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                        Caracas
FACILITADOR:                 INTEGRANTES:

Abg. (M.Sc). Lisandro Zapata Lic. La Rosa, Olga     C.I. 14.717.477
                             Ing. Mendoza, Arelis   C.I. 10.291.962

                       Anaco, Septiembre 2012
• Gaceta Oficial Nº 6.011
• Extraordinario del 21 de diciembre de 2010
Objetivo General.
Analizar el contenido de la Ley Orgánica de Planificación Pública y
Popular publicada en Gaceta Oficial N° 6.011, el 21 de diciembre de
2010.

Objetivos Específicos
•Identificar las características y la composición de la Ley de Planificación
Pública y Popular
•Determinar la relación existente entre la Ley de Planificación Pública y
Popular y el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación
2007-2013.
•Determinar la forma en la que la Ley de Planificación Pública y Popular
apalanca el crecimiento del Producto Interno Bruto.
Oficina Central de Coordinación y                       Ministerio de Planificación y                       Ministerio del Poder Popular de
     Planificación (CORDIPLAN)                                     Desarrollo                                    Planificación y Finanzas
30 de diciembre de 1958.-                            1999.- Con la nueva Administración que se inició
                                                     en febrero de 1999, se asume la planificación como
(CORDIPLAN),.-                                       alta política de Estado.                              1 de febrero de 2010.- Se fusionan el Ministerio
4 de      septiembre de 1970.-             Con la    2000.- Con la entrada en vigencia de la Ley del Poder Popular de Planificación y Desarrollo y el
                                                     Orgánica de la Administración Financiera del Sector     Ministerio del Poder Popular para Economía y
promulgación de la LCA se crea la Oficina Central
                                                     Público, se instituye la Oficina Nacional de                              Finanzas
de Personal (OCP). Se reglamenta el
                                                     Presupuesto (Onapre), otrora Oficina Central de
funcionamiento del directorio de Cordiplan.          Presupuesto (Ocepre).
Diciembre de 1970.- Es promulgada la LOAC, la
cual deroga el Estatuto Orgánico de Ministerios                                           21 de diciembre de 2010.- Se publica en
vigente desde 1950, y se establece Cordiplan como 13 de noviembre de 2001.- Se publica el Gaceta Oficial N° 6.011 la Ley Orgánica de
órgano auxiliar de la Presidencia de la República y Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular.
del Consejo de Ministros, al igual que la Oficina Planificación N° 5.554.
Central de Personal (OCP) y las direcciones de
Presupuesto y de Estadística e Informática,.

1971.- Se decreta la constitución de las Oficinas    2001.- Se estructura el primer Plan de Desarrollo
                                                     Económico y Social de la Revolución Bolivariana
de Planificación y Presupuesto de los Ministerios.
                                                     para el período 2001-2007,

1974-1975.- Al cargo de Jefe de la Oficina
Central    de  Coordinación    y   Planificación     2006.- El Ministerio de Planificación y
(CORDIPLAN) se le otorga el rango de Ministro de     Desarrollo pasa a denominarse Ministerio
Estado.                                              del Poder Popular para Planificación y
- Se crea la Oficina General de Evaluación de        Desarrollo.
Proyectos.

1976.- Son promulgada la Ley Orgánica de
Planificación y Presupuesto, y se incorpora
un nuevo instrumento de la planificación el
                                                     2007.- Se crea el segundo Plan de
Plan     Operativo   Anual    (POA).     Es
                                                     Desarrollo Económico y Social del
promulgada la Ley Orgánica del Régimen
                                                     Gobierno Bolivariano para el período 2007-
Presupuestario mediante la cual la
                                                     2013 .
Dirección Nacional de Presupuesto pasa a
ser la Oficina Central de Presupuesto
(Ocepre)
21 de diciembre de 1977.- Se crea la
Oficina Central de Estadística e
Los propósitos y alcances básicos de la
 planificación no se encontraban establecidos
 en las constituciones anteriores a 1999.
Práctica meramente formal y ritual de formular
 un plan de desarrollo sin consenso cada
 período constitucional.
Prepotencia en la manera de concebirla frente
 al pueblo.
Menosprecio a formas organizativas del
 pueblo, por lo que difícilmente se podía
 aplicar una planificación abierta.
Muchos de los planes y proyectos ejecutados
 se determinaban de acuerdo con los criterios
 partidistas, de beneficio a cúpulas y a favor
 del lucro, promoviendo la desigualdad y los
 desequilibrios tanto económicos como
 territoriales.
   Fuente: Proyecto de LOPP aprobado en primera discusión.
Plan:




La planificación no nos resuelve la futuro,
solo nos ayuda a reducir la incertidumbre sobre el
Planificación:
La Planificación Pública:

                            Construcción de puentes para
ESTRATÉGICA                poder     avanzar de manera
                            progresiva      desde      una
                            situación    de    extrema
                            desigualdad e inequidad hacia
                            una situación radicalmente
                            opuesta      que se prevé es
DEMOCRÁTICA                posible alcanzar.
                            Participación     ampliada del
                            poder popular, en todas sus
PARTICIPATIVA              expresiones, para impulsar de
                            manera     continua     cambios
                            sustentables en la desigual
CONSULTA
                            distribución de la riqueza.
ABIERTA
LINEAMIENTOS
                              GENERALES Y
CONSTITUCION NACIONAL DE    FORMULACION DEL
                            PLAN NACIONAL DE
LA REPUBLICA DE VENEZUELA     DESARROLLO
LA RUTA PARA LA
                                                                  CONSTRUCCIÓN
                                                                    SOCIALISTA

 Art. 299º. El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de
 Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democracia,
 eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y
 solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una
 existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado
 conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo
 armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de
 trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la
 población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando
 la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad,
 permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr
 una justa distribución de la riqueza mediante una planificación
 estratégica democrática participativa y de consulta abierta.

Fuente: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
“…. siete líneas que definen de manera explicita un conjunto de objetivos, estrategias,
            políticas, programas y proyectos que permitirán enrumbar el país hacia una
trayectoria del llamado “Socialismo del Siglo XXI”.”
                                              XXI
                                                     Jorge A. Giordani C. La transición
                                                         venezolana al socialismo

                    I.   Nueva ética socialista
                    II. Suprema felicidad social
                    III. Democracia protagónica y revolucionaria
                    IV. Modelo Productivo Socialista
                    V. Nueva geopolítica nacional
                    VI. Venezuela: Potencia energética mundial.
                    VII.Nueva geopolítica internacional.
 Venezuela aprueba la Ley del Poder Popular
  por Gorky el Sáb Dic 11, 2010 6:01 am
Título I
 Disposiciones Generales




Ley Orgánica de Planificación Publica y Popular
“PLANIFICACIÓN:

   Proceso de formulación de planes y proyectos con vista a su
 ejecución racional y sistemática, en el marco de un sistema
 orgánico nacional, que permita la coordinación, cooperación,
 seguimiento y evaluación de las acciones planificadas, de
 conformidad con el proyecto nacional plasmado en la Constitución
 de la República y en el Plan de desarrollo económico y Social de la
 Nación”

