SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  36
Télécharger pour lire hors ligne
Cómo implementar hoy un              impuesto
multilateral y multijurisdiccional




           Informe de los expertos internacionales
Cómo implementar hoy un impuesto
multilateral y multijurisdiccional




                   Informe de los expertos internacionales

                                        Octubre de 2011
El presente informe de los expertos es responsabilidad de los autores y los Estados
 Miembros y no puede considerarse al Grupo Piloto responsable de su contenido.
ÍNDICE




Miembros del comité                                       .................................................................................................................................................................    4

Prefacio            ........................................................................................................................................................................................................   5

1. Contexto y perspectivas ................................................................................................................................................... 7

2. Grandes líneas del impuesto multijurisdiccional
                                                                                                                                         ...............................................................................   10

3. Proyecto de tratado relativo a un impuesto
                                                                                                          ..............................................................................................................   14
             Preámbulo                ................................................................................................................................................................................... 16

             Capítulo I Disposiciones generales                                                  ........................................................................................................................ 16

             Capítulo II Concepto de ITF común                                                  ......................................................................................................................... 17

                                                                                                                                            ............................................................................. 29

             Capítulo IV Gobernación .................................................................................................................................................. 29
                                                                                           .............................................................................................................................. 30




                              Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras                                                                                      3
MIEMBROS
DEL COMITÉ



Expertos
Prof. Lieven A. Denys, Universidad Libre de Bruselas, Abogado, miembro de Greenille,
Avocats & Notaires, Bruselas, Bélgica

Bruno Jetin, Profesor, CEPN, Universidad de Paris Nord

Prof. Avinash Persaud, Presidente de Intelligence Capital, Londres, Reino Unido

                         doctor en Economía, Ottawa, Canadá

Prof. Dr. Michel Tison, Gante, Bélgica




Investigadora
Marie Lamensch, investigadora, doctoranda, Instituto de Estudios Europeos,
Universidad Libre de Bruselas, Bélgica




                             París, Francia

Julien Meimon, doctor en Ciencias Políticas, París, Francia



La versión provisional del presente documento de consulta ha sido preparada por el Prof. Lieven A. Denys
con Marie Lamensch y los consejos de los demás expertos. Los autores expresan su agradecimiento
a las numerosas personas, incluidos los decisores, universitarios y funcionarios públicos, los expertos




 4              Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
PREFACIO

1. El origen del proyecto                                                   ■   Es menester evitar las distorsiones económicas
   de tratado                                                                   integrados, sin por ello limitar indebidamente
                                                                                la libre circulación de capitales.
➔       El presente proyecto de tratado internacional
        relativo a un impuesto multilateral y multi-                        ■

                                                                                                                                  -
persigue dos objetivos:                                                                                                           -

1.                                                               -              capitales están, sin embargo, mundializados.
                                                                 -
                                                                            De todo ello sacamos las siguientes conclusiones:
     de una política de desarrollo común o coordinada.
                                                                            ■   El proyecto de tratado propone un impuesto plu-
2.                                                                                                                             -
     reforzar la autonomía de los Estados y mejorar                             ras, recaudado de manera centralizada. Expone
     el buen funcionamiento de la economía real,                                las principales características de un impuesto
                                                                                                                               -
                                                                                cieras internacionales. Instaura un sistema de
El proyecto de tratado sigue las huellas del Informe                            recaudación por las infraestructuras (centrales)
de los expertos “Mundializar la solidaridad: en
pro de una ontri u i n del se tor nan iero                                      transacciones de cambio, el punto de acceso
(2010)” del grupo de expertos al task force sobre                               del sistema de pagos mundial. El proyecto de
las transacciones nancieras internacionales para
el desarrollo1. Dicho informe preveía la creación                               pero prevé criterios funcionales para atribuir a
de mecanismos internacionales para enfrentar                                    las instituciones designadas mandatos objeti-
los desafíos y cumplir los compromisos mundia-                                  vos e imparciales.
les en términos de desarrollo y de protección del
medio ambiente.                                                             ■   Este sistema internacional está basado sobre la

El objetivo es facilitar el proceso político de deci-                           un órgano político dimanante de todos los Estados
sión, abordando en un documento de consulta                                                                                      -
las cuestiones relacionadas con la viabilidad                                   trarán parte de los ingresos comunes por medio
jurídica y técnica de un sistema internacional de                               del Consejo del ITF, tras consulta de los países
recaudación del impuesto.                                                       en desarrollo y de la sociedad civil. El funciona-
                                                                                miento de este órgano podrá fundarse sobre los
                                                                                principios operativos enunciados en el informe
                                                                                del Grupo de Expertos de 2010 (punto 4.2.3).

➔    El G-20 es, a nuestro entender, la instancia                           ■                                                     -
     más apropiada para lanzar este proyecto,
por varios motivos:                                                             de una declaración (un llamamiento) del G-20


1- www.groupepilote.org


                    Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras   5
-                           ■   Por ejemplo, para el mercado internacional
    yecto debería ser aprobado por un gran
    número de países, sea (i) en forma de inicia-                                                                                    -
    tiva de la UE (eventualmente, por un grupo
    restringido2                                  -                               imponer el sistema de recaudación por terce-
    ren una cooperación reforzada3) completada                                    ros mediante un mandato recíproco conce-
    por acuerdos de la UE con otros Estados4,
    sea (ii) en forma de tratado multilateral entre                               territorial sobre las entidades de pago”.

    Estados miembros de la UE, sea (iii) en forma                             ■   Al introducirse en varios países, el ITF entraña
                                                                                  un riesgo de doble imposición y el proyecto de
    regiones económicas tales como la UE.                                         tratado facilita la recaudación práctica de este

■                                                                                 podría ser un instrumento esencial para pre-
    instaurarse progresivamente y ser objeto de                                   venir este riesgo de imposición múltiple.
    una evaluación circunstanciada tras un
    período de transición.

■   El proyecto de tratado menciona varias opcio-
                                                                                   solidaridad internacional
    así como los tipos aplicables, eventualmente
                                                                              ➔     Concretando la principal conclusión del
    del ámbito de aplicación del ITF corresponda                                    informe inicial de los expertos, este meca-
    a una decisión política.                                                  nismo multilateral y plurijurisdiccional permitirá
                                                                              “resolver el dilema de la solidaridad mundial. Claro
■   El planteamiento generalizador del proyecto
    garantiza la neutralidad del mecanismo para                               desproporcionado de la mundialización económica,
                                                      -
    plirá las disposiciones relativas a la libre circu-                       carga impositiva se repercutiría también, a partir
    lación de capitales y de pagos de bienes y                                de las entidades encargadas de los pagos, al

    estipulan los instrumentos de derecho inter-                              mundial. Los ingresos no se recaudarían de manera
                                                                              asimétrica por los Estados dotados de centros
    de reducción selectiva del ámbito de aplica-
    ción, el mecanismo correría el riesgo de no
    ser conforme a los principios del derecho eco-                                                                           -
    nómico internacional.                                                     tencia de mecanismos de recaudación a nivel
                                                                              mundial también evita el problema de la base
■   El tratado prevé un mandato jurídico recíproco y                          nacional de los ingresos y, por ende, aumenta la
                                                                              estabilidad del ingreso”5.
                                                -
    nes centralizadas competentes, así como a los
                                                                              Nobleza Obliga.

    de común acuerdo. Esta cooperación se basaría                                               Prof. Mr. Lieven A. Denys,
    en instrumentos jurídicos internacionales exis-                           Prof. Avinash Persaud, Prof. Dr. Bruno Jetin,
    tentes en materia de cooperación internacional
                                                   -
    rían, de ser necesario, a los Estados contratan-                                                          20 de septiembre de 2011




    los artículos 20 y siguientes del Tratado sobre la Unión Europea (versión consolidada DO de 30 de marzo de 2010, C83/13).


5- ídem




    6                 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
1.
  CONTEXTO Y
PERSPECTIVAS


  ➔    El proyecto de tratado traduce la ambición                            Este año, el Parlamento Europeo ha llamado a
       de los Estados contratantes de crear una                              la introducción de un impuesto reducido sobre
                                                -
                                                                             eurodiputados, podría rendir 200 mil millones de
  Como se indica en el preámbulo, se ha optado                               euros al año en la Unión Europea y desalentaría
  por someter a imposición las transacciones
                                             -                               instauración de este impuesto a escala mundial
                                                                             resultara ser demasiado difícil, el Parlamento
                                                                                                                          8
                                                -                                                                           .
  tizados por los esfuerzos de regulación y esta-                            Más adelante, la Comisión Europea presentó
  bilización de los Estados contratantes para                                una propuesta de reforma del sistema de recur-
                                                                                                                           -
                                                                             prende, concretamente, la instauración de un
  importantes sobre las economías de los países
  en desarrollo. El impuesto sobre las transaccio-
                                                                             Estados miembros, ofrecer a los gobiernos
                                                                  -          nacionales un margen de maniobra suplementa-
                                                                             rio y contribuir al esfuerzo general de sanea-
  estos últimos tiempos.
                                                                             nuevo impuesto podría constituir un primer paso
  La idea de someter a imposición las transac-                               por la vía de la aplicación de un ITF a escala
                                                                             mundial . El pasado mes de agosto, el presi-
                                     ) propusieron,
  respectivamente, una tasa sobre las transac-                               también la introducción de un impuesto sobre
  ciones mobiliarias y una tasa sobre las tran-
  sacciones de divisas para reducir la especulación                          marco más amplio de medidas de estabilización
  y la volatilidad de los mercados. Un impuesto                              para la zona euro.


  dirigentes políticos, como hemos podido ver en
  las recientes cumbres del G-20 en Pittsburgh y
  Toronto.




    plenaria del 8 de marzo de 2011




                     Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras   7
Apoyarse sobre las últimas
                                                                              la redacción del tratado: el régimen regulador15
y reguladora
                                                                              rápidamente, reforzando el papel de las cáma-
                                                                              ras de compensación para el pago de las tran-
➔       El cobro de un impuesto sobre las transac-
                                                 -
                                                                                                                            -
profunda (entre los análisis recientes constan,                               ros en general y el reforzamiento de la regula-
                                    10
                                      , el informe
                                                                              como los productos derivados.


el desarrollo11, los documentos de trabajo del FMI                            Apoyarse en la experiencia
redactados por Matheson12 y Brondolo13 y los
trabajos preparatorios de la Comisión14). Para el
proyecto de tratado se han estudiado estas con-
                                                                              multilateral y multijurisdiccional

y prácticas relacionadas con el gravamen a los                                ➔     El proyecto de tratado aprovecha la expe-
                                                                                    riencia ganada al implementar diversos
                                                                              instrumentos: el Código Aduanero Comunitario,
recaudación), así como los problemas vinculados
                                                                              aduanera europea, el impuesto sobre el valor

complicar el cobro (recaudación transfronteriza y                             transacciones y cuyo concepto fundamental y
auditorías, asistencia mutua). Nos hemos basado
                                                                                            extraterritorial armonizado de
y Denys titulado “proyecto de tratado relativo                                impuesto sobre el ahorro implantado en los
a un impuesto mundial sobre las transacciones
de divisas” de 2002-2005, cuyos principios han
sido integrados en el presente texto.




      en el presente documento).

      WP/1 1/185, 2011 (o “Brondolo” en el presente documento).
14-




      publicada una valoración pormenorizada de los impactos, así como una versión provisional de directiva europea.




      la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo relativo a los derivados OTC, las contrapartes centrales y

      Comisión Europea “Consulta pública sobre los derivados y las infraestructuras de mercado” – en inglés: http://ec.europa.eu/




  8                   Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
sus centros extraterritoriales asociados en torno                           Ahora bien, el proyecto de impuesto se ha con-
                                                                            cebido para preservar y mantener reglas del
referencia, sobre la percepción de impuestos                                juego ecuánimes en materia económica y para
retenidos en origen en el extranjero gracias a                                                                            -
                                                                            aventajados en la competencia. Ello se obtendrá
                                                                            gracias a un ámbito de aplicación muy amplio,
El proyecto de tratado también está basado sobre                            reforzado por una cooperación internacional al
la dinámica de los convenios sobre cooperación                              recaudar el impuesto, respetando los principios
                                                                                                                          -
                                              -
cretamente, sobre los impresionantes resultados
del Foro Mundial sobre la transparencia y el
                                                                                                                          -
                                                                            calización o sustitución de activos por motivos
                                                                                                                          -
                                                                            ción o de imposición múltiple.

                                                                            El proyecto de tratado estará abierto a todos los



                                                                            siempre y cuando no pongan en peligro la apli-
                                                                            cación del impuesto.
➔
      torsiones económicas en los mercados

ello limitar indebidamente la libre circulación
de capitales y dentro de un contexto de erosión                             ser objeto de consulta. Por eso comporta varias

aplican, por separado y sin ninguna sinergia,                               ser discutidas, concretamente la cuestión de si se
                                                                            debe prever un reexamen de las características
                                                                            fundamentales del tratado al cabo de un plazo
embargo, mundializados. Así, el proyecto de                                 razonable, por ejemplo, tres años tras su entrada
                                                                            en vigor, o si deberá ser aprobado con carácter
mercados sin fronteras, progresivamente armo-                               temporal.
nizado: sería consecuencia, preferiblemente,
de una declaración (un llamamiento) del G-20
y el proyecto debería ser aprobado por un gran
número de países, sea (i) en forma de iniciativa
de la UE (eventualmente, por un grupo restrin-
gido
una cooperación reforzada18) completada por
acuerdos de la UE con otros Estados , sea (ii)
en forma de tratado multilateral entre varios

miembros de la UE, sea (iii) en forma de tratado

económicas enteras, tales como la UE.




    los artículos 20 y siguientes del Tratado sobre la Unión Europea (versión consolidada, DO de 30 de marzo de 2010, C83/13).




