Sistema de Auditoria interna del Partido Opción Ciudadana para la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas electorales 2018 para candidatos avalados por el partido.
2. Eladio Alvarado Camargo
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2
Presentación de Informe de
Ingresos y Gastos
Elecciones Senado de la República y Cámara de Representantes
Marzo 11 de 2018
3. Eladio Alvarado Camargo
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3
Campaña Electoral
Conjunto de actividades
realizadas con el propósito de
convocar a los ciudadanos a
votar en un determinado sentido
o a abstenerse de hacerlo.
Art 34 Ley 1475
4. Eladio Alvarado Camargo
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4
Constitución Política
de Colombia
Leyes
Resoluciones
Sanciones
Marco Normativo
5. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
5
Constitución Política de Colombia
Art. 109
Eladio Alvarado Camargo
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6. Eladio Alvarado Camargo
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6
Las campañas serán financiadas parcialmente con recursos estatales mediante el sistema de reposición por votos.
La ley determinará el porcentaje de votación necesario para tener derecho a dicha financiación.
Limitar de acuerdo a la ley el monto de los gastos y la máxima cuantía de contribuciones privadas que se pueden
realizar en las campañas electorales.
La violación de los topes máximos de financiación de las campañas, serán sancionadas con la pérdida de
investidura o del cargo.
Los partidos, movimientos y candidatos deberán rendir públicamente cuentas sobre el volumen, origen y destino de
sus ingresos.
Está prohibido recibir financiación para campañas electorales, de personas naturales o jurídicas extranjeras.
Constitución NacionalArtículo 109
Eladio Alvarado Camargo
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8. Eladio Alvarado Camargo
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8
Número máximo de cuñas
radiales, de avisos en
publicaciones escritas y de
vallas publicitarias de que
pueden hacer uso los
partidos
2797 de 2017
Uso obligatorio de la
herramienta electrónica,
“Cuentas Claras” como
mecanismo oficial para la
rendición de informes de
ingresos y gastos de
campaña
3097 de 2013
Procedimiento para el
registro de libros y
presentación de informes
de ingresos y gastos de
campañas electorales
0330 de 2007
Resoluciones
Límites a los montos de las
campañas electorales de
las listas de candidatos al
Senado de la República y a
la Cámara de
Representantes para las
elecciones de 2018.
2796 de 2017
9. Eladio Alvarado Camargo
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9
v
“Por medio de la cual se establece el
procedimiento para el registro de libros y
presentación de informes de ingresos y gastos
de campañas electorales y consultas
populares internas de los partidos y
movimientos políticos con personería jurídica y
se dictan otras disposiciones.”
Resolución 0330 de
2007
10. Eladio Alvarado Camargo
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10
Art. 1: Responsables
Los candidatos a cargos uninominales y cada
uno de los integrantes de las listas a
corporaciones públicas por separado, deberán
registrar un libro destinado a asentar los ingresos
y gastos que se realicen durante la campaña
Res. 0330
de 2007
Registro de Libros y
presentación de informes
Art. 2: Registro
Los libros destinados a los ingresos y gastos de la
campaña, se registrarán ante la misma autoridad
electoral encargada de la inscripción del candidato
o de la lista. También podrá registrarse libros
conformados por hojas de formas continuas
11. Eladio Alvarado Camargo
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11
Art. 3: Término para el registro
Cuando los candidatos sean seleccionados
en consulta popular interna, los libros de la
campaña se deberán registrar a partir del día
en el cual se conozcan los resultados de la
consulta y máximo hasta el día de la
inscripción.
Cuando los candidatos se presenten
directamente sin recurrir al mecanismo de la
consulta popular interna, el registro de los libros
deberá realizarse a partir de los seis (6) meses
anteriores al debate electoral, y máximo hasta el
día de la inscripción.
