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Coordinación de Comunicaciones
ENERO 2014
No. 62
J-00126013-7
NUEVOS AFILIADOS
1. PLASTIFARMA C.A
2. UNITECA DE VENEZUELA C.A
3. PLASTIMET DE VENEZUELA C.A
4. INDUSTRIA DERIVADOS DEL PLÁSTICO “INDEPLAS”, C.A
5. LAMINADOS PLÁSTICOS LARA, S.A.
6. GENPACK, C.A
INFORMACIÓN DESTACADA DEL
MES 1
Recibido el: viernes, 10 de enero de 2014 9:17
Asunto: AVANCE EN MATERIA CAMBIARIA N° 1 ( EN
GACETA TEXTO DE FIEL CUMPLIMIENTO QUE
IMPORTADORES DEBERÁN CONSIGNAR ANTE EL
ESTADO PARA MANTENER SUS OPERACIONES
Como parte de las nuevas medidas del Gobierno
sobre las importaciones, en gaceta oficial N°40.327, de
fecha 6 de enero, aparece el texto oficialmente aprobado, de
un modelo de fiel cumplimiento, que los importadores
tendrán que rellenar y presentar, cada vez que soliciten una
AAD o un código de reembolso al BCV (véase la página 2
del documento que se adjunta).
No existe todavía el reglamento ni la oportunidad en la cual
dicho requisito deberá cumplirse. Debemos estar atentos. A
continuación la Gaceta Oficial.
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Recibido el: viernes, 17 de enero de 2014 16:39
Asunto: Modificación de la Ley de Timbre Fiscal
Buenas tardes:
En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.335 de fecha 16 de Enero de 2014, se
publicó una modificación de la Ley de Timbre Fiscal. La referida normativa reforma el artículo 7, el cual quedó
redactado de la siguiente manera:
Artículo 7: Por los actos o documentos que se enumeran a continuación, sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 32 de esta Ley, se pagarán en efectivo directamente por ante las Oficinas Receptoras de Fondos
Nacionales, las siguientes tasas
1) Expedición y renovación en el país de pasaporte ordinario a ciudadanos venezolanos y ciudadanas
venezolanas y de emergencia a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras: siete Unidades Tributarias (7
U.T.)
2) Autorización de visas en el exterior a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras: seis Unidades
Tributarias (6 U.T.)
3) Expedición, renovación, prórroga y cambio de visa en el país a transeúntes: seis Unidades Tributarias (6
U.T.)
4) Expedición, renovación, prórroga y cambio de visa en el país a residentes: ocho Unidades Tributarias (8 U.T.)
5) Declaratoria de Naturalización y de las relativas a manifestaciones de voluntad en los casos regulados por la
Ley1 de Nacionalidad y Ciudadanía: dieciocho Unidades Tributarias (18 U.T.).
6) Expedición a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras de la constancia de fecha de ingreso y
permanencia dentro del territorio de la República: tres Unidades Tributarias (3 U.T.).
7) Expedición de tarjetas de permanencia, credenciales o licencias otorgadas por organismos oficiales para
cualquier actividad regulada por ellos, distintas a las expresamente previstas por otros artículos de esta Ley:
tres Unidades Tributarias (3 U.T.).
8) Tramitación de orden de cedulación para extranjeros y extranjeras: cuatro Unidades Tributarias (4 U.T.)
9) Tramitación de datos filiatorios a ciudadanos venezolanos y ciudadanas venezolanas: una Unidad Tributaria
(1 U.T.)
10) Tramitación de datos filiatorios a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras: cuatro Unidades
Tributarias (4 U.T.)
11) Expedición de movimiento migratorio a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras: cuatro Unidades
Tributarias (4 U.T.).
12) Expedición de movimiento migratorio a ciudadanos venezolanos y ciudadanas venezolanas: una Unidad
Tributaria (1 U. T.)
13) Certificación de libros de control de extranjeros y extranjeras en hoteles: cinco Unidades Tributarias (5 U. T.)
14) Habilitación portuaria migratoria: ocho Unidades Tributarias (8 U.T.)
15) Expedición de tarjetas de tripulante terrestre: tres Unidades Tributarias (3 U.T.).
La disposición establecida en el numeral 2 de este artículo, se aplicará sin perjuicio a lo establecido en la ley
que regula la materia del servicio consular.
Estarán exentos del pago por los actos y documentos establecidos en este artículo, la mujer a partir de los
cincuenta y cinco años de edad, el hombre a partir de los sesenta años de edad, así como los niños, niñas y
adolescentes, de acuerdo a lo establecido en la ley que regula la materia.
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MES 3
De: Asistencia Tecnica [mailto:asistenciatecnica@avipla.org]
Enviado el: miércoles, 22 de enero de 2014 11:42 a.m.
Asunto: GACETA OFICIAL Nº 40.337 - DECRETO Nº 694. EXONERACIÓN DE IVA
Estimados afiliados,
Mediante Gaceta Oficial Nº 40.337, Decreto N° 694, de fecha 20 de Enero, se
exonera del pago del impuesto al Valor Agregado, y se aplicará la alícuota del 2% ó
0% ad valorem, según corresponda, a las importaciones definitivas de bienes
muebles de capital» bienes de informática y telecomunicaciones, sus partes, piezas
y accesorios.
Les enviamos un cuadro donde se encuentran los códigos arancelarios vinculados al
Sector Plástico, apreciamos su apoyo para validar y completar este listado, con los
códigos arancelarios que ustedes manejan habitualmente.
Agradeciendo la atención prestada.
Saludos cordiales,
Atentamente,
Ing. Beatriz Gallo P.
Asistencia Técnica.
AVIPLA
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Recibido el: jueves, 23 de enero de 2014 9:27
Asunto: AVANCE EN MATERIA CAMBIARIA N° 3( GOBIERNO ANUNCIA CAMBIOS EN
SISTEMA CAMBIARIO)
Ramírez anunció lineamientos de Nuevo Plan General de Divisas y Sistema
Cambiario
Miércoles, 22 de enero de 2014, con información de finanzas digital.com
El vicepresidente para el Área Económica y Ministro de Energía y Petróleo Rafael Ramírez,
anunció este miércoles, la creación de un nuevo plan general de divisas.
“El 96% de las divisas que ingresan al país provienen de la renta petrolera y deben ser
administradas de la mejor manera” señaló Ramírez.
Afirmó que se mantendrá la política de dólar preferencial Bs 6,30, fortaleciendo además ,sistemas
complementarios como el Sicad, con la creación un sistema de bandas mediante la modificación
de la Ley de Ilícitos Cambiarios.
Aseguró que es preferible subsidiar en bolívares que en dólares a los sectores donde existen
ventajas competitivas.
Indicó que Sicad seguirá siendo un sistema para colocar divisas por conceptos ya autorizados y
con la modificación de la Ley de Ilícitos Cambiarios, el sector privado podrá ofrecer divisas
mediante este mecanismo. “Sectores privados que obtengan dólares de manera lícita podrán
ofertarlos por el Sicad”, agregó.
Señaló que se diseñaron escenarios de acuerdo a la producción y precio del petróleo, para
satisfacer las necesidades de los sectores público y privado y se calculó un monto total que supera
los 42 mil millones de dólares para los requerimientos de la economía en 2014.
Reiteró que los conceptos de tarjetas de crédito y viajes, estudios en el exterior y líneas aéreas en
los que se ha dado un uso no adecuado de las divisas a Bs 6,30 a través de mafias
internacionales. En el caso de las tarjetas de crédito, destacó que se pasó de 885 millones de
dólares en 2005 a 5175 millones de dólares en 2013.
“O le damos los dólares a los raspa cupos y viajeros o traemos medicamentos y alimentos”,
sostuvo.
Señaló que rubros como: viajeros, líneas aéreas y remesas familiares irán por tasa Sicad.
Estudiantes en el extranjero, pensiones y casos de salud continuarán disfrutando de la tasa
preferencial.