                    Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras   9
2.
  GRANDES LÍNEAS
DEL IMPUESTO MULTI-
   JURISDICCIONAL
         SOBRE LAS
   TRANSACCIONES
      FINANCIERAS:
          RESUMEN


    A. Características                                                                                                       -
                                                                             torios de los Estados contratantes (zona del ITF)
    básicas                                                                  recaen en este ámbito. Así se evitarán, en gran
                                                                                                                             -
                                                                             cieros (por ejemplo, sustitución de productos
    Un impuesto sobre los mercados
                                                                             y el modo de funcionamiento de los mercados

    ➔    El proyecto de impuesto multilateral sobre
                                                  -
    cierne a todos los sectores de los mercados
                                                  -
    nales como tales.
                                                                             multijurisdiccional y multilateral,

    Para sostener el desarrollo
    internacional                                                            ➔     El ITF se introducirá como impuesto en los
                                                                                                                            -
                                                                             riales, simultáneamente en varias jurisdicciones
    ➔     El objetivo del ITF consiste en generar ingre-
          sos sustanciales en provecho del desarrollo                        multilateral común. La recaudación del impuesto
    internacional. Los Estados contratantes transferi-                       se centralizará, esencialmente, y se apoyará sobre
    rían un porcentaje, por convenir, de los ingresos                        el mercado. El ITF, en prácticamente todos los
    obtenidos con el ITF a un Fondo de Desarrollo                            casos, podría implementarse con procedimien-

    manos del Estado de imposición, o según los                              concreta importante. En la práctica, en función
    casos, se compartiría con el Estado perceptor.                           del tipo de transacción, adoptará la forma de
                                                                             una retención en origen                       -
    Un impuesto nacional de base                                             cales nacionales, pero recaudada por interme-
    amplia y tipo bajo                                                                                                         -
                                                                             cieros y bursátiles) en su propio nivel.
    ➔     El ITF se concibe como impuesto nacional
          con una base excepcionalmente amplia.
                                                                             será posible recurrir a una infraestructura del
    todos los actores del mercado y la totalidad de




     10              Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
Por último, la aplicación del tratado será super-
en origen (si ningún tercer intermediario está                           visada por un Consejo (órgano de decisión
sometido al campo de aplicación extraterritorial                         compuesto de representantes de los Estados
ampliado de los Estados de imposición, Cfr. más
adelante), el ITF será percibido en forma de tim-                        comités consultivos, compuestos, por ejemplo,
bre. En este supuesto, la recaudación se efec-                           de representantes de los países en desarrollo y
tuará sobre la base de declaraciones y en forma                          de la sociedad civil encargados de la política
de aplazamiento de la percepción (es decir, por                          ejecutiva del Fondo de Desarrollo, y el Comité
                                                                         de Expertos en ITF (encargado de dar consejos
con ayuda de instrumentos internacionales exis-                          técnicos y compuesto de expertos independien-
tentes en materia de recaudación tributaria y de                         tes designados por los Estados contratantes,
control regulador, teniendo en cuenta en particu-                        [los países en desarrollo], los actores de los
lar los riesgos de imposición múltiple y de impo-
sibilidad jurídica de ejecutar las transacciones
en caso de impago del impuesto).

Implantación en varias etapas,                                           B. Grandes líneas
apertura mundial
                                                                         del ITF
➔
     ITF a nivel internacional, en el conjunto de                        Transacciones imponibles
                                                                         e instrumentos
                                                -
senso universal inmediato. En la primera fase, el                        ➔       El ITF será aplicable a toda negociación
sistema puede simplemente apoyarse sobre las
                                                                                                                             -
bancario, los actores del mercado y los productos                        ros cuya transferencia será objeto de gravamen
                                                                         son las acciones, obligaciones, [los instrumentos
con la zona del ITF, así como sobre los impuestos                        del mercado monetario], [las divisas] y sus produc-
                                                                         tos derivados [así como los productos derivados de
las disposiciones de fondo del presente tratado y                        materias primas, el oro, el intercambio de derechos
gracias a la coordinación internacional.                                 de emisión, etc.]. El ITF concierne a todas las cate-

Gobernación / aplicación                                                 y productos y a todos los actores del mercado. Esta
                                                                         base amplia garantizará la neutralidad económica
y seguimiento del tratado                                                y jurídica del impuesto, así como el potencial de
                                                                         recaudación.
➔     Un Comité de expertos en ITF, compuesto
      de expertos de diversas jurisdicciones,
ayudará a las autoridades nacionales a poner en                          Tipo de gravamen
práctica las reglas y los procedimientos naciona-
les adecuados, concretamente en lo relativo a la                         ➔     El tipo del ITF será un porcentaje del importe
contabilidad, y a interpretar el tratado de manera                             imponible. Un conjunto de tipos diferenciados
armonizada con objeto de garantizar una recau-                           se aplicará en función de la naturaleza de los
                                                 -                       activos afectados por la transacción. El proyecto
lidad del tratado es, en la medida de lo posible,                        de tratado propone un tipo general del 0,05% y
                                                 -                       uno o dos tipos más elevados: sea un 0,2% para
                                                                         las acciones ordinarias, sea un 0,1% para los títu-
se amplíe) el marco existente de la cooperación                          los de deuda a largo plazo y un 0,5% para las
internacional (de alcance extraterritorial) en                           acciones ordinarias. Cabe contemplar la posibili-
                                                                         dad, durante la fase transitoria, de exonerar a las
Estados contratantes deberán asimismo coope-                             transacciones al contado a corto plazo (incluido
                                                                         el mercado de divisas al contado), pero esta posi-
internacional.                                                           bilidad no cuenta con una aprobación general.




                 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras   11
Una transacción técnicamente “doble” con un
                                                                         la o las otras personas imponibles no residentes.
ejemplo, en ciertos mercados regulados, será
                                            -
nicamente, compra y vende activos. Por eso se                            en otro Estado de la zona del ITF, su Estado
propone ajustar el tipo.                                                 de residencia (el Estado perceptor) se encargará
                                                                         del seguimiento y el cobro por cuenta del Estado
                                                                         de imposición.
Importe imponible
                                                                         Al efectuar el hecho imponible, el intermediario
➔    El importe imponible por concepto del ITF
     será igual al importe de la contrapartida                                                                             -
(pago) abonada por el cesionario (comprador)                             bles en materia de reparto de los derechos de impo-
                                                                                               Estado de imposición y el
                                              -                          Estado perceptor compartirán la parte “retribu-
cibido con cada transacción (es decir, antes de                          ción por percepción” de los ingresos y transmiti-
la compensación).                                                        rán un porcentaje de dichos ingresos al Fondo
                                                                         Común de Desarrollo a efectos de desarrollo.
Hecho imponible
                                                                         de la zona del ITF, podrá ser solicitada una asis-
➔                                                                        tencia mutua para la recaudación del impuesto
      momento del pago de la transacción (entrega                        en virtud de los instrumentos internacionales

                                                                         ayuda mutua para la recaudación tributaria, para


del impuesto
                                                                                                                                 -
➔
                                               -
ción, incluidos los corredores de bolsa indepen-
                                                                         creado un sistema de ventanilla única en virtud
actúen en nombre propio. En principio, estas per-                        del cual las obligaciones de cumplimiento de las
                                                                                                                           -
pero podrán convenir en un reparto diferente                             jan los intermediarios (“Estado perceptor de su
                                                 -                       elección
dos a gravar la transacción (Estado de imposi-                           según las reglas del tratado. En función de la per-
ción). Así, una bolsa “retendrá a cuenta” la cuota                       sona encargada de recaudar el impuesto, se
sobre los pagos recibidos por parte de o abona-                          recurrirá al sistema de ventanilla única de modo
dos a los inversores y otros actores del mercado.                        facultativo o voluntario.
Este podría ser el caso para las entidades cen-
trales de contrapartida.

La responsabilidad de recaudar el impuesto incum-
birá casi siempre a terceros: los proveedores de                         ➔       La recaudación del ITF comporta una carac-
                                                                                 terística esencial: se adjuntará un “sello” digi-

                                                   -
dación de una transacción imponible o, si no está                        demás intermediarios en la cadena de transaccio-
prevista ninguna fase posterior a la negociación, en
el momento de la negociación misma.                                      se evitará la doble imposición y la ausencia de
                                                                         imposición.
A falta de recaudación del impuesto por un tercero,
las partes imponibles serán plenamente respon-                           Una transacción sin sello correrá el riesgo de
sables, según el principio de inversión del sujeto




 12              Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
impuesto. Esta característica hace necesaria la                           aplicación coherente del ITF entre los Estados
adopción de un dispositivo digital antifraude perfec-                     contratantes. A tal efecto, están previstas autoriza-
cionado, acordado por los Estados contratantes.                           ciones mutuas para dar mandato a terceros para
                                                                          la recaudación transfronteriza del impuesto.
Ámbito de aplicación territorial
del impuesto, reparto de los derechos
de imposición y coordinación
                                                                          ➔
del impuesto
                                                                          consiste en hacer del fraude una actividad muy
➔                                                                         arriesgada con un bajo rendimiento. El primer aspecto
      ha sido concebido para ser aplicado lo más                          (bajo rendimiento) será el resultado del bajo tipo del
ampliamente posible, respetando los principios
tradicionales de soberanía y de territorialidad, tal                      pagarlo. El segundo aspecto (riesgo elevado) implica
como han sido elaborados por los instrumentos                             prever consecuencias importantes en caso de
                                                                          impago. A este respecto, el tratado prevé la imposi-
A tal efecto, el tratado prevé un amplio abanico                                                                           por
                                                                          las cuales no se haya pagado el impuesto. Estas
del impuesto: la aprobación de normas legislativas
                                                                          ausencia del sello digital antes mencionado. Concre-
cobro, más allá de las fronteras si es necesario,
con ayuda de otros Estados (contratantes o no)                            dado lugar al pago del impuesto y, por ende, sin sello,
                                                                                                                                -
base sea del tratado, sea de otros instrumentos
                                                                          o al pago del instrumento, el instrumento no dará
Ha sido implantada una amplia red multilateral de                         derecho a dividendos, interés o derechos de voto, y

                                                                          impuesto sea abonado para los instrumentos tradi-
convenios multilaterales y bilaterales amplían                            cionalmente considerados como difíciles de gravar,
esta recaudación extraterritorial.                                        tales como las transacciones sobre productos deriva-
                                                                                                                             -
En la práctica, el ITF se aplicará únicamente a las
transacciones imponibles cuando al menos una
de las partes de la transacción esté establecida o                                                                               -
resida en uno de los Estados contratantes, o cuando                       mentos negociados en el mercado organizado.
al menos uno de los intermediarios esté estable-
cido en uno de los Estados contratantes, o sobre la                                                                              -
base del principio de la nacionalidad/territorialidad
                                            cuando                        extraterritorial sobre la base de los instrumentos

(por ejemplo, las obligaciones soberanas, las                             de un grupo de empresas de la entidad única
acciones y obligaciones de empresas) esté esta-
blecida en uno de los Estados contratantes.                               recurriendo a entidades extraterritoriales), el papel
                                                                                                                              -
Para reforzar la recaudación (espontánea) del                             nacionales, y la cooperación con las autoridades
                                                 -
                                                 -                        serán severamente sancionados.
turas de mercado, un conjunto exhaustivo de reglas
                                                                          Por último, y de manera más general, el tratado

                                                   -
ción” y el “Estado perceptor”) organizará la aplica-

fraude, la doble imposición, la imposición múltiple o                     de supervisión existentes (en particular, los instru-
la no imposición involuntaria, y se garantice una




                  Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras   13
3.
          PROYECTO
DE TRATADO RELATIVO
A UN IMPUESTO SOBRE
LAS TRANSACCIONES
       FINANCIERAS




    Preámbulo                        .............................................................................................................................................................................................   16

    Capítulo I – Disposiciones generales ................................................................................................................... 16

                                                                                                                                                            ......................................................................    16
    Artículo 1º ........................................................................................................................................................................................................
    Objeto del Tratado                           .................................................................................................................................................................................. 16

    Artículo 2º ........................................................................................................................................................................................................
    Aplicación                ..................................................................................................................................................................................................... 16

    Artículo 3º ........................................................................................................................................................................................................
    Asignación de la recaudación del ITF ..................................................................................................................................... 16
    Artículo 4º ........................................................................................................................................................................................................


    Capítulo II – Concepto de ITF común                                                                       ...................................................................................................................    17

    Objeto y ámbito de aplicación territorial                                                       .............................................................................................................................. 17

    Artículo 5º ........................................................................................................................................................................................................
                           ........................................................................................................................................................................................................

                                           ........................................................................................................................................................................................ 17

                           ........................................................................................................................................................................................................

    Transacciones imponibles                                        ............................................................................................................................................................... 17

    Artículo 8º ........................................................................................................................................................................................................
    Contrapartida e importe imponible                                                  ...........................................................................................................................................    20
                           ........................................................................................................................................................................................................ 20

    Hecho imponible y exigibilidad del impuesto ................................................................................................................... 20
    Artículo 10º              ..................................................................................................................................................................................................... 20

    Tipo        .................................................................................................................................................................................................................... 20

    Artículo 11º              ..................................................................................................................................................................................................... 20




      14                               Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
......................................................................................................... 21

Artículo 12º            ..................................................................................................................................................................................................... 21

                                                                                                                                          .................................................................................. 23

Artículo 13º            ..................................................................................................................................................................................................... 23

                                                                                                                    ........................................................................................................ 26

Artículo 14º            .....................................................................................................................................................................................................

Medidas destinadas a aplicar correctamente el impuesto
y a prevenir el fraude – cooperación internacional ...................................................................................................... 27
Artículo 15º            .....................................................................................................................................................................................................

Comité Técnico Consultivo sobre el ITF ............................................................................................................................... 29
                        .....................................................................................................................................................................................................



                                                                                                                                                     ...........................................................................   29

                        .....................................................................................................................................................................................................



Capítulo IV - Gobernación                                                ..................................................................................................................................................        29

Consejo de los Estados                                 ..................................................................................................................................................................... 29

Artículo 18º            .....................................................................................................................................................................................................

                                                            ................................................................................................................................................................ 30

                        ..................................................................................................................................................................................................... 30



                                                                                                ...........................................................................................................................        30

                                                                                    ........................................................................................................................................       30
Artículo 21º Reservas .............................................................................................................................................................................. 30
Artículo 22º Enmiendas .......................................................................................................................................................................... 30
Artículo 23º Reexamen del Tratado                                            ............................................................................................................................................... 31

                                                                                                                                                    ........................................................................       31
Artículo 25º Grupo preparatorio                                     ........................................................................................................................................................ 32

                                                              .............................................................................................................................................................. 32

                                            ................................................................................................................................................................................ 32

Artículo 28º Textos auténticos ............................................................................................................................................................ 32




                                 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras                                                                                           15
Preámbulo                                                                  Objeto del Tratado
                                                                           Artículo 2º
Los Estados contratantes...
                                                                           Los objetivos del presente Tratado y del ITF son
                 los efectos negativos de gran                             los siguientes:
calado de las distorsiones del desarrollo en el
                                              -                            1.
ciera y la especulación,                                                        interés común a escala internacional y en par-
                                                                                ticular para el desarrollo en el mundo [en los
Deseando movilizar recursos generados por los                                   países en desarrollo participantes enumerados
                                                                                en el anexo].

mundial garantizada por los Estados contratantes,                          2. Organizar la cooperación y la coordinación inter-
                                                                              nacionales para la aplicación de un impuesto
Deseando                                                                      multijurisdiccional y multilateral sobre las tran-
para el desarrollo,

Determinados por consiguiente a poner en
práctica un impuesto multijurisdiccional sobre                             Aplicación
                                                                           Artículo 3º
Deciden instaurar un impuesto multijurisdic-
                                                                           §1 Los Estados contratantes introducirán un
crear un consejo internacional de Estados para                             impuesto común y coordinado sobre las tran-
organizar una política común de desarrollo, así
como comités consultivos para ayudar a los
Estados contratantes en la ejecución,                                      Tratado.