Fuente: LOPPYP de Venezuela.
(Según el artículo 1…):

“La presente ley tiene por objeto DESARROLLAR Y FORTALECER EL PODER,
POPULAR, mediante el establecimiento de los principios y normas que sobre la
planificación   rigen a las ramas del Poder Público y las instancias del Poder
Popular, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de
la planificación y coordinación de las políticas públicas, a fin de garantizar un
sistema de planificación, que tenga como propósito el empleo de los recursos
públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes,
programas y proyectos para la transformación del país , a través de la distribución
justa de la riqueza mediante una planificación estratégica, democrática,
participativa y de consulta abierta, par la construcción de la sociedad socialista de
justicia y equidad”.
Fuente: LOPPYP de Venezuela.
(Según el artículo 2, están sujetos a las disposiciones de la presente
Ley…):


1.- Los órganos y entes que conforman el Poder Público y las instancias
del Poder Popular.
2.- Los institutos públicos y demás personas jurídicas estatales de
derecho público, con o sin fines empresariales.
3.- Las sociedades mercantiles en las cuales la República, por tener una
participación igual o mayor al cincuenta por ciento (50%) del capital social
o a través de otro mecanismo jurídico, tenga el control de sus decisiones.
4.- Las sociedades de propiedad totalmente estatal, cuya función a través
de la posesión de acciones de otras sociedades, sea de coordinar la
gestión empresarial pública de un sector de la economía nacional.
5.- Las fundaciones, asociaciones civiles y demás entes constituidos con
fondos públicos o dirigidas por algunas de las personas jurídicas referidas
en este artículo, cuando la totalidad de los aportes presupuestarios o
contribuciones en un ejercicio, sean efectuados por una o varias personas
referidas en el presente artículo y represente el cincuenta por ciento (50%)
o más de su presupuesto.


Fuente: LOPPYP de Venezuela.
(Según el artículo 4…):

1.- Establecer un Sistema Nacional de Planificación que permita el logro
   de los objetivos estratégicos y metas plasmadas en el Plan de
   Desarrollo Económico y Social de la Nación .
2.- Garantizar el seguimiento, evaluación y control del desempeño
   institucional.
3.- Ordenar, racionalizar y coordinar la acción pública en los distintos
   ámbitos y niveles político-territoriales de gobierno.
4.- Fortalecer la capacidad del Estado y del Poder Público en función de
   los objetivos estratégicos y metas plasmadas en el Plan de Desarrollo
   Económico y Social de la Nación..
5.- Forjar un estado transparente, eficaz, eficiente y efectivo.
       6.- Fortalecer los mecanismos institucionales para mantener la
           continuidad de los programas y sus inversiones, así como las
           demás decisiones públicas relacionadas con el desarrollo
           sustentable del país.
       7.- Fortalecer las capacidades estratégicas y rectoras del Estado
           y del Poder Popular para la inversión de los recursos públicos.
       8.- Garantizar la vinculación entre la formulación y ejecución de
           los planes y la programación presupuestaria.
       9.- Promover espacios para el ejercicio de la democracia,
           participativa y protagónica, como base para la consolidación
           del estado comunal.
Fuente: LOPPYP de Venezuela.
Título II
 Del Sistema
   Nacional
de Planificación
(Según el artículo 10…):

                           Integran el Sistema Nacional de Planificación:
Título III
      De los Planes

  Capítulo I
Disposiciones
  Generales
Los      planes     son    instrumentos
documentales      de    la  planificación
pública que establecen en forma
sistemática y coherente las políticas,
objetivos estrategias y metas deseados,
incorporando los proyectos, acciones y
recursos que se aplicarán para alcanzar
los fines establecidos.

¿Qué es un Plan
Artículo 19. La planificación de las políticas públicas responderá a un
sistema integrado de planes, orientada bajo los lineamientos
establecidos en la normativa legal vigente, dicho sistema se compone de:

             Planes Estratégicos                     Planes Operativos
    Plan de Desarrollo Económico y
                                            Plan Operativo Anual Nacional
    Social de la Nación
    Plan de Desarrollo Regional
    Plan de Desarrollo Estadal              Plan Operativo Anual Estadal
    Plan Municipal de Desarrollo
    Plan Comunal de Desarrollo              Plan Operativo Anual Municipal
    Plan Comunitario
    Planes estratégicos de los órganos y
                                            Plan Operativo Anual Comunal
    entes del Poder Popular
    Planes sectoriales elaborados por los
    órganos de la Administración Pública
    Demás planes que demande el
    proceso de planificación estratégica
                                            Los planes operativos anuales de los
    de políticas públicas o los
                                            órganos y entes del Poder Popular
    requerimientos para el desarrollo
    social integral
Artículo 22.

                Los    planes   deberán      ser revisados
                periódicamente, según la exigencia de la
                dinámica        socio-política,     siendo
                modificados, según el caso, y aprobados
                por la autoridad competente.



                                           Artículo 23.

Los planes deberán ser revisados y
adaptados,   cada   vez  que    sean
aprobadas modificaciones al Plan de
Desarrollo Económico y Social de la
Nación
Artículo 26.
      Plan de Desarrollo Económico y Social
                  de la Nación
                   (Naturaleza)


Instrumento       de      planificación,
mediante el cual se establecen las
políticas, objetivos, medidas, metas
y    acciones    dirigidas    a    darle
concreción al proyecto nacional
plasmado en la Constitución de la
República,     a     través     de    la
intervención         planificada       y
coordinada de los órganos y entes
del Poder Público e instancias del
Poder     Popular,      actuando      de
conformidad       con      la    misión
institucional      y     competencias
correspondientes.
Artículos 27, 28 y 29.


Corresponde al Presidente o Presidenta de
la República la formulación del Plan de
Desarrollo Económico y Social de la
Nación, así como su presentación a la
Asamblea    Nacional    para    la   debida
aprobación. Es dirigido por el Presidente o
Presidenta y se ejecuta por intermedio de
los órganos e instrumentos dispuestos por
el Sistema Nacional de Planificación.

Corresponde al Presidente, a los órganos
del Sistema Nacional de Planificación y a
la Comisión Central de Planificación,
realizar el seguimiento y evaluación del
Plan de Desarrollo Económico y Social de
la Nación
Plan de Desarrollo       Plan de Desarrollo        Plan Municipal de
                    Regional                  Estadal                 Desarrollo

                                        Art.32.   Instrumento    Art.36.     Instrumento
                                        de gobierno mediante     de     gobierno      que
              Art.30.    Instrumento
                                        el cual cada estado      permite       a     nivel
              de gobierno mediante
                                        establece         los    municipal establecer
              el cual cada región
                                        proyectos, objetivos,    los           proyectos,
              del país establece los
 Naturaleza                             metas, acciones y        objetivos,        metas,
              objetivos,    medidas,
                                        recursos dirigidos a     acciones y recursos
              metas y acciones
                                        concretar         los    dirigidos a concretar
              plasmadas       en   el
                                        lineamientos             los        lineamientos
              PDESN.
                                        plasmados      en   el   plasmados        en    el
                                        PDESN.                   PDESN.

