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DIPLOMADO EN DERECHO
TRIBUTARIO
IMPUESTO A LA RENTA
El Impuesto a la Renta
1. El Impuesto a la Renta
2. Antecedentes
3. Base legal
4. Ámbito de aplicación
5. Base jurisdiccional
6. Hipótesis de incidencia
7. Inafectación y Exoneración.
8. Categorización de las rentas.
9. Regímenes del Impuesto a la Renta.
2
PERSONA NATURALPERSONA NATURAL
A.A. Conceptos Generales.Conceptos Generales.
B.B. Categorización del ImpuestoCategorización del Impuesto
a laa la Renta.Renta.
A.A. Conceptos y FundamentosConceptos y Fundamentos
Generales del Impuesto a laGenerales del Impuesto a la
RentaRenta
Tema 1 : Materia imponible - característicasTema 1 : Materia imponible - características
Tema 2 : Sistema de imposición a la rentaTema 2 : Sistema de imposición a la renta
Tema 3 : Evolución del IR en el PerúTema 3 : Evolución del IR en el Perú
Tema 4 : Hipótesis de IncidenciaTema 4 : Hipótesis de Incidencia
Tema 5 : Conceptos de Renta - AspectoTema 5 : Conceptos de Renta - Aspecto
MaterialMaterial
Tema 6 : Base Jurisdiccional - Aspecto EspacialTema 6 : Base Jurisdiccional - Aspecto Espacial
Tema 7 : Periodo de tiempo - AspectoTema 7 : Periodo de tiempo - Aspecto
TemporalTemporal
Tema 8 : Sujetos del impuesto – AspectoTema 8 : Sujetos del impuesto – Aspecto
PersonalPersonal
Tema 9 : Exoneraciones e InafectacionesTema 9 : Exoneraciones e Inafectaciones
1.11.1 MATERIA IMPONIBLEMATERIA IMPONIBLE
« La renta es la« La renta es la
expresión de laexpresión de la
capacidad contributivacapacidad contributiva
del sujeto.»del sujeto.»
7
RIQUEZARIQUEZA
RENTARENTA
PATRIMONIOPATRIMONIO
CONSUMOCONSUMO
Régimen General
Régimen Especial
Régimen Único Simplificado
Impuesto Predial
Arbitrios
Impuesto General a las Ventas
Impuesto Selectivo al Consumo
1.21.2 CARACTERISTICAS GENERALESCARACTERISTICAS GENERALES
 Impuesto Directo (No trasladable).Impuesto Directo (No trasladable).
 Contempla la equidad en la imposición:Contempla la equidad en la imposición:
 Equidad HorizontalEquidad Horizontal: Global y Personal (a todos): Global y Personal (a todos)
 Equidad VerticalEquidad Vertical : Progresivo (15, 21 y 30%): Progresivo (15, 21 y 30%)
ASPECTOSASPECTOS
MATERIALMATERIAL
¿Qué grava?¿Qué grava?
Concepto de rentaConcepto de renta
ESPACIALESPACIAL
¿Dónde se grava?¿Dónde se grava?
TerritorialidadTerritorialidad
TEMPORALTEMPORAL ¿¿Cuándo naceCuándo nace la obligación?la obligación?
Periodo de tiempoPeriodo de tiempo
PERSONALPERSONAL ¿Quién está Gravado?¿Quién está Gravado?
Sujetos del impuestoSujetos del impuesto
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
TEORIASTEORIAS
CONSUMO MAS INCREMENTOCONSUMO MAS INCREMENTO
PATRIMONIALPATRIMONIAL
RENTA PRODUCTORENTA PRODUCTO
FLUJO RIQUEZAFLUJO RIQUEZA
5.1 TEORIA RENTA PRODUCTO5.1 TEORIA RENTA PRODUCTO
Producto periódico que proviene de unaProducto periódico que proviene de una
fuente durable en estado de explotación.fuente durable en estado de explotación.
Elementos:Elementos:
a. Debe ser un Producto.a. Debe ser un Producto.
b. Debe provenir de una fuente productorab. Debe provenir de una fuente productora
durable.durable.
c. La renta debe ser periódica.c. La renta debe ser periódica.
d. La renta debe ser puesta en explotación.d. La renta debe ser puesta en explotación.
5.2 TEORIA FLUJO DE RIQUEZA5.2 TEORIA FLUJO DE RIQUEZA
Considera renta la totalidad de flujo deConsidera renta la totalidad de flujo de
riqueza que desde los terceros fluye hacia elriqueza que desde los terceros fluye hacia el
contribuyente.contribuyente.
Comprende la teoría Renta Producto, masComprende la teoría Renta Producto, mas
los siguientes ingresos:los siguientes ingresos:
a. Las ganancias de capital realizadas.a. Las ganancias de capital realizadas.
b. Los ingresos por actividades accidentales.b. Los ingresos por actividades accidentales.
c. Los ingresos eventuales.c. Los ingresos eventuales.
d. Los ingresos a título gratuito.d. Los ingresos a título gratuito.
TEMA 5:TEMA 5:
CONCEPTO DE RENTA (2)CONCEPTO DE RENTA (2)
5.25.2 TEORIA FLUJO DE RIQUEZATEORIA FLUJO DE RIQUEZA
TEMA 5:TEMA 5:
CONCEPTO DE RENTA (3)CONCEPTO DE RENTA (3)
Ingresos gratuitosIngresos gratuitos
TEORIATEORIA
FLUJO DEFLUJO DE
RIQUEZARIQUEZA
Teoría Renta ProductoTeoría Renta Producto
++
Ganancia de CapitalGanancia de Capital
Ingresos accidentalesIngresos accidentales
Ingresos eventualesIngresos eventuales
5.3 TEORIA DEL CONSUMO MAS EL INCREMENTO5.3 TEORIA DEL CONSUMO MAS EL INCREMENTO
PATRIMONIAL.PATRIMONIAL.
a.a. Comprende la totalidad de las ganancias oComprende la totalidad de las ganancias o
ingresos obtenidos durante el ejercicio.ingresos obtenidos durante el ejercicio.
b.b. La capacidad contributiva se mide en funciónLa capacidad contributiva se mide en función
a las satisfacciones obtenidas por la personaa las satisfacciones obtenidas por la persona
natural o jurídica.natural o jurídica.
c.c. La renta total se obtiene de la sumatoria deLa renta total se obtiene de la sumatoria de
todo lo consumido más los cambios en el valortodo lo consumido más los cambios en el valor
del patrimonio.del patrimonio.
5.35.3 TEORIA DEL CONSUMO MAS EL INCREMENTOTEORIA DEL CONSUMO MAS EL INCREMENTO
PATRIMONIAL.PATRIMONIAL.
TEMA 5:TEMA 5:
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
TEORIA del ConsumoTEORIA del Consumo
más elmás el
Incremento PatrimonialIncremento Patrimonial
TEORIA RENTA PRODUCTOTEORIA RENTA PRODUCTO
TEORIA FLUJO DE RIQUEZATEORIA FLUJO DE RIQUEZA
CONSUMOCONSUMO
+
+
EN LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTAEN LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA
1.1. Renta ProductoRenta Producto
- Lliteral a) y último párrafo del art. 1 .- Lliteral a) y último párrafo del art. 1 .
2.2. Flujo de la Riqueza.Flujo de la Riqueza.
- Art. 1, Inc. b - Ganancia de capital- Art. 1, Inc. b - Ganancia de capital
- Art. 1, Inc. c - Otros ingresos de terceros.- Art. 1, Inc. c - Otros ingresos de terceros.
- Art. 3 - Indemnizaciones.- Art. 3 - Indemnizaciones.
3.3. Consumo más Incremento patrimonial.Consumo más Incremento patrimonial.
- Art. 1, Inc. d - Rentas imputadas- Art. 1, Inc. d - Rentas imputadas
- Art. 3, último párrafo (REI)- Art. 3, último párrafo (REI)
- Art. 61, Inc. b - diferencia de cambio- Art. 61, Inc. b - diferencia de cambio
- Art. 52, Incremento Patrimonial- Art. 52, Incremento Patrimonial
TEMA 5:TEMA 5:
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
b)b) HabitualidadHabitualidad
Art. 4 de la LIR; Art. 17 del Reglamento.Art. 4 de la LIR; Art. 17 del Reglamento.
Es un concepto o criterio que sirveEs un concepto o criterio que sirve
para señalar si la enajenación depara señalar si la enajenación de
bienes realizados por una personabienes realizados por una persona
natural es un bien de cambio o unnatural es un bien de cambio o un
bien de capital, a fin de gravarlobien de capital, a fin de gravarlo
como renta empresarial (terceracomo renta empresarial (tercera
categoría)categoría)
TEMA 5:TEMA 5:
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
b)b) HabitualidadHabitualidad
TEMA 5:TEMA 5:
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
PATRIMONIOPATRIMONIO
Bienes de CambioBienes de Cambio
Renta de terceraRenta de tercera
CategoríaCategoría
OBJETO DE COMERCIOOBJETO DE COMERCIO
(MERCADERÍAS)(MERCADERÍAS)
GananciaGanancia
de capitalde capital
NO SON OBJETO DE TRANSACCIONESNO SON OBJETO DE TRANSACCIONES
(USO PERSONAL)(USO PERSONAL)
Bienes de CapitalBienes de Capital
..2.2. TEORIA FLUJO DE RIQUEZA EN EL PERUTEORIA FLUJO DE RIQUEZA EN EL PERU
a)a) Ganancias de capitalGanancias de capital (Art. 1 inc. b. y Art. 2 del LIR)(Art. 1 inc. b. y Art. 2 del LIR)
Son ingresos que provienen de la enajenación de bienesSon ingresos que provienen de la enajenación de bienes
de capital; es decir aquellos que no están destinados a serde capital; es decir aquellos que no están destinados a ser
comercializados en el ámbito de un negocio o empresa.comercializados en el ámbito de un negocio o empresa.
- Pueden generar rentas de 2da categoría o de 3era- Pueden generar rentas de 2da categoría o de 3era
categoría según el caso.categoría según el caso.
Las siguientes operaciones generanLas siguientes operaciones generan
ganancias de capitalganancias de capital
En el caso de personas naturales:En el caso de personas naturales:
En el caso de empresas:En el caso de empresas:
Enajenación de valores (salvo exoneración)Enajenación de valores (salvo exoneración)
Enajenación de inmuebles (salvo:Enajenación de inmuebles (salvo:
(i)(i) casa habitación, ycasa habitación, y
(ii)(ii) inmuebles adquiridos antes del 01/01/2004)inmuebles adquiridos antes del 01/01/2004)
2da categoría2da categoría
3era categoría3era categoría Art. 2º, Incisos a), b) y c).Art. 2º, Incisos a), b) y c).
..
b)b) Otros ingresos que provengan de tercerosOtros ingresos que provengan de terceros
Las indemnizacionesLas indemnizaciones (Art. 3 de la L.I.R.)(Art. 3 de la L.I.R.)
** A favor de empresas por seguros de su personal.A favor de empresas por seguros de su personal.
** Aquellos que no impliquen reparación de un dañoAquellos que no impliquen reparación de un daño
(daño emergente no; lucro cesante si).(daño emergente no; lucro cesante si).
** Contratos dotales de seguros de vida.Contratos dotales de seguros de vida.
** Los destinados a reponer un bien del activo de la empresa en la parteLos destinados a reponer un bien del activo de la empresa en la parte
que excede el costo computable, salvo:que excede el costo computable, salvo:
- Se destine a la reposición del bien.- Se destine a la reposición del bien.
- La adquisición se realice dentro de los 6 meses de la percepción del- La adquisición se realice dentro de los 6 meses de la percepción del
ingreso.ingreso.
- El bien se reponga dentro de 18 meses de la percepción.- El bien se reponga dentro de 18 meses de la percepción.
..
TEMA 5:TEMA 5:
CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
Cualquier ganancia o ingreso derivado de operaciones con 3ros.Cualquier ganancia o ingreso derivado de operaciones con 3ros.
(Último párrafo Art. 3 LIR; Inc. g) del Art. 1 del Reglamento)(Último párrafo Art. 3 LIR; Inc. g) del Art. 1 del Reglamento)
Es la obtenida en el devenir de la actividad de la empresa en susEs la obtenida en el devenir de la actividad de la empresa en sus
relaciones con otros particulares.relaciones con otros particulares.
Constituye ganancia o ingreso para una empresa, la provenienteConstituye ganancia o ingreso para una empresa, la proveniente
de:de:
-- Actividades accidentales.Actividades accidentales.
-- Ingresos eventualesIngresos eventuales
-- Transferencia a título gratuito que realice un particular.Transferencia a título gratuito que realice un particular.
La Base jurisdiccional del impuesto está relacionado conLa Base jurisdiccional del impuesto está relacionado con
los criterios de vinculación. Es decir, vendría a ser loslos criterios de vinculación. Es decir, vendría a ser los
criterios que el legislador adopte para vincular lacriterios que el legislador adopte para vincular la
materia imponible con su poder fiscal.materia imponible con su poder fiscal.
HechoHecho
económicoeconómico
(renta)(renta)
EstadoEstado
NEXONEXO
PUNTOS DE CONEXIÓN OPUNTOS DE CONEXIÓN O
CRITERIOS DE VINCULACIONCRITERIOS DE VINCULACION
PUNTOS DE CONEXIÓN OPUNTOS DE CONEXIÓN O
CRITERIOS DE VINCULACIONCRITERIOS DE VINCULACION
SUBJETIVOSSUBJETIVOS OBJETIVOSOBJETIVOS
PERSONAPERSONA
NATURALNATURAL
PERSONAPERSONA
JURIDICAJURIDICA
•NACIONALIDADNACIONALIDAD
• CIUDADANÍACIUDADANÍA
•RESIDENCIARESIDENCIA
•DOMICILIODOMICILIO
•LUGAR DE CONSTITUCIÓNLUGAR DE CONSTITUCIÓN
•SEDE DE DIRECCIÓNSEDE DE DIRECCIÓN
•SEDE DE CONTROLSEDE DE CONTROL
UBICACIÓNUBICACIÓN
DE LA FUENTEDE LA FUENTE
6.36.3 CRITERIOS DE VINCULACION EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION EN EL PERU
(Art. 6 de la LIR, 1er párrafo)(Art. 6 de la LIR, 1er párrafo)
““ Estan sujetas al impuesto la totalidad de las rentas gravadasEstan sujetas al impuesto la totalidad de las rentas gravadas
que obtengan los contribuyentes que, conforme a lasque obtengan los contribuyentes que, conforme a las
disposiciones de esta ley, se consideran “domiciliadas” en eldisposiciones de esta ley, se consideran “domiciliadas” en el
país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personaspaís, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas
naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni lanaturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la
ubicación de la fuente productora”.ubicación de la fuente productora”.
DOMICILIADODOMICILIADO
RENTA MUNDIALRENTA MUNDIAL
(renta de fuente peruana(renta de fuente peruana
++
renta de fuente extranjera)renta de fuente extranjera)
CONTRIBUYENTECONTRIBUYENTE PRINCIPIO JURISDICCIONALPRINCIPIO JURISDICCIONAL
SUJECION ILIMITADASUJECION ILIMITADA
6.36.3 CRITERIOS DE VINCULACION EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION EN EL PERU
(Art. 6 de la LIR, 2do párrafo)(Art. 6 de la LIR, 2do párrafo)
““En caso de contribuyentes no domiciliados enEn caso de contribuyentes no domiciliados en
el país, de sus sucursales, agencias oel país, de sus sucursales, agencias o
establecimientos permanentes, el impuestoestablecimientos permanentes, el impuesto
recae unicamente sobre las rentas gravadasrecae unicamente sobre las rentas gravadas
de fuente peruana”de fuente peruana”
NO DOMICILIADONO DOMICILIADO TERRITORIALIDADTERRITORIALIDAD
(solo por renta de(solo por renta de
fuente peruana)fuente peruana)
CONTRIBUYENTECONTRIBUYENTE
SUJECION LIMITADASUJECION LIMITADA
CRITERIOS DE VINCULACION SUBJETIVO EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION SUBJETIVO EN EL PERU
El punto de conexión es elEl punto de conexión es el “domicilio”“domicilio”
Reglas del domicilio (Arts. 7 y 8 L.I.R.)Reglas del domicilio (Arts. 7 y 8 L.I.R.)