Deciden celebrar el presente Tratado y, a tal                              Los Estados contratantes adoptarán las disposi-
efecto, han designado como plenipotenciarios:                              ciones legislativas, reguladoras y administrativas
                                                                                                                            -
Quienes, habiendo intercambiado sus plenos
poderes, reconocidos en debida y buena forma,

Han convenido las disposiciones                                            §2                                             -
                                                                           pretación diferente, todo término o expresión no
                                                                                                                          -


Capítulo I                                                                                                                     -
Disposiciones generales                                                    normativa.

Introducción del impuesto
sobre las transacciones                                                    Asignación de la recaudación
                                                                           del ITF
                                                                           Artículo 4º
Artículo 1º
                                                                           §1 Los Estados contratantes utilizarán regu-
Por el presente Tratado, los Estados contratantes                          larmente el [ ] % de los ingresos obtenidos por
deciden introducir un régimen plurijurisdiccional y mul-
tilateral común y coordinado de imposición de las tran-                    para un Fondo Común de Desarrollo creado en




 16                Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
§2 Cada Estado contratante conservará el [ ] %                           Grupo de entidades asociadas
restante de los ingresos [si el lugar de la tran-
                                                 -                       §3
culo 12º compete a su jurisdicción o, salvo lo                           fraude, la evasión o el abuso, un Estado contra-
dispuesto en el artículo 14º, transferirá dos ter-                       tante tratará [podrá tratar] como una sola persona,
cios de esta cuantía al otro Estado contratante si                       en lo sucesivo denominada “entidad única”,
                                                                         para la aplicación de los artículos 8º, 12º, 13º
la jurisdicción de este otro Estado contratante,                         y 15º, a los sujetos pasivos [o sometidos al ITF
por cuya cuenta ha sido recaudado el ITF en el                           como agentes perceptores del ITF conforme al
[primer] Estado contratante.                                             artículo 13º], estén o no establecidos en el

                                                                         independientes, forman parte de un grupo de
                                                                         personas estrechamente vinculadas con un
Capítulo II
                                                                                                                                -
Concepto de ITF común
                                                                         de esta persona sobre las demás entidades
Objeto y ámbito de aplicación                                            del grupo.

territorial
                                                                         Transacciones imponibles
Artículo 5º
                                                                         Artículo 8º
realizada en el territorio de los Estados contra-
tantes por un sujeto pasivo, en lo sucesivo deno-
                                                                         imponibles”
minada “transacción imponible”.
                                                                         §1 La expresión “                               -
Artículo 6º                                                              nible” designa la transferencia de un instrumento

A efectos del presente Tratado, el territorio será
el territorio del Estado contratante, tal como se                        con condiciones de pago inmediato o diferido.
precisa en el anexo.
                                                                         §2     La expresión “transferencia de un instru-

                                                                                                                                -
                                                                         ciero como propietario.
Artículo 7º
                                                                         §3    La expresión “transferencia de un instru-
§1   La expresión “sujeto pasivo” designa a                                                                              -
                                                                         ción, el ejercicio o la ejecución de un contrato
                                                                                                                      y la
sobre el territorio de un Estado contratante,                            transferencia, la cesión o la novación de un con-
incluso de manera ocasional.

                                                                         §4 A efectos de la aplicación de los artículos
                                                                         12º, 13º y 15º, una transacción en el transcurso
por cuya cuenta, se realice la transacción,                                                                             -
directa o indirectamente.
                                                                         dos transacciones imponibles distintas.

                                                                         §5                                            -
§2                                                                       sacciones múltiples, son combinadas o converti-
actúe en nombre propio por cuenta de terceros.                           das en un solo crédito neto u obligación neta




                 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras   17
de posiciones netas entre sujetos pasivos], cada                          principales objetivos de la reestructuración es
transacción tributará como una transacción                                evitar la aplicación del ITF.
imponible distinta.
                                                                          §9.1 Para prevenir el fraude, la evasión o el
                                                 -
blecimiento de un crédito neto o de una obligación                        designa asimismo una transacción
                                                 -                        un                     a una transferencia de
pense o establezca las posiciones netas informará,                                                                      -
so pena de deber pagar ella misma el impuesto, a                          partida. También designa un intercambio de ins-
la persona sometida al ITF, si procede como pres-
                                                 -                                                                    -
                                                                          cieros o de elementos de mercado, y un inter-
del cálculo del ITF.

§6                                en su propio
nombre y por cuenta de otra persona [o se inter-                          §9.2 Para prevenir el fraude, la evasión o el
pone entre sujetos pasivos] realiza una transac-
                                                                          designa asimismo una transferencia de instru-



                                                                          §10
una entidad única, sea en el seno del grupo o
con otros sujetos pasivos, son realizadas por el
                                                                          inclusive un título, tanto si está materializado como
                                                               -          si no lo está, como se indica a continuación.
des del grupo.]
                                                                          [Opción
§7    No serán considerados como transacción
                                                                          también un                                          -
títulos de deuda, la concesión de créditos y el                           ciero derivado
                                                                                                                              -
una transacción de participaciones o de acciones                                                                              -
de un fondo de inversión. La transferencia de ins-
                                                                          de comprar, vender, transferir o entregar un ins-
transacción no imponible será una transacción
imponible.
                                                                          un índice, un hecho, un elemento o una medida
§8 En caso de transferencia, sea o no a cambio
de una contrapartida, por concepto de contribu-                                                                         -
ción a una sociedad residente en uno de los Esta-                         tuación del valor de uno de los elementos antes
                                                                          mencionados.]
forme parte de un conjunto de activos en el marco
de una reestructuración de entidades por fusión,                          §10.1                                               -
                                                                          prende [sin embargo solamente]:
una participación de control, por escisión o por
constitución como sociedad de una sucursal o un                           A.) Las acciones e intereses en sociedades o
establecimiento, los Estados contratantes conside-
                                                                          a acciones en sociedades, partenariados u otras
                                                               -          entidades, las participaciones o acciones de fon-
                                                                                                                          -
ser tratada como sucesor y sustituto del cedente.

Un Estado contratante podrá negarse a aplicar                             B.) Las obligaciones u otras formas de títulos
                                                                          de crédito




 18               Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
[Opción: y los instrumentos del mercado mone-                               tienen curso legal en un Estado, con la excep-
tario], trátese
                                                                            “monedas de colección” designa las monedas
(B.1) De instrumentos con vencimiento [a un                                 de oro, plata u otro metal y los billetes de banco
año] o más
                                                                            presenten un interés numismático.
(B.2) De otros instrumentos
Los Estados contratantes podrán, en las condi-                              Los Estados contratantes de la Unión Económica
                                               -
mentos B.1 las participaciones o acciones de los                            una moneda común serán considerados como
fondos de inversión cuya mayoría esté invertida                             un solo Estado.
en instrumentos de categoría B.1.
                                                                            Opción
[Opción                                                                     F.) Los contratos sobre los productos deri-
Los títulos de crédito mencionados en el punto                                                             incluidos los
B.2 con un vencimiento inferior a seis meses


[Opción
C.) Los contratos sobre los productos deriva-                               Opción
dos                                                                         G.) Los contratos sobre los productos deri-
enumerados en los puntos A o B.1 y B.2 [y los otros
                                                  -                         inmuebles],

                                                                                                                         -
                                                                            minada por referencia a dichas materias primas
contado determinados por referencia a estos instru-
mentos, los tipos de interés o los rendimientos, índi-
ces, medidas, hechos u otros elementos de mercado                           Opción
                                                     -                      H.) Los contratos sobre los productos deri-
                                                                                                                 inclui-

estén mencionados por otra parte en el presente
                                                                            al contado determinada por referencia a dicho


o las características de otros instrumentos deriva-                         Opción
                                                                            I.) Contratos sobre los productos deriva-

[Opción: divisas aparte]20                                                  incluidos los derechos de emisión, incluidos

[Opción: aparte de las materias primas, el oro
(inversión), las variables climáticas]21                                    al contado determinada por referencia a varia-
                                                                            bles climáticas.
D.) Los instrumentos derivados para la transfe-
                                                                            §10.2                                      -
                                                                            cionados comprenden también los instrumentos
[Opción                                                                                                                -
E.)                                                                         chos de propiedad o de posesión sobre todo o

La expresión “divisa de un Estado” designa la                               los contratos sobre los productos derivados
                                                                            correspondientes].




20- Podría suprimirse si la opción E es aplicable.
21- Podría suprimirse si las opciones G, H e I son aplicables.




                    Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras   19
Contrapartida e importe                                                  §3      Cuando las transacciones se compensan
imponible                                                                apartado 5º del artículo 8º, el hecho imponible,
                                                                                                                        -
Artículo 9º                                                              das, intervendrá en el momento de la compen-
§1    El importe imponible es la suma de ele-                            sación, y el impuesto sobre las transacciones
                                                                         compensadas será exigible cuando intervenga
cedente ha obtenido u obtendrá del cesionario o
de un tercero al ejecutar la transacción, en efec-
tivo, en especie o en otra forma. Cuando los
pagos recíprocos son compensados, el importe
                                                                         Tipo
imponible es igual a la suma de los importes                             Artículo 11º
antes de la compensación.
                                                                         §1 El tipo normal del impuesto será igual a un
Los importes expresados en efectivo se convier-                          porcentaje del importe imponible y no podrá ser
ten en la divisa del Estado de imposición [al tipo                       inferior al [0,05% o porcentaje convenido] para
publicado por el banco central de dicho Estado                           todas las transacciones [aparte de las transaccio-
la víspera del pago].                                                    nes correspondientes a los instrumentos enumera-
                                                                         dos anteriormente en el apartado 10º del artículo 8º
                                                                         [punto E (divisas) [para las cuales el tipo no será
sirve de referencia en un contrato sobre productos
                                                 -                                                                                -
mente de riesgo para una de las contrapartes.]
                                                                         de [tres] días] ] y] punto A (acciones ordinarias)

(el pago de) la contrapartida no se expresa en                           porcentaje convenido].
efectivo, la contrapartida será valorada conforme
                                                                         [Opción: El tipo normal del impuesto será igual a
recibido en la fecha del hecho imponible.                                un porcentaje del importe imponible y no podrá
                                                                         ser inferior al [0,05% o porcentaje convenido]
§2 En caso de anulación, rechazo o impago total                          para todas las transacciones, aparte de:
o parcial, o cuando la contrapartida es reducida
tras la transacción, el importe imponible se                             ■    las transacciones correspondientes a instru-
reducirá consecuentemente en las condiciones                                  mentos enumerados en el párrafo A del apar-
                                                                              tado 10 del artículo 8º (acciones ordinarias),
percibido el impuesto. Ahora bien, en caso de                                 para las cuales el tipo no será inferior al
impago total o parcial, los Estados contratantes                              [0,05% o porcentaje convenido]
pueden hacer una excepción a esta regla.
                                                                         ■    las transacciones correspondientes a instru-
                                                                              mentos enumerados en el párrafo B.1 del
Hecho imponible y                                                             apartado 10 del artículo 8º (títulos de crédito
exigibilidad del impuesto                                                     a largo plazo), para las cuales el tipo no será
                                                                              inferior al [0,1% o porcentaje convenido]
Artículo 10º
                                                                         ■    las transacciones correspondientes a instrumen-
§1 El hecho imponible sucede y el impuesto                                    tos enumerados en el párrafo E del apartado 10
será exigible a los sujetos pasivos o las perso-                              del artículo 8º (divisas), para las cuales el tipo no
                                                                              será inferior al [0,01% o porcentaje convenido]

                                                                         [Opción: Para las transacciones para las cuales
transferido y la contrapartida sea pagada.                                                                                -
                                                                         tral regulada autorizada a actuar se interponga
§2 Cuando los términos de la transacción pre-                            entre el cedente y el cesionario y esté registrado
vén pagos o vencimientos sucesivos, el impuesto                          como tal ante los Estados contratantes, el tipo
será exigible con cada pago.                                             se reducirá a la mitad.]




 20              Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
§2     El tipo aplicable a las transacciones impo-                         competencia de los Estados contratantes en mate-
                                                                           ria de recaudación del impuesto serán asignados
hecho imponible.                                                           en función del lugar de la transacción, en el orden

§3 En caso de cambio del tipo, los Estados
contratantes podrán:                                                       Los Estados contratantes exonerarán [o conce-
                                                                           derán un crédito de impuesto por el ITF pagado]
■    proceder a ajustes en el supuesto previsto en                         una transacción realmente gravada en otro
     el apartado 1º para tomar en cuenta el tipo                           Estado contratante prioritario conforme al apar-
                                                 -
     clusión de la transacción.

■    tomar todas las medidas transitorias adaptadas.                       tributan como transacciones de un único sujeto
                                                                           pasivo, los Estados contratantes evitarán de
§4                                                                         común acuerdo la doble imposición y la imposi-
convierte en sujeto pasivo de un tipo o un régimen                         ción múltiple en función del lugar de las transac-
especial o viceversa, los Estados contratantes
                                                                                                                           -
el sujeto pasivo no se aproveche de ello ni sea                            forme al artículo 14º y se repartirán la recauda-
                                                                           ción conservada conforme al artículo 3º.

                                                                           [§3 Ninguna disposición del presente tratado

                                                                           en acuerdos bilaterales o multilaterales, asignar
                                                                           sus derechos de imposición y la competencia en
                                                                           materia de recaudación del impuesto de manera
Atribución de los derechos                                                 diferente, siempre y cuando esta divergencia no
de imposición entre los Estados                                            afecte a la transferencia de la recaudación en
de imposición
Coordinación del cobro del impuesto                                        §4 A efectos de la aplicación de las reglas
                                                                           relativas al lugar de la transacción imponible, la
entre los Estados perceptores
                                                                                                                             cedente y
Artículo 12º
Derechos de imposición y competencias                                      cesionario.
en materia de percepción de los impuestos
                                                                           §5                                                          -
§1 Una transacción                                -                        bre será cedente o cesionario, según el caso.
torio de un Estado contratante tributará en ese
Estado (el Estado de imposición) conforme a los                            §6     Lugar de la transacción imponible
principios enunciados en el presente artículo y el
impuesto será recaudado en el territorio del Estado                        Territorialidad de las contrapartes
(Estado perceptor) de residencia de la persona
                                                                           1. Cuando el cedente
los principios enunciados en los artículos 13º y 15º,                         resida en el territorio de los Estados contratan-

ayudar a los Estados de imposición y los Estados                              imponible es el lugar de residencia del cedente.
perceptores a recaudar sus impuestos.
                                                                           2. Cuando el cedente resida fuera del territorio
Asignación de los derechos de imposición                                      de los Estados contratantes y el cesionario
– evitar la imposición múltiple                                               resida en el territorio de un Estado contra-
                                                                                                                          -
§2 Para evitar la doble imposición o la imposi-                               ción imponible es el lugar de residencia del
ción múltiple, los derechos de imposición y la                                cesionario.