                                        Art.33. El Gobernador
                                                                 Art.37. El Alcalde o
                                        o Gobernadora a
                                                                 Alcaldesa a través de
                                        través de los entes
                                                                 los entes encargados
              Art.31. El ejecutivo      encargados de la
                                                                 de la planificación de
              Nacional          en      planificación       de
                                                                 políticas públicas, el
Formulación y coordinación con los      políticas públicas, el
                                                                 Consejo Estadal lo
 Aprobación órganos del Sistema         Consejo Estadal lo
                                                                 discute, aprueba y
              Nacional          de      discute, aprueba y
                                                                 modifica, finalmente
              Planificación.            modifica, finalmente
                                                                 el Consejo Legislativo
                                        el Consejo Legislativo
                                                                 da      su    definitiva
Plan Municipal de
                Plan de Desarrollo Estadal
                                                      Desarrollo
                                              Art.38. A través de los
                Art.34. A través de los
                                              órganos        y      entes
                órganos y entes estadales,
                                              municipales, aplicando los
                aplicando los instrumentos
                                              instrumentos dispuestos por
                dispuestos por el Sistema
  Ejecución                                   el Sistema Nacional de
                Nacional de Planificación,
                                              Planificación,           de
                de conformidad con lo
                                              conformidad      con      lo
                dispuesto en la presente
                                              establecido en la presente
                Ley.
                                              Ley.

                Art.35.  Corresponde     al
                                              Art.39.    Corresponde      al
                Gobernador               o
                                              Alcalde o alcaldesa, al
                Gobernadora, al Consejo
                                              Consejo        Local       de
Seguimiento y   Estadal de Planificación y
                                              Planificación Pública y a las
 Evaluación     Coordinación de Políticas
                                              instancias     del     Poder
                Públicas e instancias del
                                              Popular       realizar      el
                Poder Popular realizar el
                                              seguimiento y evaluación.
                seguimiento y evaluación
Plan Estratégico
                Plan Comunal de Desarrollo       Institucional de los Órganos
                                                  y Entes del Poder Público
                                                 Art.44. Instrumento a través
                Art.40.   Instrumento       de
                                                 del cual cada órgano y ente
                gobierno que permite a las
                                                 del Poder Público establece
                comunas,    establecer     los
                                                 los    proyectos,    objetivos,
 Naturaleza     proyectos, objetivos, metas,
                                                 metas, acciones y recursos
                acciones y recursos dirigidos
                                                 dirigidos a darle concreción a
                a concretarlos lineamientos
                                                 los lineamientos plasmados
                plasmados en el PDESN.
                                                 en el PDESN.

                Art.41. El Consejo Comunal
                de Planificación y a los
                                                 Art.45.      Las      máximas
                consejos comunales de la
                                                 autoridades de los órganos y
                comuna respectiva, elaborar
Formulación y                                    entes del Poder Público,
                el proyecto del Plan Comunal
 Aprobación                                      formular     y    aprobar    el
                de Desarrollo, el cual deberá
                                                 proyecto de Plan Estratégico
                ser    aprobado      en    su
                                                 Institucional correspondiente.
                formulación        por      el
                Parlamento Comunal.
Plan Estratégico
                Plan Comunal de Desarrollo      Institucional de los Órganos
                                                 y Entes del Poder Público

                Art.42. A través de las         Art.46. A través de los
                instancias de autogobierno      órganos encargados de su
                de la comuna, aplicando los     formulación, aplicando los
                instrumentos dispuestos por     instrumentos dispuestos por
  Ejecución
                el Sistema Nacional de          el Sistema Nacional de
                Planificación, de conformidad   Planificación, de conformidad
                con lo dispuesto en la          con lo establecido en la
                presente Ley.                   presente Ley.

                Art.43.   Corresponde     al
                                                Art.47. Corresponde a la
                Parlamento de la Comuna, al
                                                máxima autoridad del órgano
                Consejo de Planificación
                                                responsable        de       la
Seguimiento y   Comunal, a los consejos
                                                formulación      del     Plan
 Evaluación     comunales,       a       las
                                                Estratégico Institucional y a
                organizaciones sociales y a
                                                los órganos del Sistema
                los ciudadanos y ciudadanas
                                                Nacional de Planificación.
                en general.
Plan Operativo Anual        Plan Operativo           Plan Operativo
                     Nacional                 Regional                 Estadal

                                        Art.59. Integra los
               Art.54. Integra los      objetivos,      metas,   Art.63. Integra los
               objetivos,     metas,    proyectos y acciones     objetivos,       metas,
               proyectos y acciones     anuales formuladas       proyectos y acciones
               anuales formuladas       por cada órgano de la    anuales formuladas
               por cada órgano de la    Administración           por cada órgano del
 Naturaleza
               Administración           Pública Nacional, a      Poder           Público
               Pública Nacional, a      los fines de concretar   Estadal, a los fines de
               los fines de concretar   las metas previstas      concretar las metas
               las metas previstas      en     el   Plan   de    previstas en el Plan
               en el PDESN.             Desarrollo Regional      de Desarrollo Estadal.
                                        respectivo.

              Art.55. El ejecutivo
                                        Art.60. El ejecutivo
              Nacional, por órgano
                                        Nacional, por órgano
Formulación y del Poder Popular                               Art.37. Corresponde a
                                        de      la   Comisión
 Aprobación con competencia en                                las Gobernaciones.
                                        Central            de
              materia              de
                                        Planificación.
              planificación pública.
Plan Operativo                                    Plan Operativo
                                     Plan Operativo Regional
                 Anual Nacional                                       Estadal
                                                                Art.66. A través de
               Art.57. A través de   Art.61. Será presentado
                                                                los órganos del Poder
               los órganos del       por la Comisión Central
                                                                Público Estadal, de
               Poder Público, de     de    Planificación   al
 Ejecución                                                      conformidad con lo
               conformidad con lo    Presidente o Presidenta
                                                                dispuesto     en   la
               dispuesto en la       de la República para su
                                                                presente Ley.
               presente Ley.         aprobación.

