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SISTEMA DE SALUD
CHILENO
ELABORADORES:
ALEJANDRA VENEGAS SANDOVAL
MARIA JOSE CANCINO
ROBERT NÚÑEZ INOSTROZA
MARIA MAGDALENA SEPULVEDA
YANIRA FLORES ABURTO
INELDA ALARCON
INTRODUCCIÓN
Las problemas de salud en chile hoy son sustancialmente distintos a los de hace 30 años, en lo que
prevalecían las enfermedades infecciosas y los problemas materno-infantiles. La esperanza de vida
al nacer ha aumentado de 58 años en el periodo de 1960-65 a 75 1995-2000; es decir las personas
viven en promedio, 17 años más en el año 2000 en comparación con 1965. A esto se suman
grandes cambios en otros ámbitos, como son el desarrollo tecnológico, la globalización de las
comunicaciones y el comercio, cambios ambientales, acceso del hombre a todos los puntos del
planeta, modificando los ecosistemas y tomando contacto con patógenos para el desconocidos.
Ello ha producido cambios sustanciales en los estilos de vida. Todo esto implica una situación
epidemiológica distinta que se caracteriza por el envejecimiento poblacional y un predominio de las
enfermedades no transmisibles, tales como las cardiovasculares y el cáncer. Enfrentar esta situación
requiere de un enfoque multisectorial, lo que representa un desafío más allá del sector salud, en que
participen sectores como educación, trabajo, vivienda, obras públicas, transporte, hacienda y otros
actores sociales.
Por ello en la presente investigación que se refiere al tema del Sistema de Salud Chileno,
comprenderemos su función, su acción en el ámbito social, a nivel nacional y su evolución a lo largo
de estos años, el que tiene por objetivo ayudarnos a comprender mejor el sistemas en que a diario
nos vemos insertos ya sea tanto en el sector público como privado.
DESARROLLO CRONOLOGICO
Desde tiempos de la Colonia, son muchos los hitos que han marcado al sector salud. A continuación
un resumen de fechas e hitos importantes de la salud chilena:
 En 1552 se funda el primer hospital, en el territorio que luego conformaría la República de
Chile.
 En 1805 se inicia vacunación a nivel nacional.
 En 1808 se realiza la primera campaña de difusión a nivel nacional del proceso de
inmunización, por parte de la Junta Central de Vacunas.
 En 1832 se crea la Junta de Directores de Hospital y Casas de Expósitos.
 En 1842 se crea la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile y comienza el desarrollo
propiamente tal de la medicina en Chile, a través del estudio de las enfermedades endémicas
existentes y el mejoramiento de la higiene pública y doméstica.
 En 1886 se crea mediante Reglamento Orgánico- la Junta de Beneficencia, con el objetivo de
dar unidad administrativa a los establecimientos sanitarios.
 En 1887 se crea la Junta General de Salubridad para asesorar al gobierno en materias de
Salud Pública.
 En 1891 se hace responsable de la higiene pública y estado sanitario de la comuna a las
municipalidades.
 En 1892 se renombra la junta como Consejo de Higiene Pública y mantiene su objetivo de
asesorar al gobierno en materias de Salud Pública.
 En 1917 se crea el Consejo Superior de Beneficencia, cuyo objetivo es dar unidad técnica a
todos los hospitales del país.
 En 1918 se publica el primer Código Sanitario donde aparece la figura de una autoridad
unipersonal con facultades ejecutivas. Establece la Dirección General de Sanidad y la creación
de organismos sanitarios en cada zona de salubridad.
 En 1924 se crea el Ministerio de Higiene, Asistencia y Previsión Social. Se organiza la Caja de
Seguro Obrero para cubrir los riesgos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
 En 1925 surge la Junta Central de Beneficencia, entidad autónoma con recursos técnicos y
financieros.
 En 1937 comienza la distribución gratuita de leche a los menores de dos años.
 En 1938 la Ley 6.174 establece los principios de la medicina preventiva, al plantear la
realización de exámenes sistemáticos de salud a los trabajadores.
 En 1942 aparece la Dirección General de Protección a la Infancia y Adolescencia (Protinfa)
como resultado de la fusión del Departamento Central de la Madre y el Niño; con el
Departamento de Sanidad Escolar. También se crea el Servicio Médico Nacional de
Empleados (Sermena) cuando se fusionan los departamentos de salud del conjunto de Cajas
de Previsión de Empleados Públicos y Privados. Su objetivo es prestar acciones de prevención.
 En 1952 se promulga la Ley 10.383 que establece el Sistema Nacional de Salud (SNS),
organismo encargado de la protección de la salud para toda la población y del fomento y
recuperación de la salud de los obreros, esposa e hijos hasta los 15 años. Para su creación se
fusionaron la Dirección General de Beneficencia y Asistencia Social; el Servicio Médico de la
Caja de Seguro Obrero, el Servicio Nacional de Salubridad, la Dirección General de Protección
a la Infancia y a la Adolescencia; la sección técnica de Higiene y Seguridad Industrial de la
Dirección General del Trabajo; los servicios médicos y sanitarios de las municipalidades; y el
Instituto Bacteriológico de Chile.
 En 1958 se crean las Mutuales de Seguridad para la protección de trabajadores contra riesgos
y consecuencias de accidentes del trabajo.
 En 1968 la Ley 16.744 de Accidentes y Enfermedades Profesionales consolida a las Mutuales
de Seguridad, ya que las faculta para captar fondos, además de que les permite organizar y
administrar un mecanismo de atención integral en accidentes del trabajo.
 En 1979 se fusionan el SNS y Sermena, con lo cual se reorganiza el Ministerio de Salud. Se
crean los Servicios de Salud, el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), la Central Nacional de
Abastecimiento (Cenabast) y el Instituto de Salud Pública (ISP). La nueva institucionalidad
permite el acceso a beneficios a sistema de libre elección.
 En 1980 una serie de decretos con fuerza de ley concretan el proceso de municipalización del
sector primario y crean los Consultorios de Atención Primaria, dependientes de las
municipalidades. Se reforma el sistema previsional de pensiones y salud. Comienza la
cotización obligatoria del 4% de las remuneraciones para salud.
 En 1981 se crean las Instituciones de Salud Previsional (Isapres), entidades privadas con
sistemas de libre elección que otorga prestaciones y beneficios de salud a sus afiliados.
 En 1985 las leyes 18.418 y 18.469 crean el Fondo Único de Prestaciones Familiares y
Subsidios. Se reorganiza el sector público en modalidades de atención institucional y libre
elección. Se elimina la diferencia entre régimen de salud y calidad previsional. Establece el
aporte financiero según capacidad económica y el acceso libre e igualitario a acciones de
salud.
 En 1986 la Ley 18.566 permite un 2% de cotización adicional que se puede descontar de
impuesto.
 En 1987 la Ley 18.675 aumenta las bases imponibles para el cálculo de cotización previsional
para el sector público.
 En 1988 se fija la cotización del 7% para pensionados del régimen antiguo.
 En 1990 la Ley 18.933 crea la Superintendencia de Isapres y modifica la legislación de dichas
instituciones.
 En 2000 el gobierno del Presidente Ricardo Lagos se fija como meta realizar una profunda y
modernizadora reforma del sector Salud.
 En 2002 se envían al Congreso Nacional los cinco proyectos de ley que en su conjunto
conforman la Reforma de Salud.
 En 2005 entra en vigencia la nueva Ley de Autoridad Sanitaria y la Ley de Garantías Explícitas
en Salud (AUGE), pilares fundamentales del nuevo sistema de Salud chileno
DESARROLLO HISTÓRICO DEL SISTEMA.
El sistema de salud - en su aspecto formal - comenzó su desarrollo a mediados de siglo XVI, como
parte de las medidas de salubridad e iniciativas de atención caritativa-hospitalaria de enfermos y
menesterosos.
En complemento, la dimensión informal o comunitaria del sistema de salud es la medicina o atención
de salud tradicional. Está estrechamente ligada a la historia y cultura de los pueblos, y su existencia
no sólo es previa al desarrollo formal del sistema de salud, sino que mantiene una vigencia actual
complementaria.
El desarrollo del sistema de salud ha sido paulatino, cotidiano y multidimensional. Sin embargo, para
efectos de una descripción sintética, es posible identificar cinco períodos históricos en el desarrollo
del sistema (formal) de salud, aunque hay sobreposición de elementos entre ellos:
a).- Período de servicios locales de salud, 1552 – 1917 Entre 1552 y 1886 se desarrollaron
hospitales y servicios sanitarios de responsabilidad de autoridades locales. Desde el siglo XVI y
hasta el siglo pasado, la atención y organización formal de salud se fue estructurando en forma
paulatina, a través de varias instituciones públicas y privadas, en general de carácter filantrópico o de
beneficencia.
En 1886 se promulgó el Reglamento Orgánico de la Junta de Beneficencia, que permite ordenar las
organizaciones locales y los hospitales generales existentes. El año siguiente se creó la Junta
Nacional de Salubridad, cuya misión era asesorar al gobierno en materias de salubridad y organizar
nacionalmente los desarrollos locales. En 1892 estas funciones fueron asumidas por el Consejo de
Higiene Pública.
b).- Período de maduración del desarrollo social y del sistema de salud, 1917 – 1952 Chile cuenta
con una reconocida larga historia de seguridad social con subsidios focalizados en los pobres y
deprivados de empleo y condiciones sociales. En el transcurso del siglo XX emergieron importantes
y pioneras medidas tendientes al desarrollo y seguridad social, incluyendo aspectos de salud.
En 1917 se realizó un congreso nacional de todas las sociedades de beneficencia e instituciones
previsionales y sectoriales que dieron mayor organización y estructuración al sistema previsional y
asistencial de salud.
En 1924 se creó el Ministerio de Higiene, Asistencia y Previsión Social y se estableció el Seguro
Obrero Obligatorio (ley 4.054). La Caja de Seguro Obrero fue destinada a cubrir los riesgos de
enfermedad invalidez, vejez y muerte. Posteriormente surgieron varias leyes sobre el trabajo. En
1938 se dictó la Ley de Medicina Preventiva, pionera en su género a nivel internacional.
En 1942 se creó el Servicio Médico Nacional de Empleados (SERMENA), que cubría al sector de
empleados públicos y particulares.
El Colegio Médico de Chile se constituyó por Ley en el año 1948, destacando por su gravitación
histórica en la formulación de las políticas de salud.
c).- Período del Servicio Nacional de Salud y predominio de planificación central 1952 - 1973.
El Servicio Nacional de Salud (SNS) fue creado en 1952, unificando a diversos organismos públicos
que prestaban servicios de salud, alcanzado una importante cobertura del sectorasistencial del país.
Sus prestaciones cubrían principalmente al sector obrero e indigentes.
Con menor cobertura se encontraban entidades previsionales y asistenciales en universidades,
algunas empresas públicas, fuerzas armadas y policiales. El sector asistencial privado tenía una
heterogénea y diseminada situación de desarrollo.
Desde 1964 se iniciaron reformas sociales que en salud destacaron por inversiones en centros
asistenciales, formación y enrolamiento de personal y extensión de cobertura geográfica. El SNS se
transformó en una empresa con 120.000 funcionarios, cuya red asistencial alcanzó una importante
cobertura geográfica y poblacional.
En este período, la gestión política, económica y organizacional aplicada al sector salud tuvo una
orientación predominante de planificación central.
Durante este período, la medicina estuvo estrechamente ligada al desarrollo social del país,
incluyendo aspectos de liderazgo social y político. Al final del período, se encontraban médicos en la
Presidencia de la República, el parlamento, municipalidades y otras relevantes entidades públicas.
d).- Período del Gobierno Militar y reformas neoliberales, 1973 – 1990 Las reformas del sistema
global de salud, ocurridas en este lapso, reflejaron las políticas generales económicas y sociales del
gobierno militar, destacando las reformas neoliberales que cambiaron el rol y la importancia del
Estado y promovieron al sector privado.
Entre 1973 y 1980 hubo una disminución significativa del gasto social y del financiamiento al SNS,
conservándose la misma modalidad de organización y funcionamiento previos, pero bajo régimen
autoritario.
A partir de 1979 se reestructuró el sector estatal de salud. Se reorganizó al Ministerio de Salud y sus
instituciones relacionadas y se creó el Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS) que rige
actualmente (DL 2.763/1979)
La creación del régimen de prestaciones de salud mediante la denominada ley de salud, (ley 15.469,
año 1985), fijó las características del modelo de financiamiento, previsión y atención de salud
vigentes, destacando la libertad de optar por alternativas públicas o privadas en la previsión y
atención de salud y contribución proporcional al ingreso en el sistema público.
Entre 1981 y 1986 se adoptaron iniciativas legales para la creación de las Instituciones de Salud
Previsional (ISAPRE) y se concretó el traspaso de la administración de la mayoría de
establecimientos de nivel primario a las municipalidades.
e).- Período de gobiernos de la Concertación, 1990 en adelante. Desde 1990, los gobiernos de la
Concertación han asumido una responsabilidad gubernamental que en los primeros seis años ha
consistido principalmente en la administración del sistema de salud heredado, se ha realizado un
notorio incremento de inversiones apoyadas en préstamos internacionales y se han estudiado las
propuestas de adecuación y reforma del sector.
Las orientaciones de las reformas propuestas se basan en aspectos relevantes como:
- las políticas y planes nacionales, tanto económicas como sociales,
- la búsqueda de mejorar la gestión del sector público e incrementar el proceso de descentralización.
- la búsqueda de resolver la crisis del sector público de salud, y buscar un balance público privado
en este sector mixto.
- la adaptación del sistema a las necesidades de salud de la población, y al resguardo de sus
intereses de los diferentes grupos de la población al acceso al sistema. El actual gobierno de la
Concertación, sintetiza sus prioridades de acción en los criterios de equidad, participación y
solidaridad.
