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Gaceta
Parlamentaria
Año XVII Palacio Legislativo de San Lázaro, jueves 13 de marzo de 2014 Número 3981-VII
Jueves 13 de marzo
CONTENIDO
Modificaciones
Al dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de
decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Es-
tados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la identidad
(Aprobadas en la sesión del Pleno de la Cámara de Diputados del 13
de marzo de 2014)
Anexo VII
f .
/^s<s^<s^/^ <S^/^^¿:^r^^cc^/£ ' cfa
il
1»^
^-S«. ^-íííce.
^cZ. ««¿¿^S.,,-^
LXi l/l/t </S LATIJ 14 A
C.AKtAKh . DiPtiTAnos
Palacio Legislativo de San Lázaro a 13 de marzo de 2014.
snzález Morfin
i!é de la Mesa Directiva
I e n t e
Los suscritos diputados con fundamento en el articulo 109 del Reglamento de la
Cámara de Diputados, solicitamos a usted se registre y sometan a consideración
del Pleno las siguientes modificaciones al Dictamen de la Comisión de Puntos
Constitucionales, a la minuta con proyecto de Decreto que reforma el artículo 4*^
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
TEXTO APROBADO EN COMISION
Artículo 4o.
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
^ paESiBE'^eiAa.^ LA SSEíSft DIRECTIVA
K. PS.f^ttí'A í!£CIPUmOOS
ír..-v.v.;.7.—
sfsíone;
13 MAR 20U
> I! . I, •: •• i
Nombre;i c.ihm-^,• ic -7v<g-) OC^
En todas las decisiones y actuaciones del
Estado se velará y cumplirá con el
principio del interés superior de la niñez,
garantizando de manera plena sus
derechos. Los niños y las niñas tienen
derecho a—la—identidad—siendo
registr-ados on forma inmediata -at
PROPUESTA DE MODIFICACION
Artículo 4o.
Toda persona tiene derecho a la
identidad y a ser registrado de manera
inmediata a su nacimiento. El Estado
garantizará el cumplimiento de estos
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nacimiento.
En todas las decisiones y actuaciones del
Estado se velará y cumplirá con el
principio del interés superior de la niñez,
garantizando de manera plena sus
derechos. Los niños y las niñas tienen
derecho a la satisfacción de sus
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TEXTO APROBADO EN COMISION PROPUESTA DE MODIFICACION
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desarrollo integral. Este principio deberá
guiar el diseño, ejecución, seguimiento y
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dirigidas a la niñez.
(...)
(...)
(...)
{...)
educación y sano esparcimiento para su
desarrollo integral. Este principio deberá
guiar el diseño, ejecución, seguimiento y
evaluación de las políticas públicas
dirigidas a la niñez.
(...)
(...)
(...)
(...)
Transitorios.
Primero. El presente decreto entrará en
vigor el día siguiente ai de su publicación
en el Diario Oficial de la Federación.
Primero. El presente decreto entrará en
vigor el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. A partir de la entrada en vigor
del presente Decreto, las legislaturas de
los Estados y la Asamblea Legislativa dei
Distrito Federal, dispondrán de seis
meses para establecer en sus haciendas
0 códigos financieros las-exenciones-de
tes-cobros-de derechos por concepto de
registro civil, para extender gratuitamente
la-primefa acta de nacimiento.
Segundo. A partir de la entrada en vigor
del presente Decreto, las legislaturas de
los Estados y la Asamblea Legislativa dei
Distrito Federal, dispondrán de seis
meses para establecer en sus haciendas
0 códigos financieros la exención de
cobro del derecho por el registro de
nacimiento y la expedición de la
primera copia certificada del acta de
nacimiento.
Tercero. La-SeoFetaría de Gobernación, Tercero. El Congreso de la Unión en un
plazo no mayor a seis meses a partir
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Decreto, y previa opinión de
las entidades federativas y la autoridad
competente en materia de registro
nacional de población, deberá realizar
las adecuaciones a la ley que
determinen las características, diseño
y contenido del formato único en
materia de registro de población, así
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del registro civií que deberá
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México en el exterior.
UpUIIUII IliU
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homologada, un formato único en materia
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ij vU nuu MdUVliJclU lUUUl ^Olul ^IL^ULUO OU
obligatoria implementación.