                                                          Art.67.Corresponde al
                                                          Gobernador           o
               Art.58.Correspond
                                                          Gobernadora,         a
               e al Presidente o
                                                          través del órgano
               Presidenta de la
                                                          encargado     de    la
               República,     por Art.62.Corresponde a la
                                                          Planificación Pública
Seguimiento    órgano         del Comisión Central de
                                                          en su territorio, al
y Evaluación   Ministerio     del Planificación.
                                                          Consejo            de
               Poder Popular con
                                                          Planificación      de
               competencia     en
                                                          Políticas Públicas y
               materia         de
                                                          las instancias del
               Planificación.
                                                          Poder Popular.
Planes Operativos
                  Plan Operativo           Plan Operativo           Anuales de los
                    Municipal                 Comunal             Órganos y Entes del
                                                                     Poder Público

               Art.68. Integra los
                                        Art.73. Integra los      Art.78. Integran los
               objetivos,     metas,
                                        objetivos,      metas,   objetivos,     metas,
               proyectos y acciones
                                        proyectos y acciones     proyectos y acciones
               anuales formuladas
                                        anuales formuladas       anuales formuladas
               por cada órgano y
                                        por cada gobierno        por cada órgano del
 Naturaleza    ente     del    Poder
                                        comunal, a los fines     Poder Público, a los
               Público Municipal, a
                                        de     concretar   las   fines de concretar las
               los fines de concretar
                                        metas previstas en el    metas previstas en su
               las metas previstas
                                        Plan Comunal de          correspondiente plan
               en el Plan Municipal
                                        Desarrollo.              estratégico.
               de Desarrollo

                                                               Art.79. Las máximas
                                                               autoridades y los
              Art.69. Las Alcaldías,                           niveles directivos y
              a través del órgano o     Art.74. Gobierno de la gerenciales       con
Formulación y ente encargado de la      Comuna y a su responsabilidad              de
 Aprobación planificación          y    Consejo            de intervenir    en    los
              desarrollo   en     su    Planificación          procesos            de
              territorio.                                      planificación de los
                                                               órganos sujetos a la
Planes Operativos
                 Plan Operativo          Plan Operativo           Anuales de los
                   Municipal                Comunal             Órganos y Entes del
                                                                   Poder Público
                                                           Art.80.       Máxima
               Art.71. A través de
                                                           autoridad del órgano
               los    órganos     y Art.76. El Gobierno de
 Ejecución                                                 o ente encargado de
               entes del Poder la Comuna.
                                                           su formulación
               Público Municipal.

               Art.72.Correspond
               e al Alcalde o                                  Art.81.Corresponde a
               Alcaldesa, a través                             la máxima autoridad
               del órgano o ente     Art.77.Corresponde al     del órgano ente del
               encargado de la       Consejo              de   Poder          Público
               planificación     y   Planificación Comunal y   responsable de la
Seguimiento
               desarrollo en su      a       los    consejos   formulación del Plan
y Evaluación
               territorio,      al   comunales          que    Operativo Anual y a
               Consejo Local de      conforman la comuna.      los     órganos    del
               Planificación                                   Sistema Nacional de
               Pública y a las                                 Planificación.
               instancias      del
               Poder Popular.
Título IV
Los actos     De las Sanciones
contrarios a las                                             Artículo 84.
disposiciones
previstas en la                                           Los funcionarios
presente Ley, se                                                   públicos
considerarán                                               responsables de
nulos y los                                                       formular,
funcionarios                                              ejecutar, seguir,
públicos o                                                        evaluar y
funcionarias                                                  controlar los
públicas que los                                                     planes
realicen                                                  contemplado en
incurrirán en las
                              Artículo 83.
                                                               esta Ley que
responsabilidades Las máximas autoridades jerárquicas        incumplan las
disciplinarias,     que intervienen en los procesos de         obligaciones
administrativas, planificación de los órganos del Poder     previstas en la
penales o civiles,  Público, serán responsables por los       misma, serán
según sea el caso.      actos, hecho u omisiones en     objeto de sanción.
                       contravención a los deberes y
  Artículo 82.     obligaciones establecidos en esta Ley.
TITULO III
                      DE LOS PLANES
          Capítulo II – De los Planes Estratégicos.
Sección Segunda: Plan de Desarrollo Económico y Social de la
                            Nación.

                                                 Naturaleza

Artículo 26.Instrumento de planificación, mediante el cual
se establecen las políticas, objetivos, medidas, metas y
acciones dirigidas a darle concreción al proyecto nacional
plasmado en la Constitución de la República, a través de la
intervención planificada y coordinada de los órganos y
entes del Poder Público e instancias del Poder Popular,
actuando de conformidad con la misión institucional y
competencias correspondientes.
TITULO III
                      DE LOS PLANES
          Capítulo II – De los Planes Estratégicos.
Sección Segunda: Plan de Desarrollo Económico y Social de la
                            Nación.
                                                 Formulación

Artículo 27.Corresponde al Presidente o Presidenta de la
República la formulación del Plan de Desarrollo
Económico y Social de la Nación, así como su
presentación a la Asamblea Nacional para la debida
aprobación.

                                                 Ejecución
Artículo 28.El Plan de de Desarrollo Económico y Social de
la Nación es dirigido por el Presidente o Presidenta de la
República y se ejecuta por intermedio de los órganos e
instrumentos dispuestos por el Sistema Nacional de
Planificación de conformidad con lo dispuesto en la
presenta Ley y demás normativa aplicable
TITULO III
                      DE LOS PLANES
          Capítulo II – De los Planes Estratégicos.
Sección Segunda: Plan de Desarrollo Económico y Social de la
                            Nación.


                                 Seguimiento y Evaluación

Artículo 29.Corresponde al Presidente o Presidenta de la
República, por órgano del Ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de planificación pública, a los
órganos del Sistema Nacional de Planificación y a la
Comisión Central de Planificación, realizar el seguimiento
y evaluación del Plan de Desarrollo Económico y Social de
la Nación, sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución
de la República y la Ley.
I.   Nueva ética socialista

  II. Suprema felicidad social

  III. Democracia protagónica y
       revolucionaria
  IV. Modelo Productivo Socialista

  V.Nueva geopolítica nacional

  VI. Venezuela: Potencia energética
      mundial.

  VII. Nueva geopolítica internacional.


 “…. siete líneas que definen de manera explicita un conjunto de objetivos, estrategias,
            políticas, programas y proyectos que permitirán enrumbar el país hacia una
trayectoria del llamado “Socialismo del Siglo XXI”.”
                                              XXI

                      Jorge A. Giordani C. La transición Venezolana al Socialismo
Plan de Desarrollo
VIII Plan de la Nación     IX Plan de la Nación
                                                       Económico y Social de
 “EL GRAN VIRAJE”         “AGENDA VENEZUELA”
                                                             la Nación
        (1989)                    (1993)
                                                            2007-2013

                           La inserción estratégica
   El nuevo modelo
                            del país en el contexto    Nueva Ética Socialista.
      competitivo
                                 internacional
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En nuevo rol del Estado
                             aparato productivo                Social
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                                                            Socialista
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                                                         Nueva Geopolítica
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                                                             Nacional
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                                                         Nueva Geopolítica
                                                           Internacional
En entrevista con el periodista José Vicente Rangel, Giordani indicó:

“…muchas naciones "ven con esperanza el modelo socialista que se
está desarrollando en Venezuela porque es el reverso del paquete
neoliberal que se está aplicando, como parte de las recetas del Fondo
Monetario Internacional (FMI), y que ha implicado olas de despidos de
trabajadores, y eliminación de beneficios como la seguridad social.

"Europa y Estados Unidos tienen una crisis estructural que no
resuelve ciertas contradicciones, como el capitalismo tampoco
resuelve aquella entre la riqueza y la pobreza, el problema del
ambiente y las diferencias que existen en los países desarrollados (...)
el capitalismo es un sistema de derroche en la ganancia individual y
no del colectivo ", expuso.