Asimismo informó que el Centro Nacional de Comercio Exterior emitirá en las próximas horas las
Providencias (¿¿??) necesarias de lo anunciado este miércoles.
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Recibido el: jueves, 30 de enero de 2014 15:24
Asunto: Ley de Precios Justos
Buenas tardes:
En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.340, del día 23 de enero de 2014,
fue publicado el Decreto N° 600, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de
Ley Orgánica de Precios Justos.
Esta Ley tiene por objeto la determinación de precios justos de bienes y servicios, mediante el análisis de
las estructuras de costos, la fijación del porcentaje máximo de ganancia y la fiscalización efectiva de la
actividad económica y comercial, a fin de proteger los ingresos de todas los ciudadanos y muy
especialmente el salarios de los trabajadores, el acceso de las personas a los bienes y servicios para la
satisfacción de sus necesidades; establecer los ilícitos administrativos, sus procedimientos y sanciones, los
delitos económicos, su penalización y el resarcimiento de los daños sufridos, para la consolidación del
orden económico socialista productivo (artículo 1).
Quedan sujetos a la aplicación de la presenta Ley, las personas naturales y jurídicas de derecho público o
privado, nacionales o extranjeras que desarrollen actividades económicas en Venezuela, incluidas las que
realizan a través de medios electrónicos.
Se exceptúan de la aplicación de la Ley aquellas personas que por la naturaleza propia de la actividad que
ejerzan se rijan por normativa legal especial.
En materia de Divisas, esta Ley indica que las que sean asignadas por el régimen de administración de
divisas, serán estrictamente supervisadas y controladas a fin de garantizar que se cumpla el objeto y uso
para el cual fueron solicitadas y otorgadas.
A quien se le otorgue divisas para cualquier actividad económica señalada en la presente Ley deberá
suscribir un contrato de fiel cumplimiento, que contendrá la obligación de cumplir estrictamente con el
objeto y el uso para el cual fueron solicitadas.
En tal sentido, los bienes adquiridos o producidos con divisas otorgadas por la República, deberán ser
identificados mediante etiqueta, que permita informar al consumidor sobre la procedencia de las divisas.
En cuanto a la declaratoria de utilidad pública, todos los bienes y servicios requeridos para desarrollar
las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización
de bienes y servicios son de utilidad pública, por lo cual, el Ejecutivo Nacional puede iniciar el
procedimiento expropiatorio cuando se hayan cometido ilícitos económicos y administrativos. El Estado
podrá adoptar medida de ocupación temporal e incautación de bienes mientras dure el procedimiento
administrativo, la cual se materializará mediante la posesión inmediata, puesta en operatividad,
administración y el aprovechamiento del establecimiento, local, bienes, instalaciones, transporte,
distribución y servicios por parte del órgano o ente del Ejecutivo Nacional, a objeto de garantizar la
disposición de dichos bienes y servicios por parte de la colectividad.
En caso de expropiación, se podrá compensar y disminuir del monto de la indemnización lo
correspondiente a multas, sanciones y daños causados.
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La Ley en referencia crea la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio
Económicos (SUNDDE), adscrita a la Vicepresidencia Económica de Gobierno. Entre sus funciones están:
-Ejercer la rectoría, supervisión y fiscalización en materia de estudio, análisis, control y regulación de
costos y determinación de márgenes de ganancias y precios.
-Diseñar, implementar y evaluar los mecanismos de aplicación, control y seguimiento para el estudio de
costos y determinación de márgenes de ganancias razonables para fijar precios justos, así como la
supervisión, control y aplicación de la presente ley.
-Fijar los precios máximos de la cadena de producción o importación, distribución y consumo, de acuerdo a
su importancia económica y su carácter estratégico.
-Proveer al Ejecutivo Nacional de la información y recomendaciones para diseño e implementación de
políticas dirigidas a la regulación de precios.
-Ejecutar los procedimientos de supervisión, control, verificación, inspección y fiscalización.
-Emitir los certificados de precios justos.
-Elaborar, mantener y actualizar el Registro Único de personas naturales y jurídicas que desarrollen
actividades económicas y comerciales en el país.
-Fijar las condiciones generales de la oferta, promociones y publicidad de bienes y servicios.
-Establecer los criterios para fijar los cánones de arrendamiento justos de locales comerciales.
Por su parte, la SUNDDE tendrá un Registro único de personas de desarrollan actividades económicas
(RUPDAE), el cual es de carácter público y accesible a todos los particulares, pudiendo establecer
subcategorías dentro de dicho registro (artículo 21). En tal sentido, los sujetos de aplicación de esta Ley
deberán inscribirse y mantener sus datos actualizados en el RUPDAE. La inscripción es un requisito
indispensable, a los fines de poder realizar actividades económicas y comerciales en el país.
Una vez que haya entrado en funcionamiento el RUPDAE, las personas naturales y jurídicas sujetos de
aplicación de la LOPJ tendrán un lapso de 180 días para inscribirse.
De igual manera, en este cuerpo normativo se crea la Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos,
la cual se encargará de lo siguiente:
Estudio, análisis, control, regulación y seguimiento de las estructuras de costos.
La determinación de precios justos en cualquiera de los eslabones de las cadenas de producción o
importación, distribución y consumo desarrolladas y aplicadas en el Territorio Nacional de la República
Bolivariana de Venezuela.
La fijación de los márgenes máximos de los cánones de arrendamientos de los locales comerciales.
La determinación de las ganancias máximas de los sujetos objeto de aplicación de esta Ley.
La determinación, modificación y control de precios es competencia de la SUNDDE, en los términos
previstos en la Ley de Precios Justos. En tal sentido, esta Superintendencia establecerá la categorización
de bienes y servicios, o de sujetos, atendiendo a los criterios técnicos que estime convenientes, pudiendo
establecer distintos regímenes para bienes y servicios regulados, controlados o no, en función del carácter
estratégico de los mismos, y en beneficio y protección de las personas que accedan a éstos. La
SUNDDE podrá disponer de distintos regímenes de regulación, requisitos, condiciones, deberes o
mecanismos de control, en función de las características propias de los bienes o servicios, del sector que
los produce o comercializa, o a los que accedan las personas.
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Asimismo, la SUNDEE, podrá establecer lineamientos para la planificación y determinación de los
parámetros de referencia utilizados para fijar precios justos. Dichos lineamientos pueden tener carácter
general, sectorial, particular o ser categorizados según las condiciones vinculantes o similares entre grupos
de sujetos. Los lineamientos establecidos surtirán efectos sobre el cálculo del precio justo de los bienes y
servicios a los cuales se refieren, así como la desagregación de los respectivos costos o componentes del.
De igual manera, la SUNDEE podrá, sobre la base de la información aportada por los sujetos de esta Ley
proceder a determinar el precio justo del bien o servicio, o efectuar su modificación en caso de ser
necesario, de oficio o a solicitud del interesado. En ese orden, esta Superintendencia podrá establecer la
obligación o criterios, para que los sujetos de regulación coloquen en sus listas de precios o en el marcaje
de los productos una leyenda indicando que los precios que han sido registrados, determinados o
modificados de conformidad con las disposiciones contenidas en esta norma
Sobre el Margen Máximo de Ganancia, el mismo será establecido anualmente por la SUNDDE y, en
ningún caso, podrá exceder los 30 puntos porcentuales (30%) de la estructura de costos del bien o servicio
de cada actor de la cadena de comercialización. La SUNDDE podrá determinar márgenes máximos de
ganancia por sector, rubro, espacio geográfico, canal de comercialización, actividad económica o cualquier
otro concepto que considere, sin que estos superen los máximos establecidos en la ley.
En el caso de las industrias nacientes o para fortalecer alguna industria existente, se podrá revisar y
modificar el margen de ganancia, considerando las recomendaciones de la SUNDDE.
La falta de fijación expresa del margen máximo de ganancia dictado por la SUNDEE, no implicará el
incumplimiento, omisión o flexibilización de los precios previamente establecidos por el Ejecutivo Nacional,
a los productos fabricados, obtenidos o comercializados por los sujetos de aplicación de la LOPJ.
