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Entre otras cuestiones, las modernas leyes de la guerra contemplan las declaraciones 
de guerra, la aceptación de la rendición militar y el tratamiento de los prisioneros de 
guerra, la necesidad militar, junto con la distinción y proporcionalidad, y la prohibición de 
ciertas armas, que pueden causar un sufrimiento innecesario.
Derecho de Ginebra 
Se conoce con el nombre de Convenios de Ginebra o Convenciones de Ginebra al conjunto de los cuatro 
convenios internacionales que regulan el derecho internacional humanitario (también conocido por ello 
como derecho de Ginebra) cuyo propósito es proteger a las víctimas de los conflictos armados. 
Las Convenciones de Ginebra han sido: 
 La Primera Convención de Ginebra, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la 
suerte que corren los militares heridos en los ejércitos en campaña de 1864, actualizado en las siguientes 
convenciones de 1906, 1929 y 1949. 
 La Segunda Convención de Ginebra, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la 
suerte de los militares heridos, enfermos o náufragos en las fuerzas armadas en el mar de 1906, actualizado 
en las siguientes convenciones de 1929 y 1949. 
 La Tercera Convención de Ginebra, que comprende el Convenio de Ginebra para mejorar la suerte de los 
heridos y enfermos de los ejércitos en campaña y el Convenio de Ginebra relativo al trato de los prisioneros 
de guerra, ambos de 1929, 
 La Cuarta Convención de Ginebra, que comprende el Convenio de Ginebra relativo a la Protección de 
Personas Civiles en Tiempo de Guerra de 1949.
Derecho de la Haya 
El derecho internacional humanitario contemporáneo tiene sus orígenes en dos fuentes 
principales: el derecho de Ginebra, una normativa destinada a proteger a las víctimas de la 
guerra, y el derecho de La Haya, un conjunto de disposiciones que regulan la conducción de 
las hostilidades. El autor analiza los diferentes principios en que se basan esas dos ramas 
del derecho internacional humanitario y expone su desarrollo histórico hasta la Conferencia 
Diplomática de 1974-1977, que, al aprobar el Protocolo adicional I, hizo converger las dos 
ramas jurídicas. 
Mientras que el CICR ha sido indudablemente el principal promotor del derecho de 
Ginebra, su contribución al desarrollo y a la aplicación del derecho de La Haya ha sido 
menos explícita. Según el autor, en la actualidad, todo acercamiento al derecho humanitario 
implica una preocupación por ambas corrientes del derecho, ya que constituyen partes 
inseparables del derecho internacional humanitario moderno.
Derecho Internacional Humanitario 
El derecho internacional humanitario (DIH) es la agrupación de las distintas normas, en su mayoría 
reflejadas en los Convenios de Ginebra, en 1949 y los protocolos adicionales que tienen como objetivo 
principal la protección de las personas que no participan en hostilidades o que han decidido dejar de 
participar en el enfrentamiento. 
Las distintas normas del Derecho internacional humanitario pretenden evitar y limitar el sufrimiento 
humano en tiempos de conflictos armados. Estas normas son de obligatorio cumplimiento tanto por los 
gobiernos y los ejércitos participantes en el conflicto como por los distintos grupos armados de oposición o 
cualquier parte participante en el mismo. 
El DIH a su vez, limita el uso de métodos de guerra y el empleo de medios utilizados en los conflictos, pero 
no determina si un país tiene derecho a recurrir a la fuerza, tal y como lo establece la carta de Naciones 
Unidas. 
El origen del DIH se remonta a las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones. La guerra 
siempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres. El más importante antecedente del DIH actual es el 
Tratado de Armisticio y Regularización de la Guerra, suscrito y ratificado en 1820 entre las autoridades del 
entonces gobierno de la Gran Colombia y el Jefe de las Fuerzas Expedicionarias de la Corona Española, en la 
ciudad venezolana de Santa Ana de Trujillo. Este Tratado fue suscrito en el marco del conflicto de la 
Independencia, siendo el primero en su género en Occidente.