En general, el sistema global de salud vigente mantiene básicamente las mismas características del
modelo, financiamiento, organización y funcionamiento del modo en que fueron estructurados en el
período militar precedente, especialmente en lo que se refiere a:
- lo estipulado al régimen de prestaciones (ley de salud),
- la configuración legal-normativa del SNSS,
- el financiamiento fiscal al sistema público
- el modo de administración municipal,
- la legislación de ISAPRE.
- la aplicación del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Algunos cambios parciales se han procurado con modificaciones a la Ley ISAPRE (1990) y el
Estatuto de la Atención Primaria (1995).
En 1993, el Colegio Médico convocó a la comunidad nacional y sus principales actores, a un debate
nacional en torno a un Proyecto de Salud para Chile. Distintas comisiones analizaron once
propuestas principales. En esa etapa se consideró que el debate recién comenzaba, pero su
consecución aún no se ha concretado suficientemente y el desafío aún está pendiente.
ORGANIZACION DEL SISTEMA DE SALUD
El sistema de salud - sector del quehacer nacional - está compuesto por todas las personas
naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que realicen o contribuyan a la ejecución de las
acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona
enferma.
En sus aspectos generales, los componentes o subsistemas del sistema global de salud pueden ser
identificados en base a cuatro tipos de criterios:
- grado de formalidad de la organización: formal e informal o tradicional.
- rol institucional en el sistema: previsional-financiero, proovedor de servicios asistenciales o mixto.
- rol institucional en el sistema: previsional-financiero, proveedor de servicios asistenciales.
- fines de lucro: con y sin fines de lucro.
Por lo tanto, el sector está integrado por instituciones, organismos y entidades pertenecientes al
sector público y el sector privado, constituyendo un sistema de salud mixto. El subsector público
representado principalmente por FONASA en su aspecto financiero y por SNSS en su componente
de prestación de servicios. Por otra parte, el subsector privado principalmente representado por las
ISAPRE y mutuales en su aspecto financiero previsional y los profesionales y centros asistenciales
privados en su componente de prestación de servicios.
Ministerio de Salud
Es la “Autoridad Sanitaria Nacional”, con funciones referidas a la formulación, fijación y control de las
políticas de salud, estableciendo normas, evaluando y controlando la organización de la atención de
salud de toda la población.
Dentro de sus responsabilidades están:
1) Ejercer la rectoría del sector salud, a través de la formulación, control y evaluación de planes y
programas generales en materia de salud, la definición de objetivos sanitarios nacionales, la
coordinación sectorial e intersectorial para el logro de los objetivos sanitarios, la coordinación y
cooperación internacional en salud, la dirección y orientación de todas las actividades del Estado
relacionadas a la provisión de acciones de salud, de acuerdo con las políticas fijadas.
2) Dictar normas generales sobre materias técnicas, administrativas y financieras a las que deberán
ceñirse los organismos y entidades del Sistema, para ejecutar actividades de prevención, promoción,
fomento, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de las personas enfermas.
3) Velar por el debido cumplimiento de las normas en materia de salud, a través de las SEREMI de
Salud, sin perjuicio de la competencia que la Ley asigne a otros organismos.
4) Efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de salud de la población.
5) Tratar datos con fines estadísticos y mantener registros o bancos de datos respecto de las
materias de su competencia.
6) Formular el presupuesto sectorial.
7) Formular, evaluar y actualizar el Sistema de Acceso Universal con Garantías Explícitas.
8) Formular, evaluar y actualizar los lineamientos estratégicos del sector salud o Plan Nacional de
Salud, conformado por los objetivos sanitarios, prioridades nacionales y necesidades de las
personas. Para el cumplimiento de esta función el Minsal puede convocar la formación de Consejos
Consultivos.
9) Fijar las políticas y normas de inversión en infraestructura y equipamiento de los establecimientos
públicos que integran las redes asistenciales.
10) Velar por la efectiva coordinación de las redes asistenciales, en todos sus niveles.
11) Establecer los estándares mínimos que deberán cumplir los prestadores institucionales de salud,
tales como hospitales, clínicas, consultorios y centros médicos, con el objetivo de garantizar que las
prestaciones alcancen la calidad requerida para la seguridad de los usuarios.
12) Establecer un sistema de acreditación para los prestadores institucionales autorizados para
funcionar.
13) Establecer un sistema de certificación de especialidades y subespecialidades de los prestadores
individuales de salud legalmente habilitados para ejercer sus respectivas profesiones, esto es, de las
personas naturales que otorgan prestaciones de salud.
14) Establecer, mediante resolución, protocolos de atención en salud. Para estos efectos, se
entiende por protocolos de atención en salud las instrucciones sobre manejo operativo de problemas
de salud determinados. Estos serán de carácter referencial y sólo serán obligatorios, para el sector
público y privado, en caso de que exista una causa sanitaria que lo amerite, lo que deberá constar en
una resolución del Minsal.
15) Implementar, conforme a la Ley, sistemas alternativos de solución de controversias sobre
responsabilidad civil de prestadores individuales e institucionales, públicos o privados, originada en
el otorgamiento de acciones de salud, sin perjuicio de las acciones jurisdiccionales correspondientes.
16) Formular políticas que permitan incorporar un enfoque de salud intercultural en los programas de
salud en aquellas comunas con alta concentración indígena.
17) Las demás que le confieren las leyes y reglamentos.
Para lograr ejecutar todas estas tareas, el Minsal cuenta con la Subsecretaría de Salud Pública y la
Subsecretaría de Redes Asistenciales, las que dependen directamente del Ministerio.
Subsecretaría de Redes Asistenciales
Su función es regular y velar por el funcionamiento y desarrollo de la red asistencial del sistema, para
la integración integral de las personas y la regulación de la prestación de acciones de salud, tales
como las normas destinadas a definir los niveles de complejidad asistencial necesarios para distintos
tipos de prestaciones y los estándares de calidad que serán exigibles. Para alcanzar estos objetivos
desarrollará políticas, normas, planes y programas, velará por su cumplimiento y coordinará su
ejecución por los servicios de salud, los establecimientos de salud de carácter experimental, la
Central de Abastecimiento (Cenabast) del SNSS y los demás organismos que integran el Sistema.
Dentro de sus funciones destacan:
1) Mejorar el modelo de gestión en red en los servicios de salud, con énfasis en la estandarización
del proceso de diseño y rediseño de redes, a través de herramientas normativas para las redes de
alta complejidad, garantías explícitas en salud y régimen GES, con el fin de aumentar la eficiencia,
eficacia y efectividad en la resolución de los problemas de salud.
2) Mejorar las condiciones que permitan el funcionamiento del Sistema GES en la red del servicio
público, mediante la gestión de las brechas operacionales necesarias para generar la oferta
requerida por la demanda de prestaciones derivada de problemas de salud garantizados.
3) Posicionar a la atención primaria de salud como estrategia del sistema público, mediante el
refuerzo de su resolutividad y de la integralidad de la atención en base al modelo con enfoque de
salud familiar y comunitaria, para dar una respuesta más efectiva a la población bajo control y
contribuir a la eficiencia en el funcionamiento de los diferentes niveles de complejidad de la red
asistencial en salud y mejorar la calidad de vida de la población.
4) Mejorar la disponibilidad, distribución y competencias del personal sanitario a lo largo de la red
asistencial en los diferentes niveles de complejidad, mediante el fortalecimiento de la formación de
médicos especialistas y el incremento de cargos asistenciales en los establecimientos, que permitan
avanzar en la calidad y equidad del acceso a la salud de la población.
5) Mejorar la gestión y el uso de los recursos públicos asignados a las instituciones del SNSS, a
través del fortalecimiento de uso de sistemas de gestión de costos y control de producción, con el fin
de tender a la sostenibilidad financiera del sistema.
6) Potenciar la gestión intersectorial e interinstitucional para acelerar la gestión derivada de las
políticas ministeriales en los ámbitos de reposición de activos, renovación tecnológica, sistemas de
información, expansión y reconversión de la infraestructura, tanto de la red asistencial como de la
autoridad sanitaria, focalizada en la recuperación de la infraestructura clínica deteriorada y
derrumbada, para generar las condiciones que permitan recuperar el nivel de funcionamiento de la
red asistencial, mediante la búsqueda de acuerdos que resguarden plazos oportunos para
tramitación de decretos y toma de razón.
7) Reforzar la red de urgencia a través de la inversión en traslado pre-hospitalario y el aumento de la
dotación de equipos clínicos de priorización de urgencia y atención médica directa, para mejorar la
oportunidad de atención de los pacientes.
La Subsecretaría coordinará la ejecución de las tareas necesarias para alcanzar estos objetivos con
los servicios de salud (incluyendo establecimientos de salud de carácter experimental) y con toda la
red asistencial.
Asimismo, la Cenabast debe abastecer de fármacos e insumos clínicos a todos los establecimientos
del sistema de salud, a los establecimientos municipales de salud y a otros adscritos al sector
público, como los hospitales de las fuerzas armadas o universidades, mediante el liderazgo de
información, tecnología y conocimiento, garantizando la disponibilidad oportuna de los productos
requeridos.
Subsecretaría de Salud Pública
La Subsecretaría de Salud Pública es la autoridad sanitaria encargada de la promoción de la salud,
la vigilancia, prevención y control de enfermedades que afecten a poblaciones o grupos de personas.
Para ello, deberá coordinar las acciones de Fonasa y el Instituto de Salud Pública
(ISP), e impartirles instrucciones.
Las principales funciones de la Subsecretaría de Salud Pública son:
1) Desarrollar políticas públicas que fomenten estilos y hábitos de vida saludables, a través del
fortalecimiento de los programas de prevención y promoción a nivel nacional y regional, para
fomentar en la población competencias de autocuidado y protección de estilos de vida y entornos
saludables, y mejorar la capacidad de detección temprana de enfermedades que puedan ocasionar
discapacidades.
2) Proteger la salud de las personas frente a riesgos sanitarios, a través del diagnóstico y mapeo de
riesgos, el fortalecimiento de la capacidad nacional y local de emergencia, fiscalización efectiva y
eficiente y definición de planes de acción, tomando medidas adecuadas en los casos ya
identificados, para prevenir y mitigar los efectos en la salud de las personas y estar preparados para
enfrentar situaciones de emergencias y catástrofes.
3) Fortalecer las actuales Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), a través de
mejoras en su gestión y la penalización efectiva del mal uso de las licencias, para hacerlas más
eficientes y mejorar el acceso oportuno y adecuado a este derecho.
4) Optimizar el funcionamiento de la Subsecretaría de Salud Pública y las SEREMI, a través del
diseño e implementación de modelos de gestión modernos y basados en evidencia, generación de
sistemas de información confiables y efectivos, y el desarrollo y estandarización de las capacidades
y procesos críticos, para orientar el desarrollo de políticas ministeriales y decisiones de gestión, y
agregar valor a los usuarios y usuarias finales, maximizando el impacto y la eficacia de los procesos.
5) Optimizar la implementación del régimen GES, a través de la definición de garantías, elaboración
técnica de guías clínicas, protocolos y canastas de prestaciones asociadas al GES, para lograr
acciones efectivas de prevención del daño en salud y favorecer el ejercicio de los derechos y
garantías estipulados.
6) Fortalecer las políticas de salud pública orientadas a la reducción de inequidades de los grupos en
situación de riesgo, mediante la efectiva ejecución de acciones y programas focalizados, para
mejorar la calidad de vida de adultos mayores, mujeres, y niños en situación de riesgo.
La presencia regional de la Subsecretaría reside en las SEREMI que son las encargadas de ejercer
la autoridad sanitaria en regiones.
ROL FISCALIZADOR
Instituto de Salud Pública
El Instituto de Salud Pública (ISP) tiene como funciones principales la fiscalización, regulación,
vigilancia sanitaria y divulgación de materias de salud pública, principalmente en materia de
laboratorios y medicamentos, garantizando la calidad de bienes y servicios y contribuyendo al
mejoramiento de la salud de la población. Así, el ISP realiza labores en diversas áreas de la salud,
como evaluación de calidad de laboratorios, vigilancia de enfermedades, control y fiscalización de
medicamentos, cosméticos y dispositivos de uso médico, salud ambiental, salud ocupacional,
producción y control de calidad de vacunas, entre otros.
Superintendencia de Salud
La Superintendencia de Salud es un organismo público, sucesor legal de la Superintendencia de
Isapres, que inicia sus operaciones el 1 de enero de 2005, conforme lo establece la Ley N° 19.937
de 2004. La Superintendencia juega un rol fiscalizador dentro del sistema de salud, velando por el
cumplimiento de la normativa vigente por parte de Fonasa y las isapres, en lo que respecta al
cumplimiento del régimen GES según la modalidad institucional o de libre atención, así como
también fiscalizando a los prestadores públicos y privados en cuanto a su acreditación y certificación.
Sus principales tareas se centran en:
1) Supervigilar y controlar a las Isapres y velar por el cumplimiento de las obligaciones que les
imponga la ley como régimen GES, los contratos de salud, las leyes y los reglamentos que las rigen.
2) Supervigilar y controlar al Fonasa en todas aquellas materias que digan estricta relación con los
derechos que tiene sus beneficiarios en las modalidades de atención institucional, de libre elección y
lo que la ley establezca en el régimen GES.
3) Fiscalizar a todos los prestadores de salud públicos y privados, sean éstos personas naturales o
jurídicas, respecto de su acreditación y certificación, así como la mantención de los estándares
establecidos en la acreditación.
Sus principales tareas se centran en:
1) Supervigilar y controlar a las Isapres y velar por el cumplimiento de las obligaciones que les
imponga la ley como régimen GES, los contratos de salud, las leyes y los reglamentos que las rigen.
