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Educación Cívica 
EL DERECHO- LA LEY Y LA MORAL 
EL DERECHO.- Entre las diversas acepciones que puede alcanzar esta palabra, la 
más cercana a nuestros intereses es aquella que equivale a potestad o prerrogativa 
de una persona, que le permite exigir de otras, prestaciones o abstenciones o el 
respeto de una situación. Así podemos decir que es facultad de toda persona de 
actuar y manifestarse de la manera que vea por conveniente, sin ofender al derecho 
de los demás así de esta manera vemos que nace también el deber. 
LA LEY.- Es la norma jurídica por excelencia que regula las relaciones de las 
personas en sus diferentes manifestaciones sociales, políticas y económico, etc. 
Para su validez necesita ser dictada por la autoridad competente, que mande o 
prohiba algo, que tenga sentido i alcance general y finalmente que sea obligatoria. 
LA MORAL.-Se dice que es la ciencia que trata del bien en general, en el orden a su 
bondad o malicia, la moral corresponde al mundo de la conciencia al fuero interno o al 
respeto humano y que bajo ciertas circunstancias tiene trascendencia en el ámbito 
jurídico social. 
RELACIONES ENTRE DERECHO Y MORAL 
1.-El Derecho es Social es decir pertenece al mundo externo de la persona. 
La Moral pertenece al mundo interno de la persona. 
2.- El Derecho en su aspecto objetivo es escrito. 
La Moral no es escrita en ningún sentido. 
3.- El Derecho es coercible o se hace exigible entre los habitantes de una sociedad. 
4.- La Moral es incoercible , la única reprensión es la personal. 
5.- Finalmente diremos que el Derecho tiene como fuente principal para su creación 
a la Moral. 
CARACTERES DE LA LEY.- Siendo aquella que regula las relaciones de los hombres 
tiene características muy particulares que le dan tal importancia en una sociedad. 
LA GENERALIDAD.- porque cuando se emite una ley, esta es para todos los 
habitantes de una determinada sociedad, es decir no existen leyes discriminatorias 
o preferenciales.
LA OBLIGATORIEDAD.- porque siendo para todos, todos están en la obligación de 
obedecerla, nadie puede considerarse excento o ajeno a la ley, ni siquiera suponer no 
conocerla. 
LA COERCIBILIDAD.- cuando la ley hace de la fuerza pública para su cumplimiento, 
ello en el caso que tenga que utilizar su fuerza si la ley es acatada. 
Entre otros caracteres secundarios podemos mencionar: 
- La escritoriedad. 
- La veracidad. 
- La de ser perenne. 
INICIATIVA LEGISLATIVA.- para la formulación de leyes, quien tiene iniciativa 
concretamente son los congresistas i con ellos, el presidente de la República sus 
ministros, Los representantes de los gobiernos locales(alcaldes), i 
regional(presidentes), Los miembros del Poder Judicial, del Ministerio Público, El 
defensor del pueblo, Las agrupaciones populares(Sindicatos, Grupos sociales), 
Colegios profesionales y la población agrupada en un número del 0.3% de la población 
electoral. 
LOS VALORES I VIRTUDES SOCIALES 
VALORES.- Son las aspiraciones o calificaciones que una sociedad otorga a sus 
miembros, que se convierten en prácticas cotidianas, así los valores llegan a orientar 
la conducta de los hombres frente a ellos mismos. 
VIRTUDES.- Son las capacidades o aptitudes que nacen en las personas i tienen 
implicancia social, así estas se vinculan con el comportamiento de los grupos sociales. 
Los valores sociales varían de acuerdo al lugar i la época, mientras que las 
virtudes se mantienen a través del tiempo i el espacio. 
LA HONESTIDAD.- Es una virtud que consiste en guardar un profundo respeto a las 
buenas costumbres, la confianza i la buena fé que debe primar entre los miembros 
de una sociedad, se basa en la probidad i sinceridad. 
LA MORAL PUBLICA.- Es el valor social que posee una agrupación de personas que 
consiste en la calificación de determinados actos del propio grupo social 
catalogándolos entre execrables o aceptables, de acuerdo a la idiosincrasia, cultura 
o costumbres. 
LA TOLERANCIA SOCIAL, POLITICA, RELIGIOSA E IDEOLOGICA COMO 
FUNDAMENTO DE LA DEMOCRACIA.- Es el consentimiento y respeto que se tiene 
por las personas i sus creencias o ideas políticas, religiosas e ideológicas, aún siendo 
contrarias a las nuestras. La tolerancia juega un papel importante en la convivencia 
social i con ello se convierten en el sustento esencial de la democracia; la carencia
de este valor social es la imposición, la tiranía i el autoritarismo. 
LA SOLIDARIDAD PROPIA DE LA SOCIEDAD ANDINA es el valor social que 
consiste en lo que conocemos como ayuda mutua o el aforismo conocido de “Hoy por 
ti mañana por mí” es decir la colaboración correspondida para lograr el desarrollo de 
todos los miembros de una sociedad. Tiene su origen en las antiguas comunidades 
andinas en la institución del AYNI, o el trabajo comunitario, de un Ayllu para 
satisfacción de sus propias necesidades. 
LA LIBERTAD.- Es el poder de obrar según la propia determinación o dicho de otro 
modo es la potestad de las personas para actuar de acuerdo a su libre albedrío, 
tomando en cuenta que esta libertad o esta virtud está limitada por la potestad de 
otra persona con la que convive. 