1. ¿A QUIENES SE LES CONSIDERA DOMICILIADOS?1. ¿A QUIENES SE LES CONSIDERA DOMICILIADOS?
a) Peruanos que residen en el país.a) Peruanos que residen en el país.
b) Extranjeros que residen en el país. La residencia se puedeb) Extranjeros que residen en el país. La residencia se puede
adquirir deadquirir de dos formas:dos formas:
-- LargaLarga: Permanece en el país por dos (2) años o más en forma: Permanece en el país por dos (2) años o más en forma
continua, las ausencias temporales de hasta 90 díascontinua, las ausencias temporales de hasta 90 días
calendariocalendario en cada ejercicio gravable noen cada ejercicio gravable no
interrumpe la continuidad.interrumpe la continuidad.
-- CortaCorta: Se requiere 180 días de permanencia e inscribirse en el: Se requiere 180 días de permanencia e inscribirse en el
RUC. Si percibe renta de 5ta. Categoría bastaráRUC. Si percibe renta de 5ta. Categoría bastará
comunicar a sucomunicar a su empleador para acogerse a la ley peruana.empleador para acogerse a la ley peruana.
c) Funcionarios que desempeñan en el extranjero cargos oficiales.c) Funcionarios que desempeñan en el extranjero cargos oficiales.
d) Las Personas Jurídicas constituidas en el Perú (...).d) Las Personas Jurídicas constituidas en el Perú (...).
CRITERIOS DE VINCULACION SUBJETIVO EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION SUBJETIVO EN EL PERU
2.2. PERDIDA DEL DOMICILIO.PERDIDA DEL DOMICILIO.
Se da bajo dos formas:Se da bajo dos formas:
--Larga:Larga: Ausencia de 2 años o más en forma continua laAusencia de 2 años o más en forma continua la
ausencia no se interrumpe con presencias temporalesausencia no se interrumpe con presencias temporales
en el país de hasta 90 días calendario en el ejercicioen el país de hasta 90 días calendario en el ejercicio
gravable. Excepto funcionario público.gravable. Excepto funcionario público.
--Corta:Corta: Cuando adquieran residencia en otro país yCuando adquieran residencia en otro país y
hayan salido del Perú. La residencia se acredita con:hayan salido del Perú. La residencia se acredita con:
(i) Visa correspondiente o(i) Visa correspondiente o
(ii) Contrato de trabajo por un plazo no menor a un(ii) Contrato de trabajo por un plazo no menor a un
año.año.
CRITERIOS DE VINCULACION OBJETIVO EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION OBJETIVO EN EL PERU
(Artículos 9, 10, 11 y 12 LIR).(Artículos 9, 10, 11 y 12 LIR).
Principio de territorialidad de la fuente, se consideran los siguientesPrincipio de territorialidad de la fuente, se consideran los siguientes
criterios:criterios:
(i)(i) Ubicación física de bienes, capitales o actividades,Ubicación física de bienes, capitales o actividades,
(ii)(ii) Criterio del pagador yCriterio del pagador y
(iii)(iii) Lugar de uso o aprovechamiento.Lugar de uso o aprovechamiento. Se considera renta de fuenteSe considera renta de fuente
peruana:peruana:
TIPOS DE RENTATIPOS DE RENTA
1.- Producidas por predios situada el país,1.- Producidas por predios situada el país,
trabajo personal en el paístrabajo personal en el país
2.- Servicios digitales (Internet), asistencia2.- Servicios digitales (Internet), asistencia
técnica, regalías, derechostécnica, regalías, derechos
3.- Dividendos, rentas vitalicias y pensiones,3.- Dividendos, rentas vitalicias y pensiones,
regalías, sueldos que empresas domiciliadosregalías, sueldos que empresas domiciliados
paguen a miembros de sus consejos quepaguen a miembros de sus consejos que
activen en el exterioractiven en el exterior
CRITERIO DE VINCULACIONCRITERIO DE VINCULACION
Ubicación físicaUbicación física
Aprovechamiento del mercadoAprovechamiento del mercado
(utilización económica)(utilización económica)
Criterio del pagadorCriterio del pagador
-- El aspecto temporal del Impuesto esta vinculado alEl aspecto temporal del Impuesto esta vinculado al
momento en que se produce el hecho imponible.momento en que se produce el hecho imponible.
-- Por el hecho imponible el Impuesto a la Renta es unPor el hecho imponible el Impuesto a la Renta es un
tributo de realización periódica, es decir, requiere deltributo de realización periódica, es decir, requiere del
transcurso de un tiempo determinado para la realizacióntranscurso de un tiempo determinado para la realización
del hecho imponible.del hecho imponible.
-- El tiempo para la configuración del impuesto se llamaEl tiempo para la configuración del impuesto se llama
““ejercicio”,ejercicio”, generalmente es anual.generalmente es anual.
INICIOINICIO HECHOHECHO
IMPONIBLEIMPONIBLE
01/ENERO01/ENERO 31/DICIEMBRE31/DICIEMBRE
EJERCICIO
IMPUTACION DE LA RENTA A UN EJERCICIOIMPUTACION DE LA RENTA A UN EJERCICIO
Consiste en determinar en que ejercicio se incorpora el ingreso.Consiste en determinar en que ejercicio se incorpora el ingreso.
Existen dos sistemas de imputación: (i) percibido y (ii) devengadoExisten dos sistemas de imputación: (i) percibido y (ii) devengado
SISTEMASISTEMA
DEDE
IMPUTACIONIMPUTACION
De lo percibido:De lo percibido:
Momento de la percepción del ingresoMomento de la percepción del ingreso
Igual criterio para la deducción de gastosIgual criterio para la deducción de gastos
De lo devengado:De lo devengado:
Momento en que nace el derecho al cobroMomento en que nace el derecho al cobro
Igual criterio para la deducción de gastosIgual criterio para la deducción de gastos
PERSONA NATURALPERSONA NATURAL
1ra UNIDAD DE CONTRIBUYENTE: PERSONA NATURAL1ra UNIDAD DE CONTRIBUYENTE: PERSONA NATURAL
SER HUMANO
UNIDAD
FAMILIAR
SUCESIÓN
INDIVISA
Sujeto (individuo)
en forma aislada
Unidad económica
(Sujeto temporal)
Comprende el lapso
entre el fallecimiento
y partición
2da Unidad de contribuyente: Entidades intermedias2da Unidad de contribuyente: Entidades intermedias
ENTIDADES INTERMEDIASENTIDADES INTERMEDIAS
PERSONASPERSONAS
JURÍDICASJURÍDICAS
EMPRESASEMPRESAS
TODA P.J.TODA P.J. SOCIEDADESSOCIEDADES
TRANSPARENCIATRANSPARENCIA
FISCALFISCAL
(SOC. PERSONAS)(SOC. PERSONAS)
ENTEENTE
SEPARADOSEPARADO
(SOC. CAPITALES)(SOC. CAPITALES)
UNIDADUNIDAD
ECONOMICAECONOMICA
UTILIDADUTILIDAD
ACCIONISTASACCIONISTAS
UTILIDADUTILIDAD
LA P.J. TRIBUTALA P.J. TRIBUTA
SUJETOS DEL IMPUESTO EN EL PERUSUJETOS DEL IMPUESTO EN EL PERU
1) PERSONA NATURAL (Art. 16 LIR, y Art. 6 Reg.)
2) SOCIEDAD CONYUGAL (Art. 16 LIR, y Art. 6 Reg.)
3) SUCESION INDIVISA (Art. 17 LIR, y Num.3) Inc d)
del Art. 49 Reg.)
4) PERSONA JURIDICA (2do párrafo del art. 14 de
LIR, y el Inc d) del Art. 47 Reg.)
5) ASOCIACIONES DE HECHO DE PROFESIONALES Y
SIMILARES
(1er párrafo del art. 14 de LIR, y el Art. 5 Reg.)
EXONERADOEXONERADO
AMBITO DE APLICACIÓN DEL IMPUESTOAMBITO DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO
AFECTOAFECTO
AFECTOAFECTO AFECTOAFECTO
AFECTOAFECTO
INAFECTOINAFECTO
INAFECTO (INMUNIDAD)INAFECTO (INMUNIDAD)
II
NN
AA
FF
EE
CC
TT
OO
II
NN
AA
FF
EE
CC
TT
OO
UNIVERSO DE RECURSOS / ACTIVIDADES / OPERACIONESUNIVERSO DE RECURSOS / ACTIVIDADES / OPERACIONES
9.19.1 INAFECTACION EN LA L.I.R (Art. 18 de la L.I.R)INAFECTACION EN LA L.I.R (Art. 18 de la L.I.R)
Establece inafectaciones subjetivas (por el aspecto personal) yEstablece inafectaciones subjetivas (por el aspecto personal) y
objetivas ( por el aspecto material)objetivas ( por el aspecto material)
InafectaciónInafectación
subjetivasubjetiva
- Sector Público Nacional (Art. 7 del Reg.)- Sector Público Nacional (Art. 7 del Reg.)
- Las fundaciones- Las fundaciones
- Entidades de auxilio mutuo- Entidades de auxilio mutuo
- Comunidades campesinas- Comunidades campesinas
- Comunidades nativas- Comunidades nativas
- Indemnizaciones laborales- Indemnizaciones laborales
- Indemnizaciones por causa de muerte o- Indemnizaciones por causa de muerte o
incapacidadincapacidad
- Las compensaciones por tiempo de servicios- Las compensaciones por tiempo de servicios
(CTS)(CTS)
- Renta vitalicia y pensiones- Renta vitalicia y pensiones
InafectaciónInafectación
objetivaobjetiva
9.2 EXONERACION9.2 EXONERACION EN LA LIR (Art. 19 de la LIR)EN LA LIR (Art. 19 de la LIR) ::
Establece exoneraciones subjetivas y objetivas.Establece exoneraciones subjetivas y objetivas.
También existen exoneraciones establecidas en leyesTambién existen exoneraciones establecidas en leyes
especiales.especiales.
EXONERACIONEXONERACION
SUBJETIVASUBJETIVA
- Sociedades o instituciones religiosas (inc. a)- Sociedades o instituciones religiosas (inc. a)
- Fundaciones afectos y asociaciones sin fines de lucro- Fundaciones afectos y asociaciones sin fines de lucro
(inc. b)(inc. b)
- Organismos internacionales respecto de sus rentas de- Organismos internacionales respecto de sus rentas de
inmuebles que les sirvan de sede (inc d)inmuebles que les sirvan de sede (inc d)
- Representaciones deportivas nacionales de países- Representaciones deportivas nacionales de países
extranjeros respecto de sus actividades en el país (inc. i)extranjeros respecto de sus actividades en el país (inc. i)
- Representaciones de países extranjeros por los- Representaciones de países extranjeros por los
espectáculos en vivo de teatro, (...) calificados comoespectáculos en vivo de teatro, (...) calificados como
espectáculos públicos culturales por el INCespectáculos públicos culturales por el INC
9.2.- EXONERACION9.2.- EXONERACION EN LA LIR (Art. 19 de la LIR)EN LA LIR (Art. 19 de la LIR) ::
Establece exoneraciones subjetivas y objetivasEstablece exoneraciones subjetivas y objetivas
EXONERACIONEXONERACION
OBJETIVAOBJETIVA
- Intereses de depósitos en el Sistema- Intereses de depósitos en el Sistema
Financiero (inc. i)Financiero (inc. i)
- Ganancia de capital por enajenación de- Ganancia de capital por enajenación de
valores a través de la Bolsa de Valores,valores a través de la Bolsa de Valores,
o fuera de ella si es realizado poro fuera de ella si es realizado por
persona natural (inc. i)persona natural (inc. i)
- Ganancia de capital por enajenación de- Ganancia de capital por enajenación de
títulos efectuados en la Bolsa de Productos.títulos efectuados en la Bolsa de Productos.
CONTENIDOCONTENIDO
TEMA 1:TEMA 1: RENTAS DE 1era CATEGORIARENTAS DE 1era CATEGORIA
TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2da CATEGORIARENTAS DE 2da CATEGORIA
TEMA 3:TEMA 3: RENTAS DE 4ta CATEGORIARENTAS DE 4ta CATEGORIA
TEMA 4:TEMA 4: RENTAS DE 5ta CATEGORIARENTAS DE 5ta CATEGORIA
TEMA 5:TEMA 5: DETERMINACION RENTA NETA DEDETERMINACION RENTA NETA DE
FUENTE PERUANAFUENTE PERUANA
TEMA 6:TEMA 6: RENTAS DE FUENTE EXTRANJERARENTAS DE FUENTE EXTRANJERA
TEMA 7:TEMA 7: DETERMINACION DEL IMPUESTODETERMINACION DEL IMPUESTO
39
RB - Dd =RB - Dd =
RNRN
RENTA BRUTARENTA BRUTA -- DEDUCCIONDEDUCCION == RENTA NETARENTA NETA
40
La Renta proveniente de los de bienes muebles eLa Renta proveniente de los de bienes muebles e
inmuebles.inmuebles.
1)1) RENTA BRUTA.RENTA BRUTA. (Art. 23 L.I.R. y Art. 13 Reglamento)(Art. 23 L.I.R. y Art. 13 Reglamento)
Se presentan 4 subtipos de renta:Se presentan 4 subtipos de renta:
A.A. Renta de Predios.Renta de Predios.
B.B. Renta de otros bienes inmuebles.Renta de otros bienes inmuebles.
C.C. Renta de derechos que no sean derechosRenta de derechos que no sean derechos
dede llave, marcas, patentes, regalías ollave, marcas, patentes, regalías o
similares.similares.
D.D. Renta de bienes muebles.Renta de bienes muebles.
41
1 )1 ) RENTA BRUTARENTA BRUTA
A.A. Renta de Predios (Art. 23, inc. a.c.d)Renta de Predios (Art. 23, inc. a.c.d)
A.1A.1 Arrendamiento:Arrendamiento:
*Renta Real vs. Renta Presunta (6% del autovalúo)*Renta Real vs. Renta Presunta (6% del autovalúo)
Renta RealRenta Real : Importe de los arrendamientos.: Importe de los arrendamientos.
Renta PresuntaRenta Presunta : - Se presume de pleno derecho que la renta no: - Se presume de pleno derecho que la renta no
seráserá menor al 6% del valor de autoavalúomenor al 6% del valor de autoavalúo
del predio.del predio.
- Si no ha sido arrendado durante todo el año- Si no ha sido arrendado durante todo el año
lala presunción se aplica en númeropresunción se aplica en número
proporcional a losproporcional a los meses arrendados.meses arrendados.
- La presunción no opera cuando se ha- La presunción no opera cuando se ha
arrendado aarrendado a entidades del Sector Públicoentidades del Sector Público
Nacional, museos,Nacional, museos, bibliotecas obibliotecas o
zoológicos.zoológicos. 42
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA
A. Renta de predios (Art. 23, inc. a,c,d)A. Renta de predios (Art. 23, inc. a,c,d)
A.1 Arrendamiento: Ejemplo de renta presuntaA.1 Arrendamiento: Ejemplo de renta presunta
-- Autoavalúo del predio :Autoavalúo del predio : S/. 300,000S/. 300,000
- Renta presunta = 6% de Autoavalúo:- Renta presunta = 6% de Autoavalúo: S/. 18,000S/. 18,000
- Renta Real ------------------------------------ Renta Real ----------------------------------- S/. 12,000S/. 12,000
El predio ha estado arrendado todo el añoEl predio ha estado arrendado todo el año
Merced Conductiva S/. 1,000 mensualesMerced Conductiva S/. 1,000 mensuales
- Luego de comparar ambos se declara el mayor- Luego de comparar ambos se declara el mayor
importe,importe,
es decir, la Renta presunta....................es decir, la Renta presunta.................... S/.S/.
18,00018,000
43
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA
A.-A.- Renta de PrediosRenta de Predios (Art. 23, inc. a,c,d)(Art. 23, inc. a,c,d)
A.2A.2 Subarrendamiento,Subarrendamiento, la renta se obtienela renta se obtiene
de la diferencia entre renta que recibe menos lode la diferencia entre renta que recibe menos lo
que paga. (último párrafo inc. a)que paga. (último párrafo inc. a)
A.3A.3 MejorasMejoras introducidas en el predio nointroducidas en el predio no
obligados a reembolsar al final del contrato.obligados a reembolsar al final del contrato.