La Ley penaliza el incumplimiento de esta obligación con prisión entre 08 y 10 años. Igualmente, serán
sancionados con la ocupación temporal del local, hasta por 180 días, más multa de 1.000 U.T a 50.000
U.T.
A los fines de gestionar la adquisición de divisas ante el órgano competente y cualquier otro trámite que
establezca el Gobierno, los sujetos deberán demostrar ante la SUNDDE el cumplimiento de los criterios de
precios justos establecidos en la ley.
En cuanto a las Sanciones, las mismas son clasificadas en la Ley de la siguiente manera:
-Multa, calculada en unidades tributarias.
-Suspensión temporal en el Registro Único de Personas que desarrollan actividades económicas
-Ocupación temporal con intervención de almacenes, depósitos, industrias, comercios, transporte de
bienes, hasta por 180 días.
-Cierre temporal de almacenes, depósitos o establecimientos dedicados al comercio, conservación,
almacenamiento, producción o procesamiento de bienes hasta por 180 días.
-Clausura de almacenes, depósitos y establecimientos dedicados al comercio, conservación,
almacenamiento, producción o producción o procesamiento de bienes.
-Confiscación de bienes, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
-Revocatoria de licencias, premisos o autorizaciones y, de manera especial, los relacionados con el acceso
a las divisas.
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Asimismo, se establece pena de prisión para los casos de (i)especulación, (ii)acaparamiento, (iii) boicot, (iv)
importación de bienes nocivos para la salud, (v) alteración fraudulenta en la calidad de los bienes o
servicios, (vi) usura, y (vii) condicionamiento de la venta de bienes o servicios
Dentro de las Disposiciones Transitorias tenemos que:
a) Se eliminó la Superintendencia de Costos y Precios Justos (SUNDECOP).
b) Se eliminó el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios
(INDEPABIS).
c) La SUNDEE empezará sus operaciones inmediatamente con la entrada de vigencia de esta Ley.
d) El Ejecutivo Nacional reglamentará esta Ley, dentro de los 180 días siguientes contados a partir de su
vigencia.
e) Los precios justos alcanzados con motivo de la ofensiva económica desplegada por el Presidente,
mantendrán su vigencia hasta que la SUNDEE determine el precio conforme a las normas previstas en
esta Ley.
h) Los cánones de arrendamiento justos serán establecidos mediante Decreto, atendiendo las
recomendaciones de la SUNDEE hasta que ésta establezca los criterios para su fijación.
Por último, se derogó la Ley de Costos y Precios Justos y la Ley para la Defensa de las Personas en el
Acceso a los Bienes y Servicios.
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Igualmente, desde AVIPLA le invitamos a hacer clic sobre el siguiente
link, para descargar otro de los materiales que tuvimos la oportunidad de
recibir, en cuanto a este tema (memorándum/resumen sobre la:
“NUEVA LEY ORGÁNICA DE PRECIOS JUSTOS, PUBLICADA EN LA
GACETA OFICIAL NRO. 40.340, DE FECHA 23 DE ENERO DE 2014, EN
CIRCULACIÓN DESDE EL 24 DE ENERO DE 2014”). El mismo fue
elaborado por el Centro de Estudios y Análisis de Políticas Públicas y
Regulatorias (CEAPRE) Consulting Group, y recomendamos por su
excelente contenido:
https://www.dropbox.com/s/eynizbkct0g7tj4/MEMORANDO-
INFORMATIVO-CEAPRE-LEY-ORGANICA-DE-PRECIOS-JUSTOS.pdf
INFORMACIÓN DESTACADA DEL
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De: María del Carmen Mirás [mailto:dejecutiva@avipla.org]
Enviado el: Martes, 06 de Agosto de 2013 02:00 p.m.
Para: 'afiliados-avipla@googlegroups.com'
Asunto: CONSULTA SOBRE PROCESO PRODUCTIVO- DELEGACION VIAJE A ITALIA
Estimados Afiliados, buenas tardes y gusto en saludarles .
En esta oportunidad les transmito una información de ASSOCOMAPLAST – Asociación Italiana
de Fabricantes de Maquinaria y Moldes para el procesamiento de Plásticos y Cauchos,
quienes conjuntamente con el Departamento para la Promoción de Intercambios Comerciales
de la Embajada de Italia, gentilmente han ofrecido a los Miembros de AVIPLA, la posibilidad
de optar por un viaje a Italia, para visitar Plantas Fabricantes de Maquinaria.
Esta actividad está pautada para la primera quincena del mes de febrero del 2014, y para tal
fin se conformaría una Delegación de cinco (5) Industriales Venezolanos, que viajarían a
Italia de manera “gratuita”, ya que, la dinámica ofrecida, contempla cubrir los gastos de pasaje
aéreo, hospedaje, comidas, traslados y visitas guiadas a las Plantas.
A tales efectos, de la Embajada de Italia, nos han encomendado seleccionar el proceso de
mayor interés, para direccionar en ese sentido la dinámica ofrecida por Assocomaplast, por
ejemplo: Extrusión de película, Inyección, Extrusión de perfiles, Soplado, Termoformado,
Rotomoldeo, etc.
En este sentido, solicitamos su amable colaboración, para que por favor nos ayuden a
seleccionar la opción de mayor aceptación, que definiremos en función a sus respuestas.
Posterior a la selección del proceso de mayor interés, las premisas para conformar la Delegación
de Industriales Venezolanos, serían en líneas generales:
•Recepción en AVIPLA de la Ficha Técnica, diseñada por la Embajada de Italia y
ASSOCOMAPLAST
•Envío de Ficha Técnica desde AVIPLA hacia los Afiliados, que operen bajo el proceso
seleccionado y que deseen postularse
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•Recepción en AVIPLA de las Fichas de los postulados y envío a la Embajada de Italia
•Envío de la Ficha Técnica a ASSOCOMAPLAST, por parte de la Embajada de Italia
•Evaluación de las Fichas Técnicas de los postulados y selección de la Delegación de cinco
Empresarios, por parte de ASSOCOMAPLAST
•Notificación a los Empresarios seleccionados por ASSOCOMAPLAST
Agradecida de su gentil atención, esperamos contar con su respuesta, a más tardar este viernes 9
de agosto del año en curso.
Saludos cordiales
Ing. María del Carmen Mirás
Directora Ejecutiva
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Para: afiliados-avipla@googlegroups.com En nombre de María del Carmen Mirás
Enviado el: martes, 27 de agosto de 2013 02:33 p.m.
Asunto: RV: CONSULTA SOBRE PROCESO PRODUCTIVO- DELEGACION VIAJE A ITALIA
Estimados, buenas tardes y gusto en saludarles.
En concordancia con lo expuesto en el correo del 06 de agosto, el proceso de mayor aceptación
en la consulta realizada es EXTRUSIÓN DE PELÍCULAS (36%), seguido por INYECCIÓN (22%) -
EXTRUSIÓN DE PERFILES (14%) – TERMOFORMADO (14%) - EXTRUSIÓN SOPLADO (7%) –
ROTOMOLDEO (7%).
Por tal motivo, y a los fines de optar por el ofrecimiento de ASSOCOMAPLAST, se requiere que
los interesados en postularse, completen los datos solicitados en la planilla anexa, información que
será remitida a la oficina Comercial de la Embajada de Italia. Fecha límite para envío de la planilla,
2 de septiembre del 2013.
Así mismo, en la Embajada de Italia, desean conocer si las personas que se postulan, tienen
previsto asistir a la Feria K- Alemania.
Agradeciendo su gentil atención a lo expuesto, les saluda cordialmente.
Ing. María del Carmen Mirás
Directora Ejecutiva
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De: ICE Caracas
Recibido el: miércoles, 29 de enero de 2014 12:49
Asunto: Programa actualizado de la Misión a Italia - Assocomaplast
Caracas, 29-01-2014
Prot. P1482014000
Rif. Stefano Cantatore
Estimados Sres.
