1. Departamento Legislación
REAL DECRETO POR EL QUE SE DEROGAN TOTAL O PARCIALMENTE DETERMINADAS
REGLAMENTACIONES TÉCNICO-SANITARIAS Y NORMAS DE CALIDAD REFERIDAS A
PRODUCTOS ALIMENTICIOS.
ARTÍCULOS 1 A 53: DEROGACIÓN PARCIAL
Artículo 1: Decreto 644/1973, RTS para la elaboración, circulación y comercio de Whisky:
Artículos Derogados: 9.5, 10.2, 11.1.4, 11.1.6, 13, 14, 22.1, 23, 24, 27 y 28.
Artículo 2: Orden de 23 de enero de 1974, RTS para la elaboración, circulación y comercio de
la sangría y de otras bebidas derivadas del vino: Artículos Derogados: 8, 9, 11.1, 11.4 y
25.
Artículo 3: Decreto 2484/1974, RTS para la Elaboración, Circulación y Comercio del Brandy:
Artículos Derogados: 4.9, 5.5, 5.11.1, 5.11.3, 6.1.4, 8, 9, 16.1.2, 16.1.6, 16.2, 17,
18, 21, 22, 23 y 24.
Artículo 4: Decreto 1228/1975, RTS para la elaboración, circulación y comercio del Ron:
Artículos derogados: 15.2, 15.8, 15.9, 16.5, 18, 19, 29.1.2, 30, 31, 34, 35, 36 y 37
Artículo 5: Decreto 2181/1975, RTS para la Elaboración, Circulación y Comercio de Pastas
Alimenticias: Artículos Derogados: Todos excepto los artículos: 1, 2, 3, 9, 10, 12.2,
15.1, 15.2 y 18.
Artículo 6: Orden de 31 de enero de 1978 por la que se reglamentan los Vinos
aromatizados y el bitter-soda: Artículos Derogados: 5.g, 10.8, 10.9, 10.10, 10.12,
12.2, 12.3, 12.4, 19, 20, 26 y 27
Artículo 7: Real Decreto 2420/1978, RTS para la elaboración y venta de Conservas
vegetales: Artículos Derogados: 3.2.e, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15.1, 16, 17, 18
excepto 18.2, 19, 20, 22, 23 y 24.
Artículo 8: Orden de 1 de agosto de 1979 por la que se reglamentan las Sidras y otras
bebidas derivadas de la manzana: Artículos Derogados: 6.C.3, 6.C.5, 6. D.3 y 6.D.4,
7.A.2, 7.B.3, 8, 9.1, 20 y 21
2. Departamento Legislación
Artículo 9: Orden de 7 de febrero de 1980 norma de calidad para Productos cárnicos
Embutidos Crudos-Curados: Derogados Apartados: 5, 6, 7, 8, 9, 10.1 excepto letras
f) y l), 10.2 y 10.3 del Anejo 1.
Artículo 10: Real Decreto 1011/1981, RTS para la elaboración, circulación y comercio de
Grasas comestibles (animales, vegetales y anhidras) margarinas, minarinas y
preparados grasos. Artículos Derogados: Artículos 14, 30, 31, 32, excepto el
segundo guión y la frase final del apartado 9 y el apartado 10, 34, 35 y 36, así
como los límites de metales pesados establecidos en los artículos 15, 16, 17, 18,
19, 20 y 21.
Artículo 11: Real Decreto 2297/1981, de 20 de agosto, RTS para Elaboración, Circulación y
Comercio de la Ginebra. Artículos Derogados: Apartado 2.3.4 del artículo 3, 4.4, 4.9,
5.2, 10.1, 10.6, 11, 12, 13.1, 13.3, 16, 17, 18, 19.2 y 23
Artículo 12: Orden de 5 de noviembre de 1981 normas genéricas de calidad para Productos
cárnicos Crudos Adobados: Derogados Apartados: 5.3, 6, 7, 8, apartado 10 excepto
las letras a) y h) del Anejo número 1.