A.4A.4 Cesión gratuita o a precio no determinado.Cesión gratuita o a precio no determinado.
Se obtiene de la Renta ficta y se calculaSe obtiene de la Renta ficta y se calcula
proporcionalmente al número de mesesproporcionalmente al número de meses
cedidos.cedidos.
(Renta Ficta = 6% del valor del autoavalúo del(Renta Ficta = 6% del valor del autoavalúo del
predio).predio).
44
11
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA
B. Renta de otros bienes inmueblesB. Renta de otros bienes inmuebles
Art. 23 inc. b) LIR; Inc.a) Num. 2) del Art. 13 delArt. 23 inc. b) LIR; Inc.a) Num. 2) del Art. 13 del
Reg.Reg.
B.1 Arrendamiento o locación.B.1 Arrendamiento o locación.
C.C. Renta de derechosRenta de derechos, que no sean derechos de, que no sean derechos de
llave,llave, marcas, patentes, regalías o similares.marcas, patentes, regalías o similares.
Art. 23 inc. b) LIR; Inc.a) Num. 2) del Art. 13 delArt. 23 inc. b) LIR; Inc.a) Num. 2) del Art. 13 del
Reg.Reg.
C.1 Cesión temporal.C.1 Cesión temporal.
C.2 Usufructo.C.2 Usufructo.
45
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA
D. Renta de bienes muebles (Art. 23 b)D. Renta de bienes muebles (Art. 23 b)
D.1. Arrendamiento o cesión temporalD.1. Arrendamiento o cesión temporal
CESIONCESION - A una- A una Persona NaturalPersona Natural: Sólo Renta real: Sólo Renta real
TEMPORALTEMPORAL - A una Persona Jurídica : Renta real vs. Renta presunta- A una Persona Jurídica : Renta real vs. Renta presunta
(8% del valor de adquisición actualizado por el IPM)(8% del valor de adquisición actualizado por el IPM)
D.2. Cesión gratuita o a precio no determinadoD.2. Cesión gratuita o a precio no determinado
CESIONCESION - A una- A una PersonaPersona Natural: No hay rentaNatural: No hay renta
GRATUITAGRATUITA - A una- A una PersonaPersona Jurídica:Jurídica:
Renta ficta (8% del Valor de adquisición actualizado porRenta ficta (8% del Valor de adquisición actualizado por
el IPM)el IPM)
46
47
CRITERIO DE IMPUTACION (ART. 57 LIR)
Criterio de lo devengado
2) DEDUCCION (Art. 35 LIR)
Se deducirá dela Renta Bruta un 20% por concepto
de todo gasto.
3) RENTA NETA PRESUNTA (Art. 35)
Renta Neta = 80% de la Renta Bruta
EJEMPLO:EJEMPLO:
Persona A, alquila su predio a 2,100 mensual, su valor dePersona A, alquila su predio a 2,100 mensual, su valor de
Autovalúo S/. 300,000Autovalúo S/. 300,000
S/.S/.
a.- Renta Bruta Anual .................................................... 25,200a.- Renta Bruta Anual .................................................... 25,200
2,100 x 12 = 25,2002,100 x 12 = 25,200
300,000 x 6% = 18,000 (es menor)300,000 x 6% = 18,000 (es menor)
b.- Deducción .................................................................(5,040)b.- Deducción .................................................................(5,040)
25,200 x 20% = 5,04025,200 x 20% = 5,040
c. Renta Neta .................................................................c. Renta Neta ................................................................. 20,16020,160
48
4)4) SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS
A través de pagos a cuenta (Art. 84)A través de pagos a cuenta (Art. 84)
1.- Equivalente al 15% de la Renta Neta (80%1.- Equivalente al 15% de la Renta Neta (80%
de la R.B.) que es lo mismo que una tasade la R.B.) que es lo mismo que una tasa
efectiva de 12% de la Renta Brutaefectiva de 12% de la Renta Bruta
(Devengada).(Devengada).
2.- Las rentas fictas no generan obligación2.- Las rentas fictas no generan obligación
de efectuar pagos a cuenta, debiendode efectuar pagos a cuenta, debiendo
pagar y declarar anualmente.pagar y declarar anualmente.
3.- Recibo por arrendamiento (Form. 16833.- Recibo por arrendamiento (Form. 1683
generado por el Sistema de Pago Fácil).generado por el Sistema de Pago Fácil).
49
Renta proveniente de capitales mobiliariosRenta proveniente de capitales mobiliarios
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (LIR Art. 24)(LIR Art. 24)
A.A. Intereses por colocación de capitalesIntereses por colocación de capitales (Art. 24(Art. 24
a) LIR)a) LIR)
Cualquiera sea la denominación o forma deCualquiera sea la denominación o forma de
pago, tales como: títulos cédulas, debentures,pago, tales como: títulos cédulas, debentures,
bonos , garantías y créditos privilegiados, obonos , garantías y créditos privilegiados, o
quirografarios en dinero o valores.quirografarios en dinero o valores.
A.1. Interés presunto (Art. 26 LIR) se aplica laA.1. Interés presunto (Art. 26 LIR) se aplica la
TasaTasa Activa en M.N. o M. Ext. SegúnActiva en M.N. o M. Ext. Según
corresponda.corresponda.
A.2. Intereses exonerados (Art. 19 inc. i , LIR)A.2. Intereses exonerados (Art. 19 inc. i , LIR)
50
TEMA 2:TEMA 2:
RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada
CATEGORIACATEGORIA
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR)
B.B. RegalíasRegalías (Art. 27 LIR)(Art. 27 LIR)
b.1.b.1. Cesión temporal de bienes de propiedad intelectual eCesión temporal de bienes de propiedad intelectual e
industrialindustrial
INTELECTUAL: Derechos deINTELECTUAL: Derechos de
autor, literario, artístico, científicoautor, literario, artístico, científico
PROPIEDADPROPIEDAD
INDUSTRIAL: Marcas, patentes,INDUSTRIAL: Marcas, patentes,
diseños o modelos, planos.diseños o modelos, planos.
b.2b.2 Transferencia de conocimientosTransferencia de conocimientos
Comprende toda retribución por la transmisión de experienciaComprende toda retribución por la transmisión de experiencia
Industrial, comercial o científica, secreto o no.Industrial, comercial o científica, secreto o no.
51
TEMA 2:TEMA 2:
RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada
CATEGORIACATEGORIA
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR)
C.C. Cesión definitiva de marcas, patentes yCesión definitiva de marcas, patentes y
similaressimilares
(Art.24 inc. d)(Art.24 inc. d)
Comprende también derechos de llave,Comprende también derechos de llave,
constituye unaconstituye una ganancia de capital.ganancia de capital.
D.D. Rentas vitaliciasRentas vitalicias (Art. 24 inc e)(Art. 24 inc e)
““Contrato aleatorio en que una de las partesContrato aleatorio en que una de las partes
entrega aentrega a otra un capital o ciertos bienes conotra un capital o ciertos bienes con
la obligación dela obligación de pagar al cedente o apagar al cedente o a
un tercero, una pensión o rentaun tercero, una pensión o renta durante sudurante su
vida o la de aquel a cuyo beneficio sevida o la de aquel a cuyo beneficio se
impone una suma o cosa”impone una suma o cosa”
52
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR)
E.E. Obligación de no hacerObligación de no hacer (Art. 24 inc. f)(Art. 24 inc. f)
- Consiste en que el deudor se abstiene de realizar- Consiste en que el deudor se abstiene de realizar
algo, debido a que el acreedor no se lo permite.algo, debido a que el acreedor no se lo permite.
Ej: No usar una marca en determinado tiempo oEj: No usar una marca en determinado tiempo o
lugar.lugar.
Excepción:Excepción: La obligación de no hacer no incluyeLa obligación de no hacer no incluye
las actividades comprendidas en la tercera, cuartalas actividades comprendidas en la tercera, cuarta
o quinta categoría, en cuyo caso, las rentaso quinta categoría, en cuyo caso, las rentas
respectivas se incluirán en las categorías querespectivas se incluirán en las categorías que
correspondan.correspondan.
53
TEMA 2:TEMA 2:
RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada
CATEGORIACATEGORIA
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR)
G.G. Seguros dotales de vidaSeguros dotales de vida (Art. 24 inc. g) y Art.19 inc f)(Art. 24 inc. g) y Art.19 inc f)
LIR)LIR)
La diferencia entre el valor actualizado de las primas oLa diferencia entre el valor actualizado de las primas o
cuotas pagados por los asegurados y las sumas que loscuotas pagados por los asegurados y las sumas que los
aseguradores entreguen a aquellos al cumplirse elaseguradores entreguen a aquellos al cumplirse el
plazo estipulado en los contratos dotales de seguro deplazo estipulado en los contratos dotales de seguro de
vida y los beneficios o participaciones en seguros sobrevida y los beneficios o participaciones en seguros sobre
la vida que obtengan los asegurados.la vida que obtengan los asegurados.
..
H.H. Utilidades o ganancias provenientes de fondos mutuosUtilidades o ganancias provenientes de fondos mutuos
de Inversión en Valoresde Inversión en Valores (Art. 24 inc b) LIR)(Art. 24 inc b) LIR)
Comprende también rentas provenientes de fondos deComprende también rentas provenientes de fondos de
inversión patrimonios Fideicometidos de Sociedadesinversión patrimonios Fideicometidos de Sociedades
Titulizadoras.Titulizadoras. 54
TEMA 2:TEMA 2:
RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada
CATEGORIACATEGORIA
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR)
I.I. Dividendos y cualquier otra forma deDividendos y cualquier otra forma de
distribución de utilidadesdistribución de utilidades (Art. 24 inc i) LIR)(Art. 24 inc i) LIR)
Los dividendos se encuentran en el sistemaLos dividendos se encuentran en el sistema
cedular.cedular.
Al momento de la distribución se retiene el 4.1%Al momento de la distribución se retiene el 4.1%
No se incorporan a la renta de 2da categoria.No se incorporan a la renta de 2da categoria.
J.J. Las ganancias de capitalLas ganancias de capital
- Enajenación de inmuebles.- Enajenación de inmuebles.
- Enajenación de valores mobiliarios- Enajenación de valores mobiliarios
55
TEMA 2:TEMA 2:
RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada
CATEGORIACATEGORIA
CRITERIO DE IMPUTACIONCRITERIO DE IMPUTACION (Art. 57 LIR)(Art. 57 LIR)
Criterio de lo percibidoCriterio de lo percibido
2)2) DEDUCCIONDEDUCCION (Art. 36 LIR)(Art. 36 LIR)
- Se deducirá de la Renta Burta un 10% por concepto- Se deducirá de la Renta Burta un 10% por concepto
de todo gasto.de todo gasto.
- En el caso de ganancia de capital se deducirá el- En el caso de ganancia de capital se deducirá el
costocosto computable.computable.
3)3) RENTA NETARENTA NETA (Art. 36 LIR)(Art. 36 LIR)
Renta neta = 90% de la Renta BrutaRenta neta = 90% de la Renta Bruta 56
TEMA 2:TEMA 2:
RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada
CATEGORIACATEGORIA
3)3) RENTA NETARENTA NETA
EJEMPLOEJEMPLO::
Juan obtiene las siguientes rentas:Juan obtiene las siguientes rentas:
- Intereses por préstamo: S/. 1,000 mensual- Intereses por préstamo: S/. 1,000 mensual
- Regalías al año: S/. 80,000- Regalías al año: S/. 80,000
- Por obligaciones de no hacer percibe al- Por obligaciones de no hacer percibe al
año:año: S/. 100,000S/. 100,000
- Dividendos: S/. 200,000- Dividendos: S/. 200,000
¿Cuánto será la Renta Neta de segunda¿Cuánto será la Renta Neta de segunda
categoría?categoría? 57
TEMA 2:TEMA 2:
RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada
CATEGORIACATEGORIA
3)3) RENTA NETARENTA NETA
EJEMPLO:EJEMPLO:
a.- Renta Bruta Anual.............................. S/. 192,000a.- Renta Bruta Anual.............................. S/. 192,000
- Intereses- Intereses = 12,000= 12,000
1,000 x 121,000 x 12
- Regalías- Regalías = 80,000= 80,000
- Oblig. de no hacer- Oblig. de no hacer = 100,000= 100,000
- Dividendo: NO- Dividendo: NO
b.- Deducción ............................................ (19,200)b.- Deducción ............................................ (19,200)
192,000 x 10%192,000 x 10% = 19,200= 19,200
c.- Renta Neta ...........................................c.- Renta Neta ........................................... 172.800172.800
58
TEMA 2:TEMA 2:
RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada
CATEGORIACATEGORIA
..
59
4.4. SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS
A través de retención y pagos a cuenta.A través de retención y pagos a cuenta.
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE (Art. 72 LIR)(Art. 72 LIR)
1. Equivalente al 15% de la Renta Neta o al 13.5% de la1. Equivalente al 15% de la Renta Neta o al 13.5% de la
Renta Bruta.Renta Bruta.
2. Oportunidad de la retención:2. Oportunidad de la retención:
- Persona Natural: Al momento del pago.- Persona Natural: Al momento del pago.
- Persona Jurídica: En el mes que se devengue.- Persona Jurídica: En el mes que se devengue.
3. Obligación de emitir Comprobantes de Pago.3. Obligación de emitir Comprobantes de Pago.
4)4) SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS
PAGOS A CUENTA:PAGOS A CUENTA: Se efectuara sólo en elSe efectuara sólo en el
caso de ganancia de capital (Art. 84-A LIR)caso de ganancia de capital (Art. 84-A LIR)
1.1. En la enajenación de inmuebles.En la enajenación de inmuebles.
2. El importe es el 0.5% del valor de venta2. El importe es el 0.5% del valor de venta
3. Oportunidad del pago:3. Oportunidad del pago:
- Dentro del mes siguiente de suscrita la- Dentro del mes siguiente de suscrita la
minutaminuta de compraventa. Elde compraventa. El
notario verifica el pago.notario verifica el pago. 60
..
61
4.4. SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS
EJEMPLO:EJEMPLO:
PAGO A CUENTA (INMUEBLES)PAGO A CUENTA (INMUEBLES)
Valor ventaValor venta : S/. 500,000: S/. 500,000
Fecha de minutaFecha de minuta : 03-03-2005: 03-03-2005
Pago a cuentaPago a cuenta : S/.2,500 (500,000 x 0.5%): S/.2,500 (500,000 x 0.5%)
FECHA DE PAGOFECHA DE PAGO : HASTA el 30-04-2005: HASTA el 30-04-2005
RENTA NETA ANUALRENTA NETA ANUAL
Valor ventaValor venta : S/. 500,000: S/. 500,000
Costo ComputableCosto Computable : S/. (100,000): S/. (100,000)
Renta Neta 2da categoríaRenta Neta 2da categoría : S/. 400,000: S/. 400,000
..
62
TEMA 3:TEMA 3:
RENTAS DE 4RENTAS DE 4tata
CATEGORIACATEGORIA
Renta de Trabajo independiente.Renta de Trabajo independiente.
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 33 LIR)(Art. 33 LIR)
Presenta dos sub tipos de rentas:Presenta dos sub tipos de rentas:
A.A. Ejercicio individual e independiente de una profesión,Ejercicio individual e independiente de una profesión,
ciencia, arte, u oficio.ciencia, arte, u oficio.
Excluidos:Excluidos:
-- Actividades incluidas expresamente en la 3Actividades incluidas expresamente en la 3rara
categoría.categoría.
-- Actividades incluidas expresamente en la 5Actividades incluidas expresamente en la 5tata
categoría.categoría.
- Actividades complementadas con explotaciones comerciales.- Actividades complementadas con explotaciones comerciales.
B.B. Funciones de director de empresa, regidor, mandatario,Funciones de director de empresa, regidor, mandatario,
síndico, gestor de negocios, albacea y similares.síndico, gestor de negocios, albacea y similares.
..
