2. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
• 1.- Principios generales de actuación ante el maltrato.
Procedimiento de Coordinación de 20/11/2002
• 2.- Fases de actuación.
Prevención
Detección
Notificación
Intervención
• 3.- Intervención desde el ámbito educativo.
3. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
Procedimiento de Coordinación de 20/11/2002
• La intervención ante el maltrato debe gozar de la máxima prioridad
y ser planificada y coordinada.
• Debe insertarse en un marco más amplio de promoción del
bienestar y orientarse a la prevención primaria y atención temprana.
• El interés del menor debe prevalecer en todo el proceso de
decisiones y actuaciones.
• Se procurará la permanencia del menor en su propio entorno
familiar.
• Cuando no se pueda garantizar la seguridad y desarrollo de los
menores dentro de su propia familia, proporcionar una medida de
alternativa familiar.
• Potenciar estrategias para reunificación familiar.
• Mitigar en lo posible los procesos de victimización secundaria.
• Celeridad, especialización, coordinación e interdisciplinariedad.
5. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
Primer nivel de intervención (Ley 1/1998)
Actuaciones encaminadas a evitar que aparezcan factores y
circunstancias que puedan dificultar el adecuado desarrollo
físico, psicológico, familiar y social de los menores.
Medidas preventivas (Art. 20)
• Logro de unas condiciones de vida óptimas.
• Promover sensibilización e información de la sociedad hacia la
infancia y la colaboración ciudadana en la denuncia.
• Apoyo a la familia como principal núcleo de prestación de cuidados
y entorno de desarrollo del menor. Especialmente a las más
vulnerables, por sobrecarga, dificultades socioeconómicas o
situaciones de crisis.
Coordinación y colaboración de los Servicios Sociales
de ámbito local y autonómico.
Participación de los diferentes servicios públicos
6. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
Constatación de la presencia de indicadores que señalan la posible
existencia de maltrato infantil o que están comenzando a influir en el
bienestar del menor.
FUNCIONES
Importante mecanismo de PREVENCIÓN, ya que permite la puesta en
marcha de medidas que impidan la evolución negativa de la situación del
menor.
Supone, el INICIO DE LA INTERVENCIÓN, a través de la notificación a los
servicios competentes para la evaluación del caso .
Supone la obligatoriedad legal de comunicación a las instancias
competentes. (Art. 18 Ley 1/1998).
Necesidad de una disposición activa de los profesionales y conocimientos
sobre factores de riesgo e indicadores.
Colaboración de los ciudadanos y del entorno familiar.
7. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
Cómo realizar la detección
Prestar atención a la existencia de factores de riesgo en el entorno
sociofamiliar del menor. Ante la presencia de indicadores
Evaluación inicial
Comprobar su consistencia (estabilidad, solidez) para evitar
alarmismos innecesarios (observación).
Valorar su nivel de gravedad para su adecuada notificación.
Recoger en lo posible, el máximo de pruebas e indicadores.
Actuación inmediata, especialmente ante casos muy graves.
Garantizar la protección del menor y preservar su intimidad.
Proporcionar seguridad y confianza al menor.
Si es conveniente, facilitarle asistencia sanitaria del menor.
No obstante, la verificación del maltrato corresponde a los
Servicios Sociales
8. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
Comunicación de la existencia de una situación de maltrato a otra
instancia con los recursos y competencias adecuadas.
En función de su nivel de gravedad.
Además de obligación legal y profesional, condición necesaria para
que pueda realizarse la intervención.
Permite la movilización de los recursos y actuaciones precisas
para abordar la situación sociofamiliar y proteger al menor si es
necesario.
No supone una desvinculación total, sino que posibilita la
coordinación de actuaciones y conjunción de esfuerzos mutuos
para la protección del menor.
9. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
A QUIÉN NOTIFICAR
Los profesionales que detecten el maltrato realizarán la notificación de
acuerdo a la valoración de su nivel de gravedad.
10. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
Actuación dirigida a proporcionar al menor y a su familia los
recursos necesarios que garanticen su seguridad y desarrollo,
mediante ayudas de carácter general y otras más especializadas a
nivel técnico, de forma que se produzcan los cambios adecuados
en la dinámica familiar, evitando así la separación del menor.
Colaboración con otros ámbitos
De forma paralela, actuación a nivel familiar para posibilitar la reunificación.
11. Premisas para intervención
Velar siempre y de forma preferente por el interés del menor.
Priorizar el trabajo en el propio entorno sociofamiliar.
Utilización de la red de recursos generales disponibles (sociales,
sanitarios, educativos, culturales...).
Uso complementario de ayudas e intervenciones de carácter
especifico (económicas, técnicas, terapéuticas...).
Colaboración entre los distintos ámbito y profesionales, que tendrán
un mayor o menor protagonismo según el nivel de gravedad del
maltrato.
EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
12. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
Intervención desde el sistema educativo
Desde la escuela se puede realizar una importante labor de
prevención del maltrato infantil, de seguimiento y colaboración
con los servicios sociales.
Importancia de la información y formación al profesorado sobre
factores de riesgo e indicadores de maltrato.
Papel de los servicios especializados del sistema educativo
Equipos de orientación Educativa/Departamentos de Orientación.
