1. Estado de Derecho
Un Estado de Derecho es aquel que actúa de acuerdo con
la ley se sustenta en la CN, pero esto no implica que es
democrático. Existen muchos casos de gobiernos que
cuentan con leyes bien definidas, pero donde no existe
una democracia.
Lo expresado implica que el Poder esta controlado, por un
funcionamiento de la Instituciones acorde a la
Constitución.-
2. Estado Autoritario
• En una sociedad con un gobierno autoritario,
las leyes generalmente son injustas y
obstaculizan la participación de ciertos
grupos en el proceso legislativo. Por ejemplo,
Adolfo Hitler estableció leyes que le permitían
al Estado la expropiación de los bienes de
grupos con los que no simpatizaba: judíos,
gitanos y comunistas; luego, aceptó más leyes
que permitían el arresto y el asesinato de
estas comunidades.
3. Que elementos caracterizan un
Gobierno Autoritario
• Las leyes pueden crearse y modificarse a
capricho de los líderes autoritarios.
• Los funcionarios de gobierno pueden cambiar
las leyes, muchas veces en beneficio personal.
• Los ciudadanos carecen de mecanismos para
defenderse de leyes injustas.
• Las leyes no se aplican por igual a todos los
miembros de la sociedad y algunas personas se
encuentran por encima de la ley
4. Tensión entre Derechos individuales y
colectivos
• Su diferencia con los derechos colectivos se
encuentra en que los individuales hacen
referencia a la persona, mientras que con
colectivos estamos haciendo referencia a un
grupo de personas. Es un concepto que
guarda estrecha relación con los derechos
humanos y con los fundamentales.-
• Recordemos que el hombre se encuentra
inserto como ser social, y ejerce derechos
sobre bienes de carácter individual y colectivo
5. Derechos individuales Fuente
• Los derechos individuales o subjetivos son
aquellos que los hombres ejercen por si
mismos respecto a una cosa o bien
• La fuente de regulación es el Código Civil
Argentino.
• Ahora bien cual es el estado de tensión?
• Este se genera con la colisión de dichos
derechos con el Derecho Publico y/o todo
aquello que regula el bien publico.-
6. Derecho Publico o de incidencia
colectivo
• Son aquellos dan importancia relevante a los
derechos de incidencia colectiva, en consonancia
con la Constitución Argentina (señalan que esto
tiene un impacto significativo en el modo de
relacionamiento con los recursos naturales).
• : "Los derechos de incidencia colectiva que tienen
por objeto bienes colectivos (artículo. 43 de la
Constitución Nacional) son ejercidos por el
Defensor del Pueblo de la Nación, las
asociaciones que concentran el interés colectivo y
el afectado.-
7. Conclusiones
Derecho subjetivo sobre un bien
individualmente disponible por su titular: se
trata del patrimonio como atributo de la
persona, los bienes que lo integran, y los
derechos reales o creditorios.
Derechos de incidencia colectiva sobre bienes
colectivos: se refiere a aquellos que son
indivisibles y de uso común, sobre los cuales no
hay derechos subjetivos en sentido estricto.
Estos bienes no pertenecen a la esfera individual
sino social y no son divisibles en modo alguno
8. Protección de los Derechos colectivos
• Estos intereses de conjunto son denominados
indistintamente como "difusos",
"supraindividuales" o "colectivos", y también se
alude a ellos como "derechos públicos subjetivos"
y se los llamaba "derechos debilitados"; son,
éstos, términos que están en constante evolución
y diferenciación, pero que suelen usarse
comúnmente de una manera indistinta. El código
va adoptar por denominarlos intereses de
incidencia colectiva.
9. Vulneración de derechos
• El concepto de “vulneración de derechos”
corresponde a cualquier transgresión a los
derechos, establecidos en el derecho positivo, la
cual puede ser constitutiva de delito o no,
dependiendo de nuestra legislación.
• Concretamente, un acto humano, realizado con
intención discernimiento y libertad encaminado a
atentar contra un bien jurídico protegido
constituye una vulneraciones de derechos
10. Nuevos derechos
• La Constitución Nacional fue reformada en el
año 1994 y se incorporaron los siguientes
derechos a saber: el de usuarios y
consumidores, el medio ambiente sano, el
amparo, el habeas corpus, el habeas data y el
secreto de las fuentes periodísticas, entre
otros. Otros puntos apuntaron a mecanismos
de democracia semidirecta, como la consulta y
la iniciativa popular.
11. Derechos incluidos
• En este aspecto recordemos que la Reforma del
año 1994 incorpora el derecho internacional para
la materia de derechos humanos.-
• Se incorporaron siete artículos nuevos (arts. 36 a
43).
• El Artículo 42 Ley 24240 (derecho a los
consumidores) se refiere entre otros:
• protección de su salud
• • la protección de su seguridad
• • la protección de sus intereses económicos
• • una información adecuada y veraz
12. Defensa de la Constitución y la democracia
• En el art.36 Criminaliza los golpes de Estado,
establece que sus actos son "insanablemente
nulos", reconoce el "derecho de resistencia"
contra los gobiernos surgidos de golpes de
Estado y asimila los delitos de corrupción en
perjuicio del Estado.-
13. Derechos Políticos
• Establece que el "sufragio es universal, igual,
secreto y obligatorio.-
• Ratifica la la ley Sáenz Peña o Ley 8.871,
publicada en el Boletín Oficial de la República
Argentina el 26 de marzo de 1912, estableció la
lista incompleta combinada con el secreto y la
obligatoriedad del sufragio y el mecanismo
plurinominal.
•
14. Iniciativa legislativa popular
• Este derecho se encuentra contemplado en el
39.
• Los ciudadanos tienen el derecho de presentar
proyectos de ley en la Cámara de Diputados.
• El Congreso debe tratarlos en el plazo de 12
meses.
• Recordemos que la Cámara de Diputados es la
que representa al pueblo de la Nacion
15. Derechos ambientales
• El Artículo 41 se refiere a los Derechos ambientales.
• Todos los habitantes tienen derecho a un ambiente sano
para el desarrollo humano y las actividades productivas.
• Tienen la obligación de cuidarlo para las generaciones
futuras.
• El daño ambiental produce la obligación de recomponer.
• Las autoridades están obligadas a:
• • Proteger este derecho
• • El uso adecuado de los recursos naturales
• • Cuidar el patrimonio natural y cultural
• • Cuidar la diversidad biológica
• • Dar información y educación ambientales