2) Supervigilar y controlar al Fonasa en todas aquellas materias que digan estricta relación con los
derechos que tiene sus beneficiarios en las modalidades de atención institucional, de libre elección y
lo que la ley establezca en el régimen GES.
3) Fiscalizar a todos los prestadores de salud públicos y privados, sean éstos personas naturales o
jurídicas, respecto de su acreditación y certificación, así como la mantención de los estándares
establecidos en la acreditación.
Secretaría Regional Ministerial
Las SEREMI son encargadas de ejercer las funciones de la Subsecretaría de Salud Pública a nivel
regional. Por lo tanto, realizan tareas de regulación y fiscalización sanitaria en los servicios de salud
y la red asistencial. El Subsecretario de Redes Asistenciales será el superior jerárquico de las
SEREMI, en las materias de su competencia, y de las divisiones, departamentos, secciones, oficinas,
unidades y personal que corresponda.
En cada SEREMI hay un Consejo Asesor de carácter consultivo, el que entregará asesoría respecto
de las materias que le permita la ley y las que el Secretario Regional Ministerial le someta a
consideración.
Las principales tareas de las SEREMI son:
1) Velar por el cumplimiento de las normas, planes, programas y políticas nacionales de salud fijados
por la autoridad. Asimismo, adecuar los planes y programas a la realidad de la respectiva región,
dentro del marco fijado para ello por las autoridades nacionales.
2) Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los
riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los
elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las
disposiciones del código sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la
materia.
3) Adoptar las medidas sanitarias que correspondan según su competencia, otorgar autorizaciones
sanitarias y elaborar informes en materias sanitarias. Las normas, estándares e instrumentos
utilizados en la labor de fiscalización, serán homogéneos para los establecimientos públicos y
privados.
4) Velar por la debida ejecución de las acciones de salud pública por parte de las entidades que
integran la red asistencial de cada servicio de salud y, en su caso, ejecutarlas directamente, o
mediante la celebración de convenios con las personas o entidades que correspondan. En el
ejercicio de estas funciones, coordinará aquellas acciones de promoción y prevención cuya ejecución
recaiga en los servicios de salud.
5) Mantener actualizado el diagnóstico epidemiológico regional y realizar la vigilancia permanente del
impacto de las estrategias y acciones implementadas.
6) Colaborar, a solicitud de cualquier organismo público del sector salud, en la implementación de
procedimientos de recepción de reclamos. Los procedimientos a que se refiere este numeral deberán
ser concordados con los mencionados organismos, conforme lo determine el reglamento.
7) Cumplir las acciones de fiscalización y acreditación que señalen la ley y los reglamentos y
aquellas que le sean encomendadas por otros organismos públicos del sector salud mediante
convenio.
8) Evaluar el nivel de cumplimiento de las metas fijadas a las entidades administradoras de salud
municipal y sus establecimientos, conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°19.813.
9) Organizar, bajo su dependencia y apoyar el funcionamiento de la Comisión de Medicina
Preventiva e Invalidez.
Subsector público
A.- Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS)
Organización institucional
La organización del SNSS se basa en el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud (DS de
1980). Está compuesto por el Ministerio de Salud y sus organismos dependientes: los Servicios de
Salud, el Fondo Nacional de Salud, el Instituto de Salud Pública y la Central de Abastecimiento.
Además, participan del Sistema todas aquellas instituciones que realizan convenios, destacando los
municipios y servicios delegados.
Al Ministerio de Salud le corresponde ejercer la función que le compete al Estado de velar por el
desarrollo de la salud nacional y de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de fomento,
protección, recuperación de la salud y de rehabilitación de los enfermos.
Fundamentalmente, están a su cargo el dictado de normas, la formulación de planes y programas, la
supervisión, evaluación y control del cumplimiento de las políticas y planes de salud, y de la
coordinación de las actividades que tienen incidencia sobre el estado de salud, tanto de los
organismos de su propio sistema, como con otras instituciones del sector y con otros sectores.
A nivel de cada Región el Ministerio está representado por las Secretarías Regionales Ministeriales
de Salud, responsables de ejercer las mismas funciones que el Ministerio en el ámbito de la Región.
Los Servicios de Salud son los responsables de ejecutar las acciones integradas de fomento,
protección y recuperación de la salud y rehabilitación de los enfermos y de hacer cumplir las
disposiciones del Código Sanitario en las materias que les compete. Son organismos estatales
funcionalmente descentralizados, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio para la
realización de las referidas acciones. Son 26 Servicios con asignación geográfica definida más el
Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.
Están estructurados internamente en una Dirección de Servicio a la que le corresponde la
supervisión, coordinación y control de todos los establecimientos y dependencias.
La red asistencial de los Servicios está constituida por Hospitales, Consultorios Generales Urbanos y
Rurales, Postas Rurales de Salud y Estaciones Médico Rurales.
B.- Fondo Nacional de Salud (FONASA)
El Fondo Nacional de Salud (FONASA) es el continuador legal del Servicio Médico Nacional de
Empleados (SERMENA) y el ente financiero encargado de recaudar, administrar y distribuir los
dineros estatales destinados a salud, en conformidad con las políticas, planes y normas que para
esos efectos determina el Ministerio.
Las funciones principales de FONASA están orientadas a financiar las acciones de salud y las
inversiones de capital que requiere el Sistema y a colaborar con el Ministerio en la compatibilización
y consolidación financiera de los proyectos de presupuesto de los Servicios de Salud y otros
organismos vinculados al Ministerio, con el Presupuesto Global de Salud. Corresponde igualmente al
FONASA cumplir las funciones y obligaciones como administrador del Fondo de Asistencia Médica
(Ley 16.781) y administrar los recursos destinados a la atención de salud por la modalidad de Libre
Elección.
Para cumplir con tales funciones FONASA cuenta con una estructura a Nivel Central y está
desconcentrado territorialmente para la administración de la modalidad de Libre Elección, en 13
Agencias Regionales.
C.- Organización asistencial del SNSS
Para llevar a cabo sus funciones, el SNSS se ha estructurado en una red asistencial de
establecimientos y niveles de atención; éstos últimos organizados de acuerdo a su cobertura y
complejidad asistencial.
Nivel Primario tiene mínima complejidad y amplia cobertura realiza atenciones de carácter
ambulatorio en las Postas Rurales de Salud y en los Consultorios Generales, Urbanos y Rurales. Allí
se ejecutan principalmente los Programas Básicos de Salud de las Personas. Para su realización se
cuenta con medios simples de apoyo diagnóstico y un arsenal terapéutico determinado y de acuerdo
a las prestaciones que se brindan.
El tipo de personal que realiza las acciones de salud varía según la magnitud de la población a
atender y la naturaleza de las actividades a cumplir, abarcando desde el auxiliar rural, T.E.N.S.,
hasta un equipo que incluye médicos generales y otro personal de colaboración.
Las actividades que se efectúan en este nivel son fundamentalmente: Controles, Consultas, Visitas
Domiciliarias, Educación de Grupos, Vacunaciones y Alimentación Complementaria.
Nivel Secundario corresponde a una complejidad intermedia y de cobertura media. La característica
fundamental de este nivel es que actúa por referencia y que sus acciones involucran tanto atención
ambulatoria como de hospitalización en establecimientos hospitalarios, en los cuales la atención
ambulatoria se presta en una unidad de apoyo (consultorio adosado) de dicho establecimiento.
Los recursos involucrados para satisfacer las demandas de este nivel son más complejos, es decir,
existe mayor participación profesional con cierto grado de diferenciación y mayor proporción de
elementos de apoyo diagnóstico y terapéutico que en el nivel primario.
Nivel Terciario se caracteriza por su alta complejidad y cobertura reducida. Está destinado a
resolver aquellos problemas que sobrepasan la capacidad resolutiva de los niveles precedentes,
debiendo actuar como centro de referencia no sólo para la derivación de pacientes desde de su
propia área de influencia, sino que con frecuencia tal derivación tiene carácter regional,
supraregional y en oportunidades nacional.
Al igual que el nivel intermedio, a este nivel le corresponde realizar tanto acciones de tipo
ambulatorio, efectuadas en los consultorios adosados de especialidades de estos hospitales, como
de atención cerrada en sus diversos servicios de hospitalización. Sus recursos humanos son los de
la más alta especialización y los elementos de apoyo clínico diagnóstico y terapéutico, los de mayor
complejidad técnica.
El hecho de que estos establecimientos hospitalarios realicen actividades de alta complejidad, no los
exime de desarrollar las funciones correspondientes al nivel secundario, ya que tienen también la
responsabilidad de solucionar los problemas de frecuencia intermedia en la población a su cargo.
Además del SNSS, existen otras instituciones del subsector público que cuentan con sistemas
propios de salud, destinados a dar atenciones de salud a su personal y cargas familiares, para lo
cual cuentan con establecimientos y unidades asistenciales de atención abierta y cerrada; destacar
los establecimientos de las Fuerzas Armadas y de Orden, Penitenciaría, Empresa Nacional del
Petróleo y Universidad de Chile, entre otras.
Recurso asistencial del SNSS
El SNSS cuenta en todo el país con 197 establecimientos hospitalarios, incluye nueve hospitales
delegados. Tiene además un total de 376 consultorios de los cuales 230 son generales urbanos (15
de ellos pertenecen aún al SNSS), 146 son consultorios generales rurales y tiene además 1.102
postas rurales.
Sistemas previsionales de salud
Los sistemas previsionales de salud se apoyan en el Régimen de Seguro de Salud, y en el Régimen
de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744).
El seguro de salud es financiado por el trabajador con el aporte de un 7 por ciento de sus
remuneraciones, y opcionalmente por el empleador con un aporte adicional del 2 por ciento para sus
trabajadores afiliados a las ISAPRE. Estos aportes del trabajador son ingresados en su mayor parte
al Fondo Nacional de Salud o a las Instituciones de Salud Previsional.
Fondo Nacional de Salud (FONASA)
El Fondo Nacional de Salud (FONASA) es un Servicio Público funcionalmente descrentralizado,
dependiente del Ministerio de Salud, creado en 1979 (DL. 2763) junto al SNSS y determinación de
nuevas funciones normativas. Sus funciones fueron reglamentadas por el D.S. 300/1986 del
Ministerio de Salud.
Esta Institución depende del Ministerio de Salud para los efectos de supervigilancia en su
funcionamiento, debiendo ajustarse a sus políticas, normas y planes generales.
Le compete la función financiera del sistema, siendo la entidad encargada de recaudar, administrar y
distribuir los recursos destinados a salud, tanto para la atención de los beneficiarios del sistema
estatal en la modalidad institucional - prestada en los centros asistenciales del SNSS - como en la
modalidad de libre elección, en la que los beneficiarios tienen la opción de atenderse con
proveedores públicos y privados que se han inscrito en FONASA y han convenido aranceles de
distinto nivel.
La cantidad de médicos y centros inscritos en los distintos niveles de FONASA, así como las
prestaciones que financia se exponen en el capítulo 13 en lo referido a los prestadores asistenciales
privados.
Clasificación de la población beneficiaria Fonasa
Tal como lo señala el artículo 159 del DFL N°1 de 2005 del Ministerio de Salud, los afiliados, con las
excepciones que establece la ley, deben contribuir al financiamiento del valor de las prestaciones y
atenciones que ellos y los respectivos beneficiarios soliciten y que reciban del Régimen4, mediante
pago directo, en la proporción y forma establecidas por la normativa vigente. El valor de las
prestaciones corresponde al arancel aprobado por los Ministerios de Salud y de Hacienda a
proposición de Fonasa. Consecuentemente, la población beneficiaria se clasificará, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 160, según su nivel de ingreso, en los siguientes grupos:
1) Grupo A: Personas indigentes o carentes de recursos, beneficiarios de pensiones asistenciales
a que se refiere el DL N°869, de 1975, y causantes del subsidio familiar establecido en la
Ley N°18.020. Este grupo de personas tiene un porcentaje de copago de 0%.
2) Grupo B: Afiliados cuyo ingreso mensual no exceda del ingreso mínimo mensual aplicable a los
trabajadores mayores de dieciocho años de edad y menores de sesenta y cinco años de edad. Este
grupo también tiene un porcentaje de copago de 0%.
3) Grupo C: Afiliados cuyo ingreso mensual sea superior al ingreso mínimo mensual aplicable a los
trabajadores mayores de dieciocho años de edad y menores de sesenta y cinco años de edad y no
exceda de 1,46 veces dicho monto, salvo que los beneficiarios que de ellos dependan sean tres o
más, caso en el cual serán considerados en el Grupo B. El porcentaje de copago de este grupo es
de 10%.
4) Grupo D: Afiliados cuyo ingreso mensual sea superior en 1,46 veces al ingreso mínimo mensual
aplicable a los trabajadores mayores de dieciocho años de edad y menores de sesenta y cinco años
de edad, siempre que los beneficiarios que de ellos dependan no sean más de dos. Si los
beneficiarios que de ellos dependan son tres o más, serán considerados en el Grupo C. El
porcentaje de copago corresponde al 20%.
Sistemas previsionales privados
El subsector privado, de acuerdo a sus fines, se agrupa en la forma que a continuación se señala:
Las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE), creadas en el año 1981 (DFL Nº 3) tienen por
objetivo el otorgamiento de prestaciones y beneficios de salud a sus afiliados, ya sea mediante la
entrega de ellas en sus propias unidades de atención, o a través del financiamiento de las mismas
por pago a personas, clínicas, hospitales u otras instituciones pertenecientes a terceros. La afiliación
es voluntaria, mediante cuotas que son pactadas teniendo en vista diferentes planes y coberturas
que ofrecen las diversas instituciones.
