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Sergio Álvarez Tejeda
                                  Abogado especialista en nuevas
                                tecnologías y protección de datos
© Sergio Álvarez Tejeda, 2013
LEGISLACIÓN APLICABLE A UNA TIENDA ONLINE

o Constitución española.

o Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
  Carácter Personal (LOPD) y su Reglamento, el Real Decreto 1720/2007.

o Ley 34/2002, de 11 de junio, de Ley de Servicios de la Sociedad de la
  Información y del Comercio Electrónico (LSSICE).

o Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación.

o Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba
  el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
  Usuarios.

o Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista.

o Otras leyes complementarias.
                                            © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE
          CARÁCTER PERSONAL (LOPD)

• TODAS las empresas y/o particulares que
  almacenen datos personales estarán obligados
  a adoptar las medidas que establece la Ley.

• Es una de las normas más estrictas de Europa
  en materia de protección de datos.




                          © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
PRINCIPALES CONCEPTOS DE LA LOPD

• Dato personal: “Cualquier información concerniente a
  personas físicas identificadas o identificables”
       Ej: Nombre, teléfono, imagen, voz, correo electrónico…


• Fichero: “Todo conjunto organizado de datos de carácter
  personal, cualquiera que fuera la forma o modalidad de su
  creación, almacenamiento, organización y acceso”

      Responde a una finalidad concreta.
      Puede ser un fichero en soporte informático o en soporte
       papel.
      Debe inscribirse en el Registro General de Protección de
       Datos.
                                           © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
PRINCIPALES CONCEPTOS DE LA LOPD

• Tratamiento de datos: “Operaciones y procedimientos técnico
  de carácter automatizado o no, que permitan la recogida,
  grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y
  cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de
  comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias”

• Ejemplos de tratamiento de datos:
      1. Captación de datos de un usuario a través de un formulario
      web.
      2. Almacenamiento en la base de datos de clientes.
      3. Clasificación por tipo de clientes.
      4. Envío de publicidad dirigida.
      5. Venta online.
                                       © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
PRINCIPALES CONCEPTOS DE LA LOPD
• Responsable de fichero: “Persona física o jurídica, de naturaleza
  pública o privada, u órgano administrativo que decida sobre la finalidad,
  contenido y uso del tratamiento”
  Recaba datos personales de terceros para tratarlos de cara a
  lograr una finalidad concreta.

• Encargado del tratamiento: “La persona física o jurídica, autoridad
  pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente
  con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del
  tratamiento”
  Trata los datos en nombre del responsable del fichero.

• Cesión de datos: “Toda revelación de datos efectuada a una persona
  distinta de interesado”
  Transferencia de datos a un tercero con el fin que éste los
  utilice en una actividad acorde a sus finalidades.
                                           © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
DERECHOS ARCO
• De acceso: El afectado solicita que se le informe acerca de la
  información que sobre él contiene el fichero, la finalidad para la que se
  están tratando sus datos personales y el origen del que han sido
  recabados.

• De rectificación: El afectado solicita que se modifique algún aspecto
  de la información que obra en el fichero, por considerarla incompleta o
  inexacta.

• De cancelación: El afectado insta a que se elimine cierta información
  personal, por considerarla excesiva o inadecuada para la finalidad por la
  que fue recabada.

• De oposición: El afectado solicita que se dejen de tratar sus datos
  personales. Este derecho suele ejercerse, principalmente, en los casos
  en los que los datos personales han sido recabados sin consentimiento
  del titular de los mismos o cuando la finalidad sea la prospección
  comercial y la publicidad.              © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
NIVELES DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS
• Básico: TODOS los ficheros por el mero hecho de contener
  datos de carácter personal.

• Medio:
          - Infracciones administrativas.
          - Patrimonio de particulares.
          - Datos de seguridad social.
          - CRM’s avanzados.
• Alto:
      - Ideología.               -Salud y vida sexual.
      - Afiliación sindical.     - Origen racial.
      - Creencias y religión.    - Violencia de género.
                                            © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
MEDIDAS DE SEGURIDAD



• En atención al nivel de protección asignado a
  los datos contenidos en nuestros ficheros,
  deberemos aplicar medidas técnicas legales y
  organizativas concretas.