Reciban un cordial saludo de nuestro Instituto.
Anexamos a la presente, programa actualizado de la misión a Italia de operadores venezolanos del sector plástico.
Por favor confirmar por la misma vía el acuse de recibido.
Atentamente.
Stefano Cantatore
Oficina de Caracas
Edificio Atrium P.H.
Calle Sorocaima entre Avds. Tamanaco y Venezuela
El Rosal - Caracas 1060
T + 58 212 9520396 F + 58 212 9514820
caracas@ice.it www.italtrade.com/countries/americas/venezuela
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TRABAJANDO JUNTOS POR EL
SECTOR
ESTIMADOS AFILIADOS:
ESPAÑA
20 % de descuento para las empresas
afiliadas a
Información
http://www.biopolymersmeeting.com/
Para inscribirse
http://www.biopolymersmeeting.com/inscripcion/
Programa
http://www.biopolymersmeeting.com/programa/
El evento comenzará con una sesión introductoria sobre biomateriales y
desarrollo sostenible, en la que contará con la participación del Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la asociación europea European
Bioplastics.
En los bloques posteriores se expondrán las novedades y tendencias
emergentes en plásticos de origen natural y/o biodegradables.
Asimismo, se abordarán aspectos novedosos relacionados con el desarrollo de
bioplásticos reforzados con fibras naturales.
En el siguiente bloque, se darán a conocer casos de éxito en la producción de
bioplásticos y biocomposites. Para ello el seminario cuenta con la
participación de grandes firmas como Nestlé y Faurecia. De la mano de los
ponentes de este tercer bloque se expondrá la aplicación de estos innovadores
materiales en sectores industriales como el de envase y embalaje y
automoción.
Por último, los expertos participantes en el Seminario abordarán las distintas
opciones sostenibles de fin de vida de estos materiales, desde su separación
hasta la valorización industrial.
Fuente:http://www.plastico.com
CALENDARIO DE EVENTOS
Coordinación de Asistencia Técnica
Mes de ENERO de 2014
En el mes de enero, AVIPLA atendió (46) consultas
relacionadas al Sector del Plástico. (1) empresarial, (41)
particulares, (2) de estudiantes/universidades y (2) de
Organismos; a través de la Coordinación de Asistencia
Técnica, en colaboración con Secretaría. (3) consulta
internacionales y (43) nacionales; de las cuales (3) fueron
sobre estadísticas, (40) sobre productos, (1) maquinaria y
(2) sobre temas generales. Es importante recordar que
estas cifras, no contemplan los requerimientos y
solicitudes que atiende, directamente la Dirección
Ejecutiva y/o La Junta Directiva de la Asociación.
asistenciatecnica@avipla.org
Ing. Beatriz Gallo
www.avipla.org
(0212) 256.3345 /41.92/16.32/ Fax. (0212) 256.2867
CONSULTAS
Ingenieros de Materiales, Ingenieros Industriales, Ingenieros Mecánicos, T.S.U
en Comercio Exterior, T.S.U en Mercadotecnia, Comunicadores Sociales,
Especialistas en Estudios Jurídicos, etc.
Igualmente: si desea publicar su oferta laboral en la
“Cartera de trabajo de AVIPLA”, por favor, envíe su
síntesis curricular al correo:
comunicaciones@avipla.org. Estaremos gustosos de
referirle, a nuestros Afiliados.
Le invitamos a hacer clic en el siguiente link, para que
descargue los CV de algunos profesionales:
https://www.dropbox.com/sh/fniosjts6yd5bih/-
w0GFblDbI
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1 DE 2
De: ALIPLAST
Recibido el: jueves, 16 de enero de 2014 02:36 p.m.
Asunto: ALIPLAST - 3º CONGRESO DE LA INDUSTRIA PLÁSTICA DE LAS AMÉRICA y 1er. CONGRESO
IBEROAMERICANO
Buenos Aires, 16 de Enero de 2014.
A los Sres. Presidentes de las ENTIDADES ADHERIDAS A ALIPLAST
Pte.
Estimados Colegas: Conforme a lo aprobado en la Reunión Plenaria de la Junta Directiva de ALIPLAST, llevada a
cabo en México D.F. el pasado 13 de marzo de 2013 con relación al 3er. Congreso de la Industria Plásticas de las
Américas y 1er. Congreso Iberoamericano de la Industria Plástica, llevamos a su conocimiento que se ha
comenzado con la organización de este evento de ALIPLAST y que se desarrollara durante la edición de ARGENPLAS
2014. Al respecto, llevamos a su conocimiento los avances de la organización:
1. CRONOGRAMA Y DESARROLLO DEL CONGRESO
Se adjuntan los Objetivos y el Cronograma del Congreso. Con relación a éste último, como se podrá apreciar el
Congreso constará de 5 Sesiones Plenarias durante los dos días de duración.
En la Sesión Plenaria 1 se prevé que en dos paneles, los Presidentes o Representantes de las Entidades Adheridas a
ALIPLAST que concurran efectuen una presentación sobre la situación y evolución de la industria plástica en cada
país. Cuando se tenga la confirmación de quienes concurrirán se procederá al armado de los paneles y los tiempos de
exposición de cada uno.
Se ha previsto la posibilidad de otorgar a cada Entidad Adherida un PASAJE IDA y VUELTA a Buenos Aires, a
ser utilizado por el Presidente o Representante para poder concurrir al Congreso.
En la Sesión Plenaria 2 se procurará que dos expositores puedan brindar una presentación sobre los últimos avances
en el desarrollo de materias primas para la industria plástica.
En la Sesión Plenaria 3 se prevé que dos expositores efectúen una presentación sobre los últimos avances en
tecnología en la industria plástica (procesos, máquinas, equipos, etc).
Por último, las Sesiónes Plenarias 4 y 5 estarán dedicadas a la Sustentabilidad de la Industria Plástica en donde
se procurará conocer las acciones a nivel internacional y a nivel latinoamericano que desarrolla la industria plástica en
soluciones para un mundo sustentable.
Una vez que se tengan confirmados los oradores de cada panel, iremos informando de sus curriculum.
2. SPONSOREO DEL CONGRESO
Hasta la fecha se ha obtenido el apoyo de significativas empresas de la industria como Sponsors del Congreso, tales
como DOW ARGENTINA, BRASKEM, SOLVAY INDUPA, PETROQUIMICA CUYO y el Banco ICBC como Sponsors
Diamond y CONARSA como Sponsor Platinum.
En un envío por separado les estamos remitiendo la propuesta para la obtención de más Sponsors, que
agradeceríamos consideraran las Entidades Adheridas para procurar en vuestros países el apoyo de empresas.
Cabe señalar que a cada Entidad Adherida que obtenga la concreción de un sponsoreo se le otorgará una comisión
del 10% sobre el valor del Sponsoreo que obtenga.
3. ASISTENTES AL CONGRESO – MATRICULA DE INSCRIPCIÓN.
Se ha establecido como Matrícula de Inscripción para los participantes que deseen asistir un valor de US$ 150.=
(antes del 31/05/14) y de US$ 200.= (después del 31/05/14).
Cabe señalar que se ha previsto 2 matrículas sin cargo para cada Entidad Adherida a ALIPLAST. Oportunamente se
enviará un Folleto y el Formulario de Inscripción a cada Entidad Adherida para su difusión.
DR. OSCAR E. SÁNCHEZ
Secretario Ejecutivo
ALIPLAST – Asociación Latinoamericana de la Industria Plástica
Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con
su difusión, para interés del Sector Plástico
2 DE 2
Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con
su difusión, para interés del Sector Plástico
Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con
su difusión, para interés del Sector Plástico
Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con
su difusión, para interés del Sector Plástico
De: monopolimca@hotmail.com
Asunto: el reciclaje de plásticos
Recibido el: viernes, 24 de enero de 2014 17:03
Estimados Señores.
