1. TRIBUTO SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVO HECHO IMPONIBLE BASE IMPONIBLE DETERMINACIÓN ALÍCUOTA BASE LEGAL
La determina cada ordenanza por ejemplo:
Se hará partiendo del valor
MUNICIPIO LIBERTADOR
catastral de los mismos, tomando LOPPM art. 174-176 (G.O No. 6015
Tener derechos de propiedad u Se clasifica según la destinación de cada inmueble.
Las personas naturales como referencia el precio corriente del 28/12/10) Ordenanza del
INMUEBLES otros derechos reales, sobre Será el valor de los Inmuebles destinados a vivienda, el 0.35%.
Municipio o jurídicas propietarias de mercado. En el Municipio Municipio Libertador sobre inmuebles
URBANOS bienes inmuebles urbanos inmuebles Inmuebles destinados a oficinas, clínicas y similares,
de inmuebles Libertador se determina por urbanos art. 6 (G.O No. 3016-2 del
ubicados en el municipio el 0.40%. Inmuebles destinados al uso comercial y/o
anualidades y se exige por 22/05/08)
industria, el 0,60%. Terrenos, el 1,05%.
mensualidades
La determina cada ordenanza por ejemplo:
Los propietarios y los MUNICIPIO LIBERTADOR
Se fija en unidades tributarias y
contribuyentes que se Existe una clasificación de los vehículos para la LOPPM artículo 174-176 (G.O No.
La propiedad de vehículos de Depende del tipo de depende de la clase de vehículo.
consideren como aplicación del impuesto así como su declaración y 6015 del 28/12/10) Ordenanza del
VEHÍCULOS Municipio tracción mecánica, cualesquiera vehículo y su uso; Lo Se determina anualmente y se
asimilados a pago. Municipio Libertador sobre vehículos
sean su clase o categoría establece cada ordenanza liquida el primer trimestre de cada
propietarios (ver art. Motos, subdivididas por cilindrada desde 0,35UT art. 6 (G.O No. 2832-Y del 20/12/06)
año
195 LOPPM) hasta 0,70UT. Automoviles particulares subdividida
por kg desde 0,80UT hasta 3 UT etc.
La determinación y liquidación del
El adquirente del impuesto que deben pagar los
La adquisición de un boleto, billete
respectivo billete o asistentes al espectáculo, en el Generalmente corresponde a un 10% del valor del
ESPECTÁCULOS o instrumento que origine el Está fijada sobre el valor LOPPM artículo 197 y 198 (G.O No.
Municipio boleto de entrada en el que la empresa o empresario es el boleto, sin embargo se debe verificar la ordenanza
PÚBLICOS derecho a presenciar un del boleto de entrada. 6015 del 28/12/10)
momento de la perceptor, se hace al momento de del Municipio en que se esté trabajando
espectáculo en un sitio publico
adquisición finalizar la venta de los billetes o
boletos de entrada
El adquirente de LOPPM art. 199-201 (G.O No. 6015
Se causara al ser pactada la Está fijada sobre el valor de Corresponde al Municipio
JUEGOS Y billetes, boletos que den Tomando como ejemplo el Municipio Libertador, la del 28/12/10) Ordenanza del
apuesta. Se entiende pactada la la apuesta, es decir, el establecer las alícuotas que se
APUESTAS Municipio derecho a participar en alìcuota correspondiente a este impuesto es de un Municipio Libertador sobre Rifas y
apuesta con la adquisición del precio del billete o boleto de aplicarán a la base imponible para
LÍCITAS juegos, o en cualquier 10%. Apuestas Lícitas art. 94 (G.O No.
