2. En Colombia con la ambición
de la corona Española y con
el fin de sostener las guerras,
se impuso a los conquistados
una buena cantidad de
tributos obligatorios para
poder tener los ingresos
necesarios para conquistar
más países.
Entre los tributos se pueden
citar:
3. En Colombia con la ambición
de la corona Española y con
el fin de sostener las guerras,
se impuso a los conquistados
una buena cantidad de
tributos obligatorios para
poder tener los ingresos
necesarios para conquistar
más países.
Entre los tributos se pueden
citar:
4. Principios de la tributación
(art. 363 de la Constitución Nacional)
• igualdad respecto de la obligación tributaria;
esto quiere decir que a igual riqueza y
capacidad económica, debe aplicarse la misma
carga impositiva o sea tributar sin distingos.
Equidad
• Los impuestos se cobran o recaudan y deben
rendir a la comunidad una satisfacción plena de
sus necesidades, es decir que cumpla con el fin
para el cual fueron creados.
Eficiencia.
• Se deduce del principio de equidad vertical y
hace referencia a la distribución de la carga
tributaria entre los diferentes sujetos obligados a
su pago según su capacidad contributiva.
Progresividad
5. Clasificación de los
impuestos
Directos
Indirectos
•Son los que recaen sobre la
propiedad y/o ingreso: El
impuesto de renta y
complementario, el del
patrimonio, los
departamentales de registro y
anotación y vehículos
automotores; a nivel municipal
el predial unificado.
•El responsable del gravamen
no es el afectado
económicamente y recaen
sobre transacciones y el
consumo de bienes y servicios.
En el IVA es el comerciante,
industrial o importador el
responsable del gravamen,
pero quien lo paga
directamente es el consumidor
final.
6. Clasificación de los
impuestos
ORDINARIOS
EXTRAORDINARIOS
•Se refiere a los que se
originan en forma
permanente y continúan
dentro del giro común de
la actividad generadora
de impuesto y su recaudo
se realiza en forma
corriente y habitual.
•Se origina en situaciones
eventuales resultantes de
hechos no previstos.
Ejemplo: inicialmente el
Impuesto al Patrimonio y
el de transacciones
financieras.
7. Clasificación de los
impuestos
Personales
Reales
•Se refiere a aquellos
que se aplican
cuando los ingresos
que lo originan están
relacionados con la
actividad personal del
contribuyente
•Aquellos que tienen
en cuenta el hecho o
el bien objeto del
gravamen
únicamente, sin
consideración a la
persona.
8. DIFERENCIAS
•Son prestaciones relativas en dinero en efectivo que no
constituyen contraprestación de un servicio especial del
Estado, determinados como obligatorias para la obtención
de ingresos públicos, dirigidos a todos aquellos que realicen
los hechos que la ley vincule dentro del deber de pago
(generalidad).
IMPUESTOS
•Es un tributo cuya obligación tiene una posible
compensación, unos beneficios derivados de la realización
de obras públicas o de actividades estatales, y cuyo
producto no debe tener un destino diferente al de la
financiación de las obras o actividades especificas de la
obligación, se establece a un sector especifico de la
economía o de la población.
•gasto espontáneo que deben pagar los particulares por la
adquisición de ciertos servicios del Estado, en desarrollo de
una actividad monopólica o no, buscando el bienestar de la
población
TASA
CONTRIBUCIÓN
9. Características de los impuestos
•Para el sujeto Pasivo (Contribuyente) es la
obligación de pagar el impuesto al sujeto Activo
(Estado). Cuando el Estado exija la obligación
tributaria al primero, éste no podrá negarse a
cumplir con ellas.
Obligatoriedad
•Significa que por el hecho de pagar el Impuesto
no se recibe automáticamente y en forma
directa un bien o servicio del Estado.
Sin
contraprestación
•No cuenta con la voluntad del sujeto Pasivo en la
medida en la cual el designio lo impone una de
las dos partes involucradas en el proceso, es
decir, el sujeto Activo.