Res. 0330
de 2007
Registro de Libros y
presentación de informes
12. Eladio Alvarado Camargo
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12
Art. 5: Control del registro
Los registradores municipales, especiales, distritales y los
delegados del Registrador Nacional del Estado Civil,
deberán:
• Llevar una relación de los libros de ingresos y gastos
que se registren ante tales despachos,
• Asignarán de manera cronológica un número
consecutivo, que servirá para identificar el registro,
• Nombre del candidato, cargo al que aspira y número de
folios que contiene el libro.
Res. 0330
de 2007
Registro de Libros y
presentación de informes
14. Eladio Alvarado Camargo
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14
En campañas electorales cuyo monto máximo de
gastos sea superior a doscientos 200 SMLM ($
147.543.400), originados en fuentes de
financiación privada, los recursos serán
administrados por los GERENTES designados por
los candidatos, a través de cuenta única.
Ley 1475 de 2011
Art. 25
Administración de los recursos y
presentación de informes
16. Eladio Alvarado Camargo
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16
Leyes
Eladio Alvarado Camargo
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17. Eladio Alvarado Camargo
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17
Por la cual se adoptan
reglas de organización y
funcionamiento de los
partidos y movimientos
políticos, de los procesos
electorales
LEY 1475 DE 2011
Mediante la cual se
modifica la Ley 599 de
2000 y se dictan otras
disposiciones para
proteger los mecanismos
de participación
democrática
LEY 1864 DE 2017
CONSEJO NACIONAL
ELECTORAL
Por la cual se dicta el
Estatuto Básico de los
partidos y movimientos
políticos.
LEY 130 DE 1994
Leyes
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18. Eladio Alvarado Camargo
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18
Art.
20
Art.
21 Gastos de Campaña
Ingresos de Campaña
$$
Ley 130 de 1994
Por la cual se dicta el Estatuto Básico de los partidos y movimientos políticos.
21. Eladio Alvarado Camargo
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21
101
Créditos o aportes
que provengan del
patrimonio de los
candidatos, de sus
cónyuges o
compañeros
permanentes, o de
sus parientes.
Registrará el valor total de los
recursos propios aportados por el
candidato y el valor de los aportes o
créditos de sus cónyuges,
compañeros permanentes, o
parientes hasta el 4o grado de
consanguinidad.
Diligenciar el anexo 5.1B
CÓDIGO
Anexo 51B
22. Eladio Alvarado Camargo
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22
Soportes
Ingresos - Código 101
1. Comprobante de Ingresos
23. Eladio Alvarado Camargo
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23
Soportes
Ingresos - Código 101
1. Carta de Origen de Fondos
autenticada
24. Eladio Alvarado Camargo
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24
2. Fotocopia de la Cédula de
ciudadanía del aportante
3. Consignación en la cuenta única
de campaña
26. Eladio Alvarado Camargo
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26
102
Contribuciones,
donaciones o créditos
en dinero o especie
que realicen los
particulares. Diligenciar el anexo 5.2B
Registrará el valor total de las
contribuciones, donaciones y/o
créditos recibidos de personas
naturales, jurídicas, partidos y
movimientos políticos, teniendo
en cuenta que las donaciones
y/o contribuciones no
sobrepasen el 10% de la suma
máxima a invertir en la campaña.
CÓDIGO
27. Eladio Alvarado Camargo
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27
Carta origen de Fondos
Contribución y/o Donación
Código 102
28. Eladio Alvarado Camargo
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28
Contribuciones y donaciones
individuales
Aportes propios y
familiares
Créditos
Ley 1475 de 2011
Art. 23
Límites a la financiación privada
10%
Sin límite
Sin límite
del límite máximo de gastos
29. Eladio Alvarado Camargo
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29
En el caso de donaciones de personas
jurídicas, se debe reportar el # de acta que
indique la aprobación expresa de la mitad
más uno de los miembros de la Junta
Directiva, de la Asamblea General de
Accionistas o de la Junta de Socios.
en caso de existir atribución directa del
Representante Legal, se escribirá la palabra
"Atribución"
Cuando se reciban donaciones en especie,
se valorarán a su precio comercial, y se
especificará en el Anexo 5.2B
102
Contribuciones,
donaciones o créditos
en dinero o especie
que realicen los
particulares.