La creación de las ISAPRE se funda en la dictación del DFL 3/1981, en la cual se establecieron las
normas para su funcionamiento. Estas instituciones parecieron como alternativa privada en el
otorgamiento de prestaciones y beneficios de salud, a FONASA.
La promulgación de la ley de salud (18.469/1986) que reestructuró las bases del sistema de salud,
estableció un sistema único de cotización obligatoria, que podía efectuarse en forma excluyente al
sistema previsional público o privado.
En 1990 se promulgó la ley 18.933 en que se estableció nuevas normas para el otorgamiento de
prestaciones de salud y se creó la Superintendencia de ISAPRE, organismo autónomo dependiente
del Ministerio de salud cuya función es fiscalizar a las ISAPRE y supervigilar el cumplimiento de los
contratos de salud.
En 1995 se introdujo modificaciones a la ley 8933, a través de la ley 19.831, destacando materias
relativas al uso del excedente de cotización y readecuación de los contratos.
El crecimiento de las ISAPRE, a contar de 1981, ha sido de un crecimiento sostenido. Mientras en
dicho año se registró seis ISAPRE, con 26.415 cotizantes y un total de 61.659 beneficiarios, en
septiembre de 1995 esta cantidad llegaba a 1.605.216 cotizantes y un total de 3.749.864
beneficiarios, cubiertos por un total de 34 ISAPRE, de las cuales 21 eran de tipo abierto (a todo tipo
de público) y 13 de tipo cerrado (con cobertura específica de determinados cotizantes).
LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE SALUD
En 1980 se dictó el DFL. Nº 1/3063, que permitió el traspaso de los establecimientos asistenciales de
nivel primario a la administración municipal. El proceso se realizó entre 1981 y 1988, quedando en
manos de la administración municipal la mayoría de los Consultorios Generales Urbanos y Rurales,
Postas Rurales de Salud y Estaciones Médico Rurales.
El proceso de administración municipal se enmarca en la concepción de la descentralización como
una de las estrategias para la reforma del sistema público de salud.
En los establecimientos bajo administración municipal se realizan actividades de nivel de primario de
atención, de complejidad asistencial más simple que en los otros niveles que cuentan con
especialidades médicas y el nivel de tecnología correspondiente a dichas especialidades.
Sin embargo, el nivel primario de atención también es provisto en el sector ambulatorio de hospitales
del SNSS, en los consultorios adosados a hospitales generales de tipo 3 y 4 y algunos hospitales de
tipo 2.
Objetivos de la administración municipal de salud:
- Descentralizar al máximo la ejecución de las acciones de salud; llevándolas al nivel comunal;
- Mejorar el control y fiscalización de establecimientos muy alejados de las jefaturas de las
direcciones de los servicios del SNSS;
- Adecuar los programas de salud a las necesidades sentidas de la población;
- Permitir la canalización de fondos municipales para la operación de los establecimientos y mejorar
su infraestructura;
- Hacer posible una mayor participación comunitaria en la base social; y
- Permitir una mejor integración multisectorial, en especial con los sectores más importantes como
son educación, vivienda, trabajo, saneamiento ambiental.
La gestión de administración municipal de salud.
Los establecimientos son administrados en base a convenios entre Servicios de Salud y
Municipalidades (Alcaldes) y deben cumplir con las normas, planes y programas que haya impartido
o imparta en la materia el Ministerio de Salud. La gestión municipal y la supervisión por parte del
Servicio de Salud se orientan por un manual de procedimientos técnico-administrativos, que incluyen
las condiciones del convenio, definición de beneficiarios, programas de salud en vigencia, definición
de actividades asistenciales de apoyo diagnóstico y aspectos administrativos del funcionamiento.
La Municipalidad se compromete a cumplir la normativa técnica y ministerial, con autonomía para la
gestión del recurso que administra, y someterse a la supervisión técnica de la autoridad de salud.
Cada Municipalidad se obliga a ejecutar las acciones de salud en atención ambulatoria destinadas al
fomento, prevención y recuperación de la salud y a la rehabilitación de las personas enfermas y
sobre el ambiente cuando corresponda. Igualmente se define las responsabilidades de los Servicios
de Salud.
Se otorgan las prestaciones de los programas de salud con la participación de profesionales y
personal auxiliar, técnico, de acuerdo a criterio técnico y normas vigentes al respecto.
Es obligación de cada Municipalidad la contratación del personal adecuado y necesario para dar
cumplimiento a las obligaciones asistenciales que contrae en virtud de los convenios.
Estos centros deben atender "integralmente” la patología simple y derivar a los establecimientos de
mayor complejidad del Servicio de Salud aquellos problemas médicos que excedan su nivel de
resolución. Asimismo, las partes se obligan a desarrollar y mantener un sistema de coordinación
expedito para la referencia, derivación y contrareferencia de los beneficiarios enviados por los
establecimientos municipales.
Financiamiento de la administración municipal
El financiamiento es uno de los aspectos más relevantes en la administración municipal.
Necesariamente implica la entrega de aportes financieros suficientes que permitan llevar a cabo las
tareas encomendadas. Sin embargo, el proceso involucra además la movilización de recursos
financieros desde las propias Municipalidades.
Inicialmente, la transferencia de aportes desde el Fondo Nacional de Salud (FONASA) a los
Municipios, se efectuó fundamentalmente a través de un sistema de facturación por atenciones
prestadas (FAPEM): cada acción, comprendida en un listado establecido entregada por el Municipio
a algún beneficiario, significaba un monto predefinido en un arancel. Luego – dado el fuerte
crecimiento de la oferta en salud que generó esta modalidad – los aportes ministeriales según
prestaciones efectuadas debieron ser limitados en un techo FAPEM de contención de costos.
Existen limitaciones en el financiamiento a la administración municipal, con diversas explicaciones y
orígenes, destacando la contención de costos, déficit operacionales absorbidos por las propias
municipalidades (con cargo a sus fondos generales, de ingresos propios o de las transferencias del
fondo común municipal) y dificultades para suplementar los déficit producidos. Ello redunda además
en una contracción de su oferta de servicios de salud a su población.
Financiamiento de la salud
El sistema global de salud se financia mediante múltiples fuentes, que canalizan los aportes directos
o indirectos de las personas.
Por su complejidad y heterogeneidad, no es posible estimar el financiamiento global de salud en su
totalidad. Sin embargo, se conocen y divulgan aquellas fuentes y gastos afectos a registros
gubernamentales y cuentas nacionales, que tienen gran implicancia en el presupuesto nacional.
Destacan las siguientes fuentes de financiamiento:
a).- Los impuestos, directos e indirectos, administrados por el gobierno.
b).- Los tributos municipales o comunales, administrados por las municipalidades.
c).- La cotización obligatoria desde los trabajadores a FONASA o ISAPRE (7% del salario), en virtud
del régimen de seguro de salud.
d).- El pago adicional que realizan algunas personas para su afiliación a algún plan de las ISAPRE
(costo adicional al 7% obligatorio), y el pago opcional de las personas que de manera independiente
se afilian a una ISAPRE.
e).- Donaciones y contribución de fondos a instituciones privadas de salud sin fines de lucro.
f).- El co-pago de bienes y servicios de salud por medio de bonos, según aranceles fijados, a
ISAPRE y FONASA, y el pago de préstamos de salud otorgados por FONASA.
g).- Gastos directos por pago de servicios asistenciales de la salud por las personas que no
pertenecen a sistemas previsionales o cuya previsión no cubre dichos servicios.
h).- Gasto directo en la compra de bienes, especialmente medicamentos.
i).- Otros gastos, como el pago de bienes y servicios del área de la medicina informal o tradicional.
j).- El aporte de las empresas al Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y
algunas donaciones de entidades externas.
Los ingresos del sector público de salud
Los ingresos del sector público de salud se estipulan en el presupuesto nacional y provienen
principalmente del aporte fiscal y transferencias de aportes previsionales de salud.
Los principales tipos de ingresos del sector público de salud son:
a).- El aporte fiscal, que en 1996 fue de 365.738 millones de pesos en 1996 (el presupuestado fue
342.312 millones de pesos para dicho año), lo que representó la principal fuente (49.6%) del ingreso
(gráfico 9.1).
b).- La transferencia de los aportes previsionales fue de 247.635 millones de pesos, alcanzando a un
tercio (un 33.6%) del total en 1996.
c).- Los ingresos de operación constituyeron el 6.7 por ciento del total de los ingresos.
d).- Otros ingresos constituidos mayormente por otras transferencias de fondos al Sector, que
representan 6.8% de los ingresos, están influidos por el endeudamiento introducido para financiar las
inversiones.
En 1995, los ingresos del SNSS correspondieron casi totalmente a dos tipos: en 89.4% a
transferencias, especialmente aquellas aportada por el Ministerio a los Servicios de Salud, mientras
que 7.5% se obtuvo de ingresos de operación, y el 0.73% obedeció a otros ítems como venta de
activos y otros ingresos menores.
El gasto público en salud
El financiamiento global de la salud es gastado por diversos entes ejecutores y a través de varios
mecanismos, principalmente en sus componentes de gasto público y gasto privado.
El gasto público en salud se considera inserto en el llamado gasto social, efectuado por el gobierno,
de los fondos fiscales asignados en el presupuesto nacional a los llamados sectores sociales:
educación, salud, vivienda, bienestar social, seguridad social y desarrollo regional.
El gasto público es realizado por el sector público y puede descomponerse como sigue:
a).- El gasto fiscal, del Gobierno Central, financiado con fondos del presupuesto nacional, asignados
al Sector Salud, cuyo ejecutor es el Ministerio de Salud.
b).- El gasto que realizan otros sectores e instituciones del Estado (como los Ministerios de
Educación, Interior, Defensa), de fondos fiscales, para gasto específico de acciones de salud.
c).- El gasto en actividades de salud ejecutado por las municipalidades, de fondos provenientes de
sus ingresos tributarios y de otras fuentes propias.
d).- El gasto realizado por las instituciones públicas, de fondos provenientes del aporte privado y que
por ley deben ser administrados por el sector público:
- los aportes previsionales recaudados por FONASA
- el pago directo de servicios otorgados por las unidades de atención del - - sector público
- las donaciones y otros.
Componentes y evolución del gasto público en salud.
Destacan los siguientes ítems del gasto público en salud:
En 1997, las remuneraciones constituyen el 38.0% del gasto público, los bienes y servicios de
consumo significan un 27.0%, las transferencias previsionales alcanzaron a un 15.0%, mientras que
las transferencias corrientes son de un 10.0%, destacando el gasto del Programa Nacional de
Alimentación Complementaria (PNAC)
El gasto en inversión real constituyó el 7.32% del gasto sectorial en salud, monto destinado a las
inversiones físicas, en combinación con proyectos financiados mediante préstamos de agencias
externas.
El gasto del S.N.S.S.
En 1996, casi la mitad del gasto se destinó a remuneraciones (38.8%), el 25.8% correspondió a
bienes y servicios de consumo mientras que la inversión real representó7.3% del gasto SNSS.
El gasto privado en salud.
El gasto privado está constituido por los siguientes componentes:
a) Gastos realizados por las ISAPRE de fondos aportados por las personas, directamente o a través
de las empresas.
b) Gasto realizados por instituciones no gubernamentales sin fines de lucro, de fondos provenientes
de donaciones, colectas públicas y otros medios.
c) El gasto personal privado puede tomar las modalidades siguientes:
c1. El gasto directo (sin aporte previsional) por servicios asistenciales.
c2. El gasto de las personas cubiertas por algún sistema previsional, por pago de préstamos
concedidos y como co-pago o pago del costo "deducible", efectuado mediante la compra de bonos,
que está destinado a cubrir la diferencia entre el costo del servicio recibido y el arancel fijado por el
plan al que ellas están afiliadas (FONASA o ISAPRE).
c3. El gasto efectuado por las personas para la adquisición de bienes, entre los cuales destacan los
medicamentos.
Los préstamos médicos otorgados por FONASA en 1995, llegaron a la suma de 4.970 millones, de
los cuales se recuperó la suma de 724 millones de pesos.
Durante 1996, el mercado de ISAPRE abierta recaudó cotizaciones por 483 millones de pesos, las
que se distribuyeron como sigue: 62.1% en Prestaciones, incluyendo la partida a otros costos
menores de explotación; 15.9% en Subsidios por Incapacidad Laboral; 18.8% en Gastos de
Administración y Venta y 3.2% en Utilidades Operacionales.
El número de cotizantes fue de 1.664 millones en 1996 lo que representa una cotización por
cotizante de 290.3 mil pesos anuales. El número de beneficiarios fue de 3.763 millones lo que
representa una cotización por beneficiario de 128.4 mill pesos anuales.
Las utilidades registradas por el Sistema ISAPRE abierta en 1996 bordearon los 20 mil millones de
pesos.
El número de beneficiarios de FONASA (proyección para 1996) fue de 8.637 millones lo que significó
una cotización de 22.4 mil pesos anuales por beneficiario.
CUADROS ANEXOS
CONCLUSION:
En general el sistema de salud chileno, está compuesto por una serie de instituciones públicas y
privadas que tratan y compiten entre sí, para ser las mejores prestadoras de salud y poder demostrar
al resto de América latina que nuestro sistema es uno de los mejores y que gracias a los sacrificios
de los diferentes gobiernos que han pasado en estos últimos 20 años, se ha logrado en gran parte,
satisfacer las necesidades de una población que a diario aumenta sus demandas, ya asean en
infraestructura como en calidad de la atención.
Nosotros que estamos insertos en este mundo, debemos cada día contribuir a mejorar este sistema,
que día a día se forja con los sacrificios de Médicos, Enfermeras, Kinesiólogos, Tecnólogos,
Técnicos en Enfermería, etc. que cada día luchan por poder formarse en este campo, actualizándose
para poder entregar una atención de calidad y profesional.