63
CRITERIO DE IMPUTACIONCRITERIO DE IMPUTACION (Art. 57 LIR)(Art. 57 LIR)
Criterio de lo percibidoCriterio de lo percibido
2)2) DEDUCCIONDEDUCCION (Art. 45 LIR)(Art. 45 LIR)
a. Se deducirá un 20% de la RB por concepto de todo gasto, hastaa. Se deducirá un 20% de la RB por concepto de todo gasto, hasta
el límite de 24 UIT (S/. 79,200). No aplican esta deducción losel límite de 24 UIT (S/. 79,200). No aplican esta deducción los
directores, mandatarios, gestores, etc.directores, mandatarios, gestores, etc.
b. Se deducirá de la RB el IES que grava las rentas de 4b. Se deducirá de la RB el IES que grava las rentas de 4tata
categoría (Ley 26969). Sólo hasta el ejercicio 2004.categoría (Ley 26969). Sólo hasta el ejercicio 2004.
UIT 2004...............S/. 3,200UIT 2004...............S/. 3,200
UIT 2005...............S/. 3,300UIT 2005...............S/. 3,300
3)3) RENTA NETARENTA NETA ( Art. 45 LIR)( Art. 45 LIR)
EJEMPLO:EJEMPLO: Durante el ejercicio 2004 el Sr. X ha obtenidoDurante el ejercicio 2004 el Sr. X ha obtenido
las siguientes rentas:las siguientes rentas:
Por Honorarios Profesionales: S/. 200,000 y como regidorPor Honorarios Profesionales: S/. 200,000 y como regidor
de la Municipalidad de la Molina Dietas por: S/. 16,000de la Municipalidad de la Molina Dietas por: S/. 16,000
a.a. Renta Bruta Anual ....................................................216,000Renta Bruta Anual ....................................................216,000
200,000 + 16,000200,000 + 16,000
b.b. Deducción ................................................................ (43,000)Deducción ................................................................ (43,000)
- 20% de 200,000 = 40,000- 20% de 200,000 = 40,000
no mayor a 24 UIT (76,8000)no mayor a 24 UIT (76,8000)
- IES = 3,000- IES = 3,000
c.c. Renta Neta ................................................................Renta Neta ................................................................173,000173,000
64
4)4) SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS
A través de retención y pagos a cuenta.A través de retención y pagos a cuenta.
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE (Art. 71 y 74 LIR)(Art. 71 y 74 LIR)
 Están obligados a retener las empresas y entidadesEstán obligados a retener las empresas y entidades
obligadas a llevar contabilidad completa y registro deobligadas a llevar contabilidad completa y registro de
ingresos y gastos cuando paguen honorariosingresos y gastos cuando paguen honorarios
profesionales.profesionales.
 La alícuota a retener es del 10% por IR yLa alícuota a retener es del 10% por IR y
 El 1.7% correspondiente al IES sobre el ingreso bruto.El 1.7% correspondiente al IES sobre el ingreso bruto.
(vigente hasta el 30.NOV.2004)(vigente hasta el 30.NOV.2004)
 La obligación de retener se origina al realizar el pago.La obligación de retener se origina al realizar el pago.
 Los agentes de renteción deben entregar al emisor delLos agentes de renteción deben entregar al emisor del
Recibo de Honorarios Profesionales, el correspondienteRecibo de Honorarios Profesionales, el correspondiente
certificado de retención por los impuestos quecertificado de retención por los impuestos que
retengan..retengan..
65
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE (Art. 74 LIR)(Art. 74 LIR)
 No están sujetos a retención los Recibos de HonorariosNo están sujetos a retención los Recibos de Honorarios
Profesionales emitidos por menos o igual a S/. 700.Profesionales emitidos por menos o igual a S/. 700.
 Procede la suspensión de retenciones a partir de Junio yProcede la suspensión de retenciones a partir de Junio y
por una sola vez en el ejercicio, cuando el promedio depor una sola vez en el ejercicio, cuando el promedio de
ingresos percibidos x 12 no supere los S/. 28,121 o S/. 22,ingresos percibidos x 12 no supere los S/. 28,121 o S/. 22,
400. respectivamente400. respectivamente
EJEMPLOEJEMPLO: vigente desde el 01.DIC.2004: vigente desde el 01.DIC.2004
Honorarios ...................................................... S/. 10,000Honorarios ...................................................... S/. 10,000
Retención Renta 4ta categoria (10%).............. S/. 1,000Retención Renta 4ta categoria (10%).............. S/. 1,000
Importe a pagar ............................................... S/. 9,000Importe a pagar ............................................... S/. 9,000
66
PAGOS A CUENTAPAGOS A CUENTA (Art. 86 LIR)(Art. 86 LIR)
 A cargo del contribuyente.A cargo del contribuyente.
 Deben realizarse si los ingresos brutosDeben realizarse si los ingresos brutos
percibidos en el mes no hubieran sido objeto depercibidos en el mes no hubieran sido objeto de
retención en la fuente, siempre que superen elretención en la fuente, siempre que superen el
importe de S/. 2,343 o S/. 1,867importe de S/. 2,343 o S/. 1,867
respectivamente.respectivamente.
 Alícuota del 10%Alícuota del 10%
67
Renta de trabajo dependienteRenta de trabajo dependiente
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 34 inc. a) LIR)(Art. 34 inc. a) LIR)
Presenta cuantro sub tipos de renta.Presenta cuantro sub tipos de renta.
A.A. Retribución por servicios personalesRetribución por servicios personales
subordinados (beneficio económico para elsubordinados (beneficio económico para el
trabajador).trabajador).
Factores irrelevantes:Factores irrelevantes:
a. Que tenga carácter remunerativoa. Que tenga carácter remunerativo
b. Que sea periódicob. Que sea periódico
c. Que sea obligatorio para el empleadorc. Que sea obligatorio para el empleador
68
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 34 LIR )(Art. 34 LIR )
Conceptos no gravados:Conceptos no gravados:
a.a.Gastos exigidos por la naturaleza de las labores:Gastos exigidos por la naturaleza de las labores:
- Reembolsos de gastos por razón del servicio.- Reembolsos de gastos por razón del servicio.
- Gastos de viaje por labores fuera de su residencia- Gastos de viaje por labores fuera de su residencia
habitual. Razonabilidad.habitual. Razonabilidad.
- Condiciones de trabajo.- Condiciones de trabajo.
b. Gastos generales a favor del personal y gastos deb. Gastos generales a favor del personal y gastos de
asistenciaasistencia de salud.de salud.
c. IR asumido por la empresac. IR asumido por la empresa
d. Compensacion por tiempo de Servicios. CTSd. Compensacion por tiempo de Servicios. CTS
e. Pagos por causa ajena al vinculo laboral.e. Pagos por causa ajena al vinculo laboral.
69
1) RENTA BRUTA (Art. 34 inc. e) LIR)
B. Rentas vitalicias y pensiones (Art. 34 b LIR) No estan GravadasB. Rentas vitalicias y pensiones (Art. 34 b LIR) No estan Gravadas
C.C. Rentas derivadas de locaciones de servicio (4Rentas derivadas de locaciones de servicio (4tata
– 5– 5tata
).).
Se presentan dos supuestos:Se presentan dos supuestos:
Primer supuestoPrimer supuesto: Contrato de locación de servicios + lugar +: Contrato de locación de servicios + lugar +
horario designado por el usuario.horario designado por el usuario.
Segundo supuestoSegundo supuesto: Contrato de locación de servicios +: Contrato de locación de servicios +
elementos proporcionados + asunción de los gastos.elementos proporcionados + asunción de los gastos.
70
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 34)(Art. 34)
Se deberá cumplir con los siguientesSe deberá cumplir con los siguientes requisitos:requisitos:
a.a. No se encuentra obligado a emitirNo se encuentra obligado a emitir
Recibo porRecibo por Honorarios.Honorarios.
b.b. Llevar un Libro de Retenciones especial.Llevar un Libro de Retenciones especial.
c.c. Aplicable a asociados en sociedadesAplicable a asociados en sociedades
civiles ociviles o asociaciones de profesionales.asociaciones de profesionales.
71
1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 34 inc. f) LIR)(Art. 34 inc. f) LIR)
D.D. Rentas de 5ta EspecialRentas de 5ta Especial..
Ingresos obtenidos por la prestación de servicios personalesIngresos obtenidos por la prestación de servicios personales
de 4de 4tata
Categoría a un contratante con el cual se mantieneCategoría a un contratante con el cual se mantiene
simultáneamente una relación laboral de dependencia.simultáneamente una relación laboral de dependencia.
CRITERIO DE IMPUTACIONCRITERIO DE IMPUTACION (Art. 57)(Art. 57)
Criterio de lo percibidoCriterio de lo percibido
2)2) DEDUCCIONDEDUCCION
-- No tiene derecho a deducir gasto alguno.No tiene derecho a deducir gasto alguno.
3)3) RENTA NETARENTA NETA
72
4)4) SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS
RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE (Art. 75 LIR)(Art. 75 LIR)
 Retención mensual sobre un esquema de anualizacionRetención mensual sobre un esquema de anualizacion
de rentas.de rentas.
 Obligación del empleador de entregar un certificadoObligación del empleador de entregar un certificado
de retenciones.de retenciones.
DEDUCCION ESPECIAL POR RENTAS DEL TRABAJO (Art. 46 LIR)
A la Renta Neta de 4ta y 5ta categoría se deduce el:
 Equivalente a 7 UIT (S/. 22,400)
 Sólo se puede deducir este monto fijo una sola vez para
ambas rentas del trabajo.
 La deducción se efectúa hasta el limite de las rentas del
trabajo 73
74
DEDUCCIONES ESPECIALESDEDUCCIONES ESPECIALES (Art. 49 LIR)(Art. 49 LIR)
A la Renta Neta Global de fuente peruanaA la Renta Neta Global de fuente peruana
(sumatoria de 1ra, 2da, 4ta, y 5ta),(sumatoria de 1ra, 2da, 4ta, y 5ta),
sese deduce adicionalmentededuce adicionalmente::
a)a) Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF): hasta el limite de la RentaImpuesto a las Transacciones Financieras (ITF): hasta el limite de la Renta
Neta Global sin considerar la renta de 5ta Catego.Neta Global sin considerar la renta de 5ta Catego.
Ejemplo: ITF al año S/. 35,000Ejemplo: ITF al año S/. 35,000
11rara
categoría : 8,000categoría : 8,000
22dada
categoría : 5,000categoría : 5,000
44tata
categoría : 20,000categoría : 20,000
55tata
categoría : 50,000categoría : 50,000
RNG (con 5RNG (con 5tata
) = 83,000) = 83,000 RNG (sin 5RNG (sin 5tata
) = 33,000) = 33,000
Sólo se deducirá la suma de 33,000 y no 35,000 de ITF.Sólo se deducirá la suma de 33,000 y no 35,000 de ITF.
DEDUCCIONES ESPECIALESDEDUCCIONES ESPECIALES (Art. 49 LIR)(Art. 49 LIR)
b.b. Pérdidas extraordinarias en predios arrendadosPérdidas extraordinarias en predios arrendados
no cubiertas por seguros e indemnizacionesno cubiertas por seguros e indemnizaciones
(Art. 49 y 50 LIR)(Art. 49 y 50 LIR)
c.c. Donaciones efectuadas a entidades del SectorDonaciones efectuadas a entidades del Sector
Público Nacional, o asociaciones sin fines dePúblico Nacional, o asociaciones sin fines de
lucro que se encuentren debidamente inscritas.lucro que se encuentren debidamente inscritas.
Límite de la deducción: Hasta el 10% de laLímite de la deducción: Hasta el 10% de la
R.N.G.R.N.G. 75
RENTAS DE FUENTE EXTRANJERARENTAS DE FUENTE EXTRANJERA (Art. 51 LIR)(Art. 51 LIR)
 Las ganancias y pérdidas en el extranjero seLas ganancias y pérdidas en el extranjero se
compensan entre sí.compensan entre sí.
 Si el resultado es positivo, dicha renta seSi el resultado es positivo, dicha renta se
adiciona a la renta de fuente peruana.adiciona a la renta de fuente peruana.
 El Impuesto a la Renta pagado en el exterior esEl Impuesto a la Renta pagado en el exterior es
crédito contra el IR a pagar en el Perú, con lascrédito contra el IR a pagar en el Perú, con las
limitaciones de ley.limitaciones de ley.
76
R.N. 1R.N. 1rara
Categ. +Categ. +
R.N. 2R.N. 2dada
Categ. +Categ. +
R.N. 4R.N. 4tata
Categ +Categ +
R.N. 5R.N. 5tata
Categ. +Categ. +
RENTA NETA GLOBALRENTA NETA GLOBAL
(Deducciones especiales)(Deducciones especiales)
RENTA NETA DE FUENTE PERUANA +RENTA NETA DE FUENTE PERUANA +
Renta Neta De Fuente ExtranjeraRenta Neta De Fuente Extranjera
RENTA NETA IMPONIBLERENTA NETA IMPONIBLE
Alícuota (%)Alícuota (%)
IMPUESTOIMPUESTO
(MENOS CREDITOS)(MENOS CREDITOS)
IMPUESTO APAGAR O SALDO A FAVORIMPUESTO APAGAR O SALDO A FAVOR 77
1.1. RENTA NETA IMPONIBLERENTA NETA IMPONIBLE
EsEs la sumatoria de la Renta Neta de Fuente Peruanala sumatoria de la Renta Neta de Fuente Peruana
(1(1rara
+ 2+ 2dada
+ 4+ 4tata
+ 5+ 5tata
) más la Renta de Fuente Extranjera) más la Renta de Fuente Extranjera
2.2. ESCALA PROGRESIVA ACUMULATIVAESCALA PROGRESIVA ACUMULATIVA
Tramos .Tramos . % .% .
0 UIT a 27 UIT de (0.00)0 UIT a 27 UIT de (0.00) hasta (86,400)hasta (86,400) 15%15%
>27 UIT a 54 UIT de (86,401)>27 UIT a 54 UIT de (86,401) hastahasta (172,800)(172,800)
21%21%
Más de 54 UIT de (172,801)Más de 54 UIT de (172,801) a MASa MAS
30%30%
UIT 2004 = 3,200UIT 2004 = 3,200
UIT 2005 = 3,300UIT 2005 = 3,300
78
3.3. IMPUESTO A LA RENTA ANUALIMPUESTO A LA RENTA ANUAL (Ejemplo)(Ejemplo)
SI LA RENTA NETA IMPONIBLE DEL EJERCICIO 2004 ES DESI LA RENTA NETA IMPONIBLE DEL EJERCICIO 2004 ES DE
S/. 300,000 ¿CUÀNTO SERÀ EL IMPUESTO?S/. 300,000 ¿CUÀNTO SERÀ EL IMPUESTO?
-- Desde S/. 1 Hasta S/. 86,400 (15%)Desde S/. 1 Hasta S/. 86,400 (15%) == 12,96012,960
-- Desde S/. 86,401 Hasta 172,800 (21%)Desde S/. 86,401 Hasta 172,800 (21%) == 18,14418,144
172,800 - 86,400 = 86,400172,800 - 86,400 = 86,400
86,400 x 21%86,400 x 21%
-- Desde S/. 172,801 a Más (30%)Desde S/. 172,801 a Más (30%) == 38,16038,160
300,000 – 172,800 = 127,200300,000 – 172,800 = 127,200
127,200 x 30%127,200 x 30%
Impuesto AnualImpuesto Anual = S/. 69,264= S/. 69,264
79
4.-4.- CREDITOS CONTRA EL IMPUESTOCREDITOS CONTRA EL IMPUESTO
IMPUESTO ANUALIMPUESTO ANUAL
Menos:Menos:
CREDITOS SIN DERECHO A DEVOLUCION:CREDITOS SIN DERECHO A DEVOLUCION:
 Impuesto pagado en el exterior (art. 88, inc. e)Impuesto pagado en el exterior (art. 88, inc. e)
Siempre que no exceda la tasa media sobre las rentas delSiempre que no exceda la tasa media sobre las rentas del
extranjero.extranjero.
CREDITOS CON DERECHO A DEVOLUCION:CREDITOS CON DERECHO A DEVOLUCION:
 RETENCIONES (2RETENCIONES (2dada
, 4, 4tata
y 5y 5tata
))
 Pagos a cuenta (1Pagos a cuenta (1rara
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Renta

  • 2. El Impuesto a la Renta 1. El Impuesto a la Renta 2. Antecedentes 3. Base legal 4. Ámbito de aplicación 5. Base jurisdiccional 6. Hipótesis de incidencia 7. Inafectación y Exoneración. 8. Categorización de las rentas. 9. Regímenes del Impuesto a la Renta. 2
  • 3. PERSONA NATURALPERSONA NATURAL A.A. Conceptos Generales.Conceptos Generales. B.B. Categorización del ImpuestoCategorización del Impuesto a laa la Renta.Renta.