CÓDIGO
30. Eladio Alvarado Camargo
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30
103
Créditos obtenidos en
entidades financieras
legalmente
autorizadas
Registrará el valor total de los créditos
obtenidos en Entidades Financieras
legalmente constituidas.
Cuando el crédito se obtenga bajo las
líneas especiales, es decir, con garantía
de pignoración de los recursos de
reposición de gastos de campaña (Art. 17
Ley 130/94), se indicará el valor de la
pignoración.
Diligenciar el anexo 5.3B
CÓDIGO
31. Eladio Alvarado Camargo
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31
104
Ingresos originados
en actos públicos,
publicaciones o
cualquier otra
actividad lucrativa del
partido o movimiento
De las diferentes actividades realizadas, como
por ejemplo:
Bazares, fiestas, bonos de contribución,
actividades culturales, publicaciones (venta de
revistas, folletos, insignias), etc.
• Se registrará el valor bruto obtenido en
dichas actividades.
En caso de los bonos de contribución, se
requiere anexar:
• la relación de las personas que participan,
con su número de identificación y el valor
correspondiente.
CÓDIGO
32. Eladio Alvarado Camargo
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32
105
Financiación estatal -
Anticipos - Anexo
5.4B
Registrará el valor total del anticipo
que la Registraduría Nacional haya
girado, para la financiación de la
campaña.
Diligenciar el Anexo 5.4B
CÓDIGO
33. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
33
02
03
80%
01
Análisis
80%
Los partidos, movimientos y grupos
significativos de ciudadanos que inscriban
candidatos, podrán solicitar en forma
justificada al Consejo Nacional Electoral hasta
un ochenta por ciento (80%) de anticipo de la financiación
Estatal de las consultas o de las campañas electorales en las que
participen
El valor del anticipo se
deducirá de la
financiación por
concepto de reposición
de gastos de campaña
En caso de no tener derecho a
financiación estatal, el
beneficiario del anticipo deberá
devolverlo en su totalidad
dentro de los tres meses
siguientes a la fecha de las
elecciones
Si el valor del anticipo es superior a la financiación que le
correspondiere al partido, este deberá pagar la diferencia
dentro de los tres meses siguientes a la fecha ce las
elecciones.
01 02
03
Ley 1475 de 2011
Art. 22
De los anticipos
34. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
34
106
Recursos propios de
origen privado que los
partidos y
movimientos políticos
destinen para el
financiamiento de las
campañas en las que
participen
Este código no será diligenciado por
el candidato.
CÓDIGO
35. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
35
107
Otros ingresos
Se registra el valor por
concepto de rendimientos
financieros
CÓDIGO
38. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
38
Las que provengan, directa o
indirectamente de:
• Gobiernos, personas naturales o
jurídicas extranjeras,
• Excepto las que se realicen a
título de cooperación técnica
para el desarrollo de actividades
distintas a las campañas
electorales.
Ley 1475 de 2011
Art. 27 Financiación Prohíbida
Las que se deriven de
actividades ilícitas o tengan
por objeto financiar fines
antidemocráticos o
atentatorios del orden
público.
1 2
39. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
39
Ley 1475 de 2011
Art. 27 Financiación Prohíbida
Las contribuciones o donaciones de
personas titulares:
• Del derecho real,
• Personal,
• Aparente o presunto,
• De dominio,
• respecto de bienes sobre los
cuales se hubiere iniciado un
proceso de extinción de dominio
Las contribuciones anónimas.
3
4
5
Las de personas naturales contra las
cuales se hubiere formulado acusación o
imputación en un proceso penal por
delitos relacionados con:
• Financiación, pertenencia o promoción
de grupos armados ilegales,
• Narcotráfico,
• Delitos contra la administración pública,
• Contra los mecanismos de participación
democrática y
• de lesa humanidad.
40. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
40Ley 1475 de 2011
Art. 27 Financiación Prohíbida
Las que provengan de personas que desempeñan funciones
públicas.
Excepto de los miembros de corporaciones públicas de
elección popular,
• quienes podrán realizar aportes voluntarios a las
organizaciones políticas a las que pertenezcan,
• con destino a la financiación de su funcionamiento y a las
campañas electorales en las que participen,
• de acuerdo con los límites a la financiación privada
previstos en el artículo 25 de la presente ley.
Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
6
41. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
41Ley 1475 de 2011
Art. 27 Financiación Prohíbida
Las que provengan de personas naturales o jurídicas cuyos
ingresos en el año anterior
• se hayan originado en más de un cincuenta por ciento (50%)
de contratos o subsidios estatales;
• que administren recursos públicos o parafiscales, o
• que tengan licencias o permisos para explotar monopolios
estatales o juegos de suerte y azar.
Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
7
42. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
42
Prisión de cuatro (4) a ocho (8) años
Multa de cuatrocientos (400) a mil
doscientos (1.200) smlmv.
Ley 1864 de 2017
Art. 14
Art. 396A
Financiación de campañas
electorales con fuentes prohibidas.
Inhabilitación para el ejercicio de derechos y
funciones públicas por el mismo tiempo..
En la misma pena incurrirá el respectivo
candidato cuando se trate de cargos
uninominales y listas de voto preferente y no
preferente
En la misma pena incurrirá el que aporte
recursos provenientes de fuentes prohibidas
por la ley a campaña electoral.
El gerente de la
campaña
electoral que
permita estas
fuentes de
financiación,
incurrirá en:
43. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
43
Prisión de cuatro (4) a ocho (8)
años
Multa de cuatrocientos (400) a mil
doscientos (1.200) smlmv.
Art. 16
Art. 396C
Omisión de información del
aportante
El que no informe
de sus aportes
realizados a las
campañas
electorales
conforme a los
términos
establecidos en la
ley:
Ley 1864 de 2017
45. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
45
201
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
CÓDIGO
Registrará el valor total
correspondiente a pagos
realizados por concepto de:
• Honorarios,
• arrendamiento de sede,
• servicios públicos (Agua,
energía, teléfono, recarga
celulares, planes de datos)
• vigilancia,
• aseo.
• Internet
Diligenciará el Anexo 5.8B
46. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
46
202
GASTOS DE OFICINA Y
ADQUISICIONES
CÓDIGO
Registrará el valor total
correspondiente a pagos
realizados por los siguientes
conceptos:
• Cafetería,
• restaurante,
• personal administrativo
(gastos menores),
• papelería,
• elementos de oficina y aseo
• servicios de fotocopiado,
• ferretería.
47. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
47
203
INVERSIÓN EN
MATERIALES Y
PUBLICACIONES
CÓDIGO
Registrará el valor total
correspondiente a pagos
realizados por los siguientes
concepto de compra de:
• Elementos destinados a
publicaciones, entre otros:
llaveros, esferos, gorras,
agendas, pinturas, brochas,
pinceles, tiner.
48. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
48
204
ACTOS PÚBLICOS –
ANEXO 5.8B
CÓDIGO
Registrará el valor total
correspondiente a pagos
realizados por los siguientes
concepto de:
• Alquiler de salón
• Sillas y mesas
• Conjuntos musicales
• Adquisición de refrigerios.
