1. DERECHOLABORAL
DIFERENCIAS ENTRE FEDERACIÓN Y CONFEDERACIÓN
FEDERACIÓN CONFEDERACIÓN
es un estado conformado por la reunión de
varias entidades territoriales. suele
denominarse estado federal o república
federa
consiste en la unión de estados que conservan su
soberanía y se rigen por determinadas leyes comunes
los federados renuncian a una parte de sus
competencias y el poder central es más fuerte.
los miembros mantienen altas cotas de autonomía y el
poder central es limitado,
la confederación el es agrupamiento de las
federaciones.
la agrupación de sindicatos "federales" de la misma
industria:
ejem. federación de sindicatos mineros del estado de
Nayarit.
perpetua temporal
el estado federal es inalterable. no hay derecho
de secesion
si es modificable. los estados con fedatarios
conservan el derecho de secesión o separación.
DIFERENCIAS ENTRE SINDICATO Y COALICIÓN
SINDICATO COALICIÓN
es la asociación de trabajadores o patrones
constituida para el estudio, mejoramiento y
defensa de sus respectivos intereses
es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o
de patrones para la defensa de sus intereses
comunes
es permanente, fijo , constante, duradero,
incluso el hecho de que jurídicamente sea una
asociación le da esta característica de
permanente.
es temporal, efímera, transitoria, breve, pasajera,
pues una vez logrado el objetivo que le dio origen,
desaparece;
contrato o convenio colectivo de trabajo
dejan fijadas las condiciones mínimas implícitas
en cada contratación
no hay contrato en donde se fijen el propósito que se
tiene.
2. DIFERENCIAS ENTRE
CONTRATO LEY CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
es un contrato de industria. es un contrato de empresa o establecimiento.
se solicita ante la secretaría del trabajo o
gobernador del estado o territorio o jefe del
departamento del distrito federal.
se solicita al patrón.
debe otorgarse por varios patrones. puede ser firmado por un solo patrón.
es revisable 90 días antes de su vencimiento. es revisable 60 días antes de su vencimiento.
no puede exceder de 2 años. puede celebrase por tiempo indefinido.
contrato ley contrato colectivo de trabajo
la voluntad de la convención no es suficiente
para que nazca; se precisa además, de una
declaración de autoridad, a cargo del
presidente de la republica o del gobernador del
estado que corresponda.
el acto jurídico nace desde que se produce el acuerdo
entre las partes.
su vigencia, en principio, derivará de la
publicación en el diario oficial de la federación o
en el periódico oficial de la entidad federativa.
para su validez debe otorgarse por escrito y su eficacia
dependerá del depósito ante la junta de conciliación y
arbitraje.