                           © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
TEXTOS LEGALES QUE DEBEN APARECER EN LA TIENDA ONLINE


 1. Identificación de la empresa o el particular.
 2. Aceptación de las condiciones de uso.
 3. Política de privacidad.
 4. Condiciones generales de contratación.




                               © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

• Ente público con personalidad jurídica propia, que actúa con
  independencia en el ejercicio de sus funciones.

• Sus principales funciones son:

    Ejercer potestad SANCIONADORA.

    Requerir MEDIDAS DE CORRECCIÓN.

    Autorizar TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS.

    ATENDER RECLAMACIONES de los afectados.

    Dictar RECOMENDACIONES en materia de seguridad y tratamiento
     de los datos.
                                       © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
SANCIONES EN LA LOPD


• Infracciones leves: Entre 900 y 40.000 €

• Infracciones graves: Entre 40.001 y 300.000 €

• Infracciones muy graves: Entre 300.001 y
  600.000 €



                             © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
INSCRIPCIÓN DE FICHEROS

• Siempre que recabemos datos personales de
  terceros y los conservemos para su posterior
  tratamiento, deberemos inscribir el fichero ante
  el Registro General de AEPD, indicando:

   NOMBRE del fichero.

   FINALIDAD del fichero.

   TIPO DE INFORMACIÓN que contiene.

   NIVEL DE SEGURIDAD asignado.
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DOCUMENTO DE SEGURIDAD

• La Ley impone la elaboración de un documento de
  seguridad, siempre que hayamos inscrito ficheros.
• Debe contener:
   Los FICHEROS inscritos, las PERSONAS que los emplean y
    los SISTEMAS que los soportan.
   Las MEDIDAS aplicadas para garantizar la SEGURIDAD de
    los datos.
   Las FUNCIONES Y LAS OBLIGACIONES de las personas que
    acceden a los datos.
   La RELACIÓN DE ENCARGADOS del tratamiento.
   Los CONTROLES PERIÓDICOS que garanticen las medidas
    de seguridad aplicadas.
                                 © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
CONTRATACIÓN ONLINE
1. EL PLAZO DE ENTREGA DEL PRODUCTO

• La entrega del producto vendido no puede superar el
  plazo de 30 días desde la aceptación formal de la oferta.

• Si no hay stock del producto en el momento posterior a
  la compra, se le informará al comprador planteándole 2
  opciones:

      a) Se le ofrece un producto de igual o superior calidad.

      b) Se le hace entrega del importe pagado, que deberá
      entregarse en un plazo de 30 días.
                                       © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
CONTRATACIÓN ONLINE

2. EL DERECHO DE DESISTIMIENTO

• El comprador tiene el derecho a desistir de la compra si
  no le satisface el producto que le enviamos, en un plazo
  de 7 días desde que lo recibió.

• Si no le informamos de este derecho en el momento de
  formalizar la compra, el plazo para desistir se amplía a 3
  meses.

• Existen excepciones al derecho de desistimiento.
                                    © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
CONTRATACIÓN ONLINE
3. INFORMACIÓN A FACILITAR AL COMPRADOR

    Características esenciales del producto.

    Precio (incluido los impuestos aplicados y los gastos de envío).

    La forma de pago y el método de entrega.

    El plazo de validez de la oferta.

    La dirección a la que se pueden enviar reclamaciones.

    Cómo se puede acceder al servicio postventa.

    Condiciones de la garantía.         © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
CONTRATACIÓN ONLINE
4. GARANTÍA
•   La garantía comercial entra en juego cuando el producto vendido no se ajusta
    al contrato de venta.

•   El producto es conforme con el contrato de venta cuando:

      Se AJUSTA A LA DESCRIPCIÓN que hace el vendedor en la oferta.

      Es APTO PARA LOS CASOS a los que habitualmente se destinan productos
       del mismo tipo.

      El comprador desease hacer un USO ESPECIAL y así lo solicitase al
       vendedor y éste admita tal posibilidad.

      El producto presenta la CALIDAD Y PRESTACIONES SUFICIENTES que de él
       se espera, según la información que ofrezca la publicidad o el etiquetado.


