6. Las ABRAES son areas Bajo Régimen de
Administración Especial que se encuentran
sometidas a un régimen especial de manejo,
conforme a las leyes especiales (Artículos 15, 16 y
17 de la Ley Orgánica para la Ordenación del
Territorio Gaceta Oficial No.3.238 - Extraordinario,
del 11 de Agosto de 1983). Estos espacios están
sometidos a un régimen especial que tiene por
objeto, la defensa, conservación y mejoramiento de
los mismos, es por esto que sus características
geográficas, paisajísticas, geoestratégicas,
topográficas, socioculturales difieren del resto del
territorio nacional.
El conjunto de ABRAE está conformado por varias
categorías diferentes, de las cuales, seis son de
particular importancia para la conservación de la
biodiversidad: parques nacionales, monumentos
naturales, refugios de fauna silvestre, reservas de
fauna silvestre, santuarios de fauna silvestre y
reservas de la biosfera.