LA JUSTICIA.- Es el valor moral que consiste en un sentido amplio en dar a cada 
cual lo que le corresponde o pertenece, se dice además que la justicia es un valor 
porque se encuentra en el mundo abstracto o axiológico, constituyendo una meta a 
la cual el hombre intenta llegar, aún sabiendo que puede ser difícil. A veces es 
considerada como virtud de la persona: 
Fundamentos. La justicia básicamente se fundamenta en la igualdad y en la 
proporcionalidad de derechos y obligaciones además de representar la permanente 
aspiración del hombre de llegar al reconocimiento de este valor. 
Formas.- pueden presentarse diversas formas de conceptuar la justicia 
dependiendo del punto de vista de su análisis, así podrá conocerse la: Justicia 
Social, Justicia equitativa, justicia distributiva, justicia económica, etc. 
LOS DERECHOS HUMANOS. 
Son el conjunto de facultades inherentes a las personas solas por la condición de 
ser personas de reconocimiento universal y que se promueven por el mantenimiento 
de la paz, la justicia y la libertad desterrando todo acto de barbarie o ultraje de las 
potestades de la persona. 
EVOLUCION. A través de la historia de la humanidad el hombre ha ido 
formándose derechos y deberes que se fueron puliendo poco a poco, siendo así que 
entre los antecedentes más remotos aquellos que reconocen ciertos derechos de 
las personas podemos mencionar: 
· En 1912, La Carta de Coronación de Enrique I en Inglaterra. 
· En 1215, La Carta de Juan sin Tierra... ambos sobren derechos de propiedad 
y tenencia de tierras y con ello el reconocimiento de derechos personales. 
· En 1776 se produce un hecho importante: La independencia de los EEUU y 
en 1778 se firma la declaración de independencia de la misma, incluye en sus
artículos temas propios de Derechos Fundamentales. 
· En 1789, en Francia se produce la conocida “Revolución Francesa” que 
genera como principal, producto “La Declaración de los Derechos del Hombre y del 
Ciudadano” aprobada por la Asamblea General del 26 de Agosto de 1789, constando 
ella de 30 artículos, que describen la igualdad de los hombres, la libertad y 
fraternidad entre ellos. 
· En 1948 se emite la “Declaración Universal de los derechos Humanos” de 
jurisdicción universal, consta de 30 artículos fue emitida por la ONU. 
· En 1948 también se emite en el ámbito regional por la OEA la “Declaración 
Americana de los derechos y deberes del Hombre” de 38 artículos divididos en dos 
capítulos. 
· En 1968 se da el Pacto o Convenio de San José de Costa Rica sobre los 
derechos de Humanos (Prohibición de la pena de muerte). 
IMPORTANCIA.- Los derechos humanos garantizan el respeto a la persona y el 
pleno ejercicio de sus derechos como miembro de una comunidad, a través de la 
historia estableció que los derechos naturales es la libertad, la igualdad, la 
propiedad, la seguridad y la resistencia ala opresión. 
LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 
Es el documento proclamado por la Organización de las Naciones Unidas a través 
de la III Asamblea General mediante Resolución Nro. 217-A del 10 de diciembre de 
1948 en París, constando de un preámbulo y 30 artículos firmado mientras era 
secretario general el político y abogado Trygve Lie (Noruego). El contenido de la 
declaración se centra básicamente en: 
· Libertad e igualdad personal y compromiso de la fraternidad. 
· Total igualdad de derechos con independencia de la situación personal. 
· Derecho a la vida, libertad y seguridad personal. 
· Prohibición de la Esclavitud. 
· Prohibición de la tortura y los tratos crueles o degradantes. 
· Derecho a la personalidad jurídica. 
· Igualdad ante la Ley y la protección contra la discriminación. 
· Protección Jurídica a los derechos fundamentales reconocidos. 
· Prohibición de la detención ilegal. 
· Derecho a ser juzgado. 
· Consideración de la inocencia y respeto a la irretroactividad de leyes 
Penales. 
· Derecho a la intimidad y el honor. 
· Derecho a la libre circulación. 
· Derecho a pedir asilo. 
· Derecho a la Nacionalidad y a cambiar de ella. 
· Derecho al Matrimonio, la familia y la protección de ella.
· Derecho a la propiedad y su protección. 
· Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. 
· Derecho a la libertad de opinión y expresión. 
· Derecho a la libertad de reunión y asociación. 
· Derecho a la participación en el gobierno. 
· Derecho a la seguridad social, i satisfacción de derechos económicos, 
sociales. 
· Derecho al trabajo, i libre elección del mismo, igualdad i suficiencia del 
salario, derecho a la sindicación. 
· Derecho al descanso. 
· Derecho a un nivel de vida adecuado i a la seguridad social i la maternidad. 
· Derecho a la educación, gratuidad, libre elección de la enseñanza. 
· Derecho a participar en la vida cultural, protección de derechos de autor. 
· Derecho a la plena eficacia de los derechos fundamentales. 
· Deberes para con la comunidad, respeto a la legalidad i límites a este deber. 
· Principio de interpretación de la declaración. 
LOS DERECHOS HUMANOS Y LA CONSTITUCION 
La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aprobada por el Perú con 
motivo de la conmemoración del 135 aniversario de la Batalla de Ayacucho través del 
Poder Legislativo i a iniciativa del Dr. Alfonso Benavides Correa, por resolución 
legislativa Nº. 13282 pasando así a constituir Ley Constitucional de la República. 
La constitución Política del estado Peruano reconoce el carácter de Ley 
constitucional a la declaración i otros tratados a los cuales nos sometemos. 
LOS DERECHOS HUMANOS I LOS PRINCIPALES INSTRUMENTOS DE LA ONU 
I LA OEA 
Las Naciones Unidas en su conjunto son el órgano que promueve i busca el respeto 
de los derechos humanos i los hace respetar con las diversas sub-organizaciones 
que se encuentran en ella misma i son subsidiarias de ella. 