                                               © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
CONTRATACIÓN ONLINE
4. GARANTÍA


• El comprador tiene el derecho de reclamar durante
  los 2 primeros años de vida del producto.

• Si nos reclama una disconformidad del producto y
  ésta existe, el comprador podría elegir entre:
     a) La reparación del producto o su sustitución.
     b) Si no fuera posible su sustitución o reparación, podrá
     exigir una rebaja del precio o la devolución del producto.

                                     © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
ASPECTOS JURÍDICOS DE LAS CAMPAÑAS DE
                     PUBLICIDAD
• La Ley 34/1988, General de Publicidad , establece que se considerará
  publicidad ilícita cuando:

    Se ATENTE al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la igualdad.

    La que, dirigida a menores, les INDUZCA A ERROR SOBRE LA
     BONDAD de un producto, sobre todo si se pone en peligro su
     seguridad o la de terceros.

    La PUBLICIDAD SUBLIMINAL.

    La que CONTRAVENGA LO DISPUESTO EN NORMATIVAS
     PUBLICITARIAS especiales, como alcohol, tabaco, juego o armas, por
     ejemplo.

    La PUBLICIDAD ENGAÑOSA, DESLEAL O AGRESIVA.
                                                        © Sergio Álvarez Tejeda, 201
ASPECTOS JURÍDICOS DE LAS CAMPAÑAS DE
                    PUBLICIDAD

• La Ley 3/1991, de Competencia Desleal, describe una serie
  de comportamientos o actos desleales no permitidos, tales
  como:
          Actos de ENGAÑO.
          Actos de CONFUSIÓN.
          OMISIONES ENGAÑOSAS.
          PRÁCTICAS AGRESIVAS.
          Actos de DENIGRACIÓN.
          Actos de COMPARACIÓN.
          Actos de IMITACIÓN.

                                  © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
ASPECTOS JURÍDICOS DE LAS CAMPAÑAS DE
                   PUBLICIDAD


• El Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba
  el Texto Refundido de la Ley General para la
  Defensa de los Consumidores y Usuarios,
  establece la defensa de los derechos
  económicos de los consumidores frente a
  prácticas comerciales desleales.

• La publicidad promocional forma parte del
  futuro contrato y es vinculante.
                            © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
LA LSSICE

• La LSSICE regula la contratación electrónica de
  bienes y servicios, el suministro de información, la
  intermediación entre los consumidores y los
  tolerantes, los motores de búsqueda e indexación
  de contenidos.

• La Ley aplica a TODOS los prestadores que
  desarrollen, directa o indirectamente, una actividad
  económica, esto es, que obtengan un beneficio
  económico de su actividad.

                                  © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
OBLIGACIONES DE LA LSSICE
1. DEBER DE INFORMACIÓN GENERAL

El titular de los servicios debe indicar en una zona accesible de su
sitio web información que le identifique:

    NOMBRE O IDENTIFICACIÓN SOCIAL, NIF y datos de contacto.

    INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL.

    EL PRECIO DEL PRODUCTO O SERVICIO, y si incluye los impuestos que
     le son de aplicación y los gastos de envío.

    Si se trata de una actividad regulada, indicará su NÚMERO DE
     COLEGIADO.

    Si se emplean COOKIES, por ejemplo, informar acerca de su
     utilización y finalidad, así como       a solicitar al usuario su
     consentimiento previo para instalarlas.
                                         © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
OBLIGACIONES DE LA LSSICE
2. CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA

La contratación electrónica exige informar previamente a la celebración
   del contrato sobre:

    Los pasos a seguir en el PROCESO DE CONTRATACIÓN.

    Los medios técnicos que pone a disposición del destinatario para
     IDENTIFICAR Y CORREGIR ERRORES en la introducción de datos.

    El IDIOMA O LENGUA en que se puede formalizar el contrato.

    Las CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN que lo rijan.

    La información que la LEY DE ORDENACIÓN DEL COMERCIO MINORISTA
     exige para las ventas a distancia. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
COMUNICACIONES PROMOCIONALES POR VÍA
                ELECTRÓNICA. SPAM.
• La LSSICE remite a la LOPD para regular las comunicaciones publicitarias
  electrónicas no deseadas.