  • 4. A.A. Conceptos y FundamentosConceptos y Fundamentos Generales del Impuesto a laGenerales del Impuesto a la RentaRenta
  • 5. Tema 1 : Materia imponible - característicasTema 1 : Materia imponible - características Tema 2 : Sistema de imposición a la rentaTema 2 : Sistema de imposición a la renta Tema 3 : Evolución del IR en el PerúTema 3 : Evolución del IR en el Perú Tema 4 : Hipótesis de IncidenciaTema 4 : Hipótesis de Incidencia Tema 5 : Conceptos de Renta - AspectoTema 5 : Conceptos de Renta - Aspecto MaterialMaterial Tema 6 : Base Jurisdiccional - Aspecto EspacialTema 6 : Base Jurisdiccional - Aspecto Espacial Tema 7 : Periodo de tiempo - AspectoTema 7 : Periodo de tiempo - Aspecto TemporalTemporal Tema 8 : Sujetos del impuesto – AspectoTema 8 : Sujetos del impuesto – Aspecto PersonalPersonal Tema 9 : Exoneraciones e InafectacionesTema 9 : Exoneraciones e Inafectaciones
  • 6. 1.11.1 MATERIA IMPONIBLEMATERIA IMPONIBLE « La renta es la« La renta es la expresión de laexpresión de la capacidad contributivacapacidad contributiva del sujeto.»del sujeto.»
  • 7. 7 RIQUEZARIQUEZA RENTARENTA PATRIMONIOPATRIMONIO CONSUMOCONSUMO Régimen General Régimen Especial Régimen Único Simplificado Impuesto Predial Arbitrios Impuesto General a las Ventas Impuesto Selectivo al Consumo
  • 8. 1.21.2 CARACTERISTICAS GENERALESCARACTERISTICAS GENERALES  Impuesto Directo (No trasladable).Impuesto Directo (No trasladable).  Contempla la equidad en la imposición:Contempla la equidad en la imposición:  Equidad HorizontalEquidad Horizontal: Global y Personal (a todos): Global y Personal (a todos)  Equidad VerticalEquidad Vertical : Progresivo (15, 21 y 30%): Progresivo (15, 21 y 30%)
  • 9. ASPECTOSASPECTOS MATERIALMATERIAL ¿Qué grava?¿Qué grava? Concepto de rentaConcepto de renta ESPACIALESPACIAL ¿Dónde se grava?¿Dónde se grava? TerritorialidadTerritorialidad TEMPORALTEMPORAL ¿¿Cuándo naceCuándo nace la obligación?la obligación? Periodo de tiempoPeriodo de tiempo PERSONALPERSONAL ¿Quién está Gravado?¿Quién está Gravado? Sujetos del impuestoSujetos del impuesto
  • 10. CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA TEORIASTEORIAS CONSUMO MAS INCREMENTOCONSUMO MAS INCREMENTO PATRIMONIALPATRIMONIAL RENTA PRODUCTORENTA PRODUCTO FLUJO RIQUEZAFLUJO RIQUEZA
  • 11. 5.1 TEORIA RENTA PRODUCTO5.1 TEORIA RENTA PRODUCTO Producto periódico que proviene de unaProducto periódico que proviene de una fuente durable en estado de explotación.fuente durable en estado de explotación. Elementos:Elementos: a. Debe ser un Producto.a. Debe ser un Producto. b. Debe provenir de una fuente productorab. Debe provenir de una fuente productora durable.durable. c. La renta debe ser periódica.c. La renta debe ser periódica. d. La renta debe ser puesta en explotación.d. La renta debe ser puesta en explotación.
  • 12. 5.2 TEORIA FLUJO DE RIQUEZA5.2 TEORIA FLUJO DE RIQUEZA Considera renta la totalidad de flujo deConsidera renta la totalidad de flujo de riqueza que desde los terceros fluye hacia elriqueza que desde los terceros fluye hacia el contribuyente.contribuyente. Comprende la teoría Renta Producto, masComprende la teoría Renta Producto, mas los siguientes ingresos:los siguientes ingresos: a. Las ganancias de capital realizadas.a. Las ganancias de capital realizadas. b. Los ingresos por actividades accidentales.b. Los ingresos por actividades accidentales. c. Los ingresos eventuales.c. Los ingresos eventuales. d. Los ingresos a título gratuito.d. Los ingresos a título gratuito. TEMA 5:TEMA 5: CONCEPTO DE RENTA (2)CONCEPTO DE RENTA (2)
  • 13. 5.25.2 TEORIA FLUJO DE RIQUEZATEORIA FLUJO DE RIQUEZA TEMA 5:TEMA 5: CONCEPTO DE RENTA (3)CONCEPTO DE RENTA (3) Ingresos gratuitosIngresos gratuitos TEORIATEORIA FLUJO DEFLUJO DE RIQUEZARIQUEZA Teoría Renta ProductoTeoría Renta Producto ++ Ganancia de CapitalGanancia de Capital Ingresos accidentalesIngresos accidentales Ingresos eventualesIngresos eventuales
  • 14. 5.3 TEORIA DEL CONSUMO MAS EL INCREMENTO5.3 TEORIA DEL CONSUMO MAS EL INCREMENTO PATRIMONIAL.PATRIMONIAL. a.a. Comprende la totalidad de las ganancias oComprende la totalidad de las ganancias o ingresos obtenidos durante el ejercicio.ingresos obtenidos durante el ejercicio. b.b. La capacidad contributiva se mide en funciónLa capacidad contributiva se mide en función a las satisfacciones obtenidas por la personaa las satisfacciones obtenidas por la persona natural o jurídica.natural o jurídica. c.c. La renta total se obtiene de la sumatoria deLa renta total se obtiene de la sumatoria de todo lo consumido más los cambios en el valortodo lo consumido más los cambios en el valor del patrimonio.del patrimonio.
  • 15. 5.35.3 TEORIA DEL CONSUMO MAS EL INCREMENTOTEORIA DEL CONSUMO MAS EL INCREMENTO PATRIMONIAL.PATRIMONIAL. TEMA 5:TEMA 5: CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA TEORIA del ConsumoTEORIA del Consumo más elmás el Incremento PatrimonialIncremento Patrimonial TEORIA RENTA PRODUCTOTEORIA RENTA PRODUCTO TEORIA FLUJO DE RIQUEZATEORIA FLUJO DE RIQUEZA CONSUMOCONSUMO + +
  • 16. EN LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTAEN LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA 1.1. Renta ProductoRenta Producto - Lliteral a) y último párrafo del art. 1 .- Lliteral a) y último párrafo del art. 1 . 2.2. Flujo de la Riqueza.Flujo de la Riqueza. - Art. 1, Inc. b - Ganancia de capital- Art. 1, Inc. b - Ganancia de capital - Art. 1, Inc. c - Otros ingresos de terceros.- Art. 1, Inc. c - Otros ingresos de terceros. - Art. 3 - Indemnizaciones.- Art. 3 - Indemnizaciones. 3.3. Consumo más Incremento patrimonial.Consumo más Incremento patrimonial. - Art. 1, Inc. d - Rentas imputadas- Art. 1, Inc. d - Rentas imputadas - Art. 3, último párrafo (REI)- Art. 3, último párrafo (REI) - Art. 61, Inc. b - diferencia de cambio- Art. 61, Inc. b - diferencia de cambio - Art. 52, Incremento Patrimonial- Art. 52, Incremento Patrimonial TEMA 5:TEMA 5: CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
  • 17. b)b) HabitualidadHabitualidad Art. 4 de la LIR; Art. 17 del Reglamento.Art. 4 de la LIR; Art. 17 del Reglamento. Es un concepto o criterio que sirveEs un concepto o criterio que sirve para señalar si la enajenación depara señalar si la enajenación de bienes realizados por una personabienes realizados por una persona natural es un bien de cambio o unnatural es un bien de cambio o un bien de capital, a fin de gravarlobien de capital, a fin de gravarlo como renta empresarial (terceracomo renta empresarial (tercera categoría)categoría) TEMA 5:TEMA 5: CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA
  • 18. b)b) HabitualidadHabitualidad TEMA 5:TEMA 5: CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA PATRIMONIOPATRIMONIO Bienes de CambioBienes de Cambio Renta de terceraRenta de tercera CategoríaCategoría OBJETO DE COMERCIOOBJETO DE COMERCIO (MERCADERÍAS)(MERCADERÍAS) GananciaGanancia de capitalde capital NO SON OBJETO DE TRANSACCIONESNO SON OBJETO DE TRANSACCIONES (USO PERSONAL)(USO PERSONAL) Bienes de CapitalBienes de Capital
  • 19. ..2.2. TEORIA FLUJO DE RIQUEZA EN EL PERUTEORIA FLUJO DE RIQUEZA EN EL PERU a)a) Ganancias de capitalGanancias de capital (Art. 1 inc. b. y Art. 2 del LIR)(Art. 1 inc. b. y Art. 2 del LIR) Son ingresos que provienen de la enajenación de bienesSon ingresos que provienen de la enajenación de bienes de capital; es decir aquellos que no están destinados a serde capital; es decir aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un negocio o empresa.comercializados en el ámbito de un negocio o empresa. - Pueden generar rentas de 2da categoría o de 3era- Pueden generar rentas de 2da categoría o de 3era categoría según el caso.categoría según el caso.
  • 20. Las siguientes operaciones generanLas siguientes operaciones generan ganancias de capitalganancias de capital En el caso de personas naturales:En el caso de personas naturales: En el caso de empresas:En el caso de empresas: Enajenación de valores (salvo exoneración)Enajenación de valores (salvo exoneración) Enajenación de inmuebles (salvo:Enajenación de inmuebles (salvo: (i)(i) casa habitación, ycasa habitación, y (ii)(ii) inmuebles adquiridos antes del 01/01/2004)inmuebles adquiridos antes del 01/01/2004) 2da categoría2da categoría 3era categoría3era categoría Art. 2º, Incisos a), b) y c).Art. 2º, Incisos a), b) y c).
  • 21. .. b)b) Otros ingresos que provengan de tercerosOtros ingresos que provengan de terceros Las indemnizacionesLas indemnizaciones (Art. 3 de la L.I.R.)(Art. 3 de la L.I.R.) ** A favor de empresas por seguros de su personal.A favor de empresas por seguros de su personal. ** Aquellos que no impliquen reparación de un dañoAquellos que no impliquen reparación de un daño (daño emergente no; lucro cesante si).(daño emergente no; lucro cesante si). ** Contratos dotales de seguros de vida.Contratos dotales de seguros de vida. ** Los destinados a reponer un bien del activo de la empresa en la parteLos destinados a reponer un bien del activo de la empresa en la parte que excede el costo computable, salvo:que excede el costo computable, salvo: - Se destine a la reposición del bien.- Se destine a la reposición del bien. - La adquisición se realice dentro de los 6 meses de la percepción del- La adquisición se realice dentro de los 6 meses de la percepción del ingreso.ingreso. - El bien se reponga dentro de 18 meses de la percepción.- El bien se reponga dentro de 18 meses de la percepción.
  • 22. .. TEMA 5:TEMA 5: CONCEPTO DE RENTACONCEPTO DE RENTA Cualquier ganancia o ingreso derivado de operaciones con 3ros.Cualquier ganancia o ingreso derivado de operaciones con 3ros. (Último párrafo Art. 3 LIR; Inc. g) del Art. 1 del Reglamento)(Último párrafo Art. 3 LIR; Inc. g) del Art. 1 del Reglamento) Es la obtenida en el devenir de la actividad de la empresa en susEs la obtenida en el devenir de la actividad de la empresa en sus relaciones con otros particulares.relaciones con otros particulares. Constituye ganancia o ingreso para una empresa, la provenienteConstituye ganancia o ingreso para una empresa, la proveniente de:de: -- Actividades accidentales.Actividades accidentales. -- Ingresos eventualesIngresos eventuales -- Transferencia a título gratuito que realice un particular.Transferencia a título gratuito que realice un particular.
  • 23. La Base jurisdiccional del impuesto está relacionado conLa Base jurisdiccional del impuesto está relacionado con los criterios de vinculación. Es decir, vendría a ser loslos criterios de vinculación. Es decir, vendría a ser los criterios que el legislador adopte para vincular lacriterios que el legislador adopte para vincular la materia imponible con su poder fiscal.materia imponible con su poder fiscal. HechoHecho económicoeconómico (renta)(renta) EstadoEstado NEXONEXO PUNTOS DE CONEXIÓN OPUNTOS DE CONEXIÓN O CRITERIOS DE VINCULACIONCRITERIOS DE VINCULACION
  • 24. PUNTOS DE CONEXIÓN OPUNTOS DE CONEXIÓN O CRITERIOS DE VINCULACIONCRITERIOS DE VINCULACION SUBJETIVOSSUBJETIVOS OBJETIVOSOBJETIVOS PERSONAPERSONA NATURALNATURAL PERSONAPERSONA JURIDICAJURIDICA •NACIONALIDADNACIONALIDAD • CIUDADANÍACIUDADANÍA •RESIDENCIARESIDENCIA •DOMICILIODOMICILIO •LUGAR DE CONSTITUCIÓNLUGAR DE CONSTITUCIÓN •SEDE DE DIRECCIÓNSEDE DE DIRECCIÓN •SEDE DE CONTROLSEDE DE CONTROL UBICACIÓNUBICACIÓN DE LA FUENTEDE LA FUENTE
  • 25. 6.36.3 CRITERIOS DE VINCULACION EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION EN EL PERU (Art. 6 de la LIR, 1er párrafo)(Art. 6 de la LIR, 1er párrafo) ““ Estan sujetas al impuesto la totalidad de las rentas gravadasEstan sujetas al impuesto la totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes que, conforme a lasque obtengan los contribuyentes que, conforme a las disposiciones de esta ley, se consideran “domiciliadas” en eldisposiciones de esta ley, se consideran “domiciliadas” en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personaspaís, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni lanaturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora”.ubicación de la fuente productora”. DOMICILIADODOMICILIADO RENTA MUNDIALRENTA MUNDIAL (renta de fuente peruana(renta de fuente peruana ++ renta de fuente extranjera)renta de fuente extranjera) CONTRIBUYENTECONTRIBUYENTE PRINCIPIO JURISDICCIONALPRINCIPIO JURISDICCIONAL SUJECION ILIMITADASUJECION ILIMITADA
  • 26. 6.36.3 CRITERIOS DE VINCULACION EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION EN EL PERU (Art. 6 de la LIR, 2do párrafo)(Art. 6 de la LIR, 2do párrafo) ““En caso de contribuyentes no domiciliados enEn caso de contribuyentes no domiciliados en el país, de sus sucursales, agencias oel país, de sus sucursales, agencias o establecimientos permanentes, el impuestoestablecimientos permanentes, el impuesto recae unicamente sobre las rentas gravadasrecae unicamente sobre las rentas gravadas de fuente peruana”de fuente peruana” NO DOMICILIADONO DOMICILIADO TERRITORIALIDADTERRITORIALIDAD (solo por renta de(solo por renta de fuente peruana)fuente peruana) CONTRIBUYENTECONTRIBUYENTE SUJECION LIMITADASUJECION LIMITADA
  • 27. CRITERIOS DE VINCULACION SUBJETIVO EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION SUBJETIVO EN EL PERU El punto de conexión es elEl punto de conexión es el “domicilio”“domicilio” Reglas del domicilio (Arts. 7 y 8 L.I.R.)Reglas del domicilio (Arts. 7 y 8 L.I.R.) 1. ¿A QUIENES SE LES CONSIDERA DOMICILIADOS?1. ¿A QUIENES SE LES CONSIDERA DOMICILIADOS? a) Peruanos que residen en el país.a) Peruanos que residen en el país. b) Extranjeros que residen en el país. La residencia se puedeb) Extranjeros que residen en el país. La residencia se puede adquirir deadquirir de dos formas:dos formas: -- LargaLarga: Permanece en el país por dos (2) años o más en forma: Permanece en el país por dos (2) años o más en forma continua, las ausencias temporales de hasta 90 díascontinua, las ausencias temporales de hasta 90 días calendariocalendario en cada ejercicio gravable noen cada ejercicio gravable no interrumpe la continuidad.interrumpe la continuidad. -- CortaCorta: Se requiere 180 días de permanencia e inscribirse en el: Se requiere 180 días de permanencia e inscribirse en el RUC. Si percibe renta de 5ta. Categoría bastaráRUC. Si percibe renta de 5ta. Categoría bastará comunicar a sucomunicar a su empleador para acogerse a la ley peruana.empleador para acogerse a la ley peruana. c) Funcionarios que desempeñan en el extranjero cargos oficiales.c) Funcionarios que desempeñan en el extranjero cargos oficiales. d) Las Personas Jurídicas constituidas en el Perú (...).d) Las Personas Jurídicas constituidas en el Perú (...).