                   Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras        21
Territorialidad de la transacción en caso                                    emitido
de intermediación bancaria                                                   de una transacción de divisas, en el territorio
                                                                             del Estado contratante cuya divisa haya
3. Cuando el cedente y el cesionario no residan                              sido utilizada en la transacción,] o del Estado
   en el territorio de una de las partes contratantes
   y el intermediario bancario                                               haya emitido
   los pagos] resida en el territorio de uno de los                          el caso de un contrato sobre un producto deri-
                                                                                                                        la
    lugar de la transacción imponible es el lugar                                                           el instrumento


    puede atribuir la intermediación bancaria de                             art. 12º sea aplicable, el Estado contratante
                                                                                                                         -
    Estado contratante del lugar de residencia del
    intermediario bancario del cesionario.
                                                                          §7
Territorialidad de la transacción con otros                               actúe o no en nombre de una persona pero por
                                                                          cuenta de esta persona
                                                                          tenga lugar esta transacción subyacente interme-
                                                                          diada si se encuentra en el territorio de un Estado
4. Cuando el lugar de transacción no esté
   situado en el territorio de un Estado contra-

    3º del apartado 1º del artículo 12º, se supon-                        por cuenta de otra persona reside en el territorio de
                                                                          un Estado contratante, el lugar de la transacción
    es el lugar donde tiene residencia el estable-                        será dicho Estado contratante.
                                                    -
    ciones siguientes en lo relativo a la transacción                     §8 [Para prevenir el fraude, la evasión o el
                                                                          abuso, y para prevenir la doble imposición, la no
    uno de los Estados contratantes, por el                               imposición y la distorsión de la competencia,] un
    siguiente orden de prioridad:

■                                                                         lugar esté regida por el presente artículo, consi-

                                                                          encuentra fuera del territorio, está situado en su
■                                        la transac-
    ción o el corretaje [por cuenta de clientes], la                      tiene su residencia en el territorio de este Estado.
    plataforma de negociación [regulada] operada
    como contraparte central, un sistema de nego-                         §9 Para prevenir el fraude, la evasión o el
    ciación multilateral [o una red de comunicacio-                       abuso, los Estados contratantes tomarán las


                                                                          fraude, evasión o abuso, si hubiera sido reali-
■   la contabilización en las cuentas de un registro                      zada en su territorio por un sujeto pasivo o por
                                                                          intermedio de una de las personas enumeradas

■


                                                                          imposición es menos fuerte, cuando el efecto es
                                                                          idéntico o similar a una transacción imponible.
5. Cuando el lugar de transacción no esté
   situado en el territorio del Estado contratante

                                                                          §10 A efectos de la aplicación del presente Tra-
    lugar de la transacción imponible estará en el                        tado, ser residente o tener residencia o estable-
    territorio del




    22            Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
■                                                 interme-
                                                               -
                                                                               negociando por cuenta propia.
se puede atribuir la transacción.
                                                                          ■

                                        sujeto                                 actividades de negociación por cuenta de sus
pasivo único a efectos del ITF, la residencia                                  clientes.
de las entidades del grupo será el Estado con-
                                                                          ■    Domicilio                                          -
                                                               -               cia del depositario central de los títulos (interna-

                                                                                                                               -
§11                                                                            dos en la letra A del párrafo 1º del apartado 10º

A efectos de la aplicación del presente Tratado,                               del mercado primario donde se cotizan las
los términos y expresiones siguientes designan:                                acciones ordinarias, y para los instrumentos

■                 la constatación, con el objetivo                             1º del apartado 10º del artículo 8º, el código de

                                                -                              los valores mobiliarios) del título.
    ros por un cedente y el pago en contrapartida
    por un cesionario han sido realizados.

■                                                              -

    cálculo de las posiciones netas, y el proceso
                                                -                         Artículo 13º
                                                -
    pensación podrá implicar la compensación,                             §1 No obstante las disposiciones del presente
                                                                          Tratado, los Estados de imposición, con ayuda
                                                                          de los Estados perceptores, estarán autorizados
■                                                                         a recaudar y exigir el impuesto a toda persona
    provee servicios bancarios y recibe el pago o
                                                                          apropiada.

■                                                                         Las personas obligadas a pagar el impuesto de
    directa o indirectamente, entre las contrapartes                      un sujeto pasivo estarán autorizadas a imputar
    de la transacción para asumir los derechos y                                                                       -
                                                                          venga lo contrario.
    directo o indirecto para cada vendedor y el ven-
    dedor directo o indirecto para cada comprador.                        Las contrapartes como sujetos pasivos

■                                   el lugar de la                        §2    Los sujetos pasivos, sea cual sea el lugar
                                                  -                                                                        -
    tema multilateral de negociación de transaccio-                       nibles, serán solidariamente responsables, indi-
    nes o una red de comunicaciones electrónicas /                        vidual y colectivamente, del pago del ITF, ante
    red cruzada.                                                          las autoridades del Estado contratante (Estado
                                                                          de imposición) del lugar donde tenga lugar la
■          plataforma de negociación en donde se                          transacción, [salvo lo dispuesto en el apartado 3º
                                               -                          o el apartado 5º].


                                                                          el Estado de imposición, cada sujeto pasivo
■                                                       plata-            pagará una parte igual del impuesto, salvo si se
                                                                          acuerda lo contrario sin afectar a los derechos
    permite la negociación de valores mobiliarios.                        de los Estados interesados.




                  Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras       23
Traslado de la percepción — actividad por                                                                                    -
cuenta de sujetos pasivos — entidad única                                   bles, individual y colectivamente, si el prestata-
como sujeto pasivo
                                                                            sido informado de las transacciones, las transfe-
§3                                                                          rencias o las contrapartidas imponibles antes de
de los Estados contratantes, estos tomarán dispo-
                                                                            compensa las transacciones, transferencias o

pagar el impuesto de un sujeto pasivo no residente
conforme a las disposiciones del presente Tratado.                          Entidad única como agente perceptor del ITF

                                                                                                                       sola
un sujeto pasivo no residente, el residente por                             persona sujeta al pago del impuesto, todas
cuya cuenta se realiza la transacción imponible,                            las entidades serán solidariamente responsables
                                                                            del pago, individual y colectivamente.

mecanismo de traslado de la percepción]
será designado como siendo la otra persona                                  las entidades del grupo ante el Estado de impo-
                                                                            sición, la responsabilidad de pagar el impuesto


solo sujeto pasivo, todas las entidades serán                                                                                 -
solidariamente responsables, individual y colec-                                                                              -
tivamente, del pago del ITF de las entidades del                            torio del Estado contratante.
grupo. La responsabilidad de pagar el ITF de las
entidades del grupo incumbirá en primer lugar al                            Agentes perceptores del ITF no residentes

Estado contratante y pueda ejercer el control

                                                                            Estado de imposición, la recaudación del
                                                                 -          impuesto por cuenta del Estado de imposición
rios en la cadena de la transacción                                         será controlada y ejecutada por el Estado con-
                                                                            tratante donde resida el agente perceptor del
                                                                            ITF, a saber, el Estado perceptor. En este caso,
agentes perceptores del ITF)                                                sin perjuicio del apartado 2º del artículo 14º
                                                                            sobre el sistema de ventanilla única, el ITF podrá
§4       Las personas [residan o no en la jurisdic-                         ser abonado al Estado perceptor.

solidariamente responsables, individual y colec-                            Asimismo, el ITF podrá ser recaudado por otros
tivamente, con los sujetos pasivos para el pago                                                                             -
del impuesto                                                                gados por instrumentos internacionales de ayuda
                                                                            mutua en materia de recaudación tributaria trans-
■    si las otras personas actúan por cuenta de un                          fronteriza.

     transacción, en todo o en parte, o                                     Orden de prioridad de la obligación
                                                                            impuesta a los agentes perceptores del ITF
■    si son, conforme a los párrafos 3º y 4º del apar-                      de recaudar y entregar el ITF

     determinar el lugar de la transacción imponible                        §5
     en el territorio del Estado de imposición.

Estas otras personas son denominadas “agentes                               directa o indirectamente a la intermediación de
perceptores del ITF”.                                                                                                     -

                  compensan las transacciones,                              como se indica en los párrafos 3º y 4º del apartado
las transferencias o las contrapartidas antes




    24              Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras
Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras

Contenu connexe

En vedette (20)

Ensayo
EnsayoEnsayo
Ensayo
 
Codigo procesal penal
Codigo procesal penalCodigo procesal penal
Codigo procesal penal
 
EL MINISTERIO PÚBLICO
EL MINISTERIO PÚBLICOEL MINISTERIO PÚBLICO
EL MINISTERIO PÚBLICO
 
salario mínimo
salario mínimosalario mínimo
salario mínimo
 
La revolución francesa para wiki
La revolución francesa para wikiLa revolución francesa para wiki
La revolución francesa para wiki
 
Las ONG
Las ONGLas ONG
Las ONG
 
2.5. la segona guerra mundial
2.5. la segona guerra mundial2.5. la segona guerra mundial
2.5. la segona guerra mundial
 
De Novo Yalta2009
De Novo Yalta2009De Novo Yalta2009
De Novo Yalta2009
 
Convenio cooperación ecuador y gobierno del reino camboya para protección, co...
Convenio cooperación ecuador y gobierno del reino camboya para protección, co...Convenio cooperación ecuador y gobierno del reino camboya para protección, co...
Convenio cooperación ecuador y gobierno del reino camboya para protección, co...
 
Tarea 5 do not let them die
Tarea 5 do not let them dieTarea 5 do not let them die
Tarea 5 do not let them die
 
ECJ -5. Principios Directrices Y Tun
ECJ -5. Principios Directrices Y TunECJ -5. Principios Directrices Y Tun
ECJ -5. Principios Directrices Y Tun
 
Power point de lectura
Power point de lecturaPower point de lectura
Power point de lectura
 
Princípio da celeridade processual
Princípio da celeridade processualPrincípio da celeridade processual
Princípio da celeridade processual
 
Connaissance des médias - Le journal Libération
Connaissance des médias - Le journal LibérationConnaissance des médias - Le journal Libération
Connaissance des médias - Le journal Libération
 
Derecho internacional rafael martinez
Derecho internacional rafael martinezDerecho internacional rafael martinez
Derecho internacional rafael martinez
 
Preposition
PrepositionPreposition
Preposition
 
Puedeservirte
PuedeservirtePuedeservirte
Puedeservirte
 
Ilzes
IlzesIlzes
Ilzes
 
Civil1
Civil1Civil1
Civil1
 
GNV: De las políticas argentinas; líbranos Señor
GNV: De las políticas argentinas; líbranos SeñorGNV: De las políticas argentinas; líbranos Señor
GNV: De las políticas argentinas; líbranos Señor
 

Similaire à Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras

Normas internacionales de contabilidad nic niif
Normas internacionales de contabilidad nic   niifNormas internacionales de contabilidad nic   niif
Normas internacionales de contabilidad nic niifAl Cougar
 
Instituciones Internacionales Y Comercio Exterior
Instituciones Internacionales Y Comercio ExteriorInstituciones Internacionales Y Comercio Exterior
Instituciones Internacionales Y Comercio Exteriorjtbc
 
Ppt comercio internacional unidad i
Ppt comercio internacional unidad iPpt comercio internacional unidad i
Ppt comercio internacional unidad iFlor de Maria
 
2014 orientaciones presupuestarias a las contralorias estadales y municipales
2014 orientaciones presupuestarias a las contralorias estadales y municipales2014 orientaciones presupuestarias a las contralorias estadales y municipales
2014 orientaciones presupuestarias a las contralorias estadales y municipalesIECSAM Edgar Mariño
 
Inversion 4
Inversion 4Inversion 4
Inversion 4mile
 
Integración económica y UE
Integración económica y UEIntegración económica y UE
Integración económica y UELore Tg
 
Diapositivas erika
Diapositivas erikaDiapositivas erika
Diapositivas erikaikki_sandy
 
10 preguntas-sobre-beps
10 preguntas-sobre-beps10 preguntas-sobre-beps
10 preguntas-sobre-bepsFredy Galdamez
 
Memorias.- Derecho de Integración e Instrumentos Económicos Internacionales (...
Memorias.- Derecho de Integración e Instrumentos Económicos Internacionales (...Memorias.- Derecho de Integración e Instrumentos Económicos Internacionales (...
Memorias.- Derecho de Integración e Instrumentos Económicos Internacionales (...Néstor Toro-Hinostroza
 
Introducción a los Negocios - Capítulo 4 (NEG105).pdf
Introducción a los Negocios - Capítulo 4 (NEG105).pdfIntroducción a los Negocios - Capítulo 4 (NEG105).pdf
Introducción a los Negocios - Capítulo 4 (NEG105).pdfDiegoPollo3
 
Empresas contratacion internacional
Empresas contratacion internacionalEmpresas contratacion internacional
Empresas contratacion internacionalOscar Lomas
 

Similaire à Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras (20)

SEMANA 2.pdf
SEMANA 2.pdfSEMANA 2.pdf
SEMANA 2.pdf
 
Normas internacionales de contabilidad nic niif
Normas internacionales de contabilidad nic   niifNormas internacionales de contabilidad nic   niif
Normas internacionales de contabilidad nic niif
 
Instituciones Internacionales Y Comercio Exterior
Instituciones Internacionales Y Comercio ExteriorInstituciones Internacionales Y Comercio Exterior
Instituciones Internacionales Y Comercio Exterior
 
Organismos del comercio internacional
Organismos del comercio internacionalOrganismos del comercio internacional
Organismos del comercio internacional
 
Ppt comercio internacional unidad i
Ppt comercio internacional unidad iPpt comercio internacional unidad i
Ppt comercio internacional unidad i
 
2014 orientaciones presupuestarias a las contralorias estadales y municipales
2014 orientaciones presupuestarias a las contralorias estadales y municipales2014 orientaciones presupuestarias a las contralorias estadales y municipales
2014 orientaciones presupuestarias a las contralorias estadales y municipales
 
Inversion 4
Inversion 4Inversion 4
Inversion 4
 
Integración económica y UE
Integración económica y UEIntegración económica y UE
Integración económica y UE
 
Acuerdos comercio integracion_regional
Acuerdos comercio integracion_regionalAcuerdos comercio integracion_regional
Acuerdos comercio integracion_regional
 
Diapositivas erika
Diapositivas erikaDiapositivas erika
Diapositivas erika
 
Taller de economía internacional cun (2)
Taller de economía internacional   cun (2)Taller de economía internacional   cun (2)
Taller de economía internacional cun (2)
 
10 preguntas-sobre-beps
10 preguntas-sobre-beps10 preguntas-sobre-beps
10 preguntas-sobre-beps
 
Ubo3
Ubo3Ubo3
Ubo3
 
Memorias.- Derecho de Integración e Instrumentos Económicos Internacionales (...
Memorias.- Derecho de Integración e Instrumentos Económicos Internacionales (...Memorias.- Derecho de Integración e Instrumentos Económicos Internacionales (...
Memorias.- Derecho de Integración e Instrumentos Económicos Internacionales (...
 