• Se considera que una campaña promocional por vía electrónica es
  CORRECTA cuando atiende a las siguientes reglas:

    Las comunicaciones deben estar PERFECTAMENTE IDENTIFICADAS como
     tales, indicando quién es el promotor del producto o servicio promocionado.
    Incluir en el asunto del email la palabra “PUBLICIDAD”.
    En caso de descuentos, regalos, premios u ofertas promocionales indicar
     claramente las CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.
    SÓLO se pueden enviar comunicaciones comerciales a destinatarios que las
     hubieran solicitado o autorizado expresamente con anterioridad.
    Incluir un link de “DARSE DE BAJA DE LA SUSCRIPCIÓN”.
    FACILITAR EL EJERCICIO DEL DERECHO DE OPOSICIÓN en los formularios de
     recogida de datos personales.              © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
SANCIONES DE LA LSSICE


• Infracción leve: Hasta 30.000 €

• Infracción grave: Entre 30.001 y 150.000 €

• Infracción muy grave: Entre 150.001 y 600.000 €



                              © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
LOS DOMINIOS
• Clases de dominios:
   Dominios genéricos: .com, .net o .org
   Dominios territoriales: .es, .de, .pt

• Las reglas de asignación, organización y resolución
  de controversias están reguladas por ICANN (Internet
  Corporation for Assigned Names and Numbers).


• Cada vez más los dominios se utilizan como
  posicionamiento de marca.

• Para evitar conflictos futuros, se recomienda
  registrar el dominio paralelamente al registro de
  la marca.                    © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
LOS DOMINIOS

 RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE LOS CONFLICTOS


• Política Uniforme vs Demanda judicial: La
  Política Uniforme es más ágil y menos cotosa.

• La Política Uniforme acredita proveedores para
  la solución de controversias. En España,
  Adigital, Autocontrol, entre otras.

                            © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
LOS DOMINIOS
 RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE LOS CONFLICTOS

• Para considerar que un dominio puede estar VIOLANDO
  LOS DERECHOS DE MARCA DE UN TERCERO, deben
  concurrir las siguientes circunstancias:

   Que el dominio tenga un nombre idéntico o similar a una
    marca y tienda a confusión en el mercado.

   Que el demandado no tenga derechos o interés legítimo
    sobre el nombre del dominio (Ej: la marca).

   Que el nombre del dominio haya sido ya registrado y se
    utilice de mala fe.
                                 © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
LA PROPIENDAD INTELECTUAL DEL SITIO WEB

• Los DERECHOS DE AUTOR comprenden los derechos
  morales y los derechos patrimoniales.

• Los derechos patrimoniales tienen un contenido más
  económico y pueden ser cedidos a terceros. Entre ellos,
  se distinguen los derechos de reproducción,
  distribución, comunicación pública y transformación.

• Regular bien la propiedad intelectual en las condiciones
  de uso del sitio web.

      “ Todos los derechos reservados”
                                  © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
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Legislación aplicable a una tienda online