  • 28. CRITERIOS DE VINCULACION SUBJETIVO EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION SUBJETIVO EN EL PERU 2.2. PERDIDA DEL DOMICILIO.PERDIDA DEL DOMICILIO. Se da bajo dos formas:Se da bajo dos formas: --Larga:Larga: Ausencia de 2 años o más en forma continua laAusencia de 2 años o más en forma continua la ausencia no se interrumpe con presencias temporalesausencia no se interrumpe con presencias temporales en el país de hasta 90 días calendario en el ejercicioen el país de hasta 90 días calendario en el ejercicio gravable. Excepto funcionario público.gravable. Excepto funcionario público. --Corta:Corta: Cuando adquieran residencia en otro país yCuando adquieran residencia en otro país y hayan salido del Perú. La residencia se acredita con:hayan salido del Perú. La residencia se acredita con: (i) Visa correspondiente o(i) Visa correspondiente o (ii) Contrato de trabajo por un plazo no menor a un(ii) Contrato de trabajo por un plazo no menor a un año.año.
  • 29. CRITERIOS DE VINCULACION OBJETIVO EN EL PERUCRITERIOS DE VINCULACION OBJETIVO EN EL PERU (Artículos 9, 10, 11 y 12 LIR).(Artículos 9, 10, 11 y 12 LIR). Principio de territorialidad de la fuente, se consideran los siguientesPrincipio de territorialidad de la fuente, se consideran los siguientes criterios:criterios: (i)(i) Ubicación física de bienes, capitales o actividades,Ubicación física de bienes, capitales o actividades, (ii)(ii) Criterio del pagador yCriterio del pagador y (iii)(iii) Lugar de uso o aprovechamiento.Lugar de uso o aprovechamiento. Se considera renta de fuenteSe considera renta de fuente peruana:peruana: TIPOS DE RENTATIPOS DE RENTA 1.- Producidas por predios situada el país,1.- Producidas por predios situada el país, trabajo personal en el paístrabajo personal en el país 2.- Servicios digitales (Internet), asistencia2.- Servicios digitales (Internet), asistencia técnica, regalías, derechostécnica, regalías, derechos 3.- Dividendos, rentas vitalicias y pensiones,3.- Dividendos, rentas vitalicias y pensiones, regalías, sueldos que empresas domiciliadosregalías, sueldos que empresas domiciliados paguen a miembros de sus consejos quepaguen a miembros de sus consejos que activen en el exterioractiven en el exterior CRITERIO DE VINCULACIONCRITERIO DE VINCULACION Ubicación físicaUbicación física Aprovechamiento del mercadoAprovechamiento del mercado (utilización económica)(utilización económica) Criterio del pagadorCriterio del pagador
  • 30. -- El aspecto temporal del Impuesto esta vinculado alEl aspecto temporal del Impuesto esta vinculado al momento en que se produce el hecho imponible.momento en que se produce el hecho imponible. -- Por el hecho imponible el Impuesto a la Renta es unPor el hecho imponible el Impuesto a la Renta es un tributo de realización periódica, es decir, requiere deltributo de realización periódica, es decir, requiere del transcurso de un tiempo determinado para la realizacióntranscurso de un tiempo determinado para la realización del hecho imponible.del hecho imponible. -- El tiempo para la configuración del impuesto se llamaEl tiempo para la configuración del impuesto se llama ““ejercicio”,ejercicio”, generalmente es anual.generalmente es anual. INICIOINICIO HECHOHECHO IMPONIBLEIMPONIBLE 01/ENERO01/ENERO 31/DICIEMBRE31/DICIEMBRE EJERCICIO
  • 31. IMPUTACION DE LA RENTA A UN EJERCICIOIMPUTACION DE LA RENTA A UN EJERCICIO Consiste en determinar en que ejercicio se incorpora el ingreso.Consiste en determinar en que ejercicio se incorpora el ingreso. Existen dos sistemas de imputación: (i) percibido y (ii) devengadoExisten dos sistemas de imputación: (i) percibido y (ii) devengado SISTEMASISTEMA DEDE IMPUTACIONIMPUTACION De lo percibido:De lo percibido: Momento de la percepción del ingresoMomento de la percepción del ingreso Igual criterio para la deducción de gastosIgual criterio para la deducción de gastos De lo devengado:De lo devengado: Momento en que nace el derecho al cobroMomento en que nace el derecho al cobro Igual criterio para la deducción de gastosIgual criterio para la deducción de gastos
  • 32. PERSONA NATURALPERSONA NATURAL 1ra UNIDAD DE CONTRIBUYENTE: PERSONA NATURAL1ra UNIDAD DE CONTRIBUYENTE: PERSONA NATURAL SER HUMANO UNIDAD FAMILIAR SUCESIÓN INDIVISA Sujeto (individuo) en forma aislada Unidad económica (Sujeto temporal) Comprende el lapso entre el fallecimiento y partición
  • 33. 2da Unidad de contribuyente: Entidades intermedias2da Unidad de contribuyente: Entidades intermedias ENTIDADES INTERMEDIASENTIDADES INTERMEDIAS PERSONASPERSONAS JURÍDICASJURÍDICAS EMPRESASEMPRESAS TODA P.J.TODA P.J. SOCIEDADESSOCIEDADES TRANSPARENCIATRANSPARENCIA FISCALFISCAL (SOC. PERSONAS)(SOC. PERSONAS) ENTEENTE SEPARADOSEPARADO (SOC. CAPITALES)(SOC. CAPITALES) UNIDADUNIDAD ECONOMICAECONOMICA UTILIDADUTILIDAD ACCIONISTASACCIONISTAS UTILIDADUTILIDAD LA P.J. TRIBUTALA P.J. TRIBUTA
  • 34. SUJETOS DEL IMPUESTO EN EL PERUSUJETOS DEL IMPUESTO EN EL PERU 1) PERSONA NATURAL (Art. 16 LIR, y Art. 6 Reg.) 2) SOCIEDAD CONYUGAL (Art. 16 LIR, y Art. 6 Reg.) 3) SUCESION INDIVISA (Art. 17 LIR, y Num.3) Inc d) del Art. 49 Reg.) 4) PERSONA JURIDICA (2do párrafo del art. 14 de LIR, y el Inc d) del Art. 47 Reg.) 5) ASOCIACIONES DE HECHO DE PROFESIONALES Y SIMILARES (1er párrafo del art. 14 de LIR, y el Art. 5 Reg.)
  • 35. EXONERADOEXONERADO AMBITO DE APLICACIÓN DEL IMPUESTOAMBITO DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO AFECTOAFECTO AFECTOAFECTO AFECTOAFECTO AFECTOAFECTO INAFECTOINAFECTO INAFECTO (INMUNIDAD)INAFECTO (INMUNIDAD) II NN AA FF EE CC TT OO II NN AA FF EE CC TT OO UNIVERSO DE RECURSOS / ACTIVIDADES / OPERACIONESUNIVERSO DE RECURSOS / ACTIVIDADES / OPERACIONES
  • 36. 9.19.1 INAFECTACION EN LA L.I.R (Art. 18 de la L.I.R)INAFECTACION EN LA L.I.R (Art. 18 de la L.I.R) Establece inafectaciones subjetivas (por el aspecto personal) yEstablece inafectaciones subjetivas (por el aspecto personal) y objetivas ( por el aspecto material)objetivas ( por el aspecto material) InafectaciónInafectación subjetivasubjetiva - Sector Público Nacional (Art. 7 del Reg.)- Sector Público Nacional (Art. 7 del Reg.) - Las fundaciones- Las fundaciones - Entidades de auxilio mutuo- Entidades de auxilio mutuo - Comunidades campesinas- Comunidades campesinas - Comunidades nativas- Comunidades nativas - Indemnizaciones laborales- Indemnizaciones laborales - Indemnizaciones por causa de muerte o- Indemnizaciones por causa de muerte o incapacidadincapacidad - Las compensaciones por tiempo de servicios- Las compensaciones por tiempo de servicios (CTS)(CTS) - Renta vitalicia y pensiones- Renta vitalicia y pensiones InafectaciónInafectación objetivaobjetiva
  • 37. 9.2 EXONERACION9.2 EXONERACION EN LA LIR (Art. 19 de la LIR)EN LA LIR (Art. 19 de la LIR) :: Establece exoneraciones subjetivas y objetivas.Establece exoneraciones subjetivas y objetivas. También existen exoneraciones establecidas en leyesTambién existen exoneraciones establecidas en leyes especiales.especiales. EXONERACIONEXONERACION SUBJETIVASUBJETIVA - Sociedades o instituciones religiosas (inc. a)- Sociedades o instituciones religiosas (inc. a) - Fundaciones afectos y asociaciones sin fines de lucro- Fundaciones afectos y asociaciones sin fines de lucro (inc. b)(inc. b) - Organismos internacionales respecto de sus rentas de- Organismos internacionales respecto de sus rentas de inmuebles que les sirvan de sede (inc d)inmuebles que les sirvan de sede (inc d) - Representaciones deportivas nacionales de países- Representaciones deportivas nacionales de países extranjeros respecto de sus actividades en el país (inc. i)extranjeros respecto de sus actividades en el país (inc. i) - Representaciones de países extranjeros por los- Representaciones de países extranjeros por los espectáculos en vivo de teatro, (...) calificados comoespectáculos en vivo de teatro, (...) calificados como espectáculos públicos culturales por el INCespectáculos públicos culturales por el INC
  • 38. 9.2.- EXONERACION9.2.- EXONERACION EN LA LIR (Art. 19 de la LIR)EN LA LIR (Art. 19 de la LIR) :: Establece exoneraciones subjetivas y objetivasEstablece exoneraciones subjetivas y objetivas EXONERACIONEXONERACION OBJETIVAOBJETIVA - Intereses de depósitos en el Sistema- Intereses de depósitos en el Sistema Financiero (inc. i)Financiero (inc. i) - Ganancia de capital por enajenación de- Ganancia de capital por enajenación de valores a través de la Bolsa de Valores,valores a través de la Bolsa de Valores, o fuera de ella si es realizado poro fuera de ella si es realizado por persona natural (inc. i)persona natural (inc. i) - Ganancia de capital por enajenación de- Ganancia de capital por enajenación de títulos efectuados en la Bolsa de Productos.títulos efectuados en la Bolsa de Productos.
  • 39. CONTENIDOCONTENIDO TEMA 1:TEMA 1: RENTAS DE 1era CATEGORIARENTAS DE 1era CATEGORIA TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2da CATEGORIARENTAS DE 2da CATEGORIA TEMA 3:TEMA 3: RENTAS DE 4ta CATEGORIARENTAS DE 4ta CATEGORIA TEMA 4:TEMA 4: RENTAS DE 5ta CATEGORIARENTAS DE 5ta CATEGORIA TEMA 5:TEMA 5: DETERMINACION RENTA NETA DEDETERMINACION RENTA NETA DE FUENTE PERUANAFUENTE PERUANA TEMA 6:TEMA 6: RENTAS DE FUENTE EXTRANJERARENTAS DE FUENTE EXTRANJERA TEMA 7:TEMA 7: DETERMINACION DEL IMPUESTODETERMINACION DEL IMPUESTO 39
  • 40. RB - Dd =RB - Dd = RNRN RENTA BRUTARENTA BRUTA -- DEDUCCIONDEDUCCION == RENTA NETARENTA NETA 40
  • 41. La Renta proveniente de los de bienes muebles eLa Renta proveniente de los de bienes muebles e inmuebles.inmuebles. 1)1) RENTA BRUTA.RENTA BRUTA. (Art. 23 L.I.R. y Art. 13 Reglamento)(Art. 23 L.I.R. y Art. 13 Reglamento) Se presentan 4 subtipos de renta:Se presentan 4 subtipos de renta: A.A. Renta de Predios.Renta de Predios. B.B. Renta de otros bienes inmuebles.Renta de otros bienes inmuebles. C.C. Renta de derechos que no sean derechosRenta de derechos que no sean derechos dede llave, marcas, patentes, regalías ollave, marcas, patentes, regalías o similares.similares. D.D. Renta de bienes muebles.Renta de bienes muebles. 41
  • 42. 1 )1 ) RENTA BRUTARENTA BRUTA A.A. Renta de Predios (Art. 23, inc. a.c.d)Renta de Predios (Art. 23, inc. a.c.d) A.1A.1 Arrendamiento:Arrendamiento: *Renta Real vs. Renta Presunta (6% del autovalúo)*Renta Real vs. Renta Presunta (6% del autovalúo) Renta RealRenta Real : Importe de los arrendamientos.: Importe de los arrendamientos. Renta PresuntaRenta Presunta : - Se presume de pleno derecho que la renta no: - Se presume de pleno derecho que la renta no seráserá menor al 6% del valor de autoavalúomenor al 6% del valor de autoavalúo del predio.del predio. - Si no ha sido arrendado durante todo el año- Si no ha sido arrendado durante todo el año lala presunción se aplica en númeropresunción se aplica en número proporcional a losproporcional a los meses arrendados.meses arrendados. - La presunción no opera cuando se ha- La presunción no opera cuando se ha arrendado aarrendado a entidades del Sector Públicoentidades del Sector Público Nacional, museos,Nacional, museos, bibliotecas obibliotecas o zoológicos.zoológicos. 42
  • 43. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA A. Renta de predios (Art. 23, inc. a,c,d)A. Renta de predios (Art. 23, inc. a,c,d) A.1 Arrendamiento: Ejemplo de renta presuntaA.1 Arrendamiento: Ejemplo de renta presunta -- Autoavalúo del predio :Autoavalúo del predio : S/. 300,000S/. 300,000 - Renta presunta = 6% de Autoavalúo:- Renta presunta = 6% de Autoavalúo: S/. 18,000S/. 18,000 - Renta Real ------------------------------------ Renta Real ----------------------------------- S/. 12,000S/. 12,000 El predio ha estado arrendado todo el añoEl predio ha estado arrendado todo el año Merced Conductiva S/. 1,000 mensualesMerced Conductiva S/. 1,000 mensuales - Luego de comparar ambos se declara el mayor- Luego de comparar ambos se declara el mayor importe,importe, es decir, la Renta presunta....................es decir, la Renta presunta.................... S/.S/. 18,00018,000 43
  • 44. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA A.-A.- Renta de PrediosRenta de Predios (Art. 23, inc. a,c,d)(Art. 23, inc. a,c,d) A.2A.2 Subarrendamiento,Subarrendamiento, la renta se obtienela renta se obtiene de la diferencia entre renta que recibe menos lode la diferencia entre renta que recibe menos lo que paga. (último párrafo inc. a)que paga. (último párrafo inc. a) A.3A.3 MejorasMejoras introducidas en el predio nointroducidas en el predio no obligados a reembolsar al final del contrato.obligados a reembolsar al final del contrato. A.4A.4 Cesión gratuita o a precio no determinado.Cesión gratuita o a precio no determinado. Se obtiene de la Renta ficta y se calculaSe obtiene de la Renta ficta y se calcula proporcionalmente al número de mesesproporcionalmente al número de meses cedidos.cedidos. (Renta Ficta = 6% del valor del autoavalúo del(Renta Ficta = 6% del valor del autoavalúo del predio).predio). 44
  • 45. 11 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA B. Renta de otros bienes inmueblesB. Renta de otros bienes inmuebles Art. 23 inc. b) LIR; Inc.a) Num. 2) del Art. 13 delArt. 23 inc. b) LIR; Inc.a) Num. 2) del Art. 13 del Reg.Reg. B.1 Arrendamiento o locación.B.1 Arrendamiento o locación. C.C. Renta de derechosRenta de derechos, que no sean derechos de, que no sean derechos de llave,llave, marcas, patentes, regalías o similares.marcas, patentes, regalías o similares. Art. 23 inc. b) LIR; Inc.a) Num. 2) del Art. 13 delArt. 23 inc. b) LIR; Inc.a) Num. 2) del Art. 13 del Reg.Reg. C.1 Cesión temporal.C.1 Cesión temporal. C.2 Usufructo.C.2 Usufructo. 45