En contraposición, Giordani se refirió al crecimiento que ha
experimentado la economía venezolana en los últimos 10 años.
"Durante 22 trimestres sucesivos Venezuela mostró un crecimiento
del 10%", destacó.
Indicó que en el país crece la inversión. "La inyección de recursos
representó 30% del PIB, 20% corresponde a la inversión pública y
10% a la inversión privada".

"Esto refleja lo que es el nuevo estado de la economía venezolana y la
consolidación que tendrá en el segundo semestre de este año".
Conclusiones
El Poder Popular con su Ley Orgánica de Planificación Pública y
Popular logra imponer una reforma de los órganos locales y estadales
responsables de la función de planificación pública.

En la construcción socialista, se logran los objetivos a partir de una
adecuada proyección y percepción de los intereses primarios de la
sociedad, los que se convierten en la fuerza motriz de la acción del
gobierno.

se hace imperecedero institucionalizar en todos los estamentos de la
nación, la integración de la visión en los planes nacionales, es decir,
poner en movimiento todos los engranajes institucionales y sociales
del estado de forma acompasada y armónica en el sentido del logro de
la visión objetivo formulada.

Esta Ley condensó la visión del Poder Popular como principio del
modelo socialista, de acuerdo con lo planteado en la propuesta de
reforma constitucional de 2007, el Plan de la Nación 2007-2013 y la
Ley Orgánica de los Consejos Comunales de 2009.
Conclusiones
Se evidenció que en el Plan Nacional de Desarrollo
Económico y Social 2007 – 2013, se establecen directrices
cuya finalidad va encaminada a la potenciación y el
apalancamiento del crecimiento económico nacional, para lo
cual, es necesario cumplir con las directrices del sistema
integrado de planes que se orientan bajo los lineamientos de la
Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular.
En todos nuestros planes para el futuro, hemos vuelto a definir y
hemos vuelto a afirmar nuestro socialismo en términos de la
revolución científica. Pero esa revolución no puede convertirse
en una realidad a menos que estemos dispuestos a hacer
cambios de gran alcance en lo económico y en las actitudes
sociales que impregnan todo nuestro sistema social.

                                                Harold Nicolson.
PRESENTACIÓN-ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE LA LEY ORGANICA DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y POPULAR

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PRESENTACIÓN-ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE LA LEY ORGANICA DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y POPULAR

