El documento describe el poder legislativo nacional en Venezuela según la Constitución de 1999. Establece que el poder legislativo se ejerce de forma unicameral a través de la Asamblea Nacional, en sustitución del anterior Congreso bicameral. Detalla las competencias y funciones de la Asamblea Nacional, incluyendo el control político, nombramientos, control administrativo y asuntos internos.
4. El poder Legislativo
Nacional se ejerce
como cuerpo
Unicameral.
La Constitución de 1999 cambia
así, radicalmente, la tradición
bicameral que caracterizaba a
los órganos del Poder Legislativo
Nacional desde 1811, y establece
una sola Cámara Legislativa
Con la entrada en vigencia del nuevo texto
fundamental se modificó sustancialmente el
régimen institucional de los Poderes Públicos
del Estado, y en tal sentido, entre otras
modificaciones, se creó la Asamblea Nacional
en sustitución al Congreso dela República
La norma transcrita es parte de esa nueva
configuración que informa el ordenamiento
constitucional y las Instituciones políticas
dela República; y regula, en específico, lo
referente a la Constitución y sistema de
elección de los Miembros de dicha Asamblea
Nacional.
Cronologia del poder legislativo
•110 diputados fueron escogidos
por nombres y apellidos,
•- 52 por lista y…
•- 3 por las circunscripciones
indígenas, también escogidos
por nombres y apellidos.
¿QUIENES
CONFORMAN LA
ASAMBLEA
NACIONAL?
• Lo establece el
artículo 189 de la
CRBV
¿Quiénes pueden
optar al cargo y ser
elegidos?
• Artículos (CRBV):
• 188
• 190
• 191
• 192
Condiciones para los
Diputados (as)
5. La competencia de la Asamblea
El artículo 187 dela Constitución
atribuye ala Asamblea un conjunto
de competencias que en la
Constitución anterior estaban
atribuidas al Congreso, ala
Cámara de Diputados y al Senado.
Dichas competencias “son
clasificadas por Brewer-Carías”
(ob. cit.) de la siguiente manera:
COMPETENCIA DE LA ASAMBLEA
En materia de control político
10. Dar voto de censura al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y a los Ministros
o Ministras. La moción de censura sólo podrá ser discutida dos días después de presentada ala
Asamblea, la cual podrá decidir, por las tres quintas partes de los diputados o diputadas, que el
voto de censura implica la destitución del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva o
el Ministro o Ministra.
11. Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país.
16. Velar por los intereses y autonomía de los Estados
17. Autorizar la salida del Presidente o Presidenta dela Repúblicadel territorio nacional cuando
su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos (art. 235).
Además, decidir en los casos de falta absoluta y temporal del Presidente dela República(arts. 233
y 234), autorizar el enjuiciamiento del Presidente dela República(art. 266, ord. 2) y conocer de los
Decretos de Estado de Excepción (arts. 338 y 339).
6. En materia de nombramiento de funcionarios
públicos
13. Autorizar a los funcionarios públicos o
funcionarias públicas para aceptar cargos,
honores o recompensas de gobiernos extranjeros
(art. 149).
14. Autorizar el nombramiento del Procurador o
Procuradora General dela República y de los
Jefes o Jefas de Misiones Diplomáticas
Permanentes.
En materia de control administrativo
3. Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración
Pública Nacional.
7. Autorizar los créditos adicionales al presupuesto (art. 314).
8. Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo económico y
social dela Nación, que serán presentadas por el Ejecutivo Nacional en
el transcurso del tercer trimestre del primer año de cada período
constitucional (art. 236, ord. 18).
Autorizar al Ejecutivo Nacional para celebrar contratos de interés
nacional, en los casos establecidos en la ley.
12. Autorizar al Ejecutivo Nacional para enajenar bienes inmuebles del
dominio privado dela Nación, con las excepciones que establezca la ley.
Acordar los honores del Panteón Nacional a venezolanos y venezolanas
ilustres, que hayan prestado servicios eminentes ala República…
En materias de orden interno
4. Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.
19. Dictar su reglamento y aplicar las sanciones que en él se establezcan.
20. Calificar a sus integrantes y conocer de su renuncia. La separación temporal de un
diputado o diputada sólo podrá acordarse por el voto de las dos terceras partes de los
diputados y las diputadas presentes.
21. Organizar su servicio de seguridad interna
22. Acordar y ejecutar su presupuesto de gastos, tomando en cuenta las limitaciones
financieras del país.
23. Ejecutar las resoluciones concernientes a su funcionamiento y organización
administrativa.
24. Todas las demás que le señalen esta Constitución y la ley.
Entre estas materias de orden interno, está la regulación del funcionariado dela
Asamblea.
7. La Asamblea Nacional
elegirá de su seno un
presidente (a) y dos Vice-
Presidentes (as) un
Secretario (a) y un Sub-
Secretario (a) fuera de su
seno por un período de un
año. El reglamento
establecerá las faltas
temporales y absolutas.
artículo 186 el
que establece los
elementos
integradores del
Poder Legislativo
Nacional
El primer período de las
sesiones ordinarias dela
Asamblea Nacional debe
comenzar, sin convocatoria
previa, el cinco de enero de
cada año o el día posterior más
inmediato posible. En ningún
caso, el quórum puede ser
inferior a la mayoría absoluta
de los integrantes dela
Asamblea Nacional(art. 221)
Los diputados son
representantes del pueblo y
de los Estados en su
conjunto, no sujetos a
mandatos ni instrucciones,
sino sólo a su conciencia. Su
voto en la Asamblea
Nacionales personal (art. 201).
* Dedicación exclusiva
(art. 197 CRBV)
* Rendición de Cuentas
(art. 72 CRBV)
* Revocatoria del
mandato (art. 198 CRBV)
9. Reflexiones sobre la Importancia del Poder Legislativo:
Ciertamente la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela es,
además de la Norma Suprema; un
instrumento bastante complejo y con
especial relación en los temas que
conciernen a las distintas actividades
de competencia Estatal. No en vano
dicho instrumento se basa en diversos
principios y también valores de peso
social.
Pero, es necesario reconocer y
aceptar que entre los poderes del
Estado, el Legislativo está
ampliamente vinculado a las
diversas ramas sociológicas ya que
los aspectos que regulan la
convivencia social son coordinados
por éste Ente Gubernamental y de
él dependen y se derivan las
instituciones del poder público.
Del presente tema emergen una
gran cantidad de (si se quiere
infinitas) opiniones las cuales
deben ser tomadas en cuenta en
todo el ordenamiento jurídico en
vista de que lo que esta en juego
es la integridad total de la Nación.