Artículo 13: Orden de 5 de noviembre de 1981 norma de calidad para Lomo adobado de
cerdo: Derogado Apartado 5.4 del anejo.
Artículo 14: Orden de 5 de noviembre de 1981 norma genérica de calidad para Productos
cárnicos tratados por el calor: Derogados Apartados: 5.3, 6, 7, 9, 10 y 11 excepto
las letras c) y h) del Anejo.
Artículo 15: Orden de 5 de noviembre de 1981 norma de calidad para los Fiambres de
lomo: Derogado Apartado 5.4 del anejo.
Artículo 16: Real Decreto 644/1982, RTS para la elaboración, circulación y comercio del
Anís: Artículos Derogados: 4.2.3, 5.4, 6.1.3, 6.1.5, 11.1, 11.5, 11.6, 12.1, 12.3,
12.4, 13, 14.1, 14.3, 17.1, 18, 19, 20.2, 20.3, 20.4 y 24.
Artículo 17: Real Decreto 1124/1982, RTS para la Elaboración, Fabricación, Circulación y
Comercio de Galletas: Derogados Apartados: 3, 4, 5.1, 5.2.1, 5.2.2, 5.2.5, 5.3, 6, 7.2,
8 y 9.
3. Departamento Legislación
Artículo 18: Real Decreto 1787/1982, de 14 de Mayo de 1982, por el que se aprueba la
Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Turrones y Mazapanes:
Derogados Apartados: 3, 4, 5, 7.1, 7.2, 7. 3 excepto 7.3.2, 7.3.3 y 7.3.6, 8.2, 9.
Artículo 19: Real Decreto 1416/1982, para la elaboración, circulación y comercio de
Aguardientes compuestos, licores, aperitivos sin vino base y otras bebidas
derivadas de alcoholes naturales: Derogados Apartados: 3.1.2, 3.1.4, 3.4.4, 3.4.5,
3.4.6, 3.5.7, 4, párrafo primero del 6.1, 7.4.1, 7.4.2, 7.4.4, 7.5, 7.6 , 8.1, 9.2 y 10
Artículo 20: Real Decreto 308/1983, Reglamentación Técnico-Sanitaria de Aceites
vegetales comestibles: Derogados Apartados: III.1, III.2, III.3. III.4, IV, V.1, V.4,
VI.1, VI.2.1 excepto la letra a), VI.3, VI.4, VII a excepción del sub-apartado 4.2,
VIII y IX.
Artículo 21: Real Decreto 667/1983, Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y
venta de Zumos de frutas y de otros vegetales y de sus derivados: Artículos
Derogados: 16, 17 y 18
Artículo 22: Real Decreto 1354/1983, RTS para la elaboración, circulación y comercio de Té
y derivados: Artículos Derogados: Artículos 4, 6, 7, 8, 9, 11.8, 12, 14, 15, primer
párrafo del 16, 21, 22 y 23.
Artículo 23: Real Decreto 1424/1983, de 27 de abril, por el que se aprueba la
Reglamentación Técnico-Sanitaria para la obtención, circulación y venta de la Sal y
salmueras comestibles: Artículos Derogados: 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, excepto
punto 12.1.1, 13.2.2, 14, 15 excepto punto 15.1.1, 16, 17, 18.2, 19, 20 y 21.
Artículo 24: Orden de 29 de junio de 1983 normas de calidad para Jamón cocido y fiambre
de jamón, paleta cocida y fiambre de paleta y magro de cerdo cocido y fiambre de
magro de cerdo: Derogados Apartados 7, 8, 9, 12 excepto 12.1.1 y 12.1.9, 13 del
anejo 1. Derogados Apartados, 7, 8, 9, 12 excepto 12.1.1 y 12.1.9, 13 del anejo 2.