Derecho Internacional Humanitario 
El DIH y las normas relativas a los derechos humanos se aplican durante situaciones tácticas distintas. 
Los derechos humanos son exigibles en tiempo de paz, es decir que sus normas son plenamente operativas 
en circunstancias normales dentro de un esquema institucionalizado de poderes en el que el estado de 
derecho es la regla. El DIH se aplica durante conflictos armados tanto de carácter interno como de carácter 
internacional. El DIH es en esencia un derecho de excepción. La evolución de los derechos humanos tanto 
en el ámbito interno como internacional estuvo y está relacionada a posiciones político filosóficas que han 
dado lugar al desarrollo de ideologías contrapuestas en cuanto al verdadero contenido y alcance de los 
derechos sujetos a una debida protección estadual y a un adecuado control internacional. 
Por su parte el DIH irrumpe en las relaciones entre estados durante la segunda parte del siglo XIX como 
una respuesta de la comunidad internacional a los horrores de la guerra. La necesidad de limitar los 
sufrimientos innecesarios de los combatientes heridos y enfermos en el campo de batalla fue el eslabón 
inicial de una cadena de protecciones acotadas a categorías específicas de individuos afectados por los 
conflictos armados. La incorporación de nuevas categorías de víctimas de los conflictos implicó una 
evolución constante en cuanto a la ampliación del ámbito de aplicación personal del DIH. A los heridos y 
enfermos en el campo de batalla le siguió en el tiempo la regulación de la protección debida a los 
náufragos, luego la de los prisioneros de guerra y como consecuencia de las traumáticas experiencias 
vividas durante la segunda guerra mundial, finalmente se reguló la protección debida de la población civil 
afectada por conflictos armados. Existen hoy día nuevas categorías específicas de personas protegidas, 
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  • 2. Las Leyes de la Guerra Las Leyes de la Guerra son un conjunto de disposiciones recogidas en el Derecho militar relativas a las justificaciones aceptables para participar en una guerra (Ius ad bellum) y de los límites aceptables para la conducta durante la guerra dentro del Derecho Internacional Humanitario). El derecho de la guerra se considera un aspecto del Derecho Internacional Público (las leyes de las naciones), y se distingue de otros cuerpos de leyes, tales como el derecho interno de un país beligerante, en particular en un conflicto, que también pueden proporcionar límites legales a la conducta o a la justificación de la guerra. Entre otras cuestiones, las modernas leyes de la guerra contemplan las declaraciones de guerra, la aceptación de la rendición militar y el tratamiento de los prisioneros de guerra, la necesidad militar, junto con la distinción y proporcionalidad, y la prohibición de ciertas armas, que pueden causar un sufrimiento innecesario.
  • 3. Derecho de Ginebra Se conoce con el nombre de Convenios de Ginebra o Convenciones de Ginebra al conjunto de los cuatro convenios internacionales que regulan el derecho internacional humanitario (también conocido por ello como derecho de Ginebra) cuyo propósito es proteger a las víctimas de los conflictos armados. Las Convenciones de Ginebra han sido:  La Primera Convención de Ginebra, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte que corren los militares heridos en los ejércitos en campaña de 1864, actualizado en las siguientes convenciones de 1906, 1929 y 1949.  La Segunda Convención de Ginebra, que comprende el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos, enfermos o náufragos en las fuerzas armadas en el mar de 1906, actualizado en las siguientes convenciones de 1929 y 1949.  La Tercera Convención de Ginebra, que comprende el Convenio de Ginebra para mejorar la suerte de los heridos y enfermos de los ejércitos en campaña y el Convenio de Ginebra relativo al trato de los prisioneros de guerra, ambos de 1929,  La Cuarta Convención de Ginebra, que comprende el Convenio de Ginebra relativo a la Protección de Personas Civiles en Tiempo de Guerra de 1949.
