1. PERFIL DEL DOCENTE
SEGÚN LA LEY GENERAL
DE EDUCACIÓN
PRESENTADO A:
LIC. JOSE ADALBERTO MARTINEZ
POR:
ROCIO LIZZETH GUARDADO DE LIZAMA
SANDRA ANGELINA SAZ DELEON
NANCY BEATRIZ SARAVIA GARCÍA
ANA EVELING CRISTALES DE CENA
GILMA GUADALUPE HERCULES MIRANDA
2. La Constitución de la República establece
en el título II, sección tercera, disposiciones
fundamentales, que es necesario
desarrollar un ordenamiento legal para
determinar y establecer los fundamentos
de la educación nacional o regular el
sistema educativo.
3. Siendo esta, la Ley General de Educación,
que entró en vigencia el 29 de diciembre
de 1996, y que determina los objetivos
generales de la educación, es aplicable en
todos los niveles y modalidades y regula la
prestación del servicio de las instituciones
oficiales y privadas.
4. PERFIL DEL DOCENTE SEGÚN FINES Y
OBJETIVOS DE LA LEY GENERAL DE
EDUCACIÓN.
Poseer principios morales, espirituales
y sociales para poder lograr el
desarrollo integral de la personalidad
de los educandos.
5. Que utilice formas y modalidades
educativas que expliquen los procesos
implícitos en la relación persona y
medio ambiente.
Que utilice la solidaridad, justicia,
ayuda mutua, libertad y paz, en el
contexto del orden democrático que
reconoce la persona humana como el
origen y el fin de la actividad del
estado.
7. EDUCACIÓN INICIAL Y EDUCACIÓN
PARVULARIA.
Que fomente el valor de la unidad
familiar y comunidad.
Que estimule el desarrollo integral de
los educandos.
Que promueva la identidad y la
personalidad de los educandos en
todas sus dimensiones.
8. EDUCACIÓN BÁSICA.
Que fomente la capacidad para
observar, retener, imaginar, crear,
analizar, razonar y decidir.
Que mejore las habilidades para el uso
correcto de las diferentes formas de
expresión y comprensión.
Que promueva el respeto a la persona
humana, al patrimonio natural y
cultural.
9. EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
Fortalezca y contribuya a la formación
general e integral del educando.
Que sea capaz de formar profesionales
competentes, con fuerte vocación de
servicio y promueva la investigación.
10. EDUCACIÓN DE ADULTOS Y ESPECIAL
Que sea capaz de suplir niveles de
escolaridad que no fueron alcanzados en
su oportunidad.
Que contribuya a elevar el nivel de calidad
de vida.
11. Que favorezca el acceso de la población
con necesidades educativas especiales
al sistema educativo nacional.
Que promueva la incorporación de la
familia y la comunidad en el proceso de
atención de las personal con
necesidades educativas especiales.
12. CONCLUSIÓN
Después de leer los fines y objetivos
establecidos en LA LEY GENERAL
DE EDUCACIÓN, podemos concluir
que el porcentaje de docentes
salvadoreños, que cumplen
completamente con el perfil
determinado es deficiente.
13. RECOMENDACION
Teniendo en cuenta que la labor del
docente requiere según la legislación
salvadoreña, un perfil que exige la
práctica de los valores éticos, familiares
y espirituales, además de ser un experto
en la enseñanza, la formación
profesional del docente debería
orientarse hacia la persecución de ese
perfil de manera integral.
14. PREGUNTAS.
1. ¿Considera usted que el sistema educativo
nacional de acuerdo al perfil del docente se apega
a la realidad?
2. ¿Describa algunas características que según la
Ley General de Educación debe poseer un
docente?
3. ¿Cuál es el fundamento de la Ley General de
Educación en cuanto al perfil del docente?
4. ¿Qué hace falta para que el docente Salvadoreño,
cumpla con el perfil deseado según la Ley?
5. ¿Considera que el sistema educativo nacional,
brinda la capacitación adecuada para que el
docente enriquezca el perfil que la Ley demanda?