La presente tiene como finalidad informarles que mi
actividad económica es la de reciclaje de plásticos;
por lo tanto estoy interesado en comprar los desechos
plásticos que generan sus asociados.
En cumplimiento a la Ley de Ambiente, evitando que
los desechos plásticos vayan a para a los botes de
basura.
Atentamente.
Ángel Alfonzo.
Celular: 0414/140/71/15
Cantv: (0212) 830/40/09

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Notiplastic Enero 2014

  • 1. Coordinación de Comunicaciones ENERO 2014 No. 62 J-00126013-7
  • 2. NUEVOS AFILIADOS 1. PLASTIFARMA C.A 2. UNITECA DE VENEZUELA C.A 3. PLASTIMET DE VENEZUELA C.A 4. INDUSTRIA DERIVADOS DEL PLÁSTICO “INDEPLAS”, C.A 5. LAMINADOS PLÁSTICOS LARA, S.A. 6. GENPACK, C.A
  • 3. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 1 Recibido el: viernes, 10 de enero de 2014 9:17 Asunto: AVANCE EN MATERIA CAMBIARIA N° 1 ( EN GACETA TEXTO DE FIEL CUMPLIMIENTO QUE IMPORTADORES DEBERÁN CONSIGNAR ANTE EL ESTADO PARA MANTENER SUS OPERACIONES Como parte de las nuevas medidas del Gobierno sobre las importaciones, en gaceta oficial N°40.327, de fecha 6 de enero, aparece el texto oficialmente aprobado, de un modelo de fiel cumplimiento, que los importadores tendrán que rellenar y presentar, cada vez que soliciten una AAD o un código de reembolso al BCV (véase la página 2 del documento que se adjunta). No existe todavía el reglamento ni la oportunidad en la cual dicho requisito deberá cumplirse. Debemos estar atentos. A continuación la Gaceta Oficial. 1 DE 4 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico
  • 4.
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  • 7. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 2 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico Recibido el: viernes, 17 de enero de 2014 16:39 Asunto: Modificación de la Ley de Timbre Fiscal Buenas tardes: En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.335 de fecha 16 de Enero de 2014, se publicó una modificación de la Ley de Timbre Fiscal. La referida normativa reforma el artículo 7, el cual quedó redactado de la siguiente manera: Artículo 7: Por los actos o documentos que se enumeran a continuación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de esta Ley, se pagarán en efectivo directamente por ante las Oficinas Receptoras de Fondos Nacionales, las siguientes tasas 1) Expedición y renovación en el país de pasaporte ordinario a ciudadanos venezolanos y ciudadanas venezolanas y de emergencia a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras: siete Unidades Tributarias (7 U.T.) 2) Autorización de visas en el exterior a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras: seis Unidades Tributarias (6 U.T.) 3) Expedición, renovación, prórroga y cambio de visa en el país a transeúntes: seis Unidades Tributarias (6 U.T.) 4) Expedición, renovación, prórroga y cambio de visa en el país a residentes: ocho Unidades Tributarias (8 U.T.) 5) Declaratoria de Naturalización y de las relativas a manifestaciones de voluntad en los casos regulados por la Ley1 de Nacionalidad y Ciudadanía: dieciocho Unidades Tributarias (18 U.T.). 6) Expedición a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras de la constancia de fecha de ingreso y permanencia dentro del territorio de la República: tres Unidades Tributarias (3 U.T.). 7) Expedición de tarjetas de permanencia, credenciales o licencias otorgadas por organismos oficiales para cualquier actividad regulada por ellos, distintas a las expresamente previstas por otros artículos de esta Ley: tres Unidades Tributarias (3 U.T.). 8) Tramitación de orden de cedulación para extranjeros y extranjeras: cuatro Unidades Tributarias (4 U.T.) 9) Tramitación de datos filiatorios a ciudadanos venezolanos y ciudadanas venezolanas: una Unidad Tributaria (1 U.T.) 10) Tramitación de datos filiatorios a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras: cuatro Unidades Tributarias (4 U.T.) 11) Expedición de movimiento migratorio a ciudadanos extranjeros y ciudadanas extranjeras: cuatro Unidades Tributarias (4 U.T.). 12) Expedición de movimiento migratorio a ciudadanos venezolanos y ciudadanas venezolanas: una Unidad Tributaria (1 U. T.) 13) Certificación de libros de control de extranjeros y extranjeras en hoteles: cinco Unidades Tributarias (5 U. T.) 14) Habilitación portuaria migratoria: ocho Unidades Tributarias (8 U.T.) 15) Expedición de tarjetas de tripulante terrestre: tres Unidades Tributarias (3 U.T.). La disposición establecida en el numeral 2 de este artículo, se aplicará sin perjuicio a lo establecido en la ley que regula la materia del servicio consular. Estarán exentos del pago por los actos y documentos establecidos en este artículo, la mujer a partir de los cincuenta y cinco años de edad, el hombre a partir de los sesenta años de edad, así como los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo a lo establecido en la ley que regula la materia.
  • 8. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 3 De: Asistencia Tecnica [mailto:asistenciatecnica@avipla.org] Enviado el: miércoles, 22 de enero de 2014 11:42 a.m. Asunto: GACETA OFICIAL Nº 40.337 - DECRETO Nº 694. EXONERACIÓN DE IVA Estimados afiliados, Mediante Gaceta Oficial Nº 40.337, Decreto N° 694, de fecha 20 de Enero, se exonera del pago del impuesto al Valor Agregado, y se aplicará la alícuota del 2% ó 0% ad valorem, según corresponda, a las importaciones definitivas de bienes muebles de capital» bienes de informática y telecomunicaciones, sus partes, piezas y accesorios. Les enviamos un cuadro donde se encuentran los códigos arancelarios vinculados al Sector Plástico, apreciamos su apoyo para validar y completar este listado, con los códigos arancelarios que ustedes manejan habitualmente. Agradeciendo la atención prestada. Saludos cordiales, Atentamente, Ing. Beatriz Gallo P. Asistencia Técnica. AVIPLA 1 DE 2
  • 10. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 4 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico Recibido el: jueves, 23 de enero de 2014 9:27 Asunto: AVANCE EN MATERIA CAMBIARIA N° 3( GOBIERNO ANUNCIA CAMBIOS EN SISTEMA CAMBIARIO) Ramírez anunció lineamientos de Nuevo Plan General de Divisas y Sistema Cambiario Miércoles, 22 de enero de 2014, con información de finanzas digital.com El vicepresidente para el Área Económica y Ministro de Energía y Petróleo Rafael Ramírez, anunció este miércoles, la creación de un nuevo plan general de divisas. “El 96% de las divisas que ingresan al país provienen de la renta petrolera y deben ser administradas de la mejor manera” señaló Ramírez. Afirmó que se mantendrá la política de dólar preferencial Bs 6,30, fortaleciendo además ,sistemas complementarios como el Sicad, con la creación un sistema de bandas mediante la modificación de la Ley de Ilícitos Cambiarios. Aseguró que es preferible subsidiar en bolívares que en dólares a los sectores donde existen ventajas competitivas. Indicó que Sicad seguirá siendo un sistema para colocar divisas por conceptos ya autorizados y con la modificación de la Ley de Ilícitos Cambiarios, el sector privado podrá ofrecer divisas mediante este mecanismo. “Sectores privados que obtengan dólares de manera lícita podrán ofertarlos por el Sicad”, agregó. Señaló que se diseñaron escenarios de acuerdo a la producción y precio del petróleo, para satisfacer las necesidades de los sectores público y privado y se calculó un monto total que supera los 42 mil millones de dólares para los requerimientos de la economía en 2014. Reiteró que los conceptos de tarjetas de crédito y viajes, estudios en el exterior y líneas aéreas en los que se ha dado un uso no adecuado de las divisas a Bs 6,30 a través de mafias internacionales. En el caso de las tarjetas de crédito, destacó que se pasó de 885 millones de dólares en 2005 a 5175 millones de dólares en 2013. “O le damos los dólares a los raspa cupos y viajeros o traemos medicamentos y alimentos”, sostuvo. Señaló que rubros como: viajeros, líneas aéreas y remesas familiares irán por tasa Sicad. Estudiantes en el extranjero, pensiones y casos de salud continuarán disfrutando de la tasa preferencial. Asimismo informó que el Centro Nacional de Comercio Exterior emitirá en las próximas horas las Providencias (¿¿??) necesarias de lo anunciado este miércoles.