En este informe aprendimos cual es nuestro punto en la evolución del sistema de salud y que cada
día debemos dar lo mejor ya sea en el ámbito Privado como en el Publico, que es donde se
concentra la gran población chilena y la que tiene mayor demanda en atención de salud. Siempre
debemos estar con una sonrisa, y disponibilidad, un T.E.N.S. siempre debe atender con empatía y
por los demás; ya que esta es una de las enseñanzas de la base de la Enfermería en el mundo.
REFERENCIAS:
Ministerio de Salud: http://web.minsal.cl/
Colegio Médico de Chile. http://www.colegiomedico.cl/
Slideschare, http://es.slideshare.net/
Fundación el Sol. http://www.fundacionsol.cl/

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Sistema de salud chileno, TENS ESPECIAL, IPP 2014

  • 1. SISTEMA DE SALUD CHILENO ELABORADORES: ALEJANDRA VENEGAS SANDOVAL MARIA JOSE CANCINO ROBERT NÚÑEZ INOSTROZA MARIA MAGDALENA SEPULVEDA YANIRA FLORES ABURTO INELDA ALARCON
  • 2. INTRODUCCIÓN Las problemas de salud en chile hoy son sustancialmente distintos a los de hace 30 años, en lo que prevalecían las enfermedades infecciosas y los problemas materno-infantiles. La esperanza de vida al nacer ha aumentado de 58 años en el periodo de 1960-65 a 75 1995-2000; es decir las personas viven en promedio, 17 años más en el año 2000 en comparación con 1965. A esto se suman grandes cambios en otros ámbitos, como son el desarrollo tecnológico, la globalización de las comunicaciones y el comercio, cambios ambientales, acceso del hombre a todos los puntos del planeta, modificando los ecosistemas y tomando contacto con patógenos para el desconocidos. Ello ha producido cambios sustanciales en los estilos de vida. Todo esto implica una situación epidemiológica distinta que se caracteriza por el envejecimiento poblacional y un predominio de las enfermedades no transmisibles, tales como las cardiovasculares y el cáncer. Enfrentar esta situación requiere de un enfoque multisectorial, lo que representa un desafío más allá del sector salud, en que participen sectores como educación, trabajo, vivienda, obras públicas, transporte, hacienda y otros actores sociales. Por ello en la presente investigación que se refiere al tema del Sistema de Salud Chileno, comprenderemos su función, su acción en el ámbito social, a nivel nacional y su evolución a lo largo de estos años, el que tiene por objetivo ayudarnos a comprender mejor el sistemas en que a diario nos vemos insertos ya sea tanto en el sector público como privado.
  • 3. DESARROLLO CRONOLOGICO Desde tiempos de la Colonia, son muchos los hitos que han marcado al sector salud. A continuación un resumen de fechas e hitos importantes de la salud chilena:  En 1552 se funda el primer hospital, en el territorio que luego conformaría la República de Chile.  En 1805 se inicia vacunación a nivel nacional.  En 1808 se realiza la primera campaña de difusión a nivel nacional del proceso de inmunización, por parte de la Junta Central de Vacunas.  En 1832 se crea la Junta de Directores de Hospital y Casas de Expósitos.  En 1842 se crea la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile y comienza el desarrollo propiamente tal de la medicina en Chile, a través del estudio de las enfermedades endémicas existentes y el mejoramiento de la higiene pública y doméstica.  En 1886 se crea mediante Reglamento Orgánico- la Junta de Beneficencia, con el objetivo de dar unidad administrativa a los establecimientos sanitarios.  En 1887 se crea la Junta General de Salubridad para asesorar al gobierno en materias de Salud Pública.  En 1891 se hace responsable de la higiene pública y estado sanitario de la comuna a las municipalidades.  En 1892 se renombra la junta como Consejo de Higiene Pública y mantiene su objetivo de asesorar al gobierno en materias de Salud Pública.  En 1917 se crea el Consejo Superior de Beneficencia, cuyo objetivo es dar unidad técnica a todos los hospitales del país.  En 1918 se publica el primer Código Sanitario donde aparece la figura de una autoridad unipersonal con facultades ejecutivas. Establece la Dirección General de Sanidad y la creación de organismos sanitarios en cada zona de salubridad.  En 1924 se crea el Ministerio de Higiene, Asistencia y Previsión Social. Se organiza la Caja de Seguro Obrero para cubrir los riesgos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.  En 1925 surge la Junta Central de Beneficencia, entidad autónoma con recursos técnicos y financieros.  En 1937 comienza la distribución gratuita de leche a los menores de dos años.  En 1938 la Ley 6.174 establece los principios de la medicina preventiva, al plantear la realización de exámenes sistemáticos de salud a los trabajadores.  En 1942 aparece la Dirección General de Protección a la Infancia y Adolescencia (Protinfa) como resultado de la fusión del Departamento Central de la Madre y el Niño; con el Departamento de Sanidad Escolar. También se crea el Servicio Médico Nacional de Empleados (Sermena) cuando se fusionan los departamentos de salud del conjunto de Cajas de Previsión de Empleados Públicos y Privados. Su objetivo es prestar acciones de prevención.  En 1952 se promulga la Ley 10.383 que establece el Sistema Nacional de Salud (SNS), organismo encargado de la protección de la salud para toda la población y del fomento y recuperación de la salud de los obreros, esposa e hijos hasta los 15 años. Para su creación se fusionaron la Dirección General de Beneficencia y Asistencia Social; el Servicio Médico de la Caja de Seguro Obrero, el Servicio Nacional de Salubridad, la Dirección General de Protección a la Infancia y a la Adolescencia; la sección técnica de Higiene y Seguridad Industrial de la Dirección General del Trabajo; los servicios médicos y sanitarios de las municipalidades; y el Instituto Bacteriológico de Chile.
  • 4.  En 1958 se crean las Mutuales de Seguridad para la protección de trabajadores contra riesgos y consecuencias de accidentes del trabajo.  En 1968 la Ley 16.744 de Accidentes y Enfermedades Profesionales consolida a las Mutuales de Seguridad, ya que las faculta para captar fondos, además de que les permite organizar y administrar un mecanismo de atención integral en accidentes del trabajo.  En 1979 se fusionan el SNS y Sermena, con lo cual se reorganiza el Ministerio de Salud. Se crean los Servicios de Salud, el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), la Central Nacional de Abastecimiento (Cenabast) y el Instituto de Salud Pública (ISP). La nueva institucionalidad permite el acceso a beneficios a sistema de libre elección.  En 1980 una serie de decretos con fuerza de ley concretan el proceso de municipalización del sector primario y crean los Consultorios de Atención Primaria, dependientes de las municipalidades. Se reforma el sistema previsional de pensiones y salud. Comienza la cotización obligatoria del 4% de las remuneraciones para salud.  En 1981 se crean las Instituciones de Salud Previsional (Isapres), entidades privadas con sistemas de libre elección que otorga prestaciones y beneficios de salud a sus afiliados.  En 1985 las leyes 18.418 y 18.469 crean el Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios. Se reorganiza el sector público en modalidades de atención institucional y libre elección. Se elimina la diferencia entre régimen de salud y calidad previsional. Establece el aporte financiero según capacidad económica y el acceso libre e igualitario a acciones de salud.  En 1986 la Ley 18.566 permite un 2% de cotización adicional que se puede descontar de impuesto.  En 1987 la Ley 18.675 aumenta las bases imponibles para el cálculo de cotización previsional para el sector público.  En 1988 se fija la cotización del 7% para pensionados del régimen antiguo.  En 1990 la Ley 18.933 crea la Superintendencia de Isapres y modifica la legislación de dichas instituciones.  En 2000 el gobierno del Presidente Ricardo Lagos se fija como meta realizar una profunda y modernizadora reforma del sector Salud.  En 2002 se envían al Congreso Nacional los cinco proyectos de ley que en su conjunto conforman la Reforma de Salud.  En 2005 entra en vigencia la nueva Ley de Autoridad Sanitaria y la Ley de Garantías Explícitas en Salud (AUGE), pilares fundamentales del nuevo sistema de Salud chileno
  • 5. DESARROLLO HISTÓRICO DEL SISTEMA. El sistema de salud - en su aspecto formal - comenzó su desarrollo a mediados de siglo XVI, como parte de las medidas de salubridad e iniciativas de atención caritativa-hospitalaria de enfermos y menesterosos. En complemento, la dimensión informal o comunitaria del sistema de salud es la medicina o atención de salud tradicional. Está estrechamente ligada a la historia y cultura de los pueblos, y su existencia no sólo es previa al desarrollo formal del sistema de salud, sino que mantiene una vigencia actual complementaria. El desarrollo del sistema de salud ha sido paulatino, cotidiano y multidimensional. Sin embargo, para efectos de una descripción sintética, es posible identificar cinco períodos históricos en el desarrollo del sistema (formal) de salud, aunque hay sobreposición de elementos entre ellos: a).- Período de servicios locales de salud, 1552 – 1917 Entre 1552 y 1886 se desarrollaron hospitales y servicios sanitarios de responsabilidad de autoridades locales. Desde el siglo XVI y hasta el siglo pasado, la atención y organización formal de salud se fue estructurando en forma paulatina, a través de varias instituciones públicas y privadas, en general de carácter filantrópico o de beneficencia. En 1886 se promulgó el Reglamento Orgánico de la Junta de Beneficencia, que permite ordenar las organizaciones locales y los hospitales generales existentes. El año siguiente se creó la Junta Nacional de Salubridad, cuya misión era asesorar al gobierno en materias de salubridad y organizar nacionalmente los desarrollos locales. En 1892 estas funciones fueron asumidas por el Consejo de Higiene Pública. b).- Período de maduración del desarrollo social y del sistema de salud, 1917 – 1952 Chile cuenta con una reconocida larga historia de seguridad social con subsidios focalizados en los pobres y deprivados de empleo y condiciones sociales. En el transcurso del siglo XX emergieron importantes y pioneras medidas tendientes al desarrollo y seguridad social, incluyendo aspectos de salud. En 1917 se realizó un congreso nacional de todas las sociedades de beneficencia e instituciones previsionales y sectoriales que dieron mayor organización y estructuración al sistema previsional y asistencial de salud. En 1924 se creó el Ministerio de Higiene, Asistencia y Previsión Social y se estableció el Seguro Obrero Obligatorio (ley 4.054). La Caja de Seguro Obrero fue destinada a cubrir los riesgos de enfermedad invalidez, vejez y muerte. Posteriormente surgieron varias leyes sobre el trabajo. En 1938 se dictó la Ley de Medicina Preventiva, pionera en su género a nivel internacional. En 1942 se creó el Servicio Médico Nacional de Empleados (SERMENA), que cubría al sector de empleados públicos y particulares. El Colegio Médico de Chile se constituyó por Ley en el año 1948, destacando por su gravitación histórica en la formulación de las políticas de salud. c).- Período del Servicio Nacional de Salud y predominio de planificación central 1952 - 1973.
  • 6. El Servicio Nacional de Salud (SNS) fue creado en 1952, unificando a diversos organismos públicos que prestaban servicios de salud, alcanzado una importante cobertura del sectorasistencial del país. Sus prestaciones cubrían principalmente al sector obrero e indigentes. Con menor cobertura se encontraban entidades previsionales y asistenciales en universidades, algunas empresas públicas, fuerzas armadas y policiales. El sector asistencial privado tenía una heterogénea y diseminada situación de desarrollo. Desde 1964 se iniciaron reformas sociales que en salud destacaron por inversiones en centros asistenciales, formación y enrolamiento de personal y extensión de cobertura geográfica. El SNS se transformó en una empresa con 120.000 funcionarios, cuya red asistencial alcanzó una importante cobertura geográfica y poblacional. En este período, la gestión política, económica y organizacional aplicada al sector salud tuvo una orientación predominante de planificación central. Durante este período, la medicina estuvo estrechamente ligada al desarrollo social del país, incluyendo aspectos de liderazgo social y político. Al final del período, se encontraban médicos en la Presidencia de la República, el parlamento, municipalidades y otras relevantes entidades públicas. d).- Período del Gobierno Militar y reformas neoliberales, 1973 – 1990 Las reformas del sistema global de salud, ocurridas en este lapso, reflejaron las políticas generales económicas y sociales del gobierno militar, destacando las reformas neoliberales que cambiaron el rol y la importancia del Estado y promovieron al sector privado. Entre 1973 y 1980 hubo una disminución significativa del gasto social y del financiamiento al SNS, conservándose la misma modalidad de organización y funcionamiento previos, pero bajo régimen autoritario. A partir de 1979 se reestructuró el sector estatal de salud. Se reorganizó al Ministerio de Salud y sus instituciones relacionadas y se creó el Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS) que rige actualmente (DL 2.763/1979) La creación del régimen de prestaciones de salud mediante la denominada ley de salud, (ley 15.469, año 1985), fijó las características del modelo de financiamiento, previsión y atención de salud vigentes, destacando la libertad de optar por alternativas públicas o privadas en la previsión y atención de salud y contribución proporcional al ingreso en el sistema público. Entre 1981 y 1986 se adoptaron iniciativas legales para la creación de las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE) y se concretó el traspaso de la administración de la mayoría de establecimientos de nivel primario a las municipalidades. e).- Período de gobiernos de la Concertación, 1990 en adelante. Desde 1990, los gobiernos de la Concertación han asumido una responsabilidad gubernamental que en los primeros seis años ha consistido principalmente en la administración del sistema de salud heredado, se ha realizado un notorio incremento de inversiones apoyadas en préstamos internacionales y se han estudiado las propuestas de adecuación y reforma del sector. Las orientaciones de las reformas propuestas se basan en aspectos relevantes como:
  • 7. - las políticas y planes nacionales, tanto económicas como sociales, - la búsqueda de mejorar la gestión del sector público e incrementar el proceso de descentralización. - la búsqueda de resolver la crisis del sector público de salud, y buscar un balance público privado en este sector mixto. - la adaptación del sistema a las necesidades de salud de la población, y al resguardo de sus intereses de los diferentes grupos de la población al acceso al sistema. El actual gobierno de la Concertación, sintetiza sus prioridades de acción en los criterios de equidad, participación y solidaridad. En general, el sistema global de salud vigente mantiene básicamente las mismas características del modelo, financiamiento, organización y funcionamiento del modo en que fueron estructurados en el período militar precedente, especialmente en lo que se refiere a: - lo estipulado al régimen de prestaciones (ley de salud), - la configuración legal-normativa del SNSS, - el financiamiento fiscal al sistema público - el modo de administración municipal, - la legislación de ISAPRE. - la aplicación del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Algunos cambios parciales se han procurado con modificaciones a la Ley ISAPRE (1990) y el Estatuto de la Atención Primaria (1995). En 1993, el Colegio Médico convocó a la comunidad nacional y sus principales actores, a un debate nacional en torno a un Proyecto de Salud para Chile. Distintas comisiones analizaron once propuestas principales. En esa etapa se consideró que el debate recién comenzaba, pero su consecución aún no se ha concretado suficientemente y el desafío aún está pendiente. ORGANIZACION DEL SISTEMA DE SALUD El sistema de salud - sector del quehacer nacional - está compuesto por todas las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que realicen o contribuyan a la ejecución de las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma. En sus aspectos generales, los componentes o subsistemas del sistema global de salud pueden ser identificados en base a cuatro tipos de criterios: - grado de formalidad de la organización: formal e informal o tradicional.