  • 46. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA D. Renta de bienes muebles (Art. 23 b)D. Renta de bienes muebles (Art. 23 b) D.1. Arrendamiento o cesión temporalD.1. Arrendamiento o cesión temporal CESIONCESION - A una- A una Persona NaturalPersona Natural: Sólo Renta real: Sólo Renta real TEMPORALTEMPORAL - A una Persona Jurídica : Renta real vs. Renta presunta- A una Persona Jurídica : Renta real vs. Renta presunta (8% del valor de adquisición actualizado por el IPM)(8% del valor de adquisición actualizado por el IPM) D.2. Cesión gratuita o a precio no determinadoD.2. Cesión gratuita o a precio no determinado CESIONCESION - A una- A una PersonaPersona Natural: No hay rentaNatural: No hay renta GRATUITAGRATUITA - A una- A una PersonaPersona Jurídica:Jurídica: Renta ficta (8% del Valor de adquisición actualizado porRenta ficta (8% del Valor de adquisición actualizado por el IPM)el IPM) 46
  • 47. 47 CRITERIO DE IMPUTACION (ART. 57 LIR) Criterio de lo devengado 2) DEDUCCION (Art. 35 LIR) Se deducirá dela Renta Bruta un 20% por concepto de todo gasto. 3) RENTA NETA PRESUNTA (Art. 35) Renta Neta = 80% de la Renta Bruta
  • 48. EJEMPLO:EJEMPLO: Persona A, alquila su predio a 2,100 mensual, su valor dePersona A, alquila su predio a 2,100 mensual, su valor de Autovalúo S/. 300,000Autovalúo S/. 300,000 S/.S/. a.- Renta Bruta Anual .................................................... 25,200a.- Renta Bruta Anual .................................................... 25,200 2,100 x 12 = 25,2002,100 x 12 = 25,200 300,000 x 6% = 18,000 (es menor)300,000 x 6% = 18,000 (es menor) b.- Deducción .................................................................(5,040)b.- Deducción .................................................................(5,040) 25,200 x 20% = 5,04025,200 x 20% = 5,040 c. Renta Neta .................................................................c. Renta Neta ................................................................. 20,16020,160 48
  • 49. 4)4) SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS A través de pagos a cuenta (Art. 84)A través de pagos a cuenta (Art. 84) 1.- Equivalente al 15% de la Renta Neta (80%1.- Equivalente al 15% de la Renta Neta (80% de la R.B.) que es lo mismo que una tasade la R.B.) que es lo mismo que una tasa efectiva de 12% de la Renta Brutaefectiva de 12% de la Renta Bruta (Devengada).(Devengada). 2.- Las rentas fictas no generan obligación2.- Las rentas fictas no generan obligación de efectuar pagos a cuenta, debiendode efectuar pagos a cuenta, debiendo pagar y declarar anualmente.pagar y declarar anualmente. 3.- Recibo por arrendamiento (Form. 16833.- Recibo por arrendamiento (Form. 1683 generado por el Sistema de Pago Fácil).generado por el Sistema de Pago Fácil). 49
  • 50. Renta proveniente de capitales mobiliariosRenta proveniente de capitales mobiliarios 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (LIR Art. 24)(LIR Art. 24) A.A. Intereses por colocación de capitalesIntereses por colocación de capitales (Art. 24(Art. 24 a) LIR)a) LIR) Cualquiera sea la denominación o forma deCualquiera sea la denominación o forma de pago, tales como: títulos cédulas, debentures,pago, tales como: títulos cédulas, debentures, bonos , garantías y créditos privilegiados, obonos , garantías y créditos privilegiados, o quirografarios en dinero o valores.quirografarios en dinero o valores. A.1. Interés presunto (Art. 26 LIR) se aplica laA.1. Interés presunto (Art. 26 LIR) se aplica la TasaTasa Activa en M.N. o M. Ext. SegúnActiva en M.N. o M. Ext. Según corresponda.corresponda. A.2. Intereses exonerados (Art. 19 inc. i , LIR)A.2. Intereses exonerados (Art. 19 inc. i , LIR) 50 TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada CATEGORIACATEGORIA
  • 51. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR) B.B. RegalíasRegalías (Art. 27 LIR)(Art. 27 LIR) b.1.b.1. Cesión temporal de bienes de propiedad intelectual eCesión temporal de bienes de propiedad intelectual e industrialindustrial INTELECTUAL: Derechos deINTELECTUAL: Derechos de autor, literario, artístico, científicoautor, literario, artístico, científico PROPIEDADPROPIEDAD INDUSTRIAL: Marcas, patentes,INDUSTRIAL: Marcas, patentes, diseños o modelos, planos.diseños o modelos, planos. b.2b.2 Transferencia de conocimientosTransferencia de conocimientos Comprende toda retribución por la transmisión de experienciaComprende toda retribución por la transmisión de experiencia Industrial, comercial o científica, secreto o no.Industrial, comercial o científica, secreto o no. 51 TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada CATEGORIACATEGORIA
  • 52. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR) C.C. Cesión definitiva de marcas, patentes yCesión definitiva de marcas, patentes y similaressimilares (Art.24 inc. d)(Art.24 inc. d) Comprende también derechos de llave,Comprende también derechos de llave, constituye unaconstituye una ganancia de capital.ganancia de capital. D.D. Rentas vitaliciasRentas vitalicias (Art. 24 inc e)(Art. 24 inc e) ““Contrato aleatorio en que una de las partesContrato aleatorio en que una de las partes entrega aentrega a otra un capital o ciertos bienes conotra un capital o ciertos bienes con la obligación dela obligación de pagar al cedente o apagar al cedente o a un tercero, una pensión o rentaun tercero, una pensión o renta durante sudurante su vida o la de aquel a cuyo beneficio sevida o la de aquel a cuyo beneficio se impone una suma o cosa”impone una suma o cosa” 52
  • 53. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR) E.E. Obligación de no hacerObligación de no hacer (Art. 24 inc. f)(Art. 24 inc. f) - Consiste en que el deudor se abstiene de realizar- Consiste en que el deudor se abstiene de realizar algo, debido a que el acreedor no se lo permite.algo, debido a que el acreedor no se lo permite. Ej: No usar una marca en determinado tiempo oEj: No usar una marca en determinado tiempo o lugar.lugar. Excepción:Excepción: La obligación de no hacer no incluyeLa obligación de no hacer no incluye las actividades comprendidas en la tercera, cuartalas actividades comprendidas en la tercera, cuarta o quinta categoría, en cuyo caso, las rentaso quinta categoría, en cuyo caso, las rentas respectivas se incluirán en las categorías querespectivas se incluirán en las categorías que correspondan.correspondan. 53 TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada CATEGORIACATEGORIA
  • 54. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR) G.G. Seguros dotales de vidaSeguros dotales de vida (Art. 24 inc. g) y Art.19 inc f)(Art. 24 inc. g) y Art.19 inc f) LIR)LIR) La diferencia entre el valor actualizado de las primas oLa diferencia entre el valor actualizado de las primas o cuotas pagados por los asegurados y las sumas que loscuotas pagados por los asegurados y las sumas que los aseguradores entreguen a aquellos al cumplirse elaseguradores entreguen a aquellos al cumplirse el plazo estipulado en los contratos dotales de seguro deplazo estipulado en los contratos dotales de seguro de vida y los beneficios o participaciones en seguros sobrevida y los beneficios o participaciones en seguros sobre la vida que obtengan los asegurados.la vida que obtengan los asegurados. .. H.H. Utilidades o ganancias provenientes de fondos mutuosUtilidades o ganancias provenientes de fondos mutuos de Inversión en Valoresde Inversión en Valores (Art. 24 inc b) LIR)(Art. 24 inc b) LIR) Comprende también rentas provenientes de fondos deComprende también rentas provenientes de fondos de inversión patrimonios Fideicometidos de Sociedadesinversión patrimonios Fideicometidos de Sociedades Titulizadoras.Titulizadoras. 54 TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada CATEGORIACATEGORIA
  • 55. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 24 LIR)(Art. 24 LIR) I.I. Dividendos y cualquier otra forma deDividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidadesdistribución de utilidades (Art. 24 inc i) LIR)(Art. 24 inc i) LIR) Los dividendos se encuentran en el sistemaLos dividendos se encuentran en el sistema cedular.cedular. Al momento de la distribución se retiene el 4.1%Al momento de la distribución se retiene el 4.1% No se incorporan a la renta de 2da categoria.No se incorporan a la renta de 2da categoria. J.J. Las ganancias de capitalLas ganancias de capital - Enajenación de inmuebles.- Enajenación de inmuebles. - Enajenación de valores mobiliarios- Enajenación de valores mobiliarios 55 TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada CATEGORIACATEGORIA
  • 56. CRITERIO DE IMPUTACIONCRITERIO DE IMPUTACION (Art. 57 LIR)(Art. 57 LIR) Criterio de lo percibidoCriterio de lo percibido 2)2) DEDUCCIONDEDUCCION (Art. 36 LIR)(Art. 36 LIR) - Se deducirá de la Renta Burta un 10% por concepto- Se deducirá de la Renta Burta un 10% por concepto de todo gasto.de todo gasto. - En el caso de ganancia de capital se deducirá el- En el caso de ganancia de capital se deducirá el costocosto computable.computable. 3)3) RENTA NETARENTA NETA (Art. 36 LIR)(Art. 36 LIR) Renta neta = 90% de la Renta BrutaRenta neta = 90% de la Renta Bruta 56 TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada CATEGORIACATEGORIA
  • 57. 3)3) RENTA NETARENTA NETA EJEMPLOEJEMPLO:: Juan obtiene las siguientes rentas:Juan obtiene las siguientes rentas: - Intereses por préstamo: S/. 1,000 mensual- Intereses por préstamo: S/. 1,000 mensual - Regalías al año: S/. 80,000- Regalías al año: S/. 80,000 - Por obligaciones de no hacer percibe al- Por obligaciones de no hacer percibe al año:año: S/. 100,000S/. 100,000 - Dividendos: S/. 200,000- Dividendos: S/. 200,000 ¿Cuánto será la Renta Neta de segunda¿Cuánto será la Renta Neta de segunda categoría?categoría? 57 TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada CATEGORIACATEGORIA
  • 58. 3)3) RENTA NETARENTA NETA EJEMPLO:EJEMPLO: a.- Renta Bruta Anual.............................. S/. 192,000a.- Renta Bruta Anual.............................. S/. 192,000 - Intereses- Intereses = 12,000= 12,000 1,000 x 121,000 x 12 - Regalías- Regalías = 80,000= 80,000 - Oblig. de no hacer- Oblig. de no hacer = 100,000= 100,000 - Dividendo: NO- Dividendo: NO b.- Deducción ............................................ (19,200)b.- Deducción ............................................ (19,200) 192,000 x 10%192,000 x 10% = 19,200= 19,200 c.- Renta Neta ...........................................c.- Renta Neta ........................................... 172.800172.800 58 TEMA 2:TEMA 2: RENTAS DE 2RENTAS DE 2dada CATEGORIACATEGORIA
  • 59. .. 59 4.4. SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS A través de retención y pagos a cuenta.A través de retención y pagos a cuenta. RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE (Art. 72 LIR)(Art. 72 LIR) 1. Equivalente al 15% de la Renta Neta o al 13.5% de la1. Equivalente al 15% de la Renta Neta o al 13.5% de la Renta Bruta.Renta Bruta. 2. Oportunidad de la retención:2. Oportunidad de la retención: - Persona Natural: Al momento del pago.- Persona Natural: Al momento del pago. - Persona Jurídica: En el mes que se devengue.- Persona Jurídica: En el mes que se devengue. 3. Obligación de emitir Comprobantes de Pago.3. Obligación de emitir Comprobantes de Pago.
  • 60. 4)4) SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS PAGOS A CUENTA:PAGOS A CUENTA: Se efectuara sólo en elSe efectuara sólo en el caso de ganancia de capital (Art. 84-A LIR)caso de ganancia de capital (Art. 84-A LIR) 1.1. En la enajenación de inmuebles.En la enajenación de inmuebles. 2. El importe es el 0.5% del valor de venta2. El importe es el 0.5% del valor de venta 3. Oportunidad del pago:3. Oportunidad del pago: - Dentro del mes siguiente de suscrita la- Dentro del mes siguiente de suscrita la minutaminuta de compraventa. Elde compraventa. El notario verifica el pago.notario verifica el pago. 60
  • 61. .. 61 4.4. SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS EJEMPLO:EJEMPLO: PAGO A CUENTA (INMUEBLES)PAGO A CUENTA (INMUEBLES) Valor ventaValor venta : S/. 500,000: S/. 500,000 Fecha de minutaFecha de minuta : 03-03-2005: 03-03-2005 Pago a cuentaPago a cuenta : S/.2,500 (500,000 x 0.5%): S/.2,500 (500,000 x 0.5%) FECHA DE PAGOFECHA DE PAGO : HASTA el 30-04-2005: HASTA el 30-04-2005 RENTA NETA ANUALRENTA NETA ANUAL Valor ventaValor venta : S/. 500,000: S/. 500,000 Costo ComputableCosto Computable : S/. (100,000): S/. (100,000) Renta Neta 2da categoríaRenta Neta 2da categoría : S/. 400,000: S/. 400,000
  • 62. .. 62 TEMA 3:TEMA 3: RENTAS DE 4RENTAS DE 4tata CATEGORIACATEGORIA Renta de Trabajo independiente.Renta de Trabajo independiente. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 33 LIR)(Art. 33 LIR) Presenta dos sub tipos de rentas:Presenta dos sub tipos de rentas: A.A. Ejercicio individual e independiente de una profesión,Ejercicio individual e independiente de una profesión, ciencia, arte, u oficio.ciencia, arte, u oficio. Excluidos:Excluidos: -- Actividades incluidas expresamente en la 3Actividades incluidas expresamente en la 3rara categoría.categoría. -- Actividades incluidas expresamente en la 5Actividades incluidas expresamente en la 5tata categoría.categoría. - Actividades complementadas con explotaciones comerciales.- Actividades complementadas con explotaciones comerciales. B.B. Funciones de director de empresa, regidor, mandatario,Funciones de director de empresa, regidor, mandatario, síndico, gestor de negocios, albacea y similares.síndico, gestor de negocios, albacea y similares.
