aseguradora.
 Las entidades de crédito sólo podrán tratar los
datos personales que sean estrictamente
necesarios para relacionar el contrato de préstamo
con el contrato de seguro de vida o que estén
justificados por la intervención de la entidad de
crédito como agente o tomador del contrato de
seguro.
14
Central de
Información de
Riesgos del BE
 Es un servicio público gestionado y
administrado por el BE, que tiene por finalidad
recabar de las entidades datos e informaciones
sobre riesgos de créditos.
En este registro, a diferencia del resto de registros
de solvencia, se contienen tanto datos positivos
(de crédito) como negativos (de morosidad)
 La entidad declarante es la responsable ante
cualquier cesión de datos erróneos a la CIRBE.
15
Central de
Información de
Riesgos del BE
 El afectado no podrá oponerse al tratamiento
de sus datos.
No se precisa el consentimiento del afectado para
la declaración de datos a la CIRBE.
 La Agencia de Protección de Datos, aunque
considera a la CIRBE como Fichero Público,
entiende que le es de aplicación el resto de la
LOPD.
Según la nueva Ley Financiera los datos pueden
permanecer un máximo de 10 años.
16
Muchas gracias por su atención
www.ausbanc.es

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Malas Prácticas en la Protección de Datos de los Servicios Bancarios

  • 1. Malas Prácticas en la ProtecciónMalas Prácticas en la Protección de Datos de los Serviciosde Datos de los Servicios BancariosBancarios Luis Pineda, Presidente de Ausbanc ConsumoLuis Pineda, Presidente de Ausbanc Consumo
  • 2. 2 Índice Principales Incidencias y Malas Prácticas Seguros vinculados a contratos bancarios Principios informadores Derechos del afectado: problemas Central de Información de Riesgos del BE
  • 3. 3 Principios informadores • Requisitos de la inclusiónRequisitos de la inclusión: La deuda debe ser cierta, vencida y exigible y se debe haber instado su pago. El acreedor o quien actúe por su cuenta viene obligado a cerciorarse de que concurren estos requisitos. • Obtención de los datosObtención de los datos: Para que sea válido, los datos deben ser obtenidos de fuentes accesibles al público y de los registros establecidos a tal efecto, o ser procedentes de informaciones facilitados por el afectado o con su consentimiento
  • 4. 4 Principios informadores • Notificación de la inclusión:Notificación de la inclusión: Se debe informar al afectado en el plazo máximo de 30 días desde su inclusión en el fichero en los términos previstos en la LOPD. • Limitación de la información:Limitación de la información: Los datos que no reúnan las condiciones de veracidad, exactitud y actualidad no podrán ser incluidos en ningún registro.
  • 5. 5 Principios informadores • Principio de calidad de los datos:Principio de calidad de los datos: sólo se podrán recoger y someter a tratamiento aquellos datos que sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido. • Seguridad de los Datos:Seguridad de los Datos: el responsable del fichero, y en su caso el encargado de tratamiento, deberán adoptar medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
  • 6. 6 Principios informadores • Deber deDeber de ssecreto sobre los datos personalesecreto sobre los datos personales:: el responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos, están obligados al secreto profesional.
  • 7. 7 Derechos del afectado Derecho de accesoDerecho de acceso: el interesado puede obtener de forma gratuita información acerca de sus datos, el origen y el modo de obtención de los mismos. Derecho de rectificación y cancelaciónDerecho de rectificación y cancelación: procederá en aquellos casos en los que los datos sean inexactos, no respondan a la realidad y cuando la deuda haya sido saldada.
  • 8. 8 Derechos del afectado Derecho de impugnación de valoracionesDerecho de impugnación de valoraciones: es el derecho a impugnar actos administrativos o decisiones privadas que impliquen una valoración de su comportamiento, es decir, que ofrezcan una definición de sus características o de su personalidad. Derecho de oposiciónDerecho de oposición: cuando el afectado tenga motivos y legítimos relativos a una concreta situación personal, podrá oponerse a la cesión de estos datos
  • 9. 9 Derechos del afectado: problemas •Es frecuente que las entidades no faciliten al interesado los datos ni la identidad del responsable del fichero. En tal caso, Ausbanc Consumo dispone en su página web de una carta tipo para solicitar el ejercicio de estos derechos. • Los responsables de los ficheros no cumplen el plazo máximo de 7 días contados desde la comunicación por parte del interesado para proceder a la rectificación o cancelación.
  • 10. 10 Principales incidencias y malas prácticas  Saldo Cero:Saldo Cero: es contrario al principio de exactitud y veracidad de los datos de tal forma que reflejen la situación actual del afectado. Lo que persigue es la creación de perfil de deudor de una persona que en un determinado momento ha estado inscrita en el registro. Plazo máximo de 3 meses, según jurisprudencia.  Pago Extrabancario:Pago Extrabancario: el problema surge cuando el librado abona el efecto al librador sin que intervenga ninguna entidad financiera ya que la entidad cedente de los datos no tiene conocimiento del pago ni puede actualizar la información ni cancelar la deuda.
  • 11. 11 Principales incidencias y malas prácticas  Mantenimiento de datos por más de 6 años:Mantenimiento de datos por más de 6 años: el cómputo del plazo se inicia desde la inclusión del dato en el fichero y, en todo caso, desde el cuarto mes contado a partir del vencimiento de la obligación. El responsable del fichero actualiza el importe de la deuda y la fecha de alta, circunstancia ésta que indebidamente alarga el plazo de 6 años. Rectificación y cancelación:Rectificación y cancelación: resulta técnica y jurídicamente viable que el afectado pueda acceder, rectificar o cancelar sus datos desde cualquier entidad, con independencia del lugar donde el acreedor tenga su domicilio.
  • 12. 12 Seguros vinculados a contratos bancarios  La obtención de préstamos hipotecarios o personales suele llevar aparejada la obligación de suscripción de un seguro de vida ligado a dicho préstamo.  La obtención de los datos personales del afectado, deberán hacerse en cuestionarios o formularios separados, uno para el préstamo y otro para el seguro de vida.  En el cuestionario destinado a la entidad bancaria no podrá aparecer ningún dato referente a la salud del solicitante.
  • 13. 13 Seguros vinculados a contratos bancarios  La entidad se comprometerá expresamente a que los datos relativos a la salud, serán utilizados únicamente por la aseguradora.  Las entidades de crédito sólo podrán tratar los datos personales que sean estrictamente necesarios para relacionar el contrato de préstamo con el contrato de seguro de vida o que estén justificados por la intervención de la entidad de crédito como agente o tomador del contrato de seguro.
  • 14. 14 Central de Información de Riesgos del BE  Es un servicio público gestionado y administrado por el BE, que tiene por finalidad recabar de las entidades datos e informaciones sobre riesgos de créditos. En este registro, a diferencia del resto de registros de solvencia, se contienen tanto datos positivos (de crédito) como negativos (de morosidad)  La entidad declarante es la responsable ante cualquier cesión de datos erróneos a la CIRBE.
  • 15. 15 Central de Información de Riesgos del BE  El afectado no podrá oponerse al tratamiento de sus datos. No se precisa el consentimiento del afectado para la declaración de datos a la CIRBE.  La Agencia de Protección de Datos, aunque considera a la CIRBE como Fichero Público, entiende que le es de aplicación el resto de la LOPD. Según la nueva Ley Financiera los datos pueden permanecer un máximo de 10 años.
  • 16. 16 Muchas gracias por su atención www.ausbanc.es