Semana uno once cacs
Semana uno once cacsSemana uno once cacs
Semana uno once cacs
 
UNCTAD
UNCTADUNCTAD
UNCTAD
 
Introducción a los Negocios - Capítulo 4 (NEG105).pdf
Introducción a los Negocios - Capítulo 4 (NEG105).pdfIntroducción a los Negocios - Capítulo 4 (NEG105).pdf
Introducción a los Negocios - Capítulo 4 (NEG105).pdf
 
Empresas contratacion internacional
Empresas contratacion internacionalEmpresas contratacion internacional
Empresas contratacion internacional
 
Tendencias de los negocios internacionaless 1
Tendencias de los negocios internacionaless 1Tendencias de los negocios internacionaless 1
Tendencias de los negocios internacionaless 1
 
La ocde
La ocdeLa ocde
La ocde
 

Plus de ManfredNolte

LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING REPORT.
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING  REPORT.LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING  REPORT.
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING REPORT.ManfredNolte
 
Empresarios privados y públicos: ¿adversarios o aliados?
Empresarios privados y públicos: ¿adversarios o aliados?Empresarios privados y públicos: ¿adversarios o aliados?
Empresarios privados y públicos: ¿adversarios o aliados?ManfredNolte
 
CARE ECONOMY: LA VIEJA Y NUEVA ECONOMIA DE LOS CUIDADOS.
CARE ECONOMY: LA VIEJA Y NUEVA ECONOMIA DE LOS CUIDADOS.CARE ECONOMY: LA VIEJA Y NUEVA ECONOMIA DE LOS CUIDADOS.
CARE ECONOMY: LA VIEJA Y NUEVA ECONOMIA DE LOS CUIDADOS.ManfredNolte
 
DEUDA PUBLICA Y CONVENIENCIA FISCAL: LLAMADOS AL ACUERDO.
DEUDA PUBLICA Y CONVENIENCIA FISCAL: LLAMADOS AL ACUERDO.DEUDA PUBLICA Y CONVENIENCIA FISCAL: LLAMADOS AL ACUERDO.
DEUDA PUBLICA Y CONVENIENCIA FISCAL: LLAMADOS AL ACUERDO.ManfredNolte
 
DESIGUALDAD PERMANENTE: EL ESTANCAMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.
DESIGUALDAD PERMANENTE: EL ESTANCAMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.DESIGUALDAD PERMANENTE: EL ESTANCAMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.
DESIGUALDAD PERMANENTE: EL ESTANCAMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.ManfredNolte
 
COYUNTURA ECONOMICA Y SUS SOMBRAS: INFORME TRIMESTRAL DEL BANCO DE ESPAÑA.
COYUNTURA ECONOMICA Y SUS SOMBRAS: INFORME TRIMESTRAL DEL BANCO DE ESPAÑA.COYUNTURA ECONOMICA Y SUS SOMBRAS: INFORME TRIMESTRAL DEL BANCO DE ESPAÑA.
COYUNTURA ECONOMICA Y SUS SOMBRAS: INFORME TRIMESTRAL DEL BANCO DE ESPAÑA.ManfredNolte
 
DESVELANDO LA REALIDAD SOCIAL: ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA EN ESPAÑA.
DESVELANDO LA REALIDAD SOCIAL: ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA EN ESPAÑA.DESVELANDO LA REALIDAD SOCIAL: ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA EN ESPAÑA.
DESVELANDO LA REALIDAD SOCIAL: ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA EN ESPAÑA.ManfredNolte
 
¿FIN DEL CRIPTOINVIERNO?: ASI HABLAN LOS MAXIMOS.
¿FIN DEL CRIPTOINVIERNO?: ASI HABLAN LOS MAXIMOS.¿FIN DEL CRIPTOINVIERNO?: ASI HABLAN LOS MAXIMOS.
¿FIN DEL CRIPTOINVIERNO?: ASI HABLAN LOS MAXIMOS.ManfredNolte
 
CONOCIMIENTO INTERIOR BRUTO, la obsolescencia del PIB.
CONOCIMIENTO INTERIOR BRUTO, la obsolescencia del PIB.CONOCIMIENTO INTERIOR BRUTO, la obsolescencia del PIB.
CONOCIMIENTO INTERIOR BRUTO, la obsolescencia del PIB.ManfredNolte
 
LA AGROSFERA, DE NUEVO LA REBELIÓN DEL CAMPO.
LA AGROSFERA, DE NUEVO LA REBELIÓN DEL CAMPO.LA AGROSFERA, DE NUEVO LA REBELIÓN DEL CAMPO.
LA AGROSFERA, DE NUEVO LA REBELIÓN DEL CAMPO.ManfredNolte
 
TAMAÑO DEL ESTADO Y BIENESTAR EN LA OCDE.
TAMAÑO DEL ESTADO Y BIENESTAR EN LA OCDE.TAMAÑO DEL ESTADO Y BIENESTAR EN LA OCDE.
TAMAÑO DEL ESTADO Y BIENESTAR EN LA OCDE.ManfredNolte
 
MAS ALLA DE LA INCERTIDUMBRE:DESAFIOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA.
MAS ALLA DE LA INCERTIDUMBRE:DESAFIOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA.MAS ALLA DE LA INCERTIDUMBRE:DESAFIOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA.
MAS ALLA DE LA INCERTIDUMBRE:DESAFIOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA.ManfredNolte
 
LA SOMBRA POLITICA.
LA SOMBRA POLITICA.LA SOMBRA POLITICA.
LA SOMBRA POLITICA.ManfredNolte
 
DAVOS: EL PESO Y EL CONSEJO DE UN PODER SOCIALIZADOR.
DAVOS: EL PESO Y EL CONSEJO DE UN PODER SOCIALIZADOR.DAVOS: EL PESO Y EL CONSEJO DE UN PODER SOCIALIZADOR.
DAVOS: EL PESO Y EL CONSEJO DE UN PODER SOCIALIZADOR.ManfredNolte
 
EL FUTURO DEL CRECIMIENTO.
EL FUTURO DEL CRECIMIENTO.EL FUTURO DEL CRECIMIENTO.
EL FUTURO DEL CRECIMIENTO.ManfredNolte
 
LA FRONTERA 2050 EN ATENCION MEDICA.
LA FRONTERA 2050 EN ATENCION MEDICA.LA FRONTERA 2050 EN ATENCION MEDICA.
LA FRONTERA 2050 EN ATENCION MEDICA.ManfredNolte
 
ESPAÑA FRENTE AL DESAFIO DE LA AUSTERIDAD EUROPEA.
ESPAÑA FRENTE AL DESAFIO DE LA AUSTERIDAD EUROPEA.ESPAÑA FRENTE AL DESAFIO DE LA AUSTERIDAD EUROPEA.
ESPAÑA FRENTE AL DESAFIO DE LA AUSTERIDAD EUROPEA.ManfredNolte
 
2024:UN GOBIERNO FRAGIL AL CUIDADO DE UNA ECONOMIA ACECHADA.
2024:UN GOBIERNO FRAGIL AL CUIDADO DE UNA ECONOMIA ACECHADA.2024:UN GOBIERNO FRAGIL AL CUIDADO DE UNA ECONOMIA ACECHADA.
2024:UN GOBIERNO FRAGIL AL CUIDADO DE UNA ECONOMIA ACECHADA.ManfredNolte
 
LA ECONOMIA DE LOS PACTOS DE INVESTIDURA.
LA ECONOMIA DE LOS PACTOS DE INVESTIDURA.LA ECONOMIA DE LOS PACTOS DE INVESTIDURA.
LA ECONOMIA DE LOS PACTOS DE INVESTIDURA.ManfredNolte
 

Plus de ManfredNolte (20)

LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING REPORT.
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING  REPORT.LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING  REPORT.
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING REPORT.
 
Empresarios privados y públicos: ¿adversarios o aliados?
Empresarios privados y públicos: ¿adversarios o aliados?Empresarios privados y públicos: ¿adversarios o aliados?
Empresarios privados y públicos: ¿adversarios o aliados?
 
CARE ECONOMY: LA VIEJA Y NUEVA ECONOMIA DE LOS CUIDADOS.
CARE ECONOMY: LA VIEJA Y NUEVA ECONOMIA DE LOS CUIDADOS.CARE ECONOMY: LA VIEJA Y NUEVA ECONOMIA DE LOS CUIDADOS.
CARE ECONOMY: LA VIEJA Y NUEVA ECONOMIA DE LOS CUIDADOS.
 
DEUDA PUBLICA Y CONVENIENCIA FISCAL: LLAMADOS AL ACUERDO.
DEUDA PUBLICA Y CONVENIENCIA FISCAL: LLAMADOS AL ACUERDO.DEUDA PUBLICA Y CONVENIENCIA FISCAL: LLAMADOS AL ACUERDO.
DEUDA PUBLICA Y CONVENIENCIA FISCAL: LLAMADOS AL ACUERDO.
 
DESIGUALDAD PERMANENTE: EL ESTANCAMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.
DESIGUALDAD PERMANENTE: EL ESTANCAMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.DESIGUALDAD PERMANENTE: EL ESTANCAMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.
DESIGUALDAD PERMANENTE: EL ESTANCAMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.
 
COYUNTURA ECONOMICA Y SUS SOMBRAS: INFORME TRIMESTRAL DEL BANCO DE ESPAÑA.
COYUNTURA ECONOMICA Y SUS SOMBRAS: INFORME TRIMESTRAL DEL BANCO DE ESPAÑA.COYUNTURA ECONOMICA Y SUS SOMBRAS: INFORME TRIMESTRAL DEL BANCO DE ESPAÑA.
COYUNTURA ECONOMICA Y SUS SOMBRAS: INFORME TRIMESTRAL DEL BANCO DE ESPAÑA.
 
DESVELANDO LA REALIDAD SOCIAL: ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA EN ESPAÑA.
DESVELANDO LA REALIDAD SOCIAL: ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA EN ESPAÑA.DESVELANDO LA REALIDAD SOCIAL: ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA EN ESPAÑA.
DESVELANDO LA REALIDAD SOCIAL: ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA EN ESPAÑA.
 
¿FIN DEL CRIPTOINVIERNO?: ASI HABLAN LOS MAXIMOS.
¿FIN DEL CRIPTOINVIERNO?: ASI HABLAN LOS MAXIMOS.¿FIN DEL CRIPTOINVIERNO?: ASI HABLAN LOS MAXIMOS.
¿FIN DEL CRIPTOINVIERNO?: ASI HABLAN LOS MAXIMOS.
 
CONOCIMIENTO INTERIOR BRUTO, la obsolescencia del PIB.
CONOCIMIENTO INTERIOR BRUTO, la obsolescencia del PIB.CONOCIMIENTO INTERIOR BRUTO, la obsolescencia del PIB.
CONOCIMIENTO INTERIOR BRUTO, la obsolescencia del PIB.
 
LA AGROSFERA, DE NUEVO LA REBELIÓN DEL CAMPO.
LA AGROSFERA, DE NUEVO LA REBELIÓN DEL CAMPO.LA AGROSFERA, DE NUEVO LA REBELIÓN DEL CAMPO.
LA AGROSFERA, DE NUEVO LA REBELIÓN DEL CAMPO.
 
TAMAÑO DEL ESTADO Y BIENESTAR EN LA OCDE.
TAMAÑO DEL ESTADO Y BIENESTAR EN LA OCDE.TAMAÑO DEL ESTADO Y BIENESTAR EN LA OCDE.
TAMAÑO DEL ESTADO Y BIENESTAR EN LA OCDE.
 
MAS ALLA DE LA INCERTIDUMBRE:DESAFIOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA.
MAS ALLA DE LA INCERTIDUMBRE:DESAFIOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA.MAS ALLA DE LA INCERTIDUMBRE:DESAFIOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA.
MAS ALLA DE LA INCERTIDUMBRE:DESAFIOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA.
 
LA SOMBRA POLITICA.
LA SOMBRA POLITICA.LA SOMBRA POLITICA.
LA SOMBRA POLITICA.
 
DAVOS: EL PESO Y EL CONSEJO DE UN PODER SOCIALIZADOR.
DAVOS: EL PESO Y EL CONSEJO DE UN PODER SOCIALIZADOR.DAVOS: EL PESO Y EL CONSEJO DE UN PODER SOCIALIZADOR.
DAVOS: EL PESO Y EL CONSEJO DE UN PODER SOCIALIZADOR.
 
EL FUTURO DEL CRECIMIENTO.
EL FUTURO DEL CRECIMIENTO.EL FUTURO DEL CRECIMIENTO.
EL FUTURO DEL CRECIMIENTO.
 
LA FRONTERA 2050 EN ATENCION MEDICA.
LA FRONTERA 2050 EN ATENCION MEDICA.LA FRONTERA 2050 EN ATENCION MEDICA.
LA FRONTERA 2050 EN ATENCION MEDICA.
 
ESPAÑA FRENTE AL DESAFIO DE LA AUSTERIDAD EUROPEA.
ESPAÑA FRENTE AL DESAFIO DE LA AUSTERIDAD EUROPEA.ESPAÑA FRENTE AL DESAFIO DE LA AUSTERIDAD EUROPEA.
ESPAÑA FRENTE AL DESAFIO DE LA AUSTERIDAD EUROPEA.
 
2024:UN GOBIERNO FRAGIL AL CUIDADO DE UNA ECONOMIA ACECHADA.
2024:UN GOBIERNO FRAGIL AL CUIDADO DE UNA ECONOMIA ACECHADA.2024:UN GOBIERNO FRAGIL AL CUIDADO DE UNA ECONOMIA ACECHADA.
2024:UN GOBIERNO FRAGIL AL CUIDADO DE UNA ECONOMIA ACECHADA.
 
2023.
2023.2023.
2023.
 
LA ECONOMIA DE LOS PACTOS DE INVESTIDURA.
LA ECONOMIA DE LOS PACTOS DE INVESTIDURA.LA ECONOMIA DE LOS PACTOS DE INVESTIDURA.
LA ECONOMIA DE LOS PACTOS DE INVESTIDURA.
 