Unilateralidad
10. Elementos del impuesto
Sujeto activo: Es aquel que está facultado por la ley para administrar y
percibir los tributos en su beneficio o en beneficio de otros entes. El sujeto
activo es el Estado representado por el Ministerio de Hacienda y más
concretamente por la DIAN
Sujeto pasivo: Se trata de las personas naturales o jurídicas obligadas al
pago de los tributos y deben cumplir las obligaciones formales o
accesorias.
Hecho generador: Se trata de la manifestación externa del hecho
imponible. Se refiere a la materialización del hecho previsto en las normas.
Hecho imponible: Es el hecho económico considerado por la ley como
elemento relativo a la obligación tributaria.
11. Elementos del impuesto
Tarifa: una vez conocida la base gravable se le aplica la
tarifa establecida por la ley, y la cual permite que se
recaude un monto o cuantía del tributo.
Base gravable: Es el valor monetario o unidad de medida del
hecho imponible sobre el cual se aplica la tarifa del impuesto
para establecer el valor de la obligación tributaria.
Causación: Se refiere al momento específico en que surge la
obligación respecto a cada una de las operaciones que
conlleva al pago del impuesto.
12. La obligación tributaria se
extingue por:
El pago: se paga la cantidad
de dinero fijada como
impuesto.
La compensación: sucede
cuando el Estado y el
contribuyente son deudores y
acreedores, y la ley acepta
que se compensen los créditos
a activos y pasivos.
Condonación y amnistía: la
condonación es perdonar o
rebajar ciertas deudas y la
amnistía busca que el
contribuyente dé cumplimiento
a las obligaciones fiscales de
acuerdo a su capacidad
contributiva.
Nulidad y revocación: cuando
se anulan o revocan las
obligaciones tributarias se
extinguen estas.
13. Otras definiciones
•Es un mecanismo de recaudo
anticipado de un impuesto en el
momento en que sucede el hecho
generador.
RETENCION
EN LA
FUENTE
•Se busca que los contribuyentes tengan
la oportunidad de pagar todas sus
obligaciones o ponerse al día en sus
deudas de tipo estatal sin considerar el
pago de intereses, multas ni recargos
AMNISTIA
TRIBUTARIA
14. Política tributaria
Es una de las políticas públicas más
importante en la economía y la sociedad
contemporánea.
El tamaño del Estado, la magnitud del tributo
y la redistribución que se de los ricos a los
pobres y las decisiones de consumir e invertir
están relacionadas con este campo
fundamental de la política.
Tiene efectos en la eficiencia, eficacia y la
equidad del Estado.
15. Los principales impuestos sobre los cuales
deben tributar las personas naturales y
jurídicas son:
Impuesto de
renta y
complementarios
Impuesto para la
equidad CREE
Impuesto al valor
agregado.
impuesto
nacional al
consumo
Impuesto al
patrimonio.
Impuesto de
aduanas.
Impuesto
transacciones
financieras
Impuesto
nacional a la
gasolina y al
ACPM
Impuesto de
timbre nacional
Impuesto registro
y anotación.
Impuesto a los
vehículos
automotores
Impuesto al
consumo de
cigarrillos y
tabacos
Impuesto al
consumo de
aperitivos , vinos
y licores.
Impuesto a las
cervezas, sifones
y refajos
Impuestos a las
rifas loterías y
juegos de azar
Impuesto predial
Impuestos
industria y
comercio.
Impuesto de
circulación y
transito
Impuesto
sobretasa a la
gasolina y ACPM
16. DIFERENCIAS
•Es el no pago de las contribuciones de manera dolosa por
parte de los contribuyentes en la declaración y pago de sus
obligaciones tributarias legales con el fisco, y como tal es
susceptible de recibir las sanciones previstas en la ley, en
caso de ser detectada.
EVASIÓN
•Es la conducta que lleva a evitar la declaración y pago de
impuestos de manera lícita, usando espacios o vacíos que
deja la ley, sin que ello constituya delito o infracción a
ninguna norma legal, y por tanto, no es susceptible de ser
sancionada.
•La evasión deteriorar los ingresos del estado y la estructura
económica y social del país.
•La evasión invalida las propiedades económica de las
mejores estructuras tributarias, provocando una asignación
ineficiente de recursos".
• La evasión, no sólo significa una pérdida de ingresos fiscales,
sino que implica una distorsión, quebrantando la equidad de
los impuestos.
Impacto
ELusión