La O.E.A. tiene como instrumentos principales sobre los derechos humanos. 
La declaración Americana de los derechos i deberes del hombre, aprobada i 
proclamada el 31 de abril de 1948, en la IX Conferencia Interamericana de Bogotá, 
constando en 38 artículos, divididos en 2 capítulos, en derechos y deberes. Otro 
instrumento importante sobre derechos humanos es la Declaración Convención 
Americana, sobre derechos humanos de San José De Costa Rica, firmada en 
Noviembre de 1969, que es un compromiso entre estados americanos sobre el 
respeto a los derechos humanos i entre ellos a la prohibición de la aplicación de la 
pena de muerte. 
LA CONSTITUCION DEL ESTADO 
Concepto.- Es la ley fundamental de la organización de un estado, es la norma de
mayor jerarquía dentro del esquema jurídico de un estado, también es conocido 
como ley de leyes, Carta Magna. El origen de la constitución esta en la antigua 
Inglaterra, con los documentos de Enrique I, documento escrito en Latín, de 63 
artículos i 4 títulos, distribuidos en los siguientes derechos: derechos de clero; 
derechos de los poseedores feudales; derechos de la nación i los hombres libres; 
derechos de las demás clases sociales. Todo ello en 1212. 
Caracteres.- Son: 
- Alcanzar la igualdad i la justa distribución de la riqueza del Estado. 
- En el aspecto Socio-político, mantiene los principios del estado al que 
pertenece(Socialista, social demócrata, liberal) 
- En el aspecto Económico, se fundamenta en principios de una economía 
controlada, economía social de mercado o en una economía capitalista. 
Su importancia.- por que regula las relaciones de las personas de un estado, de las 
personas con sus instituciones i a nivel exterior, es decir es el ordenamiento 
político-jurídico de un estado. 
CONTENIDO DE LA CONSTITUCION DE 1933 
- Entró en vigor el 9 de Abril de 1933 i mantiene su vigencia hasta el 28 de Abril 
de 1980, promulgada por el general Luis M. Sánchez Cerro tras la caída de 
Leguía. Dura aproximadamente 47 años i su estructura esta: en 236 artículos, 
XVI títulos i 9 disposiciones transitorias, siendo los aspectos más resaltantes 
los siguientes: 
- La presencia de 4 poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral. 
- El periodo presidencial es de 6 años, prohibe la reelección inmediata. 
- El presidente una vez concluido su gobierno es senador vitalicio. 
- El congreso de la República es Bicameral(Senadores 60 i diputados 180). 
- Desde 1968 el gobierno militar acoge la constitución en parte, pero no la ejerce i 
tampoco la deroga. 
CONTENIDO DE LA CONSTITUCION DE 1993 
- Tiene un Preámbulo, quizá reducido pero tiene uno . 
- Posee 6 Títulos descritos de la siguiente manera: 
Título I.- De la persona y de la Sociedad. 
Título II.- Del Estado i la Nación. 
Título III.- Del Régimen Económico. 
Título IV.- De la Estructura el Estado. 
Título V.- De las Garantías Constitucionales. 
Título VI.- De la Reforma de la Constitución. 
- Contiene 206 artículos. 
- Culmina su contenido con 16 disposiciones Finales y transitorias. 
La Prevalencia de la constitución frente a otras normas. La constitución en sentido 
Jurídico-Positivo es aquella norma 
Superior de contenido real que da validez a las normas en al complejo normativo de
superposición jerárquica, siendo la cúspide en la pirámide Jurídica de Hans kelsen. 
Defensa del orden constitucional.-(art.46), nadie debe obediencia a un gobierno 
usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución i 
las leyes. 
La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden 
constitucional. Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas. 
Reforma Constitucional, la constitución Peruana propone dos caminos: 
- Se reforma por el voto aprobatorio de la mayoría absoluta del número legal de 
sus miembros i ratificada por Referéndum(50%+1). 
- También de reforma la constitución si se obtiene en dos legislaturas ordinarias 
sucesivas, la votación cada caso superior a los 2/3 del número legal de 
congresistas. 
Tienen iniciativa en la reforma de la Constitución, los congresistas, el presidente de 
la República, (con aprobación del consejo de ministros) ciudadanos agrupados en un 
0.03% de la población electoral. 
Clases de Constitución.- Podemos clasificarlos en: 
- Por la forma en que se generan: se dividen en consuetudinarias o de 
costumbristas con principios. 
- Por la forma como se modifica, en: Flexibles, se modifican fácilmente. Rígidas. 
- Por el momento de su aparicion: Pactadas, otorgadas, impuestas o absolutas 
liberales, importa el derecho de ciudadanos, en el Perú se han dado hasta hoy 
12 constituciones.
SOCIEDAD, ESTADO Y NACION 
Sociedad.- Es la agrupación de personas que poseen algún vinculo en particular y por 
ello buscan un fin en común, desde el punto de vista social es el conjunto de 
personas que desarrollan una convivencia en la búsqueda del desarrollo 
mancomunado. 
Nación.- Es el conjunto de personas unidas por tres vínculos necesarios i algunos 
complementarios: 
· La tradición histórica, o legado cultural de nuestros antepasados. 
· La conciencia Nacional, es la posición frente a la realidad. 
· El ideal común, aspiraciones que se desea alcanzar. 
· Otros vínculos son unidad de raza, idioma, política, religión, etc. 
Estado.- Es la nación o conjunto de personas unidas por cuatro elementos: 
· La nación. 
· La organización jurídica i política. 
· El territorio. 