  • 1. Sergio Álvarez Tejeda Abogado especialista en nuevas tecnologías y protección de datos © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 2. LEGISLACIÓN APLICABLE A UNA TIENDA ONLINE o Constitución española. o Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su Reglamento, el Real Decreto 1720/2007. o Ley 34/2002, de 11 de junio, de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE). o Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación. o Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. o Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista. o Otras leyes complementarias. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 3. LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL (LOPD) • TODAS las empresas y/o particulares que almacenen datos personales estarán obligados a adoptar las medidas que establece la Ley. • Es una de las normas más estrictas de Europa en materia de protección de datos. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 4. PRINCIPALES CONCEPTOS DE LA LOPD • Dato personal: “Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables” Ej: Nombre, teléfono, imagen, voz, correo electrónico… • Fichero: “Todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuera la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso”  Responde a una finalidad concreta.  Puede ser un fichero en soporte informático o en soporte papel.  Debe inscribirse en el Registro General de Protección de Datos. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 5. PRINCIPALES CONCEPTOS DE LA LOPD • Tratamiento de datos: “Operaciones y procedimientos técnico de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias” • Ejemplos de tratamiento de datos: 1. Captación de datos de un usuario a través de un formulario web. 2. Almacenamiento en la base de datos de clientes. 3. Clasificación por tipo de clientes. 4. Envío de publicidad dirigida. 5. Venta online. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 6. PRINCIPALES CONCEPTOS DE LA LOPD • Responsable de fichero: “Persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento” Recaba datos personales de terceros para tratarlos de cara a lograr una finalidad concreta. • Encargado del tratamiento: “La persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento” Trata los datos en nombre del responsable del fichero. • Cesión de datos: “Toda revelación de datos efectuada a una persona distinta de interesado” Transferencia de datos a un tercero con el fin que éste los utilice en una actividad acorde a sus finalidades. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 7. DERECHOS ARCO • De acceso: El afectado solicita que se le informe acerca de la información que sobre él contiene el fichero, la finalidad para la que se están tratando sus datos personales y el origen del que han sido recabados. • De rectificación: El afectado solicita que se modifique algún aspecto de la información que obra en el fichero, por considerarla incompleta o inexacta. • De cancelación: El afectado insta a que se elimine cierta información personal, por considerarla excesiva o inadecuada para la finalidad por la que fue recabada. • De oposición: El afectado solicita que se dejen de tratar sus datos personales. Este derecho suele ejercerse, principalmente, en los casos en los que los datos personales han sido recabados sin consentimiento del titular de los mismos o cuando la finalidad sea la prospección comercial y la publicidad. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 8. NIVELES DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS • Básico: TODOS los ficheros por el mero hecho de contener datos de carácter personal. • Medio: - Infracciones administrativas. - Patrimonio de particulares. - Datos de seguridad social. - CRM’s avanzados. • Alto: - Ideología. -Salud y vida sexual. - Afiliación sindical. - Origen racial. - Creencias y religión. - Violencia de género. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 9. MEDIDAS DE SEGURIDAD • En atención al nivel de protección asignado a los datos contenidos en nuestros ficheros, deberemos aplicar medidas técnicas legales y organizativas concretas. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 10. TEXTOS LEGALES QUE DEBEN APARECER EN LA TIENDA ONLINE 1. Identificación de la empresa o el particular. 2. Aceptación de las condiciones de uso. 3. Política de privacidad. 4. Condiciones generales de contratación. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 11. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS • Ente público con personalidad jurídica propia, que actúa con independencia en el ejercicio de sus funciones. • Sus principales funciones son:  Ejercer potestad SANCIONADORA.  Requerir MEDIDAS DE CORRECCIÓN.  Autorizar TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS.  ATENDER RECLAMACIONES de los afectados.  Dictar RECOMENDACIONES en materia de seguridad y tratamiento de los datos. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 12. SANCIONES EN LA LOPD • Infracciones leves: Entre 900 y 40.000 € • Infracciones graves: Entre 40.001 y 300.000 € • Infracciones muy graves: Entre 300.001 y 600.000 € © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 13. INSCRIPCIÓN DE FICHEROS • Siempre que recabemos datos personales de terceros y los conservemos para su posterior tratamiento, deberemos inscribir el fichero ante el Registro General de AEPD, indicando:  NOMBRE del fichero.  FINALIDAD del fichero.  TIPO DE INFORMACIÓN que contiene.  NIVEL DE SEGURIDAD asignado. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 14. DOCUMENTO DE SEGURIDAD • La Ley impone la elaboración de un documento de seguridad, siempre que hayamos inscrito ficheros. • Debe contener:  Los FICHEROS inscritos, las PERSONAS que los emplean y los SISTEMAS que los soportan.  Las MEDIDAS aplicadas para garantizar la SEGURIDAD de los datos.  Las FUNCIONES Y LAS OBLIGACIONES de las personas que acceden a los datos.  La RELACIÓN DE ENCARGADOS del tratamiento.  Los CONTROLES PERIÓDICOS que garanticen las medidas de seguridad aplicadas. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 15. CONTRATACIÓN ONLINE 1. EL PLAZO DE ENTREGA DEL PRODUCTO • La entrega del producto vendido no puede superar el plazo de 30 días desde la aceptación formal de la oferta. • Si no hay stock del producto en el momento posterior a la compra, se le informará al comprador planteándole 2 opciones: a) Se le ofrece un producto de igual o superior calidad. b) Se le hace entrega del importe pagado, que deberá entregarse en un plazo de 30 días. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 16. CONTRATACIÓN ONLINE 2. EL DERECHO DE DESISTIMIENTO • El comprador tiene el derecho a desistir de la compra si no le satisface el producto que le enviamos, en un plazo de 7 días desde que lo recibió. • Si no le informamos de este derecho en el momento de formalizar la compra, el plazo para desistir se amplía a 3 meses. • Existen excepciones al derecho de desistimiento. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 17. CONTRATACIÓN ONLINE 3. INFORMACIÓN A FACILITAR AL COMPRADOR  Características esenciales del producto.  Precio (incluido los impuestos aplicados y los gastos de envío).  La forma de pago y el método de entrega.  El plazo de validez de la oferta.  La dirección a la que se pueden enviar reclamaciones.  Cómo se puede acceder al servicio postventa.  Condiciones de la garantía. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 18. CONTRATACIÓN ONLINE 4. GARANTÍA • La garantía comercial entra en juego cuando el producto vendido no se ajusta al contrato de venta. • El producto es conforme con el contrato de venta cuando:  Se AJUSTA A LA DESCRIPCIÓN que hace el vendedor en la oferta.  Es APTO PARA LOS CASOS a los que habitualmente se destinan productos del mismo tipo.  El comprador desease hacer un USO ESPECIAL y así lo solicitase al vendedor y éste admita tal posibilidad.  El producto presenta la CALIDAD Y PRESTACIONES SUFICIENTES que de él se espera, según la información que ofrezca la publicidad o el etiquetado. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 19. CONTRATACIÓN ONLINE 4. GARANTÍA • El comprador tiene el derecho de reclamar durante los 2 primeros años de vida del producto. • Si nos reclama una disconformidad del producto y ésta existe, el comprador podría elegir entre: a) La reparación del producto o su sustitución. b) Si no fuera posible su sustitución o reparación, podrá exigir una rebaja del precio o la devolución del producto. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 20. ASPECTOS JURÍDICOS DE LAS CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD • La Ley 34/1988, General de Publicidad , establece que se considerará publicidad ilícita cuando:  Se ATENTE al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la igualdad.  La que, dirigida a menores, les INDUZCA A ERROR SOBRE LA BONDAD de un producto, sobre todo si se pone en peligro su seguridad o la de terceros.  La PUBLICIDAD SUBLIMINAL.  La que CONTRAVENGA LO DISPUESTO EN NORMATIVAS PUBLICITARIAS especiales, como alcohol, tabaco, juego o armas, por ejemplo.  La PUBLICIDAD ENGAÑOSA, DESLEAL O AGRESIVA. © Sergio Álvarez Tejeda, 201