Cuarto. La Secretaría de Gobernación a
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Agradeciendo la atención al presente, suscriben los siguientes integrantes de la
Junta Directiva de la COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES;
^ésar Moreno Rivera (PRD)
Presidente
P§tílina Alejandra del Moral Veía
etaria
edro Ignacio Domí
r /(PR
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arcia Gardia (PRI)
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ecretarío
Carlos Femando Angulo Parra (PAN)
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Fernando Rodríguez Doval (PAN)
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Guardado (PRD)
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lejía Berdeja (MOf
Secretario
Ó
Luis An
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IS,
Secretario
é^Roid
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(NA)
J
Gaceta Parlamentaria Jueves 13 de marzo de 2014
Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LXII Legislatura
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados
Director: Juan Luis Concheiro Bórquez, Edición: Casimiro Femat Saldívar, Ricardo Águila Sánchez, Antonio Mariscal Pioquinto.
Apoyo Documental: Dirección General de Proceso Legislativo. Domicilio: Avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio E, cuarto nivel, Palacio Le-
gislativo de San Lázaro, colonia El Parque, CP 15969. Teléfono: 5036 0000, extensión 54046. Dirección electrónica: http://gaceta.diputados.gob.mx/
Mesa Directiva
Diputados: Presidente, José González Morfín; vicepresidentes, Marcelo de Jesús
Torres Cofiño, PAN; Francisco Agustín Arroyo Vieyra, PRI; Aleida Alavez
Ruiz, PRD; Maricela Velázquez Sánchez, PRI; secretarios, Angelina Carreño Mi-
jares, PRI; Xavier Azuara Zúñiga, PAN; Ángel Cedillo Hernández, PRD; Javier
Orozco Gómez, PVEM; Merilyn Gómez Pozos, MOVIMIENTO CIUDADANO; Magda-
lena del Socorro Núñez Monreal, PT; Fernando Bribiesca Sahagún, NUEVA ALIANZA.
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Diputados: Silvano Aureoles Conejo, PRD, presiden-
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Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)
 

Reforma al artículo 4° constitucional

  • 1. Gaceta Parlamentaria Año XVII Palacio Legislativo de San Lázaro, jueves 13 de marzo de 2014 Número 3981-VII Jueves 13 de marzo CONTENIDO Modificaciones Al dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Es- tados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la identidad (Aprobadas en la sesión del Pleno de la Cámara de Diputados del 13 de marzo de 2014) Anexo VII
  • 2. f . /^s<s^<s^/^ <S^/^^¿:^r^^cc^/£ ' cfa il 1»^ ^-S«. ^-íííce. ^cZ. ««¿¿^S.,,-^ LXi l/l/t </S LATIJ 14 A C.AKtAKh . DiPtiTAnos Palacio Legislativo de San Lázaro a 13 de marzo de 2014. snzález Morfin i!é de la Mesa Directiva I e n t e Los suscritos diputados con fundamento en el articulo 109 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicitamos a usted se registre y sometan a consideración del Pleno las siguientes modificaciones al Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, a la minuta con proyecto de Decreto que reforma el artículo 4*^ de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. TEXTO APROBADO EN COMISION Artículo 4o. (...) (...) (...) (...) (...) (...) ^ paESiBE'^eiAa.^ LA SSEíSft DIRECTIVA K. PS.f^ttí'A í!£CIPUmOOS ír..-v.v.;.7.— sfsíone; 13 MAR 20U > I! . I, •: •• i Nombre;i c.ihm-^,• ic -7v<g-) OC^ En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a—la—identidad—siendo registr-ados on forma inmediata -at PROPUESTA DE MODIFICACION Artículo 4o. Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento. El Estado garantizará el cumplimiento de estos derechos. La autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento. En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud,