  • 8. - rol institucional en el sistema: previsional-financiero, proovedor de servicios asistenciales o mixto. - rol institucional en el sistema: previsional-financiero, proveedor de servicios asistenciales. - fines de lucro: con y sin fines de lucro. Por lo tanto, el sector está integrado por instituciones, organismos y entidades pertenecientes al sector público y el sector privado, constituyendo un sistema de salud mixto. El subsector público representado principalmente por FONASA en su aspecto financiero y por SNSS en su componente de prestación de servicios. Por otra parte, el subsector privado principalmente representado por las ISAPRE y mutuales en su aspecto financiero previsional y los profesionales y centros asistenciales privados en su componente de prestación de servicios. Ministerio de Salud Es la “Autoridad Sanitaria Nacional”, con funciones referidas a la formulación, fijación y control de las políticas de salud, estableciendo normas, evaluando y controlando la organización de la atención de salud de toda la población. Dentro de sus responsabilidades están: 1) Ejercer la rectoría del sector salud, a través de la formulación, control y evaluación de planes y programas generales en materia de salud, la definición de objetivos sanitarios nacionales, la coordinación sectorial e intersectorial para el logro de los objetivos sanitarios, la coordinación y cooperación internacional en salud, la dirección y orientación de todas las actividades del Estado relacionadas a la provisión de acciones de salud, de acuerdo con las políticas fijadas. 2) Dictar normas generales sobre materias técnicas, administrativas y financieras a las que deberán ceñirse los organismos y entidades del Sistema, para ejecutar actividades de prevención, promoción, fomento, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de las personas enfermas. 3) Velar por el debido cumplimiento de las normas en materia de salud, a través de las SEREMI de Salud, sin perjuicio de la competencia que la Ley asigne a otros organismos. 4) Efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de salud de la población.
  • 9. 5) Tratar datos con fines estadísticos y mantener registros o bancos de datos respecto de las materias de su competencia. 6) Formular el presupuesto sectorial. 7) Formular, evaluar y actualizar el Sistema de Acceso Universal con Garantías Explícitas. 8) Formular, evaluar y actualizar los lineamientos estratégicos del sector salud o Plan Nacional de Salud, conformado por los objetivos sanitarios, prioridades nacionales y necesidades de las personas. Para el cumplimiento de esta función el Minsal puede convocar la formación de Consejos Consultivos. 9) Fijar las políticas y normas de inversión en infraestructura y equipamiento de los establecimientos públicos que integran las redes asistenciales. 10) Velar por la efectiva coordinación de las redes asistenciales, en todos sus niveles. 11) Establecer los estándares mínimos que deberán cumplir los prestadores institucionales de salud, tales como hospitales, clínicas, consultorios y centros médicos, con el objetivo de garantizar que las prestaciones alcancen la calidad requerida para la seguridad de los usuarios. 12) Establecer un sistema de acreditación para los prestadores institucionales autorizados para funcionar. 13) Establecer un sistema de certificación de especialidades y subespecialidades de los prestadores individuales de salud legalmente habilitados para ejercer sus respectivas profesiones, esto es, de las personas naturales que otorgan prestaciones de salud. 14) Establecer, mediante resolución, protocolos de atención en salud. Para estos efectos, se entiende por protocolos de atención en salud las instrucciones sobre manejo operativo de problemas de salud determinados. Estos serán de carácter referencial y sólo serán obligatorios, para el sector público y privado, en caso de que exista una causa sanitaria que lo amerite, lo que deberá constar en una resolución del Minsal. 15) Implementar, conforme a la Ley, sistemas alternativos de solución de controversias sobre responsabilidad civil de prestadores individuales e institucionales, públicos o privados, originada en el otorgamiento de acciones de salud, sin perjuicio de las acciones jurisdiccionales correspondientes. 16) Formular políticas que permitan incorporar un enfoque de salud intercultural en los programas de salud en aquellas comunas con alta concentración indígena. 17) Las demás que le confieren las leyes y reglamentos. Para lograr ejecutar todas estas tareas, el Minsal cuenta con la Subsecretaría de Salud Pública y la Subsecretaría de Redes Asistenciales, las que dependen directamente del Ministerio. Subsecretaría de Redes Asistenciales Su función es regular y velar por el funcionamiento y desarrollo de la red asistencial del sistema, para la integración integral de las personas y la regulación de la prestación de acciones de salud, tales como las normas destinadas a definir los niveles de complejidad asistencial necesarios para distintos tipos de prestaciones y los estándares de calidad que serán exigibles. Para alcanzar estos objetivos desarrollará políticas, normas, planes y programas, velará por su cumplimiento y coordinará su
  • 10. ejecución por los servicios de salud, los establecimientos de salud de carácter experimental, la Central de Abastecimiento (Cenabast) del SNSS y los demás organismos que integran el Sistema. Dentro de sus funciones destacan: 1) Mejorar el modelo de gestión en red en los servicios de salud, con énfasis en la estandarización del proceso de diseño y rediseño de redes, a través de herramientas normativas para las redes de alta complejidad, garantías explícitas en salud y régimen GES, con el fin de aumentar la eficiencia, eficacia y efectividad en la resolución de los problemas de salud. 2) Mejorar las condiciones que permitan el funcionamiento del Sistema GES en la red del servicio público, mediante la gestión de las brechas operacionales necesarias para generar la oferta requerida por la demanda de prestaciones derivada de problemas de salud garantizados. 3) Posicionar a la atención primaria de salud como estrategia del sistema público, mediante el refuerzo de su resolutividad y de la integralidad de la atención en base al modelo con enfoque de salud familiar y comunitaria, para dar una respuesta más efectiva a la población bajo control y contribuir a la eficiencia en el funcionamiento de los diferentes niveles de complejidad de la red asistencial en salud y mejorar la calidad de vida de la población. 4) Mejorar la disponibilidad, distribución y competencias del personal sanitario a lo largo de la red asistencial en los diferentes niveles de complejidad, mediante el fortalecimiento de la formación de médicos especialistas y el incremento de cargos asistenciales en los establecimientos, que permitan avanzar en la calidad y equidad del acceso a la salud de la población. 5) Mejorar la gestión y el uso de los recursos públicos asignados a las instituciones del SNSS, a través del fortalecimiento de uso de sistemas de gestión de costos y control de producción, con el fin de tender a la sostenibilidad financiera del sistema. 6) Potenciar la gestión intersectorial e interinstitucional para acelerar la gestión derivada de las políticas ministeriales en los ámbitos de reposición de activos, renovación tecnológica, sistemas de información, expansión y reconversión de la infraestructura, tanto de la red asistencial como de la autoridad sanitaria, focalizada en la recuperación de la infraestructura clínica deteriorada y derrumbada, para generar las condiciones que permitan recuperar el nivel de funcionamiento de la red asistencial, mediante la búsqueda de acuerdos que resguarden plazos oportunos para tramitación de decretos y toma de razón. 7) Reforzar la red de urgencia a través de la inversión en traslado pre-hospitalario y el aumento de la dotación de equipos clínicos de priorización de urgencia y atención médica directa, para mejorar la oportunidad de atención de los pacientes. La Subsecretaría coordinará la ejecución de las tareas necesarias para alcanzar estos objetivos con los servicios de salud (incluyendo establecimientos de salud de carácter experimental) y con toda la red asistencial. Asimismo, la Cenabast debe abastecer de fármacos e insumos clínicos a todos los establecimientos del sistema de salud, a los establecimientos municipales de salud y a otros adscritos al sector público, como los hospitales de las fuerzas armadas o universidades, mediante el liderazgo de información, tecnología y conocimiento, garantizando la disponibilidad oportuna de los productos requeridos. Subsecretaría de Salud Pública La Subsecretaría de Salud Pública es la autoridad sanitaria encargada de la promoción de la salud, la vigilancia, prevención y control de enfermedades que afecten a poblaciones o grupos de personas. Para ello, deberá coordinar las acciones de Fonasa y el Instituto de Salud Pública (ISP), e impartirles instrucciones. Las principales funciones de la Subsecretaría de Salud Pública son: 1) Desarrollar políticas públicas que fomenten estilos y hábitos de vida saludables, a través del fortalecimiento de los programas de prevención y promoción a nivel nacional y regional, para
  • 11. fomentar en la población competencias de autocuidado y protección de estilos de vida y entornos saludables, y mejorar la capacidad de detección temprana de enfermedades que puedan ocasionar discapacidades. 2) Proteger la salud de las personas frente a riesgos sanitarios, a través del diagnóstico y mapeo de riesgos, el fortalecimiento de la capacidad nacional y local de emergencia, fiscalización efectiva y eficiente y definición de planes de acción, tomando medidas adecuadas en los casos ya identificados, para prevenir y mitigar los efectos en la salud de las personas y estar preparados para enfrentar situaciones de emergencias y catástrofes. 3) Fortalecer las actuales Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), a través de mejoras en su gestión y la penalización efectiva del mal uso de las licencias, para hacerlas más eficientes y mejorar el acceso oportuno y adecuado a este derecho. 4) Optimizar el funcionamiento de la Subsecretaría de Salud Pública y las SEREMI, a través del diseño e implementación de modelos de gestión modernos y basados en evidencia, generación de sistemas de información confiables y efectivos, y el desarrollo y estandarización de las capacidades y procesos críticos, para orientar el desarrollo de políticas ministeriales y decisiones de gestión, y agregar valor a los usuarios y usuarias finales, maximizando el impacto y la eficacia de los procesos. 5) Optimizar la implementación del régimen GES, a través de la definición de garantías, elaboración técnica de guías clínicas, protocolos y canastas de prestaciones asociadas al GES, para lograr acciones efectivas de prevención del daño en salud y favorecer el ejercicio de los derechos y garantías estipulados. 6) Fortalecer las políticas de salud pública orientadas a la reducción de inequidades de los grupos en situación de riesgo, mediante la efectiva ejecución de acciones y programas focalizados, para mejorar la calidad de vida de adultos mayores, mujeres, y niños en situación de riesgo. La presencia regional de la Subsecretaría reside en las SEREMI que son las encargadas de ejercer la autoridad sanitaria en regiones. ROL FISCALIZADOR Instituto de Salud Pública El Instituto de Salud Pública (ISP) tiene como funciones principales la fiscalización, regulación, vigilancia sanitaria y divulgación de materias de salud pública, principalmente en materia de laboratorios y medicamentos, garantizando la calidad de bienes y servicios y contribuyendo al mejoramiento de la salud de la población. Así, el ISP realiza labores en diversas áreas de la salud, como evaluación de calidad de laboratorios, vigilancia de enfermedades, control y fiscalización de medicamentos, cosméticos y dispositivos de uso médico, salud ambiental, salud ocupacional, producción y control de calidad de vacunas, entre otros. Superintendencia de Salud La Superintendencia de Salud es un organismo público, sucesor legal de la Superintendencia de Isapres, que inicia sus operaciones el 1 de enero de 2005, conforme lo establece la Ley N° 19.937 de 2004. La Superintendencia juega un rol fiscalizador dentro del sistema de salud, velando por el cumplimiento de la normativa vigente por parte de Fonasa y las isapres, en lo que respecta al cumplimiento del régimen GES según la modalidad institucional o de libre atención, así como también fiscalizando a los prestadores públicos y privados en cuanto a su acreditación y certificación. Sus principales tareas se centran en: 1) Supervigilar y controlar a las Isapres y velar por el cumplimiento de las obligaciones que les imponga la ley como régimen GES, los contratos de salud, las leyes y los reglamentos que las rigen.