Implementando hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre transacciones financieras

  • 1. Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional Informe de los expertos internacionales
  • 2.
  • 3. Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional Informe de los expertos internacionales Octubre de 2011
  • 4. El presente informe de los expertos es responsabilidad de los autores y los Estados Miembros y no puede considerarse al Grupo Piloto responsable de su contenido.
  • 5. ÍNDICE Miembros del comité ................................................................................................................................................................. 4 Prefacio ........................................................................................................................................................................................................ 5 1. Contexto y perspectivas ................................................................................................................................................... 7 2. Grandes líneas del impuesto multijurisdiccional ............................................................................... 10 3. Proyecto de tratado relativo a un impuesto .............................................................................................................. 14 Preámbulo ................................................................................................................................................................................... 16 Capítulo I Disposiciones generales ........................................................................................................................ 16 Capítulo II Concepto de ITF común ......................................................................................................................... 17 ............................................................................. 29 Capítulo IV Gobernación .................................................................................................................................................. 29 .............................................................................................................................. 30 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 3
  • 6. MIEMBROS DEL COMITÉ Expertos Prof. Lieven A. Denys, Universidad Libre de Bruselas, Abogado, miembro de Greenille, Avocats & Notaires, Bruselas, Bélgica Bruno Jetin, Profesor, CEPN, Universidad de Paris Nord Prof. Avinash Persaud, Presidente de Intelligence Capital, Londres, Reino Unido doctor en Economía, Ottawa, Canadá Prof. Dr. Michel Tison, Gante, Bélgica Investigadora Marie Lamensch, investigadora, doctoranda, Instituto de Estudios Europeos, Universidad Libre de Bruselas, Bélgica París, Francia Julien Meimon, doctor en Ciencias Políticas, París, Francia La versión provisional del presente documento de consulta ha sido preparada por el Prof. Lieven A. Denys con Marie Lamensch y los consejos de los demás expertos. Los autores expresan su agradecimiento a las numerosas personas, incluidos los decisores, universitarios y funcionarios públicos, los expertos 4 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 7. PREFACIO 1. El origen del proyecto ■ Es menester evitar las distorsiones económicas de tratado integrados, sin por ello limitar indebidamente la libre circulación de capitales. ➔ El presente proyecto de tratado internacional relativo a un impuesto multilateral y multi- ■ - persigue dos objetivos: - 1. - capitales están, sin embargo, mundializados. - De todo ello sacamos las siguientes conclusiones: de una política de desarrollo común o coordinada. ■ El proyecto de tratado propone un impuesto plu- 2. - reforzar la autonomía de los Estados y mejorar ras, recaudado de manera centralizada. Expone el buen funcionamiento de la economía real, las principales características de un impuesto - cieras internacionales. Instaura un sistema de El proyecto de tratado sigue las huellas del Informe recaudación por las infraestructuras (centrales) de los expertos “Mundializar la solidaridad: en pro de una ontri u i n del se tor nan iero transacciones de cambio, el punto de acceso (2010)” del grupo de expertos al task force sobre del sistema de pagos mundial. El proyecto de las transacciones nancieras internacionales para el desarrollo1. Dicho informe preveía la creación pero prevé criterios funcionales para atribuir a de mecanismos internacionales para enfrentar las instituciones designadas mandatos objeti- los desafíos y cumplir los compromisos mundia- vos e imparciales. les en términos de desarrollo y de protección del medio ambiente. ■ Este sistema internacional está basado sobre la El objetivo es facilitar el proceso político de deci- un órgano político dimanante de todos los Estados sión, abordando en un documento de consulta - las cuestiones relacionadas con la viabilidad trarán parte de los ingresos comunes por medio jurídica y técnica de un sistema internacional de del Consejo del ITF, tras consulta de los países recaudación del impuesto. en desarrollo y de la sociedad civil. El funciona- miento de este órgano podrá fundarse sobre los principios operativos enunciados en el informe del Grupo de Expertos de 2010 (punto 4.2.3). ➔ El G-20 es, a nuestro entender, la instancia ■ - más apropiada para lanzar este proyecto, por varios motivos: de una declaración (un llamamiento) del G-20 1- www.groupepilote.org Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 5
  • 8. - ■ Por ejemplo, para el mercado internacional yecto debería ser aprobado por un gran número de países, sea (i) en forma de inicia- - tiva de la UE (eventualmente, por un grupo restringido2 - imponer el sistema de recaudación por terce- ren una cooperación reforzada3) completada ros mediante un mandato recíproco conce- por acuerdos de la UE con otros Estados4, sea (ii) en forma de tratado multilateral entre territorial sobre las entidades de pago”. Estados miembros de la UE, sea (iii) en forma ■ Al introducirse en varios países, el ITF entraña un riesgo de doble imposición y el proyecto de regiones económicas tales como la UE. tratado facilita la recaudación práctica de este ■ podría ser un instrumento esencial para pre- instaurarse progresivamente y ser objeto de venir este riesgo de imposición múltiple. una evaluación circunstanciada tras un período de transición. ■ El proyecto de tratado menciona varias opcio- solidaridad internacional así como los tipos aplicables, eventualmente ➔ Concretando la principal conclusión del del ámbito de aplicación del ITF corresponda informe inicial de los expertos, este meca- a una decisión política. nismo multilateral y plurijurisdiccional permitirá “resolver el dilema de la solidaridad mundial. Claro ■ El planteamiento generalizador del proyecto garantiza la neutralidad del mecanismo para desproporcionado de la mundialización económica, - plirá las disposiciones relativas a la libre circu- carga impositiva se repercutiría también, a partir lación de capitales y de pagos de bienes y de las entidades encargadas de los pagos, al estipulan los instrumentos de derecho inter- mundial. Los ingresos no se recaudarían de manera asimétrica por los Estados dotados de centros de reducción selectiva del ámbito de aplica- ción, el mecanismo correría el riesgo de no ser conforme a los principios del derecho eco- - nómico internacional. tencia de mecanismos de recaudación a nivel mundial también evita el problema de la base ■ El tratado prevé un mandato jurídico recíproco y nacional de los ingresos y, por ende, aumenta la estabilidad del ingreso”5. - nes centralizadas competentes, así como a los Nobleza Obliga. de común acuerdo. Esta cooperación se basaría Prof. Mr. Lieven A. Denys, en instrumentos jurídicos internacionales exis- Prof. Avinash Persaud, Prof. Dr. Bruno Jetin, tentes en materia de cooperación internacional - rían, de ser necesario, a los Estados contratan- 20 de septiembre de 2011 los artículos 20 y siguientes del Tratado sobre la Unión Europea (versión consolidada DO de 30 de marzo de 2010, C83/13). 5- ídem 6 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 9. 1. CONTEXTO Y PERSPECTIVAS ➔ El proyecto de tratado traduce la ambición Este año, el Parlamento Europeo ha llamado a de los Estados contratantes de crear una la introducción de un impuesto reducido sobre - eurodiputados, podría rendir 200 mil millones de Como se indica en el preámbulo, se ha optado euros al año en la Unión Europea y desalentaría por someter a imposición las transacciones - instauración de este impuesto a escala mundial resultara ser demasiado difícil, el Parlamento 8 - . tizados por los esfuerzos de regulación y esta- Más adelante, la Comisión Europea presentó bilización de los Estados contratantes para una propuesta de reforma del sistema de recur- - prende, concretamente, la instauración de un importantes sobre las economías de los países en desarrollo. El impuesto sobre las transaccio- Estados miembros, ofrecer a los gobiernos - nacionales un margen de maniobra suplementa- rio y contribuir al esfuerzo general de sanea- estos últimos tiempos. nuevo impuesto podría constituir un primer paso La idea de someter a imposición las transac- por la vía de la aplicación de un ITF a escala mundial . El pasado mes de agosto, el presi- ) propusieron, respectivamente, una tasa sobre las transac- también la introducción de un impuesto sobre ciones mobiliarias y una tasa sobre las tran- sacciones de divisas para reducir la especulación marco más amplio de medidas de estabilización y la volatilidad de los mercados. Un impuesto para la zona euro. dirigentes políticos, como hemos podido ver en las recientes cumbres del G-20 en Pittsburgh y Toronto. plenaria del 8 de marzo de 2011 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 7
  • 10. Apoyarse sobre las últimas la redacción del tratado: el régimen regulador15 y reguladora rápidamente, reforzando el papel de las cáma- ras de compensación para el pago de las tran- ➔ El cobro de un impuesto sobre las transac- - - profunda (entre los análisis recientes constan, ros en general y el reforzamiento de la regula- 10 , el informe como los productos derivados. el desarrollo11, los documentos de trabajo del FMI Apoyarse en la experiencia redactados por Matheson12 y Brondolo13 y los trabajos preparatorios de la Comisión14). Para el proyecto de tratado se han estudiado estas con- multilateral y multijurisdiccional y prácticas relacionadas con el gravamen a los ➔ El proyecto de tratado aprovecha la expe- riencia ganada al implementar diversos instrumentos: el Código Aduanero Comunitario, recaudación), así como los problemas vinculados aduanera europea, el impuesto sobre el valor complicar el cobro (recaudación transfronteriza y transacciones y cuyo concepto fundamental y auditorías, asistencia mutua). Nos hemos basado extraterritorial armonizado de y Denys titulado “proyecto de tratado relativo impuesto sobre el ahorro implantado en los a un impuesto mundial sobre las transacciones de divisas” de 2002-2005, cuyos principios han sido integrados en el presente texto. en el presente documento). WP/1 1/185, 2011 (o “Brondolo” en el presente documento). 14- publicada una valoración pormenorizada de los impactos, así como una versión provisional de directiva europea. la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo relativo a los derivados OTC, las contrapartes centrales y Comisión Europea “Consulta pública sobre los derivados y las infraestructuras de mercado” – en inglés: http://ec.europa.eu/ 8 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 11. sus centros extraterritoriales asociados en torno Ahora bien, el proyecto de impuesto se ha con- cebido para preservar y mantener reglas del referencia, sobre la percepción de impuestos juego ecuánimes en materia económica y para retenidos en origen en el extranjero gracias a - aventajados en la competencia. Ello se obtendrá gracias a un ámbito de aplicación muy amplio, El proyecto de tratado también está basado sobre reforzado por una cooperación internacional al la dinámica de los convenios sobre cooperación recaudar el impuesto, respetando los principios - - cretamente, sobre los impresionantes resultados del Foro Mundial sobre la transparencia y el - calización o sustitución de activos por motivos - ción o de imposición múltiple. El proyecto de tratado estará abierto a todos los siempre y cuando no pongan en peligro la apli- cación del impuesto. ➔ torsiones económicas en los mercados ello limitar indebidamente la libre circulación de capitales y dentro de un contexto de erosión ser objeto de consulta. Por eso comporta varias aplican, por separado y sin ninguna sinergia, ser discutidas, concretamente la cuestión de si se debe prever un reexamen de las características fundamentales del tratado al cabo de un plazo embargo, mundializados. Así, el proyecto de razonable, por ejemplo, tres años tras su entrada en vigor, o si deberá ser aprobado con carácter mercados sin fronteras, progresivamente armo- temporal. nizado: sería consecuencia, preferiblemente, de una declaración (un llamamiento) del G-20 y el proyecto debería ser aprobado por un gran número de países, sea (i) en forma de iniciativa de la UE (eventualmente, por un grupo restrin- gido una cooperación reforzada18) completada por acuerdos de la UE con otros Estados , sea (ii) en forma de tratado multilateral entre varios miembros de la UE, sea (iii) en forma de tratado económicas enteras, tales como la UE. los artículos 20 y siguientes del Tratado sobre la Unión Europea (versión consolidada, DO de 30 de marzo de 2010, C83/13). Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 9
  • 12. 2. GRANDES LÍNEAS DEL IMPUESTO MULTI- JURISDICCIONAL SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS: RESUMEN A. Características - torios de los Estados contratantes (zona del ITF) básicas recaen en este ámbito. Así se evitarán, en gran - cieros (por ejemplo, sustitución de productos Un impuesto sobre los mercados y el modo de funcionamiento de los mercados ➔ El proyecto de impuesto multilateral sobre - cierne a todos los sectores de los mercados - nales como tales. multijurisdiccional y multilateral, Para sostener el desarrollo internacional ➔ El ITF se introducirá como impuesto en los - riales, simultáneamente en varias jurisdicciones ➔ El objetivo del ITF consiste en generar ingre- sos sustanciales en provecho del desarrollo multilateral común. La recaudación del impuesto internacional. Los Estados contratantes transferi- se centralizará, esencialmente, y se apoyará sobre rían un porcentaje, por convenir, de los ingresos el mercado. El ITF, en prácticamente todos los obtenidos con el ITF a un Fondo de Desarrollo casos, podría implementarse con procedimien- manos del Estado de imposición, o según los concreta importante. En la práctica, en función casos, se compartiría con el Estado perceptor. del tipo de transacción, adoptará la forma de una retención en origen - Un impuesto nacional de base cales nacionales, pero recaudada por interme- amplia y tipo bajo - cieros y bursátiles) en su propio nivel. ➔ El ITF se concibe como impuesto nacional con una base excepcionalmente amplia. será posible recurrir a una infraestructura del todos los actores del mercado y la totalidad de 10 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 13. Por último, la aplicación del tratado será super- en origen (si ningún tercer intermediario está visada por un Consejo (órgano de decisión sometido al campo de aplicación extraterritorial compuesto de representantes de los Estados ampliado de los Estados de imposición, Cfr. más adelante), el ITF será percibido en forma de tim- comités consultivos, compuestos, por ejemplo, bre. En este supuesto, la recaudación se efec- de representantes de los países en desarrollo y tuará sobre la base de declaraciones y en forma de la sociedad civil encargados de la política de aplazamiento de la percepción (es decir, por ejecutiva del Fondo de Desarrollo, y el Comité de Expertos en ITF (encargado de dar consejos con ayuda de instrumentos internacionales exis- técnicos y compuesto de expertos independien- tentes en materia de recaudación tributaria y de tes designados por los Estados contratantes, control regulador, teniendo en cuenta en particu- [los países en desarrollo], los actores de los lar los riesgos de imposición múltiple y de impo- sibilidad jurídica de ejecutar las transacciones en caso de impago del impuesto). Implantación en varias etapas, B. Grandes líneas apertura mundial del ITF ➔ ITF a nivel internacional, en el conjunto de Transacciones imponibles e instrumentos - senso universal inmediato. En la primera fase, el ➔ El ITF será aplicable a toda negociación sistema puede simplemente apoyarse sobre las - bancario, los actores del mercado y los productos ros cuya transferencia será objeto de gravamen son las acciones, obligaciones, [los instrumentos con la zona del ITF, así como sobre los impuestos del mercado monetario], [las divisas] y sus produc- tos derivados [así como los productos derivados de las disposiciones de fondo del presente tratado y materias primas, el oro, el intercambio de derechos gracias a la coordinación internacional. de emisión, etc.]. El ITF concierne a todas las cate- Gobernación / aplicación y productos y a todos los actores del mercado. Esta base amplia garantizará la neutralidad económica y seguimiento del tratado y jurídica del impuesto, así como el potencial de recaudación. ➔ Un Comité de expertos en ITF, compuesto de expertos de diversas jurisdicciones, ayudará a las autoridades nacionales a poner en Tipo de gravamen práctica las reglas y los procedimientos naciona- les adecuados, concretamente en lo relativo a la ➔ El tipo del ITF será un porcentaje del importe contabilidad, y a interpretar el tratado de manera imponible. Un conjunto de tipos diferenciados armonizada con objeto de garantizar una recau- se aplicará en función de la naturaleza de los - activos afectados por la transacción. El proyecto lidad del tratado es, en la medida de lo posible, de tratado propone un tipo general del 0,05% y - uno o dos tipos más elevados: sea un 0,2% para las acciones ordinarias, sea un 0,1% para los títu- se amplíe) el marco existente de la cooperación los de deuda a largo plazo y un 0,5% para las internacional (de alcance extraterritorial) en acciones ordinarias. Cabe contemplar la posibili- dad, durante la fase transitoria, de exonerar a las Estados contratantes deberán asimismo coope- transacciones al contado a corto plazo (incluido el mercado de divisas al contado), pero esta posi- internacional. bilidad no cuenta con una aprobación general. Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 11