  • 21. ASPECTOS JURÍDICOS DE LAS CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD • La Ley 3/1991, de Competencia Desleal, describe una serie de comportamientos o actos desleales no permitidos, tales como:  Actos de ENGAÑO.  Actos de CONFUSIÓN.  OMISIONES ENGAÑOSAS.  PRÁCTICAS AGRESIVAS.  Actos de DENIGRACIÓN.  Actos de COMPARACIÓN.  Actos de IMITACIÓN. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 22. ASPECTOS JURÍDICOS DE LAS CAMPAÑAS DE PUBLICIDAD • El Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, establece la defensa de los derechos económicos de los consumidores frente a prácticas comerciales desleales. • La publicidad promocional forma parte del futuro contrato y es vinculante. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 23. LA LSSICE • La LSSICE regula la contratación electrónica de bienes y servicios, el suministro de información, la intermediación entre los consumidores y los tolerantes, los motores de búsqueda e indexación de contenidos. • La Ley aplica a TODOS los prestadores que desarrollen, directa o indirectamente, una actividad económica, esto es, que obtengan un beneficio económico de su actividad. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 24. OBLIGACIONES DE LA LSSICE 1. DEBER DE INFORMACIÓN GENERAL El titular de los servicios debe indicar en una zona accesible de su sitio web información que le identifique:  NOMBRE O IDENTIFICACIÓN SOCIAL, NIF y datos de contacto.  INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL.  EL PRECIO DEL PRODUCTO O SERVICIO, y si incluye los impuestos que le son de aplicación y los gastos de envío.  Si se trata de una actividad regulada, indicará su NÚMERO DE COLEGIADO.  Si se emplean COOKIES, por ejemplo, informar acerca de su utilización y finalidad, así como a solicitar al usuario su consentimiento previo para instalarlas. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 25. OBLIGACIONES DE LA LSSICE 2. CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA La contratación electrónica exige informar previamente a la celebración del contrato sobre:  Los pasos a seguir en el PROCESO DE CONTRATACIÓN.  Los medios técnicos que pone a disposición del destinatario para IDENTIFICAR Y CORREGIR ERRORES en la introducción de datos.  El IDIOMA O LENGUA en que se puede formalizar el contrato.  Las CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN que lo rijan.  La información que la LEY DE ORDENACIÓN DEL COMERCIO MINORISTA exige para las ventas a distancia. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 26. COMUNICACIONES PROMOCIONALES POR VÍA ELECTRÓNICA. SPAM. • La LSSICE remite a la LOPD para regular las comunicaciones publicitarias electrónicas no deseadas. • Se considera que una campaña promocional por vía electrónica es CORRECTA cuando atiende a las siguientes reglas:  Las comunicaciones deben estar PERFECTAMENTE IDENTIFICADAS como tales, indicando quién es el promotor del producto o servicio promocionado.  Incluir en el asunto del email la palabra “PUBLICIDAD”.  En caso de descuentos, regalos, premios u ofertas promocionales indicar claramente las CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.  SÓLO se pueden enviar comunicaciones comerciales a destinatarios que las hubieran solicitado o autorizado expresamente con anterioridad.  Incluir un link de “DARSE DE BAJA DE LA SUSCRIPCIÓN”.  FACILITAR EL EJERCICIO DEL DERECHO DE OPOSICIÓN en los formularios de recogida de datos personales. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 27. SANCIONES DE LA LSSICE • Infracción leve: Hasta 30.000 € • Infracción grave: Entre 30.001 y 150.000 € • Infracción muy grave: Entre 150.001 y 600.000 € © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 28. LOS DOMINIOS • Clases de dominios: Dominios genéricos: .com, .net o .org Dominios territoriales: .es, .de, .pt • Las reglas de asignación, organización y resolución de controversias están reguladas por ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers). • Cada vez más los dominios se utilizan como posicionamiento de marca. • Para evitar conflictos futuros, se recomienda registrar el dominio paralelamente al registro de la marca. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 29. LOS DOMINIOS  RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE LOS CONFLICTOS • Política Uniforme vs Demanda judicial: La Política Uniforme es más ágil y menos cotosa. • La Política Uniforme acredita proveedores para la solución de controversias. En España, Adigital, Autocontrol, entre otras. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 30. LOS DOMINIOS  RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE LOS CONFLICTOS • Para considerar que un dominio puede estar VIOLANDO LOS DERECHOS DE MARCA DE UN TERCERO, deben concurrir las siguientes circunstancias:  Que el dominio tenga un nombre idéntico o similar a una marca y tienda a confusión en el mercado.  Que el demandado no tenga derechos o interés legítimo sobre el nombre del dominio (Ej: la marca).  Que el nombre del dominio haya sido ya registrado y se utilice de mala fe. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 31. LA PROPIENDAD INTELECTUAL DEL SITIO WEB • Los DERECHOS DE AUTOR comprenden los derechos morales y los derechos patrimoniales. • Los derechos patrimoniales tienen un contenido más económico y pueden ser cedidos a terceros. Entre ellos, se distinguen los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación. • Regular bien la propiedad intelectual en las condiciones de uso del sitio web. “ Todos los derechos reservados” © Sergio Álvarez Tejeda, 2013
  • 32. © Sergio Álvarez Tejeda, 2013