2. COPASO
DEFINICION:
Es un organismo de
coordinación entre el
empleador y sus
trabajadores, este comité es
el que se encarga de
promover y vigilar las
normas y los programas de
Salud Ocupacional dentro
de las empresas.
3. LEGISLACION QUE LO
RIGE…
• RESOLUCION 2013 DE
1986: Estableció que todas las
empresas e instituciones
publicas y privadas que tengan
a su servicio 10 o mas
trabajadores están obligados a
conformar un Comité de
Medicina Higiene y Seguridad
industrial.
• DECRETO –LEY 1295 DE
1994:Modifico su nombre de
Comité de Medicina Higiene y
Seguridad industrial a Comité
Paritario de Salud
Ocupacional.
4. PARA TENER EN CUENTA:
• Como su nombre lo indica el comité
debe estar compuesto por un
numero igual de representantes del
empleador y de los trabajadores con
sus respectivos suplentes así:
• De 10 a 49 trabajadores un
representante por cada una de las
partes.
• De 50 a 499 trabajadores dos
representantes por cada una de las
partes.
• De 500 a 999 trabajadores tres
representantes por cada una de las
partes.
• De 1000 o mas trabajadores cuatro
representantes por cada una de las
partes.
5. COMPROMISOS DEL
COMITÉ…
PERIODO DE DURACION DEL
COMITÉ:
• El periodo de trabajo del
comité es por 2 años, se debe
conformar mediante un
proceso de elección en el que
prime la libertad e igualdad de
los trabajadores.
REUNIONES DEL COMITÉ:
• Las reuniones deben programarse
por lo menos 1 vez al mes, o
cuando se presenten incidentes o
accidentes.
• Todos los miembros que hacen
parte del comité deben asistir
puntualmente a las reuniones
programadas.
• Participar activamente, hacer
recomendaciones.
• Aprobar o desaprobar las actas.
• Transmitir al comité las inquietudes
y sugerencias informadas por los
trabajadores.
• Los integrantes deben participar en
la investigación de los accidentes
laborales e inspecciones de
seguridad.
6. FUNCIONES Y ASPECTOS DEL
COMITE
FUNCIONES:
• INVESTIGACION: El comité debe
realizar la investigación de los accidentes
e incidentes laborales, enfermedad
laboral.
• CAPACITACION: Participar en las
actividades de capacitación dirigidas a
directivos, supervisores, miembros del
comité y trabajadores en aspectos de
Salud Ocupacional.
• COORDINACION: Entre empleadores
y trabajadores en temas inherentes a la
Salud Ocupacional.
• INSPECCIONES: El comité debe asistir
a las inspecciones de seguridad.
• VIGILANCIA: El comité debe estar
atento al estricto cumplimiento por parte
de los trabajadores y los empleadores.
ASPECTOS:
• El comité debe ser un mecanismo que
contribuya a mejorar la administración.
• El comité es canalizador y vocero de las
inquietudes de los trabajadores en temas
relacionados con Higiene y Seguridad
Industrial.
• El comité es el encargado de mejorar los
sistemas de trabajo de prevención y
corrección oportuna de condiciones y
circunstancias que pongan en riesgo la
integridad física de los trabajadores y la
estructura de la empresa.
• El comité debe mantener el intercambio
de información y cooperación de las
dependencias de mantenimiento y
reparación
• El comité hace parte del PSO de la
empresa, pero no es el responsable ni el
ejecutor del programa.
7. CARACTERISTICAS DEL COMITÉ:
• Participar activamente en el desarrollo
del PSO de la empresa y todas las
etapas de desarrollo.
• Actitud de cooperación , solidaridad y
compromiso de servicio ajeno a otros
intereses personales o grupales.
• Recibir capacitación adecuada para su
gestión.
• Implementar plan de trabajo y ejecución
del mismo.
• Poseer relaciones técnicas y
administrativas claramente definidas con
la gerencia y el PSO.
• Ser voceros de las inquietudes de los
trabajadores respecto a la Salud
Ocupacional, conocer a profundidad los
problemas de la empresa.
• Ser perseverantes si no logran de
inmediato las metas.
• Expresar con claridad y objetividad los
problemas y dar una adecuada solución.