• Incluir los costos pagados en
los eventos realizados en el
código 104. (bazares)
Diligenciará el Anexo 5.9B
49. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
49
205
SERVICIO DE
TRANSPORTE Y
CORREO
CÓDIGO
Registrará el valor total
correspondiente a pagos
realizados por los siguientes
concepto de:
• Transporte aéreo y terrestre
urbano, intermunicipal
• Carreras de taxis
• Transporte el día de las
elecciones
• Combustible
• Peajes
• Envío de correo
• Servicio de fax
Diligenciará el Anexo 5.10B
50. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
50
206
GASTOS DE
CAPACITACIÓN E
INVESTIGACIÓN
POLÍTICA
CÓDIGO
Registrará el valor total
correspondiente al pago de:
• Capacitadores y/o conferencistas
• Material de apoyo
• Encuestas
• Alquiler de instalaciones para el
desarrollo de la actividad.
Respecto de temas como: reflexión
sobre los problemas sociales de
Colombia
Cómo ejercer una política saludable,
difusión y análisis del programa de
gobierno del candidato
Multiplicadores respecto a pedagogía
de cómo ejercer el voto, capacitación
de testigos electorales, entre otros.
51. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
51
207
GASTOS JUDICIALES Y
DE RENDICIÓN DE
CUENTAS
CÓDIGO
Registrará el valor pagado por
concepto de honorarios de:
• Abogado
• Gerentes de Campaña
• Contador Púbico
52. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
52
208
GASTOS DE
PROPAGANDA
ELECTORAL
CÓDIGO
Registrará el valor pagado por
concepto de honorarios de:
• Cuñas radiales
• Publicidad en televisión
• Avisos
• Vallas
• Pasacalles – pendones
Propaganda en medios de
comunicación social:
• Prensa, revistas y demás medios de
impresión de amplia circulación
• Medios de comunicación digital
En caso que una persona apoye al candidato haciendo propaganda electoral a su favor,
deberá respetar los límites establecidos por el CNE y el valor se incluirá como donación en
especie a la campaña.
53. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
53
ARTÍCULO 35 LEY 1475 . PROPAGANDA ELECTORAL.
Entiéndase por propaganda electoral toda forma de publicidad
realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a favor
de partidos o movimientos políticos, listas o candidatos a
cargos o corporaciones públicas de elección popular, del voto
en blanco, o de una opción en los mecanismos de participación
ciudadana.
Propaganda Electoral
54. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
54
ARTÍCULO 35.
• La propaganda a través de los medios de
comunicación social y del espacio público,
únicamente podrá realizarse dentro de los
sesenta (60) días anteriores a la fecha de la
respectiva votación,
• y la que se realice empleando el espacio público
podrá realizarse dentro de los tres (3) meses
anteriores a la fecha de la respectiva votación.
Propaganda Electoral
55. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
55
CategorÍa
Municipio
# Cuñas Diarias Duración
2 30 15 Seg.
3 30 15 Seg.
4 30 15 Seg.
5 30 15 Seg.
6 30 15 Seg.
1 70 30 Seg.
Categorías Especiales 70 30 Seg.
Capitales de Dpto. 70 30 Seg.
BOGOTA DC 100 30 Seg.
Cuñas RadialesResolución 2797 de 2017 – Art. 1
* Pueden ser
contratadas en
varias emisoras
56. Eladio Alvarado Camargo
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56
Avisos diariosResolución 2797 de 2017 – Art. 2
Categoría
Municipio
Nº AVISOS TAMAÑO
2 3 1 pág. Por edición
3 3 1 pág. Por edición
4 3 1 pág. Por edición
5 3 1 pág. Por edición
6 3 1 pág. Por edición
1 5 1 pág. Por edición
Categorias Especiales 5 1 pág. Por edición
Capitales de Dpto. 5 1 pág. Por edición
BOGOTA DC 10 1 pág. Por edición
57. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
57
Categoría Municipio # VALLAS
2 12
3 12
4 6
5 6
6 6
1 30
Categorías Especiales 30
Capitales de Dpto 30
BOGOTA DC 50
Vallas PublicitariasResolución 2797 de 2017 – Art. 3
*Área: 48 mt2
58. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
58
Art. 4
Res. 2797 de 2017 – Art. 4
Los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos
significativos de ciudadanos, distribuirán entre sus candidatos inscritos
en las listas:
• las cuñas radiales,
• avisos en publicaciones escritas y
• vallas publicitarias
a que tienen derecho conforme a la presente resolución y asimismo,
adoptarán las decisiones que consideren necesarias para la mejor
utilización de las cuñas, avisos y vallas, por sus candidatos a cargos
uninominales y corporaciones públicas.
59. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
59
Art. 5
Res. 2797 de 2017 – Art. 5
La propaganda electoral en medios de comunicación social como:
• radio,
• prensa,
• revistas y
• demás medios impresos de amplia circulación
• internet
solo podrá efectuarse por los partidos y movimientos políticos y
grupos significativos de ciudadanos, así como por los candidatos y
sus campañas, propaganda que en ningún caso podrá ser contratada
por personas distintas a las enunciadas.
60. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
60
Res 2797 de 2017 – Art. 5
Continuación ART. 5º
Las personas que apoyen candidatos y pretendan hacer en su favor
propaganda electoral:
• deberán coordinar con las campañas a efectos de respetar los
límites a las cantidades consignadas en esta resolución,
• así como las disposiciones que al respecto establezcan las
diferentes administraciones municipales y para incluir el valor de la
misma como donación en los ingresos y gastos de las campañas.
Art. 5
61. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
61
Art. 7
Res. 2797 de 2017 – Art. 7
Los medios de comunicación social:
• periódicos,
• revistas,
• emisoras de radio o
• canales de televisión y
• empresa de publicidad o
• comercializadoras de vallas
deberán informar al Consejo Nacional Electoral acerca de la
propaganda electoral contratada con ellos por los partidos y
movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos
(GSC), campañas electorales, candidatos y gerentes de
campaña
62. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
62
Art. 7
Res. 2797 de 2017 – Art. 7
Información a reportar:
• Identificación del medio de comunicación social con su nombre y NIT.
• Número de piezas publicitarias contratadas.
• Partido, movimiento o GSC.
• Candidato.
• Tipo de propaganda.
• Corporación a la que aspira el candidato.
• Costo de divulgación.
• Fecha y horario de publicación.
• Ubicación de valla (municipio y dirección).
• Indicar si se efectuó descuento respecto del valor comercial.
63. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
63
PAR. 2º—Para lo anterior los
medios de comunicación
social, periódicos, revistas,
emisoras de radio o canales
de televisión y empresas de
publicidad o
comercializadoras de vallas
se deberán inscribir ante el
Consejo Nacional Electoral
en el portal
www.cnecuentasclaras.com.
PAR 1 - Los medios de
comunicación certificarán:
• el valor comercial de la emisión
de cada comercial, aviso o
fijación de vallas publicitarias,
indicando:
• el valor por fracción de tiempo o
franja de emisión, y
• si existen descuento por
volumen,
• frecuencia de emisión o tarifas
diferenciales de acuerdo a la
ubicación de cada valla
publicitaria.
Res. 2797 de 2017 – Art. 7
64. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
64
Opción por donde los Medios de Comunicación van a reportar
la publicidad contratada con los candidatos y Partidos
65. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
65
Art. 8
Res. 2797 de 2017 – Art. 8
La información a que se refiere el artículo primero (cuñas radiales) de la
presente resolución deberá ser suministrada por:
• los medios de comunicación social,
• periódicos,
• revistas,
• emisoras de radio o
• canales de televisión y
• empresas de publicidad o
• comercializadoras de vallas
dentro de los diez (10) días siguientes al vencimiento de cada calendario
siguiente al inicio de término en que las campañas de los candidatos y los
partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos
puedan hacer propaganda electoral,
• más un informe final consolidado de toda la propaganda contratada
durante la campaña, el que deberá presentarse dentro de los treinta
(30) días siguientes al 11 de marzo de 2018.
67. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
67
Se registrará el valor
total por concepto de
pago de intereses,
comisiones, capital etc.