  • 11. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 5 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 1 DE 5
  • 12. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 5 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 2 DE 5 Recibido el: jueves, 30 de enero de 2014 15:24 Asunto: Ley de Precios Justos Buenas tardes: En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.340, del día 23 de enero de 2014, fue publicado el Decreto N° 600, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos. Esta Ley tiene por objeto la determinación de precios justos de bienes y servicios, mediante el análisis de las estructuras de costos, la fijación del porcentaje máximo de ganancia y la fiscalización efectiva de la actividad económica y comercial, a fin de proteger los ingresos de todas los ciudadanos y muy especialmente el salarios de los trabajadores, el acceso de las personas a los bienes y servicios para la satisfacción de sus necesidades; establecer los ilícitos administrativos, sus procedimientos y sanciones, los delitos económicos, su penalización y el resarcimiento de los daños sufridos, para la consolidación del orden económico socialista productivo (artículo 1). Quedan sujetos a la aplicación de la presenta Ley, las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras que desarrollen actividades económicas en Venezuela, incluidas las que realizan a través de medios electrónicos. Se exceptúan de la aplicación de la Ley aquellas personas que por la naturaleza propia de la actividad que ejerzan se rijan por normativa legal especial. En materia de Divisas, esta Ley indica que las que sean asignadas por el régimen de administración de divisas, serán estrictamente supervisadas y controladas a fin de garantizar que se cumpla el objeto y uso para el cual fueron solicitadas y otorgadas. A quien se le otorgue divisas para cualquier actividad económica señalada en la presente Ley deberá suscribir un contrato de fiel cumplimiento, que contendrá la obligación de cumplir estrictamente con el objeto y el uso para el cual fueron solicitadas. En tal sentido, los bienes adquiridos o producidos con divisas otorgadas por la República, deberán ser identificados mediante etiqueta, que permita informar al consumidor sobre la procedencia de las divisas. En cuanto a la declaratoria de utilidad pública, todos los bienes y servicios requeridos para desarrollar las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes y servicios son de utilidad pública, por lo cual, el Ejecutivo Nacional puede iniciar el procedimiento expropiatorio cuando se hayan cometido ilícitos económicos y administrativos. El Estado podrá adoptar medida de ocupación temporal e incautación de bienes mientras dure el procedimiento administrativo, la cual se materializará mediante la posesión inmediata, puesta en operatividad, administración y el aprovechamiento del establecimiento, local, bienes, instalaciones, transporte, distribución y servicios por parte del órgano o ente del Ejecutivo Nacional, a objeto de garantizar la disposición de dichos bienes y servicios por parte de la colectividad. En caso de expropiación, se podrá compensar y disminuir del monto de la indemnización lo correspondiente a multas, sanciones y daños causados.
  • 13. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 5 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 3 DE 5 La Ley en referencia crea la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), adscrita a la Vicepresidencia Económica de Gobierno. Entre sus funciones están: -Ejercer la rectoría, supervisión y fiscalización en materia de estudio, análisis, control y regulación de costos y determinación de márgenes de ganancias y precios. -Diseñar, implementar y evaluar los mecanismos de aplicación, control y seguimiento para el estudio de costos y determinación de márgenes de ganancias razonables para fijar precios justos, así como la supervisión, control y aplicación de la presente ley. -Fijar los precios máximos de la cadena de producción o importación, distribución y consumo, de acuerdo a su importancia económica y su carácter estratégico. -Proveer al Ejecutivo Nacional de la información y recomendaciones para diseño e implementación de políticas dirigidas a la regulación de precios. -Ejecutar los procedimientos de supervisión, control, verificación, inspección y fiscalización. -Emitir los certificados de precios justos. -Elaborar, mantener y actualizar el Registro Único de personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades económicas y comerciales en el país. -Fijar las condiciones generales de la oferta, promociones y publicidad de bienes y servicios. -Establecer los criterios para fijar los cánones de arrendamiento justos de locales comerciales. Por su parte, la SUNDDE tendrá un Registro único de personas de desarrollan actividades económicas (RUPDAE), el cual es de carácter público y accesible a todos los particulares, pudiendo establecer subcategorías dentro de dicho registro (artículo 21). En tal sentido, los sujetos de aplicación de esta Ley deberán inscribirse y mantener sus datos actualizados en el RUPDAE. La inscripción es un requisito indispensable, a los fines de poder realizar actividades económicas y comerciales en el país. Una vez que haya entrado en funcionamiento el RUPDAE, las personas naturales y jurídicas sujetos de aplicación de la LOPJ tendrán un lapso de 180 días para inscribirse. De igual manera, en este cuerpo normativo se crea la Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos, la cual se encargará de lo siguiente: Estudio, análisis, control, regulación y seguimiento de las estructuras de costos. La determinación de precios justos en cualquiera de los eslabones de las cadenas de producción o importación, distribución y consumo desarrolladas y aplicadas en el Territorio Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. La fijación de los márgenes máximos de los cánones de arrendamientos de los locales comerciales. La determinación de las ganancias máximas de los sujetos objeto de aplicación de esta Ley. La determinación, modificación y control de precios es competencia de la SUNDDE, en los términos previstos en la Ley de Precios Justos. En tal sentido, esta Superintendencia establecerá la categorización de bienes y servicios, o de sujetos, atendiendo a los criterios técnicos que estime convenientes, pudiendo establecer distintos regímenes para bienes y servicios regulados, controlados o no, en función del carácter estratégico de los mismos, y en beneficio y protección de las personas que accedan a éstos. La SUNDDE podrá disponer de distintos regímenes de regulación, requisitos, condiciones, deberes o mecanismos de control, en función de las características propias de los bienes o servicios, del sector que los produce o comercializa, o a los que accedan las personas.
  • 14. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 5 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 4 DE 5 Asimismo, la SUNDEE, podrá establecer lineamientos para la planificación y determinación de los parámetros de referencia utilizados para fijar precios justos. Dichos lineamientos pueden tener carácter general, sectorial, particular o ser categorizados según las condiciones vinculantes o similares entre grupos de sujetos. Los lineamientos establecidos surtirán efectos sobre el cálculo del precio justo de los bienes y servicios a los cuales se refieren, así como la desagregación de los respectivos costos o componentes del. De igual manera, la SUNDEE podrá, sobre la base de la información aportada por los sujetos de esta Ley proceder a determinar el precio justo del bien o servicio, o efectuar su modificación en caso de ser necesario, de oficio o a solicitud del interesado. En ese orden, esta Superintendencia podrá establecer la obligación o criterios, para que los sujetos de regulación coloquen en sus listas de precios o en el marcaje de los productos una leyenda indicando que los precios que han sido registrados, determinados o modificados de conformidad con las disposiciones contenidas en esta norma Sobre el Margen Máximo de Ganancia, el mismo será establecido anualmente por la SUNDDE y, en ningún caso, podrá exceder los 30 puntos porcentuales (30%) de la estructura de costos del bien o servicio de cada actor de la cadena de comercialización. La SUNDDE podrá determinar márgenes máximos de ganancia por sector, rubro, espacio geográfico, canal de comercialización, actividad económica o cualquier otro concepto que considere, sin que estos superen los máximos establecidos en la ley. En el caso de las industrias nacientes o para fortalecer alguna industria existente, se podrá revisar y modificar el margen de ganancia, considerando las recomendaciones de la SUNDDE. La falta de fijación expresa del margen máximo de ganancia dictado por la SUNDEE, no implicará el incumplimiento, omisión o flexibilización de los precios previamente establecidos por el Ejecutivo Nacional, a los productos fabricados, obtenidos o comercializados por los sujetos de aplicación de la LOPJ. La Ley penaliza el incumplimiento de esta obligación con prisión entre 08 y 10 años. Igualmente, serán sancionados con la ocupación temporal del local, hasta por 180 días, más multa de 1.000 U.T a 50.000 U.T. A los fines de gestionar la adquisición de divisas ante el órgano competente y cualquier otro trámite que establezca el Gobierno, los sujetos deberán demostrar ante la SUNDDE el cumplimiento de los criterios de precios justos establecidos en la ley. En cuanto a las Sanciones, las mismas son clasificadas en la Ley de la siguiente manera: -Multa, calculada en unidades tributarias. -Suspensión temporal en el Registro Único de Personas que desarrollan actividades económicas -Ocupación temporal con intervención de almacenes, depósitos, industrias, comercios, transporte de bienes, hasta por 180 días. -Cierre temporal de almacenes, depósitos o establecimientos dedicados al comercio, conservación, almacenamiento, producción o procesamiento de bienes hasta por 180 días. -Clausura de almacenes, depósitos y establecimientos dedicados al comercio, conservación, almacenamiento, producción o producción o procesamiento de bienes. -Confiscación de bienes, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. -Revocatoria de licencias, premisos o autorizaciones y, de manera especial, los relacionados con el acceso a las divisas.