Derogados Apartados 6, 7, 8, 9, 12 excepto 12.1.1 y 12.1.9, 13 del anejo 3
Artículo 25: Derogación parcial de la Orden, de 12 de Julio de 1983, normas generales de
calidad para la Nata y nata en polvo con destino al mercado interior Derogados
Apartados 5.3, 7, 8, 9.1, 9.3, 9.4, 9.5, 9.8, 9.10, 9.11, 9.12, 9.13, 10, 11, 12 excepto
4. Departamento Legislación
12.1.1, 13 y 14 del anejo 1. Derogados Apartados 8, 9.1, 9.3, 9.4, 9.5, 9.6, 9.8,
9.10, 9.11, 10, 11, 12 excepto 12.1.1, 13, 14 del anejo 2.
Artículo 26: Real Decreto 2507/1983, RTS para la elaboración y comercialización de Masas
fritas: Artículos: Todos excepto: 1, 2, 9.6, 9.7, 12 y 13.2.
Artículo 27: Orden de 20 de octubre de 1983 Norma General de Calidad para la Leche
concentrada destinada al mercado interior. Derogados Apartados 6.1, 8, 9, 10, 11,
12.3 y 13
Artículo 28: Real Decreto 3176/1983, RTS para la Elaboración, Circulación y Comercio de
Especies vegetales para Infusiones de uso en alimentación: Artículos Derogados:
Todos excepto: 1, 2, 3, 8.2.1, 8.2.2, 8.2.3, 10, 11.2.1, 11.2.2, 13.1 y 18.1
Artículo 29: Real Decreto 380/1984, de 25 de enero, RTS para la Elaboración y Venta de
Jarabes: Artículos Derogados: 4, 5, 6, 7, 8.1, 8.4,8.10, 8.11, 8.12, 8.13 y apartados
15 a 21 del artículo 8, 9, 11.1, 12.2, 12.3, 12.4, 12.7, 12.8, 13, 14, 15 excepto 15.1,
16, 17, 18, 20, 21, 22, 23 y 24.
Artículo 30: Real Decreto 858/1984, RTS para la elaboración, circulación y comercio de
Salsas de mesa: Artículos Derogados: 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25
excepto 25.1, 26, 27, 29, 30, 31 y 32.
Artículo 31: Real Decreto 1137/1984, RTS para la Fabricación, Circulación y Comercio del
Pan y panes especiales. Artículos Derogados: 8, 9, 9 bis, 10, 11, 12.1, 12.3, 12.4,
12.5, 12.6, 12.7, 12.8, 13, 17.3, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26.
Artículo 32: Real Decreto 1286/1984, RTS para la elaboración, circulación y comercio de las
Harinas y sémolas de trigo y otros productos de su molienda, para consumo
humano: Artículos Derogados: 2.9, 3, 4, 5, 6, 7.1.1, 7.1.2, 7.1.3, 7.2.2, 7.2.3, 8, 9,
10, 11.4.4, 11.4.5, 12, 13 excepto apartado 13.1.1, 13.3 13.4, 14, 15.2, 16, 17 y 18.
Artículo 33: Real Decreto 1521/1984, RTS de los establecimientos y productos de la
Pesca y Acuicultura con Destino al Consumo Humano: Derogados: Apartado 6 del
artículo 23, apartados 6 y 7 del artículo 32.
5. Departamento Legislación
Artículo 34: Real Decreto 2242/1984, RTS de la elaboración, circulación y comercio de
Condimentos y especias. Artículos Derogados: 7, 8, 9, 10, 11.1.4, 11.2.10, 12, 14,
15.1, 16, 17, 18.2, 18.3, 18.4, 18.5, 18.6, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28.