  • 63. .. 63 CRITERIO DE IMPUTACIONCRITERIO DE IMPUTACION (Art. 57 LIR)(Art. 57 LIR) Criterio de lo percibidoCriterio de lo percibido 2)2) DEDUCCIONDEDUCCION (Art. 45 LIR)(Art. 45 LIR) a. Se deducirá un 20% de la RB por concepto de todo gasto, hastaa. Se deducirá un 20% de la RB por concepto de todo gasto, hasta el límite de 24 UIT (S/. 79,200). No aplican esta deducción losel límite de 24 UIT (S/. 79,200). No aplican esta deducción los directores, mandatarios, gestores, etc.directores, mandatarios, gestores, etc. b. Se deducirá de la RB el IES que grava las rentas de 4b. Se deducirá de la RB el IES que grava las rentas de 4tata categoría (Ley 26969). Sólo hasta el ejercicio 2004.categoría (Ley 26969). Sólo hasta el ejercicio 2004. UIT 2004...............S/. 3,200UIT 2004...............S/. 3,200 UIT 2005...............S/. 3,300UIT 2005...............S/. 3,300
  • 64. 3)3) RENTA NETARENTA NETA ( Art. 45 LIR)( Art. 45 LIR) EJEMPLO:EJEMPLO: Durante el ejercicio 2004 el Sr. X ha obtenidoDurante el ejercicio 2004 el Sr. X ha obtenido las siguientes rentas:las siguientes rentas: Por Honorarios Profesionales: S/. 200,000 y como regidorPor Honorarios Profesionales: S/. 200,000 y como regidor de la Municipalidad de la Molina Dietas por: S/. 16,000de la Municipalidad de la Molina Dietas por: S/. 16,000 a.a. Renta Bruta Anual ....................................................216,000Renta Bruta Anual ....................................................216,000 200,000 + 16,000200,000 + 16,000 b.b. Deducción ................................................................ (43,000)Deducción ................................................................ (43,000) - 20% de 200,000 = 40,000- 20% de 200,000 = 40,000 no mayor a 24 UIT (76,8000)no mayor a 24 UIT (76,8000) - IES = 3,000- IES = 3,000 c.c. Renta Neta ................................................................Renta Neta ................................................................173,000173,000 64
  • 65. 4)4) SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS A través de retención y pagos a cuenta.A través de retención y pagos a cuenta. RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE (Art. 71 y 74 LIR)(Art. 71 y 74 LIR)  Están obligados a retener las empresas y entidadesEstán obligados a retener las empresas y entidades obligadas a llevar contabilidad completa y registro deobligadas a llevar contabilidad completa y registro de ingresos y gastos cuando paguen honorariosingresos y gastos cuando paguen honorarios profesionales.profesionales.  La alícuota a retener es del 10% por IR yLa alícuota a retener es del 10% por IR y  El 1.7% correspondiente al IES sobre el ingreso bruto.El 1.7% correspondiente al IES sobre el ingreso bruto. (vigente hasta el 30.NOV.2004)(vigente hasta el 30.NOV.2004)  La obligación de retener se origina al realizar el pago.La obligación de retener se origina al realizar el pago.  Los agentes de renteción deben entregar al emisor delLos agentes de renteción deben entregar al emisor del Recibo de Honorarios Profesionales, el correspondienteRecibo de Honorarios Profesionales, el correspondiente certificado de retención por los impuestos quecertificado de retención por los impuestos que retengan..retengan.. 65
  • 66. RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE (Art. 74 LIR)(Art. 74 LIR)  No están sujetos a retención los Recibos de HonorariosNo están sujetos a retención los Recibos de Honorarios Profesionales emitidos por menos o igual a S/. 700.Profesionales emitidos por menos o igual a S/. 700.  Procede la suspensión de retenciones a partir de Junio yProcede la suspensión de retenciones a partir de Junio y por una sola vez en el ejercicio, cuando el promedio depor una sola vez en el ejercicio, cuando el promedio de ingresos percibidos x 12 no supere los S/. 28,121 o S/. 22,ingresos percibidos x 12 no supere los S/. 28,121 o S/. 22, 400. respectivamente400. respectivamente EJEMPLOEJEMPLO: vigente desde el 01.DIC.2004: vigente desde el 01.DIC.2004 Honorarios ...................................................... S/. 10,000Honorarios ...................................................... S/. 10,000 Retención Renta 4ta categoria (10%).............. S/. 1,000Retención Renta 4ta categoria (10%).............. S/. 1,000 Importe a pagar ............................................... S/. 9,000Importe a pagar ............................................... S/. 9,000 66
  • 67. PAGOS A CUENTAPAGOS A CUENTA (Art. 86 LIR)(Art. 86 LIR)  A cargo del contribuyente.A cargo del contribuyente.  Deben realizarse si los ingresos brutosDeben realizarse si los ingresos brutos percibidos en el mes no hubieran sido objeto depercibidos en el mes no hubieran sido objeto de retención en la fuente, siempre que superen elretención en la fuente, siempre que superen el importe de S/. 2,343 o S/. 1,867importe de S/. 2,343 o S/. 1,867 respectivamente.respectivamente.  Alícuota del 10%Alícuota del 10% 67
  • 68. Renta de trabajo dependienteRenta de trabajo dependiente 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 34 inc. a) LIR)(Art. 34 inc. a) LIR) Presenta cuantro sub tipos de renta.Presenta cuantro sub tipos de renta. A.A. Retribución por servicios personalesRetribución por servicios personales subordinados (beneficio económico para elsubordinados (beneficio económico para el trabajador).trabajador). Factores irrelevantes:Factores irrelevantes: a. Que tenga carácter remunerativoa. Que tenga carácter remunerativo b. Que sea periódicob. Que sea periódico c. Que sea obligatorio para el empleadorc. Que sea obligatorio para el empleador 68
  • 69. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 34 LIR )(Art. 34 LIR ) Conceptos no gravados:Conceptos no gravados: a.a.Gastos exigidos por la naturaleza de las labores:Gastos exigidos por la naturaleza de las labores: - Reembolsos de gastos por razón del servicio.- Reembolsos de gastos por razón del servicio. - Gastos de viaje por labores fuera de su residencia- Gastos de viaje por labores fuera de su residencia habitual. Razonabilidad.habitual. Razonabilidad. - Condiciones de trabajo.- Condiciones de trabajo. b. Gastos generales a favor del personal y gastos deb. Gastos generales a favor del personal y gastos de asistenciaasistencia de salud.de salud. c. IR asumido por la empresac. IR asumido por la empresa d. Compensacion por tiempo de Servicios. CTSd. Compensacion por tiempo de Servicios. CTS e. Pagos por causa ajena al vinculo laboral.e. Pagos por causa ajena al vinculo laboral. 69
  • 70. 1) RENTA BRUTA (Art. 34 inc. e) LIR) B. Rentas vitalicias y pensiones (Art. 34 b LIR) No estan GravadasB. Rentas vitalicias y pensiones (Art. 34 b LIR) No estan Gravadas C.C. Rentas derivadas de locaciones de servicio (4Rentas derivadas de locaciones de servicio (4tata – 5– 5tata ).). Se presentan dos supuestos:Se presentan dos supuestos: Primer supuestoPrimer supuesto: Contrato de locación de servicios + lugar +: Contrato de locación de servicios + lugar + horario designado por el usuario.horario designado por el usuario. Segundo supuestoSegundo supuesto: Contrato de locación de servicios +: Contrato de locación de servicios + elementos proporcionados + asunción de los gastos.elementos proporcionados + asunción de los gastos. 70
  • 71. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 34)(Art. 34) Se deberá cumplir con los siguientesSe deberá cumplir con los siguientes requisitos:requisitos: a.a. No se encuentra obligado a emitirNo se encuentra obligado a emitir Recibo porRecibo por Honorarios.Honorarios. b.b. Llevar un Libro de Retenciones especial.Llevar un Libro de Retenciones especial. c.c. Aplicable a asociados en sociedadesAplicable a asociados en sociedades civiles ociviles o asociaciones de profesionales.asociaciones de profesionales. 71
  • 72. 1)1) RENTA BRUTARENTA BRUTA (Art. 34 inc. f) LIR)(Art. 34 inc. f) LIR) D.D. Rentas de 5ta EspecialRentas de 5ta Especial.. Ingresos obtenidos por la prestación de servicios personalesIngresos obtenidos por la prestación de servicios personales de 4de 4tata Categoría a un contratante con el cual se mantieneCategoría a un contratante con el cual se mantiene simultáneamente una relación laboral de dependencia.simultáneamente una relación laboral de dependencia. CRITERIO DE IMPUTACIONCRITERIO DE IMPUTACION (Art. 57)(Art. 57) Criterio de lo percibidoCriterio de lo percibido 2)2) DEDUCCIONDEDUCCION -- No tiene derecho a deducir gasto alguno.No tiene derecho a deducir gasto alguno. 3)3) RENTA NETARENTA NETA 72
  • 73. 4)4) SISTEMA DE ADELANTOSSISTEMA DE ADELANTOS RETENCION EN LA FUENTERETENCION EN LA FUENTE (Art. 75 LIR)(Art. 75 LIR)  Retención mensual sobre un esquema de anualizacionRetención mensual sobre un esquema de anualizacion de rentas.de rentas.  Obligación del empleador de entregar un certificadoObligación del empleador de entregar un certificado de retenciones.de retenciones. DEDUCCION ESPECIAL POR RENTAS DEL TRABAJO (Art. 46 LIR) A la Renta Neta de 4ta y 5ta categoría se deduce el:  Equivalente a 7 UIT (S/. 22,400)  Sólo se puede deducir este monto fijo una sola vez para ambas rentas del trabajo.  La deducción se efectúa hasta el limite de las rentas del trabajo 73
  • 74. 74 DEDUCCIONES ESPECIALESDEDUCCIONES ESPECIALES (Art. 49 LIR)(Art. 49 LIR) A la Renta Neta Global de fuente peruanaA la Renta Neta Global de fuente peruana (sumatoria de 1ra, 2da, 4ta, y 5ta),(sumatoria de 1ra, 2da, 4ta, y 5ta), sese deduce adicionalmentededuce adicionalmente:: a)a) Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF): hasta el limite de la RentaImpuesto a las Transacciones Financieras (ITF): hasta el limite de la Renta Neta Global sin considerar la renta de 5ta Catego.Neta Global sin considerar la renta de 5ta Catego. Ejemplo: ITF al año S/. 35,000Ejemplo: ITF al año S/. 35,000 11rara categoría : 8,000categoría : 8,000 22dada categoría : 5,000categoría : 5,000 44tata categoría : 20,000categoría : 20,000 55tata categoría : 50,000categoría : 50,000 RNG (con 5RNG (con 5tata ) = 83,000) = 83,000 RNG (sin 5RNG (sin 5tata ) = 33,000) = 33,000 Sólo se deducirá la suma de 33,000 y no 35,000 de ITF.Sólo se deducirá la suma de 33,000 y no 35,000 de ITF.
  • 75. DEDUCCIONES ESPECIALESDEDUCCIONES ESPECIALES (Art. 49 LIR)(Art. 49 LIR) b.b. Pérdidas extraordinarias en predios arrendadosPérdidas extraordinarias en predios arrendados no cubiertas por seguros e indemnizacionesno cubiertas por seguros e indemnizaciones (Art. 49 y 50 LIR)(Art. 49 y 50 LIR) c.c. Donaciones efectuadas a entidades del SectorDonaciones efectuadas a entidades del Sector Público Nacional, o asociaciones sin fines dePúblico Nacional, o asociaciones sin fines de lucro que se encuentren debidamente inscritas.lucro que se encuentren debidamente inscritas. Límite de la deducción: Hasta el 10% de laLímite de la deducción: Hasta el 10% de la R.N.G.R.N.G. 75
  • 76. RENTAS DE FUENTE EXTRANJERARENTAS DE FUENTE EXTRANJERA (Art. 51 LIR)(Art. 51 LIR)  Las ganancias y pérdidas en el extranjero seLas ganancias y pérdidas en el extranjero se compensan entre sí.compensan entre sí.  Si el resultado es positivo, dicha renta seSi el resultado es positivo, dicha renta se adiciona a la renta de fuente peruana.adiciona a la renta de fuente peruana.  El Impuesto a la Renta pagado en el exterior esEl Impuesto a la Renta pagado en el exterior es crédito contra el IR a pagar en el Perú, con lascrédito contra el IR a pagar en el Perú, con las limitaciones de ley.limitaciones de ley. 76
  • 77. R.N. 1R.N. 1rara Categ. +Categ. + R.N. 2R.N. 2dada Categ. +Categ. + R.N. 4R.N. 4tata Categ +Categ + R.N. 5R.N. 5tata Categ. +Categ. + RENTA NETA GLOBALRENTA NETA GLOBAL (Deducciones especiales)(Deducciones especiales) RENTA NETA DE FUENTE PERUANA +RENTA NETA DE FUENTE PERUANA + Renta Neta De Fuente ExtranjeraRenta Neta De Fuente Extranjera RENTA NETA IMPONIBLERENTA NETA IMPONIBLE Alícuota (%)Alícuota (%) IMPUESTOIMPUESTO (MENOS CREDITOS)(MENOS CREDITOS) IMPUESTO APAGAR O SALDO A FAVORIMPUESTO APAGAR O SALDO A FAVOR 77
  • 78. 1.1. RENTA NETA IMPONIBLERENTA NETA IMPONIBLE EsEs la sumatoria de la Renta Neta de Fuente Peruanala sumatoria de la Renta Neta de Fuente Peruana (1(1rara + 2+ 2dada + 4+ 4tata + 5+ 5tata ) más la Renta de Fuente Extranjera) más la Renta de Fuente Extranjera 2.2. ESCALA PROGRESIVA ACUMULATIVAESCALA PROGRESIVA ACUMULATIVA Tramos .Tramos . % .% . 0 UIT a 27 UIT de (0.00)0 UIT a 27 UIT de (0.00) hasta (86,400)hasta (86,400) 15%15% >27 UIT a 54 UIT de (86,401)>27 UIT a 54 UIT de (86,401) hastahasta (172,800)(172,800) 21%21% Más de 54 UIT de (172,801)Más de 54 UIT de (172,801) a MASa MAS 30%30% UIT 2004 = 3,200UIT 2004 = 3,200 UIT 2005 = 3,300UIT 2005 = 3,300 78
  • 79. 3.3. IMPUESTO A LA RENTA ANUALIMPUESTO A LA RENTA ANUAL (Ejemplo)(Ejemplo) SI LA RENTA NETA IMPONIBLE DEL EJERCICIO 2004 ES DESI LA RENTA NETA IMPONIBLE DEL EJERCICIO 2004 ES DE S/. 300,000 ¿CUÀNTO SERÀ EL IMPUESTO?S/. 300,000 ¿CUÀNTO SERÀ EL IMPUESTO? -- Desde S/. 1 Hasta S/. 86,400 (15%)Desde S/. 1 Hasta S/. 86,400 (15%) == 12,96012,960 -- Desde S/. 86,401 Hasta 172,800 (21%)Desde S/. 86,401 Hasta 172,800 (21%) == 18,14418,144 172,800 - 86,400 = 86,400172,800 - 86,400 = 86,400 86,400 x 21%86,400 x 21% -- Desde S/. 172,801 a Más (30%)Desde S/. 172,801 a Más (30%) == 38,16038,160 300,000 – 172,800 = 127,200300,000 – 172,800 = 127,200 127,200 x 30%127,200 x 30% Impuesto AnualImpuesto Anual = S/. 69,264= S/. 69,264 79
  • 80. 4.-4.- CREDITOS CONTRA EL IMPUESTOCREDITOS CONTRA EL IMPUESTO IMPUESTO ANUALIMPUESTO ANUAL Menos:Menos: CREDITOS SIN DERECHO A DEVOLUCION:CREDITOS SIN DERECHO A DEVOLUCION:  Impuesto pagado en el exterior (art. 88, inc. e)Impuesto pagado en el exterior (art. 88, inc. e) Siempre que no exceda la tasa media sobre las rentas delSiempre que no exceda la tasa media sobre las rentas del extranjero.extranjero. CREDITOS CON DERECHO A DEVOLUCION:CREDITOS CON DERECHO A DEVOLUCION:  RETENCIONES (2RETENCIONES (2dada , 4, 4tata y 5y 5tata ))  Pagos a cuenta (1Pagos a cuenta (1rara , 2, 2dada y 4y 4tata ))  Saldos a Fvor de ejercicios anterioresSaldos a Fvor de ejercicios anteriores 80

Notes de l'éditeur

  1. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  2. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  3. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  4. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  5. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
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  8. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  9. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  10. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  11. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  12. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  13. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  14. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  15. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  16. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  17. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  18. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  19. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  20. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  21. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  22. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  23. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  24. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  25. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
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  27. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  28. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
  29. SI EL INGRESO NO PROVIENE DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA FUENTE APLICADA A SU PRODUCCION, DICHO INGRESO NO ES RENTA: DONACIONES, LOTERIAS, AZAR, PREMIOS HONORIFICOS. TODO RENDIMIENTO QUE RAZONABLEMENTE PUEDA SER CONSIDERADO COMO DERIVADO DE LA EXPLOTACION DE UNA FUENTE DEBE SER CONSIDERADO COMO RENTA, AUNQUE NO CONSISTA EN EL PRODUCTO NORMAL DE LA ACTIVIDAD GENERADORA DE RENTA, NI SEA HABITUAL (Premios en concursos de escritories, artistas, ingresos del trabajador que no son remuneración, etc)
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