  • 14. Una transacción técnicamente “doble” con un la o las otras personas imponibles no residentes. ejemplo, en ciertos mercados regulados, será - nicamente, compra y vende activos. Por eso se en otro Estado de la zona del ITF, su Estado propone ajustar el tipo. de residencia (el Estado perceptor) se encargará del seguimiento y el cobro por cuenta del Estado de imposición. Importe imponible Al efectuar el hecho imponible, el intermediario ➔ El importe imponible por concepto del ITF será igual al importe de la contrapartida - (pago) abonada por el cesionario (comprador) bles en materia de reparto de los derechos de impo- Estado de imposición y el - Estado perceptor compartirán la parte “retribu- cibido con cada transacción (es decir, antes de ción por percepción” de los ingresos y transmiti- la compensación). rán un porcentaje de dichos ingresos al Fondo Común de Desarrollo a efectos de desarrollo. Hecho imponible de la zona del ITF, podrá ser solicitada una asis- ➔ tencia mutua para la recaudación del impuesto momento del pago de la transacción (entrega en virtud de los instrumentos internacionales ayuda mutua para la recaudación tributaria, para del impuesto - ➔ - ción, incluidos los corredores de bolsa indepen- creado un sistema de ventanilla única en virtud actúen en nombre propio. En principio, estas per- del cual las obligaciones de cumplimiento de las - pero podrán convenir en un reparto diferente jan los intermediarios (“Estado perceptor de su - elección dos a gravar la transacción (Estado de imposi- según las reglas del tratado. En función de la per- ción). Así, una bolsa “retendrá a cuenta” la cuota sona encargada de recaudar el impuesto, se sobre los pagos recibidos por parte de o abona- recurrirá al sistema de ventanilla única de modo dos a los inversores y otros actores del mercado. facultativo o voluntario. Este podría ser el caso para las entidades cen- trales de contrapartida. La responsabilidad de recaudar el impuesto incum- birá casi siempre a terceros: los proveedores de ➔ La recaudación del ITF comporta una carac- terística esencial: se adjuntará un “sello” digi- - dación de una transacción imponible o, si no está demás intermediarios en la cadena de transaccio- prevista ninguna fase posterior a la negociación, en el momento de la negociación misma. se evitará la doble imposición y la ausencia de imposición. A falta de recaudación del impuesto por un tercero, las partes imponibles serán plenamente respon- Una transacción sin sello correrá el riesgo de sables, según el principio de inversión del sujeto 12 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 15. impuesto. Esta característica hace necesaria la aplicación coherente del ITF entre los Estados adopción de un dispositivo digital antifraude perfec- contratantes. A tal efecto, están previstas autoriza- cionado, acordado por los Estados contratantes. ciones mutuas para dar mandato a terceros para la recaudación transfronteriza del impuesto. Ámbito de aplicación territorial del impuesto, reparto de los derechos de imposición y coordinación ➔ del impuesto consiste en hacer del fraude una actividad muy ➔ arriesgada con un bajo rendimiento. El primer aspecto ha sido concebido para ser aplicado lo más (bajo rendimiento) será el resultado del bajo tipo del ampliamente posible, respetando los principios tradicionales de soberanía y de territorialidad, tal pagarlo. El segundo aspecto (riesgo elevado) implica como han sido elaborados por los instrumentos prever consecuencias importantes en caso de impago. A este respecto, el tratado prevé la imposi- A tal efecto, el tratado prevé un amplio abanico por las cuales no se haya pagado el impuesto. Estas del impuesto: la aprobación de normas legislativas ausencia del sello digital antes mencionado. Concre- cobro, más allá de las fronteras si es necesario, con ayuda de otros Estados (contratantes o no) dado lugar al pago del impuesto y, por ende, sin sello, - base sea del tratado, sea de otros instrumentos o al pago del instrumento, el instrumento no dará Ha sido implantada una amplia red multilateral de derecho a dividendos, interés o derechos de voto, y impuesto sea abonado para los instrumentos tradi- convenios multilaterales y bilaterales amplían cionalmente considerados como difíciles de gravar, esta recaudación extraterritorial. tales como las transacciones sobre productos deriva- - En la práctica, el ITF se aplicará únicamente a las transacciones imponibles cuando al menos una de las partes de la transacción esté establecida o - resida en uno de los Estados contratantes, o cuando mentos negociados en el mercado organizado. al menos uno de los intermediarios esté estable- cido en uno de los Estados contratantes, o sobre la - base del principio de la nacionalidad/territorialidad cuando extraterritorial sobre la base de los instrumentos (por ejemplo, las obligaciones soberanas, las de un grupo de empresas de la entidad única acciones y obligaciones de empresas) esté esta- blecida en uno de los Estados contratantes. recurriendo a entidades extraterritoriales), el papel - Para reforzar la recaudación (espontánea) del nacionales, y la cooperación con las autoridades - - serán severamente sancionados. turas de mercado, un conjunto exhaustivo de reglas Por último, y de manera más general, el tratado - ción” y el “Estado perceptor”) organizará la aplica- fraude, la doble imposición, la imposición múltiple o de supervisión existentes (en particular, los instru- la no imposición involuntaria, y se garantice una Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 13
  • 16. 3. PROYECTO DE TRATADO RELATIVO A UN IMPUESTO SOBRE LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS Preámbulo ............................................................................................................................................................................................. 16 Capítulo I – Disposiciones generales ................................................................................................................... 16 ...................................................................... 16 Artículo 1º ........................................................................................................................................................................................................ Objeto del Tratado .................................................................................................................................................................................. 16 Artículo 2º ........................................................................................................................................................................................................ Aplicación ..................................................................................................................................................................................................... 16 Artículo 3º ........................................................................................................................................................................................................ Asignación de la recaudación del ITF ..................................................................................................................................... 16 Artículo 4º ........................................................................................................................................................................................................ Capítulo II – Concepto de ITF común ................................................................................................................... 17 Objeto y ámbito de aplicación territorial .............................................................................................................................. 17 Artículo 5º ........................................................................................................................................................................................................ ........................................................................................................................................................................................................ ........................................................................................................................................................................................ 17 ........................................................................................................................................................................................................ Transacciones imponibles ............................................................................................................................................................... 17 Artículo 8º ........................................................................................................................................................................................................ Contrapartida e importe imponible ........................................................................................................................................... 20 ........................................................................................................................................................................................................ 20 Hecho imponible y exigibilidad del impuesto ................................................................................................................... 20 Artículo 10º ..................................................................................................................................................................................................... 20 Tipo .................................................................................................................................................................................................................... 20 Artículo 11º ..................................................................................................................................................................................................... 20 14 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 17. ......................................................................................................... 21 Artículo 12º ..................................................................................................................................................................................................... 21 .................................................................................. 23 Artículo 13º ..................................................................................................................................................................................................... 23 ........................................................................................................ 26 Artículo 14º ..................................................................................................................................................................................................... Medidas destinadas a aplicar correctamente el impuesto y a prevenir el fraude – cooperación internacional ...................................................................................................... 27 Artículo 15º ..................................................................................................................................................................................................... Comité Técnico Consultivo sobre el ITF ............................................................................................................................... 29 ..................................................................................................................................................................................................... ........................................................................... 29 ..................................................................................................................................................................................................... Capítulo IV - Gobernación .................................................................................................................................................. 29 Consejo de los Estados ..................................................................................................................................................................... 29 Artículo 18º ..................................................................................................................................................................................................... ................................................................................................................................................................ 30 ..................................................................................................................................................................................................... 30 ........................................................................................................................... 30 ........................................................................................................................................ 30 Artículo 21º Reservas .............................................................................................................................................................................. 30 Artículo 22º Enmiendas .......................................................................................................................................................................... 30 Artículo 23º Reexamen del Tratado ............................................................................................................................................... 31 ........................................................................ 31 Artículo 25º Grupo preparatorio ........................................................................................................................................................ 32 .............................................................................................................................................................. 32 ................................................................................................................................................................................ 32 Artículo 28º Textos auténticos ............................................................................................................................................................ 32 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 15
  • 18. Preámbulo Objeto del Tratado Artículo 2º Los Estados contratantes... Los objetivos del presente Tratado y del ITF son los efectos negativos de gran los siguientes: calado de las distorsiones del desarrollo en el - 1. ciera y la especulación, interés común a escala internacional y en par- ticular para el desarrollo en el mundo [en los Deseando movilizar recursos generados por los países en desarrollo participantes enumerados en el anexo]. mundial garantizada por los Estados contratantes, 2. Organizar la cooperación y la coordinación inter- nacionales para la aplicación de un impuesto Deseando multijurisdiccional y multilateral sobre las tran- para el desarrollo, Determinados por consiguiente a poner en práctica un impuesto multijurisdiccional sobre Aplicación Artículo 3º Deciden instaurar un impuesto multijurisdic- §1 Los Estados contratantes introducirán un crear un consejo internacional de Estados para impuesto común y coordinado sobre las tran- organizar una política común de desarrollo, así como comités consultivos para ayudar a los Estados contratantes en la ejecución, Tratado. Deciden celebrar el presente Tratado y, a tal Los Estados contratantes adoptarán las disposi- efecto, han designado como plenipotenciarios: ciones legislativas, reguladoras y administrativas - Quienes, habiendo intercambiado sus plenos poderes, reconocidos en debida y buena forma, Han convenido las disposiciones §2 - pretación diferente, todo término o expresión no - Capítulo I - Disposiciones generales normativa. Introducción del impuesto sobre las transacciones Asignación de la recaudación del ITF Artículo 4º Artículo 1º §1 Los Estados contratantes utilizarán regu- Por el presente Tratado, los Estados contratantes larmente el [ ] % de los ingresos obtenidos por deciden introducir un régimen plurijurisdiccional y mul- tilateral común y coordinado de imposición de las tran- para un Fondo Común de Desarrollo creado en 16 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 19. §2 Cada Estado contratante conservará el [ ] % Grupo de entidades asociadas restante de los ingresos [si el lugar de la tran- - §3 culo 12º compete a su jurisdicción o, salvo lo fraude, la evasión o el abuso, un Estado contra- dispuesto en el artículo 14º, transferirá dos ter- tante tratará [podrá tratar] como una sola persona, cios de esta cuantía al otro Estado contratante si en lo sucesivo denominada “entidad única”, para la aplicación de los artículos 8º, 12º, 13º la jurisdicción de este otro Estado contratante, y 15º, a los sujetos pasivos [o sometidos al ITF por cuya cuenta ha sido recaudado el ITF en el como agentes perceptores del ITF conforme al [primer] Estado contratante. artículo 13º], estén o no establecidos en el independientes, forman parte de un grupo de personas estrechamente vinculadas con un Capítulo II - Concepto de ITF común de esta persona sobre las demás entidades Objeto y ámbito de aplicación del grupo. territorial Transacciones imponibles Artículo 5º Artículo 8º realizada en el territorio de los Estados contra- tantes por un sujeto pasivo, en lo sucesivo deno- imponibles” minada “transacción imponible”. §1 La expresión “ - Artículo 6º nible” designa la transferencia de un instrumento A efectos del presente Tratado, el territorio será el territorio del Estado contratante, tal como se con condiciones de pago inmediato o diferido. precisa en el anexo. §2 La expresión “transferencia de un instru- - ciero como propietario. Artículo 7º §3 La expresión “transferencia de un instru- §1 La expresión “sujeto pasivo” designa a - ción, el ejercicio o la ejecución de un contrato y la sobre el territorio de un Estado contratante, transferencia, la cesión o la novación de un con- incluso de manera ocasional. §4 A efectos de la aplicación de los artículos 12º, 13º y 15º, una transacción en el transcurso por cuya cuenta, se realice la transacción, - directa o indirectamente. dos transacciones imponibles distintas. §5 - §2 sacciones múltiples, son combinadas o converti- actúe en nombre propio por cuenta de terceros. das en un solo crédito neto u obligación neta Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 17