· La soberanía, que es el poder i autoridad que ejerce el Estado por la nación. 
Sus relaciones.- están propiamente en la naturaleza de cada institución, es decir en 
las personas que forman la sociedad, la nación i el estado. 
La nacionalidad peruana.- es el derecho que adquiere una persona por el sólo hecho 
de haber nacido dentro del territorio patrio, sin embargo puede adquirirse de otros 
modos, así las clases de nacionalidad se pueden dar: 
· Nacionalidad de origen: 
- “IUS SOLI”, o derecho del suelo. 
· Nacionalidad adquirida: 
-“IUS SANGUINIS” o por la herencia, vía paterna o materna. 
- Adquirida propiamente dicha, con previa renuncia de la nacionalidad de origen. 
- Doble nacionalidad, en caso de países de habla hispana. 
La soberanía del Estado.- Es la facultad que tiene el estado para ejercer a nombre 
de la Nación el poder i autoridad sobre la propia nación i su territorio. Así se 
presenta la soberanía interna i la soberanía externa, haciendo respetar el espacio 
terrestre, aéreo i marino(200 millas). 
Identidad nacional, es la identificación de las personas con el país o la nación a la 
que pertenecen, comenzando por la tradición histórica, la costumbre, el patrimonio i 
las aspiraciones de la nación i Estado.
EL ESTADO PERUANO 
Art.43.- La república del Perú es democrática, social, independiente i soberana. El 
estado es uno e indivisible...además su gobierno es unitario, representativo i 
descentralizado, i se organiza según el principio de la separación de poderes. 
- Es una República desde 1923, por tener un gobierno elegido por el pueblo. 
- Es democrático, el poder emana del pueblo. 
- Es social, por que su fin primordial es la sociedad. 
- Es independiente, por que es autónomo para decidir su forma de gobierno. 
- Es soberano, por que ejerce su poder i autoridad sobre su propia nación. 
- El estado es uno e indivisible, es decir es unitario i se divide políticamente sólo 
por descentralización i mejor administración. 
Deberes del estado.- Son: 
· Defender la soberanía Nacional, externa e interna. 
· Garantizar la plena vigencia de los derechos humanos. 
· Proteger a la población de las amenazas contra su seguridad. 
· Promover el bienestar general, basado en la justicia i desarrollo integral i 
equilibrado de la nación. 
· Establecer i ejecutar la política de fronteras, así como el desarrollo i cohesión 
de las zonas fronterizas. 
· Promover la integración, primordialmente latinoamericana. 
Origen del Poder Político.- El poder emana del pueblo únicamente, quienes ejercen 
el poder lo hacen sometidos a la constitución i las leyes, el irrogarse al ejercicio de 
este derecho, sea quien fuera constituye delito de REBELION O SEDICION. 
Caracteres del Territorio.- El territorio del estado el INALIENABLE, pues no se 
puede transferir ni ceder en venta; es INVIOLABLE, por principio no puede ser 
vulnerado, existiendo así un respeto a los tratados internacionales sobre 
demarcación territorial. 
El territorio también se caracteriza por su composición el suelo, el subsuelo, el 
espacio aéreo i el espacio marítimo. 
El dominio marítimo.- Es el que comprende el mar adyacente a sus costas, así como 
lecho i subsuelo marino, hasta las 200 millas marinas. El estado ejerce soberanía 
jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, este 
reconocimiento se dio en el gobierno del Dr. José Bustamante i Rivero. 
La Soberanía sobre el espacio aéreo.- Además de la jurisdicción que se ejerce sobre 
todo el territorio, incluso el mar peruano a través de toda la atmósfera hasta donde 
el hombre puede controlar, gracias a la tecnología.
LOS DERECHOS SOCIALES I ECONOMICOS 
Son también conocidos como los DERECHOS DE LA SEGUNDA GENERACION, pues 
estos nacen en las constituciones de Querétaro(México)1918 i la constitución de 
Weimar(Alemania) 1919,den algún modo también influye la constitución de la Unión 
Soviética de 1918,tienen su mayor repercusión i verdadera presencia en la 
constitución de 1979. 
El Estado i la protección de la salud.- La salud es el derecho social de importancia 
vital, pues es el estado quien se ocupa de velar por ella, a través de las instituciones 
como el ministerio de salud, el Instituto Peruano de seguridad social, o las propias 
campañas de salud popular o social. 
La educación i el rol del estado.- El estado garantiza la gratuidad de la enseñanza de 
la educación primaria i la libertad de elegir la educación para los hijos, 
promoviendo la educación gratuita en los centros estatales, en el caso de la 
formación Universitaria esta es libre i gratuita en las universidades estatales para 
quienes demuestren un rendimiento satisfactorio i no cuente con los recursos 
necesarios. 
El derecho al trabajo.- Es uno de los derechos sociales de gran importancia pues 
este tiene su origen concretamente en las reinvindicaciones sociales que buscaban 
los movimientos socialistas del mundo, en el estado Peruano alcanza gran 
importancia pues se garantizan los derechos primordiales del trabajador como: 
derecho a tener un trabajo digno de acuerdo a la preferencia de la persona; 
Derecho a ser remunerado justa i equitativamente; a sindicalizarse; a la jornada 
laboral de ocho horas; negociación colectiva i huelga; a participación en las 
utilidades de la empresa. 
El derecho a la sindicalización.- consiste en la facultad que poseen los trabajadores 
para formar agrupaciones de trabajadores con la finalidad de representación i 
defensa de sus intereses esta facultad es totalmente al albedrío del trabajador, así 
pueden formar sindicatos, federaciones de sindicatos, Confederaciones de 
sindicatos, etc. 