209
COSTOS FINANCIEROS
CÓDIGO
68. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
68
210
GASTOS QUE
SOBREPASEN LA SUMA
FIJADA POR EL CNE
CÓDIGO
69. Eladio Alvarado Camargo
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69
Fijados en el mes de Enero por el CNE según Resolución 2796 del 8 Nov 2017.
Límites al monto de gastos
Corporación Circunscripción Monto Lista
Senado Nacional Ordinaria $88.413.216.314
Senado
Nacional Especial por Comunidades
Indigenas
$2.652.396.489
70. Eladio Alvarado Camargo
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70
Fijados en el mes de Enero por el CNE según Resolución 2796 del 8 Nov 2017.
Corporación Circunscripción Monto Lista
Cámara Departamental Ver cuadro
Cámara Internacional $2.426.875.707
Cámara
Nal. Especial de minorias étnicas por comunidades
indígenas en las que se eligen hasta 2 representantes
$2.652.396.489
Cámara
Nal. Especial de minorias étnicas por comunidades
indígenas en las que se eligen hasta 1 representantes
$1.768.264.326
Cámara
Territorial especial de minorias étnicas por comunidad
raizal del dpto archipiélago de San Andrés, Providencia
y Sta Catalina en las que se eligen 1 rep.
$884.132.163
Límites al monto de gastos
71. Eladio Alvarado Camargo
Contador Público – Todos los derechos reservados 2017
71
Desde Hasta Monto Lista
# Candidatos
avalados
Monto por
candidato
Inferior 200,000 1,384,434,705 1 1,384,434,705
200,001 400,000 2,426,875,708 -
400,001 690,000 2,474,034,685 -
690,001 885,000 3,662,134,502 -
885,001 1,500,000 5,151,592,575 -
1,500,001 3,000,000 7,125,563,128 -
3,000,001 4,000,000 13,769,170,963 -
4,000,001 5,000,000 14,366,923,559 -
Superior a 5,000,001 18,464,035,346 -
Fijados en el mes de Enero por el CNE según Resolución 2796 del 8 Nov 2017.
Límites al monto de gastos
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72
Prisión de cuatro (4) a ocho (8)
años
Multa correspondiente al mismo
valor de lo excedido .
Ley 1864 de 2017
Art. 15 –
Art. 396B
Violación a los topes o límites de
gastos en las campañas
electorales
Inhabilitación para el ejercicio de
derechos y funciones públicas por
el mismo tiempo..
El que administre
los recursos de la
campaña electoral
que exceda los
topes o límites de
gastos establecidos
por la autoridad
electoral:
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7373
Ley 1475 de 2011
Art. 26
Pérdida del cargo por violación de los
límites al monto de gastos
La violación de los
límites al monto de
gastos de las
campañas
electorales, se
sancionará con la
pérdida del cargo,
así:
En el caso de
candidatos elegidos
a corporaciones
públicas se seguirá
el procedimiento de
pérdida de
investidura definido
en la Constitución y
la ley.
En el caso de alcaldes y
gobernadores, la pérdida del
cargo será decidida por la
jurisdicción de lo contencioso
administrativo, de acuerdo con
el procedimiento para declarar
la nulidad de la elección. En
este caso el término de
caducidad se contará a partir
de la ejecutoria del acto
administrativo por medio del
cual el Consejo Nacional
Electoral determinó la
violación de los límites al
monto de gastos.
74. Eladio Alvarado Camargo
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74
211
CÓDIGOSe registrarán otros
gastos que no
encuentren relación
con los códigos
anteriores. OTROS GASTOS
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Compra de:
• Tejas, Ladrillos, Cemento
• Arena
• Medicamentos,
• Mercados,
• Flores,
• Coronas,
• Kit de estudio,
• Electrodomésticos,
• Kit de cocina, Elementos
deportivos,
• Compra de activos (cafeteras,
celulares, equipos de sonido,
vehículos, sillas, mesas, equipos
de cómputo, proyectores)
¿Qué gastos NO tienen relación de causalidad con la campaña?