  • 20. de posiciones netas entre sujetos pasivos], cada principales objetivos de la reestructuración es transacción tributará como una transacción evitar la aplicación del ITF. imponible distinta. §9.1 Para prevenir el fraude, la evasión o el - blecimiento de un crédito neto o de una obligación designa asimismo una transacción - un a una transferencia de pense o establezca las posiciones netas informará, - so pena de deber pagar ella misma el impuesto, a partida. También designa un intercambio de ins- la persona sometida al ITF, si procede como pres- - - cieros o de elementos de mercado, y un inter- del cálculo del ITF. §6 en su propio nombre y por cuenta de otra persona [o se inter- §9.2 Para prevenir el fraude, la evasión o el pone entre sujetos pasivos] realiza una transac- designa asimismo una transferencia de instru- §10 una entidad única, sea en el seno del grupo o con otros sujetos pasivos, son realizadas por el inclusive un título, tanto si está materializado como - si no lo está, como se indica a continuación. des del grupo.] [Opción §7 No serán considerados como transacción también un - títulos de deuda, la concesión de créditos y el ciero derivado - una transacción de participaciones o de acciones - de un fondo de inversión. La transferencia de ins- de comprar, vender, transferir o entregar un ins- transacción no imponible será una transacción imponible. un índice, un hecho, un elemento o una medida §8 En caso de transferencia, sea o no a cambio de una contrapartida, por concepto de contribu- - ción a una sociedad residente en uno de los Esta- tuación del valor de uno de los elementos antes mencionados.] forme parte de un conjunto de activos en el marco de una reestructuración de entidades por fusión, §10.1 - prende [sin embargo solamente]: una participación de control, por escisión o por constitución como sociedad de una sucursal o un A.) Las acciones e intereses en sociedades o establecimiento, los Estados contratantes conside- a acciones en sociedades, partenariados u otras - entidades, las participaciones o acciones de fon- - ser tratada como sucesor y sustituto del cedente. Un Estado contratante podrá negarse a aplicar B.) Las obligaciones u otras formas de títulos de crédito 18 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 21. [Opción: y los instrumentos del mercado mone- tienen curso legal en un Estado, con la excep- tario], trátese “monedas de colección” designa las monedas (B.1) De instrumentos con vencimiento [a un de oro, plata u otro metal y los billetes de banco año] o más presenten un interés numismático. (B.2) De otros instrumentos Los Estados contratantes podrán, en las condi- Los Estados contratantes de la Unión Económica - mentos B.1 las participaciones o acciones de los una moneda común serán considerados como fondos de inversión cuya mayoría esté invertida un solo Estado. en instrumentos de categoría B.1. Opción [Opción F.) Los contratos sobre los productos deri- Los títulos de crédito mencionados en el punto incluidos los B.2 con un vencimiento inferior a seis meses [Opción C.) Los contratos sobre los productos deriva- Opción dos G.) Los contratos sobre los productos deri- enumerados en los puntos A o B.1 y B.2 [y los otros - inmuebles], - minada por referencia a dichas materias primas contado determinados por referencia a estos instru- mentos, los tipos de interés o los rendimientos, índi- ces, medidas, hechos u otros elementos de mercado Opción - H.) Los contratos sobre los productos deri- inclui- estén mencionados por otra parte en el presente al contado determinada por referencia a dicho o las características de otros instrumentos deriva- Opción I.) Contratos sobre los productos deriva- [Opción: divisas aparte]20 incluidos los derechos de emisión, incluidos [Opción: aparte de las materias primas, el oro (inversión), las variables climáticas]21 al contado determinada por referencia a varia- bles climáticas. D.) Los instrumentos derivados para la transfe- §10.2 - cionados comprenden también los instrumentos [Opción - E.) chos de propiedad o de posesión sobre todo o La expresión “divisa de un Estado” designa la los contratos sobre los productos derivados correspondientes]. 20- Podría suprimirse si la opción E es aplicable. 21- Podría suprimirse si las opciones G, H e I son aplicables. Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 19
  • 22. Contrapartida e importe §3 Cuando las transacciones se compensan imponible apartado 5º del artículo 8º, el hecho imponible, - Artículo 9º das, intervendrá en el momento de la compen- §1 El importe imponible es la suma de ele- sación, y el impuesto sobre las transacciones compensadas será exigible cuando intervenga cedente ha obtenido u obtendrá del cesionario o de un tercero al ejecutar la transacción, en efec- tivo, en especie o en otra forma. Cuando los pagos recíprocos son compensados, el importe Tipo imponible es igual a la suma de los importes Artículo 11º antes de la compensación. §1 El tipo normal del impuesto será igual a un Los importes expresados en efectivo se convier- porcentaje del importe imponible y no podrá ser ten en la divisa del Estado de imposición [al tipo inferior al [0,05% o porcentaje convenido] para publicado por el banco central de dicho Estado todas las transacciones [aparte de las transaccio- la víspera del pago]. nes correspondientes a los instrumentos enumera- dos anteriormente en el apartado 10º del artículo 8º [punto E (divisas) [para las cuales el tipo no será sirve de referencia en un contrato sobre productos - - mente de riesgo para una de las contrapartes.] de [tres] días] ] y] punto A (acciones ordinarias) (el pago de) la contrapartida no se expresa en porcentaje convenido]. efectivo, la contrapartida será valorada conforme [Opción: El tipo normal del impuesto será igual a recibido en la fecha del hecho imponible. un porcentaje del importe imponible y no podrá ser inferior al [0,05% o porcentaje convenido] §2 En caso de anulación, rechazo o impago total para todas las transacciones, aparte de: o parcial, o cuando la contrapartida es reducida tras la transacción, el importe imponible se ■ las transacciones correspondientes a instru- reducirá consecuentemente en las condiciones mentos enumerados en el párrafo A del apar- tado 10 del artículo 8º (acciones ordinarias), percibido el impuesto. Ahora bien, en caso de para las cuales el tipo no será inferior al impago total o parcial, los Estados contratantes [0,05% o porcentaje convenido] pueden hacer una excepción a esta regla. ■ las transacciones correspondientes a instru- mentos enumerados en el párrafo B.1 del Hecho imponible y apartado 10 del artículo 8º (títulos de crédito exigibilidad del impuesto a largo plazo), para las cuales el tipo no será inferior al [0,1% o porcentaje convenido] Artículo 10º ■ las transacciones correspondientes a instrumen- §1 El hecho imponible sucede y el impuesto tos enumerados en el párrafo E del apartado 10 será exigible a los sujetos pasivos o las perso- del artículo 8º (divisas), para las cuales el tipo no será inferior al [0,01% o porcentaje convenido] [Opción: Para las transacciones para las cuales transferido y la contrapartida sea pagada. - tral regulada autorizada a actuar se interponga §2 Cuando los términos de la transacción pre- entre el cedente y el cesionario y esté registrado vén pagos o vencimientos sucesivos, el impuesto como tal ante los Estados contratantes, el tipo será exigible con cada pago. se reducirá a la mitad.] 20 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 23. §2 El tipo aplicable a las transacciones impo- competencia de los Estados contratantes en mate- ria de recaudación del impuesto serán asignados hecho imponible. en función del lugar de la transacción, en el orden §3 En caso de cambio del tipo, los Estados contratantes podrán: Los Estados contratantes exonerarán [o conce- derán un crédito de impuesto por el ITF pagado] ■ proceder a ajustes en el supuesto previsto en una transacción realmente gravada en otro el apartado 1º para tomar en cuenta el tipo Estado contratante prioritario conforme al apar- - clusión de la transacción. ■ tomar todas las medidas transitorias adaptadas. tributan como transacciones de un único sujeto pasivo, los Estados contratantes evitarán de §4 común acuerdo la doble imposición y la imposi- convierte en sujeto pasivo de un tipo o un régimen ción múltiple en función del lugar de las transac- especial o viceversa, los Estados contratantes - el sujeto pasivo no se aproveche de ello ni sea forme al artículo 14º y se repartirán la recauda- ción conservada conforme al artículo 3º. [§3 Ninguna disposición del presente tratado en acuerdos bilaterales o multilaterales, asignar sus derechos de imposición y la competencia en materia de recaudación del impuesto de manera Atribución de los derechos diferente, siempre y cuando esta divergencia no de imposición entre los Estados afecte a la transferencia de la recaudación en de imposición Coordinación del cobro del impuesto §4 A efectos de la aplicación de las reglas relativas al lugar de la transacción imponible, la entre los Estados perceptores cedente y Artículo 12º Derechos de imposición y competencias cesionario. en materia de percepción de los impuestos §5 - §1 Una transacción - bre será cedente o cesionario, según el caso. torio de un Estado contratante tributará en ese Estado (el Estado de imposición) conforme a los §6 Lugar de la transacción imponible principios enunciados en el presente artículo y el impuesto será recaudado en el territorio del Estado Territorialidad de las contrapartes (Estado perceptor) de residencia de la persona 1. Cuando el cedente los principios enunciados en los artículos 13º y 15º, resida en el territorio de los Estados contratan- ayudar a los Estados de imposición y los Estados imponible es el lugar de residencia del cedente. perceptores a recaudar sus impuestos. 2. Cuando el cedente resida fuera del territorio Asignación de los derechos de imposición de los Estados contratantes y el cesionario – evitar la imposición múltiple resida en el territorio de un Estado contra- - §2 Para evitar la doble imposición o la imposi- ción imponible es el lugar de residencia del ción múltiple, los derechos de imposición y la cesionario. Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 21
  • 24. Territorialidad de la transacción en caso emitido de intermediación bancaria de una transacción de divisas, en el territorio del Estado contratante cuya divisa haya 3. Cuando el cedente y el cesionario no residan sido utilizada en la transacción,] o del Estado en el territorio de una de las partes contratantes y el intermediario bancario haya emitido los pagos] resida en el territorio de uno de los el caso de un contrato sobre un producto deri- la lugar de la transacción imponible es el lugar el instrumento puede atribuir la intermediación bancaria de art. 12º sea aplicable, el Estado contratante - Estado contratante del lugar de residencia del intermediario bancario del cesionario. §7 Territorialidad de la transacción con otros actúe o no en nombre de una persona pero por cuenta de esta persona tenga lugar esta transacción subyacente interme- diada si se encuentra en el territorio de un Estado 4. Cuando el lugar de transacción no esté situado en el territorio de un Estado contra- 3º del apartado 1º del artículo 12º, se supon- por cuenta de otra persona reside en el territorio de un Estado contratante, el lugar de la transacción es el lugar donde tiene residencia el estable- será dicho Estado contratante. - ciones siguientes en lo relativo a la transacción §8 [Para prevenir el fraude, la evasión o el abuso, y para prevenir la doble imposición, la no uno de los Estados contratantes, por el imposición y la distorsión de la competencia,] un siguiente orden de prioridad: ■ lugar esté regida por el presente artículo, consi- encuentra fuera del territorio, está situado en su ■ la transac- ción o el corretaje [por cuenta de clientes], la tiene su residencia en el territorio de este Estado. plataforma de negociación [regulada] operada como contraparte central, un sistema de nego- §9 Para prevenir el fraude, la evasión o el ciación multilateral [o una red de comunicacio- abuso, los Estados contratantes tomarán las fraude, evasión o abuso, si hubiera sido reali- ■ la contabilización en las cuentas de un registro zada en su territorio por un sujeto pasivo o por intermedio de una de las personas enumeradas ■ imposición es menos fuerte, cuando el efecto es idéntico o similar a una transacción imponible. 5. Cuando el lugar de transacción no esté situado en el territorio del Estado contratante §10 A efectos de la aplicación del presente Tra- lugar de la transacción imponible estará en el tado, ser residente o tener residencia o estable- territorio del 22 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras
  • 25. interme- - negociando por cuenta propia. se puede atribuir la transacción. ■ sujeto actividades de negociación por cuenta de sus pasivo único a efectos del ITF, la residencia clientes. de las entidades del grupo será el Estado con- ■ Domicilio - - cia del depositario central de los títulos (interna- - §11 dos en la letra A del párrafo 1º del apartado 10º A efectos de la aplicación del presente Tratado, del mercado primario donde se cotizan las los términos y expresiones siguientes designan: acciones ordinarias, y para los instrumentos ■ la constatación, con el objetivo 1º del apartado 10º del artículo 8º, el código de - los valores mobiliarios) del título. ros por un cedente y el pago en contrapartida por un cesionario han sido realizados. ■ - cálculo de las posiciones netas, y el proceso - Artículo 13º - pensación podrá implicar la compensación, §1 No obstante las disposiciones del presente Tratado, los Estados de imposición, con ayuda de los Estados perceptores, estarán autorizados ■ a recaudar y exigir el impuesto a toda persona provee servicios bancarios y recibe el pago o apropiada. ■ Las personas obligadas a pagar el impuesto de directa o indirectamente, entre las contrapartes un sujeto pasivo estarán autorizadas a imputar de la transacción para asumir los derechos y - venga lo contrario. directo o indirecto para cada vendedor y el ven- dedor directo o indirecto para cada comprador. Las contrapartes como sujetos pasivos ■ el lugar de la §2 Los sujetos pasivos, sea cual sea el lugar - - tema multilateral de negociación de transaccio- nibles, serán solidariamente responsables, indi- nes o una red de comunicaciones electrónicas / vidual y colectivamente, del pago del ITF, ante red cruzada. las autoridades del Estado contratante (Estado de imposición) del lugar donde tenga lugar la ■ plataforma de negociación en donde se transacción, [salvo lo dispuesto en el apartado 3º - o el apartado 5º]. el Estado de imposición, cada sujeto pasivo ■ plata- pagará una parte igual del impuesto, salvo si se acuerda lo contrario sin afectar a los derechos permite la negociación de valores mobiliarios. de los Estados interesados. Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras 23
  • 26. Traslado de la percepción — actividad por - cuenta de sujetos pasivos — entidad única bles, individual y colectivamente, si el prestata- como sujeto pasivo sido informado de las transacciones, las transfe- §3 rencias o las contrapartidas imponibles antes de de los Estados contratantes, estos tomarán dispo- compensa las transacciones, transferencias o pagar el impuesto de un sujeto pasivo no residente conforme a las disposiciones del presente Tratado. Entidad única como agente perceptor del ITF sola un sujeto pasivo no residente, el residente por persona sujeta al pago del impuesto, todas cuya cuenta se realiza la transacción imponible, las entidades serán solidariamente responsables del pago, individual y colectivamente. mecanismo de traslado de la percepción] será designado como siendo la otra persona las entidades del grupo ante el Estado de impo- sición, la responsabilidad de pagar el impuesto solo sujeto pasivo, todas las entidades serán - solidariamente responsables, individual y colec- - tivamente, del pago del ITF de las entidades del torio del Estado contratante. grupo. La responsabilidad de pagar el ITF de las entidades del grupo incumbirá en primer lugar al Agentes perceptores del ITF no residentes Estado contratante y pueda ejercer el control Estado de imposición, la recaudación del - impuesto por cuenta del Estado de imposición rios en la cadena de la transacción será controlada y ejecutada por el Estado con- tratante donde resida el agente perceptor del ITF, a saber, el Estado perceptor. En este caso, agentes perceptores del ITF) sin perjuicio del apartado 2º del artículo 14º sobre el sistema de ventanilla única, el ITF podrá §4 Las personas [residan o no en la jurisdic- ser abonado al Estado perceptor. solidariamente responsables, individual y colec- Asimismo, el ITF podrá ser recaudado por otros tivamente, con los sujetos pasivos para el pago - del impuesto gados por instrumentos internacionales de ayuda mutua en materia de recaudación tributaria trans- ■ si las otras personas actúan por cuenta de un fronteriza. transacción, en todo o en parte, o Orden de prioridad de la obligación impuesta a los agentes perceptores del ITF ■ si son, conforme a los párrafos 3º y 4º del apar- de recaudar y entregar el ITF determinar el lugar de la transacción imponible §5 en el territorio del Estado de imposición. Estas otras personas son denominadas “agentes directa o indirectamente a la intermediación de perceptores del ITF”. - compensan las transacciones, como se indica en los párrafos 3º y 4º del apartado las transferencias o las contrapartidas antes 24 Cómo implementar hoy un impuesto multilateral y multijurisdiccional sobre las transacciones financieras