LOS DERECHOS POLITICOS 
Son las facultades dirigidas a mantener el correcto orden político de un estado, así 
estos derechos pueden ser: 
El derecho de ciudadanía, se adquiere a partir de los dieciocho años con la previa 
inscripción electoral, este ejercicio se podrá suspender por: Resolución judicial de 
interdicción civil; Sentencia con pena privativa de la libertad; por sentencia de 
inhabilitación de los derechos políticos.
Participación de los ciudadanos en l vida política.- Los ciudadanos tienen el derecho 
de participar en la vida política de diversas maneras, entre ellas: 
· Elegir y ser elegidos de acuerdo a los procedimientos legales. 
· Participación en asuntos públicos mediante Referéndum. 
· Derecho de ejercer la iniciativa Legislativa. 
· Participación en la remoción o revocación de autoridades. 
· Demanda de rendición de cuentas.

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Derechos humanos, leyes y valores cívicos

  • 1. Educación Cívica EL DERECHO- LA LEY Y LA MORAL EL DERECHO.- Entre las diversas acepciones que puede alcanzar esta palabra, la más cercana a nuestros intereses es aquella que equivale a potestad o prerrogativa de una persona, que le permite exigir de otras, prestaciones o abstenciones o el respeto de una situación. Así podemos decir que es facultad de toda persona de actuar y manifestarse de la manera que vea por conveniente, sin ofender al derecho de los demás así de esta manera vemos que nace también el deber. LA LEY.- Es la norma jurídica por excelencia que regula las relaciones de las personas en sus diferentes manifestaciones sociales, políticas y económico, etc. Para su validez necesita ser dictada por la autoridad competente, que mande o prohiba algo, que tenga sentido i alcance general y finalmente que sea obligatoria. LA MORAL.-Se dice que es la ciencia que trata del bien en general, en el orden a su bondad o malicia, la moral corresponde al mundo de la conciencia al fuero interno o al respeto humano y que bajo ciertas circunstancias tiene trascendencia en el ámbito jurídico social. RELACIONES ENTRE DERECHO Y MORAL 1.-El Derecho es Social es decir pertenece al mundo externo de la persona. La Moral pertenece al mundo interno de la persona. 2.- El Derecho en su aspecto objetivo es escrito. La Moral no es escrita en ningún sentido. 3.- El Derecho es coercible o se hace exigible entre los habitantes de una sociedad. 4.- La Moral es incoercible , la única reprensión es la personal. 5.- Finalmente diremos que el Derecho tiene como fuente principal para su creación a la Moral. CARACTERES DE LA LEY.- Siendo aquella que regula las relaciones de los hombres tiene características muy particulares que le dan tal importancia en una sociedad. LA GENERALIDAD.- porque cuando se emite una ley, esta es para todos los habitantes de una determinada sociedad, es decir no existen leyes discriminatorias o preferenciales.
  • 2. LA OBLIGATORIEDAD.- porque siendo para todos, todos están en la obligación de obedecerla, nadie puede considerarse excento o ajeno a la ley, ni siquiera suponer no conocerla. LA COERCIBILIDAD.- cuando la ley hace de la fuerza pública para su cumplimiento, ello en el caso que tenga que utilizar su fuerza si la ley es acatada. Entre otros caracteres secundarios podemos mencionar: - La escritoriedad. - La veracidad. - La de ser perenne. INICIATIVA LEGISLATIVA.- para la formulación de leyes, quien tiene iniciativa concretamente son los congresistas i con ellos, el presidente de la República sus ministros, Los representantes de los gobiernos locales(alcaldes), i regional(presidentes), Los miembros del Poder Judicial, del Ministerio Público, El defensor del pueblo, Las agrupaciones populares(Sindicatos, Grupos sociales), Colegios profesionales y la población agrupada en un número del 0.3% de la población electoral. LOS VALORES I VIRTUDES SOCIALES VALORES.- Son las aspiraciones o calificaciones que una sociedad otorga a sus miembros, que se convierten en prácticas cotidianas, así los valores llegan a orientar la conducta de los hombres frente a ellos mismos. VIRTUDES.- Son las capacidades o aptitudes que nacen en las personas i tienen implicancia social, así estas se vinculan con el comportamiento de los grupos sociales. Los valores sociales varían de acuerdo al lugar i la época, mientras que las virtudes se mantienen a través del tiempo i el espacio. LA HONESTIDAD.- Es una virtud que consiste en guardar un profundo respeto a las buenas costumbres, la confianza i la buena fé que debe primar entre los miembros de una sociedad, se basa en la probidad i sinceridad. LA MORAL PUBLICA.- Es el valor social que posee una agrupación de personas que consiste en la calificación de determinados actos del propio grupo social catalogándolos entre execrables o aceptables, de acuerdo a la idiosincrasia, cultura o costumbres. LA TOLERANCIA SOCIAL, POLITICA, RELIGIOSA E IDEOLOGICA COMO FUNDAMENTO DE LA DEMOCRACIA.- Es el consentimiento y respeto que se tiene por las personas i sus creencias o ideas políticas, religiosas e ideológicas, aún siendo contrarias a las nuestras. La tolerancia juega un papel importante en la convivencia social i con ello se convierten en el sustento esencial de la democracia; la carencia