  • 1. ública y icación P e Planif L y Or e gánica d P pular o 10 e 20 re d iciemb de D s 21 ,marte Caracas
  • 2. FACILITADOR: INTEGRANTES: Abg. (M.Sc). Lisandro Zapata Lic. La Rosa, Olga C.I. 14.717.477 Ing. Mendoza, Arelis C.I. 10.291.962 Anaco, Septiembre 2012
  • 3. • Gaceta Oficial Nº 6.011 • Extraordinario del 21 de diciembre de 2010
  • 4.
  • 5.
  • 6. Objetivo General. Analizar el contenido de la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular publicada en Gaceta Oficial N° 6.011, el 21 de diciembre de 2010. Objetivos Específicos •Identificar las características y la composición de la Ley de Planificación Pública y Popular •Determinar la relación existente entre la Ley de Planificación Pública y Popular y el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013. •Determinar la forma en la que la Ley de Planificación Pública y Popular apalanca el crecimiento del Producto Interno Bruto.
  • 7. Oficina Central de Coordinación y Ministerio de Planificación y Ministerio del Poder Popular de Planificación (CORDIPLAN) Desarrollo Planificación y Finanzas 30 de diciembre de 1958.- 1999.- Con la nueva Administración que se inició en febrero de 1999, se asume la planificación como (CORDIPLAN),.- alta política de Estado. 1 de febrero de 2010.- Se fusionan el Ministerio 4 de septiembre de 1970.- Con la 2000.- Con la entrada en vigencia de la Ley del Poder Popular de Planificación y Desarrollo y el Orgánica de la Administración Financiera del Sector Ministerio del Poder Popular para Economía y promulgación de la LCA se crea la Oficina Central Público, se instituye la Oficina Nacional de Finanzas de Personal (OCP). Se reglamenta el Presupuesto (Onapre), otrora Oficina Central de funcionamiento del directorio de Cordiplan. Presupuesto (Ocepre). Diciembre de 1970.- Es promulgada la LOAC, la cual deroga el Estatuto Orgánico de Ministerios 21 de diciembre de 2010.- Se publica en vigente desde 1950, y se establece Cordiplan como 13 de noviembre de 2001.- Se publica el Gaceta Oficial N° 6.011 la Ley Orgánica de órgano auxiliar de la Presidencia de la República y Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular. del Consejo de Ministros, al igual que la Oficina Planificación N° 5.554. Central de Personal (OCP) y las direcciones de Presupuesto y de Estadística e Informática,. 1971.- Se decreta la constitución de las Oficinas 2001.- Se estructura el primer Plan de Desarrollo Económico y Social de la Revolución Bolivariana de Planificación y Presupuesto de los Ministerios. para el período 2001-2007, 1974-1975.- Al cargo de Jefe de la Oficina Central de Coordinación y Planificación 2006.- El Ministerio de Planificación y (CORDIPLAN) se le otorga el rango de Ministro de Desarrollo pasa a denominarse Ministerio Estado. del Poder Popular para Planificación y - Se crea la Oficina General de Evaluación de Desarrollo. Proyectos. 1976.- Son promulgada la Ley Orgánica de Planificación y Presupuesto, y se incorpora un nuevo instrumento de la planificación el 2007.- Se crea el segundo Plan de Plan Operativo Anual (POA). Es Desarrollo Económico y Social del promulgada la Ley Orgánica del Régimen Gobierno Bolivariano para el período 2007- Presupuestario mediante la cual la 2013 . Dirección Nacional de Presupuesto pasa a ser la Oficina Central de Presupuesto (Ocepre) 21 de diciembre de 1977.- Se crea la Oficina Central de Estadística e
  • 8. Los propósitos y alcances básicos de la planificación no se encontraban establecidos en las constituciones anteriores a 1999. Práctica meramente formal y ritual de formular un plan de desarrollo sin consenso cada período constitucional. Prepotencia en la manera de concebirla frente al pueblo. Menosprecio a formas organizativas del pueblo, por lo que difícilmente se podía aplicar una planificación abierta. Muchos de los planes y proyectos ejecutados se determinaban de acuerdo con los criterios partidistas, de beneficio a cúpulas y a favor del lucro, promoviendo la desigualdad y los desequilibrios tanto económicos como territoriales. Fuente: Proyecto de LOPP aprobado en primera discusión.
  • 9. Plan: La planificación no nos resuelve la futuro, solo nos ayuda a reducir la incertidumbre sobre el
  • 11. La Planificación Pública: Construcción de puentes para ESTRATÉGICA poder avanzar de manera progresiva desde una situación de extrema desigualdad e inequidad hacia una situación radicalmente opuesta que se prevé es DEMOCRÁTICA posible alcanzar. Participación ampliada del poder popular, en todas sus PARTICIPATIVA expresiones, para impulsar de manera continua cambios sustentables en la desigual CONSULTA distribución de la riqueza. ABIERTA
  • 12. LINEAMIENTOS GENERALES Y CONSTITUCION NACIONAL DE FORMULACION DEL PLAN NACIONAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DESARROLLO
  • 13. LA RUTA PARA LA CONSTRUCCIÓN SOCIALISTA Art. 299º. El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática participativa y de consulta abierta. Fuente: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  • 14. “…. siete líneas que definen de manera explicita un conjunto de objetivos, estrategias, políticas, programas y proyectos que permitirán enrumbar el país hacia una trayectoria del llamado “Socialismo del Siglo XXI”.” XXI Jorge A. Giordani C. La transición venezolana al socialismo I. Nueva ética socialista II. Suprema felicidad social III. Democracia protagónica y revolucionaria IV. Modelo Productivo Socialista V. Nueva geopolítica nacional VI. Venezuela: Potencia energética mundial. VII.Nueva geopolítica internacional.
  • 15.  Venezuela aprueba la Ley del Poder Popular  por Gorky el Sáb Dic 11, 2010 6:01 am
  • 16.
  • 17.
  • 18. Título I Disposiciones Generales Ley Orgánica de Planificación Publica y Popular
  • 19. “PLANIFICACIÓN: Proceso de formulación de planes y proyectos con vista a su ejecución racional y sistemática, en el marco de un sistema orgánico nacional, que permita la coordinación, cooperación, seguimiento y evaluación de las acciones planificadas, de conformidad con el proyecto nacional plasmado en la Constitución de la República y en el Plan de desarrollo económico y Social de la Nación” Fuente: LOPPYP de Venezuela.
  • 20. (Según el artículo 1…): “La presente ley tiene por objeto DESARROLLAR Y FORTALECER EL PODER, POPULAR, mediante el establecimiento de los principios y normas que sobre la planificación rigen a las ramas del Poder Público y las instancias del Poder Popular, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas, a fin de garantizar un sistema de planificación, que tenga como propósito el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país , a través de la distribución justa de la riqueza mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, par la construcción de la sociedad socialista de justicia y equidad”. Fuente: LOPPYP de Venezuela.
  • 21. (Según el artículo 2, están sujetos a las disposiciones de la presente Ley…): 1.- Los órganos y entes que conforman el Poder Público y las instancias del Poder Popular. 2.- Los institutos públicos y demás personas jurídicas estatales de derecho público, con o sin fines empresariales. 3.- Las sociedades mercantiles en las cuales la República, por tener una participación igual o mayor al cincuenta por ciento (50%) del capital social o a través de otro mecanismo jurídico, tenga el control de sus decisiones.
  • 22. 4.- Las sociedades de propiedad totalmente estatal, cuya función a través de la posesión de acciones de otras sociedades, sea de coordinar la gestión empresarial pública de un sector de la economía nacional. 5.- Las fundaciones, asociaciones civiles y demás entes constituidos con fondos públicos o dirigidas por algunas de las personas jurídicas referidas en este artículo, cuando la totalidad de los aportes presupuestarios o contribuciones en un ejercicio, sean efectuados por una o varias personas referidas en el presente artículo y represente el cincuenta por ciento (50%) o más de su presupuesto. Fuente: LOPPYP de Venezuela.
  • 23. (Según el artículo 4…): 1.- Establecer un Sistema Nacional de Planificación que permita el logro de los objetivos estratégicos y metas plasmadas en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación . 2.- Garantizar el seguimiento, evaluación y control del desempeño institucional. 3.- Ordenar, racionalizar y coordinar la acción pública en los distintos ámbitos y niveles político-territoriales de gobierno. 4.- Fortalecer la capacidad del Estado y del Poder Público en función de los objetivos estratégicos y metas plasmadas en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación..
