La NIIF 9 permite la contabilidad de cobertura si se cumplen ciertos criterios. Uno de estos criterios no es que las ganancias y pérdidas del elemento cubierto y del instrumento de cobertura sean exactamente iguales. Los otros criterios son: la relación de cobertura consiste únicamente en instrumentos de cobertura elegibles y elementos cubiertos, al inicio de la cobertura existe una designación formal de la relación de cobertura y el objetivo de gestión de riesgos de la entidad, y la cobertura necesita cumplir con