  • 3. de este valor social es la imposición, la tiranía i el autoritarismo. LA SOLIDARIDAD PROPIA DE LA SOCIEDAD ANDINA es el valor social que consiste en lo que conocemos como ayuda mutua o el aforismo conocido de “Hoy por ti mañana por mí” es decir la colaboración correspondida para lograr el desarrollo de todos los miembros de una sociedad. Tiene su origen en las antiguas comunidades andinas en la institución del AYNI, o el trabajo comunitario, de un Ayllu para satisfacción de sus propias necesidades. LA LIBERTAD.- Es el poder de obrar según la propia determinación o dicho de otro modo es la potestad de las personas para actuar de acuerdo a su libre albedrío, tomando en cuenta que esta libertad o esta virtud está limitada por la potestad de otra persona con la que convive. LA JUSTICIA.- Es el valor moral que consiste en un sentido amplio en dar a cada cual lo que le corresponde o pertenece, se dice además que la justicia es un valor porque se encuentra en el mundo abstracto o axiológico, constituyendo una meta a la cual el hombre intenta llegar, aún sabiendo que puede ser difícil. A veces es considerada como virtud de la persona: Fundamentos. La justicia básicamente se fundamenta en la igualdad y en la proporcionalidad de derechos y obligaciones además de representar la permanente aspiración del hombre de llegar al reconocimiento de este valor. Formas.- pueden presentarse diversas formas de conceptuar la justicia dependiendo del punto de vista de su análisis, así podrá conocerse la: Justicia Social, Justicia equitativa, justicia distributiva, justicia económica, etc. LOS DERECHOS HUMANOS. Son el conjunto de facultades inherentes a las personas solas por la condición de ser personas de reconocimiento universal y que se promueven por el mantenimiento de la paz, la justicia y la libertad desterrando todo acto de barbarie o ultraje de las potestades de la persona. EVOLUCION. A través de la historia de la humanidad el hombre ha ido formándose derechos y deberes que se fueron puliendo poco a poco, siendo así que entre los antecedentes más remotos aquellos que reconocen ciertos derechos de las personas podemos mencionar: · En 1912, La Carta de Coronación de Enrique I en Inglaterra. · En 1215, La Carta de Juan sin Tierra... ambos sobren derechos de propiedad y tenencia de tierras y con ello el reconocimiento de derechos personales. · En 1776 se produce un hecho importante: La independencia de los EEUU y en 1778 se firma la declaración de independencia de la misma, incluye en sus
  • 4. artículos temas propios de Derechos Fundamentales. · En 1789, en Francia se produce la conocida “Revolución Francesa” que genera como principal, producto “La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano” aprobada por la Asamblea General del 26 de Agosto de 1789, constando ella de 30 artículos, que describen la igualdad de los hombres, la libertad y fraternidad entre ellos. · En 1948 se emite la “Declaración Universal de los derechos Humanos” de jurisdicción universal, consta de 30 artículos fue emitida por la ONU. · En 1948 también se emite en el ámbito regional por la OEA la “Declaración Americana de los derechos y deberes del Hombre” de 38 artículos divididos en dos capítulos. · En 1968 se da el Pacto o Convenio de San José de Costa Rica sobre los derechos de Humanos (Prohibición de la pena de muerte). IMPORTANCIA.- Los derechos humanos garantizan el respeto a la persona y el pleno ejercicio de sus derechos como miembro de una comunidad, a través de la historia estableció que los derechos naturales es la libertad, la igualdad, la propiedad, la seguridad y la resistencia ala opresión. LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Es el documento proclamado por la Organización de las Naciones Unidas a través de la III Asamblea General mediante Resolución Nro. 217-A del 10 de diciembre de 1948 en París, constando de un preámbulo y 30 artículos firmado mientras era secretario general el político y abogado Trygve Lie (Noruego). El contenido de la declaración se centra básicamente en: · Libertad e igualdad personal y compromiso de la fraternidad. · Total igualdad de derechos con independencia de la situación personal. · Derecho a la vida, libertad y seguridad personal. · Prohibición de la Esclavitud. · Prohibición de la tortura y los tratos crueles o degradantes. · Derecho a la personalidad jurídica. · Igualdad ante la Ley y la protección contra la discriminación. · Protección Jurídica a los derechos fundamentales reconocidos. · Prohibición de la detención ilegal. · Derecho a ser juzgado. · Consideración de la inocencia y respeto a la irretroactividad de leyes Penales. · Derecho a la intimidad y el honor. · Derecho a la libre circulación. · Derecho a pedir asilo. · Derecho a la Nacionalidad y a cambiar de ella. · Derecho al Matrimonio, la familia y la protección de ella.