  • 24. 5.- Forjar un estado transparente, eficaz, eficiente y efectivo. 6.- Fortalecer los mecanismos institucionales para mantener la continuidad de los programas y sus inversiones, así como las demás decisiones públicas relacionadas con el desarrollo sustentable del país. 7.- Fortalecer las capacidades estratégicas y rectoras del Estado y del Poder Popular para la inversión de los recursos públicos. 8.- Garantizar la vinculación entre la formulación y ejecución de los planes y la programación presupuestaria. 9.- Promover espacios para el ejercicio de la democracia, participativa y protagónica, como base para la consolidación del estado comunal. Fuente: LOPPYP de Venezuela.
  • 25. Título II Del Sistema Nacional de Planificación
  • 26. (Según el artículo 10…): Integran el Sistema Nacional de Planificación:
  • 27. Título III De los Planes Capítulo I Disposiciones Generales
  • 28. Los planes son instrumentos documentales de la planificación pública que establecen en forma sistemática y coherente las políticas, objetivos estrategias y metas deseados, incorporando los proyectos, acciones y recursos que se aplicarán para alcanzar los fines establecidos. ¿Qué es un Plan
  • 29. Artículo 19. La planificación de las políticas públicas responderá a un sistema integrado de planes, orientada bajo los lineamientos establecidos en la normativa legal vigente, dicho sistema se compone de: Planes Estratégicos Planes Operativos Plan de Desarrollo Económico y Plan Operativo Anual Nacional Social de la Nación Plan de Desarrollo Regional Plan de Desarrollo Estadal Plan Operativo Anual Estadal Plan Municipal de Desarrollo Plan Comunal de Desarrollo Plan Operativo Anual Municipal Plan Comunitario Planes estratégicos de los órganos y Plan Operativo Anual Comunal entes del Poder Popular Planes sectoriales elaborados por los órganos de la Administración Pública Demás planes que demande el proceso de planificación estratégica Los planes operativos anuales de los de políticas públicas o los órganos y entes del Poder Popular requerimientos para el desarrollo social integral
  • 30. Artículo 22. Los planes deberán ser revisados periódicamente, según la exigencia de la dinámica socio-política, siendo modificados, según el caso, y aprobados por la autoridad competente. Artículo 23. Los planes deberán ser revisados y adaptados, cada vez que sean aprobadas modificaciones al Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación
  • 31.
  • 32. Artículo 26. Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación (Naturaleza) Instrumento de planificación, mediante el cual se establecen las políticas, objetivos, medidas, metas y acciones dirigidas a darle concreción al proyecto nacional plasmado en la Constitución de la República, a través de la intervención planificada y coordinada de los órganos y entes del Poder Público e instancias del Poder Popular, actuando de conformidad con la misión institucional y competencias correspondientes.
  • 33. Artículos 27, 28 y 29. Corresponde al Presidente o Presidenta de la República la formulación del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, así como su presentación a la Asamblea Nacional para la debida aprobación. Es dirigido por el Presidente o Presidenta y se ejecuta por intermedio de los órganos e instrumentos dispuestos por el Sistema Nacional de Planificación. Corresponde al Presidente, a los órganos del Sistema Nacional de Planificación y a la Comisión Central de Planificación, realizar el seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación
  • 34. Plan de Desarrollo Plan de Desarrollo Plan Municipal de Regional Estadal Desarrollo Art.32. Instrumento Art.36. Instrumento de gobierno mediante de gobierno que Art.30. Instrumento el cual cada estado permite a nivel de gobierno mediante establece los municipal establecer el cual cada región proyectos, objetivos, los proyectos, del país establece los Naturaleza metas, acciones y objetivos, metas, objetivos, medidas, recursos dirigidos a acciones y recursos metas y acciones concretar los dirigidos a concretar plasmadas en el lineamientos los lineamientos PDESN. plasmados en el plasmados en el PDESN. PDESN. Art.33. El Gobernador Art.37. El Alcalde o o Gobernadora a Alcaldesa a través de través de los entes los entes encargados Art.31. El ejecutivo encargados de la de la planificación de Nacional en planificación de políticas públicas, el Formulación y coordinación con los políticas públicas, el Consejo Estadal lo Aprobación órganos del Sistema Consejo Estadal lo discute, aprueba y Nacional de discute, aprueba y modifica, finalmente Planificación. modifica, finalmente el Consejo Legislativo el Consejo Legislativo da su definitiva
  • 35. Plan Municipal de Plan de Desarrollo Estadal Desarrollo Art.38. A través de los Art.34. A través de los órganos y entes órganos y entes estadales, municipales, aplicando los aplicando los instrumentos instrumentos dispuestos por dispuestos por el Sistema Ejecución el Sistema Nacional de Nacional de Planificación, Planificación, de de conformidad con lo conformidad con lo dispuesto en la presente establecido en la presente Ley. Ley. Art.35. Corresponde al Art.39. Corresponde al Gobernador o Alcalde o alcaldesa, al Gobernadora, al Consejo Consejo Local de Seguimiento y Estadal de Planificación y Planificación Pública y a las Evaluación Coordinación de Políticas instancias del Poder Públicas e instancias del Popular realizar el Poder Popular realizar el seguimiento y evaluación. seguimiento y evaluación
  • 36. Plan Estratégico Plan Comunal de Desarrollo Institucional de los Órganos y Entes del Poder Público Art.44. Instrumento a través Art.40. Instrumento de del cual cada órgano y ente gobierno que permite a las del Poder Público establece comunas, establecer los los proyectos, objetivos, Naturaleza proyectos, objetivos, metas, metas, acciones y recursos acciones y recursos dirigidos dirigidos a darle concreción a a concretarlos lineamientos los lineamientos plasmados plasmados en el PDESN. en el PDESN. Art.41. El Consejo Comunal de Planificación y a los Art.45. Las máximas consejos comunales de la autoridades de los órganos y comuna respectiva, elaborar Formulación y entes del Poder Público, el proyecto del Plan Comunal Aprobación formular y aprobar el de Desarrollo, el cual deberá proyecto de Plan Estratégico ser aprobado en su Institucional correspondiente. formulación por el Parlamento Comunal.
  • 37. Plan Estratégico Plan Comunal de Desarrollo Institucional de los Órganos y Entes del Poder Público Art.42. A través de las Art.46. A través de los instancias de autogobierno órganos encargados de su de la comuna, aplicando los formulación, aplicando los instrumentos dispuestos por instrumentos dispuestos por Ejecución el Sistema Nacional de el Sistema Nacional de Planificación, de conformidad Planificación, de conformidad con lo dispuesto en la con lo establecido en la presente Ley. presente Ley. Art.43. Corresponde al Art.47. Corresponde a la Parlamento de la Comuna, al máxima autoridad del órgano Consejo de Planificación responsable de la Seguimiento y Comunal, a los consejos formulación del Plan Evaluación comunales, a las Estratégico Institucional y a organizaciones sociales y a los órganos del Sistema los ciudadanos y ciudadanas Nacional de Planificación. en general.
  • 38.
  • 39. Plan Operativo Anual Plan Operativo Plan Operativo Nacional Regional Estadal Art.59. Integra los Art.54. Integra los objetivos, metas, Art.63. Integra los objetivos, metas, proyectos y acciones objetivos, metas, proyectos y acciones anuales formuladas proyectos y acciones anuales formuladas por cada órgano de la anuales formuladas por cada órgano de la Administración por cada órgano del Naturaleza Administración Pública Nacional, a Poder Público Pública Nacional, a los fines de concretar Estadal, a los fines de los fines de concretar las metas previstas concretar las metas las metas previstas en el Plan de previstas en el Plan en el PDESN. Desarrollo Regional de Desarrollo Estadal. respectivo. Art.55. El ejecutivo Art.60. El ejecutivo Nacional, por órgano Nacional, por órgano Formulación y del Poder Popular Art.37. Corresponde a de la Comisión Aprobación con competencia en las Gobernaciones. Central de materia de Planificación. planificación pública.
  • 40. Plan Operativo Plan Operativo Plan Operativo Regional Anual Nacional Estadal Art.66. A través de Art.57. A través de Art.61. Será presentado los órganos del Poder los órganos del por la Comisión Central Público Estadal, de Poder Público, de de Planificación al Ejecución conformidad con lo conformidad con lo Presidente o Presidenta dispuesto en la dispuesto en la de la República para su presente Ley. presente Ley. aprobación. Art.67.Corresponde al Gobernador o Art.58.Correspond Gobernadora, a e al Presidente o través del órgano Presidenta de la encargado de la República, por Art.62.Corresponde a la Planificación Pública Seguimiento órgano del Comisión Central de en su territorio, al y Evaluación Ministerio del Planificación. Consejo de Poder Popular con Planificación de competencia en Políticas Públicas y materia de las instancias del Planificación. Poder Popular.
