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Universidad Fermín Toro
Vice RectoradoAcadémico
Facultadde Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuelade Derecho
Estudiante:AurielysVerónicaDíazAponte.
Cedula:V-27.324.796.
Sección:SAIA“A”
Cátedra:InformáticaJurídica.
Profesora:EmilyRamírez.
Es un conjunto de datos
electrónicos que acompañan a
un documento electrónico
Ley de mensajes
de datos y firma
electrónica:
Clases de firma:
Validación de
la firma
electrónica:
Hash: Criptografía:
Es una ley
encargada en la
estipulación le
leyes para el
mejoramiento del
funcionamiento
de los avances
tecnológicos, a
través de los
diversos factores
que componen el
mismo
Firma electrónica simple
Son datos electrónicos anexos a
otros datos electrónicos y utiliza el
usuario para firmar.
Firma electrónica avanzada
Es aquella que se encuentra
vinculada al firmante de manera
única. Permite identificar al firmante,
asegurando la identidad del mismo.
Firma electrónica cualificada
Es una firma electrónica avanzada
que se crea mediante un dispositivo
cualificado de creación de firmas
electrónicas y que se basa en un
certificado cualificado de firma
electrónica.
Se comprueba a
través del siguiente
proceso:
 La identidad del
firmante
 La integridad del
documento
firmado
 La validez
temporal del
certificado
utilizado
Es un algoritmo
matemático
que transforma
cualquier
bloque
arbitrario de
datos en una
nueva serie de
caracteres con
una longitud
fija.
Es la técnica que
protege
documentos y
datos.
Funciona a través
de la utilización de
cifras o códigos
para escribir algo
secreto en
documentos y
datos
confidenciales que
circulan en redes
locales o en
internet.
Criptología: Encriptación:
Validez y eficacia
de la firma
electrónica:
Efectos
Jurídicos:
Obligaciones
del signatario:
La criptología es la
disciplina que se
ocupa del cifrado de
los mensajes
ocultos o
encriptados,
algunos secretos
codificados y ciertas
conspiraciones.
Es un procedimiento
mediante el cual los
archivos, o cualquier
tipo de documento,
se vuelven
completamente
ilegibles gracias a un
algoritmo que
desordena sus
componentes.
El artículo 16 de ley
de mensajes de
datos y firma
electrónica establece
que la Firma
Electrónica que
permita vincular al
Signatario con el
Mensaje de Datos y
atribuir la autoría de
éste, tendrá la misma
validez y eficacia
probatoria que la ley
otorga a la firma
autógrafa.
El artículo 17 de ley de
mensajes de datos y
firma electrónica
establece que la Firma
Electrónica que no
cumpla con los
requisitos señalados
en el artículo anterior
no tendrá los efectos
jurídicos que se le
atribuyen en dicha ley.
El artículo 19 de ley de
mensajes de datos y firma
electrónica establece que El
Signatario de la Firma
Electrónica tendrá las
siguientes obligaciones:
1-. Actuar con diligencia
para evitar el uso no
autorizado de su Firma
Electrónica.
2-. Notificar a su Proveedor
de Servicios de Certificación
que su Firma Electrónica ha
sido controlada por terceros
no autorizados.
El Signatario que no cumpla
con las obligaciones antes
señaladas será responsable
de las consecuencias del
uso no autorizado de su
Firma Electrónica.
Ventajas de la firma
electrónica:
Seguridad de la
firma electrónica
Como se firma un
documento electrónico
Mayor seguridad
Los documentos con firma electrónica no
pueden ser alterados ni manipulados. Los
sistemas de protección digitales son muy
eficaces y fiables.
Ahorro de costes
Al sustituir el papel, todos los costes de
material de papelería en una empresa
disminuyen y en muchos casos se eliminan.
Mayor agilidad
Los procesos y los flujos de operaciones que
implican la firma y gestión de documentos se
automatizan, simplificando en gran medida el
procedimiento en sí.
Mejora de la experiencia de cliente
La firma electrónica también genera una
mejora integral y tangible del servicio al cliente
en todas aquellas empresas que la utilicen
para la venta de sus productos y servicios
La seguridad jurídica es un
principio básico del derecho
universalmente reconocido.
Se basa en la convicción del
derecho, tanto en el ámbito
de su publicidad como en el
de su aplicación.