  • 15. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 5 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 5 DE 5 Asimismo, se establece pena de prisión para los casos de (i)especulación, (ii)acaparamiento, (iii) boicot, (iv) importación de bienes nocivos para la salud, (v) alteración fraudulenta en la calidad de los bienes o servicios, (vi) usura, y (vii) condicionamiento de la venta de bienes o servicios Dentro de las Disposiciones Transitorias tenemos que: a) Se eliminó la Superintendencia de Costos y Precios Justos (SUNDECOP). b) Se eliminó el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS). c) La SUNDEE empezará sus operaciones inmediatamente con la entrada de vigencia de esta Ley. d) El Ejecutivo Nacional reglamentará esta Ley, dentro de los 180 días siguientes contados a partir de su vigencia. e) Los precios justos alcanzados con motivo de la ofensiva económica desplegada por el Presidente, mantendrán su vigencia hasta que la SUNDEE determine el precio conforme a las normas previstas en esta Ley. h) Los cánones de arrendamiento justos serán establecidos mediante Decreto, atendiendo las recomendaciones de la SUNDEE hasta que ésta establezca los criterios para su fijación. Por último, se derogó la Ley de Costos y Precios Justos y la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Igualmente, desde AVIPLA le invitamos a hacer clic sobre el siguiente link, para descargar otro de los materiales que tuvimos la oportunidad de recibir, en cuanto a este tema (memorándum/resumen sobre la: “NUEVA LEY ORGÁNICA DE PRECIOS JUSTOS, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL NRO. 40.340, DE FECHA 23 DE ENERO DE 2014, EN CIRCULACIÓN DESDE EL 24 DE ENERO DE 2014”). El mismo fue elaborado por el Centro de Estudios y Análisis de Políticas Públicas y Regulatorias (CEAPRE) Consulting Group, y recomendamos por su excelente contenido: https://www.dropbox.com/s/eynizbkct0g7tj4/MEMORANDO- INFORMATIVO-CEAPRE-LEY-ORGANICA-DE-PRECIOS-JUSTOS.pdf
  • 16. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 6 1 DE 5 De: María del Carmen Mirás [mailto:dejecutiva@avipla.org] Enviado el: Martes, 06 de Agosto de 2013 02:00 p.m. Para: 'afiliados-avipla@googlegroups.com' Asunto: CONSULTA SOBRE PROCESO PRODUCTIVO- DELEGACION VIAJE A ITALIA Estimados Afiliados, buenas tardes y gusto en saludarles . En esta oportunidad les transmito una información de ASSOCOMAPLAST – Asociación Italiana de Fabricantes de Maquinaria y Moldes para el procesamiento de Plásticos y Cauchos, quienes conjuntamente con el Departamento para la Promoción de Intercambios Comerciales de la Embajada de Italia, gentilmente han ofrecido a los Miembros de AVIPLA, la posibilidad de optar por un viaje a Italia, para visitar Plantas Fabricantes de Maquinaria. Esta actividad está pautada para la primera quincena del mes de febrero del 2014, y para tal fin se conformaría una Delegación de cinco (5) Industriales Venezolanos, que viajarían a Italia de manera “gratuita”, ya que, la dinámica ofrecida, contempla cubrir los gastos de pasaje aéreo, hospedaje, comidas, traslados y visitas guiadas a las Plantas. A tales efectos, de la Embajada de Italia, nos han encomendado seleccionar el proceso de mayor interés, para direccionar en ese sentido la dinámica ofrecida por Assocomaplast, por ejemplo: Extrusión de película, Inyección, Extrusión de perfiles, Soplado, Termoformado, Rotomoldeo, etc. En este sentido, solicitamos su amable colaboración, para que por favor nos ayuden a seleccionar la opción de mayor aceptación, que definiremos en función a sus respuestas. Posterior a la selección del proceso de mayor interés, las premisas para conformar la Delegación de Industriales Venezolanos, serían en líneas generales: •Recepción en AVIPLA de la Ficha Técnica, diseñada por la Embajada de Italia y ASSOCOMAPLAST •Envío de Ficha Técnica desde AVIPLA hacia los Afiliados, que operen bajo el proceso seleccionado y que deseen postularse
  • 17. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 5 2 DE 5 •Recepción en AVIPLA de las Fichas de los postulados y envío a la Embajada de Italia •Envío de la Ficha Técnica a ASSOCOMAPLAST, por parte de la Embajada de Italia •Evaluación de las Fichas Técnicas de los postulados y selección de la Delegación de cinco Empresarios, por parte de ASSOCOMAPLAST •Notificación a los Empresarios seleccionados por ASSOCOMAPLAST Agradecida de su gentil atención, esperamos contar con su respuesta, a más tardar este viernes 9 de agosto del año en curso. Saludos cordiales Ing. María del Carmen Mirás Directora Ejecutiva ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Para: afiliados-avipla@googlegroups.com En nombre de María del Carmen Mirás Enviado el: martes, 27 de agosto de 2013 02:33 p.m. Asunto: RV: CONSULTA SOBRE PROCESO PRODUCTIVO- DELEGACION VIAJE A ITALIA Estimados, buenas tardes y gusto en saludarles. En concordancia con lo expuesto en el correo del 06 de agosto, el proceso de mayor aceptación en la consulta realizada es EXTRUSIÓN DE PELÍCULAS (36%), seguido por INYECCIÓN (22%) - EXTRUSIÓN DE PERFILES (14%) – TERMOFORMADO (14%) - EXTRUSIÓN SOPLADO (7%) – ROTOMOLDEO (7%). Por tal motivo, y a los fines de optar por el ofrecimiento de ASSOCOMAPLAST, se requiere que los interesados en postularse, completen los datos solicitados en la planilla anexa, información que será remitida a la oficina Comercial de la Embajada de Italia. Fecha límite para envío de la planilla, 2 de septiembre del 2013. Así mismo, en la Embajada de Italia, desean conocer si las personas que se postulan, tienen previsto asistir a la Feria K- Alemania. Agradeciendo su gentil atención a lo expuesto, les saluda cordialmente. Ing. María del Carmen Mirás Directora Ejecutiva
  • 18. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 5 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 3 DE 5 De: ICE Caracas Recibido el: miércoles, 29 de enero de 2014 12:49 Asunto: Programa actualizado de la Misión a Italia - Assocomaplast Caracas, 29-01-2014 Prot. P1482014000 Rif. Stefano Cantatore Estimados Sres. Reciban un cordial saludo de nuestro Instituto. Anexamos a la presente, programa actualizado de la misión a Italia de operadores venezolanos del sector plástico. Por favor confirmar por la misma vía el acuse de recibido. Atentamente. Stefano Cantatore Oficina de Caracas Edificio Atrium P.H. Calle Sorocaima entre Avds. Tamanaco y Venezuela El Rosal - Caracas 1060 T + 58 212 9520396 F + 58 212 9514820 caracas@ice.it www.italtrade.com/countries/americas/venezuela -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
  • 19. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 5 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 4 DE 5
  • 20. INFORMACIÓN DESTACADA DEL MES 5 Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 5 DE 5
  • 21. TRABAJANDO JUNTOS POR EL SECTOR ESTIMADOS AFILIADOS:
  • 22. ESPAÑA 20 % de descuento para las empresas afiliadas a Información http://www.biopolymersmeeting.com/ Para inscribirse http://www.biopolymersmeeting.com/inscripcion/ Programa http://www.biopolymersmeeting.com/programa/ El evento comenzará con una sesión introductoria sobre biomateriales y desarrollo sostenible, en la que contará con la participación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la asociación europea European Bioplastics. En los bloques posteriores se expondrán las novedades y tendencias emergentes en plásticos de origen natural y/o biodegradables. Asimismo, se abordarán aspectos novedosos relacionados con el desarrollo de bioplásticos reforzados con fibras naturales. En el siguiente bloque, se darán a conocer casos de éxito en la producción de bioplásticos y biocomposites. Para ello el seminario cuenta con la participación de grandes firmas como Nestlé y Faurecia. De la mano de los ponentes de este tercer bloque se expondrá la aplicación de estos innovadores materiales en sectores industriales como el de envase y embalaje y automoción. Por último, los expertos participantes en el Seminario abordarán las distintas opciones sostenibles de fin de vida de estos materiales, desde su separación hasta la valorización industrial.