  • 3. TEXTO APROBADO EN COMISION PROPUESTA DE MODIFICACION momento-de nacer y a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez. (...) (...) (...) {...) educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez. (...) (...) (...) (...) Transitorios. Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente ai de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa dei Distrito Federal, dispondrán de seis meses para establecer en sus haciendas 0 códigos financieros las-exenciones-de tes-cobros-de derechos por concepto de registro civil, para extender gratuitamente la-primefa acta de nacimiento. Segundo. A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa dei Distrito Federal, dispondrán de seis meses para establecer en sus haciendas 0 códigos financieros la exención de cobro del derecho por el registro de nacimiento y la expedición de la primera copia certificada del acta de nacimiento. Tercero. La-SeoFetaría de Gobernación, Tercero. El Congreso de la Unión en un plazo no mayor a seis meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, y previa opinión de las entidades federativas y la autoridad competente en materia de registro nacional de población, deberá realizar las adecuaciones a la ley que determinen las características, diseño y contenido del formato único en materia de registro de población, así como para la expedición de toda acta del registro civií que deberá impiementarse a través de mecanismos eíectrónicos y adoptarse por las propias entidades federativas del país y por las representaciones de México en el exterior. UpUIIUII IliU 1vUd UlIViJv, llllUllk^lcA homologada, un formato único en materia de registro de-poblaGíon-para la emisión Mrt «f »nolAr« mediante mecanismos electrónicos, en un eñtfada-en-vigon del presente Decreto. VwiL UIIMUUU Ul lUIMIUlU UMIU^ rrs tin o «f«-» UN UN piuilU IIU 1Muj^l u UluUi liUo entidades federativas y el Distrito-FederalT üUIUUlulclM OUilVUMIUO UU UIMmIm'I'JI 1 r»r>r> 1-^ 0.->r^i*.->*orío m o ÜUM Id OUulULclHu Uw ^JUUUI MvJvIUJ 1 ^UliU 4UU lUünUUII lüU liUUuUcJUIUIIUü llUüUbUMU».r o r»M loo^l ^ Ar ij vU nuu MdUVliJclU lUUUl ^Olul ^IL^ULUO OU obligatoria implementación. Cuarto. La Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población, remitirá al Instituto Nacional Electoral la información recabada por las autoridades locales regístrales relativas a los certificados de defunción. Cuarto. La Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población, remitirá al Instituto Nacional Electoral la información recabada por las autoridades locales regístrales relativas a los certificados de defunción.
  • 4. En ese sentido, solicitamos que de ser aprobadas y aceptadas por la Asamblea las modificaciones propuestas, la Presidencia instruya la aplicación del artículo 93 del citado Reglamento, para que la comisión dictaminadora realice las correcciones y ajustes que se requieran para procurar la certeza y claridad jurídica del decreto. Agradeciendo la atención al presente, suscriben los siguientes integrantes de la Junta Directiva de la COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES; ^ésar Moreno Rivera (PRD) Presidente P§tílina Alejandra del Moral Veía etaria edro Ignacio Domí r /(PR Secretário arcia Gardia (PRI) Raymundo Kinade la Rosa (PRI) Secretario Marcos Agm ecretarío Carlos Femando Angulo Parra (PAN) Secretario Fernando Rodríguez Doval (PAN) Secretario Ruth Zavai^^ Salgado (PVEM) Secretaria
  • 5. Guardado (PRD) Secretaria lejía Berdeja (MOf Secretario Ó Luis An í IS, Secretario é^Roid /I f- (NA) J
  • 6. Gaceta Parlamentaria Jueves 13 de marzo de 2014 Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, LXII Legislatura Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados Director: Juan Luis Concheiro Bórquez, Edición: Casimiro Femat Saldívar, Ricardo Águila Sánchez, Antonio Mariscal Pioquinto. Apoyo Documental: Dirección General de Proceso Legislativo. Domicilio: Avenida Congreso de la Unión, número 66, edificio E, cuarto nivel, Palacio Le- gislativo de San Lázaro, colonia El Parque, CP 15969. Teléfono: 5036 0000, extensión 54046. Dirección electrónica: http://gaceta.diputados.gob.mx/ Mesa Directiva Diputados: Presidente, José González Morfín; vicepresidentes, Marcelo de Jesús Torres Cofiño, PAN; Francisco Agustín Arroyo Vieyra, PRI; Aleida Alavez Ruiz, PRD; Maricela Velázquez Sánchez, PRI; secretarios, Angelina Carreño Mi- jares, PRI; Xavier Azuara Zúñiga, PAN; Ángel Cedillo Hernández, PRD; Javier Orozco Gómez, PVEM; Merilyn Gómez Pozos, MOVIMIENTO CIUDADANO; Magda- lena del Socorro Núñez Monreal, PT; Fernando Bribiesca Sahagún, NUEVA ALIANZA. Junta de Coordinación Política Diputados: Silvano Aureoles Conejo, PRD, presiden- te; Manlio Fabio Beltrones Rivera, PRI; Luis Alberto Villarreal García, PAN; Arturo Escobar y Vega, PVEM; Ricardo Monreal Ávila, MOVIMIENTO CIUDA- DANO; Alberto Anaya Gutiérrez, PT; María Sanjuana Cerda Franco, NUEVAALIANZA.