  • 4. Derecho de la Haya El derecho internacional humanitario contemporáneo tiene sus orígenes en dos fuentes principales: el derecho de Ginebra, una normativa destinada a proteger a las víctimas de la guerra, y el derecho de La Haya, un conjunto de disposiciones que regulan la conducción de las hostilidades. El autor analiza los diferentes principios en que se basan esas dos ramas del derecho internacional humanitario y expone su desarrollo histórico hasta la Conferencia Diplomática de 1974-1977, que, al aprobar el Protocolo adicional I, hizo converger las dos ramas jurídicas. Mientras que el CICR ha sido indudablemente el principal promotor del derecho de Ginebra, su contribución al desarrollo y a la aplicación del derecho de La Haya ha sido menos explícita. Según el autor, en la actualidad, todo acercamiento al derecho humanitario implica una preocupación por ambas corrientes del derecho, ya que constituyen partes inseparables del derecho internacional humanitario moderno.
  • 5. Derecho Internacional Humanitario El derecho internacional humanitario (DIH) es la agrupación de las distintas normas, en su mayoría reflejadas en los Convenios de Ginebra, en 1949 y los protocolos adicionales que tienen como objetivo principal la protección de las personas que no participan en hostilidades o que han decidido dejar de participar en el enfrentamiento. Las distintas normas del Derecho internacional humanitario pretenden evitar y limitar el sufrimiento humano en tiempos de conflictos armados. Estas normas son de obligatorio cumplimiento tanto por los gobiernos y los ejércitos participantes en el conflicto como por los distintos grupos armados de oposición o cualquier parte participante en el mismo. El DIH a su vez, limita el uso de métodos de guerra y el empleo de medios utilizados en los conflictos, pero no determina si un país tiene derecho a recurrir a la fuerza, tal y como lo establece la carta de Naciones Unidas. El origen del DIH se remonta a las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones. La guerra siempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres. El más importante antecedente del DIH actual es el Tratado de Armisticio y Regularización de la Guerra, suscrito y ratificado en 1820 entre las autoridades del entonces gobierno de la Gran Colombia y el Jefe de las Fuerzas Expedicionarias de la Corona Española, en la ciudad venezolana de Santa Ana de Trujillo. Este Tratado fue suscrito en el marco del conflicto de la Independencia, siendo el primero en su género en Occidente.
  • 6. Derecho Internacional Humanitario El DIH y las normas relativas a los derechos humanos se aplican durante situaciones tácticas distintas. Los derechos humanos son exigibles en tiempo de paz, es decir que sus normas son plenamente operativas en circunstancias normales dentro de un esquema institucionalizado de poderes en el que el estado de derecho es la regla. El DIH se aplica durante conflictos armados tanto de carácter interno como de carácter internacional. El DIH es en esencia un derecho de excepción. La evolución de los derechos humanos tanto en el ámbito interno como internacional estuvo y está relacionada a posiciones político filosóficas que han dado lugar al desarrollo de ideologías contrapuestas en cuanto al verdadero contenido y alcance de los derechos sujetos a una debida protección estadual y a un adecuado control internacional. Por su parte el DIH irrumpe en las relaciones entre estados durante la segunda parte del siglo XIX como una respuesta de la comunidad internacional a los horrores de la guerra. La necesidad de limitar los sufrimientos innecesarios de los combatientes heridos y enfermos en el campo de batalla fue el eslabón inicial de una cadena de protecciones acotadas a categorías específicas de individuos afectados por los conflictos armados. La incorporación de nuevas categorías de víctimas de los conflictos implicó una evolución constante en cuanto a la ampliación del ámbito de aplicación personal del DIH. A los heridos y enfermos en el campo de batalla le siguió en el tiempo la regulación de la protección debida a los náufragos, luego la de los prisioneros de guerra y como consecuencia de las traumáticas experiencias vividas durante la segunda guerra mundial, finalmente se reguló la protección debida de la población civil afectada por conflictos armados. Existen hoy día nuevas categorías específicas de personas protegidas, como así también se protege dentro del DIH a determinados grupos de personas