Establecimiento de pautas claras de actuación
para la comunidad educativa.
Procedimiento de Coordinación para la Atención a
Menores Víctimas de Malos Tratos de 20/11/2002
Resolución de 26/09/2007 sobre protocolos de actuación
en los centros educativos ante casos de maltrato infantil.
13. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
La comunicación y la colaboración entre la familia y la escuela.
Una de las principales vías de prevención.
Comparten responsabilidades
En la educación de los menores.
En el desarrollo de habilidades sociales y cognitivas.
Desarrollo del autoconcepto y la autoestima.
Transmisión de las ideas éticas y morales
Desde el centro educativo se puede incidir en
Fomento de actitudes y capacidades para el buen trato a la infancia.
Apoyo a familias en situaciones de dificultad social.
Escuela de Padres y Madres y su papel en la transmisión de conocimientos
sobre el desarrollo infantil y pautas de cuidado adecuadas.
Atención preferente y adaptada a las necesidades de los menores.
Lucha contra el absentismo escolar.
Desarrollo de competencias sociales en los menores
14. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
2. Detección desde el ámbito educativo
Constatación de la existencia de indicadores que señalan la posible
existencia del maltrato, previa valoración inicial.
No exime de la posterior evaluación del caso por los profesionales de
los Servicios Sociales competentes, para su verificación y la
puesta en marcha del plan de intervención sociofamiliar .
En el ámbito educativo, especial facilidad para la detección de
indicadores relacionados con:
Cambios y evolución del rendimiento intelectual.
Interacciones con los compañeros y adultos.
Estado emocional/Cuidados básicos.
Pautas educativas/estimulación cognitiva.
15. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
2. Detección desde el ámbito educativo
Objetivos de la valoración inicial
Reconocer consistencia de los indicadores detectados (continuidad,
persistencia, etc). La verificación del maltrato corresponde a los
profesionales de servicios sociales.
Recabar otros datos sobre la situación del menor.
Efectuar con rigor la notificación.
Evitar alarmismos excesivos o la prolongación de una situación de
riesgo para el menor.
Valorar el nivel de gravedad del maltrato, necesario para efectuar de
modo correcto la notificación.
Quién realiza la valoración inicial
El Departamento de Orientación o el Equipo de Orientación
Educativa, a solicitud de la Dirección del Centro.
Colaboración del tutor o tutora aportando información del menor y
de su familia.
16. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
2. Detección desde el ámbito educativo
Cómo obtener información previa a la valoración inicial
Observación del menor o la menor en el espacio educativo: entradas y
salidas, aula, recreo, comedor, etc.
Posibilidad de utilizar técnicas de observación: observación sistemática,
escalas de observación, registros anecdóticos, diarios de clase, etc.
Evaluación continuada de los progresos educativos.
Entrevista con el menor: adoptando una actitud de confianza y transmisión
de seguridad. Especial cautela ante determinados tipos de maltrato como el
abuso sexual.
Entrevistas con los padres.
Otras fuentes: documentales, otros profesores, servicios sociales, etc.
Determinación de la gravedad del maltrato: leve, moderado o grave.
Previa a la notificación.
17. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
3. Notificación desde el ámbito educativo
• A través de la Hoja de Detección y Notificación. Permite una
recogida sistemática de información sobre el caso:
Datos identificación del menor.
Datos del centro que ha detectado el maltrato.
Tipología, indicadores y valoración del maltrato.
Instancias a las que se ha comunicado el caso.
Origen del maltrato.
Importancia de proporcionar información complementaria:
valoración del equipo especializado, resultado de las observaciones
o entrevistas efectuadas, actitud y respuesta de la familia, o
cualquier otro documento que pueda ser relevante.
Denuncia judicial cuando sea pertinente.
18. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
NOTIFICACIÓN DEL MALTRATO INFANTIL DESDE LOS CENTROS EDUCATIVO
DETECCIÓN DE UN POSIBLE CASO DE MALTRATO
COMUNICACIÓN AL EQUIPO DIRECTIVO
VALORACIÓN INICIAL
NOTIFICACIÓN
MALTRATO LEVE
MALTRATO MODERADO
MALTRATO GRAVE
POSIBILIDAD DE UTILIZAR CUALQUIER OTRA VÍA DE COMUNICACIÓN, SOBRWE TODO
CASOS URGENTES
DENUNCIA JUDICIAL CUANDO SEA PROCEDENTE
19. EL MALTRATO INFANTIL EN EL AMBITO EDUCATIVO
• Atención al maltrato
Los centros educativos están comprometidos a suministrar ayuda y
colaboración a los servicios sociales, como un recurso más del medio
Provisión de estudios e informes sobre la situación del menor.
Colaboración en el seguimiento del caso.
Actuaciones compensatorias, de acuerdo a las características
personales y necesidades especificas del menor o la menor.
Medidas de refuerzo educativo, en colaboración con los equipos
especializados.
Atención a los problemas de comportamiento.
Apoyo afectivo y emocional.
Promoción de habilidades sociales.
Orientación a la familia: pautas educativas, cuidados básicos,
información sobre recursos, etc.
Garantizar la protección inmediata cuando sea necesaria en casos
graves, solicitando, en su caso, la intervención policial