boleto o billete juegos lícitos la determinación del gravamen
otra apuesta lícita. 1635 del 02/12/96)
La determina la Ordenanza Es anual, tomando como tiempo
La determina cada ordenanza por ejemplo: LOPPM ART. 202-204 (G.O No. 6015
La comunicación de un mensaje de cada municipio. El del ejercicio el año civil. Cuando
Es el anunciante, cuyo MUNICIPIO LIBERTADOR del 28/12/10) Orrdenaza del
PROPAGANDA Y destinado a informar al público legislador puede tomar en un medio publicitario es utilizado
Municipio producto se beneficia ART. 32: Los motivos publicitarios exhibidos en las Municipio Libertador sobre
PUBLICIDAD sobre la existencia de productos o cuenta elementos en periodos menores de un año, la
con la publicidad vallas causarán anualmente un impuesto por metro Propaganda y Publicidad Comercial
servicios con fines comerciales. indicadores relacionados liquidación se efectuara en
cuadrado (m2), o fracción (1,5 U.T.) art. 32 (G.O No. 2905-2 del 13/07/07)
con el medio publicitario. proporción al tiempo utilizado
Las personas naturales
Se causará por la ejecución de
En función del costo de la
o juridicas propietarias obras públicas que como En ningún caso podrá exceder el 50% los costos de la
CONTRIBUCIONES obra. El monto de la base Se determina en función del costo
consecuencia de esas obras obra. El porcentaje de la base imponible que LOPPM art.179-192 (G.O No. 6015
ESPECIALES (POR Municipio de los inmuebles que imponible será determinado presupuestado de las obras o de
resulten especialmente corresponderá a cada beneficiario de la obra se del 28/12/10)
MEJORAS) por el porcentaje en la los servicios.
resulten especialmente beneficiadas determinadas regirán por lo previsto en las respectivas Ordenanzas
correspondiente ordenanza.
personas
beneficiados
Las personas naturales
Se causa por el incremento en el A los fines de la determinación se
El monto de la plusvalía. Se No puede exceder de un 15% de monto de la
CONTRIBUCIONES o juridicas propietarias valor de la propiedad como presumirá que todo cambio de uso
generará este impuesto plusvalía. La respectiva ordenanza podrá disponer
ESPECIALES consecuencia de los cambios de o de intensidad de LOPPM art.179-192 (G.O No. 6015
Municipio de los inmuebles que siempre que este monto sea que esta contribución sea exigida de forma
(SOBRE uso o intensidad de aprovechamiento producirá un del 28/12/10)
igual o superior al 25% de fraccionada, por una sola vez dentro del plazo
PLUSVALÍA) resulten especialmente aprovechamiento previsto en los aumento en los bienes de al
su valor antes del cambio máximo de cinco años
planes de ordenación urbanística menos un 25% del valor
beneficiados
LOPPM art.178 (G.O No. 6015 del
Las personas naturales La realización de actos de compra,
28/12/10) Ordenanza del Municipio
o jurídicas, adquirentes venta o permuta de bienes La liquidación se hará a través de
Valencia sobre Transacciones
TRANSACCIONES del derecho de inmuebles, dación o aceptación en Será el valor de la los formularios elaborados por el Se determinarán las alícuotas según la Ley de
Municipio Inmobiliarias (G.O No. 07/751 del
INMOBILIARIAS propiedad u otros pago de los bienes citados y transacción inmobiliaria municipio respectivo y según lo Registro Público y Notariado Vigente.
06/08/07) Ley de Registro Público y
derechos reales sobre demás actos considerados en establezca cada ordenanza
Notariado art. 84 y siguientes (G.O
inmuebles cada ordenanza.
No.5833 del 22/12/06)
Toda persona jurídica
que realice una El ejercicio habitual, en Está constituida por los Para la determinación de este
actividad económica, de Lo establece cada Ordenanza a través de un
ACTIVIDADES jurisdicción de un Municipio, de ingresos brutos tributo, se debe tomar en cuenta LOPPM art.205-227 (G.O No. 6015
Municipio manera habitual y con clasificador mediante el cual se asigna un porcentaje
ECONÓMICAS cualquier actividad lucrativa de efectivamente percibidos los aspectos establecidos en la del 28/12/10)
fines de lucro dentro la diferente a cada tipo de actividad.
carácter independiente que esa actividad genera LOPPM en sus artículos 215-224
jurisdicción del
municipio