  • 5. · Derecho a la propiedad y su protección. · Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. · Derecho a la libertad de opinión y expresión. · Derecho a la libertad de reunión y asociación. · Derecho a la participación en el gobierno. · Derecho a la seguridad social, i satisfacción de derechos económicos, sociales. · Derecho al trabajo, i libre elección del mismo, igualdad i suficiencia del salario, derecho a la sindicación. · Derecho al descanso. · Derecho a un nivel de vida adecuado i a la seguridad social i la maternidad. · Derecho a la educación, gratuidad, libre elección de la enseñanza. · Derecho a participar en la vida cultural, protección de derechos de autor. · Derecho a la plena eficacia de los derechos fundamentales. · Deberes para con la comunidad, respeto a la legalidad i límites a este deber. · Principio de interpretación de la declaración. LOS DERECHOS HUMANOS Y LA CONSTITUCION La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aprobada por el Perú con motivo de la conmemoración del 135 aniversario de la Batalla de Ayacucho través del Poder Legislativo i a iniciativa del Dr. Alfonso Benavides Correa, por resolución legislativa Nº. 13282 pasando así a constituir Ley Constitucional de la República. La constitución Política del estado Peruano reconoce el carácter de Ley constitucional a la declaración i otros tratados a los cuales nos sometemos. LOS DERECHOS HUMANOS I LOS PRINCIPALES INSTRUMENTOS DE LA ONU I LA OEA Las Naciones Unidas en su conjunto son el órgano que promueve i busca el respeto de los derechos humanos i los hace respetar con las diversas sub-organizaciones que se encuentran en ella misma i son subsidiarias de ella. La O.E.A. tiene como instrumentos principales sobre los derechos humanos. La declaración Americana de los derechos i deberes del hombre, aprobada i proclamada el 31 de abril de 1948, en la IX Conferencia Interamericana de Bogotá, constando en 38 artículos, divididos en 2 capítulos, en derechos y deberes. Otro instrumento importante sobre derechos humanos es la Declaración Convención Americana, sobre derechos humanos de San José De Costa Rica, firmada en Noviembre de 1969, que es un compromiso entre estados americanos sobre el respeto a los derechos humanos i entre ellos a la prohibición de la aplicación de la pena de muerte. LA CONSTITUCION DEL ESTADO Concepto.- Es la ley fundamental de la organización de un estado, es la norma de
  • 6. mayor jerarquía dentro del esquema jurídico de un estado, también es conocido como ley de leyes, Carta Magna. El origen de la constitución esta en la antigua Inglaterra, con los documentos de Enrique I, documento escrito en Latín, de 63 artículos i 4 títulos, distribuidos en los siguientes derechos: derechos de clero; derechos de los poseedores feudales; derechos de la nación i los hombres libres; derechos de las demás clases sociales. Todo ello en 1212. Caracteres.- Son: - Alcanzar la igualdad i la justa distribución de la riqueza del Estado. - En el aspecto Socio-político, mantiene los principios del estado al que pertenece(Socialista, social demócrata, liberal) - En el aspecto Económico, se fundamenta en principios de una economía controlada, economía social de mercado o en una economía capitalista. Su importancia.- por que regula las relaciones de las personas de un estado, de las personas con sus instituciones i a nivel exterior, es decir es el ordenamiento político-jurídico de un estado. CONTENIDO DE LA CONSTITUCION DE 1933 - Entró en vigor el 9 de Abril de 1933 i mantiene su vigencia hasta el 28 de Abril de 1980, promulgada por el general Luis M. Sánchez Cerro tras la caída de Leguía. Dura aproximadamente 47 años i su estructura esta: en 236 artículos, XVI títulos i 9 disposiciones transitorias, siendo los aspectos más resaltantes los siguientes: - La presencia de 4 poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral. - El periodo presidencial es de 6 años, prohibe la reelección inmediata. - El presidente una vez concluido su gobierno es senador vitalicio. - El congreso de la República es Bicameral(Senadores 60 i diputados 180). - Desde 1968 el gobierno militar acoge la constitución en parte, pero no la ejerce i tampoco la deroga. CONTENIDO DE LA CONSTITUCION DE 1993 - Tiene un Preámbulo, quizá reducido pero tiene uno . - Posee 6 Títulos descritos de la siguiente manera: Título I.- De la persona y de la Sociedad. Título II.- Del Estado i la Nación. Título III.- Del Régimen Económico. Título IV.- De la Estructura el Estado. Título V.- De las Garantías Constitucionales. Título VI.- De la Reforma de la Constitución. - Contiene 206 artículos. - Culmina su contenido con 16 disposiciones Finales y transitorias. La Prevalencia de la constitución frente a otras normas. La constitución en sentido Jurídico-Positivo es aquella norma Superior de contenido real que da validez a las normas en al complejo normativo de
  • 7. superposición jerárquica, siendo la cúspide en la pirámide Jurídica de Hans kelsen. Defensa del orden constitucional.-(art.46), nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución i las leyes. La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional. Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas. Reforma Constitucional, la constitución Peruana propone dos caminos: - Se reforma por el voto aprobatorio de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros i ratificada por Referéndum(50%+1). - También de reforma la constitución si se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas, la votación cada caso superior a los 2/3 del número legal de congresistas. Tienen iniciativa en la reforma de la Constitución, los congresistas, el presidente de la República, (con aprobación del consejo de ministros) ciudadanos agrupados en un 0.03% de la población electoral. Clases de Constitución.- Podemos clasificarlos en: - Por la forma en que se generan: se dividen en consuetudinarias o de costumbristas con principios. - Por la forma como se modifica, en: Flexibles, se modifican fácilmente. Rígidas. - Por el momento de su aparicion: Pactadas, otorgadas, impuestas o absolutas liberales, importa el derecho de ciudadanos, en el Perú se han dado hasta hoy 12 constituciones.
  • 8. SOCIEDAD, ESTADO Y NACION Sociedad.- Es la agrupación de personas que poseen algún vinculo en particular y por ello buscan un fin en común, desde el punto de vista social es el conjunto de personas que desarrollan una convivencia en la búsqueda del desarrollo mancomunado. Nación.- Es el conjunto de personas unidas por tres vínculos necesarios i algunos complementarios: · La tradición histórica, o legado cultural de nuestros antepasados. · La conciencia Nacional, es la posición frente a la realidad. · El ideal común, aspiraciones que se desea alcanzar. · Otros vínculos son unidad de raza, idioma, política, religión, etc. Estado.- Es la nación o conjunto de personas unidas por cuatro elementos: · La nación. · La organización jurídica i política. · El territorio. · La soberanía, que es el poder i autoridad que ejerce el Estado por la nación. Sus relaciones.- están propiamente en la naturaleza de cada institución, es decir en las personas que forman la sociedad, la nación i el estado. La nacionalidad peruana.- es el derecho que adquiere una persona por el sólo hecho de haber nacido dentro del territorio patrio, sin embargo puede adquirirse de otros modos, así las clases de nacionalidad se pueden dar: · Nacionalidad de origen: - “IUS SOLI”, o derecho del suelo. · Nacionalidad adquirida: -“IUS SANGUINIS” o por la herencia, vía paterna o materna. - Adquirida propiamente dicha, con previa renuncia de la nacionalidad de origen. - Doble nacionalidad, en caso de países de habla hispana. La soberanía del Estado.- Es la facultad que tiene el estado para ejercer a nombre de la Nación el poder i autoridad sobre la propia nación i su territorio. Así se presenta la soberanía interna i la soberanía externa, haciendo respetar el espacio terrestre, aéreo i marino(200 millas). Identidad nacional, es la identificación de las personas con el país o la nación a la que pertenecen, comenzando por la tradición histórica, la costumbre, el patrimonio i las aspiraciones de la nación i Estado.
