El documento habla sobre los jueces de paz en Venezuela. Explica que los jueces de paz solo conocerán casos cuya cuantía no exceda 4 salarios mínimos y que su función es procurar la solución de conflictos a través de la conciliación. También indica que cuando un juez de paz se considere parcial, deberá convocar a un suplente. Finalmente, resume que la Constitución regula la justicia de paz en los artículos 253 y 258, estableciendo que es la República la que imparte justicia
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Mapa mental sobre los jueces de paz
1. Jueces de Paz
Órganos electorales competentes
La Comisiones Electorales Permanentes de
los Consejos Comunales.
Son los órganos competentes para
organizar, coordinar, supervisar y realizar
los procesos de elección y de
revocatoria contemplados en la presente
Ley, para lo cual contarán con el apoyo
técnico y logístico del Consejo Nacional
Electoral.
Cuando no es posible una conciliación ante
el Juez de Paz en Venezuela
Los Jueces de Paz sola conocerán de
aquellos casos cuya cuantía no exceda de 4
salarios mínimos mensuales
La función de un Juez de Paz es procurar la
solución de conflictos y controversias por
medio de la conciliación. Ellos ejecutan sus
propias decisiones, aun con el auxilio de la
fuerza pública, si fuere el caso.
El problema se resolverá con arreglo a la equidad. Salvo que
la Ley imponga una solución de derecho. Los Jueces de Paz
también resolverán conforme a la equidad cuando así lo
soliciten expresamente las partes.
Cuando el Juez de Paz considere que
existen motivos justificados para
abstenerse de conocer de una controversia.
Lo manifestará a los interesados y
procederá a convocar al suplente.
Si algunos de los interesados considera que
existen motivos para que el Juez de Paz se
separe de conocer la controversia. Le
solicitara que designe al suplente.
Artículo 253 La potestad de administrar
justicia emana de los ciudadanos y
ciudadanas y se imparte en nombre de la
República por autoridad de la ley.
Corresponde a los órganos del Poder
Judicial conocer de las causas y asuntos de
su competencia mediante los
procedimientos que determinen las leyes, y
ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias. El
sistema de justicia está constituido por el
Tribunal Supremo de Justicia, los demás
tribunales que determine la ley, el
Ministerio Público, la Defensoría Pública, los
órganos de investigación penal, los o las
auxiliares y funcionarios o funcionarias de
justicia, el sistema penitenciario, los medios
alternativos de justicia, los ciudadanos o
ciudadanas que participan en la
administración de justicia conforme a la ley
y los abogados autorizados o abogadas
autorizadas para el ejercicio.
La CRBV regula la justicia de paz en sus
artículos 253, 258. De los que se entiende
que es la República quien imparte justicia
mediante dichos jueces