Artículo 35: Orden de 21 de noviembre de 1984, normas de calidad para las Conservas
vegetales: Derogados: Los puntos 1, 2, 4 y 5 del apartado 1.6, a excepción de lo
dispuesto en los sub-apartados 1.6.2.1 y 1.6.2.2; así como el punto 5 del apartado
1.7 y el apartado 1.8 del anejo número 1. Apartados 2.6 del anejo 2, 3.6 del anejo
3, 4.6 del anejo 4, 5.6 del anejo 5, 6.5 del anejo 6, 7.6 del anejo 7, 8.4 del anejo 8,
9.5 del anejo 9, 10.5 del anejo 10, 11.5 del anejo 11, 12.6 del anejo 12, 13.6 del
anejo 13, 14.6 del anejo 14, 15.6 y 15.7 del anejo 15, 16.6 del anejo 16, 17.6 del
anejo 17, 18.6 del aneo 18, 19.6 del anejo 19, 20.6 del anejo 230, 21.6 del anejo
21, 22.5 del anejo 22, 23.5 del anejo 23, 24.5 del anejo 24, 25.6 del anejo 25, 26.6
del anejo 26, 27.6 del anejo 27, 28.6 del anejo 28, 29.5 del anejo 29, 30.5 del anejo
30, 31.5 del anejo 31, 32.6 del anejo 32, 34.5 del anejo 34, 35.5 del anejo 35, 36.5
del anejo 36, 37.6 del anejo 37, 38.4 del anejo 38 y 42.5 del anejo 42
Artículo 36: Real Decreto 2323/1985, RTS elaboración, almacenamiento, transporte y
comercialización de sucedáneos de Café: Artículos Derogados: Todos excepto: 1, 2, 3,
7, 8 letras a, b), c), d), e), g) y h), 15.1, 15.3 y 20.1
Artículo 37: Derogación parcial de la Orden de 29 de octubre de 1986, norma general de
calidad para el Tocino salado y la panceta curada, destinados al mercado interior:
Derogados Apartados 8, 9, 11 y 12 del anejo 1. Derogados Apartados 7, 8, 10, 11 excepto
11.1 del anejo 2.
Artículo 38: Orden de 29 de octubre de 1986, norma de calidad para Tripas naturales con
destino al mercado interior: Derogados Apartados 10, 11, 12, 13, 14 excepto 14.1.1
y 14.1.5
Artículo 39: Real Decreto 2551/1986, RTS para la elaboración y comercialización de "Aceite
de orujo refinado y de oliva": Derogado Apartado cuarto, letras b), c) y d).
Artículo 40: Real Decreto 1094/1987, RTS para la Elaboración, Fabricación, Circulación y
Comercio de Cereales en Copos o Expandidos: Artículos Derogados: 3, 4, 5, 6, 7.2.1,
7.2.3, 8, 11.1.1, 11.1.2, 11.1.5, 11.2, 12, 13 excepto 13.3.1, 14.1, 14.2.1, 15, 16 y
17.
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Artículo 41: Real Decreto 1044/1987, RTS para la elaboración de zumos de uva en
armonización con la normativa comunitaria: Artículos Derogados: 2 letras a, c, d y e, 3,
5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.8, los límites establecidos para arsénico, plomo, cobre y zinc en el
artículo 6 y 7.
Artículo 42: Real Decreto 1261/1987, RTS para la elaboración, almacenamiento, transporte y
comercialización de los Azúcares destinados al consumo humano: Derogados los
límites de metales pesados establecidos en los artículos 2 y 3, letras a) y b).
Artículo 43: Orden de 14 de enero de 1988 la norma general de identidad y pureza para el
Cuajo y otras enzimas coagulantes de leche destinados al mercado interior:
Derogados Apartados: 8, 9.3, 9.4, 10, 11, 12, y 14.
Artículo 44: Orden de 28 de marzo de 1988 las normas generales de calidad para las
Caseínas y caseínatos alimenticios: Derogados Apartados 7, 8.1, 8.4, 9.2, 9.3, 10,
11 excepto 11.1, 12, 13 y 14 del anejo 1. Derogados Apartados 7, 8.1, 8.4, 9, 10, 11
excepto 11.1, 12, 13 y 14 del anejo 2.