  • 9. EL ESTADO PERUANO Art.43.- La república del Perú es democrática, social, independiente i soberana. El estado es uno e indivisible...además su gobierno es unitario, representativo i descentralizado, i se organiza según el principio de la separación de poderes. - Es una República desde 1923, por tener un gobierno elegido por el pueblo. - Es democrático, el poder emana del pueblo. - Es social, por que su fin primordial es la sociedad. - Es independiente, por que es autónomo para decidir su forma de gobierno. - Es soberano, por que ejerce su poder i autoridad sobre su propia nación. - El estado es uno e indivisible, es decir es unitario i se divide políticamente sólo por descentralización i mejor administración. Deberes del estado.- Son: · Defender la soberanía Nacional, externa e interna. · Garantizar la plena vigencia de los derechos humanos. · Proteger a la población de las amenazas contra su seguridad. · Promover el bienestar general, basado en la justicia i desarrollo integral i equilibrado de la nación. · Establecer i ejecutar la política de fronteras, así como el desarrollo i cohesión de las zonas fronterizas. · Promover la integración, primordialmente latinoamericana. Origen del Poder Político.- El poder emana del pueblo únicamente, quienes ejercen el poder lo hacen sometidos a la constitución i las leyes, el irrogarse al ejercicio de este derecho, sea quien fuera constituye delito de REBELION O SEDICION. Caracteres del Territorio.- El territorio del estado el INALIENABLE, pues no se puede transferir ni ceder en venta; es INVIOLABLE, por principio no puede ser vulnerado, existiendo así un respeto a los tratados internacionales sobre demarcación territorial. El territorio también se caracteriza por su composición el suelo, el subsuelo, el espacio aéreo i el espacio marítimo. El dominio marítimo.- Es el que comprende el mar adyacente a sus costas, así como lecho i subsuelo marino, hasta las 200 millas marinas. El estado ejerce soberanía jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, este reconocimiento se dio en el gobierno del Dr. José Bustamante i Rivero. La Soberanía sobre el espacio aéreo.- Además de la jurisdicción que se ejerce sobre todo el territorio, incluso el mar peruano a través de toda la atmósfera hasta donde el hombre puede controlar, gracias a la tecnología.
  • 10. LOS DERECHOS SOCIALES I ECONOMICOS Son también conocidos como los DERECHOS DE LA SEGUNDA GENERACION, pues estos nacen en las constituciones de Querétaro(México)1918 i la constitución de Weimar(Alemania) 1919,den algún modo también influye la constitución de la Unión Soviética de 1918,tienen su mayor repercusión i verdadera presencia en la constitución de 1979. El Estado i la protección de la salud.- La salud es el derecho social de importancia vital, pues es el estado quien se ocupa de velar por ella, a través de las instituciones como el ministerio de salud, el Instituto Peruano de seguridad social, o las propias campañas de salud popular o social. La educación i el rol del estado.- El estado garantiza la gratuidad de la enseñanza de la educación primaria i la libertad de elegir la educación para los hijos, promoviendo la educación gratuita en los centros estatales, en el caso de la formación Universitaria esta es libre i gratuita en las universidades estatales para quienes demuestren un rendimiento satisfactorio i no cuente con los recursos necesarios. El derecho al trabajo.- Es uno de los derechos sociales de gran importancia pues este tiene su origen concretamente en las reinvindicaciones sociales que buscaban los movimientos socialistas del mundo, en el estado Peruano alcanza gran importancia pues se garantizan los derechos primordiales del trabajador como: derecho a tener un trabajo digno de acuerdo a la preferencia de la persona; Derecho a ser remunerado justa i equitativamente; a sindicalizarse; a la jornada laboral de ocho horas; negociación colectiva i huelga; a participación en las utilidades de la empresa. El derecho a la sindicalización.- consiste en la facultad que poseen los trabajadores para formar agrupaciones de trabajadores con la finalidad de representación i defensa de sus intereses esta facultad es totalmente al albedrío del trabajador, así pueden formar sindicatos, federaciones de sindicatos, Confederaciones de sindicatos, etc. LOS DERECHOS POLITICOS Son las facultades dirigidas a mantener el correcto orden político de un estado, así estos derechos pueden ser: El derecho de ciudadanía, se adquiere a partir de los dieciocho años con la previa inscripción electoral, este ejercicio se podrá suspender por: Resolución judicial de interdicción civil; Sentencia con pena privativa de la libertad; por sentencia de inhabilitación de los derechos políticos.
  • 11. Participación de los ciudadanos en l vida política.- Los ciudadanos tienen el derecho de participar en la vida política de diversas maneras, entre ellas: · Elegir y ser elegidos de acuerdo a los procedimientos legales. · Participación en asuntos públicos mediante Referéndum. · Derecho de ejercer la iniciativa Legislativa. · Participación en la remoción o revocación de autoridades. · Demanda de rendición de cuentas.