  • 12. 2) Supervigilar y controlar al Fonasa en todas aquellas materias que digan estricta relación con los derechos que tiene sus beneficiarios en las modalidades de atención institucional, de libre elección y lo que la ley establezca en el régimen GES. 3) Fiscalizar a todos los prestadores de salud públicos y privados, sean éstos personas naturales o jurídicas, respecto de su acreditación y certificación, así como la mantención de los estándares establecidos en la acreditación. Sus principales tareas se centran en: 1) Supervigilar y controlar a las Isapres y velar por el cumplimiento de las obligaciones que les imponga la ley como régimen GES, los contratos de salud, las leyes y los reglamentos que las rigen. 2) Supervigilar y controlar al Fonasa en todas aquellas materias que digan estricta relación con los derechos que tiene sus beneficiarios en las modalidades de atención institucional, de libre elección y lo que la ley establezca en el régimen GES. 3) Fiscalizar a todos los prestadores de salud públicos y privados, sean éstos personas naturales o jurídicas, respecto de su acreditación y certificación, así como la mantención de los estándares establecidos en la acreditación. Secretaría Regional Ministerial Las SEREMI son encargadas de ejercer las funciones de la Subsecretaría de Salud Pública a nivel regional. Por lo tanto, realizan tareas de regulación y fiscalización sanitaria en los servicios de salud y la red asistencial. El Subsecretario de Redes Asistenciales será el superior jerárquico de las SEREMI, en las materias de su competencia, y de las divisiones, departamentos, secciones, oficinas, unidades y personal que corresponda. En cada SEREMI hay un Consejo Asesor de carácter consultivo, el que entregará asesoría respecto de las materias que le permita la ley y las que el Secretario Regional Ministerial le someta a consideración. Las principales tareas de las SEREMI son: 1) Velar por el cumplimiento de las normas, planes, programas y políticas nacionales de salud fijados por la autoridad. Asimismo, adecuar los planes y programas a la realidad de la respectiva región, dentro del marco fijado para ello por las autoridades nacionales. 2) Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del código sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia. 3) Adoptar las medidas sanitarias que correspondan según su competencia, otorgar autorizaciones sanitarias y elaborar informes en materias sanitarias. Las normas, estándares e instrumentos utilizados en la labor de fiscalización, serán homogéneos para los establecimientos públicos y privados. 4) Velar por la debida ejecución de las acciones de salud pública por parte de las entidades que integran la red asistencial de cada servicio de salud y, en su caso, ejecutarlas directamente, o mediante la celebración de convenios con las personas o entidades que correspondan. En el ejercicio de estas funciones, coordinará aquellas acciones de promoción y prevención cuya ejecución recaiga en los servicios de salud. 5) Mantener actualizado el diagnóstico epidemiológico regional y realizar la vigilancia permanente del impacto de las estrategias y acciones implementadas. 6) Colaborar, a solicitud de cualquier organismo público del sector salud, en la implementación de procedimientos de recepción de reclamos. Los procedimientos a que se refiere este numeral deberán ser concordados con los mencionados organismos, conforme lo determine el reglamento.
  • 13. 7) Cumplir las acciones de fiscalización y acreditación que señalen la ley y los reglamentos y aquellas que le sean encomendadas por otros organismos públicos del sector salud mediante convenio. 8) Evaluar el nivel de cumplimiento de las metas fijadas a las entidades administradoras de salud municipal y sus establecimientos, conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°19.813. 9) Organizar, bajo su dependencia y apoyar el funcionamiento de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. Subsector público A.- Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS) Organización institucional La organización del SNSS se basa en el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud (DS de 1980). Está compuesto por el Ministerio de Salud y sus organismos dependientes: los Servicios de Salud, el Fondo Nacional de Salud, el Instituto de Salud Pública y la Central de Abastecimiento. Además, participan del Sistema todas aquellas instituciones que realizan convenios, destacando los municipios y servicios delegados. Al Ministerio de Salud le corresponde ejercer la función que le compete al Estado de velar por el desarrollo de la salud nacional y de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de fomento, protección, recuperación de la salud y de rehabilitación de los enfermos. Fundamentalmente, están a su cargo el dictado de normas, la formulación de planes y programas, la supervisión, evaluación y control del cumplimiento de las políticas y planes de salud, y de la coordinación de las actividades que tienen incidencia sobre el estado de salud, tanto de los organismos de su propio sistema, como con otras instituciones del sector y con otros sectores. A nivel de cada Región el Ministerio está representado por las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, responsables de ejercer las mismas funciones que el Ministerio en el ámbito de la Región. Los Servicios de Salud son los responsables de ejecutar las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabilitación de los enfermos y de hacer cumplir las disposiciones del Código Sanitario en las materias que les compete. Son organismos estatales funcionalmente descentralizados, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio para la realización de las referidas acciones. Son 26 Servicios con asignación geográfica definida más el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente. Están estructurados internamente en una Dirección de Servicio a la que le corresponde la supervisión, coordinación y control de todos los establecimientos y dependencias. La red asistencial de los Servicios está constituida por Hospitales, Consultorios Generales Urbanos y Rurales, Postas Rurales de Salud y Estaciones Médico Rurales.
  • 14. B.- Fondo Nacional de Salud (FONASA) El Fondo Nacional de Salud (FONASA) es el continuador legal del Servicio Médico Nacional de Empleados (SERMENA) y el ente financiero encargado de recaudar, administrar y distribuir los dineros estatales destinados a salud, en conformidad con las políticas, planes y normas que para esos efectos determina el Ministerio. Las funciones principales de FONASA están orientadas a financiar las acciones de salud y las inversiones de capital que requiere el Sistema y a colaborar con el Ministerio en la compatibilización y consolidación financiera de los proyectos de presupuesto de los Servicios de Salud y otros organismos vinculados al Ministerio, con el Presupuesto Global de Salud. Corresponde igualmente al FONASA cumplir las funciones y obligaciones como administrador del Fondo de Asistencia Médica (Ley 16.781) y administrar los recursos destinados a la atención de salud por la modalidad de Libre Elección. Para cumplir con tales funciones FONASA cuenta con una estructura a Nivel Central y está desconcentrado territorialmente para la administración de la modalidad de Libre Elección, en 13 Agencias Regionales. C.- Organización asistencial del SNSS Para llevar a cabo sus funciones, el SNSS se ha estructurado en una red asistencial de establecimientos y niveles de atención; éstos últimos organizados de acuerdo a su cobertura y complejidad asistencial. Nivel Primario tiene mínima complejidad y amplia cobertura realiza atenciones de carácter ambulatorio en las Postas Rurales de Salud y en los Consultorios Generales, Urbanos y Rurales. Allí se ejecutan principalmente los Programas Básicos de Salud de las Personas. Para su realización se cuenta con medios simples de apoyo diagnóstico y un arsenal terapéutico determinado y de acuerdo a las prestaciones que se brindan. El tipo de personal que realiza las acciones de salud varía según la magnitud de la población a atender y la naturaleza de las actividades a cumplir, abarcando desde el auxiliar rural, T.E.N.S., hasta un equipo que incluye médicos generales y otro personal de colaboración. Las actividades que se efectúan en este nivel son fundamentalmente: Controles, Consultas, Visitas Domiciliarias, Educación de Grupos, Vacunaciones y Alimentación Complementaria. Nivel Secundario corresponde a una complejidad intermedia y de cobertura media. La característica fundamental de este nivel es que actúa por referencia y que sus acciones involucran tanto atención ambulatoria como de hospitalización en establecimientos hospitalarios, en los cuales la atención ambulatoria se presta en una unidad de apoyo (consultorio adosado) de dicho establecimiento. Los recursos involucrados para satisfacer las demandas de este nivel son más complejos, es decir, existe mayor participación profesional con cierto grado de diferenciación y mayor proporción de elementos de apoyo diagnóstico y terapéutico que en el nivel primario. Nivel Terciario se caracteriza por su alta complejidad y cobertura reducida. Está destinado a resolver aquellos problemas que sobrepasan la capacidad resolutiva de los niveles precedentes,
  • 15. debiendo actuar como centro de referencia no sólo para la derivación de pacientes desde de su propia área de influencia, sino que con frecuencia tal derivación tiene carácter regional, supraregional y en oportunidades nacional. Al igual que el nivel intermedio, a este nivel le corresponde realizar tanto acciones de tipo ambulatorio, efectuadas en los consultorios adosados de especialidades de estos hospitales, como de atención cerrada en sus diversos servicios de hospitalización. Sus recursos humanos son los de la más alta especialización y los elementos de apoyo clínico diagnóstico y terapéutico, los de mayor complejidad técnica. El hecho de que estos establecimientos hospitalarios realicen actividades de alta complejidad, no los exime de desarrollar las funciones correspondientes al nivel secundario, ya que tienen también la responsabilidad de solucionar los problemas de frecuencia intermedia en la población a su cargo. Además del SNSS, existen otras instituciones del subsector público que cuentan con sistemas propios de salud, destinados a dar atenciones de salud a su personal y cargas familiares, para lo cual cuentan con establecimientos y unidades asistenciales de atención abierta y cerrada; destacar los establecimientos de las Fuerzas Armadas y de Orden, Penitenciaría, Empresa Nacional del Petróleo y Universidad de Chile, entre otras.
  • 16. Recurso asistencial del SNSS El SNSS cuenta en todo el país con 197 establecimientos hospitalarios, incluye nueve hospitales delegados. Tiene además un total de 376 consultorios de los cuales 230 son generales urbanos (15 de ellos pertenecen aún al SNSS), 146 son consultorios generales rurales y tiene además 1.102 postas rurales. Sistemas previsionales de salud Los sistemas previsionales de salud se apoyan en el Régimen de Seguro de Salud, y en el Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744). El seguro de salud es financiado por el trabajador con el aporte de un 7 por ciento de sus remuneraciones, y opcionalmente por el empleador con un aporte adicional del 2 por ciento para sus trabajadores afiliados a las ISAPRE. Estos aportes del trabajador son ingresados en su mayor parte al Fondo Nacional de Salud o a las Instituciones de Salud Previsional. Fondo Nacional de Salud (FONASA) El Fondo Nacional de Salud (FONASA) es un Servicio Público funcionalmente descrentralizado, dependiente del Ministerio de Salud, creado en 1979 (DL. 2763) junto al SNSS y determinación de nuevas funciones normativas. Sus funciones fueron reglamentadas por el D.S. 300/1986 del Ministerio de Salud. Esta Institución depende del Ministerio de Salud para los efectos de supervigilancia en su funcionamiento, debiendo ajustarse a sus políticas, normas y planes generales. Le compete la función financiera del sistema, siendo la entidad encargada de recaudar, administrar y distribuir los recursos destinados a salud, tanto para la atención de los beneficiarios del sistema estatal en la modalidad institucional - prestada en los centros asistenciales del SNSS - como en la modalidad de libre elección, en la que los beneficiarios tienen la opción de atenderse con proveedores públicos y privados que se han inscrito en FONASA y han convenido aranceles de distinto nivel. La cantidad de médicos y centros inscritos en los distintos niveles de FONASA, así como las prestaciones que financia se exponen en el capítulo 13 en lo referido a los prestadores asistenciales privados. Clasificación de la población beneficiaria Fonasa Tal como lo señala el artículo 159 del DFL N°1 de 2005 del Ministerio de Salud, los afiliados, con las excepciones que establece la ley, deben contribuir al financiamiento del valor de las prestaciones y atenciones que ellos y los respectivos beneficiarios soliciten y que reciban del Régimen4, mediante pago directo, en la proporción y forma establecidas por la normativa vigente. El valor de las prestaciones corresponde al arancel aprobado por los Ministerios de Salud y de Hacienda a proposición de Fonasa. Consecuentemente, la población beneficiaria se clasificará, de acuerdo a lo establecido en el artículo 160, según su nivel de ingreso, en los siguientes grupos:
  • 17. 1) Grupo A: Personas indigentes o carentes de recursos, beneficiarios de pensiones asistenciales a que se refiere el DL N°869, de 1975, y causantes del subsidio familiar establecido en la Ley N°18.020. Este grupo de personas tiene un porcentaje de copago de 0%. 2) Grupo B: Afiliados cuyo ingreso mensual no exceda del ingreso mínimo mensual aplicable a los trabajadores mayores de dieciocho años de edad y menores de sesenta y cinco años de edad. Este grupo también tiene un porcentaje de copago de 0%. 3) Grupo C: Afiliados cuyo ingreso mensual sea superior al ingreso mínimo mensual aplicable a los trabajadores mayores de dieciocho años de edad y menores de sesenta y cinco años de edad y no exceda de 1,46 veces dicho monto, salvo que los beneficiarios que de ellos dependan sean tres o más, caso en el cual serán considerados en el Grupo B. El porcentaje de copago de este grupo es de 10%. 4) Grupo D: Afiliados cuyo ingreso mensual sea superior en 1,46 veces al ingreso mínimo mensual aplicable a los trabajadores mayores de dieciocho años de edad y menores de sesenta y cinco años de edad, siempre que los beneficiarios que de ellos dependan no sean más de dos. Si los beneficiarios que de ellos dependan son tres o más, serán considerados en el Grupo C. El porcentaje de copago corresponde al 20%. Sistemas previsionales privados El subsector privado, de acuerdo a sus fines, se agrupa en la forma que a continuación se señala: Las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE), creadas en el año 1981 (DFL Nº 3) tienen por objetivo el otorgamiento de prestaciones y beneficios de salud a sus afiliados, ya sea mediante la entrega de ellas en sus propias unidades de atención, o a través del financiamiento de las mismas por pago a personas, clínicas, hospitales u otras instituciones pertenecientes a terceros. La afiliación es voluntaria, mediante cuotas que son pactadas teniendo en vista diferentes planes y coberturas que ofrecen las diversas instituciones. La creación de las ISAPRE se funda en la dictación del DFL 3/1981, en la cual se establecieron las normas para su funcionamiento. Estas instituciones parecieron como alternativa privada en el otorgamiento de prestaciones y beneficios de salud, a FONASA. La promulgación de la ley de salud (18.469/1986) que reestructuró las bases del sistema de salud, estableció un sistema único de cotización obligatoria, que podía efectuarse en forma excluyente al sistema previsional público o privado. En 1990 se promulgó la ley 18.933 en que se estableció nuevas normas para el otorgamiento de prestaciones de salud y se creó la Superintendencia de ISAPRE, organismo autónomo dependiente del Ministerio de salud cuya función es fiscalizar a las ISAPRE y supervigilar el cumplimiento de los contratos de salud. En 1995 se introdujo modificaciones a la ley 8933, a través de la ley 19.831, destacando materias relativas al uso del excedente de cotización y readecuación de los contratos. El crecimiento de las ISAPRE, a contar de 1981, ha sido de un crecimiento sostenido. Mientras en dicho año se registró seis ISAPRE, con 26.415 cotizantes y un total de 61.659 beneficiarios, en