Artículo 45: Real Decreto 1338/1988, RTS para la Elaboración y Venta de Horchata de
chufa: Artículos Derogados: 8.1, 8.5, 8.6, 10.1, 10.2, 10.3, 10.6, 10.8, 12, 13, 14,
15, 16, 17, 18 excepto 18.2 y 18.6, 19, 20, 21, 22 y 23.
Artículo 46: Orden de 26 de enero de 1989 Norma de Calidad para los Aceites y grasas
calentados: Artículos Derogados: 7, 8, 10, 11 y 12.
Artículo 47: Real Decreto 126/1989, de 3 de Febrero de 1989, Reglamentación Técnico-
Sanitaria para la elaboración y comercialización de Patatas fritas y productos de
aperitivo: Artículos Derogados: Todos excepto: 1, 2, 3, 4, 5, 14, 15.2, 15.5, 15.6,
17.2 y 17.3
Artículo 48: Real Decreto 823/1990, RTS para la elaboración, circulación y comercio de
Productos derivados de Cacao, derivados de Chocolate y sucedáneos de chocolate:
Artículos Derogados: Todos excepto: 1, 2, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 3.6, 3.7, 3.8, 10.1 y
11.1
7. Departamento Legislación
Artículo 49: Real Decreto 53/1995, RTS para la elaboración, circulación y comercio de la
Cerveza y de la Malta líquida: Artículos Derogados: 3, 4, 8.7, 11, 12 excepto 12.1,
13.1, 13.2, 13.3, y 16.
Artículo 50: Real Decreto 618/1998, RTS para la elaboración, circulación y comercio de
Helados y mezclas envasadas para congelar: Artículos Derogados: Todos excepto:
1, 2.1, 2.2, 2.3, 2.6, 2.8, 2.9, 2.10, 2.11, 3.1 letras a), b) y c), 6.2 letras a) a i),
11.1, 17.1
Artículo 51: Real Decreto 2452/1998, RTS para la elaboración, distribución y comercio de
Caldos, consomés, sopas y cremas: Artículos Derogados: Todos excepto: 1, 2, 3,
4.1, 4.2, 4.5 y 10.1
Artículo 52: Real Decreto 1230/2001, RTS para la elaboración, circulación y venta de las
Aceitunas de mesa: Artículos Derogados: 5, 6, 7.2, 7.3, 8, 9, 10.1, primer párrafo
del artículo 11 y 12.
Artículo 53: Real Decreto 179/2003, de 14 de febrero, Norma de Calidad para el Yogur o
yoghourt: Derogados Apartados: 7.3.7, 8, 9, 10, 11 excepto 11.1 y 13.
ARTÍCULO 54: DEROGACIÓN TOTAL DE DISPOSICIONES
Orden de 16 de agosto de 1964 por la que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria
del hielo.
Decreto 408/1975, RTS para la manipulación de huevos frescos y conservados, y
elaboración, conservación y venta de ovoproductos.
Resolución de 26 de diciembre de 1983, por la que se aprueba la lista positiva de aditivos
para la elaboración de jamón cocido y fiambre de jamón, paleta cocida y fiambre de
paleta y magro de cerdo y fiambre de magro de cerdo.
Real Decreto 381/1984, RTS del comercio minorista de alimentación.
Real Decreto 168/1985, RTS sobre condiciones generales de almacenamiento
frigorífico de alimentos y productos alimentarios.
8. Departamento Legislación
Real Decreto 706/1986, RTS sobre condiciones generales de almacenamiento (no
frigorífico) de alimentos y productos alimentarios.
Real Decreto 2483/1986, RTS sobre condiciones generales de transporte terrestre de
alimentos y productos alimentarios a temperatura regulada.