Significa la certeza de que
lo permitido y prohibido por
el poder legislativo se
conoce, o puede conocerse,
por los ciudadanos
afectados.
La firma debe realizarse
obligatoriamente por medios
electrónicos y se podrá realizar de dos
formas, según se necesite:
1) Descargando una aplicación en tu
ordenador:
En este caso se utiliza para firmar la
aplicación que se instala en el
ordenador y no se necesita estar
conectado a Internet.
2) Firmar directamente desde Internet:
Esta opción es usada sobre todo
cuando se firman formularios o
solicitudes telemáticas, por ejemplo, en
la relación con la Administración
Pública.
Una firma digital es un mecanismo criptográfico que permite
al receptor de un mensaje firmado digitalmente identificar a
la entidad originadora de dicho mensaje
Características de
la firma digital:
Tipos de firma: Ventajas: Desventajas:
La Firma Digital cuenta con
tres características
importantes:
1.- Autentificación: la firma
digital es equivalente a la
firma física de un
documento.
2.- Integridad: el mensaje
y/o transacciones no
pueden ser modificados.
3.- No repudio en origen: el
emisor no puede negar
haber enviado el mensaje o
haber realizado una
determinada transacción.
La Firma digital simple: Es el
más vulnerable, ya que es solo
un conjunto de datos en formato
electrónico que sirven como
medio de identificación para el
firmante.
La firma digital avanzada:
Garantiza la integridad del
documento firmado, impidiendo
los cambios o alteraciones
posteriores al momento de la
firma.
La firma reconocida: Está
basada en un certificado
reconocido que garantiza su
seguridad y además debe ser
generada en un dispositivo
seguro de creación de firmas
-Proporciona el máximo grado de
seguridad y confidencialidad en
Internet.
-Identifica a las partes que se
conectan telemáticamente.
-Da acceso a una inmejorable
oferta de servicios en el ámbito
de la gestión de derechos de
autor.
-La imposibilidad de
suplantación, porque la firma ha
sido creada por quien suscribe
-La integridad, porque se
detectará cualquier modificación
de los datos.
Entre las desventajas
podemos mencionar la
necesidad de contar con una
autoridad certificadora de
confianza y la
responsabilidad que pesa
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generar un entorno
adecuado que les permita
mantener bajo su exclusivo
control los datos de creación
de la firma y contar con un
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técnicamente confiable.

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La Firma Electrónica y Digital

  • 1. Universidad Fermín Toro Vice RectoradoAcadémico Facultadde Ciencias Jurídicas y Políticas Escuelade Derecho Estudiante:AurielysVerónicaDíazAponte. Cedula:V-27.324.796. Sección:SAIA“A” Cátedra:InformáticaJurídica. Profesora:EmilyRamírez.
  • 2. Es un conjunto de datos electrónicos que acompañan a un documento electrónico Ley de mensajes de datos y firma electrónica: Clases de firma: Validación de la firma electrónica: Hash: Criptografía: Es una ley encargada en la estipulación le leyes para el mejoramiento del funcionamiento de los avances tecnológicos, a través de los diversos factores que componen el mismo Firma electrónica simple Son datos electrónicos anexos a otros datos electrónicos y utiliza el usuario para firmar. Firma electrónica avanzada Es aquella que se encuentra vinculada al firmante de manera única. Permite identificar al firmante, asegurando la identidad del mismo. Firma electrónica cualificada Es una firma electrónica avanzada que se crea mediante un dispositivo cualificado de creación de firmas electrónicas y que se basa en un certificado cualificado de firma electrónica. Se comprueba a través del siguiente proceso:  La identidad del firmante  La integridad del documento firmado  La validez temporal del certificado utilizado Es un algoritmo matemático que transforma cualquier bloque arbitrario de datos en una nueva serie de caracteres con una longitud fija. Es la técnica que protege documentos y datos. Funciona a través de la utilización de cifras o códigos para escribir algo secreto en documentos y datos confidenciales que circulan en redes locales o en internet.