  • 18. septiembre de 1995 esta cantidad llegaba a 1.605.216 cotizantes y un total de 3.749.864 beneficiarios, cubiertos por un total de 34 ISAPRE, de las cuales 21 eran de tipo abierto (a todo tipo de público) y 13 de tipo cerrado (con cobertura específica de determinados cotizantes). LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE SALUD En 1980 se dictó el DFL. Nº 1/3063, que permitió el traspaso de los establecimientos asistenciales de nivel primario a la administración municipal. El proceso se realizó entre 1981 y 1988, quedando en manos de la administración municipal la mayoría de los Consultorios Generales Urbanos y Rurales, Postas Rurales de Salud y Estaciones Médico Rurales. El proceso de administración municipal se enmarca en la concepción de la descentralización como una de las estrategias para la reforma del sistema público de salud. En los establecimientos bajo administración municipal se realizan actividades de nivel de primario de atención, de complejidad asistencial más simple que en los otros niveles que cuentan con especialidades médicas y el nivel de tecnología correspondiente a dichas especialidades. Sin embargo, el nivel primario de atención también es provisto en el sector ambulatorio de hospitales del SNSS, en los consultorios adosados a hospitales generales de tipo 3 y 4 y algunos hospitales de tipo 2. Objetivos de la administración municipal de salud: - Descentralizar al máximo la ejecución de las acciones de salud; llevándolas al nivel comunal; - Mejorar el control y fiscalización de establecimientos muy alejados de las jefaturas de las direcciones de los servicios del SNSS; - Adecuar los programas de salud a las necesidades sentidas de la población; - Permitir la canalización de fondos municipales para la operación de los establecimientos y mejorar su infraestructura; - Hacer posible una mayor participación comunitaria en la base social; y - Permitir una mejor integración multisectorial, en especial con los sectores más importantes como son educación, vivienda, trabajo, saneamiento ambiental. La gestión de administración municipal de salud. Los establecimientos son administrados en base a convenios entre Servicios de Salud y Municipalidades (Alcaldes) y deben cumplir con las normas, planes y programas que haya impartido o imparta en la materia el Ministerio de Salud. La gestión municipal y la supervisión por parte del Servicio de Salud se orientan por un manual de procedimientos técnico-administrativos, que incluyen las condiciones del convenio, definición de beneficiarios, programas de salud en vigencia, definición de actividades asistenciales de apoyo diagnóstico y aspectos administrativos del funcionamiento. La Municipalidad se compromete a cumplir la normativa técnica y ministerial, con autonomía para la gestión del recurso que administra, y someterse a la supervisión técnica de la autoridad de salud. Cada Municipalidad se obliga a ejecutar las acciones de salud en atención ambulatoria destinadas al
  • 19. fomento, prevención y recuperación de la salud y a la rehabilitación de las personas enfermas y sobre el ambiente cuando corresponda. Igualmente se define las responsabilidades de los Servicios de Salud. Se otorgan las prestaciones de los programas de salud con la participación de profesionales y personal auxiliar, técnico, de acuerdo a criterio técnico y normas vigentes al respecto. Es obligación de cada Municipalidad la contratación del personal adecuado y necesario para dar cumplimiento a las obligaciones asistenciales que contrae en virtud de los convenios. Estos centros deben atender "integralmente” la patología simple y derivar a los establecimientos de mayor complejidad del Servicio de Salud aquellos problemas médicos que excedan su nivel de resolución. Asimismo, las partes se obligan a desarrollar y mantener un sistema de coordinación expedito para la referencia, derivación y contrareferencia de los beneficiarios enviados por los establecimientos municipales. Financiamiento de la administración municipal El financiamiento es uno de los aspectos más relevantes en la administración municipal. Necesariamente implica la entrega de aportes financieros suficientes que permitan llevar a cabo las tareas encomendadas. Sin embargo, el proceso involucra además la movilización de recursos financieros desde las propias Municipalidades. Inicialmente, la transferencia de aportes desde el Fondo Nacional de Salud (FONASA) a los Municipios, se efectuó fundamentalmente a través de un sistema de facturación por atenciones prestadas (FAPEM): cada acción, comprendida en un listado establecido entregada por el Municipio a algún beneficiario, significaba un monto predefinido en un arancel. Luego – dado el fuerte crecimiento de la oferta en salud que generó esta modalidad – los aportes ministeriales según prestaciones efectuadas debieron ser limitados en un techo FAPEM de contención de costos. Existen limitaciones en el financiamiento a la administración municipal, con diversas explicaciones y orígenes, destacando la contención de costos, déficit operacionales absorbidos por las propias municipalidades (con cargo a sus fondos generales, de ingresos propios o de las transferencias del fondo común municipal) y dificultades para suplementar los déficit producidos. Ello redunda además en una contracción de su oferta de servicios de salud a su población. Financiamiento de la salud El sistema global de salud se financia mediante múltiples fuentes, que canalizan los aportes directos o indirectos de las personas. Por su complejidad y heterogeneidad, no es posible estimar el financiamiento global de salud en su totalidad. Sin embargo, se conocen y divulgan aquellas fuentes y gastos afectos a registros gubernamentales y cuentas nacionales, que tienen gran implicancia en el presupuesto nacional. Destacan las siguientes fuentes de financiamiento: a).- Los impuestos, directos e indirectos, administrados por el gobierno. b).- Los tributos municipales o comunales, administrados por las municipalidades. c).- La cotización obligatoria desde los trabajadores a FONASA o ISAPRE (7% del salario), en virtud del régimen de seguro de salud. d).- El pago adicional que realizan algunas personas para su afiliación a algún plan de las ISAPRE (costo adicional al 7% obligatorio), y el pago opcional de las personas que de manera independiente se afilian a una ISAPRE. e).- Donaciones y contribución de fondos a instituciones privadas de salud sin fines de lucro.
  • 20. f).- El co-pago de bienes y servicios de salud por medio de bonos, según aranceles fijados, a ISAPRE y FONASA, y el pago de préstamos de salud otorgados por FONASA. g).- Gastos directos por pago de servicios asistenciales de la salud por las personas que no pertenecen a sistemas previsionales o cuya previsión no cubre dichos servicios. h).- Gasto directo en la compra de bienes, especialmente medicamentos. i).- Otros gastos, como el pago de bienes y servicios del área de la medicina informal o tradicional. j).- El aporte de las empresas al Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y algunas donaciones de entidades externas. Los ingresos del sector público de salud Los ingresos del sector público de salud se estipulan en el presupuesto nacional y provienen principalmente del aporte fiscal y transferencias de aportes previsionales de salud. Los principales tipos de ingresos del sector público de salud son: a).- El aporte fiscal, que en 1996 fue de 365.738 millones de pesos en 1996 (el presupuestado fue 342.312 millones de pesos para dicho año), lo que representó la principal fuente (49.6%) del ingreso (gráfico 9.1). b).- La transferencia de los aportes previsionales fue de 247.635 millones de pesos, alcanzando a un tercio (un 33.6%) del total en 1996. c).- Los ingresos de operación constituyeron el 6.7 por ciento del total de los ingresos. d).- Otros ingresos constituidos mayormente por otras transferencias de fondos al Sector, que representan 6.8% de los ingresos, están influidos por el endeudamiento introducido para financiar las inversiones. En 1995, los ingresos del SNSS correspondieron casi totalmente a dos tipos: en 89.4% a transferencias, especialmente aquellas aportada por el Ministerio a los Servicios de Salud, mientras que 7.5% se obtuvo de ingresos de operación, y el 0.73% obedeció a otros ítems como venta de activos y otros ingresos menores. El gasto público en salud El financiamiento global de la salud es gastado por diversos entes ejecutores y a través de varios mecanismos, principalmente en sus componentes de gasto público y gasto privado. El gasto público en salud se considera inserto en el llamado gasto social, efectuado por el gobierno, de los fondos fiscales asignados en el presupuesto nacional a los llamados sectores sociales: educación, salud, vivienda, bienestar social, seguridad social y desarrollo regional. El gasto público es realizado por el sector público y puede descomponerse como sigue: a).- El gasto fiscal, del Gobierno Central, financiado con fondos del presupuesto nacional, asignados al Sector Salud, cuyo ejecutor es el Ministerio de Salud. b).- El gasto que realizan otros sectores e instituciones del Estado (como los Ministerios de Educación, Interior, Defensa), de fondos fiscales, para gasto específico de acciones de salud. c).- El gasto en actividades de salud ejecutado por las municipalidades, de fondos provenientes de sus ingresos tributarios y de otras fuentes propias. d).- El gasto realizado por las instituciones públicas, de fondos provenientes del aporte privado y que por ley deben ser administrados por el sector público: - los aportes previsionales recaudados por FONASA - el pago directo de servicios otorgados por las unidades de atención del - - sector público
  • 21. - las donaciones y otros. Componentes y evolución del gasto público en salud. Destacan los siguientes ítems del gasto público en salud: En 1997, las remuneraciones constituyen el 38.0% del gasto público, los bienes y servicios de consumo significan un 27.0%, las transferencias previsionales alcanzaron a un 15.0%, mientras que las transferencias corrientes son de un 10.0%, destacando el gasto del Programa Nacional de Alimentación Complementaria (PNAC) El gasto en inversión real constituyó el 7.32% del gasto sectorial en salud, monto destinado a las inversiones físicas, en combinación con proyectos financiados mediante préstamos de agencias externas. El gasto del S.N.S.S. En 1996, casi la mitad del gasto se destinó a remuneraciones (38.8%), el 25.8% correspondió a bienes y servicios de consumo mientras que la inversión real representó7.3% del gasto SNSS. El gasto privado en salud. El gasto privado está constituido por los siguientes componentes: a) Gastos realizados por las ISAPRE de fondos aportados por las personas, directamente o a través de las empresas. b) Gasto realizados por instituciones no gubernamentales sin fines de lucro, de fondos provenientes de donaciones, colectas públicas y otros medios. c) El gasto personal privado puede tomar las modalidades siguientes: c1. El gasto directo (sin aporte previsional) por servicios asistenciales. c2. El gasto de las personas cubiertas por algún sistema previsional, por pago de préstamos concedidos y como co-pago o pago del costo "deducible", efectuado mediante la compra de bonos, que está destinado a cubrir la diferencia entre el costo del servicio recibido y el arancel fijado por el plan al que ellas están afiliadas (FONASA o ISAPRE). c3. El gasto efectuado por las personas para la adquisición de bienes, entre los cuales destacan los medicamentos. Los préstamos médicos otorgados por FONASA en 1995, llegaron a la suma de 4.970 millones, de los cuales se recuperó la suma de 724 millones de pesos. Durante 1996, el mercado de ISAPRE abierta recaudó cotizaciones por 483 millones de pesos, las que se distribuyeron como sigue: 62.1% en Prestaciones, incluyendo la partida a otros costos menores de explotación; 15.9% en Subsidios por Incapacidad Laboral; 18.8% en Gastos de Administración y Venta y 3.2% en Utilidades Operacionales. El número de cotizantes fue de 1.664 millones en 1996 lo que representa una cotización por cotizante de 290.3 mil pesos anuales. El número de beneficiarios fue de 3.763 millones lo que representa una cotización por beneficiario de 128.4 mill pesos anuales.
  • 22. Las utilidades registradas por el Sistema ISAPRE abierta en 1996 bordearon los 20 mil millones de pesos. El número de beneficiarios de FONASA (proyección para 1996) fue de 8.637 millones lo que significó una cotización de 22.4 mil pesos anuales por beneficiario. CUADROS ANEXOS
  • 23.
  • 24. CONCLUSION: En general el sistema de salud chileno, está compuesto por una serie de instituciones públicas y privadas que tratan y compiten entre sí, para ser las mejores prestadoras de salud y poder demostrar al resto de América latina que nuestro sistema es uno de los mejores y que gracias a los sacrificios de los diferentes gobiernos que han pasado en estos últimos 20 años, se ha logrado en gran parte, satisfacer las necesidades de una población que a diario aumenta sus demandas, ya asean en infraestructura como en calidad de la atención. Nosotros que estamos insertos en este mundo, debemos cada día contribuir a mejorar este sistema, que día a día se forja con los sacrificios de Médicos, Enfermeras, Kinesiólogos, Tecnólogos, Técnicos en Enfermería, etc. que cada día luchan por poder formarse en este campo, actualizándose para poder entregar una atención de calidad y profesional. En este informe aprendimos cual es nuestro punto en la evolución del sistema de salud y que cada día debemos dar lo mejor ya sea en el ámbito Privado como en el Publico, que es donde se concentra la gran población chilena y la que tiene mayor demanda en atención de salud. Siempre debemos estar con una sonrisa, y disponibilidad, un T.E.N.S. siempre debe atender con empatía y por los demás; ya que esta es una de las enseñanzas de la base de la Enfermería en el mundo.
  • 25. REFERENCIAS: Ministerio de Salud: http://web.minsal.cl/ Colegio Médico de Chile. http://www.colegiomedico.cl/ Slideschare, http://es.slideshare.net/ Fundación el Sol. http://www.fundacionsol.cl/