Pago de:
• Becas,
• Seguridad social del candidato,
• Cuota del apartamento y/o vivienda del
candidato,
• Lavandería,
• Honorarios y/o salarios del candidato.
80. Eladio Alvarado Camargo
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80
Corporaciones públicas
En las elecciones para corporaciones públicas tendrán derecho a
financiación estatal, cuando la lista obtenga el cincuenta (50%) o
más del umbral determinado para la respectiva corporación.
50%
4%
Gobernadores y Alcaldes
En las elecciones para gobernadores y alcaldes, cuando el
candidato obtenga el cuatro por ciento (4%) o más del total de
votos válidos depositados en la respectiva elección..
Ley 1475 de 2011
Art. 21
De la financiación estatal para las
campañas electorales
“El valor del voto válido para las elecciones de Senado y Cámara
2018 según Art 7 de la resolución 2796 de 2017 es de $5.642”
Eladio Alvarado Camargo
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82. Eladio Alvarado Camargo
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82
Verificar que la información digitada sea igual
al documento de identidad
Verificar la fecha que corresponda a la fecha
de registro del libro
Firmas del Candidato , Gerente y Contador
Informe Individual de
Ingresos y Gastos de la
Campaña
Formulario 5B
83. Eladio Alvarado Camargo
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Fecha que coincida con el
Formulario 5B
Registro del Libro
87. Eladio Alvarado Camargo
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v
“Establece el uso obligatorio de la
herramienta electrónica, software
aplicativo denominado “cuentas
claras” como mecanismo oficial para
la rendición de informes de ingresos
y gastos de campaña electoral.”
Resolución 3097 de 2013
88. Eladio Alvarado Camargo
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Los gerentes de campaña y candidatos
deberán diligenciar los informes individuales
de ingresos y gastos de sus campañas a
través del Software aplicativo "CUENTAS
CLARAS",
Sin perjuicio de su presentación en medio
físico ante los respectivo partido,
junto con los libros de ingresos y gastos
documentos y soportes contables
respectivos.
Art. 1 - Presentación de informes de ingresos y gastos
de campaña a través del software aplicativo cuentas
claras
89. Eladio Alvarado Camargo
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89
2
Los informes consolidados e individuales de
ingresos y gastos de campaña deberán ser
presentados de manera obligatoria en formato
electrónico a través del Software aplicativo
"CUENTAS CLARAS".
Obligatoriedad de la presentación de informes de
ingresos y gastos.
Res. 3097 de 2013 – Art 2
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90
Documentos que deben enviar los Candidatos al Partido
1. Formulario 5 B y sus anexos debidamente diligenciados del software de CUENTAS
CLARAS www.cnecuentasclaras.com y firmados por el Candidato, gerente y
Contador, (1 original y copia).
2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del candidato.
3. Fotocopia de la cedula ciudadanía del gerente de la campaña
4. Fotocopia de la cédula de ciudadanía y de la tarjeta profesional del contador junto
con el Certificado de Antecedentes Disciplinarios vigente Expedido por la Junta
Central de Contadores.
5. Relación de los ingresos y gastos con anterioridad al registro del libro si los
hubiese.
6. Registro del libro ante la registraduría
7. El libro registrado e impreso del aplicativo denominado “Cuentas Claras”
91. Eladio Alvarado Camargo
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8. Soportes contables en original.
9. Se deberá enviar la información vía
electrónica en la página web
www.cnecuentasclaras.com
10. El candidato debe enviar el informe a la
siguiente dirección:
Carrera 33 N. 42 – 99 Ofc. 502 -
Bucaramanga – Colombia.
11. El informe se debe presentar 8 días
calendario después de las elecciones.
Forma de presentar la
información al partido:
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Conservación de los libros en el Partido Opción Ciudadana