  • 3. Criptología: Encriptación: Validez y eficacia de la firma electrónica: Efectos Jurídicos: Obligaciones del signatario: La criptología es la disciplina que se ocupa del cifrado de los mensajes ocultos o encriptados, algunos secretos codificados y ciertas conspiraciones. Es un procedimiento mediante el cual los archivos, o cualquier tipo de documento, se vuelven completamente ilegibles gracias a un algoritmo que desordena sus componentes. El artículo 16 de ley de mensajes de datos y firma electrónica establece que la Firma Electrónica que permita vincular al Signatario con el Mensaje de Datos y atribuir la autoría de éste, tendrá la misma validez y eficacia probatoria que la ley otorga a la firma autógrafa. El artículo 17 de ley de mensajes de datos y firma electrónica establece que la Firma Electrónica que no cumpla con los requisitos señalados en el artículo anterior no tendrá los efectos jurídicos que se le atribuyen en dicha ley. El artículo 19 de ley de mensajes de datos y firma electrónica establece que El Signatario de la Firma Electrónica tendrá las siguientes obligaciones: 1-. Actuar con diligencia para evitar el uso no autorizado de su Firma Electrónica. 2-. Notificar a su Proveedor de Servicios de Certificación que su Firma Electrónica ha sido controlada por terceros no autorizados. El Signatario que no cumpla con las obligaciones antes señaladas será responsable de las consecuencias del uso no autorizado de su Firma Electrónica.
  • 4. Ventajas de la firma electrónica: Seguridad de la firma electrónica Como se firma un documento electrónico Mayor seguridad Los documentos con firma electrónica no pueden ser alterados ni manipulados. Los sistemas de protección digitales son muy eficaces y fiables. Ahorro de costes Al sustituir el papel, todos los costes de material de papelería en una empresa disminuyen y en muchos casos se eliminan. Mayor agilidad Los procesos y los flujos de operaciones que implican la firma y gestión de documentos se automatizan, simplificando en gran medida el procedimiento en sí. Mejora de la experiencia de cliente La firma electrónica también genera una mejora integral y tangible del servicio al cliente en todas aquellas empresas que la utilicen para la venta de sus productos y servicios La seguridad jurídica es un principio básico del derecho universalmente reconocido. Se basa en la convicción del derecho, tanto en el ámbito de su publicidad como en el de su aplicación. Significa la certeza de que lo permitido y prohibido por el poder legislativo se conoce, o puede conocerse, por los ciudadanos afectados. La firma debe realizarse obligatoriamente por medios electrónicos y se podrá realizar de dos formas, según se necesite: 1) Descargando una aplicación en tu ordenador: En este caso se utiliza para firmar la aplicación que se instala en el ordenador y no se necesita estar conectado a Internet. 2) Firmar directamente desde Internet: Esta opción es usada sobre todo cuando se firman formularios o solicitudes telemáticas, por ejemplo, en la relación con la Administración Pública.
  • 5. Una firma digital es un mecanismo criptográfico que permite al receptor de un mensaje firmado digitalmente identificar a la entidad originadora de dicho mensaje Características de la firma digital: Tipos de firma: Ventajas: Desventajas: La Firma Digital cuenta con tres características importantes: 1.- Autentificación: la firma digital es equivalente a la firma física de un documento. 2.- Integridad: el mensaje y/o transacciones no pueden ser modificados. 3.- No repudio en origen: el emisor no puede negar haber enviado el mensaje o haber realizado una determinada transacción. La Firma digital simple: Es el más vulnerable, ya que es solo un conjunto de datos en formato electrónico que sirven como medio de identificación para el firmante. La firma digital avanzada: Garantiza la integridad del documento firmado, impidiendo los cambios o alteraciones posteriores al momento de la firma. La firma reconocida: Está basada en un certificado reconocido que garantiza su seguridad y además debe ser generada en un dispositivo seguro de creación de firmas -Proporciona el máximo grado de seguridad y confidencialidad en Internet. -Identifica a las partes que se conectan telemáticamente. -Da acceso a una inmejorable oferta de servicios en el ámbito de la gestión de derechos de autor. -La imposibilidad de suplantación, porque la firma ha sido creada por quien suscribe -La integridad, porque se detectará cualquier modificación de los datos. Entre las desventajas podemos mencionar la necesidad de contar con una autoridad certificadora de confianza y la responsabilidad que pesa sobre los propios usuarios de generar un entorno adecuado que les permita mantener bajo su exclusivo control los datos de creación de la firma y contar con un dispositivo de creación técnicamente confiable.