  • 23.
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  • 28. Coordinación de Asistencia Técnica Mes de ENERO de 2014 En el mes de enero, AVIPLA atendió (46) consultas relacionadas al Sector del Plástico. (1) empresarial, (41) particulares, (2) de estudiantes/universidades y (2) de Organismos; a través de la Coordinación de Asistencia Técnica, en colaboración con Secretaría. (3) consulta internacionales y (43) nacionales; de las cuales (3) fueron sobre estadísticas, (40) sobre productos, (1) maquinaria y (2) sobre temas generales. Es importante recordar que estas cifras, no contemplan los requerimientos y solicitudes que atiende, directamente la Dirección Ejecutiva y/o La Junta Directiva de la Asociación. asistenciatecnica@avipla.org Ing. Beatriz Gallo www.avipla.org (0212) 256.3345 /41.92/16.32/ Fax. (0212) 256.2867 CONSULTAS
  • 29. Ingenieros de Materiales, Ingenieros Industriales, Ingenieros Mecánicos, T.S.U en Comercio Exterior, T.S.U en Mercadotecnia, Comunicadores Sociales, Especialistas en Estudios Jurídicos, etc. Igualmente: si desea publicar su oferta laboral en la “Cartera de trabajo de AVIPLA”, por favor, envíe su síntesis curricular al correo: comunicaciones@avipla.org. Estaremos gustosos de referirle, a nuestros Afiliados. Le invitamos a hacer clic en el siguiente link, para que descargue los CV de algunos profesionales: https://www.dropbox.com/sh/fniosjts6yd5bih/- w0GFblDbI
  • 30. A QUIEN PUEDA INTERESAR … Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico
  • 31. Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 1 DE 2 De: ALIPLAST Recibido el: jueves, 16 de enero de 2014 02:36 p.m. Asunto: ALIPLAST - 3º CONGRESO DE LA INDUSTRIA PLÁSTICA DE LAS AMÉRICA y 1er. CONGRESO IBEROAMERICANO Buenos Aires, 16 de Enero de 2014. A los Sres. Presidentes de las ENTIDADES ADHERIDAS A ALIPLAST Pte. Estimados Colegas: Conforme a lo aprobado en la Reunión Plenaria de la Junta Directiva de ALIPLAST, llevada a cabo en México D.F. el pasado 13 de marzo de 2013 con relación al 3er. Congreso de la Industria Plásticas de las Américas y 1er. Congreso Iberoamericano de la Industria Plástica, llevamos a su conocimiento que se ha comenzado con la organización de este evento de ALIPLAST y que se desarrollara durante la edición de ARGENPLAS 2014. Al respecto, llevamos a su conocimiento los avances de la organización: 1. CRONOGRAMA Y DESARROLLO DEL CONGRESO Se adjuntan los Objetivos y el Cronograma del Congreso. Con relación a éste último, como se podrá apreciar el Congreso constará de 5 Sesiones Plenarias durante los dos días de duración. En la Sesión Plenaria 1 se prevé que en dos paneles, los Presidentes o Representantes de las Entidades Adheridas a ALIPLAST que concurran efectuen una presentación sobre la situación y evolución de la industria plástica en cada país. Cuando se tenga la confirmación de quienes concurrirán se procederá al armado de los paneles y los tiempos de exposición de cada uno. Se ha previsto la posibilidad de otorgar a cada Entidad Adherida un PASAJE IDA y VUELTA a Buenos Aires, a ser utilizado por el Presidente o Representante para poder concurrir al Congreso. En la Sesión Plenaria 2 se procurará que dos expositores puedan brindar una presentación sobre los últimos avances en el desarrollo de materias primas para la industria plástica. En la Sesión Plenaria 3 se prevé que dos expositores efectúen una presentación sobre los últimos avances en tecnología en la industria plástica (procesos, máquinas, equipos, etc). Por último, las Sesiónes Plenarias 4 y 5 estarán dedicadas a la Sustentabilidad de la Industria Plástica en donde se procurará conocer las acciones a nivel internacional y a nivel latinoamericano que desarrolla la industria plástica en soluciones para un mundo sustentable. Una vez que se tengan confirmados los oradores de cada panel, iremos informando de sus curriculum. 2. SPONSOREO DEL CONGRESO Hasta la fecha se ha obtenido el apoyo de significativas empresas de la industria como Sponsors del Congreso, tales como DOW ARGENTINA, BRASKEM, SOLVAY INDUPA, PETROQUIMICA CUYO y el Banco ICBC como Sponsors Diamond y CONARSA como Sponsor Platinum. En un envío por separado les estamos remitiendo la propuesta para la obtención de más Sponsors, que agradeceríamos consideraran las Entidades Adheridas para procurar en vuestros países el apoyo de empresas. Cabe señalar que a cada Entidad Adherida que obtenga la concreción de un sponsoreo se le otorgará una comisión del 10% sobre el valor del Sponsoreo que obtenga. 3. ASISTENTES AL CONGRESO – MATRICULA DE INSCRIPCIÓN. Se ha establecido como Matrícula de Inscripción para los participantes que deseen asistir un valor de US$ 150.= (antes del 31/05/14) y de US$ 200.= (después del 31/05/14). Cabe señalar que se ha previsto 2 matrículas sin cargo para cada Entidad Adherida a ALIPLAST. Oportunamente se enviará un Folleto y el Formulario de Inscripción a cada Entidad Adherida para su difusión. DR. OSCAR E. SÁNCHEZ Secretario Ejecutivo ALIPLAST – Asociación Latinoamericana de la Industria Plástica
  • 32. Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico 2 DE 2
  • 33. Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico
  • 34. Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico
  • 35. Correo electrónico recibido por AVIPLA. Exclusivamente cumplimos con su difusión, para interés del Sector Plástico De: monopolimca@hotmail.com Asunto: el reciclaje de plásticos Recibido el: viernes, 24 de enero de 2014 17:03 Estimados Señores. La presente tiene como finalidad informarles que mi actividad económica es la de reciclaje de plásticos; por lo tanto estoy interesado en comprar los desechos plásticos que generan sus asociados. En cumplimiento a la Ley de Ambiente, evitando que los desechos plásticos vayan a para a los botes de basura. Atentamente. Ángel Alfonzo. Celular: 0414/140/71/15 Cantv: (0212) 830/40/09