  • 41. Planes Operativos Plan Operativo Plan Operativo Anuales de los Municipal Comunal Órganos y Entes del Poder Público Art.68. Integra los Art.73. Integra los Art.78. Integran los objetivos, metas, objetivos, metas, objetivos, metas, proyectos y acciones proyectos y acciones proyectos y acciones anuales formuladas anuales formuladas anuales formuladas por cada órgano y por cada gobierno por cada órgano del Naturaleza ente del Poder comunal, a los fines Poder Público, a los Público Municipal, a de concretar las fines de concretar las los fines de concretar metas previstas en el metas previstas en su las metas previstas Plan Comunal de correspondiente plan en el Plan Municipal Desarrollo. estratégico. de Desarrollo Art.79. Las máximas autoridades y los Art.69. Las Alcaldías, niveles directivos y a través del órgano o Art.74. Gobierno de la gerenciales con Formulación y ente encargado de la Comuna y a su responsabilidad de Aprobación planificación y Consejo de intervenir en los desarrollo en su Planificación procesos de territorio. planificación de los órganos sujetos a la
  • 42. Planes Operativos Plan Operativo Plan Operativo Anuales de los Municipal Comunal Órganos y Entes del Poder Público Art.80. Máxima Art.71. A través de autoridad del órgano los órganos y Art.76. El Gobierno de Ejecución o ente encargado de entes del Poder la Comuna. su formulación Público Municipal. Art.72.Correspond e al Alcalde o Art.81.Corresponde a Alcaldesa, a través la máxima autoridad del órgano o ente Art.77.Corresponde al del órgano ente del encargado de la Consejo de Poder Público planificación y Planificación Comunal y responsable de la Seguimiento desarrollo en su a los consejos formulación del Plan y Evaluación territorio, al comunales que Operativo Anual y a Consejo Local de conforman la comuna. los órganos del Planificación Sistema Nacional de Pública y a las Planificación. instancias del Poder Popular.
  • 43. Título IV Los actos De las Sanciones contrarios a las Artículo 84. disposiciones previstas en la Los funcionarios presente Ley, se públicos considerarán responsables de nulos y los formular, funcionarios ejecutar, seguir, públicos o evaluar y funcionarias controlar los públicas que los planes realicen contemplado en incurrirán en las Artículo 83. esta Ley que responsabilidades Las máximas autoridades jerárquicas incumplan las disciplinarias, que intervienen en los procesos de obligaciones administrativas, planificación de los órganos del Poder previstas en la penales o civiles, Público, serán responsables por los misma, serán según sea el caso. actos, hecho u omisiones en objeto de sanción. contravención a los deberes y Artículo 82. obligaciones establecidos en esta Ley.
  • 44. TITULO III DE LOS PLANES Capítulo II – De los Planes Estratégicos. Sección Segunda: Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. Naturaleza Artículo 26.Instrumento de planificación, mediante el cual se establecen las políticas, objetivos, medidas, metas y acciones dirigidas a darle concreción al proyecto nacional plasmado en la Constitución de la República, a través de la intervención planificada y coordinada de los órganos y entes del Poder Público e instancias del Poder Popular, actuando de conformidad con la misión institucional y competencias correspondientes.
  • 45. TITULO III DE LOS PLANES Capítulo II – De los Planes Estratégicos. Sección Segunda: Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. Formulación Artículo 27.Corresponde al Presidente o Presidenta de la República la formulación del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, así como su presentación a la Asamblea Nacional para la debida aprobación. Ejecución Artículo 28.El Plan de de Desarrollo Económico y Social de la Nación es dirigido por el Presidente o Presidenta de la República y se ejecuta por intermedio de los órganos e instrumentos dispuestos por el Sistema Nacional de Planificación de conformidad con lo dispuesto en la presenta Ley y demás normativa aplicable
  • 46. TITULO III DE LOS PLANES Capítulo II – De los Planes Estratégicos. Sección Segunda: Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. Seguimiento y Evaluación Artículo 29.Corresponde al Presidente o Presidenta de la República, por órgano del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de planificación pública, a los órganos del Sistema Nacional de Planificación y a la Comisión Central de Planificación, realizar el seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución de la República y la Ley.
  • 47. I. Nueva ética socialista II. Suprema felicidad social III. Democracia protagónica y revolucionaria IV. Modelo Productivo Socialista V.Nueva geopolítica nacional VI. Venezuela: Potencia energética mundial. VII. Nueva geopolítica internacional. “…. siete líneas que definen de manera explicita un conjunto de objetivos, estrategias, políticas, programas y proyectos que permitirán enrumbar el país hacia una trayectoria del llamado “Socialismo del Siglo XXI”.” XXI Jorge A. Giordani C. La transición Venezolana al Socialismo
  • 48. Plan de Desarrollo VIII Plan de la Nación IX Plan de la Nación Económico y Social de “EL GRAN VIRAJE” “AGENDA VENEZUELA” la Nación (1989) (1993) 2007-2013 La inserción estratégica El nuevo modelo del país en el contexto Nueva Ética Socialista. competitivo internacional La transformación del La Suprema Felicidad En nuevo rol del Estado aparato productivo Social La nueva inserción de El proyecto de solidaridad Democracia Protagónica Venezuela en el mundo Social Revolucionaria La transformación de la Modelo Productivo El Compromiso Social educación y el Socialista conocimiento Nueva Geopolítica El cambio institucional La reforma del Estado Nacional El Crecimiento sin Venezuela: Potencia Inflación. Energética Mundial. Nueva Geopolítica Internacional
  • 49. En entrevista con el periodista José Vicente Rangel, Giordani indicó: “…muchas naciones "ven con esperanza el modelo socialista que se está desarrollando en Venezuela porque es el reverso del paquete neoliberal que se está aplicando, como parte de las recetas del Fondo Monetario Internacional (FMI), y que ha implicado olas de despidos de trabajadores, y eliminación de beneficios como la seguridad social. "Europa y Estados Unidos tienen una crisis estructural que no resuelve ciertas contradicciones, como el capitalismo tampoco resuelve aquella entre la riqueza y la pobreza, el problema del ambiente y las diferencias que existen en los países desarrollados (...) el capitalismo es un sistema de derroche en la ganancia individual y no del colectivo ", expuso. En contraposición, Giordani se refirió al crecimiento que ha experimentado la economía venezolana en los últimos 10 años. "Durante 22 trimestres sucesivos Venezuela mostró un crecimiento del 10%", destacó.
  • 50. Indicó que en el país crece la inversión. "La inyección de recursos representó 30% del PIB, 20% corresponde a la inversión pública y 10% a la inversión privada". "Esto refleja lo que es el nuevo estado de la economía venezolana y la consolidación que tendrá en el segundo semestre de este año".
  • 51. Conclusiones El Poder Popular con su Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular logra imponer una reforma de los órganos locales y estadales responsables de la función de planificación pública. En la construcción socialista, se logran los objetivos a partir de una adecuada proyección y percepción de los intereses primarios de la sociedad, los que se convierten en la fuerza motriz de la acción del gobierno. se hace imperecedero institucionalizar en todos los estamentos de la nación, la integración de la visión en los planes nacionales, es decir, poner en movimiento todos los engranajes institucionales y sociales del estado de forma acompasada y armónica en el sentido del logro de la visión objetivo formulada. Esta Ley condensó la visión del Poder Popular como principio del modelo socialista, de acuerdo con lo planteado en la propuesta de reforma constitucional de 2007, el Plan de la Nación 2007-2013 y la Ley Orgánica de los Consejos Comunales de 2009.
  • 52. Conclusiones Se evidenció que en el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social 2007 – 2013, se establecen directrices cuya finalidad va encaminada a la potenciación y el apalancamiento del crecimiento económico nacional, para lo cual, es necesario cumplir con las directrices del sistema integrado de planes que se orientan bajo los lineamientos de la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular.
  • 53. En todos nuestros planes para el futuro, hemos vuelto a definir y hemos vuelto a afirmar nuestro socialismo en términos de la revolución científica. Pero esa revolución no puede convertirse en una realidad a menos que estemos dispuestos a hacer cambios de gran alcance en lo económico y en las actitudes sociales que impregnan todo nuestro sistema social. Harold Nicolson.